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Planificación Patrimonial templates for México

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Testamentos

Codicilo México — Modificación al Testamento (CCF art. 1485)

Codicilo testamentario para México — conforme al Artículo 1485 del Código Civil Federal. Instrumento notarial que modifica, adiciona o revoca cláusulas específicas de un testamento público abierto existente sin reemplazarlo íntegramente. Se otorga ante Notario Público con registro en el RENAT (Registro Nacional de Avisos de Testamento).

Declaración de Bienes Testamentaria México (CCF Arts. 1500 y 1547)

Declaración de Bienes Testamentaria para México — conforme a los Artículos 1500 y 1547 del Código Civil Federal (CCF), que proporciona un inventario completo de bienes inmuebles, cuentas financieras, participaciones empresariales y pasivos para acompañar o fundamentar un Testamento Público Abierto ante Notario Público bajo el derecho sucesorio mexicano.

Revocación de Testamento en México

Instrumento de Revocación de Testamento para México conforme al Artículo 1493 del Código Civil Federal, que permite al testador revocar expresamente un testamento o codicilo anterior ante Notario Público, con notificación al RENAT para actualizar el registro nacional de testamentos de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano.

Testamento Cerrado México

Un Testamento Cerrado en México, regido por los Artículos 1521 a 1530 del Código Civil Federal, entregado en sobre sellado ante un Notario Público y tres testigos, que ofrece privacidad del contenido manteniendo la autenticación notarial y el registro en el RENAT conforme al derecho sucesorio mexicano.

Testamento Conjunto de Cónyuges México

Un Testamento Conjunto de Cónyuges en México, referenciando la prohibición del Artículo 1498 del Código Civil Federal sobre testamentos mancomunados y la alternativa de testamentos individuales simultáneos ante Notario Público, que permite la planeación sucesoria coordinada entre cónyuges conforme al derecho sucesorio mexicano.

Testamento Excepcional México

Testamento Excepcional para México conforme a los artículos 1557–1583 del Código Civil Federal, que regula las formas testamentarias especiales aplicables en situaciones de peligro de muerte, servicio militar, viaje marítimo y lugares remotos donde no es posible acceder a un Notario Público.

Testamento Ológrafo México

Testamento Ológrafo para México conforme a los artículos 1550–1556 del Código Civil Federal, escrito íntegramente de puño y letra del testador, fechado y firmado sin testigos ni intervención notarial en el otorgamiento, depositado ante Notario Público para su resguardo e inscripción en el RENAT.

Testamento Marítimo en México

Testamento Marítimo en México, regido por el artículo 1569 del Código Civil Federal, otorgado a bordo de un buque mexicano ante el capitán o el oficial de mayor graduación y dos testigos, para la planificación sucesoria de marinos y pasajeros en alta mar conforme al derecho marítimo y sucesorio mexicano.

Testamento Público Abierto México

Testamento Público Abierto para México — regulado por los Artículos 1511–1539 del Código Civil Federal, otorgado ante Notario Público con dos testigos, disponiendo de bienes inmuebles, cuentas bancarias y bienes personales conforme al derecho sucesorio mexicano.

Poder Notarial

Poder Notarial para Actos de Administración México

Un Poder Notarial para Actos de Administración en México, conforme al artículo 2554 fracción II del Código Civil Federal, que otorga al apoderado amplias facultades para gestionar y administrar los bienes del poderdante, celebrar arrendamientos, cobrar pagos y realizar actos ordinarios de negocio, sin autoridad para vender ni gravar bienes.

Poder Notarial para Apoderado Testamentario en Mexico

Poder Notarial para Apoderado Testamentario en Mexico conforme al CCF arts. 2553 y 1682. Representacion en sucesiones, aceptacion de herencias y tramites ante notaria y juzgado.

Poder Notarial Bancario México

Poder Notarial Bancario para México — regido por el artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito y el artículo 2553 del Código Civil Federal, que autoriza a un representante designado a operar cuentas bancarias, ejecutar operaciones financieras y representar al poderdante ante instituciones financieras mexicanas reguladas por la CNBV y la CONDUSEF.

Poder Notarial para Bienes Raíces México

Poder Notarial para Bienes Raíces en México — regido por el artículo 2554 fracción I del Código Civil Federal, que autoriza al apoderado designado a vender, comprar, hipotecar, arrendar o disponer de inmuebles en nombre del poderdante, otorgado ante Notario Público mexicano como requisito previo a las operaciones inmobiliarias.

