Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen)
DECLARACIÓN DE VEHÍCULO LIBRE DE GRAVAMEN
Manifestación bajo Protesta de Decir Verdad conforme al Artículo 2248 del Código Civil Federal
I. DATOS DEL PROPIETARIO DECLARANTE
Nombre / Razón Social: [Owner Name]
RFC: [Owner RFC]
CURP: [Owner CURP]
Identificación Oficial: [Owner ID]
Domicilio: [Owner Address]
II. DESCRIPCIÓN DEL VEHÍCULO
Marca: [Vehicle Make]
Modelo: [Vehicle Model]
Año: [Vehicle Year]
Color: [Vehicle Color]
NIV (Número de Identificación Vehicular): [Vehicle NIV]
Número de Motor: [Engine Number]
Placas y Estado: [Licence Plates]
Referencia de Factura Original: [Invoice Reference]
III. DECLARACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD
Yo, [Owner Name], en mi carácter de propietario/a del vehículo descrito en el apartado anterior, DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que el citado vehículo se encuentra LIBRE DE GRAVAMEN, esto es, libre de:
a) Prenda sin desplazamiento o gravamen prendario a favor de institución financiera alguna (banco, SOFOM, u otro acreedor), conforme a los Artículos 346 al 380 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC);
b) Reserva de dominio a favor de vendedor, agencia, o acreedor alguno, conforme a los Artículos 2312 al 2315 del Código Civil Federal (CCF);
c) Crédito fiscal, embargo administrativo, o cualquier otro gravamen registrado a favor del Servicio de Administración Tributaria (SAT) conforme al Artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF);
d) Medida cautelar, embargo judicial, o cualquier orden de autoridad judicial o administrativa que restrinja la libre disposición del vehículo;
e) Reporte de robo, investigación penal activa, o cualquier otro antecedente que impida su circulación o enajenación lícita.
Consulta REPUVE realizada el: [REPUVE Query Date]
La presente declaración se otorga para: [Transaction Purpose].
A favor de: [Buyer Name] RFC: [Buyer RFC]
Manifiesto tener plena capacidad legal para enajenar, donar o gravar el vehículo descrito, sin requerir el consentimiento de tercero alguno. Soy consciente de que cualquier declaración falsa me hace acreedor/a a las sanciones civiles y penales establecidas en el Código Civil Federal y el Código Penal Federal.
FIRMA Y FE PÚBLICA
En [Declaration City], a [Declaration Date].
EL/LA PROPIETARIO/A DECLARANTE:
[Owner Name]
Firma: _________________________
ANTE:
[Notary Details]
Sello y Firma: _________________________
Vehicle Owner / Declarant (Propietario / Declarante)
________________
Signature
Notario Público / Autoridad Receptora
________________
Signature
What Is a Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen)?
A Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Libre de Gravamen de Vehículo) is a formal sworn statement in which the owner (vendedor or declarante) of a motor vehicle certifies under oath that the vehicle described therein is free of all liens, pledges, chattel mortgages, reservations of title (reserva de dominio), guaranty interests, and any other legal encumbrance that could restrict or impair the transfer of full, unencumbered ownership to a buyer or recipient. The document's primary legal foundation rests in Article 2248 of the Código Civil Federal (CCF), published in the Diario Oficial de la Federación on 26 May 1928, which establishes the legal requirements for a valid sale of goods — principally that the seller (vendedor) must be the legitimate owner of the thing sold and must have the legal capacity to dispose of it (facultad para enajenar).
Motor vehicle ownership and encumbrances in Mexico are governed by a combination of federal and state law. The Ley Federal del Derecho de Autor, the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), and the Código Civil Federal regulate the substantive rights; administrative registration is handled through the Registro Público Vehicular (REPUVE) — the federal vehicle registry established by the Ley del Registro Público Vehicular published in the DOF on 1 June 2004 — and through the Registro Público de la Propiedad (RPP) or the Registro Público de Comercio (RPC) of the state where a pledge without transfer of possession (prenda sin desplazamiento) or reserve of title agreement was registered. The REPUVE, administered by the Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) through the Centro Nacional de Información (CNI), allows anyone to query the legal and administrative status of any vehicle by its Vehicle Identification Number (VIN — Número de Identificación Vehicular, NIV) and licence plates (placas).
