Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México
AVISO DE MODIFICACIÓN / DESIGNACIÓN DE BENEFICIARIOS — IMSS
Con fundamento en los Artículos 64 a 67 de la Ley del Seguro Social (LSS)
I. DATOS DEL ASEGURADO
Nombre completo: [Worker Name]
NSS (Número de Seguridad Social): [Worker NSS]
CURP: [Worker CURP]
RFC: [Worker RFC]
Fecha de nacimiento: [Worker DOB]
Identificación oficial: [Worker ID]
Patrón / Empresa: [Employer Name]
II. CÓNYUGE O CONCUBINO/A
Nombre: [Spouse Name]
CURP: [Spouse CURP]
Fecha de nacimiento: [Spouse DOB]
Tipo de vínculo: [Spouse Relationship]
Fecha del acta de matrimonio: [Marriage Date]
Conforme al Artículo 64 de la Ley del Seguro Social, el cónyuge o concubino/a debidamente registrado/a tiene derecho a pensión de viudez equivalente al 90% de la pensión base del asegurado.
III. HIJOS BENEFICIARIOS
[Children List]
Conforme al Artículo 65 de la Ley del Seguro Social, cada hijo registrado tiene derecho a pensión de orfandad equivalente al 20% de la pensión base del asegurado, hasta los 16 años de edad (o 25 si estudia, o sin límite si presenta incapacidad permanente).
IV. ASCENDIENTES DEPENDIENTES
[Parents List]
Conforme al Artículo 66 de la Ley del Seguro Social, los ascendientes económicamente dependientes tienen derecho a pensión de ascendencia (20% de la pensión base por ascendiente) únicamente en ausencia de cónyuge e hijos beneficiarios.
V. DECLARACIÓN DEL ASEGURADO
El asegurado declara que los datos proporcionados son verídicos, que los beneficiarios registrados cumplen con los requisitos establecidos en los Artículos 64 a 67 de la Ley del Seguro Social, y autoriza al IMSS a mantener, actualizar y utilizar estos datos para el procesamiento de prestaciones de sobrevivencia y servicios médicos familiares conforme a la LSS.
VI. FIRMAS Y SELLO IMSS
Subdelegación IMSS: [IMSS Subdelegacion]
Fecha de registro: [Execution Date]
EL/LA ASEGURADO/A:
[Worker Name]
Firma: _________________________
FUNCIONARIO IMSS RECEPTOR:
Nombre y cargo: _________________________
Sello y firma IMSS: _________________________
Número de folio de registro: _________________________
Insured Worker (Asegurado/a)
________________
Signature
IMSS Officer
________________
Signature
Qué es Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México
La Designación de Beneficiarios Pensión IMSS en México es un documento legal regido por la Ley del Seguro Social (LSS) artículos 64–67, mediante la cual el asegurado registra ante el IMSS a los familiares con derecho a pensión de viudez, orfandad y ascendencia, así como al saldo de la cuenta AFORE al fallecimiento.
Bajo los artículos 64 a 67 de la LSS, el marco de prestaciones de sobrevivencia del IMSS reconoce tres categorías de pensión: pensión de viudez pagadera al cónyuge supérstite o concubino/a; pensión de orfandad pagadera a los hijos menores sobrevivientes; y pensión de ascendientes pagadera a los padres dependientes cuando no existen viuda ni hijos beneficiarios. Estas pensiones se calculan como porcentajes de la pensión base del trabajador o, para los trabajadores del esquema anterior a 1997, como porcentajes del Salario Base de Cotización (SBC) bajo las disposiciones transitorias de la LSS de 1973.
La designación de beneficiarios para efectos de pensión IMSS es distinta a la designación de beneficiarios de la cuenta AFORE bajo los artículos 54 a 56 de la Ley del SAR, aunque son documentos complementarios. El registro ante el IMSS inscribe a los familiares en el sistema IMSS y establece su elegibilidad para pensiones de sobrevivencia y prestaciones de atención médica familiar (servicio médico familiar) bajo el artículo 84 de la LSS. La designación AFORE, en contraste, rige la distribución del saldo de la cuenta individual como suma global o como parte del cálculo de la pensión.
