Recibo de Anticipo México
RECIBO DE ANTICIPO
Conforme al Código Civil Federal Art. 2078 y Código Fiscal de la Federación Art. 29
I. PARTES
RECEPTOR DEL ANTICIPO:
Nombre / Razón Social: [Recipient Name]
RFC: [Recipient RFC]
Domicilio Fiscal: [Recipient Address]
PAGADOR:
Nombre / Razón Social: [Payer Name]
RFC: [Payer RFC]
Domicilio: [Payer Address]
II. DETALLE DEL PAGO
Por medio del presente, el Receptor acusa recibo de la cantidad de [Advance Amount], más IVA de [IVA Amount], para un total de [Total With IVA], recibida a través de [Payment Method] con referencia [Payment Reference].
Concepto del Anticipo: [Advance Concept]
III. CARÁCTER DEL ANTICIPO Y CONDICIONES DE APLICACIÓN
Tipo de Anticipo: [Advance Type]
El anticipo recibido será acreditado al saldo final de la operación principal al momento de la entrega del bien o la conclusión del servicio pactado. En caso de no consumarse la operación principal, las condiciones de devolución son: [Restitution Terms]
Referencia CFDI de Anticipo (CFF Art. 29): [CFDI Reference]
IV. NOTA FISCAL
El Receptor del Anticipo se obliga a emitir el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de tipo Ingreso correspondiente a este anticipo dentro del plazo establecido en el Código Fiscal de la Federación Artículo 29 y su Reglamento. Al momento de la entrega final del bien o servicio, el Receptor emitirá el CFDI por el saldo restante y una nota de crédito CFDI que cancele el presente anticipo para evitar duplicidades conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
FIRMAS
En [Receipt City], a [Receipt Date].
EL RECEPTOR DEL ANTICIPO: [Recipient Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL PAGADOR: [Payer Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Payment Recipient (Receptor del Anticipo)
________________
Signature
Payer (Pagador)
________________
Signature
Qué es Recibo de Anticipo México
El Recibo de Anticipo en México es un documento legal conforme al Artículo 2078 del Código Civil Federal y el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, documenta un pago previo sobre un contrato o compraventa, obliga a la emisión del CFDI correspondiente y establece las condiciones de devolución ante incumplimiento.
Bajo el Artículo 2078 CCF, un pago parcial es válido y no puede ser rechazado por el acreedor cuando el monto parcial constituye una porción separada e identificable de la obligación total — la recepción del anticipo no extingue la obligación principal sino que genera un crédito contra el pago final. El anticipo produce consecuencias jurídicas específicas: el receptor se obliga a acreditarlo al saldo final al momento de la entrega o conclusión; a restituirlo si el contrato subyacente no se ejecuta; y, en algunas estructuras, a devolver el doble conforme al Artículo 2764 CCF si el incumplimiento es imputable al receptor y el anticipo se recibió como arras.
Desde el punto de vista fiscal, el Artículo 29 CFF y su Reglamento exigen que toda empresa o persona física con actividad comercial emita un CFDI dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de cualquier anticipo — el CFDI de anticipo es timbrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) con Timbre Fiscal Digital (TFD) a través de un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC). El CFDI del anticipo registra el monto recibido y desencadena las obligaciones de IVA e ISR correspondientes en la Declaración Provisional mensual presentada ante el SAT. Al momento de la entrega final, el vendedor emite un segundo CFDI por el saldo restante y una nota de crédito CFDI cancela o ajusta el CFDI de anticipo conforme al Artículo 29-A CFF.
El anticipo debe distinguirse de otros pagos precontractuales en el derecho civil y mercantil mexicano: las arras confirmatorias (Art. 2760 CCF) evidencian la formación del contrato; las arras penitenciales (Art. 2763 CCF) permiten a cualquiera de las partes desistirse del contrato perdiendo el depósito (receptor) o pagando el doble (pagador); mientras que el anticipo stricto sensu es simplemente un pago a cuenta que no confirma ni permite el desistimiento del contrato.
La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) en su Artículo 11 establece que la obligación de IVA surge cuando se cobra la contraprestación — por lo tanto, recibir un anticipo en una transacción gravada desencadena la causación y obligación de pago del IVA de manera inmediata, aun cuando los bienes no se hayan entregado ni el servicio prestado. Esto exige que el CFDI de anticipo incluya el monto del IVA causado sobre el anticipo.