The most common vehicle encumbrances in Mexico are: the prenda sin desplazamiento (chattel mortgage without transfer of possession) under Articles 346 through 380 of the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, used by banks and SOFOMES (Sociedades Financieras de Objeto Múltiple) regulated by the Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) to secure auto loans (créditos automotrices); the reserva de dominio (reservation of title) under Articles 2312 through 2315 CCF, used by dealerships and private sellers to retain legal title as security until the purchase price is fully paid; and liens resulting from tax debts (créditos fiscales) registered by the Servicio de Administración Tributaria (SAT) under Article 141 of the Código Fiscal de la Federación (CFF), which attach to the vehicle as a guaranty for unpaid federal taxes.
The REPUVE system links electronically with the CNBV, the SAT, and the state motor vehicle registries (Direcciones de Transporte or Servicios al Automóvil) to aggregate information on vehicle liens in a single query accessible at repuve.gob.mx. A REPUVE certificate (certificado REPUVE) showing a vehicle as libre de reportes y gravámenes is the primary administrative evidence of free-and-clear status and is typically required by state motor vehicle offices (Servicios al Automóvil) when processing vehicle transfer of title (cambio de propietario or baja de placas y alta a nombre del comprador). The Declaración de Libre de Gravamen complements the REPUVE certificate by providing the seller's sworn personal certification of the vehicle's legal status, creating additional evidentiary protection for the buyer in private sales outside dealer channels.
When Do You Need a Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen)?
A Vehicle Free and Clear Declaration Mexico is required in multiple contexts involving the sale, transfer, donation, or pledging of motor vehicles in Mexico, particularly in private party transactions (compraventas entre particulares) where no dealer is involved.
The declaration is needed whenever the buyer of a used vehicle in a private sale requests confirmation that no auto loan (crédito automotriz), prenda sin desplazamiento, or reserva de dominio is currently registered against the vehicle. Article 2248 CCF places the obligation on the seller to disclose the legal status of the thing being sold — selling a vehicle subject to an undisclosed lien constitutes a breach of the sales contract and may give rise to a claim for eviction (saneamiento por evicción) under Articles 2119 through 2162 CCF, entitling the buyer to rescission of the contract and damages. The declaration formalises the seller's statutory warranty of good title.
The document is required when processing a cambio de propietario (transfer of vehicle title) at the state Dirección de Transporte or Servicios al Automóvil. Most state vehicle registries require the seller to present either a REPUVE certificate or a sworn declaration of free-and-clear status alongside the vehicle invoice (factura original) and proof of prior ownership. The Ley del Registro Público Vehicular requires that all liens registered in the REPUVE be discharged (canceladas) before a transfer of title can be processed — the declaration provides the state registry officer with the seller's personal certification that all LGTOC-registered pledges and SAT tax liens have been cleared.
The Declaración de Libre de Gravamen is also needed when: a vehicle is donated (donado) to a family member or institution under Article 2332 CCF, requiring documentation that no encumbrance prevents the donation; a vehicle is contributed as capital (aportación en especie) to a Mexican company under the Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), requiring the shareholders to confirm that contributed assets are unencumbered; or a vehicle is used as collateral for a new loan, where the lender (bank or SOFOM) requires the borrower to certify that no prior lien exists before granting a new prenda sin desplazamiento. In all these scenarios, the declaration — particularly when executed before a Notario Público — provides documentary evidence that the seller or transferor has made a sworn representation regarding the vehicle's legal status, creating potential criminal liability for false declarations if the representation is inaccurate.
What to Include in Your Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen)
A valid Vehicle Free and Clear Declaration Mexico must include the following essential elements to be accepted by the Registro Público Vehicular, state motor vehicle offices, financial institutions, and Notarios Públicos in private sale and encumbrance transactions.
Vehicle Identification Data: Complete description of the motor vehicle including: make (marca), model (modelo), year of manufacture (año de fabricación), colour (color), Vehicle Identification Number (NIV — Número de Identificación Vehicular, equivalent to the international VIN standard under NOM-001-SCT-2-2016 issued by the Secretaría de Comunicaciones y Transportes), engine number (número de motor), current licence plate number and state (número de placas y estado de registro), and the federal vehicle key (clave vehicular SAT) required for tax purposes under the CFF. These details must match exactly the information on the vehicle's original invoice (factura) issued by the manufacturer, importer, or dealership and the REPUVE registration record.
