Patent Registration Application SIC Colombia (Solicitud de Registro de Patente)
Decisión Andina 486 de 2000 (Arts. 14–84) — Superintendencia de Industria y Comercio
SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTE
SOLICITUD DE REGISTRO DE PATENTE
Superintendencia de Industria y Comercio — SIC
Decisión Andina 486 de 2000
[Ciudad], [Fecha]
Señores
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO
Grupo de Trabajo de Patentes
1. DATOS DEL SOLICITANTE
1. DATOS DEL SOLICITANTE / TITULAR
Nombre / Razón social: [Nombre del Solicitante]
C.C. / NIT: [C.C./NIT]
Nacionalidad / País: [Nacionalidad]
Dirección: [Dirección]
Correo electrónico: [Correo]
2. DATOS DEL INVENTOR
2. DATOS DEL INVENTOR
Nombre: [Nombre del Inventor]
C.C.: [C.C. Inventor]
Relación con el solicitante: [Relación Inventor-Solicitante]
3. DATOS DE LA INVENCIÓN
3. DATOS DE LA INVENCIÓN
Título de la invención: [Título de la Invención]
Tipo de patente solicitada: [Tipo de Patente]
Campo técnico: [Campo Técnico]
Resumen técnico:
[Resumen de la Invención]
La invención descrita cumple con los requisitos de patentabilidad establecidos en los Artículos 14 a 27 de la Decisión Andina 486 de 2000: novedad, nivel inventivo y aplicación industrial.
4. PETICIÓN
4. PETICIÓN
Solicito a la Superintendencia de Industria y Comercio:
5. Admitir la solicitud de [Tipo de Patente] para la invención titulada: [Título de la Invención].
6. Practicar el examen de forma (Art. 42 Decisión 486) y el examen de fondo (Arts. 45–55 Decisión 486).
7. Publicar la solicitud en la Gaceta de la Propiedad Industrial conforme al Art. 44 de la Decisión 486.
8. Expedir el título de patente con la protección territorial en Colombia por el término legal correspondiente.
Atentamente,
[Nombre del Solicitante]
[C.C./NIT]
Solicitante / Representante Legal
________________
Signature
What Is a Patent Registration Application SIC Colombia (Solicitud de Registro de Patente)?
A Patent Registration Application SIC Colombia (Solicitud de Registro de Patente ante la Superintendencia de Industria y Comercio) is the formal petition to Colombia's intellectual property authority to obtain exclusive rights over a new invention or utility model, granting the patent holder a temporary monopoly on the manufacture, use, sale, and importation of the patented technology within Colombian territory. Patent protection in Colombia is governed by Decisión 486 de 2000 of the Comunidad Andina de Naciones (CAN) — the same supranational regime that governs trademarks — which takes direct precedence over national law and creates harmonised patent protection across Bolivia, Colombia, Ecuador, and Peru. The Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) is the competent authority for patent examination, grant, and post-grant proceedings.
Colombia recognises two main categories of patents under Decisión 486. Invention patents (patentes de invención) under Articles 14-45 protect novel, inventive, and industrially applicable inventions in all fields of technology — covering products, processes, methods, compositions of matter, and combinations thereof. To qualify, an invention must be new (novedad — not previously disclosed anywhere in the world), involve an inventive step (nivel inventivo — not obvious to a person skilled in the art), and be capable of industrial application (aplicación industrial — capable of being made or used in any kind of industry). Invention patents are granted for 20 years from the filing date, non-extendable, under Decisión 486 Article 50. Utility model patents (patentes de modelo de utilidad) under Articles 81-85 protect functional improvements to existing tools, devices, instruments, or mechanisms that provide practical utility advantages — a lower inventive threshold than invention patents. Utility models are protected for 10 years from the filing date.
Colombia has been a member of the Patent Cooperation Treaty (PCT) since its ratification through Ley 463 de 1998, allowing Colombian inventors to file international patent applications through WIPO designating Colombia and other PCT member countries simultaneously. The Colombian national phase of PCT applications is processed by the SIC as the designated office. Colombia is also party to the Paris Convention for the Protection of Industrial Property (Convenio de París), ratified through Law 178 de 1994, enabling priority claims from prior foreign patent applications within 12 months. Forms-legal.com provides a template to guide inventors and companies through the complex SIC application documentation requirements.
