SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia SAT)
Declaración de Ingresos por Herencia — LISR Art. 93 Frac. XXII
DECLARACIÓN DE INGRESOS POR HERENCIA ANTE EL SAT
Ley del Impuesto sobre la Renta — Artículo 93 Fracción XXII | CFF Artículo 31
I. DATOS DEL HEREDERO
Nombre completo del heredero: [Heir Name]
RFC del heredero: [Heir RFC] | CURP: [Heir CURP]
Domicilio fiscal: [Heir Address]
Parentesco con el de cujus: [Heir Relationship]
¿Ha recibido herencia previa?: [Prior Inheritance]
II. DATOS DEL DE CUJUS
Nombre del de cujus: [Decedent Name]
RFC del de cujus: [Decedent RFC]
Fecha de fallecimiento: [Date of Death] | Lugar: [Place of Death]
Tipo de sucesión: [Succession Type]
III. INVENTARIO DE BIENES HEREDADOS
A. Bienes Inmuebles
[Real Property Description]
B. Activos Financieros
[Financial Assets]
C. Otros Bienes
[Other Assets]
Valor total estimado del caudal hereditario: [Total Estate Value]
IV. DETERMINACIÓN DEL ISR
Fundamento de la exención o gravamen: [Exemption Basis]
Ejercicio fiscal de la declaración: [Declaration Year]
Notario a cargo de la sucesión: [Notary Name]
VI. FUNDAMENTO LEGAL
La presente declaración se formula al amparo del Artículo 93 Fracción XXII de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), publicada en el DOF el 11 de diciembre de 2013, que establece la exención para la primera herencia recibida por cualquier contribuyente.
La obligación de declarar los ingresos por herencia en la Declaración Anual de Personas Físicas deriva del Artículo 150 LISR, que establece la obligación de declarar todos los ingresos —incluyendo los exentos— del ejercicio fiscal.
El costo fiscal de los bienes inmuebles heredados queda establecido conforme al Artículo 124 LISR en el valor de avalúo certificado a la fecha de fallecimiento del de cujus, debidamente actualizado conforme al INPC bajo el Artículo 17-A del CFF para efectos de futuras enajenaciones.
La presentación ante el SAT se realiza conforme al Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación, mediante los medios electrónicos autorizados y con uso de la e.firma del declarante.
VII. DECLARACIÓN Y FIRMA
El suscrito, bajo protesta de decir verdad, declara que los datos contenidos en el presente documento son verídicos y completos, y que la información aquí consignada corresponde fielmente a los bienes recibidos por herencia del de cujus [Decedent Name], con fecha de fallecimiento [Date of Death].
Lugar y fecha: [Declaration City], a [Declaration Date].
Heredero / Declarante
________________
Signature
Date: ________________
Contador Público Autorizado (opcional)
________________
Signature
Date: ________________
What Is a SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia SAT)?
A SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia ante el Servicio de Administración Tributaria) is a formal tax filing document used to report inherited assets and determine the Impuesto sobre la Renta (ISR) obligations arising from a succession in Mexico. The document is governed primarily by the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) published in the Diario Oficial de la Federación on 11 December 2013, specifically Article 93 fraction XXII, which establishes the conditions under which inherited assets are exempt from ISR, and by the Código Fiscal de la Federación (CFF) Article 31, which mandates the use of SAT-authorised electronic forms for tax declarations.
Under Article 93 fraction XXII of the LISR, income obtained through inheritance (herencia) or legacy (legado) is exempt from ISR provided certain conditions are met. The exemption applies to the first inheritance received — if the taxpayer has previously received a prior inheritance from any person, the second and subsequent inheritances are subject to ISR at the applicable individual income tax rates established in Articles 96 and 152 LISR. This creates a critical distinction that requires precise documentation of prior inheritance history at the time of filing the SAT Estate Tax Declaration Mexico.
The constitutional framework for inheritance taxation in Mexico derives from Article 31 fraction IV of the Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, which obliges all persons to contribute to public expenditure proportionally according to their capacity (principio de proporcionalidad tributaria). The Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) has interpreted this principle to mean that windfall gains received through inheritance — which represent a real increase in net worth — may legitimately be subjected to income tax above the established exemption levels.
The SAT Estate Tax Declaration Mexico also serves as the primary instrument for documenting the Registro Federal de Contribuyentes (RFC) and CURP (Clave Única de Registro de Población) identifiers of the heir (heredero), the decedent (de cujus), the legal basis for the succession (testamento otorgado ante Notario Público, intestate succession by court order, or legacy under a will), and the inventory and valuation (avalúo) of transferred assets — including real property (bienes inmuebles), movable property (bienes muebles), financial instruments (instrumentos financieros), bank accounts (cuentas bancarias), and business equity interests (acciones y partes sociales).
