Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165)
SOLICITUD DE PENSIÓN POR VEJEZ / CESANTÍA EN EDAD AVANZADA
Instituto Mexicano del Seguro Social — Subdelegación Competente
Ley del Seguro Social Artículos 154–165
I. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL TRABAJADOR
Nombre completo: [Worker Name]
NSS (Número de Seguridad Social): [Worker NSS]
CURP: [Worker CURP]
RFC: [Worker RFC]
Fecha de nacimiento: [Worker DOB]
Domicilio particular: [Worker Address]
II. CAUSAL DE PENSIÓN Y ANTECEDENTES LABORALES
Causal solicitada: [Pension Cause]
Semanas de cotización reconocidas: [Recognized Weeks]
Último patrón registrado: [Last Employer]
Registro patronal del último patrón: [Employer Registration]
El suscrito solicita al Instituto Mexicano del Seguro Social el inicio del procedimiento de reconocimiento de derechos (reconocimiento de semanas cotizadas) y la expedición de la resolución de pensión correspondiente, en términos de los Artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social.
III. ELECCIÓN DE RÉGIMEN (GENERACIÓN TRANSICIÓN)
[Regime Election]
El suscrito declara haber recibido del IMSS el cálculo comparativo de ambos regímenes y manifiesta la elección indicada, con pleno conocimiento de su carácter irrevocable conforme a los artículos transitorios de la Ley del Seguro Social de 1995.
IV. AFORE Y CUENTA BANCARIA PARA DEPÓSITO DE PENSIÓN
AFORE administradora: [AFORE Name]
Banco: [Bank Name]
CLABE interbancaria: [Bank CLABE]
V. BENEFICIARIOS DE PENSIONES DE SOBREVIVENCIA (LSS ARTS. 64–84)
[Survivor Beneficiaries]
VI. DECLARACIÓN Y FIRMA
El suscrito manifiesta bajo protesta de decir verdad que los datos e información proporcionados son correctos y que cuenta con la documentación de soporte requerida por el IMSS para la presente solicitud.
En [Application City], a [Application Date].
Nombre: [Worker Name]
Firma del trabajador: _________________________
Recibido por el IMSS — Subdelegación: _________________________
Funcionario IMSS: _________________________ Sello: _________________________
Fecha de recepción: _________________________
Worker / Retiree (Trabajador / Pensionado)
________________
Signature
IMSS Officer (Funcionario IMSS Subdelegación)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165)
El Solicitud de Pensión IMSS por Vejez en México es un instrumento jurídico escrito y vinculante. Se rige por Ley del Seguro Social arts. 154–165.
El IMSS fue creado por la Ley del Seguro Social del 19 de enero de 1943, que instituyó el sistema completo de seguridad social de México cubriendo enfermedad y maternidad, riesgos de trabajo, invalidez y vida, retiro/cesantía/vejez (RCV) y guarderías y prestaciones sociales. La rama RCV es el pilar de pensiones del sistema IMSS, y su financiamiento y prestaciones difieren fundamentalmente dependiendo de si el trabajador comenzó a cotizar al IMSS antes o después del 1 de julio de 1997 — fecha en que entró en vigor la reforma estructural de pensiones que introdujo las cuentas individuales de retiro (cuentas individuales) administradas por las AFORE.
Para los trabajadores con registro IMSS anterior al 1 de julio de 1997 (generación transición), la LSS de 1973 estableció una pensión de beneficio definido calculada como porcentaje del salario promedio de los últimos cinco años de cotización, mediante una tabla actuarial que otorga mayores tasas de reemplazo a trabajadores con mayor historial de cotización — hasta el 100% del salario promedio para 35 años de cotización. Estos trabajadores conservan el derecho a elegir el régimen de 1973 (derecho de selección) al momento del retiro, lo que significa que el IMSS calcula la pensión bajo la fórmula antigua y utiliza el saldo de la subcuenta RCV de la AFORE para contribuir a su financiamiento a través del Fondo Nacional de Pensiones (FONAPEN).
