Contrato de Prenda sin Desplazamiento México
CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓN
(Non-Possessory Pledge — Garantía Mobiliaria)
Celebrado conforme a los Artículos 346–380 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC, reforma DOF 27 de agosto de 2018)
I. PARTES
ACREEDOR PRENDARIO:
Nombre / Razón Social: [Creditor Name]
RFC: [Creditor RFC]
Domicilio: [Creditor Address]
Representante: [Creditor Representative]
DEUDOR PRENDARIO (PIGNORANTE):
Nombre / Razón Social: [Debtor Name]
RFC: [Debtor RFC]
Domicilio: [Debtor Address]
Representante: [Debtor Representative]
Las partes celebran el presente Contrato de Prenda sin Desplazamiento conforme a las siguientes cláusulas:
II. OBLIGACIÓN GARANTIZADA
El presente contrato garantiza el cumplimiento de la siguiente obligación crediticia: [Underlying Credit]
Monto Total Garantizado: [Secured Amount], incluyendo capital, intereses ordinarios, intereses moratorios y gastos de cobranza.
La prenda es indivisible — el bien prendado garantiza la totalidad de la obligación hasta su extinción completa, conforme al Artículo 2859 del Código Civil Federal.
III. BIENES DADOS EN PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO
Tipo de Garantía: [Pledged Assets Type].
Descripción Detallada de los Bienes Prendados:
[Pledged Assets Description]
Ubicación de los Bienes: [Assets Location]
Valor de Avalúo: [Appraised Value]
El Deudor Prendario conserva la posesión material y el derecho de uso de los bienes prendados en el curso ordinario de sus operaciones comerciales, conforme al Artículo 346 LGTOC. El Deudor se obliga a: (a) mantener los bienes en buen estado de conservación y funcionamiento; (b) no enajenar, gravar ni de otra forma disponer de los bienes sin autorización escrita previa del Acreedor Prendario; (c) permitir inspecciones periódicas del Acreedor con previo aviso de 24 horas.
IV. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS (RUG)
[RUG Registration], en el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) administrado por la Secretaría de Economía (www.rug.economia.gob.mx), conforme a los Artículos 32–52 LGTOC. La inscripción en el RUG perfecciona la garantía frente a terceros y establece la prelación del Acreedor Prendario sobre acreedores posteriores, conforme al Artículo 360 LGTOC. El número de folio electrónico del RUG se incorporará como Anexo al presente contrato una vez obtenido.
V. SEGURO Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES
[Insurance Obligation]
La falta de contratación o mantenimiento del seguro requerido constituye un Evento de Incumplimiento que faculta al Acreedor Prendario a exigir la restitución inmediata de la obligación garantizada o a contratar el seguro a cargo del Deudor Prendario.
VI. EVENTOS DE INCUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN
Constituyen Eventos de Incumplimiento: (a) falta de pago de cualquier suma debida conforme al crédito garantizado; (b) incumplimiento de obligaciones de seguro; (c) enajenación o gravamen no autorizado de los bienes prendados; (d) deterioro material del valor de los bienes prendados; (e) inicio de procedimiento de concurso mercantil contra el Deudor bajo la Ley de Concursos Mercantiles (LCM); (f) incumplimiento cruzado con otras obligaciones financieras del Deudor.
Penalidad por Disposición No Autorizada: [Penalty Clause].
Ante un Evento de Incumplimiento, el Acreedor Prendario podrá ejecutar la garantía conforme a los Artículos 367–380 LGTOC, ya sea mediante ejecución judicial ante el Juzgado de Distrito competente o mediante ejecución extrajudicial en los términos del Artículo 368 LGTOC, si expresamente pactada. El producto de la ejecución se aplicará al pago del saldo insoluto del crédito garantizado, intereses devengados y gastos de ejecución.
