Debt Collection Management Contract Mexico
CONTRATO DE GESTIÓN DE COBRANZA (MANDATO MERCANTIL)
Código de Comercio Artículo 273 — Código Civil Federal Artículo 2606
PARTES
En [Execution City], a [Execution Date], celebran el presente Contrato de Gestión de Cobranza:
El ACREEDOR / MANDANTE: [Creditor Name], RFC: [Creditor RFC], con domicilio en [Creditor Address], representado por [Creditor Representative].
El GESTOR / MANDATARIO: [Collector Name], RFC: [Collector RFC], con domicilio en [Collector Address], registro/cédula: [Collector Licence].
CLÁUSULA PRIMERA — CARTERA DE COBRANZA
El Acreedor encomienda al Gestor la gestión y recuperación de la siguiente cartera: [Portfolio Description]
Monto total de la cartera: [Total Portfolio Amount]
El detalle de cada cuenta (nombre del deudor, saldo, antigüedad y datos de contacto) se integra en el Anexo A, parte integrante de este contrato.
CLÁUSULA SEGUNDA — ALCANCE DEL MANDATO Y TERRITORIO
Alcance de la gestión autorizada: [Collection Scope]
Territorio de actuación: [Territory]
Autoridad de negociación: [Settlement Authority]
El Gestor actuará como mandatario del Acreedor conforme al Artículo 273 del Código de Comercio y el Artículo 2606 del Código Civil Federal. El Acreedor conserva en todo momento la titularidad de los créditos.
CLÁUSULA TERCERA — COMISIÓN Y RECEPCIÓN DE PAGOS
Comisión de cobranza: [Commission Rate]
Recepción de pagos de deudores: [Payment Collection Method]
El Gestor emitirá CFDI (factura electrónica) al Acreedor por cada comisión cobrada, incluyendo el IVA al 16% correspondiente.
CLÁUSULA CUARTA — PRÁCTICAS DE COBRANZA PROHIBIDAS
El Gestor se obliga a no incurrir en ninguna de las prácticas prohibidas por la NOM-019-SCFI-1998, la Ley Federal de Protección al Consumidor y la Circular Única de Conductas Prohibidas de Condusef, incluyendo sin limitación:
Contactar al deudor antes de las 7:00 hrs o después de las 22:00 hrs.
Amenazar con acciones penales por deudas de naturaleza civil o mercantil.
Divulgar la deuda a familiares, vecinos o empleadores del deudor sin autorización judicial.
Representarse falsamente como funcionario gubernamental, oficial de policía o agente judicial.
Utilizar lenguaje intimidatorio, amenazas o coerción de cualquier naturaleza.
CLÁUSULA QUINTA — PLAZO, REPORTES Y PROTECCIÓN DE DATOS
Vigencia del contrato: del [Start Date] al [End Date].
El Gestor presentará al Acreedor reportes de gestión con frecuencia: [Reporting Frequency].
Los datos personales de los deudores son tratados por el Gestor en calidad de encargado (procesador), conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP). El Gestor no podrá transferir los datos a terceros sin consentimiento previo del Acreedor y los eliminará o devolverá al término del contrato.
FIRMAS
ACREEDOR / MANDANTE:
[Creditor Name]
[Creditor Representative]
Firma: _________________________
GESTOR / MANDATARIO:
[Collector Name]
Firma: _________________________
Creditor / Principal (Acreedor / Mandante)
________________
Signature
Collection Agent / Attorney (Gestor / Mandatario)
________________
Signature
What Is a Debt Collection Management Contract Mexico?
A Debt Collection Management Contract Mexico (Contrato de Gestión de Cobranza) is a commercial mandate agreement governed by Article 273 of the Código de Comercio (CCom), published in the Diario Oficial de la Federación on 7 October 1889, and Article 2606 of the Código Civil Federal (CCF), under which a creditor (mandante or acreedor) authorises a specialised debt collection agency or attorney (gestor de cobranza or mandatario) to pursue, negotiate, and recover overdue commercial or civil debts on the creditor's behalf through extrajudicial (extrajudicial) and, where authorised, judicial (judicial) collection activities.