For real property received through inheritance, the fiscal cost (costo fiscal) used in future capital gains calculations is established at the date of the decedent's death, based on a certified avalúo prepared by a perito valuador authorized by the Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) or by an authorized institution under the Código Fiscal de la Federación. This valuation is critical because when the heir later sells the inherited property, the capital gain (ganancia de capital) subject to ISR under Articles 119 through 128 LISR is calculated as the difference between the sale price and this inherited fiscal cost, adjusted for inflation using the Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) under CFF Article 17-A.
The process of administering an inheritance in Mexico typically involves the Notaría Pública (notary public) as the central institutional actor: the testamento público abierto is typically executed before a Notaría and registered in the Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT) operated by the Consejo Nacional del Notariado; intestate succession is processed through the Juzgado Familiar or Juzgado Civil competente; and the transfer of real property to heirs must be formalised through an escritura pública of adjudicación before a Notaría and recorded in the Registro Público de la Propiedad (RPP) of the relevant state. The SAT declaration fits within this broader legal and administrative process.
When Do You Need a SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia SAT)?
A SAT Estate Tax Declaration Mexico is required whenever a taxpayer in Mexico receives assets through inheritance or legacy (legado) and needs to determine their ISR obligations under Article 93 fraction XXII of the LISR. The declaration is needed in the following specific circumstances.
First Inheritance — Exemption Confirmation: When a Mexican resident taxpayer (persona física residente en México) receives a first inheritance, the SAT Estate Tax Declaration Mexico is used to confirm and document the exemption from ISR under Article 93 fraction XXII LISR. Although the income may ultimately be exempt, the SAT requires that all income — including exempt income — be declared in the annual ISR return (declaración anual) filed through the portal del contribuyente using the taxpayer's RFC. The declaration provides the documentary basis for claiming the exemption without triggering automatic audit flags.
Second or Subsequent Inheritance — ISR Payment: When a taxpayer has previously received any inheritance from any person (whether parents, grandparents, spouse, or unrelated testators), any subsequent inheritance received by that same taxpayer is fully subject to ISR at the applicable marginal rate under Article 152 LISR. In this situation, the SAT Estate Tax Declaration Mexico becomes the mechanism for calculating and reporting the taxable gain, withholding obligations if applicable, and payment through the SAT's portal using the Declaración Anual Personas Físicas module or through provisional payments (pagos provisionales) under Article 150 LISR.
Real Property Inheritance — Fiscal Cost Registration: When real property (casas, departamentos, terrenos, locales comerciales, naves industriales) is transferred through inheritance, the SAT declaration establishes the fiscal cost (costo de adquisición) for future capital gains tax purposes. Under Article 124 LISR, when the heir eventually sells the property, the gain is computed using this registered fiscal cost, adjusted by INPC inflation factors per CFF Article 17-A. Registering the fiscal cost immediately upon inheritance avoids disputes with the SAT in future transactions.
Financial Asset Inheritance — CNBV and SAT Coordination: When the inherited assets include bank accounts, investment funds (fondos de inversión), brokerage accounts (cuentas de casas de bolsa), or insurance policies (pólizas de seguro de vida), Mexican financial institutions regulated by the Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) require proof of the SAT tax status of the inheritance before releasing funds to the heir. The SAT Estate Tax Declaration Mexico or the constancia de no obligación fiscal serves this institutional clearance function.
Estate Administration and Probate: The SAT declaration is needed whenever a succession is being administered through the judicial succession process (juicio sucesorio intestamentario or testamentario) before the Juzgado Familiar or Civil. The court-appointed albacea (executor) is responsible under Article 1679 of the Código Civil Federal for ensuring all fiscal obligations of the estate are met before asset distribution. Evidence of compliance with CFF Article 31 and LISR Article 93 is routinely required by Mexican courts before issuing the auto de adjudicación (court order of asset transfer).
What to Include in Your SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia SAT)
A complete SAT Estate Tax Declaration Mexico under LISR Article 93 fraction XXII and CFF Article 31 must contain the following essential elements to be valid and to meet SAT audit standards.
