ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados)
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE ISR PARA ASALARIADOS
Servicio de Administración Tributaria (SAT)
Fundamento legal: Código Fiscal de la Federación art. 22; Ley del ISR art. 97
I. DATOS DEL CONTRIBUYENTE
Nombre Completo: [Taxpayer Name]
RFC: [Taxpayer RFC]
CURP: [Taxpayer CURP]
Domicilio Fiscal: [Taxpayer Address]
CLABE Interbancaria para Depósito: [Bank CLABE]
II. DATOS DE LA DEVOLUCIÓN SOLICITADA
Ejercicio Fiscal: [Fiscal Year]
Monto del Saldo a Favor: [Refund Amount]
Folio / Número de Acuse de la Declaración Anual: [Declaration Folio]
Origen del Saldo a Favor: [Refund Reason]
III. DATOS DEL PATRÓN E INGRESOS
Patrón(es): [Employer Name]
Ingresos Totales por Salarios en el Ejercicio: [Total Wages]
ISR Total Retenido por el Patrón: [Total ISR Withheld]
IV. DEDUCCIONES PERSONALES APLICADAS (Art. 151 LISR)
Honorarios Médicos y Dentales (CFDI en RFC del contribuyente): [Medical Expenses]
Intereses Reales Hipotecarios Pagados: [Mortgage Interest]
Colegiaturas (Decreto Presidencial): [Tuition Fees]
Aportaciones Complementarias a AFORE / Plan Personal de Retiro: [Retirement Savings]
Todas las deducciones están respaldadas por CFDI (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) emitidos al RFC del contribuyente. Las facturas se ponen a disposición del SAT conforme al Artículo 22 del CFF en caso de requerimiento.
V. FUNDAMENTO LEGAL Y DECLARACIÓN
Con fundamento en el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación y el Artículo 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el contribuyente [Taxpayer Name], RFC [Taxpayer RFC], solicita respetuosamente al Servicio de Administración Tributaria la devolución del saldo a favor de ISR por la cantidad de [Refund Amount] correspondiente al ejercicio fiscal [Fiscal Year], generado conforme a la declaración anual presentada con folio [Declaration Folio].
Se solicita que el importe correspondiente sea depositado en la cuenta CLABE [Bank CLABE] registrada en el Buzón Tributario del contribuyente, dentro del plazo de 40 días hábiles establecido en el Artículo 22 CFF. En caso de requerimiento de información (Art. 22 CFF), el contribuyente se compromete a responder dentro del plazo señalado por la autoridad.
A [Application Date], en [Application City].
___________________________________
[Taxpayer Name]
RFC: [Taxpayer RFC]
Contribuyente Solicitante
Trámite electrónico en: sat.gob.mx — Declaración Anual de Personas Físicas (opción Devolución Automática)
Plazo SAT: 40 días hábiles (Art. 22 CFF) / 10–20 días para devolución automática
Taxpayer
________________
Signature
What Is a ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados)?
An ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados) is the formal application filed with the Servicio de Administración Tributaria (SAT) by a salaried worker (trabajador asalariado) or their employer on their behalf, requesting reimbursement of Impuesto sobre la Renta (ISR — income tax) that was over-withheld from the worker's wages during the fiscal year. The refund mechanism is governed by Article 22 of the Código Fiscal de la Federación (CFF), published in the DOF on 31 December 1981 and continuously reformed, and Article 97 of the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), published in the DOF on 11 December 2013.
Under Article 94 of the LISR, employers (patrones) acting as withholding agents (agentes de retención) are legally required to withhold ISR from their employees' wages each payroll period using the monthly tax tables (tarifas mensuales) published by the SAT, adjusted for any deductions (deducciones personales) declared by the worker at the beginning of the year. Article 96 LISR requires employers to calculate and apply the annual ISR adjustment (ajuste anual del ISR) in December of each year or upon termination — comparing the total ISR withheld during the year against the worker's actual annual tax liability using the annual tax rate table (tarifa anual del ISR). Where the employer's calculation shows that total withholdings exceed the actual annual liability, the employer must return the excess to the worker through the December payroll under Article 97 LISR.