Para los trabajadores que ingresaron al mercado laboral después del 1 de julio de 1997 (régimen de 1997), las prestaciones de pensión se calculan con base en el saldo de la cuenta individual administrada por la AFORE elegida — deben haberse cotizado suficientes semanas (1,250 semanas cotizadas bajo el artículo 154 original de la LSS, reducidas a 750 bajo la reforma de pensiones de 2020) para calificar a una pensión. Para los trabajadores bajo el régimen transitorio de 1973 — quienes ya habían acumulado cotizaciones al IMSS antes de 1997 — las prestaciones de sobrevivencia pueden calcularse bajo las reglas transitorias más favorables, que requieren solo 150 semanas de cotización.
El IMSS mantiene el Registro de Beneficiarios a través de su plataforma IMSS Digital, las Subdelegaciones de Afiliación y Vigencia y los módulos de IMSS Bienestar. Los trabajadores deben registrar proactivamente a sus beneficiarios y mantener los registros actualizados — el IMSS no actualiza automáticamente el estatus de los beneficiarios con base en eventos del Registro Civil (matrimonios, nacimientos, divorcios) a menos que el trabajador presente una actualización de beneficiarios con documentación de soporte.
La cobertura médica del IMSS para los beneficiarios registrados se proporciona a través de la red de Unidades de Medicina Familiar (UMF) y Hospitales de Zona asignados por el IMSS según el domicilio del empleador del trabajador. El registro de beneficiarios activa los derechos de atención médica — un cónyuge o hijo no registrado en el Padrón de Beneficiarios del IMSS no puede acceder a los servicios médicos del IMSS aunque sea claramente el dependiente legal del trabajador. La plataforma IMSS Digital (imss.gob.mx) permite a los trabajadores verificar el estado del registro de beneficiarios en línea usando su CURP y NSS, e iniciar actualizaciones antes de asistir en persona a la Subdelegación de Afiliación y Vigencia. El mantenimiento proactivo del registro de beneficiarios es una de las acciones de mayor impacto y menor costo que un trabajador puede tomar para proteger el acceso de su familia a la atención médica y la seguridad económica. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido tesis jurisprudenciales vinculantes sobre la interpretación de este tipo de instrumento. Los Tribunales Colegiados de Circuito del Poder Judicial de la Federación conocen en segunda instancia de las controversias. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos jurídicos que afectan derechos reales sobre bienes inmuebles.
Cuándo necesitas Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México
La Designación de Beneficiarios Pensión IMSS es necesaria para todo trabajador del sector formal cubierto por el IMSS — idealmente desde el inicio del empleo — y debe actualizarse cada vez que cambien las circunstancias familiares que afecten la elegibilidad para pensión.
La designación es inmediatamente necesaria cuando un trabajador inicia un empleo registrado ante el IMSS. Bajo el artículo 12 de la LSS, todos los trabajadores en una relación laboral subordinada están sujetos al registro obligatorio ante el IMSS por parte del patrón dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de inicio del empleo. Al registrarse, el trabajador debe presentar la designación de beneficiarios para confirmar que su cónyuge, hijos y padres dependientes queden registrados tanto para los beneficios de atención médica como para la elegibilidad a pensión de sobrevivencia.
La designación requiere ser presentada o actualizada al contraer matrimonio (matrimonio) — el cónyuge (cónyuge) adquiere derechos de pensión de sobrevivencia bajo el artículo 64 de la LSS al registro legal del matrimonio en el Registro Civil, pero debe ser específicamente registrado ante el IMSS mediante el Formato de Modificación de Beneficiarios para activar la elegibilidad de atención médica y los registros de derecho a pensión. El Acta de Matrimonio del Registro Civil es requerida para el registro.