Para los trabajadores que se inscribieron por primera vez al IMSS después del 1 de julio de 1997 (generación AFORE), las prestaciones de pensión derivan del saldo acumulado en su cuenta individual en la AFORE, con el rol del IMSS limitado a: verificar la elegibilidad de semanas de cotización (mínimo 1,250 semanas bajo el Artículo 162 LSS); emitir la resolución de pensión que confirma la elegibilidad; y verificar la pensión mínima garantizada (equivalente a un salario mínimo general mensual) bajo el Artículo 170 LSS cuando el saldo de la cuenta individual es insuficiente. El desembolso real de la pensión lo realiza la AFORE o una aseguradora según la modalidad que elija el trabajador.
La solicitud de pensión IMSS activa el proceso administrativo formal de reconocimiento de derechos — el conteo y verificación oficial de todas las semanas cotizadas registradas en el NSS del trabajador a lo largo de toda su vida laboral, incluidas las cotizaciones realizadas bajo diferentes números de registro patronal que deben vincularse al NSS único. Las cotizaciones registradas bajo NSS erróneos o múltiples (emitidos por error antes de la unificación del sistema CURP) pueden corregirse mediante el proceso de aclaración de semanas en la Subdelegación IMSS antes de presentar la solicitud de pensión. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165)
La Solicitud de Pensión IMSS por Vejez o Cesantía en Edad Avanzada en México es necesaria cuando un trabajador con empleo formal ha alcanzado la edad legal de jubilación y el umbral mínimo de semanas cotizadas requerido para recibir una pensión mensual del Instituto Mexicano del Seguro Social. Presentar la solicitud es el primer paso procesal obligatorio — no se realizan pagos de pensión de manera retroactiva por períodos anteriores a la fecha de la solicitud salvo en circunstancias limitadas, por lo que la presentación oportuna tiene importancia económica.
La solicitud es necesaria cuando el trabajador cumple 65 años con 1,250 o más semanas de cotización IMSS reconocidas (pensión por vejez conforme al Artículo 162 LSS). A los 65 años, el trabajador puede continuar laborando o jubilarse, pero los derechos de pensión solo se activan al presentar la solicitud. No existe inscripción automática — el trabajador debe iniciar activamente el trámite en la Subdelegación IMSS correspondiente al registro de su último patrón.
La solicitud también es necesaria cuando un trabajador de entre 60 y 64 años deja definitivamente de trabajar y cuenta con 1,250 semanas cotizadas (cesantía en edad avanzada conforme al Artículo 154 LSS). La cesantía requiere evidencia documental de cese de actividades laborales — la baja IMSS presentada por el último patrón a través del portal IDSE (IMSS Desde Su Empresa), o autodeclaración de cese en ausencia de aviso formal. Sin la solicitud de pensión IMSS, el trabajador no puede acceder al saldo de su cuenta individual AFORE para la conversión a pensión conforme al Artículo 37 de la Ley del SAR.
Para los trabajadores de la generación transición que evalúan el derecho de selección entre los regímenes de 1973 y 1997, el proceso de solicitud IMSS incluye un cálculo comparativo obligatorio — la Subdelegación debe proporcionar las proyecciones de ambos regímenes antes de que el trabajador elija de manera irrevocable. La solicitud inicia este cálculo.
Los trabajadores que no alcancen las 1,250 semanas también deben presentar la solicitud — el IMSS emite una negativa de pensión (denegación formal) que la AFORE requiere para procesar el retiro del saldo de la subcuenta RCV en un solo pago conforme al Artículo 39 de la Ley del SAR. Sin la negativa del IMSS, la AFORE no puede liberar los ahorros para el retiro.
Los familiares o representantes legales de trabajadores que fallezcan durante el empleo activo o después de alcanzar la edad de jubilación también deben presentar una solicitud de pensión para reclamar las pensiones de sobrevivencia (pensión de viudez, orfandad o ascendientes) conforme a los Artículos 64–84 LSS.
Qué incluir en tu Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165)
Una Solicitud de Pensión IMSS por Vejez válida conforme a los arts. 154–165 LSS debe contener los siguientes elementos esenciales para que la Subdelegación IMSS abra el proceso de reconocimiento de derechos y emita la resolución de pensión.