Article 273 CCom establishes that commercial mandates (mandatos mercantiles) are governed by the Código de Comercio when they relate to acts of commerce (actos de comercio) defined in Article 75 CCom — including commercial credit, securities, commercial loans, and goods transactions. Article 2606 CCF governs the general mandate relationship (mandato civil) applicable to civil debt collection — including consumer debts, service charges, and non-commercial obligations. Both provisions require that the mandate be expressed in sufficient detail to define the scope of the mandatary's authority, including whether the agent has authority to accept partial payments, enter into settlement agreements (convenios de pago), and file legal proceedings.
The Contrato de Gestión de Cobranza is distinct from a cesión de crédito (assignment of credit) under CCF Articles 2029 through 2050, in which the creditor transfers ownership of the debt to a third party (cesionario) who then collects for their own account. In a cobranza mandate, the creditor retains ownership of the debt and the collection agency acts strictly as an agent (mandatario) collecting on the creditor's behalf, in exchange for a commission (comisión de cobranza) typically calculated as a percentage of amounts successfully recovered.
Mexican collection practice distinguishes between gestión extrajudicial (out-of-court collection) — which includes telephone calls, written notices (cartas de cobranza), field visits (visitas de campo), and negotiated payment plans (convenios de pago) — and gestión judicial (litigation-based collection) through the Juzgado competente. Extrajudicial collection of commercial debts is regulated by Condusef and CNBV guidelines when the creditor is a regulated financial entity (banco, SOFOM, SOFIPO), and by PROFECO when the creditor is a commercial seller of goods or services to consumers. Collection harassment (acoso de cobranza) — including threats, misrepresentation, and contacting third parties other than the debtor — constitutes an infraction under NOM-019-SCFI-1998 (Prácticas Comerciales) and may result in PROFECO sanctions.
The Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) has issued Circular Única de Conductas Prohibidas for collection of financial debts, prohibiting: calls before 7:00 AM or after 10:00 PM; threats of false legal action; contacting the debtor's employer with false information; and misrepresenting the collector's identity or authority. Non-financial commercial debts are subject to similar consumer protection standards under the Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) and NOM-019-SCFI-1998. Violations expose both the collection agency and the original creditor to PROFECO administrative sanctions and civil liability.
Mexico's growing consumer credit and BNPL (buy-now-pay-later) market — fuelled by platforms like Mercado Crédito, Kueski, and Clip — generates significant volumes of overdue micro-credits that are managed through Contrato de Gestión de Cobranza arrangements with specialised despachos de cobranza. These high-volume, small-balance portfolios require automated collection workflows governed by the mandate agreement, with each despacho subject to Condusef's REDECO (Registro de Despachos de Cobro) inscription requirement under the Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros Article 17-B. The REDECO registry allows debtors to verify the legitimacy of a collection agency before responding to any collection contact.
When Do You Need a Debt Collection Management Contract Mexico?
A Debt Collection Management Contract Mexico is needed whenever a creditor — whether a financial institution, commercial company, service provider, or individual — seeks to outsource the recovery of overdue receivables (cuentas por cobrar vencidas) to a specialised collection agency or attorney without transferring ownership of the underlying debt.
The contract is essential for financial institutions (bancos, SOFOMs, SOFIPOs, cajas de ahorro) regulated by the CNBV and Condusef that outsource their delinquent portfolio (cartera vencida) management to external collection companies. Under Condusef Reglas para los Modelos de Contratos de Adhesión de Cartera Vencida, the financial institution remains legally responsible for the collection agency's conduct and must ensure the agency complies with all applicable consumer protection regulations, making a well-drafted management contract critical for risk allocation between the institution and the agency.
