Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)
Conforme a los Artículos 93 a 95 del Código del Trabajo (DFL No. 1/2003)
CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL PARA TRABAJADORES AGRÍCOLAS DE TEMPORADA
Celebrado conforme a los Artículos 93 a 95 del Código del Trabajo (DFL No. 1/2003)
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
EMPLEADOR AGRÍCOLA:
Razón Social: [Nombre Empleador]
RUT: [RUT Empleador]
Domicilio: [Domicilio Empleador]
Representante Legal / Administrador: [Representante Legal]
Predio / Fundo: [Nombre Predio]
TRABAJADOR/A AGRÍCOLA DE TEMPORADA:
Nombre Completo: [Nombre Trabajador]
RUT: [RUT Trabajador]
Nacionalidad: [Nacionalidad]
Domicilio: [Domicilio Trabajador]
SEGUNDO: NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente contrato se celebra al amparo del Artículo 93 del Código del Trabajo (DFL No. 1/2003), que regula los contratos de trabajadores agrícolas de temporada. Se entiende por trabajador agrícola de temporada aquel que desempeña faenas transitorias o de temporada en actividades de cultivo de la tierra, explotación de madera, crianza y explotación de animales y actividades relacionadas con la agricultura.
TERCERO: FAENA AGRÍCOLA, LUGAR Y PERÍODO DE TRABAJO
Tipo de Faena: [Tipo de Faena]
Descripción de Labores: [Descripción de Labores]
Lugar de Trabajo: [Lugar de Trabajo]
Fecha de Inicio: [Fecha de Inicio]
Fecha de Término: [Fecha de Término]
El presente contrato expirará al término de la temporada o faena individualizada, conforme al Artículo 93 del Código del Trabajo.
CUARTO: JORNADA DE TRABAJO Y REMUNERACIÓN
Jornada de Trabajo: [Jornada de Trabajo]
Modalidad de Remuneración: [Tipo de Remuneración]
Monto: [Monto Remuneración]
De la remuneración bruta se descontarán las cotizaciones previsionales obligatorias (AFP, salud, AFC) y el Impuesto Único de Segunda Categoría conforme al DL 824/1974.
En el caso de remuneración por trato o destajo, la remuneración diaria no podrá ser inferior al equivalente diario del Ingreso Mínimo Mensual vigente.
QUINTO: ALOJAMIENTO Y ALIMENTACIÓN
Alojamiento: [Alojamiento]
Alimentación: [Alimentación]
Conforme al Artículo 95 del Código del Trabajo, cuando el empleador proporcione alojamiento, éste deberá reunir condiciones adecuadas de higiene y seguridad.
SEXTO: PREVISIÓN SOCIAL
AFP: [AFP] (DL 3.500/1980)
Salud: [Salud]
Seguro de Cesantía: AFC Chile (Ley 19.728/2001)
Seguro contra Accidentes del Trabajo: [Mutualidad / ISL] (Ley 16.744/1968)
SÉPTIMO: TÉRMINO DEL CONTRATO
El contrato terminará por el vencimiento del plazo pactado o por la conclusión de la temporada o faena, conforme al Artículo 93 del Código del Trabajo. Sin perjuicio de lo anterior, operarán las demás causales de término establecidas en los Artículos 159, 160 y 161 del mismo cuerpo legal.
El empleador deberá otorgar el finiquito correspondiente dentro del plazo legal, pagando las remuneraciones y beneficios devengados, proporcionales al período trabajado.
OCTAVO: NORMAS DE SEGURIDAD E HIGIENE
El/La trabajador/a se obliga a cumplir las normas de seguridad e higiene establecidas en la Ley 16.744/1968, el DS 594/1999, y las instrucciones impartidas por el empleador y el organismo administrador [Mutualidad / ISL]. El empleador proporcionará los elementos de protección personal (EPP) adecuados para las labores agrícolas a ejecutar.
NOVENO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código del Trabajo (DFL No. 1/2003), con especial aplicación de los Artículos 93 a 95 sobre trabajadores agrícolas de temporada. Cualquier controversia será sometida a los Juzgados de Letras del Trabajo competentes, con intervención de la Inspección del Trabajo de la Dirección del Trabajo cuando corresponda.
FIRMAS
En [Ciudad de Firma], a [Fecha de Firma].