Identificación del trabajador: Nombre completo, NSS (Número de Seguridad Social asignado por el IMSS — 11 dígitos), CURP (Clave Única de Registro de Población — 18 caracteres), RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y domicilio actual. El NSS es el identificador central que vincula todo el historial de cotizaciones del trabajador con todos sus patrones a lo largo de su carrera. Si el trabajador ha sido asignado con múltiples NSS (situación frecuente en trabajadores que cambiaron de patrón antes de la unificación del CURP), debe presentarse una solicitud de unificación de NSS en la Subdelegación antes de la solicitud de pensión para verificar el conteo de todas las semanas.
Documentación de identificación oficial: INE/IFE (credencial para votar) vigente o pasaporte mexicano vigente; certificado de CURP emitido por RENAPO; y acta de nacimiento expedida por el Registro Civil que confirme fecha de nacimiento y nacionalidad. Para los trabajadores de la generación transición, el acta de nacimiento es especialmente crítica para verificar la elegibilidad de edad bajo la fórmula de pensión del régimen de 1973.
Prueba del último empleo e historial de cotizaciones: Constancias de trabajo o recibos de nómina del último patrón; número de registro patronal IMSS del último patrón; e historial laboral del trabajador impreso desde el portal imss.gob.mx/tramites que confirme todos los períodos de cotización registrados. Cuando el historial de cotizaciones está incompleto en los registros del IMSS, cartas de verificación de empleo de patrones anteriores o registros de la autoridad fiscal (declaraciones de ingresos por sueldos ante el SAT) pueden presentarse para apoyar una solicitud de aclaración de semanas.
Edad y modalidad de retiro: Declaración clara de la edad (sustentada con acta de nacimiento) y la modalidad de pensión solicitada — vejez (65 años o más) conforme al Artículo 162 LSS o cesantía en edad avanzada (60–64 años con cese de actividades) conforme al Artículo 154 LSS. Para solicitudes de cesantía, se requiere evidencia del cese de actividades laborales: aviso de baja IMSS presentado por el patrón, o en ausencia de cumplimiento del patrón, declaración propia ante el funcionario de la Subdelegación IMSS.
Información de la cuenta AFORE: Nombre de la AFORE administradora de la cuenta individual del trabajador, número de cuenta individual y saldo acumulado (disponible en el portal de la AFORE o en el estado de cuenta anual). Esta información es requerida por el IMSS para coordinar la selección de modalidad de pensión y la autorización de transferencia de fondos conforme al Artículo 37 de la Ley del SAR. También debe señalarse el número de registro CONSAR de la AFORE.
Elección de régimen (solo generación transición): Para trabajadores con cotizaciones previas a 1997 que califican para el derecho de selección, una elección formal escrita (elección de régimen) que indique si el trabajador elige el régimen de beneficio definido de la LSS 1973 o el régimen basado en AFORE de 1997. Esta elección es irrevocable una vez firmada y presentada ante el IMSS.
Datos de beneficiarios: Nombres, parentesco, CURP y domicilio actual de todos los posibles beneficiarios con derecho a pensiones de sobrevivencia conforme a los Artículos 64–84 LSS — cónyuge o concubina, hijos y padres con dependencia económica — con documentación de soporte (acta de matrimonio, actas de nacimiento, prueba de dependencia).
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Solicitud de Pensión IMSS por Vejez en México como guía práctica para iniciar el trámite de jubilación. Dada la complejidad de la verificación de semanas cotizadas, las consecuencias de la elección de régimen y la selección de modalidad de pensión, se recomienda ampliamente que los trabajadores consulten con un Asesor en Estrategias de Retiro (AER) registrado ante CONSAR y obtengan orientación del servicio de orientación al derechohabiente del IMSS disponible gratuitamente en todas las Subdelegaciones IMSS y a través del portal imss.gob.mx.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165) (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/personal/legal-declarations/solicitud-pension-imss-vejez-mexico
"Solicitud de Pensión IMSS por Vejez México (LSS arts. 154–165) (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/personal/legal-declarations/solicitud-pension-imss-vejez-mexico.