When Do You Need a Patent Registration Application SIC Colombia (Solicitud de Registro de Patente)?
A Patent Registration Application SIC Colombia becomes necessary whenever an inventor, research team, or company has developed a new technical solution — whether a product, process, method, or functional improvement — that meets the patentability criteria and for which exclusive market rights are commercially valuable. Filing urgency is created by the absolute novelty requirement of Decisión 486 Article 16: any prior public disclosure of the invention anywhere in the world — including scientific publications, conference presentations, trade show demonstrations, or commercial sales — destroys novelty and prevents patent protection, unless the disclosure was made by the inventor within the 12-month grace period (período de gracia) before the Colombian filing date under Decisión 486 Article 17.
Key situations requiring patent applications include: technology companies in Colombia's growing tech ecosystem (Medellín's Distrito de Innovación, Bogotá's Centro de Innovación) developing proprietary software-implemented inventions, hardware innovations, or telecommunications solutions; pharmaceutical and biotechnology companies conducting research under agreements with Colombian research institutions such as Minciencias through the National System of Science, Technology and Innovation (SNCCTI) framework; agricultural technology developers working with Colombia's biodiversity-rich environment under the Convention on Biological Diversity (CBD) — Colombia ratified the CBD and the Nagoya Protocol through Law 1159 de 2007 and must comply with access and benefit-sharing obligations when patenting inventions derived from Colombian genetic resources or traditional knowledge; and companies seeking to establish freedom to operate in Colombia by filing defensive patents.
Colombian universities and research institutes (Universidad Nacional de Colombia, Universidad de Antioquia, Universidad de los Andes, SENA's research divisions) are increasingly active patent filers under Minciencias programmes that incentivise technology transfer from public research to the private sector.
What to Include in Your Patent Registration Application SIC Colombia (Solicitud de Registro de Patente)
A complete Patent Registration Application SIC Colombia must include the following elements as required by Decisión 486 de 2000, the Patent Cooperation Treaty (PCT) for international applications, and the SIC's specific procedural requirements. The forms-legal.com template provides a framework for organising this complex documentation.
Request form (formulario de solicitud): The official SIC application form including: applicant name and NIT/identification; inventor name(s) and nationality; title of the invention in Spanish; type of patent (invention patent or utility model); priority claim details if applicable; and appointment of a registered Colombian industrial property agent (API) for foreign applicants.
Technical description (descripción técnica): The most critical element of the patent application — a complete, clear, and sufficiently detailed disclosure of the invention that allows a person skilled in the relevant technical field to reproduce the invention without undue experimentation (requisito de suficiencia descriptiva under Decisión 486 Article 28(b)). The description must include: the technical field, prior art (estado de la técnica), problem solved by the invention, detailed description of preferred embodiments, and industrial applicability.
Claims (reivindicaciones): The legal definition of the scope of patent protection. Claims must be clear, concise, and fully supported by the technical description (Decisión 486 Article 30). Independent claims define the broadest protection sought; dependent claims add specific features.
Abstract (resumen): A brief technical summary (maximum 150 words) of the disclosure, used for search and publication purposes only.
Drawings (dibujos): Where necessary to understand the invention — required for virtually all mechanical, electronic, chemical apparatus, and biological inventions. The SIC has specific format requirements for drawings (line thickness, numbering, sheet size A4, black ink on white background).
Biological resource disclosure: For inventions involving Colombian genetic resources or traditional knowledge, the applicant must provide evidence of prior informed consent (consentimiento previo informado) from the relevant Colombian authority (MADS — Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible) or indigenous community, and compliance with the Nagoya Protocol access and benefit-sharing requirements under Ley 1159 de 2007. Forms-legal.com provides this template as a starting point for Colombia-compliant patent documentation.