VII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se rige por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC, Artículos 346–380), el Código Civil Federal, el Código de Comercio y la Ley de Concursos Mercantiles de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal competentes, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL ACREEDOR PRENDARIO:
[Creditor Name]
Representado por: [Creditor Representative]
Firma: _________________________
EL DEUDOR PRENDARIO (PIGNORANTE):
[Debtor Name]
Representado por: [Debtor Representative]
Firma: _________________________
Secured Creditor (Acreedor Prendario)
________________
Signature
Pledging Debtor (Deudor Prendario)
________________
Signature
Qué es Contrato de Prenda sin Desplazamiento México
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento en México es un documento legal 380, RUG, SHCP y ejecución extrajudicial ante fedatario público.
A diferencia de la prenda con desplazamiento —donde el deudor entrega el bien al acreedor o a un tercero depositario conforme al artículo 334 de la LGTOC— la prenda sin desplazamiento permite al pignorante continuar usando y explotando el bien mientras subsista la garantía, lo que reviste importancia para empresas que necesitan mantener operativos sus activos productivos. Los bienes gravados conservan su función económica pero quedan afectos al pago preferente del crédito garantizado.
Para su oponibilidad frente a terceros, la prenda sin desplazamiento debe inscribirse en el RUG conforme al artículo 362 de la LGTOC. El RUG es un sistema electrónico de acceso público donde cualquier acreedor potencial puede verificar si un bien mueble ya está gravado. La inscripción establece la prelación del acreedor prendario frente a embargos posteriores y frente al síndico en caso de concurso mercantil del deudor, conforme a la Ley de Concursos Mercantiles (LCM) publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2000.
La prenda sin desplazamiento puede confirmar créditos bancarios otorgados por instituciones de crédito conforme a la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), créditos de proveedores, emisiones de certificados bursátiles o cualquier obligación de pago. Los bienes típicamente dados en prenda sin desplazamiento incluyen inventarios de materia prima y producto terminado, cuentas por cobrar comerciales, equipo industrial, vehículos de flotilla, derechos de propiedad intelectual e incluso cosechas futuras en el sector agropecuario. La plataforma forms-legal.com ofrece un contrato modelo en PDF y Word que cumple con todos los requisitos formales del LGTOC y del RUG.
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento en México también puede confirmar obligaciones de pago en divisas extranjeras. Las empresas exportadoras que obtienen créditos denominados en dólares estadounidenses de bancos mexicanos o extranjeros pueden pignorar sus inventarios de exportación mediante prenda sin desplazamiento, con cláusula de indización al tipo de cambio FIX publicado diariamente por el Banco de México. La Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos establece que los contratos en moneda extranjera son válidos entre personas de derecho privado conforme al artículo 8 de dicha ley, por lo que la prenda puede confirmar créditos en USD, EUR u otras divisas.
La reforma financiera de 2014 en México modificó el régimen de ejecución de garantías mobiliarias para acelerar el acceso al crédito productivo. El artículo 366 de la LGTOC reformado permite al acreedor prendario, ante incumplimiento del deudor, proceder directamente a la venta extrajudicial de los bienes prendados a través de un corredor público o notario, sin necesidad de obtener sentencia judicial previa. Este mecanismo reduce el tiempo de recuperación del crédito de varios años a semanas o meses, mejorando la calidad crediticia de las garantías mobiliarias ante las calificadoras de riesgo como Moody's, S&P y Fitch que evalúan carteras de crédito de bancos y SOFOM.
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento puede también constituirse sobre acciones y partes sociales de sociedades mercantiles conforme al artículo 334 de la LGTOC en relación con el artículo 32 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). Las acciones prendadas permanecen en el libro de registro de la sociedad emisora con anotación del gravamen. El acreedor prendario tiene derecho a percibir los dividendos si así se pacta expresamente, o bien los dividendos se aplican al pago de la obligación garantizada. Esta modalidad es frecuente en financiamientos a grupos empresariales donde la garantía es la participación accionaria del deudor en sus subsidiarias operativas. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Contrato de Prenda sin Desplazamiento México
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento en México es necesario cuando una empresa o persona física requiere obtener financiamiento y ofrece bienes muebles como garantía sin desprenderse de su uso. Los bancos, uniones de crédito, sociedades financieras de objeto múltiple (SOFOM) y financieras alternativas exigen este instrumento para otorgar créditos a empresas del sector manufacturero, comercial y agropecuario donde los activos principales son inventarios o maquinaria.