Poder Notarial Especial México

Poder Notarial Especial para México — regido por el artículo 2553 del Código Civil Federal, que limita la autoridad a un acto o transacción específicamente definido, otorgado ante Notario Público como escritura pública.

Poder Notarial Familiar México

Poder Notarial Familiar para México — regido por el artículo 2553 del Código Civil Federal, que autoriza a un familiar o representante de confianza a gestionar asuntos familiares: educación de hijos, atención médica, administración de inmuebles y representaciones ante dependencias gubernamentales.

Poder Notarial General México (CCF art. 2554)

Poder Notarial General para México — conforme al Artículo 2554 del Código Civil Federal. Otorga facultades amplias al apoderado para actos de administración, actos de dominio y pleitos y cobranzas, formalizado ante Notario Público mediante escritura pública.

Poder Notarial para Litigios en México

Poder Notarial para Litigios (Pleitos y Cobranzas) en México, regido por el artículo 2554 fracción III del Código Civil Federal, que autoriza a un abogado o representante a comparecer ante juzgados, tribunales y organismos administrativos en nombre del poderdante.

Poder Notarial para Salud en México

Poder Notarial para Actos de Salud en México, regido por el artículo 166-Bis 3 de la Ley General de Salud, que autoriza a una persona de confianza a tomar decisiones médicas, otorgar consentimiento informado y gestionar asuntos de salud en nombre del poderdante.

Poder para Pleitos de Herencia México

Poder para Pleitos de Herencia en México conforme a los artículos 2553 y 2554 del Código Civil Federal, que autoriza a un abogado o representante para tramitar procedimientos sucesorios, impugnar testamentos y gestionar litigios de herencia ante juzgados y notarías.

Poder de Representación para Sucesión México

Poder de Representación para Sucesión en México — conforme a los artículos 1682 y 2553 del Código Civil Federal, autoriza a un representante para actuar en nombre del heredero o albacea en todos los actos notariales, administrativos y registrales del procedimiento sucesorio.

Fideicomisos

Acuerdo de Fideicomiso de Administración México (LGTOC arts. 381–414)

Acuerdo de Fideicomiso de Administración para México — conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículos 381–414, que establece al fiduciario (institución bancaria), fideicomitente (constituyente) y fideicomisario (beneficiario) para la administración de bienes con supervisión de la CNBV.

Acuerdo de Fideicomiso de Educación México (LGTOC arts. 381–414)

Acuerdo de Fideicomiso de Educación para México — conforme a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículos 381–414. Crea un fondo de educación con fiduciario autorizado por la CNBV para cubrir colegiaturas, libros y manutención de los fideicomisarios, con transparencia fiscal ante el SAT.

Contrato de Fideicomiso Familiar México

Contrato de Fideicomiso Familiar para México — regido por los artículos 381–414 de la LGTOC. Cubre la transmisión de bienes familiares a una institución fiduciaria mexicana autorizada por la CNBV, designación de fideicomisarios, protección patrimonial, términos de administración y obligaciones fiscales ante el SAT.

Contrato de Fideicomiso Sucesorio México

Contrato de Fideicomiso Sucesorio para México — regulado por la LGTOC artículos 381–414 y el CCF artículo 1285, que permite la transmisión ordenada de bienes a los herederos al fallecimiento sin juicio sucesorio, con administración de fiduciaria autorizada por la CNBV y distribución a fideicomisarios conforme al SAT.

Fideicomiso Testamentario México

Fideicomiso Testamentario para México — regulado por el CCF artículo 1285 y la LGTOC artículo 381, constituido dentro de un testamento público abierto ante Notario Público, que permite la administración de bienes para los herederos por una fiduciaria autorizada por la CNBV al fallecimiento del testador.

Fideicomiso para Adquisición de Inmuebles en Zona Restringida México

Fideicomiso para Adquisición de Inmuebles en Zona Restringida para México — regulado por la Ley de Inversión Extranjera (LIE) artículo 11 y la LGTOC artículos 381–414, que permite a personas físicas y morales extranjeras mantener derechos sobre bienes inmuebles residenciales y comerciales en la franja costera de 50 km y la franja fronteriza de 100 km mediante banco fiduciario mexicano.

Directivas de Salud

Declaración Voluntaria de No Reanimación México

Declaración Voluntaria de No Reanimación para México, conforme al artículo 166-Bis 3 de la Ley General de Salud y la NOM-011-SSA3-2014. Para uso de pacientes en situación terminal o sus representantes legales que desean instruir formalmente al personal médico para no aplicar reanimación cardiopulmonar (RCP), ejerciendo el derecho a la muerte digna reconocido en la legislación sanitaria mexicana.