EL/LA EMPLEADOR/A:
[Nombre Empleador] — Predio: [Nombre Predio]
Representado/a por: [Representante Legal]
RUT: [RUT Empleador]
Firma: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A:
[Nombre Trabajador]
RUT: [RUT Trabajador]
Firma: _________________________
Se deja constancia que el/la trabajador/a recibió un ejemplar íntegro del presente contrato.
Firma de recepción: _________________________ Fecha: _________________________
Empleador Agrícola / Representante Legal
________________
Signature
Trabajador/a Agrícola de Temporada
________________
Signature
What Is a Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)?
A Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Contrato de Trabajo de Temporada) is a specialized employment agreement governed by Código del Trabajo Articles 93–95 (DFL No. 1/2003) that regulates the employment of workers engaged in agricultural, forestry, or agro-industrial activities during specific seasons or production cycles. Article 93 defines the seasonal worker (trabajador de temporada) as one who provides services discontinuously due to the cyclical nature of agricultural production — encompassing fruit harvest workers (temporeros de cosecha), viticulture workers (vendimiadores), packinghouse operators (trabajadores de packing), forestry harvesters, and seasonal agro-industrial processors.
Chile is one of the world's leading exporters of fresh fruit — including grapes, apples, blueberries, cherries, avocados, and citrus — and the agricultural sector employs over 300,000 seasonal workers (temporeros) annually during peak harvest seasons between October and April. The Dirección del Trabajo (DT) has jurisdiction to inspect agricultural employers for compliance with Articles 93–95, and the Inspecciones Provinciales del Trabajo stationed in the Regions of Valparaíso, O'Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos, and Los Lagos handle the majority of seasonal agricultural labor complaints.
Article 93 of the Código del Trabajo grants seasonal workers the same basic labor rights as permanent workers, including: minimum wage (ingreso mínimo mensual) under the Ley de Reajuste del Ingreso Mínimo; mandatory social security coverage including AFP pension contributions (DL 3.500), FONASA health coverage or ISAPRE affiliation (Ley 18.469), AFC Seguro de Cesantía (Ley 19.728), and occupational accident insurance (Ley 16.744); and the right to weekly rest under Article 35 of the Código del Trabajo.
Article 94 establishes that when the employer provides housing (habitación) and meals (alimentación) to agricultural workers — common in remote growing areas where workers cannot commute — these benefits are valued at 11% of the applicable minimum wage for housing and 11% for meals, and this combined 22% in-kind benefit may be deducted from the cash wage only if this does not reduce the worker's cash payment below the minimum wage. The Dirección del Trabajo has issued Dictámenes clarifying that housing and meals cannot be provided as replacements for monetary remuneration when the resulting cash wage falls below the legal minimum.
Article 95 establishes that seasonal agricultural workers are entitled to proportional annual leave (feriado proporcional) — calculated as 1.25 working days per month of service — upon termination of the seasonal contract, regardless of whether they have accumulated the 1-year service required for the full 15-day annual vacation under Article 67. This proportional leave payment is mandatory and must be included in the finiquito upon termination of each seasonal contract, even when the same worker is rehired for the following season.
The Código del Trabajo imposes additional obligations on agricultural employers who transport workers to and from the growing area — transport safety must comply with regulations issued by the Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, and vehicle accidents during transport to or from work constitute accidentes de trayecto covered by Ley 16.744.
When Do You Need a Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)?
A Seasonal Agricultural Worker Contract Chile is required whenever an agricultural employer engages workers for seasonal or cyclical operations — fruit harvest, grape harvest (vendimia), blueberry picking, packinghouse operations, forestry harvesting, or seasonal agro-industrial processing.
The contract is needed at the start of each harvest season when fruit growers in the Regions of Valparaíso, O'Higgins, Maule, or other agricultural regions hire temporeros for picking, sorting, or packing operations. The Dirección del Trabajo requires written contracts within 5 days of the start of work for seasonal agricultural workers under Article 9 of the Código del Trabajo — a shorter period than the general 15-day requirement, reflecting the intensity and short duration of harvest campaigns.
The document is required when a viticulture estate (viña) in the Maule, Colchagua, or Casablanca wine valleys engages harvest workers (vendimiadores) for grape picking during the vintage season (typically February–April). The seasonal nature of viticulture operations is explicitly recognized under Article 93 as qualifying for the special seasonal worker regime.