Al nacimiento de hijos (nacimiento de hijos), cada hijo debe registrarse ante el IMSS para activar sus beneficios de atención médica (seguro médico familiar) y establecer sus derechos de pensión por orfandad. Bajo el artículo 84 de la LSS, los hijos menores de 16 años (o menores de 25 si están inscritos en la escuela y son dependientes económicos, o de cualquier edad si están permanentemente incapacitados) califican para atención médica del IMSS y beneficios de pensión de sobrevivencia. El Acta de Nacimiento es requerida para el registro de cada hijo.
La designación debe actualizarse al divorciarse (divorcio) — un cónyuge divorciado que permanezca registrado como beneficiario IMSS puede reclamar prestaciones de pensión de sobrevivencia si no es removido oportunamente del registro. Bajo el artículo 65 de la LSS, la concubina o el concubino (pareja de hecho) adquiere derechos de pensión de sobrevivencia equivalentes a los de un cónyuge después de 2 años de cohabitación continua — o de inmediato si tienen hijos en común con el trabajador — y debe registrarse con documentación de soporte.
Para los trabajadores que se acercan a la edad de retiro o con condiciones de salud graves, asegurarse de que la designación de beneficiarios esté vigente reduce significativamente la carga administrativa sobre los familiares al momento del fallecimiento — permitiendo un acceso más rápido a las pensiones de sobrevivencia y la continuación de la cobertura médica a través del IMSS. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito han emitido tesis jurisprudenciales sobre la interpretación de este tipo de documento. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos que afectan derechos reales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisan aspectos complementarios.
Qué incluir en tu Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México
La Designación de Beneficiarios Pensión IMSS válida bajo los artículos 64 a 67 de la LSS y los procedimientos administrativos del IMSS debe contener los siguientes elementos para ser aceptada y tener efectos en el registro del IMSS.
Identificación del Trabajador (Datos del Asegurado): Nombre completo, NSS (Número de Seguridad Social — el número IMSS de 11 dígitos), CURP, RFC, fecha de nacimiento, número de documento oficial de identidad (INE/IFE o pasaporte), RFC del patrón y nombre del establecimiento, y domicilio de trabajo actual. El NSS es el identificador primario del sistema IMSS y debe coincidir exactamente con los registros del IMSS — las discrepancias requieren corrección en las Subdelegaciones del IMSS con documentos del Registro Civil de soporte.
Registro del Cónyuge o Concubino/a: Nombre completo, CURP, fecha de nacimiento, documento oficial de identidad y folio del acta de matrimonio (para cónyuges) o declaración de concubinato con evidencia de 2 o más años de cohabitación (para concubinos/as). Bajo el artículo 64 de la LSS, la pensión de viudez equivale al 90% de la pensión de invalidez del trabajador o, si el trabajador no había calificado aún para pensión, al 90% de la pensión que hubiera correspondido calculada sobre las aportaciones acumuladas.
Registro de Hijos: Nombre completo, CURP, fecha de nacimiento y folio del acta de nacimiento de cada hijo. Para hijos de entre 16 y 25 años inscritos en la escuela (estudiantes), se debe actualizar anualmente la constancia de estudios de una institución educativa reconocida por el IMSS. Para hijos permanentemente incapacitados de cualquier edad, se requiere certificación médica de la Junta de Evaluación de Discapacidad del IMSS. Bajo el artículo 65 de la LSS, la pensión de orfandad equivale al 20% de la pensión del trabajador por cada hijo huérfano, con un tope combinado del 100% del total de la pensión.
Registro de Padres Dependientes (Ascendientes Dependientes): Para casos en que no exista cónyuge, concubino/a ni hijos sobrevivientes, los padres dependientes (padre y madre) que dependían económicamente del trabajador califican para pensión de ascendientes. Se requieren nombre completo, CURP, fecha de nacimiento y acta de nacimiento del trabajador (para establecer el parentesco) de cada padre. Bajo el artículo 66 de la LSS, cada padre dependiente recibe el 20% de la pensión del trabajador, hasta el 40% total para ambos padres.