La reforma fiscal publicada en el DOF el 12 de noviembre de 2021 que modificó el Artículo 29 CFF reforzó las obligaciones de emisión de CFDI de anticipo para todos los contribuyentes que reciban pagos parciales o anticipados — incluyendo personas físicas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) — estableciendo que el CFDI de anticipo debe emitirse en el momento de recepción del pago parcial con la clave de tipo de comprobante "A" (anticipo) en el catálogo del SAT, y que el CFDI final deberá hacer referencia al CFDI de anticipo mediante el campo de CfdiRelacionados con la clave de tipo de relación "07" (anticipo aplicado). El incumplimiento de la obligación de emitir el CFDI de anticipo en tiempo y forma genera una infracción fiscal bajo el Artículo 83 CFF, sancionable con multas de $1,270 a $12,650 pesos por CFDI no emitido o emitido fuera de plazo, conforme al Artículo 84 CFF. La Resolución Miscelánea Fiscal 2025 publicada por el SAT en el DOF establece en la regla 2.7.1.10 el procedimiento específico para la emisión de CFDI de anticipo y su posterior complementación con el CFDI de diferencia al momento de la entrega completa del bien o servicio, garantizando la trazabilidad fiscal de la operación desde el pago inicial hasta la liquidación total. Las plataformas digitales de facturación (PACs — Proveedores Autorizados de Certificación del SAT) como Facturama, Contpaqi, Aspel y SAP deben tener configurado el módulo de facturación de anticipos conforme a la versión CFDI 4.0 vigente desde enero de 2022.
Cuándo necesitas Recibo de Anticipo México
El Recibo de Anticipo en México se requiere en numerosas operaciones comerciales donde se recibe un pago parcial antes de la prestación completa del servicio o de la entrega total del bien pactado, tanto en relaciones entre empresas (B2B) como en operaciones con consumidores finales (B2C) reguladas por la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC) y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
Los proyectos de construcción e inmobiliarios son uno de los contextos más frecuentes para el uso del Recibo de Anticipo. Conforme al Artículo 2616 CCF sobre el contrato de obra a precio alzado y los Artículos 2042–2048 CCF sobre el contrato de obra a precio unitario, los constructores y desarrolladores inmobiliarios habitualmente solicitan un anticipo del 20% al 30% del valor total del contrato para iniciar trabajos, adquirir materiales y movilizar maquinaria. El Recibo de Anticipo documenta este pago y sirve como comprobante ante el IMSS para la aportación de cuotas patronales por trabajadores asignados a la obra conforme al Artículo 15 de la Ley del Seguro Social (LSS).
El comercio electrónico y las ventas en línea (e-commerce) en México han incrementado significativamente el uso de anticipos para reservar productos de fabricación a pedido, importaciones internacionales y preventa de productos digitales. Las plataformas de comercio electrónico y los vendedores independientes que operan en Mercado Libre, Amazon México, Shopify México y plataformas similares deben emitir Recibo de Anticipo (o al menos una confirmación de pago equivalente) cuando reciben pagos parciales, dado que la LFPC y el Artículo 76 Bis LFPC sobre ventas en línea obligan al proveedor a documentar todas las operaciones de venta a distancia.
Los contratos de prestación de servicios profesionales — honorarios de abogados, arquitectos, ingenieros, consultores, contadores, diseñadores gráficos, programadores y otros freelancers — habitualmente incluyen un anticipo del 30% al 50% del valor total del proyecto al momento de firma del contrato, documentado mediante Recibo de Anticipo. Este recibo es necesario tanto para el prestador de servicios (que debe emitir CFDI de anticipo conforme al Artículo 29 CFF y las reglas 2.7.1.10 y 2.7.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal) como para el cliente (que puede deducir el anticipo como gasto autorizado bajo el Artículo 25 Fracción I LISR si cumple con los requisitos de deducibilidad fiscal).
Las compraventas de vehículos nuevos y usados entre particulares o en distribuidoras y agencias automotrices frecuentemente se instrumentan con un anticipo que separa el vehículo y bloquea su venta a terceros durante el período de gestión de financiamiento o crédito automotriz. El Recibo de Anticipo para compraventa de vehículo debe especificar el número de identificación vehicular (NIV), la marca, modelo y año del vehículo, y las condiciones para la devolución del anticipo en caso de que el financiamiento sea rechazado por la institución financiera.