The agreement is needed when a commercial company (empresa comercial) with significant accounts receivable from business customers or consumers outsources collection of invoices overdue beyond 60, 90, or 180 days to a collection firm, to free internal resources while maintaining ownership of the receivable for balance sheet purposes. The creditor typically retains the right to approve any settlement agreement (quita or descuento) before the collection agency accepts it on behalf of the creditor.
The contract is required when a law firm or individual attorney (despacho de cobranza juridica) is retained to pursue judicial collection (demanda ejecutiva mercantil or civil) on behalf of a creditor, given that attorneys acting as collection agents must have a written mandate (poder notarial or contrato de gestión) authorising them to represent the creditor before courts (juzgados) and sign legal documents. Under the Ley de Profesiones and the applicable state's Código de Procedimientos Civiles, attorneys must have either a notarial power of attorney (poder notarial para pleitos y cobranzas) or an express contractual mandate to initiate and pursue litigation.
Under CCom Article 273, CCF Article 2606, NOM-019-SCFI-1998, LFPC Articles 92 bis through 99, and Condusef Circular Única de Conductas Prohibidas, every Debt Collection Management Contract must clearly define the scope of collection authority, the prohibited collection practices, the commission structure, the debtor data handling obligations under LFPDPPP, and the creditor's approval rights for settlement agreements above specified thresholds.
What to Include in Your Debt Collection Management Contract Mexico
A valid Debt Collection Management Contract Mexico under CCom Article 273 and CCF Article 2606 must include the following essential elements:
Parties and Authority (Partes y Mandato): The full legal name, RFC, and registered address of the creditor (mandante/acreedor) and the collection agency or attorney (mandatario/gestor). The contract must specify whether the mandate is general (para toda la cartera) or specific (para cuentas individuales identified by debtor name and amount), and whether the mandatary is authorised to receive payments on behalf of the creditor — if so, a detailed payment handling protocol including bank account information and reconciliation procedures must be included.
Portfolio Description (Descripción de la Cartera): An accurate description of the debt portfolio being assigned for collection, including: debtor names and contact information; original debt amounts (saldo capital); accrued interest (intereses devengados) and charges; original creditor name if different from the current holder (in case of prior assignments); and the date each account became delinquent (fecha de mora). The portfolio is typically provided in a confidential digital schedule (anexo de cartera) incorporated by reference into the contract.
Collection Scope and Limits (Alcance de la Gestión): A clear definition of the collection activities the agency may perform — extrajudicial only (calls, letters, visits, payment plans) or also judicial (filing lawsuits, attending hearings, executing judgments); the geographic coverage (todo el territorio nacional or specific states); time limits for each collection phase; and the maximum discount or settlement percentage (porcentaje de quita máximo) the agency may offer without prior creditor approval.
Commission Structure (Estructura de Comisiones): The collection fee, typically expressed as a percentage of recovered amounts (porcentaje sobre lo recuperado) — commonly 10% to 35% for extrajudicial collection and 25% to 40% for judicial collection, depending on portfolio age and risk. The contract must specify: when the commission is earned (upon receipt of payment by creditor vs. upon receipt by agency); VAT (IVA at 16%) treatment of commissions; expense reimbursement for field visits, legal filings, and notarial fees; and minimum monthly billing arrangements if applicable.
Debtor Data Protection (Protección de Datos del Deudor): As the collection agency receives personal data (datos personales) of third-party debtors, the contract must include a data processing agreement (contrato de tratamiento de datos) compliant with the Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) and its Reglamento, appointing the agency as an encargado (data processor) on behalf of the creditor (responsable). The agency must maintain data security measures, restrict data use to collection purposes, and delete or return debtor data upon contract termination.
