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Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México

Community Property Settlement Mexico (Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad)

ACUERDO DE LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD

Código Civil Federal Artículos 197–207 — Sociedad Conyugal

I. THE PARTIES

I. LAS PARTES

Primer Cónyuge:

Nombre: [Spouse 1 Name]

CURP: [Spouse 1 CURP]

RFC: [Spouse 1 RFC]

Domicilio: [Spouse 1 Address]

Segundo Cónyuge:

Nombre: [Spouse 2 Name]

CURP: [Spouse 2 CURP]

RFC: [Spouse 2 RFC]

Domicilio: [Spouse 2 Address]

II. MARRIAGE DETAILS

II. ANTECEDENTES DEL MATRIMONIO

Acta de Matrimonio: [Marriage Certificate]

Fecha de Matrimonio: [Marriage Date]

Causa de Disolución: [Dissolution Reason]

Fecha de Disolución: [Dissolution Date]

Las partes reconocen que su matrimonio fue contraído bajo el régimen de sociedad conyugal conforme a los Artículos 183 y siguientes del Código Civil Federal (CCF), y que en virtud de la disolución indicada, procede liquidar la masa conyugal de conformidad con los Artículos 197 a 207 del mismo ordenamiento.

III. INVENTORY OF COMMUNAL ASSETS

III. INVENTARIO DE BIENES COMUNES

Bienes Inmuebles:

[Real Property]

Cuentas Bancarias e Inversiones:

[Bank Accounts]

Vehículos:

[Vehicles]

Participaciones Societarias:

[Business Interests]

Otros Bienes Comunes:

[Other Assets]

Pasivos Comunes:

[Communal Debts]

IV. PARTITION AND ASSIGNMENT

IV. PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN

Bienes Adjudicados al Primer Cónyuge ([Spouse 1 Name]):

[Assets to Spouse 1]

Bienes Adjudicados al Segundo Cónyuge ([Spouse 2 Name]):

[Assets to Spouse 2]

Compensación Económica:

[Compensatory Payment]

V. DISPOSICIONES FISCALES

Las partes reconocen que las transferencias de bienes derivadas de la presente liquidación de sociedad conyugal se encuentran exentas del Impuesto sobre la Renta (ISR) conforme al Artículo 93, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Las obligaciones por concepto de Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI), honorarios notariales y derechos de registro serán determinados y liquidados ante el Notario Público que formalice las escrituras correspondientes.

VI. FORMALIZACIÓN NOTARIAL

Las partes se obligan a comparecer ante un Notario Público para formalizar en escritura pública las adjudicaciones de bienes inmuebles y participaciones societarias derivadas del presente acuerdo, y a tramitar su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y en el Registro Público de Comercio, según corresponda, en un plazo no mayor a sesenta días naturales a partir de la firma del presente instrumento.

FIRMAS

El presente acuerdo se suscribe en [City], a [Date].

PRIMER CÓNYUGE:

[Spouse 1 Name]

Firma: _________________________

SEGUNDO CÓNYUGE:

[Spouse 2 Name]

Firma: _________________________

First Spouse (Primer Cónyuge)

________________

Signature

Second Spouse (Segundo Cónyuge)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México

El Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad en México es un documento legal conforme al Código Civil Federal artículos 197–207, que se suscribe al disolver la sociedad conyugal y distribuye los bienes comunes incluyendo inmuebles, cuentas bancarias, vehículos e intereses societarios.

La sociedad conyugal es uno de los dos regímenes patrimoniales matrimoniales principales disponibles bajo el derecho mexicano — el otro es la separación de bienes. Bajo el artículo 183 CCF, los cónyuges que contraen matrimonio sin escoger expresamente su régimen patrimonial se rigen por las reglas del código civil del estado aplicable, que en muchos estados mexicanos establece por defecto la separación de bienes; sin embargo, cuando se elige o presume la sociedad conyugal, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio a título oneroso (bienes adquiridos a título oneroso) forman parte de la masa conyugal, mientras que los bienes heredados o recibidos por donación pueden permanecer separados a menos que se incluyan expresamente.