Designación de Tutor Voluntaria México (Tutela Cautelar)

Una Designación de Tutor Voluntaria en México — regida por el Código Civil Federal (CCF) artículos 449–728, mediante la cual un adulto en plena capacidad designa ante Notario Público a la persona que actuará como su tutor en caso de incapacidad futura, antes de que esta se produzca.

Directiva Anticipada de Salud México (Voluntad Anticipada)

Una Directiva Anticipada de Salud (Voluntad Anticipada) en México — regida por la Ley de Voluntad Anticipada y la Ley General de Salud artículo 166-Bis, mediante la cual una persona documenta sus decisiones sobre tratamientos médicos al final de la vida y designa a un representante en materia de salud.

Testamento Vital en México

Testamento Vital en México, regido por el artículo 166-Bis 3 de la Ley General de Salud y la Ley de Voluntad Anticipada vigente en la Ciudad de México y otros estados. Documenta las directivas anticipadas del paciente, designa un representante médico y expresa deseos sobre tratamientos de soporte vital, cuidados paliativos y donación de órganos.

Administración de Patrimonio

Acta de Inventario Notarial México

Acta de Inventario Notarial para México — regida por el Artículo 1715 del Código Civil Federal (CCF), que lista formalmente todos los bienes y pasivos de una sucesión ante un Notario Público. Requerida para procesos sucesorios testamentarios e intestamentarios, cumplimiento fiscal ante el SAT y administración judicial de herencias.

Acuerdo de Anticipo de Herencia México (CCF arts. 2332–2383)

Acuerdo de Anticipo de Herencia para México — conforme al Código Civil Federal Artículos 2332–2383 sobre donaciones entre vivos — que documenta la transferencia de bienes del futuro testador a herederos durante su vida como anticipo de la porción hereditaria, con obligaciones de colación y compensación sucesorias. Requiere Notario Público para transmisiones de bienes inmuebles.

Acuerdo de Cesión de Bienes Futuros México

Acuerdo de Cesión de Bienes Futuros para México, regulado por los Artículos 1826–1827 del Código Civil Federal (CCF). Permite la cesión de derechos sobre bienes que se espera adquirir en el futuro, con las limitaciones sobre bienes hereditarios establecidas en el derecho civil mexicano.

Cesión de Derechos Hereditarios México (CCF Arts. 1292–1295)

Cesión de Derechos Hereditarios para México — conforme a los Artículos 1292–1295 del Código Civil Federal (CCF). Permite al heredero reconocido ceder su porción hereditaria tras el fallecimiento del de cujus, mediante escritura pública ante Notario Público. Incluye garantía del cedente, derecho del tanto de coherederos y consecuencias fiscales bajo la LISR.

Acuerdo de Donación de Inmueble México

Acuerdo de Donación de Inmueble para México — regulado por los Artículos 2332 y 2340 del Código Civil Federal, que formaliza la transmisión gratuita de la propiedad inmobiliaria con requisitos de escritura notarial, implicaciones de ISR e inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

Acuerdo de Donación Inter Vivos México (CCF arts. 2332–2383)

Acuerdo de Donación Inter Vivos para México conforme a los Artículos 2332–2383 del Código Civil Federal. Regula transmisiones gratuitas de bienes muebles e inmuebles entre vivos, requisitos de aceptación, modalidades, causas de revocación por ingratitud y efectos fiscales ante el SAT.

Acuerdo de Legado Específico México

Acuerdo de Legado Específico para México — conforme al Código Civil Federal artículos 1285–1308, que documenta el legado testamentario de bienes determinados a legatarios designados, con condiciones, cargas e instrucciones de entrega al albacea.

Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México

Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad para México — conforme al Código Civil Federal artículos 197–207, que se suscribe al disolver la sociedad conyugal y distribuye los bienes comunes incluyendo inmuebles, cuentas bancarias, vehículos e intereses societarios.

Acuerdo de Partición de Herencia México

Un Acuerdo de Partición de Herencia en México — regido por los Artículos 1780 a 1840 del Código Civil Federal, mediante el cual herederos y legatarios dividen y distribuyen la masa hereditaria por mutuo acuerdo, evitando juicios sucesorios prolongados ante el Juzgado Familiar competente.

