ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR)
CONSTANCIA DE RETENCIONES DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Ejercicio Fiscal [Fiscal Year]
Conforme al Artículo 99 Fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta
I. DATOS DEL RETENEDOR (PATRÓN)
Razón Social / Nombre: [Employer Name]
RFC del Retenedor: [Employer RFC]
Domicilio Fiscal: [Employer Address]
Número de Registro Patronal IMSS: [IMSS Registration]
Representante Legal: [Legal Rep]
II. DATOS DEL TRABAJADOR / PERCEPTOR
Nombre Completo: [Employee Name]
RFC: [Employee RFC]
CURP: [Employee CURP]
Número de Seguridad Social (NSS): [NSS]
III. PERÍODO CUBIERTO
Ejercicio Fiscal: [Fiscal Year]
Del: [Period Start] Al: [Period End]
IV. INGRESOS E ISR RETENIDO
Total de Ingresos Gravados: [Taxable Income]
Total de Ingresos Exentos: [Exempt Income]
ISR Retenido Total: [ISR Withheld]
Subsidio para el Empleo Acreditado: [Subsidio Acreditado]
Subsidio para el Empleo Pagado en Efectivo: [Subsidio Pagado]
Cuotas IMSS del Trabajador Retenidas: [IMSS Contributions]
Aportación INFONAVIT del Trabajador: [INFONAVIT Contribution]
Las cantidades anteriores corresponden a los comprobantes fiscales digitales (CFDI de nómina versión 4.0) emitidos por el retenedor y registrados ante el SAT durante el ejercicio indicado. Esta constancia se expide en cumplimiento del Artículo 99 Fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
FIRMAS
En [Issuance City], a [Issuance Date].
EL RETENEDOR (PATRÓN):
[Employer Name]
Por conducto de: [Legal Rep]
Firma: _________________________
DE CONFORMIDAD, EL TRABAJADOR / PERCEPTOR:
[Employee Name]
Firma: _________________________
Fecha de recepción: __________
Employer / Withholding Agent (Retenedor / Patrón)
________________
Signature
Employee / Income Recipient (Trabajador / Perceptor)
________________
Signature
What Is a ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR)?
An ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones del Impuesto sobre la Renta) is the official annual document that every employer (patrón o retenedor) is legally obligated to issue to each worker (trabajador) and to each person from whom income tax (ISR — Impuesto sobre la Renta) has been withheld during a fiscal year. The certificate summarises the total annual income (ingresos totales), total ISR withheld (ISR retenido), subsidio para el empleo paid, IMSS contributions withheld, INFONAVIT deductions, and other concepts — providing the employee with the data necessary to file their annual ISR declaration (declaración anual) before the Servicio de Administración Tributaria (SAT).
The legal obligation to issue the constancia de retenciones is established in Article 99 Fraction III of the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), which states that employers must deliver to each worker no later than 15 February of each year a written certificate of the total wages paid and the total ISR withheld during the prior fiscal year (ejercicio fiscal). This deadline was confirmed by the Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) issued annually by the SAT, and failure to comply within the prescribed period constitutes an infraction under Article 83 of the Código Fiscal de la Federación (CFF).
The constancia de retenciones serves multiple critical functions in the Mexican tax system. First, it enables the SAT's pre-filled annual declaration service (declaración anual prellenada) to accurately reflect the employee's wage income, allowing straight-through reconciliation with the CFDI de nómina (electronic payroll receipts) issued by the employer throughout the year. Second, where an employee worked for multiple employers during the year, the constancias from all employers must be combined to calculate the correct annual ISR liability under Articles 152 and 96 LISR. Third, the certificate documents any subsidio para el empleo (employment subsidy) credits applied under Article 94 LISR and the Decreto del Subsidio para el Empleo, which reduce the effective tax burden on low-income workers.
Under the CFDI de nómina regime implemented by the SAT through the Resolución Miscelánea Fiscal, employers must issue electronic payroll receipts (CFDI de nómina versión 4.0 — cfdi:Complemento de Nómina) for every payroll payment. The constancia de retenciones is not itself a CFDI but must be consistent with the CFDI de nómina records in the SAT's tax information database (buzón tributario). Discrepancies between the constancia and the CFDIs de nómina may trigger an automated notification from the SAT requesting clarification or an amended annual declaration.
The Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (RLISR) Article 175 establishes that the constancia must state separately: total salaries and wages (sueldos y salarios); total fees and professional services fees (honorarios) if applicable; overtime (horas extras); year-end bonus (aguinaldo); vacation premium (prima vacacional); profit-sharing (PTU — Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas); and other taxable income components. Exempt income concepts — up to the exempt limits established in Article 93 LISR — must also be identified separately.
For workers who terminate employment during the year, the outgoing employer must issue the constancia de retenciones at the time of termination or no later than 15 February of the following year. The constancia is also required for independent contractors (honorarios asimilados a salarios) and for individuals receiving fees from a single payer where the payer withholds and remits ISR on their behalf under Article 94 LISR.
When an employer undergoes a corporate restructuring — merger (fusión), spin-off (escisión), or change of controlling entity under the Ley General de Sociedades Mercantiles — the successor employer must issue constancias covering the full fiscal year for all transferred workers, correctly reflecting income paid by both the predecessor and successor entities so that workers have the complete annual data needed to file their annual declaration under LISR Article 150.
When Do You Need a ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR)?
An ISR Withholding Certificate Mexico is required in every employment and fee-withholding relationship where ISR has been withheld and remitted to the SAT during a fiscal year. The primary trigger is the annual compliance obligation under LISR Article 99 Fraction III — every employer must issue the constancia by 15 February regardless of whether the employee requests it.
The certificate is needed when an employee files their annual ISR declaration (declaración anual) with the SAT, which is mandatory for workers who: earn income from two or more employers simultaneously during any part of the year; earn annual income exceeding $400,000 MXN; receive income not subject to employer withholding; or receive income from sources other than wages (dividends, rental income, capital gains) during the same fiscal year, under Article 150 LISR. The constancia de retenciones provides the precise data required to complete Form 10 (Declaración Anual de Personas Físicas) in the SAT portal.
The document is needed when an employee resigns, is terminated, or retires during the fiscal year — the employer must issue a proportional constancia reflecting wages paid and ISR withheld through the termination date. When calculating the liquidación (severance) or finiquito (final settlement), the constancia is used to determine the ISR applicable to any preferential payments under Article 96 LISR.
A constancia is required when an employer makes the annual ISR adjustment (ajuste anual de ISR) under Article 97 LISR — a process where the employer recalculates each employee's annual ISR liability using the annual tariff, compares it to provisional monthly withholdings, and either collects any underpayment or refunds any overpayment in the February payroll. The constancia documents the result of this reconciliation for the employee.
The document is also necessary for workers seeking credit from INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) — mortgage applications require wage and withholding verification that the constancia provides. Similarly, applications for Afore (Administradoras de Fondos para el Retiro) voluntary savings withdrawals may require tax documentation of withholdings. Notaries (notarios públicos) processing real estate transactions for salaried buyers routinely request the most recent constancia de retenciones as proof of income and tax compliance.
What to Include in Your ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR)
A valid ISR Withholding Certificate Mexico under LISR Article 99 Fraction III and the Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta Article 175 must contain the following essential elements to satisfy SAT filing requirements and enable accurate annual declaration preparation.
Employer (Retenedor) Identification: The employer's full legal name (razón social or nombre completo for personas físicas), RFC (Registro Federal de Contribuyentes), tax domicile (domicilio fiscal), IMSS Employer Registration Number (Número de Registro Patronal IMSS), and signature of the legal representative or authorised signatory. The RFC must match the RFC registered as the CFDI de nómina issuer in the SAT's CFDI verification system.
Worker (Trabajador / Perceptor) Identification: The employee's full name, RFC with homoclave, CURP (Clave Única de Registro de Población), IMSS Número de Seguridad Social (NSS), and the period covered by the certificate (fiscal year or partial year for mid-year terminations).
Annual Income Breakdown: Detailed listing of all taxable and exempt income paid during the covered period, including: sueldos y salarios gravados (taxable wages); ingresos exentos by concept (aguinaldo exempt up to 30 UMAs under Article 93 Fraction XIV LISR; vacation premium exempt up to 15 UMAs under Article 93 Fraction XI; overtime exempt up to double the ordinary wage for three weeks per year under Article 93 Fraction I); PTU — Participación de los Trabajadores en las Utilidades gravada y exenta; prima dominical; and any other employment income concepts under the payroll CFDI complement.