However, circumstances arise where the worker must file directly with the SAT for a refund rather than receiving the adjustment from the employer. Article 97 LISR specifies that workers must file their own annual ISR declaration (declaración anual de personas físicas — ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado) with the SAT when: they received income from two or more employers simultaneously during the year (ingresos de dos o más patrones simultáneamente); they received non-wage income in addition to salary (ingresos además del salario — dividends, leasing income, professional fees); they received income from an employer not obligated to make withholdings under LISR; they ceased employment before the annual adjustment was completed; or the worker chooses to file a voluntary annual declaration to apply deductions (deducciones personales autorizadas) not previously declared to the employer.
Authorized personal deductions (deducciones personales) under Article 151 LISR that frequently generate ISR refund entitlements for wage earners include: medical and dental fees (honorarios médicos y dentales); hospital expenses and prescription medications; funeral expenses for close relatives; required charitable donations (donativos a instituciones autorizadas por el SAT); mortgage interest (intereses reales de créditos hipotecarios); complementary retirement savings (aportaciones complementarias a AFORE o planes personales de retiro); transportation for disability; and education tuition fees from primary through university level (colegiaturas hasta el límite establecido en el Decreto Presidencial). These deductions — which must be documented with valid CFDIs (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) — reduce the worker's taxable base and frequently generate a refund when applied in the annual declaration.
The SAT processes ISR refund requests for wage earners through the Declaración Anual de Personas Físicas portal at sat.gob.mx — the system is pre-populated with information from CFDIs issued to the taxpayer, IMSS contribution records, and INFONAVIT mortgage interest data, significantly simplifying the annual declaration process. The SAT's automatic pre-populated declaration system (Declaración Anual Pre-llenada) has substantially reduced errors and reduced average processing times for wage earner refunds.
When Do You Need a ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados)?
An ISR Tax Refund Request for Wage Earners Mexico under CFF Article 22 and LISR Article 97 is needed in several defined circumstances where the ISR withheld from a worker's wages during the fiscal year exceeds their actual annual income tax liability.
The refund application is required — and the worker is legally obligated to file an annual declaration — when the worker received wages from two or more employers simultaneously during the same fiscal year (ingresos simultáneos de dos patrones). When two employers each apply the full monthly ISR tables to the worker's respective salary without coordination, total withholdings commonly exceed the worker's actual annual liability under the progressive rate table (tarifa anual). The worker must file an annual declaration (declaración anual) to reconcile the total income, apply the correct annual rate, and claim a refund for the excess.
The solicitud de devolución is needed when a worker exercised their right to apply personal deductions (deducciones personales autorizadas under Article 151 LISR) in their annual declaration that were not previously reported to the employer for the monthly withholding calculation. Deductions for medical expenses, mortgage interest, school tuition, and complementary retirement savings are particularly common sources of year-end refunds — workers who make significant deductible expenditures during the year should plan to file their annual declaration to recover the ISR over-withheld from their paycheck.
The refund request is necessary when a worker was terminated during the year and the employer failed to perform the annual ISR adjustment (cálculo del ajuste anual) before issuing the final finiquito, as required by Article 97 LISR. In this case, the worker must file their own annual declaration by April 30 of the following year (for wage-only income) to claim the refund corresponding to the unused annual deduction (límite inferior de la tarifa anual) that accrued during the months the worker was not employed.
For workers who also received employment subsidies (subsidio para el empleo) during the year — a monthly payment made by employers to low-income workers and credited against their ISR obligation under the Decreto del Subsidio para el Empleo — the annual reconciliation frequently shows a credit balance in favor of the worker. The subsidio para el empleo system interacts with ISR withholding in ways that require careful annual calculation, and many workers at or near the minimum wage receive ISR refunds each year as a result.