También se usa en operaciones de factoraje financiero reguladas por la LGTOC cuando el cedente garantiza el pago de los documentos cedidos mediante prenda sobre activos adicionales. Las empresas agrícolas emplean la prenda sin desplazamiento sobre cosechas en pie o almacenadas, operación regulada adicionalmente por la Ley de Almacenes Generales de Depósito. Las pymes que no pueden ofrecer garantías hipotecarias encuentran en la prenda sin desplazamiento la vía para acceder a crédito formal documentando debidamente sus activos ante el RUG.
El contrato es indispensable cuando el acreedor necesita prelación registral frente a acreedores concurrentes: sin inscripción en el RUG, la prenda no es oponible a terceros y el acreedor quedaría en posición de acreedor quirografario en un concurso mercantil. La Ley de Concursos Mercantiles reconoce a los acreedores con garantía real inscrita un orden de prelación superior al de los acreedores comunes en el pago de los créditos reconocidos por el síndico.
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento es especialmente necesario para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) que no tienen bienes inmuebles para ofrecer como garantía hipotecaria pero sí cuentan con activos productivos: maquinaria, vehículos comerciales, inventarios y cuentas por cobrar. El Fondo Nacional de Garantías (FNG) del Gobierno Federal y el Instituto Nacional del Emprendedor (INADEM) —ahora Secretaría de Economía— han promovido el uso del RUG como mecanismo para democratizar el acceso al crédito MIPYME precisamente porque la prenda sin desplazamiento no exige que la empresa ceda la posesión de sus activos productivos.
También es necesario cuando las empresas agrícolas y ganaderas requieren financiamiento para siembra, cosecha o engorda de ganado. La Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND) y los bancos del sistema con cartera agropecuaria exigen prenda sin desplazamiento sobre cosechas en pie, animales en engorda o equipos agrícolas. El artículo 355 de la LGTOC permite prender bienes futuros determinables, lo que hace posible prender la cosecha antes de su producción, instrumento fundamental para el financiamiento agrícola de ciclo corto.
La prenda sin desplazamiento es también necesaria cuando pequeños productores agropecuarios requieren financiamiento de campaña para adquirir insumos —semillas, fertilizantes, combustible— y ofrecen como garantía la cosecha futura. Los intermediarios financieros rurales —cajas de ahorro, uniones de crédito, sociedades cooperativas de ahorro y préstamo (SOCAP)— utilizan este instrumento con bienes futuros conforme al artículo 355 LGTOC. La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) y la Financiera Nacional de Desarrollo (FND) promueven este esquema como parte de los programas de apoyo al campo. La inscripción en el RUG del municipio donde se ubica el predio agrícola es indispensable para la oponibilidad frente a otros acreedores del productor.
Qué incluir en tu Contrato de Prenda sin Desplazamiento México
El Contrato de Prenda sin Desplazamiento en México debe contener los siguientes elementos para ser válido, inscribible en el RUG y ejecutable conforme al LGTOC.
**Identificación de las partes.** Nombre o razón social, RFC, CURP (para personas físicas), domicilio y datos del representante legal con poderes suficientes. Las personas morales deben acreditar su constitución mediante escritura inscrita en el Registro Público de Comercio (RPC).
**Descripción precisa de los bienes prendados.** El artículo 355 de la LGTOC exige que los bienes se identifiquen con suficiente especificidad: número de serie, marca, modelo, cantidad, calidad o descripción por categorías en el caso de inventarios genéricos. La descripción genérica permite incluir bienes futuros de la misma categoría, lo que resulta útil para verificar líneas de crédito renovables con inventarios rotatorios.
**Monto y condiciones del crédito garantizado.** El contrato debe indicar el monto de la obligación principal garantizada, la tasa de interés ordinaria y moratoria, el plazo de amortización y las causales de vencimiento anticipado conforme a los artículos 346 y 347 de la LGTOC.