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}Frequently Asked Questions
Los Artículos 15 y 20 de la Decisión 486 de 2000 establecen exclusiones específicas de patentabilidad en Colombia y la Comunidad Andina de Naciones. La materia no patentable incluye: descubrimientos, teorías científicas y métodos matemáticos — no son invenciones bajo el Artículo 15(a) de la Decisión 486; creaciones estéticas incluyendo obras literarias y artísticas, protegidas por derecho de autor (Ley 23 de 1982) en lugar de patentes; métodos económicos, financieros, comerciales o puramente mentales, esquemas y planes — el Artículo 15(e) los excluye explícitamente, con implicaciones prácticas importantes para las patentes de software y métodos de negocio en Colombia; métodos de diagnóstico, terapéuticos y quirúrgicos para el tratamiento de humanos o animales — el Artículo 20(d) los excluye, significando que las patentes de proceso farmacéutico están permitidas pero no las de procedimiento médico; plantas y animales, y procesos esencialmente biológicos para su producción, excepto procesos microbiológicos y microorganismos bajo el Artículo 20(b); e invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público, la moral o el medioambiente, categoría que la SIC ha aplicado para rechazar ciertas patentes de clonación e ingeniería genética humana. Las invenciones implementadas por computadora (computer-implemented inventions) ocupan un espacio intermedio complejo: el software puro no es patentable, pero las invenciones técnicas implementadas usando software que producen un efecto técnico más allá de la interacción física normal entre software y hardware pueden calificar como patentables bajo la práctica de examen de la SIC y la jurisprudencia del TJCA.
El proceso de examen de patentes en la SIC en Colombia es uno de los más extensos de la región, debido a la complejidad técnica del examen y las limitaciones de capacidad de examinadores especializados de la SIC. El cronograma legal establece las siguientes etapas: examen de forma (examen de forma) — típicamente 3 a 6 meses después de la presentación, para verificar la integridad de los documentos, el pago de tasas y los requisitos formales; publicación en la Gaceta de Propiedad Industrial — 18 meses desde la fecha de presentación (o fecha de prioridad si se reclama), momento en que la solicitud se hace pública; período de observaciones de terceros sobre el estado de la técnica — 60 días después de la publicación durante los cuales cualquier persona puede presentar documentos de técnica anterior ante la SIC; examen de fondo — iniciado únicamente a petición expresa del solicitante dentro de los 6 meses siguientes a la publicación, acompañada del pago de la tasa de examen. La SIC típicamente emite informes de examen (oficios de examen) dentro de 12 a 24 meses de la solicitud de examen, y el solicitante tiene 3 meses para responder a cada informe. El tiempo total desde la presentación hasta la concesión de la patente típicamente oscila entre 4 y 8 años en Colombia — significativamente más que la USPTO (2-3 años) o la OEP (3-4 años). Las solicitudes PCT en fase nacional colombiana siguen el mismo proceso una vez que ingresan a la fase nacional.
El Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), al que Colombia accedió mediante la Ley 463 de 1998, proporciona un procedimiento unificado de presentación de patentes internacionales que permite que una única solicitud de patente presentada ante la OMPI (o la SIC como oficina receptora) busque protección de patente simultáneamente en más de 150 países miembros del PCT. Para los inventores colombianos, el PCT ofrece ventajas estratégicas significativas: la presentación de una solicitud internacional PCT preserva la opción de buscar protección en mercados principales (EE.UU., UE, China, Japón, Corea, Brasil) mientras se retrasa la decisión sobre los países específicos por hasta 30 meses desde la fecha de prioridad, permitiendo al inventor evaluar el potencial comercial antes de invertir en costosas presentaciones en fase nacional y traducciones. La SIC actúa tanto como oficina receptora (para solicitudes PCT presentadas por residentes colombianos) como oficina designada (para solicitudes PCT que designan a Colombia). El informe de búsqueda internacional preparado por una Autoridad Internacional de Búsqueda (AIB) — típicamente la OEP, USPTO u OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas) para solicitudes en español — proporciona una evaluación de novedad y nivel inventivo valiosa para la tramitación en todos los países designados. Minciencias ofrece el Programa de Apoyo a la Patentación que subsidia parcialmente las tasas PCT para instituciones de investigación y pequeñas empresas colombianas que presenten solicitudes PCT.