ISR Withholding Detail: Total ISR withheld (ISR retenido) from monthly payroll; any additional ISR collected in the annual adjustment (diferencia ISR cobrada en ajuste anual); total ISR refunded in the annual adjustment (ISR devuelto en ajuste anual); and net ISR remitted to the SAT through IMSS or direct monthly declarations under Articles 96 and 97 LISR.
Subsidio para el Empleo: Total subsidio para el empleo credited to the worker (subsidio acreditado) and the total subsidio paid by the employer where the credit exceeded actual ISR withholdings — documenting entitlement to reimbursement from the SAT by the employer under the Decreto del Subsidio para el Empleo.
Social Security Deductions: Employee IMSS contributions (cuotas IMSS del trabajador) deducted from wages, broken down by insurance branch (Seguro de Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez — CEAV, Guarderías); INFONAVIT employee contribution (5% of SBC — Salario Base de Cotización); and voluntary AFORE contributions.
Fiscal Year and Signature: The fiscal year (ejercicio fiscal) covered, place and date of issuance, and signatures (or digital seal) of the employer's legal representative and the employee acknowledging receipt. The employee acknowledgment does not constitute agreement that the figures are correct — employees retain the right to dispute discrepancies through the SAT's correction procedures.
Forms-legal.com provides this ISR Withholding Certificate Mexico template as a reference. Employers must ensure their payroll systems generate the constancia directly from CFDI de nómina data and that figures are reconciled with SAT records before issuance — a contador público or payroll specialist (especialista en nómina) should review the certificate before delivery to employees. Related documents include the Recibo de Nómina for individual payroll payment records and the Constancia de Situación Fiscal for verifying employee RFC data required under CFDI 4.0 nómina issuance rules.
Retention Period: Under CFF Article 30, employers must retain copies of all constancias de retenciones issued to workers for a minimum of five fiscal years — the same retention period applicable to CFDI de nómina records, payroll accounting entries, and supporting documentation for ISR withholding calculations. The SAT's Administración General de Fiscalización de Grandes Contribuyentes (AGGC) and regional audit units may request production of constancias and supporting CFDI records in any audit covering the corresponding fiscal years. Digital retention in SAT-compliant electronic accounting systems (contabilidad electrónica) under CFF Article 28 is acceptable, provided the records are accessible in the XML formats required by the SAT's electronic accounting rules.
Cite this page
Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/isr-withholding-certificate-mexico
"ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/isr-withholding-certificate-mexico.
@misc{formslegal-isr-withholding-certificate-mexico,
author = {{Forms Legal}},
title = {ISR Withholding Certificate Mexico (Constancia de Retenciones ISR) (Mexico)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/isr-withholding-certificate-mexico}},
note = {Free legal document template}
}Frequently Asked Questions
Conforme al Artículo 99 Fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los patrones deben expedir la constancia de retenciones a cada trabajador a más tardar el 15 de febrero del año siguiente al ejercicio fiscal en que se pagaron los ingresos y se retuvo el ISR. Por ejemplo, la constancia correspondiente al ejercicio fiscal 2025 (1 de enero al 31 de diciembre de 2025) debe entregarse a cada empleado antes del 15 de febrero de 2026. La Resolución Miscelánea Fiscal del SAT confirma este plazo anualmente. Para los trabajadores que se separan del empleo durante el ejercicio fiscal, el patrón debe expedir la constancia al momento de la terminación o antes del plazo del 15 de febrero — lo que ocurra primero — para que el trabajador pueda presentar oportunamente su declaración anual. Los patrones que no expidan la constancia dentro del plazo enfrentan sanciones conforme al Artículo 83 Fracción VII del Código Fiscal de la Federación (CFF), incluyendo multas de $15,430 a $49,000 MXN por ocurrencia conforme al Artículo 84 CFF, más posibles notificaciones de la división de auditoría de cumplimiento del SAT por incumplimiento sistemático.