**Obligaciones del pignorante respecto a los bienes.** El deudor pignorante tiene prohibido enajenar, gravar nuevamente o deteriorar los bienes prendados sin autorización del acreedor. Debe mantener los bienes en buen estado, pagar los seguros requeridos y permitir la inspección periódica por parte del acreedor. El incumplimiento de estas obligaciones da derecho al acreedor a declarar el vencimiento anticipado del crédito.
**Inscripción en el RUG.** La prenda sin desplazamiento sólo es oponible a terceros desde su inscripción en el RUG conforme al artículo 362 de la LGTOC. El folio de inscripción otorga fecha cierta y prelación. El contrato debe identificar quién tiene la obligación de inscribir (generalmente el acreedor) y el plazo para hacerlo después de la firma.
**Mecanismo de ejecución extrajudicial.** La reforma de 2009 al LGTOC introdujo la posibilidad de ejecución extrajudicial de la garantía ante fedatario público (Notario Público o corredor público) conforme al artículo 366 de la LGTOC, sin necesidad de juicio ejecutivo mercantil. El contrato debe incluir cláusula expresa de ejecución extrajudicial para aprovechar este mecanismo más ágil.
**Valor de referencia y procedimiento de venta.** El contrato debe fijar el valor base para la venta de los bienes prendados —avalúo comercial, precio de mercado o valor de lista—, el método de venta (subasta pública, venta directa o cesión de derechos) y la aplicación del producto de la venta al pago del crédito garantizado y sus accesorios.
**Disposiciones de seguros.** El acreedor generalmente exige que los bienes prendados estén asegurados contra riesgo de pérdida total o parcial, con el acreedor designado como beneficiario preferente en la póliza. El contrato debe prever qué ocurre con la indemnización del seguro en caso de siniestro: si se aplica al saldo del crédito o si se destina a la reposición de los bienes dañados.
**Efectos del concurso mercantil.** La Ley de Concursos Mercantiles reconoce a los acreedores con prenda sin desplazamiento inscrita en el RUG como acreedores con garantía real, con prelación superior a los acreedores comunes y al fisco federal (con excepciones de créditos laborales y fiscales con privilegio especial). El contrato debe hacer referencia a esta prelación para que el acreedor comprenda sus derechos en un escenario de insolvencia del deudor.
**Créditos con garantía prendaria y reportes regulatorios.** Las instituciones de crédito que otorgan créditos garantizados con prenda sin desplazamiento deben reportar estas garantías a la CNBV conforme a las Disposiciones de Carácter General aplicables a las instituciones de crédito. La provisión crediticia de los créditos con garantía inscrita en el RUG es menor que la de los créditos sin garantía, lo que genera un incentivo económico para los bancos al usar este instrumento. Las SOFOM ENR que otorguen créditos con prenda sin desplazamiento deben igualmente reportar sus carteras al Buró de Crédito Empresarial conforme a las reglas de la CNBV.
**Interacción con el concurso mercantil y la Ley de Concursos.** Si el deudor prendario entra en concurso mercantil conforme a la Ley de Concursos Mercantiles, el acreedor con prenda inscrita en el RUG puede solicitar al juez concursal la separación de los bienes prendados de la masa concursal para proceder a su ejecución extrajudicial. Este derecho de separación —regulado en el artículo 161 LCM— es más favorable que el derecho de los acreedores quirografarios, quienes deben esperar el acuerdo de reestructura o la quiebra para cobrar. La inscripción oportuna en el RUG antes del inicio del concurso es determinante para mantener este privilegio.