Prohibited Collection Practices (Prácticas Prohibidas): An express prohibition clause reciting the conduct prohibited by NOM-019-SCFI-1998, Condusef regulations, and LFPC Article 92 bis, including: contacting debtors at prohibited hours (before 7:00 AM or after 10:00 PM); misrepresenting the agency's identity, legal authority, or the consequences of non-payment; threatening arrest, criminal prosecution for civil debt, or employment consequences; contacting family members, neighbours, or employers to disclose the debt; and using automated or robocall systems without prior consent. The contract must establish that the creditor bears no liability for prohibited practices of the agency acting outside its authorised scope.
Reporting and Accountability (Reportes y Rendición de Cuentas): Monthly or bi-weekly reporting obligations of the agency, including: amounts collected and applied to each debtor account; active collection actions taken; litigation status reports for judicial files; and proposed settlement agreements awaiting creditor approval. The creditor must retain the right to audit the agency's collection activities and debtor files at any time.
forms-legal.com provides this Debt Collection Management Contract Mexico template as a reference. Creditors managing significant consumer receivable portfolios should ensure their collection contracts comply with the latest Condusef and CNBV regulations applicable to their specific sector and obtain legal review from a Licenciado en Derecho specialised in commercial collections and financial regulation.
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Frequently Asked Questions
La ley mexicana prohíbe diversas prácticas abusivas de cobranza mediante varios marcos regulatorios superpuestos. La NOM-019-SCFI-1998 (Prácticas Comerciales — Elementos Normativos para los Prestadores de Servicios de Cobranza) prohíbe: llamar a deudores antes de las 7:00 AM o después de las 10:00 PM; amenazar a familiares o vecinos del deudor; suplantar la identidad de funcionarios policiales, jueces o funcionarios gubernamentales; amenazar con proceso penal por deudas civiles (los deudores no pueden ser encarcelados por falta de pago de deudas civiles o comerciales bajo el artículo 17 de la Constitución); revelar deudas al empleador o contactos profesionales del deudor sin autorización judicial; y usar tácticas de intimidación que afecten el bienestar psicológico del deudor. La Circular Única de Conductas Prohibidas de Condusef añade restricciones adicionales para la cobranza de instituciones financieras: limitar la frecuencia de llamadas a un máximo de tres contactos por día; prohibir llamadas a números móviles de personas que no hayan consentido recibirlas; y exigir que todas las comunicaciones escritas de cobranza incluyan la identidad completa y datos de contacto del gestor. PROFECO hace cumplir la NOM-019-SCFI-1998 contra acreedores comerciales no financieros y sus agencias, con multas de 100 a 150,000 UMAs bajo el artículo 127 LFPC. Condusef hace cumplir contra entidades financieras bajo el artículo 92 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
El Contrato de Gestión de Cobranza (mandato de cobranza) y la Cesión de Crédito son mecanismos legalreviste importanciamente diferentes bajo la ley mexicana. En un mandato de cobranza bajo los artículos 273 CCom y 2606 CCF, el acreedor retiene la propiedad legal del crédito y la agencia actúa únicamente como mandataria: cobra en nombre del acreedor y remite los montos recuperados menos la comisión acordada. El deudor sigue obligado con el acreedor original. El acreedor original asume el riesgo crediticio final; si la gestión fracasa, el acreedor absorbe la pérdida. En una Cesión de Crédito bajo los artículos 2029–2050 CCF, el acreedor original transfiere la propiedad del crédito a un comprador (cesionario) —típicamente un comprador de cartera— que cobra por cuenta propia al precio que el mercado dicte. Los compradores de cartera típicamente adquieren carteras de créditos no productivos (NPL) con descuentos significativos sobre el valor nominal, comúnmente del 5% al 30% del saldo vigente para carteras muy antiguas. El acreedor original recibe liquidez inmediata y transfiere todo el riesgo de cobranza al comprador. Diferencias clave: en el mandato, la comisión se devenga sobre los montos recuperados (incentivo alineado); en la cesión, el comprador paga un precio fijo independientemente de la recuperación. El deudor en una cesión debe ser notificado de la cesión bajo el artículo 2036 CCF para que sea oponible al deudor. Para efectos fiscales, los vendedores de deuda reconocen una pérdida deducible bajo el artículo 27 Fracción XV LISR, sujeto a las regulaciones del SAT sobre deducción de créditos incobrables.