La Decisión 486 de 2000 establece dos vías de protección por patente en Colombia con requisitos, alcances de protección y duraciones distintos. Una patente de invención (Artículos 14-45) protege cualquier invención nueva, con nivel inventivo e industrialmente aplicable en cualquier campo de la tecnología — incluyendo productos, procesos, métodos y composiciones de materia. El requisito de nivel inventivo (nivel inventivo) se evalúa frente al estándar de un experto en la materia — la invención no debe ser obvia para dicha persona dado el estado de la técnica mundial. Las patentes de invención tienen una duración de 20 años desde la fecha de presentación de la solicitud, sin posibilidad de extensión, conforme al Artículo 50 de la Decisión 486. Una patente de modelo de utilidad (Artículos 81-85) protege mejoras funcionales a herramientas, instrumentos, aparatos, objetos o mecanismos que proporcionen ventajas de utilidad práctica — debe estar involucrado un objeto tangible y funcional tridimensional. Los procesos puros, las composiciones químicas y las invenciones biológicas no pueden protegerse como modelos de utilidad bajo la doctrina de la Comunidad Andina. El umbral de nivel inventivo para modelos de utilidad es menor — la SIC aplica un estándar de no obviedad más flexible, consistente con la jurisprudencia del TJCA. Los modelos de utilidad tienen una duración de 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud, sin renovación posible. La opción práctica: los inventores con mejoras funcionales mecánicas o estructurales que puedan no alcanzar el umbral de nivel inventivo para una patente de invención deben considerar presentar una solicitud de modelo de utilidad, que además se beneficia de un proceso de examen más rápido en la SIC.
La propiedad de las invenciones de empleados en Colombia se rige por los Artículos 22-23 de la Decisión 486 de 2000 y el Código Sustantivo del Trabajo (CST) colombiano. La regla supletiva del Artículo 22 de la Decisión 486 establece que el derecho a la patente pertenece al inventor o a su sucesor jurídico — es decir, en principio, al empleado que desarrolló la tecnología. Sin embargo, aplican dos excepciones principales. Invenciones de servicio (invenciones de servicio): cuando un empleado es contratado específicamente para inventar — sus principales funciones son la investigación y el desarrollo tecnológico — las invenciones resultantes pertenecen al empleador bajo el Artículo 22(b) de la Decisión 486. En este caso, el empleado-inventor conserva el derecho a ser identificado como inventor (derecho moral de inventor) y puede tener derecho a remuneración adicional (remuneración adicional) si la invención tiene importancia comercial excepcional más allá de lo contemplado en el contrato de trabajo. Invenciones con recursos del empleador: cuando un empleado realiza una invención usando recursos, instalaciones o información confidencial del empleador — aunque no haya sido contratado específicamente para inventar — el empleador puede tener derecho a la invención o a una licencia de uso bajo el Artículo 22(c). Los contratos de trabajo y los acuerdos de asignación de invenciones (acuerdos de asignación de propiedad intelectual) deben definir explícitamente la propiedad, compensación y obligaciones de divulgación para evitar disputas. Para los investigadores universitarios colombianos, la Ley 29 de 1990 y el Decreto 591 de 1991 establecen reglas específicas de propiedad de invenciones realizadas en universidades públicas, generalmente favoreciendo la co-propiedad entre el investigador y la institución.
Sí. Bajo los Artículos 56-57 de la Decisión 486 de 2000, los derechos de patente en Colombia — como todos los derechos de propiedad industrial — pueden licenciarse (licenciados) o cederse (cedidos) a terceros mediante acuerdos escritos. Una licencia de patente (licencia de patente) otorga a un tercero el derecho a usar comercialmente la tecnología patentada, mientras el titular de la patente conserva la propiedad. Las licencias pueden ser exclusivas (exclusiva — impidiendo al titular de la patente y a otros el uso de la tecnología en el territorio licenciado) o no exclusivas (no exclusiva — permitiendo al titular continuar usando la tecnología y otorgar licencias adicionales). Bajo el Artículo 57 de la Decisión 486, las licencias deben inscribirse ante la SIC para ser oponibles a terceros — las licencias no inscritas son válidas entre las partes pero no pueden hacerse valer contra infractores terceros. Una cesión de patente (cesión de patente) transfiere la plena propiedad de la patente al cesionario, y también debe inscribirse ante la SIC. La SIC publica las licencias y cesiones inscritas en la Gaceta de Propiedad Industrial. El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC/TRIPS), que Colombia ratificó como miembro de la OMC, establece normas mínimas aplicables a los contratos de licencia de patente.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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