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Finiquito Laboral Chile

Labour Settlement Agreement Chile (Finiquito Laboral)

FINIQUITO LABORAL

(Código del Trabajo, Artículos 159–163 y 177)

PRIMERO: PARTES

EMPLEADOR:

Razón Social: [Employer Name]

RUT: [Employer RUT]

Domicilio: [Employer Address]

Representante Legal: [Employer Representative]

TRABAJADOR/A:

Nombre: [Worker Name]

RUT: [Worker RUT]

Domicilio: [Worker Address]

SEGUNDO: ANTECEDENTES LABORALES

Cargo desempeñado: [Job Title]

Fecha de ingreso: [Hire Date]

Fecha de término: [Termination Date]

Antigüedad: [Years of Service]

Última remuneración mensual: [Last Monthly Salary]

TERCERO: CAUSAL DE TÉRMINO

La relación laboral ha terminado por la causal invocada en el [Termination Cause] del Código del Trabajo.

CUARTO: DETALLE DE PAGOS

El empleador paga al trabajador las siguientes sumas:

a) Indemnización por años de servicio (Art. 163): [Severance Pay]

b) Indemnización sustitutiva del aviso previo (Art. 162): [Notice Pay]

c) Feriado proporcional (Art. 73): [Proportional Leave]

d) Gratificación legal proporcional (Arts. 47–52): [Proportional Gratificación]

e) Remuneraciones pendientes: [Pending Remuneration]

f) Otros pagos: [Other Payments]

Descuentos legales (AFP, salud, impuestos): [Legal Deductions]

TOTAL NETO A PAGAR: [Total Net Payment]

Forma de pago: [Payment Method]

QUINTO: COTIZACIONES PREVISIONALES

El empleador declara que todas las cotizaciones previsionales obligatorias del trabajador — AFP (DL 3.500), FONASA/ISAPRE (Ley 18.469/Ley 18.933), AFC Seguro de Cesantía (Ley 19.728), y seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744) — se encuentran íntegramente pagadas hasta la fecha de término de la relación laboral, conforme al Artículo 162 inciso 5 del Código del Trabajo.

SEXTO: DECLARACIÓN DEL TRABAJADOR

El/la trabajador/a declara que ha recibido a su entera satisfacción el pago total de las sumas indicadas en la cláusula cuarta, y que no tiene cargo ni reclamo alguno que formular en contra del empleador por concepto de remuneraciones, prestaciones laborales, indemnizaciones, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que por el presente instrumento se pone término.

SÉPTIMO: RATIFICACIÓN ANTE MINISTRO DE FE

El presente finiquito es ratificado ante [Ministro de Fe], conforme al Artículo 177 del Código del Trabajo, quien certifica que el/la trabajador/a firmó libre y voluntariamente, con pleno conocimiento de su contenido y efectos legales.

FIRMAS

En [Signature City], a [Signature Date].

EL EMPLEADOR:

[Employer Name]

Representado por: [Employer Representative]

RUT: [Employer RUT]

Firma: _________________________

EL/LA TRABAJADOR/A:

[Worker Name]

RUT: [Worker RUT]

Firma: _________________________

MINISTRO DE FE:

[Ministro de Fe]

Firma y timbre: _________________________

Employer / Legal Representative (Empleador)

________________

Signature

Worker (Trabajador/a)

________________

Signature

Minister of Faith (Ministro de Fe)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Finiquito Laboral Chile

El Finiquito Laboral en Chile es el documento que pone término a la relación y deja constancia del pago de las obligaciones pendientes. Se rige por Código del Trabajo Arts. 159–163.

El finiquito cumple una doble función en el ordenamiento laboral chileno: para el trabajador, cuantifica y documenta todos los beneficios terminales; para el empleador, debidamente ratificado, otorga certeza jurídica de que el trabajador recibió íntegramente lo que le correspondía. La Corte Suprema, a través de su Sala Laboral, ha resuelto mediante recursos de unificación de jurisprudencia bajo el Artículo 483 del Código del Trabajo que el finiquito ratificado ante ministro de fe tiene poder liberatorio pleno respecto de las materias expresamente tratadas, pero no obsta a que el trabajador demande prestaciones no mencionadas en el instrumento.

La causal de término debe identificarse en el finiquito con referencia precisa al artículo correspondiente del Código del Trabajo: el Artículo 159 contempla las causales de expiración del plazo, renuncia voluntaria, mutuo acuerdo, muerte, vencimiento de plazo fijo, conclusión de obra o faena, y caso fortuito o fuerza mayor; el Artículo 160 regula el despido disciplinario por conducta imputable al trabajador (falta de probidad, conductas de acoso, abandono de trabajo, actos contra la moral, etc.); y el Artículo 161 ampara la terminación por necesidades de la empresa o por desahucio en cargos de confianza.