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Conforme a los Artículos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social vigente, el umbral mínimo tanto para la pensión por vejez (65 años o más) como para la pensión por cesantía en edad avanzada (retiro anticipado a partir de los 60 años) bajo el régimen de la generación AFORE (posterior a 1997) es de 1,250 semanas de cotización IMSS reconocidas — equivalente a aproximadamente 24 años y 2 meses de empleo formal con registro IMSS continuo. Este umbral se fue incrementando progresivamente desde las 500 semanas iniciales en 1997 mediante un calendario transitorio establecido en el octavo artículo transitorio de la LSS de 1995, alcanzando el mínimo actual de 1,250 semanas en 2022. Cada semana de cotización requiere que el patrón haya presentado el pago IMSS correspondiente (cuota obrero-patronal) por esa semana — las brechas ocasionadas por incumplimiento del patrón pueden reclamarse mediante aclaración de semanas si el trabajador puede documentar la relación laboral real con registros fiscales, contratos de trabajo o constancias del patrón. Conforme a la reforma de pensiones de 2020 (Decreto publicado en el DOF el 16 de diciembre de 2020), la pensión mínima garantizada fue incrementada significativamente y se introdujeron aportaciones adicionales del gobierno federal para apoyar a trabajadores con saldos de cuenta individual bajos, pero el umbral de 1,250 semanas en sí no fue modificado por esa reforma. Los trabajadores que no alcancen las 1,250 semanas no pueden recibir pensión mensual pero pueden retirar su saldo acumulado de cuenta individual en un solo pago (negativa de pensión) una vez que el IMSS emita la denegación formal.
Tanto la vejez como la cesantía en edad avanzada son subcausales de la rama de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez (RCV) establecida en los Artículos 154–165 LSS, pero difieren en el requisito de edad y en la condición de cese de actividades laborales. La pensión por vejez conforme al Artículo 162 LSS aplica a los trabajadores que cumplen 65 años — no requiere que el trabajador haya dejado de trabajar. Un trabajador que cumple 65 años mientras sigue empleado puede presentar la solicitud de pensión IMSS y comenzar a recibir la pensión mientras continúa laborando y cotizando al IMSS, con las cotizaciones adicionales acreditadas a su cuenta individual o utilizadas para mejorar sus prestaciones de pensión conforme al Artículo 37 de la Ley del SAR. La cesantía en edad avanzada conforme al Artículo 154 LSS aplica a los trabajadores de entre 60 y 64 años que han cesado definitivamente en su empleo remunerado. La condición clave es el cese de actividades laborales — el trabajador debe demostrar mediante registros del IMSS que su patrón presentó la baja (deregistro) y que no existe nueva relación laboral. El retiro anticipado entre los 60 y 64 años bajo el régimen de la generación AFORE resulta en una pensión actuarialmente reducida porque la cuenta individual ha tenido menos años para acumular y la anualidad de pensión debe cubrir un período de pago esperado más largo. Bajo el régimen de la generación transición de 1973, la cesantía a los 60 años resulta en la misma pensión de beneficio definido que la vejez a los 65, aunque reducida por un factor por cada año antes de los 65.
El Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, la Ley del INFONAVIT, la Ley del ISSSTE, la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro, publicado en el DOF el 16 de diciembre de 2020 y vigente desde el 1 de enero de 2021, introdujo los cambios estructurales más significativos al sistema de pensiones de México desde la reforma de 1997. Los cambios clave que afectan las pensiones de vejez del IMSS incluyen: incremento de las aportaciones patronales al RCV del IMSS del 3.15% al 13.875% del Salario Diario Integrado en una transición gradual de ocho años (2023–2030), aumentando sustancialmente la acumulación en la cuenta para los trabajadores activos; incremento significativo de la pensión mínima garantizada desde un salario mínimo a montos escalonados basados en años de cotización — los trabajadores con 750 a 1,000 semanas reciben un mínimo de $4,345 MXN/mes y los de 1,000 a 1,250 semanas montos más altos según lo establecido en el Artículo 170 LSS reformado; un nuevo complemento de pensión del gobierno federal para trabajadores con 1,250 o más semanas cuya cuenta individual genera una pensión mensual por debajo de los nuevos umbrales mínimos; y eliminación del período de espera de cinco años entre retiros por desempleo. La reforma de 2020 también redujo las aportaciones individuales del trabajador al RCV del IMSS en una escala móvil para trabajadores de menores ingresos, compensando parte del incremento de la aportación patronal para los que ganan por debajo de tres salarios mínimos.