The application is also needed by workers who received year-end bonuses (bonos de fin de año), PTU profit-sharing distributions, or other non-recurring income items that were withheld at higher rates in the month of payment but, when spread over the full annual taxable base, generate a lower overall effective rate entitling the worker to a refund. Under Article 96 LISR, employers apply a simplified withholding calculation for one-time payments using the factor of monthly income — but the actual annualized rate may be lower, particularly for workers who received PTU tax-exempt amounts under Article 93 Section XIV LISR.
Article 22 CFF establishes that the SAT must resolve refund requests within forty working days of receiving the complete application — failure to resolve within this period generates an automatic refusal (negativa ficta) that can be challenged before the Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) or through an amparo proceeding. The SAT may request additional documentation (requerimiento de información) within the forty-day period, which suspends the timeline until the worker responds. La Suprema Corte de Justicia de la Nación y los Tribunales Colegiados de Circuito han emitido tesis jurisprudenciales sobre la interpretación de este tipo de documento. El Registro Público de la Propiedad y de Comercio inscribe actos que afectan derechos reales. La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) supervisan aspectos complementarios.
What to Include in Your ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados)
A valid ISR Tax Refund Request for Wage Earners Mexico under CFF art. 22 and LISR art. 97 requires the following elements for the SAT to accept and process the refund application.
Taxpayer Identification: The worker's RFC (Registro Federal de Contribuyentes) — a mandatory identifier for all SAT transactions. Workers who do not yet have an RFC must register with the SAT through the portal sat.gob.mx (using the CURP as the basis) before filing the refund request. The RFC for natural persons consists of thirteen characters: ten derived from the name and birth date (same structure as the first ten CURP characters) plus a three-character homoclave assigned by the SAT. The worker's CURP, full legal name, and tax domicile (domicilio fiscal) registered in the SAT's Padrón de Contribuyentes must match the information in the annual declaration.
Annual Declaration (Declaración Anual de Personas Físicas): A completed and submitted annual ISR declaration for the fiscal year in question, filed through the SAT portal at sat.gob.mx. The annual declaration must reflect total wages received from all employers during the year (ingresos acumulables por salarios), total ISR withheld by all employers (retenciones de ISR), and all authorized personal deductions (deducciones personales) supported by valid CFDIs. The SAT's pre-populated declaration system (Declaración Pre-llenada) automatically loads CFDI data from the worker's tax inbox (buzón tributario) — workers should verify the pre-loaded data for accuracy and add any missing items before submitting.
Constancias de Percepciones y Retenciones (Employer Withholding Statements): For each employer from whom wages were received during the fiscal year, the worker must provide the annual Constancia de Percepciones y Retenciones (Form 37 equivalent) issued by the employer under Article 99 Fraction III LISR. This document details total wages paid, total ISR withheld, and total subsidio para el empleo credited during the year. Employers are required to issue this constancia no later than 15 February of the following year — workers who have not received it by that date should contact the employer's HR department.
CFDI Nómina Records: Copies (digital records from the SAT buzón tributario) of the CFDIs de nómina issued by each employer during the year — each payroll receipt (recibo de nómina) is a CFDI stamped by the SAT through an authorized PAC (Proveedor Autorizado de Certificación). The SAT system automatically links CFDI nómina records to the worker's RFC, so workers who use the SAT's Declaración Pre-llenada system will find their wage income already populated from these records.
Personal Deduction CFDIs: Original CFDIs (Comprobantes Fiscales Digitales por Internet) supporting each personal deduction claimed under Article 151 LISR — medical and dental invoices (facturas médicas) issued by licensed professionals with cédula profesional, hospital receipts, mortgage interest certificate from the lending institution (constancia de intereses reales pagados), educational tuition invoices (facturas de colegiaturas), funeral service invoices, and donation receipts from SAT-authorized donatarias autorizadas. All deduction-supporting CFDIs must be issued in the worker's RFC — CFDIs issued to other family members are only deductible under specific rules for certain medical expense categories.