Los cálculos financieros del finiquito se rigen por fórmulas específicas del Código del Trabajo. La indemnización por años de servicio conforme al Artículo 163 equivale a un mes de la última remuneración por cada año de servicio (tope de once años/330 días), y la base de cálculo mensual se limita a 90 UF (Unidades de Fomento — aproximadamente CLP 3.420.000 en 2025) según el Artículo 172. La indemnización sustitutiva del aviso previo conforme al Artículo 162 equivale a un mes adicional cuando el empleador no otorga el aviso escrito de 30 días. El feriado proporcional del Artículo 73 compensa el feriado anual devengado y no gozado. La gratificación legal proporcional de los Artículos 47–52 cubre la parte alícuota del reparto anual de utilidades correspondiente al período trabajado en el ejercicio.

El Artículo 162 inciso 5 del Código del Trabajo consagra la nulidad del despido: si el empleador no ha enterado la totalidad de las cotizaciones previsionales obligatorias (AFP, FONASA/ISAPRE, AFC) al momento del despido, la terminación es nula de pleno derecho y el empleador debe continuar pagando la remuneración del trabajador desde la fecha del despido hasta que regularice íntegramente la deuda previsional. La Dirección del Trabajo y los Juzgados de Letras del Trabajo aplican esta regla con rigor, por lo que la verificación previsional es un paso imprescindible antes de suscribir cualquier finiquito.

Cuándo necesitas Finiquito Laboral Chile

El Finiquito Laboral en Chile es necesario cada vez que termina una relación laboral — independientemente de la causal invocada — y las partes desean documentar el pago final y el otorgamiento de la correspondiente liberación de responsabilidades con el respaldo legal de la ratificación ante ministro de fe conforme al Artículo 177 del Código del Trabajo.

Se requiere finiquito cuando el empleador pone término al contrato por necesidades de la empresa conforme al Artículo 161 del Código del Trabajo — la causal más frecuente en la práctica laboral chilena. El empleador debe pagar la indemnización por años de servicio (un mes por año, tope de once años, Artículo 163), la indemnización sustitutiva del aviso previo (un mes adicional si no se dio el aviso escrito de 30 días, Artículo 162) y todas las prestaciones proporcionales.

El finiquito se necesita cuando el trabajador presenta renuncia voluntaria conforme al Artículo 159 N.° 2 — aunque la renuncia no genera indemnización por años de servicio, el empleador debe pagar el feriado proporcional, la gratificación proporcional y las remuneraciones devengadas. El finiquito documenta estos pagos y otorga al empleador el efecto liberatorio.

Se requiere finiquito cuando la relación laboral termina por mutuo acuerdo conforme al Artículo 159 N.° 1, que frecuentemente involucra montos negociados de indemnización superiores al mínimo legal. El finiquito registra los términos acordados y, una vez ratificado ante ministro de fe, impide reclamos ulteriores sobre los montos convenidos.

El documento es necesario cuando vence un contrato de plazo fijo conforme al Artículo 159 N.° 4 o cuando concluye un contrato por obra o faena conforme al Artículo 159 N.° 5. Incluso en estas causales de término natural, el empleador debe preparar el finiquito que documente los pagos finales.

El finiquito es indispensable cuando el empleador despide al trabajador con causa justificada conforme al Artículo 160 — el finiquito registra la causal invocada y los pagos efectuados. Los trabajadores despedidos bajo el Artículo 160 no tienen derecho a indemnización por años de servicio, pero conservan el derecho al feriado proporcional y a la gratificación proporcional. Si el trabajador impugna la causal ante los Juzgados de Letras del Trabajo y el tribunal declara el despido injustificado, el empleador debe pagar la indemnización plena más un recargo de 30% a 100% conforme al Artículo 168.

Antes de suscribir cualquier finiquito, el empleador debe verificar que todas las cotizaciones previsionales (AFP, FONASA/ISAPRE, AFC, seguro de accidentes Ley 16.744) estén al día — el Artículo 162 inciso 5 declara nulo todo despido cuando subsisten cotizaciones previsionales impagas, exponiendo al empleador a la obligación de seguir pagando la remuneración del trabajador hasta regularizar íntegramente la deuda.