Una Solicitud de Pensión IMSS por Vejez en la Subdelegación IMSS requiere un paquete documental específico para iniciar el proceso de reconocimiento de derechos. Los documentos requeridos incluyen: original y copia de la identificación oficial vigente — INE/IFE credencial para votar (preferida) o pasaporte mexicano vigente; acta de nacimiento original expedida por el Registro Civil que confirme nombre completo y fecha de nacimiento; certificado de CURP impreso desde el portal de RENAPO o el sistema de la Subdelegación; comprobante de domicilio actual (recibo de servicio, estado de cuenta bancario o contrato de arrendamiento con antigüedad no mayor a 3 meses); historial laboral IMSS (impresión del historial de cotizaciones) obtenido del portal digital del IMSS en imss.gob.mx bajo la sección de trámites, que muestra todos los patrones registrados y períodos de cotización; y la tarjeta o documentación del NSS (Número de Seguridad Social) con el número de 11 dígitos. Para solicitudes de cesantía en edad avanzada (trabajadores de 60–64 años), se requiere documentación adicional del cese de actividades laborales — el aviso de baja IMSS del último patrón, o en su ausencia, declaración escrita ante el funcionario de la Subdelegación. Para los trabajadores de la generación transición que ejercen el derecho de selección, el trabajador también debe proporcionar el estado de cuenta AFORE con el saldo actual de la cuenta individual. Para todos los trabajadores, el número CLABE interbancaria bancaria es requerido para los depósitos de pago de pensión. La Subdelegación IMSS puede requerir documentos adicionales según circunstancias específicas — historiales de cotización atípicos, cierres de patrones o disputas de cotización.
Sí — las pensiones de vejez y cesantía en edad avanzada del IMSS pueden pagarse a beneficiarios que residan fuera de México bajo las disposiciones de portabilidad de la Ley del Seguro Social y los convenios bilaterales de seguridad social. México ha firmado convenios bilaterales de totalización con varios países — incluyendo España, Estados Unidos (convenio limitado), Canadá y varias naciones europeas — que permiten a los trabajadores que dividieron su carrera entre México y un país signatario combinar los períodos de cotización de ambos sistemas para cumplir los umbrales mínimos de elegibilidad de cada país. Bajo estos convenios, un trabajador que tiene menos de 1,250 semanas IMSS pero también ha cotizado a un sistema de seguridad social extranjero puede agregar períodos para calificar a una pensión IMSS parcial. Para el pago de pensión en el extranjero, el pensionado debe proporcionar al IMSS una CLABE interbancaria de banco mexicano para transferencia SPEI, o una cuenta bancaria extranjera a través de un arreglo de transferencia internacional autorizado. El pensionado debe presentar anualmente una declaración de vida (declaración de supervivencia) ante el IMSS o a través de un consulado mexicano en el extranjero para confirmar que sigue con vida y continúa recibiendo pagos — el incumplimiento de la declaración anual resulta en la suspensión temporal de los pagos. Los pensionados que residan en Estados Unidos, Canadá o Europa pueden presentar la declaración de vida a través del consulado mexicano más cercano.
El incumplimiento del patrón en registrar a los trabajadores ante el IMSS o en realizar cotizaciones completas y oportunas es una violación al Artículo 15 LSS y una causa frecuente de registros de cotización incompletos que pueden reducir o eliminar la elegibilidad para la pensión. Los trabajadores mexicanos que descubran brechas en su historial de cotizaciones IMSS disponen de varios recursos legales. Primero, el proceso de aclaración de semanas en la Subdelegación IMSS permite a los trabajadores presentar evidencia de empleo real — contratos de trabajo, recibos de nómina, registros de depósitos bancarios de pago de salario, copias de declaraciones anuales de ISR por ingresos por sueldos, cartas de verificación de empleo de ex patrones y declaraciones de testigos — para solicitar al IMSS que acredite las semanas no registradas o subdeclaradas. El IMSS realiza un proceso de verificación y, si se prueba el empleo, acredita las semanas y persigue al patrón (o a los sucesores del patrón disuelto) por las cotizaciones no pagadas más actualizaciones y recargos conforme al CFF. Segundo, los trabajadores pueden presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo del IMSS, que tiene autoridad para investigar el incumplimiento patronal, realizar auditorías de nómina e imponer multas conforme a los Artículos 304-A y 304-B LSS — las multas van de 20 a 350 veces el salario mínimo general por violación. Tercero, los trabajadores pueden reclamar daños a ex patrones ante los Tribunales Laborales por falta de registro ante el IMSS — esto se trata como una violación laboral bajo el Artículo 132 fracción VIII LFT y el trabajador puede demandar el valor de la prestación de pensión perdida.