Identification of Heir (Heredero): Full legal name, RFC (Registro Federal de Contribuyentes) assigned by the SAT, CURP (Clave Única de Registro de Población) issued by RENAPO, official identity document number (INE/IFE credential, pasaporte, or cédula profesional), tax domicile (domicilio fiscal) as registered with the SAT, and CURP of the heir. For non-resident heirs (herederos no residentes en México), the declaration must include the foreign taxpayer identification number and comply with any applicable tax treaty (Convenio para Evitar la Doble Imposición — CDI) between Mexico and the heir's country of residence.
Identification of Decedent (De Cujus): Full legal name, RFC if known, CURP, date of death (fecha de fallecimiento), and place of death (lugar de fallecimiento). The official death certificate (acta de defunción) issued by the Registro Civil is required as supporting documentation and must be attached to the declaration.
Legal Basis for Succession: Whether the inheritance is testate (por testamento) or intestate (ab intestato / intestamentaria), the relevant court order (auto de declaración de herederos), or the instrument granting legal authority to the heir — including the escritura pública of the testamento otorgado ante Notario Público and its registration folio in the Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT), or the judicial resolution of the juzgado competente in intestate cases.
Inventory and Valuation of Inherited Assets (Inventario y Avalúo): A complete inventory of all assets transferred — classified by type: bienes inmuebles (real property) with Registro Público de la Propiedad folio number, clave catastral, and certified INDAABIN or authorised-institution avalúo; bienes muebles (vehicles, art, equipment) with serial numbers and market value; cuentas bancarias and instrumentos financieros with institution name, account number (last 4 digits per LFPDPPP), and balance at date of death; and acciones/partes sociales with company RFC, number of shares, and fiscal cost per share.
Exemption Calculation under LISR Article 93 Fraction XXII: A clear statement of whether this is the first inheritance received by the heir (triggering full exemption) or a subsequent inheritance (subject to ISR). If a subsequent inheritance, the declaration must include the calculation of the taxable base, applicable INPC adjustment under CFF Article 17-A, ISR rate per Article 152 LISR, tax payable, and any tax withheld by the notary (retención por el fedatario) under CFF Article 29-B.
Fiscal Cost Registration for Real Property: For each inherited real property, the registered fiscal cost per square metre, total fiscal cost, date of valuation, name and registration number of the perito valuador, and the methodology used (comparables de mercado, ingreso, or cost approach) under INDAABIN guidelines. This entry creates the official fiscal cost record (ficha de costo fiscal) that the heir will use in any future sale declaration under Article 119 LISR.
SAT e.firma and RFC Validation: The declaration must be submitted electronically through the SAT portal (portal.sat.gob.mx) using the heir's e.firma (formerly known as FIEL — Firma Electrónica Avanzada) under CFF Articles 17-D and 17-F, or through an authorised tax representative (representante fiscal) appointed by poder notarial. Paper declarations are not accepted for most individual taxpayers.
Forms-legal.com provides this SAT Estate Tax Declaration Mexico template to help heirs and their tax advisors organise the required information before filing. Every inheritance involving real property, business interests, or assets exceeding the annual ISR exemption threshold should be reviewed by a Contador Público Autorizado (CPA) or licenciado en derecho fiscal before submission to the SAT, given the complexity of INPC adjustments, inter-state property transfers, and potential double-taxation treaty implications for foreign heirs. The SAT's Administración General de Grandes Contribuyentes and regional offices have authority to audit inheritance declarations for up to five years under CFF Article 67.
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Forms Legal. (2026). SAT Estate Tax Declaration Mexico (Declaración de Herencia SAT) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/estate-tax-declaration-sat-mexico
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}Frequently Asked Questions
La herencia en México se rige por el artículo 93, fracción XXII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). La primera herencia que recibe cualquier contribuyente está exenta del ISR: el heredero no paga impuesto sobre la renta por los bienes recibidos de la herencia. Sin embargo, la exención aplica únicamente a la primera herencia que reciba una persona en su vida. Una segunda herencia o las posteriores que reciba el mismo contribuyente —sin importar la fuente— quedan plenamente sujetas al ISR a la tasa marginal aplicable establecida en el artículo 152 de la LISR, que va del 1.92% al 35% según el ingreso gravable total del año. Incluso las herencias exentas deben reportarse en la declaración anual de personas físicas presentada por el portal del SAT, porque el artículo 150 de la LISR exige declarar todos los ingresos, incluidos los exentos. No reportar el ingreso por herencia exenta puede detonar las sanciones por defraudación del artículo 111 del CFF si el SAT determina que la omisión fue intencional. La Declaración del SAT por Herencia documenta el estatus de exención y constituye el respaldo documental para cualquier auditoría futura del SAT dentro del plazo de caducidad de cinco años del artículo 67 del CFF.