La constancia de retenciones ISR es el documento fuente principal que los trabajadores asalariados utilizan para completar su declaración anual del ISR (declaración anual de personas físicas) conforme al Artículo 150 de la LISR. El servicio de declaración anual prellenada del SAT, accesible a través del Portal del SAT en sat.gob.mx, incorpora automáticamente los datos de los CFDI de nómina emitidos por el patrón — pero los trabajadores deben verificar que los datos prellenados coincidan con su constancia de retenciones, ya que los errores en los CFDI o los CFDI emitidos tardíamente pueden causar discrepancias. La declaración anual permite al trabajador reclamar deducciones personales más allá de la deducción estándar por empleo — incluyendo gastos médicos, honorarios de dentista, hospitales, gastos funerales, intereses hipotecarios, donativos y aportaciones obligatorias a pensión — usando CFDI como documentación de soporte conforme a los Artículos 151 y 152 LISR. Los trabajadores obligados a presentar la declaración anual deben hacerlo antes del 30 de abril del ejercicio fiscal siguiente. La constancia también la utilizan los trabajadores que reclaman crédito por ISR pagado en exceso a través de la retención patronal — el exceso de ISR aparece como saldo a favor en la declaración.
El subsidio para el empleo es un subsidio fiscal establecido por el Decreto por el que se otorga el Subsidio para el Empleo (publicado en el Diario Oficial de la Federación) que reduce o elimina la carga del ISR para los trabajadores asalariados de bajos ingresos en México. Conforme a las tablas del subsidio establecidas en el Decreto, los trabajadores con salarios mensuales por debajo de aproximadamente $10,461 MXN (el umbral aplicable cambia anualmente) tienen derecho a un crédito contra su retención del ISR. Si el crédito del subsidio supera el ISR calculado sobre los salarios del trabajador, el patrón debe pagar la diferencia directamente al trabajador como subsidio en efectivo a través de la nómina — el patrón recupera entonces este monto acreditándolo contra las retenciones del ISR enteradas al SAT. La constancia de retenciones debe revelar por separado: el subsidio para el empleo total acreditado al trabajador durante el año (subsidio acreditado); el subsidio total efectivamente pagado en efectivo al trabajador donde el crédito superó el ISR (subsidio pagado en efectivo); y si el patrón ejerció su derecho de reembolso ante el SAT. Los trabajadores que reciben el subsidio deben verificar que las cifras de la constancia coincidan con los montos reflejados en sus CFDI de nómina para confirmar el tratamiento correcto en su declaración anual.
Sí; las entidades que pagan honorarios a contratistas independientes (honorarios profesionales) y retienen ISR sobre esos pagos conforme al artículo 96 o al artículo 106 de la Ley del Impuesto sobre la Renta también están obligadas a emitir una constancia de retenciones a cada contratista. La obligación abarca a: las personas físicas que reciben honorarios asimilados a salarios, cuando el pagador retiene ISR a las tasas de retención de salarios conforme al artículo 94 de la LISR; los prestadores de servicios sujetos a la retención de ISR del 10% sobre honorarios profesionales conforme al artículo 106 de la LISR; y las personas físicas que reciben honorarios por el uso de propiedad intelectual (derechos de autor) sujetos a retención conforme al artículo 133 de la LISR. La constancia por honorarios difiere de la constancia de empleo en que debe especificar la categoría del ingreso, la tasa de retención aplicable y si el receptor está inscrito en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) o en el régimen general de actividad empresarial y profesional. Los contratistas que reciben honorarios de varios clientes deben reunir las constancias de cada pagador y conciliar el total de las retenciones contra su ISR anual a cargo en la declaración anual, pudiendo solicitar la devolución del excedente de retenciones o pagar ISR adicional si las retenciones fueron insuficientes.
Si el patrón descubre un error en la constancia de retenciones después de emitirla —ya sea por un RFC incorrecto, la cancelación de un CFDI de nómina, un subsidio mal calculado o cualquier otra discrepancia—, el patrón debe emitir una constancia corregida (sustitutiva) y entregarla al trabajador afectado antes de la fecha límite del 15 de febrero, de ser posible, o tan pronto como se identifique el error. El patrón también debe corregir los registros subyacentes del CFDI de nómina mediante el procedimiento de cancelación y reexpedición de CFDI del SAT, que requiere una solicitud de cancelación a través del portal del SAT y la emisión de un CFDI sustituto. Si el trabajador ya presentó su declaración anual con base en los datos incorrectos de la constancia, puede presentar una declaración complementaria conforme al artículo 32 del CFF para corregir el error. Los trabajadores que consideren que la constancia contiene errores que el patrón se niega a corregir pueden presentar una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), que ofrece servicios gratuitos de ombudsman fiscal y puede mediar las controversias entre los contribuyentes y sus retenedores, o iniciar una reclamación ante el SAT a través de los procedimientos administrativos establecidos.