El artículo 197 CCF establece que la sociedad conyugal comienza en el momento de la ceremonia de matrimonio y termina por divorcio, nulidad, muerte o acuerdo mutuo de los cónyuges mediante la modificación del régimen patrimonial ante Notario Público. Los artículos 198 a 207 CCF establecen las reglas para la administración de la masa conyugal, las participaciones respectivas de cada cónyuge (partes iguales salvo que las capitulaciones dispongan otra cosa) y el proceso de liquidación incluyendo inventario, valuación, pago de deudas comunes y partición final.

El Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad se distingue del procedimiento de divorcio pero está estrechamente relacionado con él. En el divorcio por mutuo consentimiento ante un Juzgado Familiar o Notario Público (en estados que permiten el divorcio notarial), el acuerdo de liquidación puede presentarse simultáneamente como parte del convenio de divorcio. En el divorcio contencioso ante un Juzgado Familiar, la liquidación de la sociedad conyugal puede resolverse en una fase de liquidación separada tras dictarse la sentencia de divorcio. En ambos casos, los bienes inmuebles adjudicados a un cónyuge deben formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad del estado correspondiente.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido jurisprudencia vinculante que clarifica la fecha de valuación de los bienes comunes (típicamente la fecha de disolución efectiva, no la de la partición final) y el tratamiento de la plusvalía acumulada durante el período de liquidación. Este instrumento jurídico se rige por las disposiciones del Código Civil Federal y las leyes estatales aplicables según la jurisdicción donde se celebre. Las partes que intervienen en el documento deben contar con capacidad legal plena para obligarse y manifestar su consentimiento de forma libre y voluntaria. La firma del documento ante fedatario público otorga certeza jurídica a las obligaciones pactadas y permite su inscripción en los registros correspondientes. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.

Cuándo necesitas Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México

El Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México se requiere siempre que un matrimonio contraído bajo el régimen de sociedad conyugal se disuelva — ya sea por divorcio por mutuo consentimiento, divorcio contencioso, nulidad matrimonial o fallecimiento de uno de los cónyuges — y las partes o su sucesión necesiten convertir la masa conyugal en bienes individualmente titulados.

El acuerdo se necesita cuando los cónyuges son titulares de bienes inmuebles registrados conjuntamente o a nombre de uno de los cónyuges pero adquiridos durante el matrimonio a título oneroso — sin un acuerdo formal de liquidación, el cónyuge sobreviviente o el que se divorcia carece de un instrumento jurídico claro para acreditar la propiedad individual, y cualquier venta, hipoteca o transferencia posterior de la propiedad requerirá que la liquidación se complete retroactivamente.

Un Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad se requiere cuando la pareja tiene activos financieros compartidos significativos — cuentas bancarias mancomunadas, portafolios de inversión, cuentas AFORE con designaciones de beneficiario conyugal o participaciones societarias adquiridas durante el matrimonio. Las instituciones financieras y los registros empresariales requieren un instrumento formal de liquidación antes de transferir cuentas o actualizar los registros de accionistas.

El acuerdo se necesita cuando uno de los cónyuges ha estado administrando un negocio (empresa familiar, negocio propio o sociedad de la que ambos son socios) cuyas acciones o activos forman parte de la masa conyugal — la Ley General de Sociedades Mercantiles y el Registro Público de Comercio requieren documentación formal de transferencia de título antes de que el registro empresarial pueda reflejar el cambio de propiedad.

Bajo los artículos 197 a 207 del Código Civil Federal y la Ley del Notariado del estado correspondiente, un acuerdo de liquidación que involucra bienes inmuebles debe ejecutarse como escritura pública e inscribirse en el Registro Público de la Propiedad para ser oponible frente a terceros. Sin esta inscripción, la asignación de la propiedad mediante el acuerdo sigue siendo válida entre los cónyuges pero no puede hacerse valer contra acreedores, compradores u otras partes que dependan del registro público.

Un Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad también se necesita para la planeación fiscal — la transferencia de bienes entre cónyuges como parte de la liquidación de la sociedad conyugal está generalmente exenta de ISR bajo el artículo 93 fracción XXII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, pero la transferencia debe documentarse correctamente para calificar para esta exención. El Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) puede aplicar a nivel estatal a ciertas transferencias de propiedad, aunque algunos estados eximen las transferencias de liquidación entre excónyuges.

