Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento)
CONTRATO DE PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO DE POSESIÓN
(Non-Possessory Pledge — Garantía Mobiliaria)
Celebrado conforme a los Artículos 346–380 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC, reforma DOF 27 de agosto de 2018)
I. PARTES
ACREEDOR PRENDARIO:
Nombre / Razón Social: [Creditor Name]
RFC: [Creditor RFC]
Domicilio: [Creditor Address]
Representante: [Creditor Representative]
DEUDOR PRENDARIO (PIGNORANTE):
Nombre / Razón Social: [Debtor Name]
RFC: [Debtor RFC]
Domicilio: [Debtor Address]
Representante: [Debtor Representative]
Las partes celebran el presente Contrato de Prenda sin Desplazamiento conforme a las siguientes cláusulas:
II. OBLIGACIÓN GARANTIZADA
El presente contrato garantiza el cumplimiento de la siguiente obligación crediticia: [Underlying Credit]
Monto Total Garantizado: [Secured Amount], incluyendo capital, intereses ordinarios, intereses moratorios y gastos de cobranza.
La prenda es indivisible — el bien prendado garantiza la totalidad de la obligación hasta su extinción completa, conforme al Artículo 2859 del Código Civil Federal.
III. BIENES DADOS EN PRENDA SIN DESPLAZAMIENTO
Tipo de Garantía: [Pledged Assets Type].
Descripción Detallada de los Bienes Prendados:
[Pledged Assets Description]
Ubicación de los Bienes: [Assets Location]
Valor de Avalúo: [Appraised Value]
El Deudor Prendario conserva la posesión material y el derecho de uso de los bienes prendados en el curso ordinario de sus operaciones comerciales, conforme al Artículo 346 LGTOC. El Deudor se obliga a: (a) mantener los bienes en buen estado de conservación y funcionamiento; (b) no enajenar, gravar ni de otra forma disponer de los bienes sin autorización escrita previa del Acreedor Prendario; (c) permitir inspecciones periódicas del Acreedor con previo aviso de 24 horas.
IV. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE GARANTÍAS MOBILIARIAS (RUG)
[RUG Registration], en el Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) administrado por la Secretaría de Economía (www.rug.economia.gob.mx), conforme a los Artículos 32–52 LGTOC. La inscripción en el RUG perfecciona la garantía frente a terceros y establece la prelación del Acreedor Prendario sobre acreedores posteriores, conforme al Artículo 360 LGTOC. El número de folio electrónico del RUG se incorporará como Anexo al presente contrato una vez obtenido.
V. SEGURO Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES
[Insurance Obligation]
La falta de contratación o mantenimiento del seguro requerido constituye un Evento de Incumplimiento que faculta al Acreedor Prendario a exigir la restitución inmediata de la obligación garantizada o a contratar el seguro a cargo del Deudor Prendario.
VI. EVENTOS DE INCUMPLIMIENTO Y EJECUCIÓN
Constituyen Eventos de Incumplimiento: (a) falta de pago de cualquier suma debida conforme al crédito garantizado; (b) incumplimiento de obligaciones de seguro; (c) enajenación o gravamen no autorizado de los bienes prendados; (d) deterioro material del valor de los bienes prendados; (e) inicio de procedimiento de concurso mercantil contra el Deudor bajo la Ley de Concursos Mercantiles (LCM); (f) incumplimiento cruzado con otras obligaciones financieras del Deudor.
Penalidad por Disposición No Autorizada: [Penalty Clause].
Ante un Evento de Incumplimiento, el Acreedor Prendario podrá ejecutar la garantía conforme a los Artículos 367–380 LGTOC, ya sea mediante ejecución judicial ante el Juzgado de Distrito competente o mediante ejecución extrajudicial en los términos del Artículo 368 LGTOC, si expresamente pactada. El producto de la ejecución se aplicará al pago del saldo insoluto del crédito garantizado, intereses devengados y gastos de ejecución.
VII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se rige por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC, Artículos 346–380), el Código Civil Federal, el Código de Comercio y la Ley de Concursos Mercantiles de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal competentes, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL ACREEDOR PRENDARIO:
[Creditor Name]
Representado por: [Creditor Representative]
Firma: _________________________
EL DEUDOR PRENDARIO (PIGNORANTE):
[Debtor Name]
Representado por: [Debtor Representative]
Firma: _________________________
Secured Creditor (Acreedor Prendario)
________________
Signature
Pledging Debtor (Deudor Prendario)
________________
Signature
What Is a Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento)?
A Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento de Posesión) is a movable property security interest governed by Articles 346 through 380 of the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) — as amended most recently by the Decreto published in the Diario Oficial de la Federación on 27 August 2018 implementing Mexico's reformed secured transactions framework — that allows a debtor (pignorante or deudor prendario) to grant a security interest over movable assets (bienes muebles) to secure a credit obligation while retaining possession and use of those assets in their business operations.