A seasonal contract is needed when a fruit packing company (empresa de packing) in the Central Valley engages sorters, packers, and quality control workers during the cherry, table grape, or apple export campaign. Packinghouse operations that operate year-round with variable staffing levels may not qualify for the seasonal worker regime — the Dirección del Trabajo has issued Dictámenes distinguishing truly seasonal packinghouse work from permanent variable-hours arrangements.
The contract is necessary when a forestry company (empresa forestal) engages timber harvesters (cosecheros forestales) during specific felling and extraction seasons in the regions south of the Biobío River. Forestry work subject to weather and planting cycle constraints falls within the Article 93 seasonal definition.
The document is required for agro-industrial processing plants — olive oil, canned fruit, wine bottling, or fresh fruit juice — that operate only during the processing season corresponding to each crop's harvest calendar. The SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo) provides subsidized training programs for seasonal agricultural workers that employers can access to enhance workforce skills during pre-season periods.
What to Include in Your Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)
A valid Seasonal Agricultural Worker Contract Chile under Código del Trabajo Articles 93–95 must contain specific provisions addressing the nature of seasonal agricultural employment.
Party Identification: Full legal name, RUT, and address of the employer (empresa agrícola, individual farmer, or agro-industrial company) and the worker. For workers from migrant backgrounds — a significant component of Chile's seasonal agricultural workforce — a valid work visa under Ley 21.325/2021 (Ley de Migración y Extranjería) must be verified and documented.
Description of Work: A specific description of the agricultural tasks — fruit picking (recolección de fruta), grape harvesting (vendimia), packing (embalaje), sorting (selección), forestry felling (tala forestal), or seasonal agro-industrial processing — along with the growing area, orchard, vineyard, or processing plant where work will be performed.
Seasonal Period: The specific start date and anticipated end date of the seasonal contract, or a description of the condition triggering termination — for example, completion of the harvest in a specific orchard block or the end of the packing campaign. Article 93 recognizes that seasonal agricultural contracts terminate by the natural conclusion of the season (vencimiento del plazo o conclusión de la faena) under Article 159 No. 4 and 5.
Remuneration: The agreed daily or weekly wage, trato (piece-rate payment per unit harvested) if applicable, or monthly salary. Piece-rate arrangements must be documented in writing and must result in average earnings equal to or exceeding the minimum wage when calculated over each pay period. The SII requires employers to report all forms of agricultural remuneration through the annual Declaración Jurada de Remuneraciones.
Housing and Meals: For workers provided accommodation at the agricultural site, the contract must document the housing provision and meal arrangement, with the agreed monetary valuation — limited to 11% of the minimum wage for housing and 11% for meals under Article 94 — and confirmation that cash wages will not fall below the legal minimum.
Transport: If the employer provides transport from a collection point to the agricultural worksite, the transport arrangements, vehicle safety compliance with Ministerio de Transportes regulations, and accident coverage under Ley 16.744 for transport accidents must be documented.
Social Security: The employer's obligation to register the worker with AFP, FONASA or ISAPRE, AFC (Seguro de Cesantía), and the relevant mutualidad for Ley 16.744 occupational accident insurance from the first day of work. The Previred platform processes all seasonal worker contributions, and the DT coordinates with the AFP Superintendencia to identify employers with patterns of social security non-compliance in the agricultural sector.
Proportional Leave at Termination: Explicit acknowledgement of the worker's right to feriado proporcional (1.25 working days per month of service) payable in the finiquito upon termination of each seasonal contract under Article 95.
Forms-legal.com provides this Seasonal Agricultural Worker Contract Chile template for agricultural employers and labor contractors. Each contract should be reviewed by a licensed Abogado and registered with the Dirección del Trabajo within 5 days of the start of work. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
How to Fill Out Your Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)
Completar el Contrato de Trabajo de Temporada Agrícola en Chile de forma correcta y oportuna es una obligación legal del empleador que protege tanto los derechos del trabajador como la posición jurídica del empleador ante fiscalizaciones de la Inspección del Trabajo.
**Paso 1: Verificar la identidad y habilitación del trabajador.** Antes de celebrar el contrato, el empleador debe verificar la cédula de identidad vigente del trabajador y, en el caso de trabajadores extranjeros, la visa o permiso de trabajo que los habilita para prestar servicios dependientes en Chile. Contratar trabajadores sin visa de trabajo puede acarrear multas de hasta 100 UTM por infracción a la Ley de Migraciones N.º 21.325.