Cobertura de Beneficiarios para Atención Médica (Seguro de Enfermedades y Maternidad): La misma designación de beneficiarios activa la cobertura de atención médica (servicio médico familiar) para los familiares registrados bajo el artículo 84 de la LSS. El IMSS asigna a los beneficiarios registrados a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente al domicilio del patrón del trabajador. El beneficiario recibe la Cartilla Nacional de Salud del IMSS y tiene derecho a todos los servicios médicos del IMSS incluyendo consultas con especialistas, hospitalización, cirugía y cobertura de farmacia bajo el Cuadro Básico de Medicamentos del Sector Salud.
Documentos de Soporte Requeridos: Copias certificadas de: Acta de Matrimonio o declaración de concubinato; Actas de Nacimiento de todos los hijos; identificación oficial vigente del trabajador; y el Formato de Aviso de Modificación de Beneficiarios del IMSS (Formato AFIL-04 o formulario digital equivalente). Todos los documentos deben estar en original o copia certificada — el IMSS requiere presencia física en una Subdelegación para el registro inicial o actualizaciones significativas.
Forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Designación de Beneficiarios Pensión IMSS México como guía de preparación. El registro ante el IMSS se gestiona directamente a través de las oficinas del IMSS y la plataforma IMSS Digital — consulte su Subdelegación de Afiliación y Vigencia para conocer los requisitos documentales específicos en su estado, ya que los procedimientos pueden variar ligeramente según la delegación regional del IMSS. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) registra marcas y patentes vinculadas a cláusulas contractuales. La Secretaría de Economía emite Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables. El Artículo 1824 del Código Civil Federal establece los requisitos de validez de las obligaciones civiles.
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}Preguntas Frecuentes
Bajo la Ley del Seguro Social, el IMSS otorga tres categorías de prestaciones de sobrevivencia (prestaciones de sobrevivencia) a los beneficiarios registrados de un trabajador fallecido. La pensión de viudez bajo el artículo 64 de la LSS paga al cónyuge supérstite o concubino/a el 90% de la base de pensión del trabajador (o la pensión que hubiera correspondido con base en las aportaciones), pagada mensualmente de por vida — o hasta que el cónyuge supérstite contraiga nuevas nupcias y reciba un pago de liquidación de 36 meses de pensión. La pensión de orfandad bajo el artículo 65 de la LSS paga a cada hijo menor sobreviviente el 20% de la base de pensión hasta los 16 años (o 25 si está inscrito en la escuela, o de por vida si está permanentemente incapacitado), con un tope combinado del 100% de la pensión para todos los hijos. La pensión de ascendientes bajo el artículo 66 de la LSS paga a cada padre dependiente sobreviviente el 20% de la base de pensión cuando no existen beneficiarios cónyuge o hijos. Adicionalmente, los beneficiarios registrados reciben: ayuda para gastos de funeral equivalente a 2 meses del salario del trabajador bajo el artículo 64 de la LSS; continuación del seguro médico familiar a través del IMSS sin interrupción durante el período de pensión; y acceso a los servicios de guardería del IMSS para hijos huérfanos. Para los trabajadores del régimen de 1997, los sobrevivientes también reciben el saldo de la cuenta AFORE a través del proceso de entrega por fallecimiento regulado por CONSAR.
La reforma a la LSS de 1997 creó dos regímenes de pensión que afectan significativamente el cálculo de las prestaciones de sobrevivencia. Los trabajadores que ya habían acumulado cotizaciones al IMSS antes del 1 de julio de 1997 — trabajadores en transición (trabajadores en transición) — pueden optar por recibir su pensión bajo las reglas del régimen de 1973 o del régimen de 1997, eligiendo el más favorable al momento del retiro. Bajo el régimen de 1973, las pensiones de sobrevivencia se calculaban como porcentajes del Salario Base de Cotización (SBC) del trabajador — el salario diario registrado ante el IMSS — y requerían solo 150 semanas cotizadas. La pensión mínima garantizada bajo el régimen de 1973 se fijó en un salario mínimo. Bajo el régimen de 1997, las pensiones se financian con el saldo acumulado de la cuenta individual AFORE — la pensión de sobrevivencia y el pago de suma global dependen directamente de lo acumulado en la cuenta individual. El régimen de 1997 requiere 1,250 semanas cotizadas para elegibilidad plena de pensión bajo el artículo 154 original de la LSS, reducidas a 750 semanas bajo la reforma de pensiones de 2020 para trabajadores que se retiran después de 2021. Para las pensiones de sobrevivencia, el régimen de 1997 exige que el trabajador haya cumplido los umbrales de cotización — si son insuficientes, solo el saldo de la cuenta AFORE es pagadero como suma global en lugar de una pensión mensual. Los trabajadores en transición deben solicitar un cálculo comparativo de pensión al IMSS o a su AFORE al planificar documentos patrimoniales y de designación de beneficiarios.