Las comisiones de cobranza pagadas por un acreedor a una agencia de cobros están sujetas a dos impuestos en México. Primero, la agencia de cobranza tributa el ISR (Impuesto sobre la Renta) sobre sus ingresos por comisiones: si la agencia es persona moral (sociedad), paga ISR a la tasa corporativa del 30% bajo el artículo 9 LISR sobre su ingreso neto; si la cobranza la realiza un abogado persona física como servicio profesional, el ISR aplica bajo los artículos 100–110 LISR sobre ingresos por actividades empresariales y profesionales a tasas progresivas hasta el 35%. Segundo, las comisiones de cobranza están sujetas al IVA (Impuesto al Valor Agregado) al 16% bajo los artículos 14 y 17 LIVA: la agencia debe emitir un CFDI al acreedor por cada pago de comisión incluyendo el componente de IVA. El acreedor puede acreditar el IVA pagado en comisiones de cobranza contra sus propias obligaciones de IVA como IVA acreditable bajo el artículo 5 LIVA. Para las instituciones financieras reguladas por la CNBV, las comisiones de cobranza pagadas a agencias externas son deducibles como gastos ordinarios del negocio bajo el artículo 25 LISR, sujetas a requisitos de documentación que incluyen un CFDI válido y evidencia de que el servicio fue efectivamente prestado (materialidad). El SAT ha incrementado el escrutinio de los arreglos de cobranza entre empresas del mismo grupo corporativo, exigiendo documentación de precios de transferencia bajo el artículo 76 LISR para mandatos de cobranza con partes relacionadas.
Una agencia de cobranza como tal no tiene legitimación procesal para presentar demandas en nombre de un acreedor bajo la ley procesal mexicana. El Código Federal de Procedimientos Civiles, los Códigos de Procedimientos Civiles estatales aplicables y el Código de Comercio exigen que las partes en litigio sean representadas por abogados con cédula profesional federal. Por lo tanto, para la cobranza judicial —presentación de demanda ejecutiva mercantil por deudas comerciales o demanda civil por deudas civiles— el acreedor debe contratar a un licenciado en derecho y otorgarle un poder notarial para pleitos y cobranzas ejecutado ante Notario Público bajo el artículo 2555 CCF, o un poder especial para el procedimiento específico. Muchas agencias de cobranza comerciales operan divisiones legales integradas con abogados con cédula, o mantienen relaciones formales con despachos de abogados, para ofrecer servicios de cobranza integrales. El Contrato de Gestión de Cobranza para asuntos judiciales debe incluir un mecanismo de sub-autorización que permita a la agencia contratar y supervisar abogados en nombre del acreedor. El poder para pleitos y cobranzas típicamente otorga al abogado facultades para: iniciar demandas, asistir a audiencias, ejecutar sentencias, aceptar convenios, recibir pagos y otorgar poderes a co-litigantes — el alcance específico debe definirse cuidadosamente para evitar la delegación inadvertida de autoridad excesiva.
Las agencias de cobranza en México que procesan datos personales de deudores están sujetas a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), publicada en el DOF el 5 de julio de 2010, y su Reglamento. Bajo este marco, el acreedor original es el responsable (controlador de datos) que recopiló los datos personales del deudor, mientras que la agencia actúa como encargada (procesadora de datos) procesando los datos bajo las instrucciones del acreedor. El Contrato de Gestión de Cobranza debe incluir un contrato de tratamiento de datos que establezca que: la agencia solo puede usar los datos del deudor para fines de cobranza según las instrucciones del acreedor; la agencia debe implementar medidas técnicas y organizativas de seguridad apropiadas; la agencia debe eliminar o devolver todos los datos del deudor al terminar el contrato; y la agencia no puede transferir los datos del deudor a terceros sin el consentimiento previo por escrito del acreedor. El acreedor debe contar con un Aviso de Privacidad válido que informe a los deudores sobre la posible transferencia de datos a gestores de cobranza, para legitimar el intercambio de datos bajo el artículo 37 LFPDPPP. Los deudores conservan los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición (Derechos ARCO) sobre sus datos personales. El INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) hace cumplir la LFPDPPP con multas de 100 a 320,000 días de salario mínimo.