No emitir la constancia de retenciones de ISR antes de la fecha límite del 15 de febrero establecida en el artículo 99, fracción III, de la LISR constituye una infracción conforme al artículo 83, fracción VII, del Código Fiscal de la Federación (CFF). El SAT puede imponer una multa de $15,430 a $49,000 MXN por cada trabajador afectado por no emitir la constancia a tiempo o por emitirla con datos materialmente incorrectos, conforme al artículo 84 del CFF. Para el incumplimiento sistemático que afecte a varios trabajadores, las multas agregadas pueden ser cuantiosas. Además, no proporcionar la constancia puede obstruir la capacidad del trabajador de presentar su declaración anual y solicitar devoluciones de impuestos, lo que expone al patrón a reclamaciones de responsabilidad civil por daños. La Administración General de Servicios al Contribuyente (AGSC) del SAT también usa el cruce de información del CFDI de nómina para identificar a los patrones que no han emitido constancias congruentes con los registros del CFDI de nómina; los patrones pueden recibir una carta invitación para regularizar su situación antes de la determinación formal. Los patrones pueden solicitar una reducción de las multas de hasta el 100% conforme al artículo 70-A del CFF si la infracción se corrige antes de la notificación de una auditoría formal y el patrón no tiene infracciones previas en los tres años anteriores.
La constancia de retenciones de ISR y el CFDI de nómina son documentos fiscales complementarios pero distintos. El CFDI de nómina (versión 4.0 del complemento de nómina) es una factura electrónica emitida por cada pago individual de nómina —semanal, quincenal o mensual— a lo largo del ejercicio fiscal, y se presenta al SAT en tiempo real a través de un proveedor autorizado de certificación (PAC). La constancia de retenciones es un documento de resumen anual que agrega todos los datos del CFDI de nómina de un trabajador a lo largo de todo el ejercicio fiscal. Conforme a los sistemas de conciliación del SAT, las cifras de la constancia deben coincidir con los totales acumulados de todos los registros de CFDI de nómina emitidos para ese trabajador en la base de datos de contabilidad electrónica del SAT. Cuando existen discrepancias —por cancelaciones, correcciones o pagos de bonos procesados fuera del ciclo normal de nómina—, el patrón debe conciliar estas diferencias antes de emitir la constancia. La herramienta de declaración anual prellenada del SAT lee los datos del CFDI de nómina directamente, lo que hace que los CFDI exactos sean la base de todo el sistema de certificación de retenciones. Los patrones que emiten los CFDI de nómina a través de proveedores autorizados como Timbrado SAT, Edisoft o FACTURAR deben asegurar que su software de nómina genere constancias automáticamente conciliadas con el libro de CFDI, para evitar errores manuales en la emisión de la constancia de febrero.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
Found an error? Let us knowRelated Documents
You may also find these documents useful:
Recibo de Nómina México
Recibo de Nómina para México — regulado por la Ley Federal del Trabajo art. 132-fracc.VII y la LISR art. 99, que documenta todas las percepciones salariales, deducciones de ISR e IMSS y el neto a pagar a cada trabajador, conforme al estándar CFDI 4.0 del SAT.
Constancia de Situación Fiscal México (CFF art. 32-D)
Constancia de Situación Fiscal para México — conforme al Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Certifica el RFC, régimen fiscal, domicilio fiscal y estado de cumplimiento del contribuyente ante el SAT. Requerida para contratos de gobierno, emisión de CFDI versión 4.0 y validación de proveedores.
Declaración de Salario Diario Integrado México
Formulario de Declaración de Salario Diario Integrado para México — regido por el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y el artículo 27 de la Ley del Seguro Social (LSS), que documenta el cálculo completo del SDI para las obligaciones de reporte ante el IMSS, el INFONAVIT y el SAT.
Carta de Terminación de Contrato México
Carta de Terminación de Contrato para México — conforme a los Artículos 1792–1858 del Código Civil Federal, pone fin formalmente a un contrato civil o mercantil con el período de preaviso requerido, resumen de obligaciones pendientes y consecuencias legales bajo el derecho contractual mexicano.