Bank Account for Refund Deposit (CLABE Interbancaria): The worker's eighteen-digit CLABE (Clave Bancaria Estandarizada) for the bank account designated to receive the refund. The SAT will only deposit refunds to a bank account registered in the worker's name at the RFC used for the refund request — refunds cannot be directed to third-party accounts. Workers must register their CLABE in the SAT portal before or during the refund application process through the Datos de Contacto section of Servicios del Portal SAT.
Forms-legal.com provides this ISR Tax Refund for Wage Earners Mexico template as a practical preparation guide for workers navigating the annual SAT declaration and refund process. The SAT's Declaración Anual service for wage earners is available from 1 April through 30 April each year for income received in the previous fiscal year — filing before the April 30 deadline is important to avoid late filing penalties. Workers are encouraged to consult a Contador Público or fiscalista for guidance on maximizing authorized deductions and ensuring the declaration is filed correctly, particularly when multiple employers, multiple income sources, or complex deduction situations are involved.
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Forms Legal. (2026). ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/isr-tax-refund-wage-earner-mexico
"ISR Tax Refund for Wage Earner Mexico (Solicitud de Devolución de ISR para Asalariados) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/government/tax-forms/isr-tax-refund-wage-earner-mexico.
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}Frequently Asked Questions
Conforme al artículo 97 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, un trabajador asalariado en México tiene derecho a una devolución de ISR cuando el total de ISR retenido por su patrón o patrones durante el ejercicio fiscal excede su impuesto sobre la renta anual real, calculado con la tarifa anual del artículo 152 de la LISR. Entre las situaciones comunes que generan derecho a devolución se encuentran: dos o más patrones simultáneos que aplican cada uno las tablas de retención mensual completas sin coordinación, lo que resulta en una retención agregada en exceso; deducciones personales conforme al artículo 151 de la LISR por gastos médicos, intereses hipotecarios, colegiaturas o ahorro para el retiro que no se reportaron al patrón con antelación y, por tanto, no se consideraron en el cálculo de la retención mensual; la terminación a mitad de año antes de aplicar el ajuste anual de diciembre; la aplicación del subsidio para el empleo que genera un saldo de crédito neto; y la recepción de aguinaldos o reparto de PTU de fin de año retenidos a tasas mensuales más altas que la tasa anual efectiva. Los trabajadores que no presentan una declaración anual con frecuencia dejan dinero sobre la mesa: el SAT estima que millones de asalariados con derecho legítimo a devolución no presentan declaración anual cada año.
La declaración anual de ISR de los asalariados en México se presenta a través del portal del SAT en sat.gob.mx entre el 1 y el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal que se declara. El proceso requiere el RFC del trabajador, su e.firma (firma electrónica) o Contraseña (clave de acceso al SAT) y el acceso al portal del SAT. La declaración se presenta a través de la aplicación DeclaraSAT o Declaración Prellenada, que importa de forma automática los datos de ingresos a partir de los CFDI de nómina registrados en el RFC del trabajador y los datos de deducciones a partir de los CFDI registrados a su nombre. El trabajador revisa y complementa los datos precargados, captura las deducciones personales (con los datos de los CFDI de respaldo) y presenta la declaración. Si el resultado calculado muestra un saldo a favor del contribuyente, el trabajador captura su CLABE interbancaria y solicita la devolución en la misma declaración. El SAT procesa las devoluciones dentro de cuarenta días hábiles conforme al artículo 22 del CFF: la mayoría de las devoluciones sencillas de asalariados se resuelven dentro de diez a veinte días hábiles a través del sistema de devolución automática. Los trabajadores deben verificar que su CLABE esté registrada en el sistema del SAT antes de presentar la declaración: las CLABE no registradas provocan fallas en el procesamiento de la devolución.
El artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece las deducciones personales autorizadas que los asalariados pueden aplicar en su declaración anual de ISR para reducir su base gravable y generar o incrementar el monto de la devolución. Los principales conceptos deducibles son: los gastos médicos, dentales y hospitalarios (honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios) pagados a profesionistas con cédula, limitados al 15% del ingreso anual total o a cinco veces la UMA anual, lo que resulte menor; los medicamentos con receta aprobados documentados en el recibo oficial del hospital; el transporte escolar obligatorio y las colegiaturas desde nivel primaria hasta preparatoria conforme a los límites del Decreto Presidencial publicados anualmente por el SAT; los gastos funerarios del cónyuge, hijos, padres o hermanos hasta por una UMA anual; los intereses hipotecarios de la vivienda principal del trabajador (intereses reales pagados, documentados mediante el certificado anual de intereses del otorgante del crédito); las aportaciones complementarias para el retiro a la AFORE, la SIEFORE o los planes personales de retiro hasta por el 10% del ingreso anual o cinco UMA anuales; y los donativos autorizados a donatarias autorizadas registradas ante el SAT. Todas las deducciones deben ampararse con CFDI válidos emitidos a nombre del RFC del trabajador: los pagos en efectivo sin CFDI no son deducibles, sin importar la naturaleza del gasto.
Conforme al artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, el SAT cuenta con cuarenta días hábiles a partir de la fecha de la solicitud de devolución completa para procesar y depositar la devolución. Para los asalariados que presentan la declaración anual con la opción de devolución automática, el SAT por lo general procesa las devoluciones dentro de diez a veinte días hábiles —notablemente más rápido que el máximo legal— porque el sistema valida de forma automática los datos de la declaración contra la base de datos de CFDI del SAT antes de aprobar la devolución. Si el SAT detecta discrepancias en los datos de la declaración o requiere documentación adicional, emite un requerimiento de información dentro del plazo de cuarenta días: responder al requerimiento dentro del plazo señalado es esencial para no perder la solicitud de devolución. Los trabajadores que no reciban su devolución dentro de sesenta días naturales tras presentar la declaración deben revisar el estatus en la sección de Seguimiento de Trámites del portal del SAT usando el número de folio asignado al presentar la declaración. Si el SAT niega la devolución, los trabajadores tienen treinta días para interponer un recurso de revocación conforme al artículo 116 del CFF o una queja ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), una agencia federal de defensa del contribuyente que brinda asistencia jurídica gratuita en las controversias con el SAT.
Los asalariados (personas físicas con ingresos exclusivamente por salarios) obligados a presentar una declaración anual de ISR deben hacerlo entre el 1 y el 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal que se declara, de modo que la declaración por los ingresos del ejercicio fiscal 2024 debe presentarse entre el 1 de abril de 2025 y el 30 de abril de 2025. Incumplir el plazo del 30 de abril no impide presentar la declaración —el SAT acepta declaraciones extemporáneas— pero puede dar lugar a actualizaciones por inflación y a recargos por mora calculados sobre cualquier impuesto a cargo (no sobre las devoluciones). Para los trabajadores que presentan la declaración únicamente para reclamar un saldo a favor sin impuesto a cargo, la presentación extemporánea no genera sanciones: el único riesgo es que el plazo de prescripción de la devolución conforme al artículo 146 del CFF comienza a correr a partir de la fecha en que surgió el derecho a la devolución, por lo que las demoras significativas en la presentación pueden poner en riesgo el derecho a la devolución de ejercicios fiscales más antiguos. Los trabajadores obligados a presentar la declaración —aquellos con patrones simultáneos, ingresos distintos a los salarios o declaraciones requeridas— deben presentarla a más tardar el 30 de abril para evitar posibles sanciones. Los declarantes voluntarios (trabajadores que tuvieron un solo patrón y sin deducciones, pero que desean aplicar deducciones personales) no tienen un plazo obligatorio, pero deben presentar la declaración antes de que venza el plazo de prescripción de cinco años.