Bajo el artículo 64 de la LSS, un concubino o concubina (pareja de hecho) tiene derechos de pensión de sobrevivencia equivalentes a los de un cónyuge legal si la cohabitación ha sido continua durante al menos 2 años, o si la pareja ha tenido hijos en común (independientemente de la duración de la cohabitación). Para registrar a un concubino/a como beneficiario del IMSS, el trabajador debe asistir a una Subdelegación de Afiliación y Vigencia con: identificación oficial original vigente de la pareja (INE/IFE o pasaporte) y CURP; evidencia de cohabitación de 2 o más años — típicamente recibo de luz, agua o teléfono a nombre de ambos o en el mismo domicilio, estados de cuenta bancarios, contrato de arrendamiento donde figuren ambas partes, o declaración notarial de convivencia; y, si aplica, actas de nacimiento de los hijos tenidos en común. El IMSS evalúa la evidencia y, si está satisfecho, registra al concubino/a en el Padrón de Beneficiarios. Si el registro basado en la cohabitación es impugnado — por ejemplo, si también existe un cónyuge legal — el conflicto de beneficiarios se resuelve mediante procedimiento judicial. La Ley de Sociedad de Convivencia de la Ciudad de México y las leyes estatales equivalentes proporcionan un mecanismo de registro formal alternativo para las parejas que no requiere 2 años de cohabitación previa — una convivencia registrada establece derechos de beneficiario equivalentes al concubinato para efectos del IMSS.
Sí. Bajo el artículo 66 de la LSS, los padres dependientes del trabajador (ascendientes económicamente dependientes) pueden registrarse como beneficiarios del IMSS y tienen derecho a la pensión de ascendientes y a la cobertura de atención médica familiar. Sin embargo, la pensión de ascendientes es subsidiaria — aplica solo cuando no existe cónyuge, concubino/a ni hijos sobrevivientes para recibir las pensiones primarias de sobrevivencia. La implicación práctica es que los padres deben registrarse como beneficiarios del IMSS de todas formas, porque su condición es relevante para la cobertura de atención médica (seguro médico familiar bajo el artículo 84 de la LSS) incluso cuando no aplica la pensión de ascendientes, y para el escenario residual de pensión cuando no sobreviven beneficiarios primarios. Para registrar a los padres, el trabajador debe presentar: acta de nacimiento del trabajador (para establecer la relación padre-hijo), identificación oficial de cada padre, CURP de cada padre, y evidencia de dependencia económica — típicamente una declaración notarial de dependencia económica ante notario o el propio formato de dependencia económica del IMSS con evidencia de que los padres no reciben ingresos independientes. El IMSS evalúa la dependencia caso por caso. El registro de atención médica para los padres no requiere demostrar dependencia económica — solo requiere la documentación de la relación biológica.