Presentar una Declaración del SAT por Herencia conforme al artículo 31 del CFF y al artículo 93, fracción XXII, de la LISR requiere reunir varias categorías de documentación. El heredero debe presentar: el acta de defunción emitida por el Registro Civil; ya sea el testamento otorgado ante Notario Público con su folio de registro en el RENAT, o el auto de declaración de herederos emitido por el Juzgado Familiar o Civil competente; el RFC, la CURP y la e.firma (Firma Electrónica Avanzada) del heredero; el RFC y la CURP del fallecido; avalúos certificados de todos los inmuebles, elaborados por un perito valuador autorizado por el INDAABIN o por una institución de crédito conforme al artículo 3 del CFF; los estados de cuenta de bancos e instituciones de inversión a la fecha de fallecimiento; y la documentación de los vehículos (tarjetas de circulación) de los vehículos heredados. Para una segunda herencia o las posteriores, el heredero también debe aportar la documentación de cualquier herencia previa recibida, incluidas las declaraciones del SAT de años anteriores o los documentos notariales que acrediten la transmisión previa. Por lo general, el expediente completo de la declaración se presenta a través del portal del SAT en portal.sat.gob.mx con la e.firma del heredero, cargando los documentos de soporte como archivos PDF adjuntos.
El costo fiscal de un inmueble recibido por herencia en México se determina a la fecha de fallecimiento del autor de la sucesión y se establece mediante un avalúo certificado elaborado por un perito valuador autorizado por el INDAABIN (Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales) o por una institución de crédito conforme al Código Fiscal de la Federación. Conforme al artículo 124 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), el costo fiscal del inmueble heredado para el heredero es el valor de mercado establecido en el avalúo a la fecha de fallecimiento, más las mejoras realizadas por el heredero, menos la depreciación acumulada. Cuando el heredero posteriormente vende el inmueble, la utilidad por enajenación sujeta al ISR se calcula como el precio de venta menos el costo original de adquisición actualizado por inflación usando los factores del INPC del artículo 17-A del CFF. Registrar el costo fiscal al momento de la Declaración del SAT por Herencia es, por lo tanto, fundamental: un costo fiscal no documentado o no reportado puede ocasionar que el SAT calcule la utilidad sobre una base de costo cero, lo que aumenta de manera drástica la obligación fiscal. El notario que formalice la venta futura tiene una obligación legal de retención conforme al artículo 126 de la LISR y usará el costo fiscal registrado para calcular la retención provisional de ISR.
El Notario Público desempeña un papel institucional central tanto en el proceso sucesorio como en el cumplimiento fiscal por herencia ante el SAT en México. Conforme al artículo 29-B del CFF y a la Ley del Notariado aplicable en cada estado, los notarios están obligados a calcular, retener y enterar el ISR de las operaciones de la herencia, en particular cuando se transmite un inmueble y la herencia es gravable (segunda herencia o posteriores). Cuando un notario formaliza la escritura pública de adjudicación (que transmite la propiedad a los herederos), debe verificar el RFC y la CURP del contribuyente, calcular el ISR aplicable sobre la parte gravable de la herencia, retener el impuesto en la fuente y enterarlo al SAT dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la escritura. El notario también debe registrar el costo fiscal del inmueble transmitido y emitir al heredero el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente que documente la operación, el impuesto retenido y el costo fiscal establecido. Si no se causa ISR por tratarse de la primera herencia del heredero, el notario debe documentar de todas formas la solicitud de exención e incluirla en la escritura, que forma parte del registro oficial de la propiedad en el Registro Público de la Propiedad.
Sí, las cuentas bancarias, los fondos de inversión, las cuentas de casas de bolsa y demás instrumentos financieros heredados están sujetos a reporte ante el SAT en México conforme al artículo 93, fracción XXII, de la LISR y al artículo 31 del CFF. Las instituciones financieras supervisadas por la CNBV (Comisión Nacional Bancaria y de Valores) están obligadas a reportar al SAT las transferencias de cuentas derivadas de la sucesión a través de sus obligaciones regulares de la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) y de información fiscal. Cuando un heredero presenta el auto de declaración de herederos o la escritura de adjudicación ante un banco, la institución normalmente solicitará el RFC y la CURP del heredero y podrá requerir una constancia de situación fiscal del SAT que confirme el estatus fiscal del heredero antes de liberar los fondos. El valor total de los activos financieros heredados debe incluirse en la Declaración del SAT por Herencia como parte del inventario completo de la herencia. Los intereses devengados en las cuentas heredadas desde la fecha de fallecimiento hasta que los fondos se liberen al heredero pueden ser gravables por separado como intereses conforme al artículo 133 de la LISR, de manera distinta al saldo del capital, que está cubierto por la exención del artículo 93, fracción XXII.