**Paso 2: Completar los datos del empleador.** Consigne la razón social exacta tal como aparece en el RUT del empleador, el nombre del predio o empresa agrícola, la dirección exacta del lugar donde se realizarán las labores (región, provincia, comuna, nombre del predio), y el número de adherencia a la Mutualidad de Empleadores para el seguro de accidentes.
**Paso 3: Describir las labores con precisión.** No utilice descripciones genéricas como "labores agrícolas". Indique con exactitud: "cosecha manual de uvas de mesa en el Fundo El Almendro, Región del Maule", o "selección y embalaje de arándanos en packing de la empresa X, Región de La Araucanía". La descripción precisa de las labores tiene impacto directo en la cobertura del seguro de accidentes.
**Paso 4: Acordar y consignar la remuneración.** Si la remuneración es a trato, consigne el valor por unidad (por bin, por caja, por kilo) y confirme que la proyección de ingresos no sea inferior al ingreso mínimo mensual proporcional. Si la remuneración incluye alimentación o alojamiento como parte de las condiciones de trabajo, describa claramente si estos beneficios tienen o no descuento del salario.
**Paso 5: Firmar el contrato dentro del plazo legal.** El empleador tiene cinco días hábiles desde el inicio de las labores para firmar el contrato. Si las labores comienzan un lunes, el plazo vence el siguiente lunes. Conserve una copia del contrato firmado por el trabajador para el expediente del empleador y entregue una copia al trabajador conforme al artículo 9 del Código del Trabajo.
**Paso 6: Registrar el contrato en la plataforma digital.** La Dirección del Trabajo dispone de la plataforma Mi DT para el registro digital de contratos de trabajo, incluyendo los contratos de temporada agrícola. El registro digital facilita la fiscalización y puede ser exigido en contratos con empresas públicas o en licitaciones del Estado donde se verifica el cumplimiento de normas laborales.
Legal Requirements for Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)
El Contrato de Trabajo de Temporada Agrícola en Chile se rige por un conjunto de normas específicas que el empleador debe conocer y cumplir para evitar contingencias laborales y previsionales.
**Código del Trabajo — normas especiales de temporada.** Los artículos 93 al 95 del Código del Trabajo (Ley N.º 18.620) establecen el régimen específico del contrato de temporada: concepto, formalidades, derecho de preferencia y extinción del contrato. Estas disposiciones deben leerse en concordancia con las normas generales del contrato de trabajo de los artículos 7 al 18 del mismo código.
**Plazo de escrituración.** El artículo 9 del Código del Trabajo exige que el contrato sea escriturado dentro de los cinco días siguientes al inicio de las labores. Si las labores duran menos de cinco días, el contrato debe escriturarse antes de su término. La Dirección del Trabajo puede multar al empleador que incumpla este plazo con hasta 60 UTM por trabajador no contratado oportunamente.
**Seguridad social obligatoria.** El empleador debe cotizar para el trabajador de temporada en AFP o IPS, ISAPRE o FONASA, Mutualidad de Empleadores para accidentes del trabajo (Ley N.º 16.744), y el Seguro de Cesantía de la AFC (Ley N.º 19.728). Las cotizaciones previsionales deben enterarse dentro de los diez primeros días del mes siguiente al del pago de las remuneraciones, conforme al artículo 19 del D.L. N.º 3.500 de 1980.
**Normas sobre jornada y descanso.** La jornada de trabajo agrícola está regulada por el artículo 96 y siguientes del Código del Trabajo, que establece jornadas diferenciadas según la época del año y las condiciones climáticas. Los trabajadores agrícolas tienen derecho a descanso dominical y a los feriados establecidos en el Código del Trabajo, con las particularidades del régimen agrícola que permite cierta flexibilidad en los días de descanso durante la temporada de cosecha.
**Normas de higiene y seguridad agrícola.** El Decreto Supremo N.º 594 de 2000 del Ministerio de Salud regula las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, incluyendo los predios agrícolas. El Decreto Supremo N.º 319 de 1983 establece condiciones mínimas de habitabilidad para trabajadores que pernoctan en el predio. La SEREMI de Salud y la Inspección del Trabajo fiscalizan conjuntamente el cumplimiento de estas normas durante la temporada agrícola.