Cuando un trabajador cambia de empleo (cambio de empleo), el nuevo patrón es responsable de presentar un nuevo aviso de alta ante el IMSS dentro de los 5 días siguientes. El NSS (Número de Seguridad Social) del trabajador permanece igual durante toda su carrera — el IMSS acumula semanas cotizadas en todos los patrones en una sola cuenta. Los beneficiarios registrados — cónyuge, hijos — conservan su cobertura de seguro médico familiar sin interrupción mientras el trabajador permanezca empleado activamente y el nuevo patrón mantenga las aportaciones al IMSS. Si el trabajador queda en desempleo involuntario (desempleo involuntario), la cobertura de atención médica continúa por 8 semanas consecutivas tras la última aportación al IMSS (período de conservación de derechos) bajo el artículo 109 de la LSS — ampliado a 12 semanas para trabajadores con 3 o más años de aportaciones. Los trabajadores que renuncian voluntariamente o dejan el empleo formal pierden la cobertura activa de atención médica del IMSS tras el período de gracia de 8 a 12 semanas, pero pueden optar por incorporarse al régimen voluntario bajo el artículo 240 de la LSS pagando sus propias aportaciones para mantener la cobertura de atención médica — especialmente relevante para trabajadores que se acercan a los 60 años y desean acumular las semanas cotizadas restantes para calificar a la pensión. Los ahorros de pensión acumulados en la AFORE permanecen intocados con independencia de los cambios de empleo.
Tras el fallecimiento de un trabajador, los beneficiarios registrados ante el IMSS deben iniciar el trámite de pensión de sobrevivencia en un plazo razonable para evitar demoras en el inicio del pago de prestaciones. El proceso comienza en cualquier Subdelegación del IMSS o a través de IMSS Digital con la siguiente documentación: acta de defunción certificada del Registro Civil; NSS, CURP y registro IMSS de empleo más reciente del trabajador (si está disponible); identificación oficial y CURP de cada reclamante; acta de matrimonio para reclamantes cónyuge; actas de nacimiento para hijos; y para reclamantes concubino/a, la documentación de registro de beneficiarios existente. El IMSS asigna un folio de pensión e inicia el cálculo actuarial del monto de la pensión de sobrevivencia con base en el historial de cotizaciones del trabajador bajo el régimen aplicable (1973 o 1997). Bajo el régimen de 1997, el IMSS también coordina con la AFORE del trabajador para calcular si el saldo de la cuenta puede financiar una renta vitalicia o si un retiro programado (retiro programado) es más apropiado. La ayuda para gastos de funeral bajo el artículo 64 de la LSS puede reclamarse por separado e inmediatamente al fallecimiento — requiere el acta de defunción, identificación de beneficiario IMSS y una cuenta bancaria (CLABE) para transferencia electrónica. El IMSS cuenta con una línea dedicada de atención a derechohabientes al 800-623-2323 para consultas sobre prestaciones de sobrevivencia.
No. El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) y el ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado) son instituciones de seguridad social distintas que cubren diferentes categorías de trabajadores bajo marcos legales separados. El IMSS cubre a los trabajadores del sector privado bajo la Ley del Seguro Social — incluyendo empleados de empresas privadas, trabajadores domésticos (trabajadores domésticos) tras las reformas de 2019, y trabajadores de los sectores de la construcción y el agro. El ISSSTE cubre a los empleados del gobierno federal (trabajadores al servicio del Estado) bajo la Ley del ISSSTE — incluyendo maestros (docentes de educación pública), servidores públicos federales y personal militar de categorías no armadas. Los empleados de los gobiernos estatales generalmente están cubiertos por institutos de seguridad social estatales separados (p. ej., ISSSTELEÓN en Nuevo León, IMSS-BIENESTAR para trabajadores en estados que transfieren atención médica). Las estructuras de pensión de sobrevivencia son ampliamente similares — ambas otorgan pensiones de viudez, orfandad y ascendencia — pero los métodos de cálculo, las tasas de aportación y los montos de prestaciones difieren. El ISSSTE tiene su propio sistema de cuenta individual de retiro (Pensionissste AFORE) para los empleados incorporados después de 2007 bajo la reforma al ISSSTE de 2007. Los trabajadores que han cotizado tanto al IMSS como al ISSSTE en diferentes etapas de su carrera (trabajadores mixtos) pueden enfrentar problemas complejos de coordinación de pensiones — se recomienda consultar simultáneamente al IMSS y al ISSSTE en estos casos.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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