Owner Identification: Full legal name of the declarant-owner (nombre completo con apellidos paterno y materno), RFC (Registro Federal de Contribuyentes assigned by the SAT), CURP (Clave Única de Registro de Población issued by RENAPO), current domicile, and official identification document number (credencial INE/IFE, pasaporte, or cédula profesional). Where the owner is a legal entity (persona moral), the company's RFC, registered name, and name and authority of the legal representative (representante legal with poder notarial) must be stated.
Title Chain: Reference to the original vehicle invoice (factura número, date, and issuing dealer/manufacturer/importer) establishing the declarant's chain of title from manufacture or prior purchase. If the vehicle was purchased second-hand, the corresponding prior compraventa or endorsement (cesión) of the original factura must be referenced. Article 45 of the Reglamento del Código Fiscal de la Federación establishes the SAT's requirements for vehicle invoices as valid property titles.
Free-and-Clear Certification: The core sworn declaration (manifestación bajo protesta de decir verdad) that: (a) no prenda sin desplazamiento under the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito is registered against the vehicle with any financial institution, bank, SOFOM, or private lender; (b) no reserva de dominio under Articles 2312 through 2315 CCF is in effect; (c) no SAT tax lien (crédito fiscal) under Article 141 CFF is registered against the vehicle; (d) no injunction, attachment (embargo), or precautionary measure (medida cautelar) issued by any court or tribunal restricts the vehicle's transfer; and (e) the declarant has full legal capacity to sell, donate, or encumber the vehicle without requiring any third-party consent.
REPUVE Query Confirmation: Reference to and attachment of the REPUVE certificate (certificado REPUVE) obtained from repuve.gob.mx confirming that the vehicle is not reported as stolen, involved in a criminal investigation, or subject to registered liens as of the date of the certificate. The REPUVE certificate is the primary administrative corroboration of the sworn declaration and is required by state motor vehicle offices for title transfers.
Purpose Statement: Explicit identification of the transaction for which the declaration is made — sale to a named buyer, donation, capital contribution, new loan collateral — including the buyer's or recipient's full name and RFC. This specificity limits the declaration's use to the stated transaction and protects the declarant from claims that the declaration was used for unintended purposes.
Notarial or Official Authentication: Where the declaration will be used in a notarised transaction (compraventa ante notario, contrato de prenda, or donation), it must be executed before or incorporated into a notarial instrument (escritura or acta notarial) bearing the protocol number, Notario Público's name and number, and the notarial seal. For administrative state registry purposes, many states accept a simple manifestación ante funcionario without full notarisation.
Forms-legal.com provides this Vehicle Free and Clear Declaration Mexico template as a practical tool for private vehicle sales and transfers. All vehicle transactions involving encumbrances or high-value vehicles should be reviewed by a Notario Público or Licenciado en Derecho experienced in bienes muebles to confirm compliance with applicable state laws, REPUVE requirements, SAT invoicing obligations, and the specific procedures of the state Dirección de Transporte processing the title transfer.
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Forms Legal. (2026). Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/personal/legal-declarations/vehicle-free-and-clear-declaration-mexico
"Vehicle Free and Clear Declaration Mexico (Declaración de Vehículo Libre de Gravamen) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/personal/legal-declarations/vehicle-free-and-clear-declaration-mexico.
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La Declaración de Libre de Gravamen de Vehículo es una manifestación bajo protesta de decir verdad mediante la cual el propietario de un vehículo automotor certifica que el bien está libre de toda prenda sin desplazamiento, reserva de dominio, crédito fiscal SAT, embargo judicial y cualquier otro gravamen que pudiera impedir la transmisión del dominio limpio. Su fundamento es el Artículo 2248 del Código Civil Federal, que exige que el vendedor tenga plena capacidad para disponer de la cosa vendida. El documento es importante en México porque los gravámenes vehiculares — particularmente la prenda sin desplazamiento bajo la LGTOC usada por bancos en créditos automotrices, y la reserva de dominio bajo los Artículos 2312–2315 CCF en ventas a plazos — pueden no ser visibles para el comprador sin una consulta REPUVE. El comprador que adquiere un vehículo con un gravamen no revelado puede perder el vehículo ante el acreedor a través de procedimientos de ejecución, ya que el gravamen sigue al bien con independencia de la venta. La declaración proporciona al comprador la garantía bajo juramento del vendedor de título limpio, y cualquier declaración falsa da lugar a la acción de saneamiento por evicción conforme a los Artículos 2119–2162 CCF y a responsabilidad penal.