Qué incluir en tu Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México

Un Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México válido conforme a los artículos 197 a 207 del Código Civil Federal y los códigos civiles estatales aplicables debe contener los siguientes elementos esenciales para ser jurídicamente eficaz y ejecutable ante los registros de la propiedad, las instituciones financieras y los procedimientos judiciales.

Identificación de las partes: Nombres legales completos, CURP (Clave Única de Registro de Población), RFC (Registro Federal de Contribuyentes), números de documento de identidad oficial y domicilios de ambos cónyuges o excónyuges. El acuerdo debe identificar el número del Acta de Matrimonio y la oficialía del Registro Civil y el estado donde se registró el matrimonio, confirmando que el matrimonio fue contraído bajo el régimen de sociedad conyugal conforme al artículo 183 CCF.

Confirmación del régimen patrimonial: Declaración expresa de que el matrimonio fue contraído bajo (o modificado posteriormente al) régimen de sociedad conyugal, citando las capitulaciones matrimoniales (si las hay) o la regla supletoria del código civil del estado aplicable. Si las capitulaciones establecieron proporciones específicas distintas a las partes iguales predeterminadas, éstas deben citarse.

Inventario de bienes comunes: Una lista completa de todos los bienes que forman parte de la masa conyugal — bienes inmuebles (identificados por folio real del RPP, clave catastral y domicilio completo), cuentas bancarias (institución bancaria, número de cuenta, CLABE), vehículos (placas, VIN, título de propiedad), participaciones societarias (RFC de la entidad, porcentaje del capital representado), cuentas de pensión y AFORE, pólizas de seguro y bienes muebles de valor significativo. Los bienes deben clasificarse como comunes (adquiridos conjuntamente) frente a privativos (prematrimoniales o heredados durante el matrimonio).

Valuación (Avalúo): El valor de mercado acordado o tasado (valor comercial) de cada bien común a la fecha de la liquidación. Para bienes inmuebles, un avalúo comercial emitido por un valuador certificado (Perito Valuador certificado por la Sociedad Hipotecaria Federal o institución estatal equivalente) proporciona el valor autorizado para los fines del cálculo del ISAI y del cumplimiento del ISR.

Inventario de pasivos comunes: Todas las deudas y obligaciones contraídas durante el matrimonio por beneficio de la comunidad — créditos hipotecarios (identificando la institución de crédito, número de crédito, saldo insoluto y pago mensual), préstamos personales, deudas de tarjetas de crédito y pasivos empresariales por los que ambos cónyuges son solidariamente responsables. El acuerdo debe especificar cómo cada pasivo es asumido por el respectivo cónyuge tras la liquidación.

Partición y adjudicación: La asignación específica de cada bien y pasivo a cada cónyuge, reflejando las participaciones proporcionales acordadas (partes iguales o según las capitulaciones). Para asignaciones de valor equivalente no se requiere pago compensatorio; cuando un cónyuge recibe bienes de mayor valor total, debe especificarse una compensación económica (compensación económica) — su monto, método de pago y plazo.

Declaraciones fiscales: Confirmación de que la transferencia califica para la exención de ISR bajo el artículo 93 fracción XXII LISR, e identificación de las obligaciones de ISAI (si las hay) derivadas de transferencias de bienes inmuebles, con especificación de qué cónyuge asume cada obligación fiscal. Los RFC de ambas partes deben incluirse para el cumplimiento del SAT.

Cláusula de ejecución notarial: El requisito de ejecutar como escritura pública ante Notario Público e inscribir los instrumentos correspondientes en el RPP (para bienes inmuebles), el Registro Público de Comercio (para participaciones societarias) y las notificaciones a instituciones financieras (para cuentas bancarias e inversiones). Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Liquidación de Bienes de la Comunidad México como guía de preparación — se requiere ejecución notarial para todas las transferencias de bienes inmuebles.

Firmas y fecha: Firmas completas de ambas partes, con la ciudad y fecha de ejecución. Si se ejecuta como parte de procedimientos de divorcio ante un Juzgado Familiar, debe obtenerse la aprobación judicial del acuerdo de liquidación antes del registro ante los registros de la propiedad. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.

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Forms Legal. (2026). Acuerdo de Liquidación de Bienes de la Comunidad México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/estate-planning/estate/liquidacion-bienes-comunidad-mexico

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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