Acuerdo de Constitución de Patrimonio de Familia México

Un Acuerdo de Constitución de Patrimonio de Familia en México — regido por los Artículos 723 a 746 del Código Civil Federal, que constituye un patrimonio de familia inalienable e inembargable sobre la casa habitación y hasta dos hectáreas de terreno agrícola, protegiendo el bien de acreedores y garantizando un hogar permanente a los beneficiarios familiares.

Patrimonio Protegido por Discapacidad México (Constitución de Patrimonio Protegido)

Una Constitución de Patrimonio Protegido por Discapacidad en México — regida por los Artículos 747 a 749 del Código Civil Federal y la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, mediante la cual la familia constituye un fondo protegido de bienes para el cuidado vitalicio de una persona con discapacidad permanente, inembargable por acreedores.

Cambio de Beneficiario de Seguro de Vida México (LSCS Art. 157)

Formulario de cambio de beneficiario de seguro de vida para México — conforme al Artículo 157 de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Formaliza la designación o modificación de beneficiarios en una póliza de seguro de vida ante una aseguradora autorizada por la CNSF.

Carta de Instrucciones al Albacea México

Carta de Instrucciones al Albacea para México — conforme a los Artículos 1682 a 1734 del Código Civil Federal, proporcionando instrucciones escritas del testador o los herederos al albacea sobre administración, gestión de bienes y distribución de la herencia.

Contrato de Albacea México — Nombramiento y Aceptación

Nombramiento y Aceptación de Albacea en México — regido por el Código Civil Federal artículos 1682 a 1734, que documenta la designación del albacea por el testador y la aceptación del cargo para administrar la masa hereditaria, ejecutar el testamento y distribuir los bienes a los herederos.

Convenio de Sucesión Intestamentaria México (CCF arts. 1599–1649)

Convenio de Sucesión Intestamentaria para México — conforme a los Artículos 1599–1649 del Código Civil Federal. Formaliza la declaración de herederos, designación de albacea y adjudicación de bienes ante Notario Público cuando el causante falleció sin testamento válido.

Declaratoria de Herederos Notarial México

Declaratoria de Herederos Notarial para México, conforme al artículo 1602 del Código Civil Federal y la Ley del Notariado de cada entidad federativa. Para uso de herederos legítimos que deben acreditar formalmente su calidad sucesoria ante Notario Público en casos de sucesión intestamentaria, con el fin de acceder al acervo hereditario, transferir bienes, cobrar saldos bancarios y tramitar la adjudicación sucesoria.

Designación de Beneficiarios AFORE México

Una Designación de Beneficiarios AFORE en México — regida por la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) artículos 54–56, mediante la cual el trabajador designa a las personas que recibirán el saldo de su cuenta individual al fallecimiento, sin necesidad de juicio sucesorio.

Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México

Una Designación de Beneficiarios para Pensión IMSS en México — regida por la Ley del Seguro Social (LSS) artículos 64–67, mediante la cual el asegurado registra ante el IMSS a los familiares con derecho a pensión de viudez, orfandad y ascendencia, así como al saldo de la cuenta AFORE al fallecimiento.

Designación de Curador México (Curaduría)

Una Designación de Curador en México — regida por el Código Civil Federal (CCF) artículos 628–643, mediante la cual se nombra a un curador para supervisar y proteger los intereses legales y el patrimonio de un menor sin patria potestad o de una persona bajo declaración judicial de incapacidad.

Inventario de Bienes Personales México

Inventario de Bienes Personales en México conforme al Código Civil Federal arts. 1712-1724. Documenta activos muebles, inmuebles e intangibles para planeación patrimonial y sucesoria.

Inventario de Bienes Sucesorios México (CCF arts. 1712–1724)

Inventario de Bienes Sucesorios para México — conforme a los Artículos 1712 a 1724 del Código Civil Federal (CCF) — documento formal elaborado por el albacea o los herederos que cataloga todos los activos, derechos y obligaciones del autor de la herencia para uso en juicios sucesorios, distribución hereditaria y reportes al SAT.

Renuncia de Albacea en México

Renuncia de Albacea en México, regida por el artículo 1725 del Código Civil Federal, que permite al albacea designado o nombrado renunciar formalmente al cargo ante un Notario Público o Juzgado Familiar, activando el nombramiento de un albacea sustituto conforme a los artículos 1679–1757 CCF.

Renuncia de Herencia en México

Renuncia de Herencia en México, regida por los artículos 1650–1668 del Código Civil Federal, que permite al heredero o legatario designado repudiar formalmente la herencia ante un Notario Público, con efecto retroactivo a la fecha de fallecimiento del testador conforme al derecho sucesorio mexicano.