Los eventos sociales y corporativos — bodas, quinceañeras, convenciones, congresos, lanzamientos de productos — requieren anticipos de hasta el 50% del valor total del servicio al momento de contratar salones de eventos, banqueteros (caterers), fotógrafos, bandas musicales y coordinadoras de eventos. El Recibo de Anticipo sirve como confirmación de la reserva y establece las condiciones de cancelación y devolución parcial o total del anticipo conforme a lo pactado y a los lineamientos de PROFECO sobre servicios de entretenimiento.
Las importaciones de bienes desde China, Estados Unidos y otros países requieren el pago de anticipos (down payments o advance payments) a los proveedores extranjeros documentados mediante Swift o transferencia SPEI internacional — el Recibo de Anticipo mexicano complementa el comprobante de transferencia para efectos de deducción fiscal y verificación de importación ante el SAT y la Secretaría de Economía bajo el Artículo 36-A de la Ley Aduanera.
Qué incluir en tu Recibo de Anticipo México
Un Recibo de Anticipo válido en México debe contener los siguientes elementos para satisfacer tanto los requisitos del derecho civil conforme al Artículo 2078 CCF como las obligaciones fiscales bajo el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y las reglas de emisión de CFDI del SAT.
Datos del Emisor (Receptor del Anticipo): Nombre completo o denominación social, RFC con homoclave, domicilio fiscal, régimen fiscal ante el SAT (Régimen General de Ley, RESICO, Régimen de Actividad Empresarial y Profesional), número de teléfono y correo electrónico de contacto. Para personas morales, el nombre del representante legal que firma el recibo y el número de instrumento notarial de su poder de representación.
Datos del Pagador (Quien Entrega el Anticipo): Nombre completo o denominación social, RFC con homoclave, domicilio, teléfono y correo electrónico. Si el pagador es persona física extranjera sin RFC, el número de pasaporte o documento migratorio y el país de residencia fiscal. El RFC del pagador es indispensable cuando el Recibo de Anticipo se incorporará como respaldo de un CFDI de anticipo emitido por el receptor.
Número Folio y Fecha: El Recibo de Anticipo debe llevar un número de folio consecutivo único asignado por el emisor para efectos de control interno y trazabilidad contable. La fecha de recepción del anticipo es la fecha de causación del ingreso para el SAT conforme al Artículo 17 LISR y el momento de generación del CFDI de anticipo bajo la regla 2.7.1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente.
Descripción del Contrato o Servicio Principal: Referencia precisa al contrato o acuerdo al que corresponde el anticipo — número de contrato, fecha, tipo de servicio u objeto de la compraventa — para vincular inequívocamente el anticipo con la obligación principal. La descripción debe ser suficientemente detallada para que la autoridad fiscal (SAT) o el Juzgado Mercantil puedan identificar el negocio jurídico subyacente sin ambigüedades.
Monto del Anticipo y Desglose Fiscal: Monto total del anticipo en pesos mexicanos (MXN) o en moneda extranjera con tipo de cambio FIX del Banco de México aplicable. Desglose del Impuesto al Valor Agregado (IVA): base gravable, tasa aplicable (16% general, 8% en zona fronteriza norte conforme al Decreto DOF 31/12/2018, o 0% para alimentos y medicamentos), e importe del IVA trasladado. Mención del ISR retenido cuando el pagador sea persona moral y el receptor sea persona física con actividad empresarial o profesional (retención del 1.25% conforme al Artículo 106 LISR o del 10% de honorarios bajo el Artículo 127 LISR según el régimen fiscal del receptor).
Valor Total del Contrato y Saldo Pendiente: Monto total acordado por el contrato principal (antes de IVA), monto del anticipo recibido y saldo restante por pagar al momento de la entrega del bien o conclusión del servicio. Esta información es esencial para que el CFDI de anticipo pueda complementarse con el CFDI de diferencia (complemento de pago o CFDI por el saldo) conforme a las reglas 2.7.1.10 y 2.7.1.11 RMF y el Apéndice 6 de la Guía de llenado de CFDI del SAT.
Condiciones de Devolución del Anticipo: Cláusula que especifica bajo qué condiciones el anticipo es reembolsable total o parcialmente — en caso de incumplimiento del emisor, en caso de cancelación por el pagador antes de determinada fecha, o si concurre caso fortuito o fuerza mayor (Artículo 2111 CCF) que impida la ejecución del contrato. Si el anticipo es no reembolsable (señal o arras conforme al Artículo 2093 CCF), debe mencionarse expresamente para evitar reclamaciones ante PROFECO.