Para los trabajadores de la generación AFORE (con primer registro IMSS después del 1 de julio de 1997), la pensión mensual de retiro se determina por el saldo acumulado en la subcuenta RCV de la cuenta individual administrada por la AFORE, convertido en un pago mensual a través de la modalidad de pensión que elija el trabajador conforme al Artículo 38 de la Ley del SAR y coordinado con el proceso de pensión del IMSS. El rol del IMSS en el cálculo se limita a: (1) verificar que el trabajador tenga al menos 1,250 semanas de cotización reconocidas bajo el Artículo 162 o 154 LSS; (2) confirmar que el trabajador cumple el requisito de edad; y (3) emitir la resolución de pensión que autoriza a la AFORE a iniciar el proceso de conversión de pensión. El monto real de la pensión lo determina la AFORE usando: el saldo total de la cuenta individual RCV (cotizaciones obligatorias acumuladas más rendimientos de inversión netos de comisiones de la AFORE); tablas de mortalidad oficiales (tablas de mortalidad) establecidas por CONSAR y actualizadas periódicamente para reflejar mejoras en la esperanza de vida de los mexicanos; la tasa técnica de interés (tasa técnica de interés) establecida por CONSAR para la tarificación de anualidades; y la edad y el sexo del trabajador al momento del retiro (las tablas de mortalidad son diferenciadas por sexo, con las mujeres con mayor esperanza de vida y por tanto recibiendo pagos de anualidad mensual más bajos por el mismo capital). La pensión mínima garantizada conforme al Artículo 170 LSS aplica cuando el saldo de la cuenta individual es insuficiente para cubrir el umbral mínimo, con el gobierno federal aportando el faltante a través de FONAPEN.
Conforme al marco vigente de la Ley del Seguro Social y la Ley del SAR, los trabajadores que han cumplido 65 años y calificado para la pensión por vejez pueden solicitar la pensión mientras continúan en empleo formal — la pensión por vejez del Artículo 162 LSS no exige el cese de actividades laborales como condición. No obstante, si el trabajador jubilado continúa en empleo formal, el patrón sigue obligado a registrarlo ante el IMSS y realizar cotizaciones a la rama RCV del IMSS por el nuevo período de empleo conforme al Artículo 15 LSS. Estas cotizaciones adicionales posteriores al retiro se acreditan a la cuenta individual del trabajador pero solo pueden accederse mediante un proceso de retiro de recursos de la subcuenta de aportaciones adicionales y no mediante el incremento de la pensión ya elegida. Los trabajadores que eligieron una renta vitalicia (anualidad de vida) no pueden modificar el pago mensual independientemente de las cotizaciones adicionales. Los trabajadores en modalidad de retiro programado pueden beneficiarse de cotizaciones adicionales que incrementen el saldo de la cuenta y por tanto el monto del retiro programado anual al momento de su recálculo. El incentivo económico práctico de continuar cotizando al IMSS mientras se recibe una pensión por vejez es limitado para la mayoría de los trabajadores, particularmente para quienes eligieron renta vitalicia. Por el contrario, las pensiones por cesantía en edad avanzada del Artículo 154 LSS requieren el cese de actividades laborales como condición — un trabajador que recibe pensión por cesantía y reingresa al empleo formal debe notificar al IMSS y puede enfrentar la suspensión del beneficio de pensión si el nuevo empleo es incompatible con la condición de cesantía bajo los términos de la pensión.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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