El arreglo extrajudicial de deudas (negociación y convenio extrajudicial de pago) en México es la herramienta principal para resolver deudas comerciales y de consumo sin intervención judicial, produciendo resultados más rápidos y económicos que el litigio. El proceso comienza cuando la agencia de cobranza contacta al deudor para evaluar su situación financiera y proponer un arreglo de pago. Las estructuras de arreglo más comunes incluyen: convenio de pago en parcialidades —el deudor paga el principal completo más intereses reducidos en un calendario acordado, con el acreedor condonando intereses moratorios y cargos—; quita —el acreedor acepta un pago de suma global por menos del monto total adeudado, comúnmente del 40% al 70% del saldo vigente para deudas muy antiguas—; y dación en pago —el deudor transfiere un activo específico (vehículo, inmueble, equipo) al acreedor en pago total o parcial de la deuda, regulada por el artículo 2095 CCF. Bajo los artículos 273 CCom y 2606 CCF, la autoridad del gestor de cobranza para acordar una quita o dación en pago debe otorgarse expresamente en el Contrato de Gestión de Cobranza o en una autorización escrita específica para el caso — el agente no puede reducir el principal por debajo del umbral autorizado por el acreedor sin aprobación previa. Los convenios de arreglo ejecutados son exigibles como transacciones bajo los artículos 2944–2963 CCF y, si se formalizan ante Notario Público o se ratifican ante un juez, constituyen ejecutorias que pueden hacerse cumplir mediante procedimientos de ejecución sin necesidad de nueva demanda.
El plazo de prescripción extintiva para la cobranza de deudas comerciales en México varía según el tipo de obligación. Para las obligaciones mercantiles generales bajo el Código de Comercio —incluyendo facturas impagadas, líneas de crédito comerciales y saldos en cuenta corriente— el artículo 1047 CCom establece un plazo de prescripción de 10 años desde la fecha en que la obligación se hizo exigible. Para los préstamos mercantiles ordinarios (mutuo mercantil) bajo el artículo 362 CCom, la prescripción también es de 10 años. Para los títulos de crédito (pagarés, letras de cambio) la prescripción es de 3 años a partir del vencimiento bajo los artículos 165–174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC). Para las obligaciones civiles bajo el CCF, el artículo 1159 establece una prescripción general de 10 años, con plazos más cortos para obligaciones específicas: honorarios profesionales — 2 años bajo el artículo 1162 CCF; rentas vencidas — 5 años bajo el artículo 1164 CCF. El plazo de prescripción se interrumpe y reinicia con: reconocimiento escrito de la deuda por el deudor; pago parcial; y demanda judicial formal. Las agencias de cobranza deben monitorear cuidadosamente los plazos de prescripción — intentar cobrar o amenazar con demandar sobre una deuda prescrita puede exponer al gestor a sanciones de PROFECO bajo el artículo 10 LFPC por prácticas comerciales desleales. Los acreedores deben obtener reconocimientos escritos de deuda de los deudores a intervalos regulares para preservar sus derechos de cobranza.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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Contrato de Cesión de Crédito para México — conforme a los Artículos 2029 a 2050 del Código Civil Federal. Documenta la transmisión del derecho de crédito del cedente al cesionario, la notificación al deudor cedido bajo el Artículo 2036 CCF, las garantías del cedente sobre existencia y legitimidad, y la transmisión de derechos accesorios.