**Cancelación de la inscripción en el RUG al extinción de la obligación.** Una vez pagada la totalidad de la deuda garantizada, el acreedor prendario tiene la obligación de cancelar la inscripción en el RUG dentro de los 10 días hábiles siguientes al pago, conforme al artículo 52 de la LGTOC. La cancelación tardía o la negativa injustificada a cancelar puede generar responsabilidad civil del acreedor por daños y perjuicios al deudor, especialmente si la inscripción vigente impide al deudor obtener nuevo financiamiento. El deudor puede solicitar la cancelación judicial ante el Juzgado de Distrito civil competente cuando el acreedor se niegue a tramitarla. El contrato debe incluir una cláusula de cancelación oportuna con plazo y consecuencias por incumplimiento. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla en formato editable para descarga inmediata en PDF y Word. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Prenda sin Desplazamiento México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/financial/agreements/contrato-prenda-sin-desplazamiento-mexico
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El Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) es el sistema electrónico administrado por la Secretaría de Economía donde se inscriben las prendas sin desplazamiento conforme al artículo 362 de la LGTOC. La inscripción se realiza en línea mediante el portal del RUG, requiere los datos del acreedor, del deudor, la descripción de los bienes gravados y el monto del crédito. Desde la inscripción, la prenda es oponible a terceros y establece la prelación del acreedor. El folio de inscripción tiene una vigencia que puede renovarse. Sin inscripción en el RUG, la prenda sólo tiene efectos entre las partes pero no frente a acreedores embargantes ni al síndico en concurso mercantil. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Conforme al artículo 355 de la LGTOC, pueden ser objeto de prenda sin desplazamiento los bienes muebles determinados o determinables: maquinaria industrial, vehículos de flotilla, equipos de cómputo, inventarios de materia prima, producto en proceso y producto terminado, cuentas por cobrar, derechos de crédito, cosechas futuras y almacenadas, derechos de propiedad intelectual inscritos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) o en el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), y acciones o participaciones en sociedades mercantiles. Los bienes inmuebles no pueden ser objeto de esta garantía; para ellos existe la hipoteca regulada en el CCF. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Si el deudor pignorante enajena bienes prendados sin autorización del acreedor, comete el delito de disposición de cosa pignorada tipificado en el artículo 387 fracción XVII del Código Penal Federal, sancionado con prisión de uno a nueve años y multa. Adicionalmente, el acreedor puede declarar el vencimiento anticipado del crédito garantizado conforme a las cláusulas de vencimiento anticipado del contrato y proceder a la ejecución de la garantía. El comprador de buena fe de un bien prendado sin desplazamiento inscrito en el RUG no puede alegar desconocimiento de la garantía, pues el RUG es de consulta pública. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
La reforma de 2009 al LGTOC introdujo la ejecución extrajudicial ante fedatario público (Notario Público o corredor público) conforme al artículo 366. El acreedor notifica al deudor el incumplimiento y le da un plazo de tres días para pagar o acreditar el pago. Si el deudor no paga, el fedatario procede a la venta de los bienes en subasta pública o por otro método pactado en el contrato. El producto se aplica primero a los gastos de ejecución, luego a los intereses moratorios, después al capital y por último a los accesorios. El saldo remanente se entrega al deudor; el déficit puede reclamarse judicialmente. Este mecanismo es significativamente más rápido que el juicio ejecutivo mercantil ordinario. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
En el concurso mercantil regulado por la Ley de Concursos Mercantiles, los acreedores con garantía real inscrita en el RUG tienen prelación como acreedores singularmente privilegiados sobre los bienes prendados. Cobran antes que los acreedores comunes (quirografarios) y antes que los acreedores con privilegio general. Sin embargo, los créditos laborales de los últimos dos años, los créditos por pensiones alimenticias y los créditos fiscales con garantía específica pueden tener prelación superior según el artículo 224 de la LCM. La inscripción en el RUG es el factor determinante para sostener la prelación en la masa concursal. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Sí, el artículo 355 de la LGTOC permite que la prenda sin desplazamiento recaiga sobre bienes futuros determinables por su categoría —por ejemplo, 'todos los inventarios de materia prima que el deudor adquiera durante la vigencia del crédito'—. Esta modalidad es especialmente útil para verificar líneas de crédito revolventes en el sector comercial e industrial. Para que los bienes sobrevenidos queden automáticamente incluidos en la garantía inscrita en el RUG, la descripción de la inscripción debe ser suficientemente genérica pero determinable. El acreedor puede exigir reportes periódicos de inventarios para verificar la suficiencia de la garantía. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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