El Registro Público Vehicular (REPUVE) es el registro nacional de vehículos creado por la Ley del Registro Público Vehicular (publicada en el DOF el 1 de junio de 2004) y administrado por la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC). El REPUVE mantiene una base de datos nacional unificada de identificación, propiedad y estatus legal de vehículos, accesible al público en repuve.gob.mx. Para cada vehículo registrado, el REPUVE contiene: el NIV, marca, modelo, año, color, placas, propietario actual y cualquier prenda, embargo o reporte penal (robo, recuperación, investigación ministerial) reportado. Los bancos y SOFOMEs regulados por la CNBV están obligados a registrar los contratos de prenda sin desplazamiento en el REPUVE dentro de los cinco días hábiles siguientes a su firma. El SAT registra créditos fiscales a través del mecanismo de ejecución del CFF. Un certificado REPUVE impreso del portal constituye evidencia administrativa del estatus registrado del vehículo y es requerido por la mayoría de las oficinas estatales de transporte al tramitar cambios de propietario. La Declaración de Libre de Gravamen complementa el certificado REPUVE con la confirmación personal bajo juramento del propietario, cubriendo gravámenes que aún no estén reflejados en el REPUVE por retrasos de registro.
La prenda sin desplazamiento bajo los Artículos 346 al 380 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) es el principal instrumento de garantía usado por instituciones financieras mexicanas para verificar créditos automotrices. A diferencia de una prenda tradicional, el vehículo permanece en posesión física del deudor mientras el acreedor mantiene un derecho real de garantía registrado que sigue al bien con independencia de cualquier venta posterior. El acreedor — típicamente un banco, SOFOM o caja de ahorro regulada por la CNBV — registra la prenda en el REPUVE, creando un registro consultable públicamente. Si el deudor incumple, el acreedor puede ejecutar la prenda a través de un juicio ejecutivo mercantil ante el Tribunal de lo Mercantil. Bajo el Artículo 365 LGTOC, un comprador de buena fe que adquiere un vehículo sin conocimiento de la prenda registrada puede igualmente quedar sujeto a la ejecución si la prenda está debidamente registrada en el REPUVE — de ahí la importancia crítica de consultar el REPUVE y obtener una Declaración de Libre de Gravamen antes de comprar cualquier vehículo usado. La cancelación total de la prenda requiere que el acreedor presente una solicitud de cancelación ante el REPUVE después de que el crédito sea totalmente liquidado, momento en el cual el certificado REPUVE refleja el vehículo como libre de gravamen.
El cambio de propietario de un vehículo en México requiere un conjunto coordinado de documentos presentados ante la Dirección de Transporte o Servicios al Automóvil del estado donde el vehículo se registrará a nombre del comprador. Los documentos principales requeridos incluyen: la factura original del vehículo emitida por el fabricante, importador o agencia distribuidora —en las compraventas entre particulares, debe estar debidamente endosada al comprador, ya que la factura es el documento de título principal conforme a las reglas del SAT—; un contrato de compraventa completado o un recibo de venta por escrito; la Declaración de Libre de Gravamen y el certificado REPUVE que confirme la ausencia de gravámenes registrados; la tarjeta de circulación vigente y el comprobante de la verificación vehicular de emisiones conforme a las NOM-041-SEMARNAT y NOM-047-SEMARNAT de la autoridad ambiental estatal; el comprobante de pago del impuesto sobre la tenencia o del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN, conforme a la Ley Federal del ISAN) del año en curso; la identificación oficial tanto del vendedor como del comprador; y, en algunos estados, una compraventa notarizada. Los requisitos varían significativamente según el estado —la Ciudad de México (CDMX), el Estado de México (Edomex), Nuevo León y Jalisco mantienen procedimientos distintos a través de su Secretaría de Finanzas o Secretaría de Movilidad—, por lo que debe consultarse la Dirección de Transporte estatal específica antes de iniciar el proceso de transferencia.