Qué incluir en tu Finiquito Laboral Chile

El Finiquito Laboral Chile válido conforme al Artículo 177 del Código del Trabajo debe contener elementos específicos y ser ratificado ante ministro de fe para producir el poder liberatorio pleno.

Identificación de las partes: Nombre legal completo, RUT (Rol Único Tributario) y domicilio tanto del empleador como del trabajador. Para personas jurídicas — SpA, SRL, SA o EIRL — deben consignarse el RUT de la empresa, la razón social y la identificación del representante legal. Del trabajador se requiere el número de cédula de identidad (emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación), la fecha de nacimiento y la AFP a la que se encuentra afiliado.

Antecedentes laborales: El cargo desempeñado, la fecha de ingreso, la fecha de término y la antigüedad expresada en años, meses y días. Debe especificarse la última remuneración mensual utilizada para el cálculo de la indemnización conforme al Artículo 172 del Código del Trabajo, incluyendo sueldo base, comisiones y demás componentes de remuneración ordinaria, pero excluyendo horas extraordinarias y gratificación legal.

Causal de término: La causal legal específica con referencia al artículo del Código del Trabajo — Artículo 159 (causales de expiración), Artículo 160 (despido disciplinario) o Artículo 161 (necesidades de la empresa/desahucio). El Artículo 162 exige que el empleador comunique la causal por escrito (carta de despido) entregada personalmente o por carta certificada con al menos 30 días de anticipación a la fecha de término.

Detalle de pagos: Cálculo detallado de todas las sumas adeudadas al trabajador, incluyendo: - Indemnización por años de servicio (Artículo 163): un mes de la última remuneración por año de servicio, tope de 11 años, base mensual limitada a 90 UF - Indemnización sustitutiva del aviso previo (Artículo 162): un mes de remuneración si no se otorgó el aviso de 30 días - Feriado anual proporcional (Artículo 73): compensación del feriado devengado y no gozado, a razón de 1,25 días hábiles por mes de servicio - Gratificación legal proporcional (Artículos 47–52): parte alícuota de la gratificación anual del ejercicio en curso - Remuneraciones pendientes: salarios, horas extra, comisiones o bonos devengados y no pagados hasta la fecha de término - Descuentos legales: cotizaciones AFP, aporte de salud FONASA/ISAPRE y demás descuentos legales o voluntarios

Cumplimiento previsional: Declaración del empleador de que todas las cotizaciones previsionales obligatorias — AFP (DL 3.500), FONASA/ISAPRE (Ley 18.469/Ley 18.933), AFC Seguro de Cesantía (Ley 19.728) y seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744) — están íntegramente pagadas hasta la fecha de término. El Artículo 162 inciso 5 declara nulo todo despido con cotizaciones impagas. El trabajador puede verificar el estado de sus cotizaciones en el portal de su AFP y en la plataforma de pago Previred.

Forma de pago: Especificación del medio de pago del finiquito — cheque nominativo, vale vista o transferencia bancaria a la cuenta del trabajador. El Artículo 169 del Código del Trabajo autoriza el pago de la indemnización por años de servicio en cuotas cuando así lo acuerde el trabajador por escrito, con reajuste IPC (Índice de Precios al Consumidor del INE) sobre cada cuota.

Cláusula de liberación: Declaración del trabajador de haber recibido a su entera satisfacción el total de las sumas adeudadas y de no tener cargo ni reclamo alguno contra el empleador. Dicha liberación produce poder liberatorio únicamente cuando el finiquito es ratificado ante ministro de fe — Notario Público, inspector de la Dirección del Trabajo o secretario del Juzgado de Letras del Trabajo — conforme al Artículo 177.

Reserva de derechos: El trabajador puede suscribir el finiquito dejando expresa reserva del derecho a reclamar prestaciones adicionales — por ejemplo, reserva para impugnar la causal de despido ante el Juzgado de Letras del Trabajo conforme al Artículo 168. Las reservas deben constar en el finiquito antes de la ratificación ante el ministro de fe.

Forms-legal.com ofrece este modelo de Finiquito Laboral Chile como referencia para documentar términos de contrato de trabajo bajo la legislación chilena. Cada finiquito debe ser revisado por un Abogado habilitado y ratificado ante ministro de fe para producir plenos efectos legales. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.

Fuentes y Citas

Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.

  1. Ley 16.744AR official
  2. Ley 18.469AR official
  3. Ley 18.933AR official
  4. Ley 19.728AR official

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Forms Legal. (2026). Finiquito Laboral Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/employment/termination/finiquito-laboral-chile

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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