Los residentes en el extranjero (no residentes en México para efectos fiscales) que heredan bienes ubicados en México enfrentan un conjunto distinto de obligaciones ante el SAT conforme a la LISR y a los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI) aplicables. Conforme al artículo 93, fracción XXII, de la LISR, la exención de la primera herencia aplica a todas las personas sin importar su residencia. Sin embargo, para una segunda herencia o las posteriores, los no residentes están sujetos a la retención de ISR sobre los ingresos de fuente mexicana conforme a los artículos 159 y 160 de la LISR a una tasa fija del 25% sobre los ingresos brutos (o a la tasa reducida del CDI, si es aplicable), retenida en la fuente por el notario o la institución financiera. México tiene tratados fiscales vigentes con Estados Unidos, Canadá, Alemania, España, Japón y aproximadamente otros 60 países; los herederos de países con tratado deben revisar el CDI aplicable para determinar si el tratado prevé una tasa de retención reducida o el acreditamiento de impuestos pagados en México. Los herederos no residentes deben obtener un RFC mexicano (Registro Federal de Contribuyentes para No Residentes) ante el SAT antes de concluir la transmisión de la herencia, y deben designar un representante legal fiscal en México conforme al artículo 174 del CFF. Los inmuebles en México heredados por extranjeros también pueden estar sujetos a restricciones de adquisición conforme al artículo 27 de la Constitución Política respecto de la zona restringida (50 km de la costa y 100 km de las fronteras internacionales), lo que exige constituir fideicomisos a través de bancos mexicanos.
Los plazos para presentar la Declaración del SAT por Herencia están establecidos en el artículo 31 del CFF y en los artículos 93 y 150 de la LISR. Para las personas físicas cuya herencia esté exenta conforme al artículo 93, fracción XXII, de la LISR (primera herencia), el ingreso debe reportarse en la declaración anual de personas físicas presentada por el portal del SAT entre el 1 y el 30 de abril del año siguiente al año calendario en que se recibió la herencia; por ejemplo, una herencia recibida en 2024 debe reportarse en la declaración anual presentada a más tardar el 30 de abril de 2025. Para las herencias gravables (segunda o posteriores), pueden requerirse pagos provisionales de ISR de forma mensual conforme al artículo 150 de la LISR conforme se reciben o venden los bienes, y la declaración anual concilia el total del impuesto a cargo. Cuando interviene un notario en la transmisión de un inmueble por herencia, la retención del notario conforme al artículo 29-B del CFF debe enterarse al SAT dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de la escritura, con independencia del plazo de la declaración anual del heredero. No presentar dentro de estos plazos detona recargos automáticos conforme al artículo 21 del CFF y, posiblemente, multas conforme a los artículos 76 a 82 del CFF. El SAT puede prorrogar el plazo de la declaración anual por desastres naturales o circunstancias extraordinarias mediante resolución.
Vender bienes heredados antes de concluir la Declaración del SAT por Herencia y de registrar formalmente el costo fiscal genera riesgos fiscales y legales significativos. Si un inmueble se vende antes de que se haya certificado un avalúo y se haya registrado el costo fiscal ante el SAT, el notario que supervisa la venta está obligado, conforme al artículo 126 de la LISR, a calcular la retención provisional de ISR usando el costo original de adquisición de los registros del fallecido, que puede ser una base de costo de hace décadas que subestima drásticamente el valor de mercado actual y, por lo tanto, produce una factura excesivamente alta de impuesto sobre la ganancia. Conforme al artículo 124 de la LISR, el heredero tiene derecho a actualizar su base al valor de mercado a la fecha de fallecimiento solo si se documenta correctamente. Sin el avalúo y la declaración ante el SAT que establezcan este costo actualizado, el ISR retenido en exceso por el notario debe recuperarse a través de la declaración anual o de una solicitud de saldo a favor (devolución) ante el SAT, un proceso que puede tardar 40 días hábiles o más conforme al artículo 22 del CFF. Además, vender un inmueble que no se ha transmitido formalmente mediante una escritura pública de adjudicación inscrita en el Registro Público de la Propiedad es nulo conforme a los artículos 2320 y 2322 del Código Civil Federal, lo que genera vicios en el título que pueden bloquear ventas futuras y provocar litigios con otros posibles herederos o acreedores de la herencia.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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