El subsidio para el empleo es un beneficio mensual en efectivo otorgado a los asalariados de bajos ingresos en México conforme al Decreto por el que se otorga el Subsidio para el Empleo, publicado en el DOF el 11 de diciembre de 2013 y anexo a la LISR. Los trabajadores que ganan hasta aproximadamente $11,000 MXN al mes califican para el subsidio, que va de cero a $407.02 MXN al mes según la banda de ingreso mensual del trabajador (tablas del subsidio para el empleo). El subsidio funciona como un crédito contra la obligación de retención de ISR: si el ISR mensual calculado del trabajador es menor que el monto del subsidio, el patrón debe pagar la diferencia al trabajador, lo que constituye en efecto un complemento salarial del gobierno. Si el ISR excede el subsidio, el patrón aplica el subsidio como una compensación parcial y retiene solo el ISR neto. En la declaración anual, el total del subsidio para el empleo acreditado durante el año se concilia contra la obligación anual real del trabajador: los trabajadores que recibieron el subsidio pero tuvieron un ingreso mayor al esperado en el año pueden tener que devolver una parte, mientras que los trabajadores que cambiaron de empleo durante el año pueden encontrar que el subsidio combinado de ambos patrones excedió el límite anual, generando un saldo a favor del SAT en lugar del trabajador. Una preparación cuidadosa de la declaración anual es importante para los trabajadores en el rango del subsidio a fin de determinar la posición anual correcta.
Conforme al artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, los patrones pueden —con la autorización por escrito de sus empleados— presentar la declaración anual de ISR en nombre de los empleados que recibieron exclusivamente ingresos por salario de ese único patrón durante el ejercicio fiscal. Este ajuste anual a cargo del patrón se realiza comúnmente en diciembre a través de la nómina ordinaria conforme al artículo 97 de la LISR: el patrón calcula el ISR anual a cargo de cada empleado, lo compara con el total de retenciones y devuelve el excedente a través de la nómina de diciembre o retiene cualquier monto adicional adeudado. Cuando el patrón realiza el ajuste anual, los empleados en este escenario de patrón único no están obligados a presentar su propia declaración anual ante el SAT: el ajuste del patrón sirve como el cálculo anual final del ISR. Sin embargo, incluso en este caso, los trabajadores que tienen deducciones personales conforme al artículo 151 de la LISR que no reportaron al patrón no pueden beneficiarse de esas deducciones a través del ajuste patronal: deben presentar su propia declaración anual a través del portal del SAT para aplicar las deducciones y reclamar la devolución resultante. Los trabajadores que reciben el ajuste anual del patrón en la nómina de diciembre pero que también tienen deducciones personales no reportadas pueden aún presentar su propia declaración anual a más tardar el 30 de abril para reclamar la devolución adicional generada por las deducciones.
La PRODECON (Procuraduría de la Defensa del Contribuyente) es el ombudsman federal del contribuyente, establecido conforme a la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, publicada en el DOF el 4 de septiembre de 2006, para proteger los derechos de los contribuyentes en sus interacciones con el SAT y otras autoridades fiscales federales. Los servicios de la PRODECON son gratuitos y están disponibles para todos los contribuyentes, incluyendo los asalariados que buscan devoluciones de ISR. La PRODECON puede asistir con: la interposición de un recurso de revocación contra una negativa de devolución del SAT; la representación del contribuyente ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) en los casos en que la negativa de devolución del SAT se confirme en la instancia administrativa; la mediación de procedimientos de queja contra funcionarios del SAT que demoran o niegan de forma indebida las solicitudes de devolución; y la asesoría jurídica (consulta) sobre los derechos a devolución y los procedimientos de declaración. Los trabajadores que consideren que su devolución de ISR fue negada de forma incorrecta por el SAT deben contactar a la PRODECON dentro de los treinta días siguientes a recibir la resolución de negativa: el plazo de treinta días para el recurso de revocación conforme al artículo 116 del CFF se aplica de forma estricta. Las oficinas de la PRODECON se ubican en la Ciudad de México y en oficinas regionales en las principales ciudades de México; los servicios también están disponibles en línea en prodecon.gob.mx.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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