Forma de Pago Recibida: Descripción del medio de pago utilizado — efectivo (con la limitación de $2,000 MXN para pagos en efectivo deducibles conforme al Artículo 27 Fracción III LISR), transferencia SPEI (con número de operación y clave CLABE de origen y destino), cheque nominativo (con número de cheque, banco y fecha de expedición), tarjeta de débito o crédito (con últimos cuatro dígitos del número de tarjeta y nombre del banco emisor), o pago mediante plataformas digitales (PayPal, Clip, Conekta).
CFDI de Anticipo Relacionado: Número de UUID del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de anticipo emitido por el receptor en el Sistema de Emisión de CFDI del SAT (Portal del SAT o proveedor autorizado de certificación — PAC —), conforme al Artículo 29 CFF. El CFDI de anticipo debe tener la clave de producto o servicio del Catálogo SAT correspondiente al objeto del contrato principal y la clave de uso de CFDI "G03 Gastos en general" o la que corresponda al pagador.
Firma del Receptor y Sello: Firma autógrafa del representante autorizado del receptor del anticipo y, de ser posible, sello o estampilla de la empresa. forms-legal.com ofrece esta plantilla de Recibo de Anticipo México para permitir la documentación de pagos preliminares; el emisor debe complementar el recibo con el CFDI de anticipo correspondiente emitido ante el SAT para dar plena validez fiscal a la operación.
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Forms Legal. (2026). Recibo de Anticipo México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/financial/receipts/recibo-anticipo-mexico
"Recibo de Anticipo México (México)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/mexico/financial/receipts/recibo-anticipo-mexico.
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación y las reglas anuales de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) publicadas por el SAT, toda persona que realice actividades comerciales, industriales, agrícolas, profesionales o de servicios y reciba un pago — ya sea total o parcial — debe emitir un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) por cada operación que genere ingresos. Un anticipo se considera ingreso cobrado en el momento del pago conforme al Artículo 11 LIVA, independientemente de que los bienes no se hayan entregado ni el servicio prestado. Por tanto, un Recibo de Anticipo sin CFDI no cumple los requisitos de documentación fiscal de México. La Guía de Llenado del CFDI del SAT establece que los anticipos deben emitirse como CFDI de tipo ingreso (clave I) con el complemento de anticipos cuando corresponda. El incumplimiento expone al receptor a sanciones bajo el Artículo 84 CFF — multas de $18,260 a $105,325 MXN por CFDI omitido. Las únicas excepciones son los pequeños contribuyentes bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) con ingresos anuales por debajo del umbral del SAT, que pueden usar procedimientos CFDI simplificados, y las transacciones personales ocasionales que no constituyan actividad comercial habitual.
La distinción entre anticipo y arras en el derecho civil mexicano tiene consecuencias jurídicas significativas para los remedios ante el incumplimiento. Un anticipo bajo el Artículo 2078 CCF es un pago a cuenta del precio que se acredita contra la obligación total — ante el incumplimiento, los remedios disponibles son los generales del contrato: cumplimiento forzoso, rescisión y daños y perjuicios conforme a los Artículos 1949 y 2104 CCF. Las arras penitenciales bajo el Artículo 2763 CCF operan de manera distinta — se depositan específicamente como precio del derecho a desistir: la parte que las pagó las pierde si desea desistir, mientras que la parte que las recibió debe devolver el doble si es quien desiste. Las arras confirmatorias bajo el Artículo 2760 CCF, en cambio, sólo confirman la formación del contrato y se tratan de manera similar al anticipo al momento del cumplimiento. Los tribunales mexicanos han resuelto que la calificación depende de la intención de las partes expresada en el documento contractual — el lenguaje ambiguo se interpreta a favor del deudor conforme al Artículo 1857 CCF. En la práctica, los pagos anticipados en contratos de compraventa de inmuebles se califican frecuentemente como arras confirmatorias para que ambas partes completen la operación mientras el anticipo se aplica al precio de compra.
Conforme al Artículo 11 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la obligación de pagar IVA en una venta de bienes o prestación de servicios surge en el momento más temprano entre: cuando se cobra el precio, cuando se expide la factura, o cuando se entregan los bienes o se prestan los servicios. Dado que recibir un anticipo constituye cobro del precio, la causación del IVA ocurre de manera inmediata al recibirse el anticipo — el receptor debe calcular el IVA sobre el monto del anticipo (16% para operaciones gravadas estándar, 0% para operaciones en zona fronteriza que califiquen para la tasa ZLFN, o exento para actividades exentas bajo el Artículo 9 LIVA) y enterarlo al SAT en la Declaración Provisional de IVA mensual. El CFDI de anticipo debe reflejar este monto de IVA. Al momento de la entrega final, el receptor emite un CFDI por el saldo restante y una nota de crédito CFDI cancela el CFDI de anticipo original para evitar doble contabilización. El pagador puede acreditar el IVA señalado en el CFDI de anticipo en el mismo período en que lo recibió, siempre que el anticipo se destine a una actividad generadora de ingresos gravados con IVA y el CFDI esté debidamente timbrado por el sistema del SAT.