Un vehículo sujeto a un gravamen fiscal del SAT (un crédito fiscal garantizado con embargo precautorio o con un gravamen registrado conforme al artículo 141 del CFF) no puede venderse ni transmitirse sin antes liquidar el adeudo fiscal subyacente u obtener la autorización por escrito del SAT para sustituir la garantía. Conforme al artículo 141 del CFF, el SAT puede exigir a los contribuyentes con adeudos fiscales (créditos fiscales firmes) que garanticen el pago, y una de las formas de garantía aceptadas es el embargo administrativo sobre bienes muebles o inmuebles, incluidos los vehículos. El SAT registra estos gravámenes en sus propios sistemas y, en el caso de los vehículos, informa al REPUVE, lo que hace el gravamen accesible al público. Si un contribuyente intenta vender un vehículo sujeto a un gravamen del SAT no revelado, el SAT puede impugnar la operación como una enajenación fraudulenta conforme al artículo 67 del CFF y puede recuperar el vehículo del comprador mediante el procedimiento administrativo de ejecución. El contribuyente debe pagar por completo el adeudo fiscal (incluidos los recargos, las actualizaciones y las multas conforme a los artículos 17-A, 21 y 76 del CFF), obtener un oficio de cancelación del embargo del SAT y presentar la cancelación ante el REPUVE antes de formalizar la venta. Solo cuando la constancia del REPUVE refleje libre de gravamen podrá transmitirse el vehículo con una Declaración de Libre de Gravamen válida.
Hacer una Declaración de Libre de Gravamen falsa —declarar un vehículo libre de gravámenes cuando en realidad hay un gravamen, una prenda o una reserva de dominio registrados— acarrea graves consecuencias civiles, contractuales y penales conforme al derecho mexicano. Conforme al artículo 2248 del Código Civil Federal, la garantía del vendedor sobre el título y la posesión pacífica (saneamiento por evicción) es una obligación esencial de la compraventa: si el comprador posteriormente pierde el vehículo a manos de un acreedor que ejecuta un gravamen anterior no revelado, tiene derecho, conforme a los artículos 2119 a 2162 del CCF, a la rescisión del contrato, a la devolución íntegra del precio de compra, al reembolso de los gastos y a la indemnización de los daños. La declaración falsa también constituye un delito: conforme al artículo 386 del Código Penal Federal y a los códigos penales estatales equivalentes, el fraude mediante falsas representaciones que causan un daño económico se castiga con prisión proporcional al monto del fraude; el fraude en la venta de vehículos suele ubicarse en el rango de 2 a 9 años según el valor de que se trate. Además, si la declaración se otorgó ante un Notario Público, la falsedad constituye el delito de falsedad en declaraciones ante fedatario público o falsedad en documentos conforme al Código Penal estatal aplicable. El comprador también puede presentar una queja ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) si la operación involucró a un vendedor comercial, ya que las reglas de protección al consumidor de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) prohíben las prácticas comerciales engañosas.
Para la compra de vehículos nuevos en una agencia distribuidora autorizada en México, por lo general no se requiere una Declaración de Libre de Gravamen por separado: la factura original emitida por el fabricante o importador y el registro del vehículo nuevo en el REPUVE confirman que no existen gravámenes previos, ya que el vehículo se vende por primera vez. Sin embargo, cuando la propia agencia financia la compra mediante un crédito automotriz, el banco o la SOFOM que otorga el financiamiento registra una prenda sin desplazamiento en el REPUVE de inmediato al desembolsar el crédito, lo que significa que el vehículo queda gravado desde el inicio. Si el comprador posteriormente intenta vender o transmitir el vehículo antes de liquidar por completo el crédito automotriz, se requerirá una Declaración de Libre de Gravamen para certificar que el crédito se ha pagado y que el REPUVE no muestra ningún gravamen pendiente. La declaración se vuelve de importancia crítica en las operaciones de vehículos usados, en particular en el mercado informal (compraventa entre particulares), donde no hay una supervisión institucional que asegure la verificación del título. Por esta razón, tanto la consulta al REPUVE como la Declaración de Libre de Gravamen son práctica estándar en las ventas de vehículos entre particulares facilitadas por notarios, gestores vehiculares y plataformas en línea de compraventa de vehículos que operan bajo la supervisión de protección al consumidor de la PROFECO.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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