Common Mistakes to Avoid in Your Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada)
Los empleadores agrícolas chilenos incurren frecuentemente en errores al celebrar contratos de trabajo de temporada que generan contingencias ante la Inspección del Trabajo y los Juzgados de Letras del Trabajo.
**Error 1: No escriturar el contrato dentro del plazo de cinco días.** Este es el error más común y costoso: comenzar la faena sin celebrar el contrato por escrito. La Inspección del Trabajo aplica multas de hasta 60 UTM por trabajador no contratado oportunamente. Además, si el trabajador alega haber sido contratado indefinidamente, la carga de la prueba recae sobre el empleador, quien debe demostrar la naturaleza estacional del trabajo.
**Error 2: Usar el contrato de temporada para encubrir relaciones laborales indefinidas.** Celebrar contratos de temporada sucesivos para trabajadores que realizan labores permanentes todo el año es una práctica que la Dirección del Trabajo detecta y sanciona. Si el trabajador puede probar que sus labores se realizan durante los doce meses del año, el juez declarará la existencia de un contrato indefinido con todos los derechos correspondientes, incluidas las indemnizaciones por años de servicio.
**Error 3: No informar sobre el derecho de preferencia tras dos temporadas consecutivas.** Muchos empleadores desconocen la obligación del artículo 95 del Código del Trabajo y no incluyen en el contrato mención alguna al derecho de preferencia del trabajador que ha cumplido dos temporadas. Al no reconocer este derecho, el empleador puede enfrentar demandas laborales al inicio de la siguiente temporada.
**Error 4: Pagar remuneraciones a trato por debajo del ingreso mínimo.** Si el trabajador a trato no alcanza el ingreso mínimo mensual proporcional con su producción efectiva, el empleador debe complementar la diferencia. No hacerlo constituye una infracción grave al artículo 42 del Código del Trabajo, sancionada con multas y con el pago de las diferencias de remuneración más los reajustes e intereses correspondientes.
**Error 5: Omitir las cotizaciones previsionales del trabajador temporero.** Algunos empleadores, aprovechando la corta duración de las temporadas, omiten o retrasan las cotizaciones de AFP, FONASA y seguro de desempleo. El artículo 19 del D.L. N.º 3.500 establece multas por cotizaciones no pagadas dentro del plazo, y la Superintendencia de Pensiones fiscaliza activamente el cumplimiento previsional en el sector agrícola.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 18.469AR official
- Ley 19.728AR official
- Ley 16.744AR official
- Ley 21.325AR official
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Forms Legal. (2026). Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/employment/contracts/seasonal-agricultural-worker-contract-chile
"Seasonal Agricultural Worker Contract Chile (Temporada) (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/chile/employment/contracts/seasonal-agricultural-worker-contract-chile.
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La diferencia fundamental radica en la naturaleza de la relacion laboral y sus consecuencias juridicas. El contrato a plazo fijo esta regulado por el articulo 159 N.4 del Codigo del Trabajo y se celebra por un periodo determinado que no esta vinculado a la estacionalidad del trabajo. El contrato de temporada, en cambio, esta regulado por los articulos 93 al 95 del Codigo del Trabajo y supone labores que por su naturaleza se repiten en cada periodo estacional del ano agricola. La diferencia practica mas importante es el derecho de preferencia: quien trabaja dos temporadas consecutivas para el mismo empleador adquiere el derecho preferente de ser contratado en la siguiente temporada, derecho que no existe en el contrato a plazo fijo. Ademas, el contrato de temporada tiene efectos distintos en materia de seguro de cesantia, ya que la AFC trata de forma diferenciada los contratos temporales en la liquidacion de beneficios.
Si el trabajador cumplio dos temporadas consecutivas con el mismo empleador y el empleador no lo contrata para la temporada siguiente existiendo la necesidad de trabajadores para las mismas faenas, el trabajador puede reclamar ante la Inspeccion del Trabajo o interponer una demanda ante el Juzgado de Letras del Trabajo competente. La jurisprudencia de los Tribunales del Trabajo ha interpretado el articulo 95 del Codigo del Trabajo en el sentido de que la no contratacion preferente del trabajador que ha completado dos temporadas puede configurar un despido injustificado, con derecho a indemnizacion por anos de servicio calculada conforme al articulo 163 del Codigo del Trabajo, mas la indemnizacion sustitutiva del aviso previo. Sin embargo, si el empleador demuestra que en la siguiente temporada no contrato a ningun trabajador para las mismas faenas, no se configura la violacion del derecho de preferencia.