Si el receptor del anticipo no puede cumplir la obligación subyacente tras recibir el anticipo, el derecho civil y mercantil mexicano otorga al pagador remedios específicos. Bajo el Artículo 2104 CCF, el acreedor (pagador) puede exigir el cumplimiento forzoso más daños, o la rescisión del contrato conforme al Artículo 1949 CCF con la restitución del anticipo más daños compensatorios. El anticipo debe devolverse porque la contraprestación ha fallado — retenerlo sin cumplir constituye enriquecimiento sin causa (Art. 1882 CCF). Para contratos de obra regulados por los Artículos 2616 al 2645 CCF o la Ley Federal de Obras Públicas, el incumplimiento tras recibir un anticipo puede activar las penas convencionales pactadas en el contrato bajo el Artículo 1840 CCF, que se exigen adicionalmente a la devolución del anticipo. Desde el punto de vista del CFDI, cuando el anticipo se devuelve el receptor debe emitir una nota de crédito CFDI para cancelar o reducir el CFDI de ingreso original, y puede reclamar la deducción del monto devuelto contra las obligaciones de IVA e ISR correspondientes en el período fiscal pertinente conforme a las reglas de cancelación de CFDI del Artículo 29-A CFF.
Una persona física que no realiza actividad comercial habitual puede emitir un Recibo de Anticipo informal como recibo de derecho civil bajo el Artículo 2078 CCF para reconocer la recepción de un anticipo — por ejemplo, un propietario que recibe un depósito de un comprador potencial antes de formalizar la escritura de compraventa ante Notario. En este contexto, el recibo documenta el pago y establece la relación jurídica entre las partes, pero no requiere CFDI si la operación no constituye actividad comercial o profesional habitual. Sin embargo, cuando el valor total de la operación supera los umbrales de vulnerabilidad del Artículo 17 LFPIORPI — aproximadamente $802,500 MXN (1,605 UMAs) para ciertas operaciones inmobiliarias — el Notario Público que formaliza la operación debe recabar documentación patrimonial e identitaria y puede requerir documentación CFDI como parte de su debida diligencia antilavado. Para personas físicas que ocasionalmente realizan actividad comercial y reciben anticipos, el SAT puede clasificarlas con obligaciones de actividad empresarial u honorarios, activando los requisitos de CFDI y pagos provisionales de ISR. El RESICO del SAT, vigente desde 2022 para personas físicas con ingresos anuales inferiores a $3,500,000 MXN, ofrece un régimen simplificado con tasas reducidas y obligaciones CFDI simplificadas para pequeñas actividades empresariales.
El CFDI con complemento de anticipos es una estructura de datos complementaria especificada por el SAT en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) que debe adjuntarse a ciertos CFDI de anticipo para documentar correctamente el ciclo de pago. Cuando un contribuyente recibe un anticipo antes de entregar bienes o concluir servicios, el SAT exige un flujo específico: primero, el receptor emite un CFDI de tipo ingreso (I) por el monto del anticipo con el complemento de anticipos que lo identifica como pago a cuenta y que precisa el tratamiento de IVA e ISR aplicable. Cuando ocurre la entrega final o la conclusión del servicio, el receptor emite un segundo CFDI de tipo ingreso por el valor total de la operación, identificando el CFDI de anticipo original por su UUID (Folio Fiscal) y descontando el anticipo previamente facturado. De forma simultánea, se emite un CFDI de tipo egreso (E, nota de crédito) para cancelar o reducir el CFDI de anticipo original, asegurando que el monto total facturado equivalga al valor total del contrato sin duplicar el IVA ni el ISR. La versión CFDI 4.0 del SAT, obligatoria desde enero de 2023, exige campos adicionales como el nombre completo, el RFC y el domicilio fiscal del comprador; las discrepancias entre el CFDI de anticipo y el CFDI final pueden generar errores de validación ante el SAT. Los contribuyentes deben apoyarse en su PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) y en su software contable para automatizar correctamente el flujo del complemento de anticipos.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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