Si, el trabajador de temporada tiene derecho al feriado anual contemplado en el articulo 67 del Codigo del Trabajo, calculado en proporcion al tiempo trabajado durante la temporada. Si la temporada tiene una duracion inferior a un ano, el feriado se calcula proporcionalmente: por cada once dias habiles de trabajo, corresponde un dia habil de feriado. Al termino de la temporada, el empleador debe pagar al trabajador los dias de feriado que no alcanzo a utilizar, conforme al articulo 73 del Codigo del Trabajo que regula el feriado proporcional. Muchos empleadores agricolas liquidan el feriado proporcional en el finiquito de temporada, lo que es perfectamente valido, siempre que el calculo sea correcto y el trabajador comprenda lo que esta recibiendo.
El empleador agricola puede proporcionar alojamiento al trabajador temporero, pero el descuento por este concepto esta limitado por el articulo 58 del Codigo del Trabajo: los descuentos por habitacion no pueden superar el 15% de la remuneracion del trabajador, y el total de descuentos autorizados por el empleador no puede exceder el 45% de la remuneracion. Ademas, el Decreto Supremo N. 319 de 1983 del Ministerio del Trabajo establece estandares minimos de habitabilidad para los alojamientos de trabajadores agricolas: superficie minima de 3 metros cuadrados por persona, agua potable, iluminacion, ventilacion y servicios higienicos adecuados. La SEREMI de Salud puede inspeccionar las condiciones de los alojamientos y ordenar su clausura si no cumplen los estandares. El alojamiento puede ser ofrecido gratuitamente como parte de las condiciones de trabajo, lo que puede ser un factor relevante para atraer y retener trabajadores durante la temporada.
Si el trabajador sufre un accidente durante la faena agricola, el empleador debe presentar la DIAT ante el organismo administrador del seguro de la Ley N. 16.744 dentro de las 24 horas siguientes al accidente. El organismo administrador proporciona atencion medica gratuita, paga el subsidio de incapacidad laboral mientras el trabajador este con licencia medica equivalente al 100% de la remuneracion imponible, y cubre los gastos de rehabilitacion. El empleador que no esta al dia en sus cotizaciones al organismo administrador pierde el beneficio del seguro y debe asumir directamente los costos de la atencion medica y el subsidio del trabajador accidentado. Por esto, es fundamental que el empleador agricola informe al organismo administrador el inicio de cada temporada y que mantenga al dia las cotizaciones de todos sus trabajadores.
Si, el pago de remuneraciones a trato es completamente valido en la agricultura chilena y esta expresamente contemplado en el articulo 42 letra c) del Codigo del Trabajo, que define el trato como la remuneracion que se paga por pieza, obra, medida o tarea. Sin embargo, el trato tiene un limite legal ineludible: la remuneracion total percibida por el trabajador en el periodo no puede ser inferior al ingreso minimo mensual proporcional a los dias trabajados. Si el trabajador a trato no alcanza el ingreso minimo con su produccion efectiva, el empleador debe complementar la diferencia para asegurar que el trabajador perciba al menos el ingreso minimo vigente. Esta obligacion es de cumplimiento inmediato y no admite compensaciones con periodos anteriores de mayor produccion. La Inspeccion del Trabajo verifica el cumplimiento de esta norma mediante la revision del libro de remuneraciones durante sus fiscalizaciones en predios agricolas.
Si, los trabajadores extranjeros pueden ser contratados como temporeros agricolas en Chile, siempre que cuenten con la autorizacion migratoria que los habilite para prestar servicios dependientes en el pais. La Ley de Migraciones N. 21.325 y su Reglamento establecen los tipos de visa que permiten el trabajo dependiente: la visa temporal de trabajo, la visa de residencia temporaria y la visa de residencia definitiva. El empleador que contrata a un trabajador extranjero sin la visa de trabajo correspondiente puede ser multado con hasta 100 UTM por trabajador por infraccion a la ley migratoria. En sectores como la viticultura y la fruticultura, es comun la contratacion de trabajadores extranjeros provenientes de paises vecinos, especialmente durante los peaks de cosecha cuando la oferta de mano de obra nacional es insuficiente para satisfacer la demanda del sector.
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