The prenda sin desplazamiento was introduced into Mexican law as part of the 2009 and 2018 secured transactions reforms inspired by UNCITRAL's Model Law on Secured Transactions, transforming Mexico's movable property security regime from a possession-based system into a modern registration-based system. Before the reform, Mexican pledge law required the pledgor to physically deliver the pledged asset to the creditor (prenda con desplazamiento under the Código Civil Federal), making it impractical to pledge operating machinery, inventory, or other assets essential to the debtor's business. The prenda sin desplazamiento eliminates this requirement by substituting registration with the Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) — administered by the Secretaría de Economía — for physical possession.
The Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) is Mexico's electronic public registry of movable property security interests, established under the 2009 reforms and expanded under the 2018 amendments. Registration with the RUG provides public notice (publicidad registral) of the security interest and establishes priority (preferencia) against subsequent creditors, buyers without actual knowledge of the pledge, and trustee in bankruptcy (síndico) in the debtor's insolvency proceedings under the Ley de Concursos Mercantiles (LCM). An unregistered prenda sin desplazamiento is valid between the parties but has no priority against third parties.
Article 346 LGTOC defines the prenda sin desplazamiento as a guarantee (garantía) on movable property (bienes muebles), receivables (derechos de crédito), or future assets (bienes futuros) that does not require delivery of possession to the creditor. Article 353 LGTOC provides that the prenda sin desplazamiento can cover present or future assets, specific identified assets (bienes específicos), or a floating charge over categories of assets (bienes genéricos) — such as all inventory (inventario), all machinery and equipment (maquinaria y equipo), or all accounts receivable (cuentas por cobrar) — making it a flexible tool for commercial financing.
The Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) and the CNBV have incorporated the prenda sin desplazamiento into the regulatory framework for SOFOM (Sociedad Financiera de Objeto Múltiple) and bank lending — regulated financial institutions are required to register all movable property security interests with the RUG and to follow specific valuation and insurance requirements for pledged assets. The Banco de México's credit risk regulations (Disposiciones de Carácter General) recognise RUG-registered prenda sin desplazamiento as eligible collateral for capital adequacy calculations under the Basilea III framework adopted in Mexico.
When Do You Need a Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento)?
A Non-Possessory Pledge Agreement Mexico is required whenever a Mexican creditor — whether a bank, SOFOM, commercial supplier, or private lender — wishes to obtain a security interest over a debtor's movable assets without requiring physical delivery of those assets, allowing the debtor to continue using the pledged property in their business operations.
The prenda sin desplazamiento is the standard security instrument for equipment financing (financiamiento de activos fijos) in Mexico — when a manufacturing company (empresa manufacturera) borrows to purchase new machinery, the lender takes a prenda sin desplazamiento over the purchased machinery, registered with the RUG, while the company retains possession and uses the machinery to generate the revenue that services the loan. This structure is far more practical than a traditional pledge (prenda con desplazamiento) that would require delivering the machine to the creditor.
The agreement is essential for inventory financing (financiamiento de inventario) where a distributor or retailer pledges its current and future inventory as security for a revolving credit line. A floating charge over all present and after-acquired inventory (prenda sobre inventario presente y futuro) allows the credit line to be secured dynamically as inventory turns over — the security interest automatically attaches to new inventory as it is acquired, without need for new registration for each batch of goods.
A prenda sin desplazamiento is needed for accounts receivable financing — when a company pledges its trade receivables (cuentas por cobrar) as security rather than assigning them outright (cesión de crédito). The pledge structure allows the company to continue collecting its receivables while granting the lender a priority claim over the receivable proceeds in case of default.
The agreement is required for agricultural financing (financiamiento agropecuario) where a farmer or agro-industrial company pledges crops (cosechas), livestock (ganado), or agricultural equipment to FIRA (Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura) or Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND) for production loans. Registration with the RUG provides the government development bank with priority over other creditors in case of default.
Under the Ley de Concursos Mercantiles (LCM), a creditor with a RUG-registered prenda sin desplazamiento qualifies as a secured creditor (acreedor con garantía real) with priority over unsecured creditors (acreedores quirografarios) in the debtor's bankruptcy or restructuring proceedings — making RUG registration critical for commercial lenders seeking meaningful collateral protection.
What to Include in Your Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento)
A valid Non-Possessory Pledge Agreement Mexico under LGTOC Articles 346 through 380 must contain the following essential elements to create an enforceable, perfected security interest with priority against third parties:
Identification of Parties: Full legal names, RFC numbers, and domiciles of the deudor prendario (pledgor/debtor) and acreedor prendario (pledgee/creditor). For personas morales, include corporate name, RFC, domicilio fiscal, and the authority of the signing representative under a poder notarial. The debtor must be the owner (propietario) of the pledged assets or have the right to pledge them.
Description of the Secured Obligation: Precise identification of the credit obligation secured by the pledge — including the underlying credit agreement (contrato de crédito), principal amount in MXN, interest rate, payment schedule, and any other monetary obligations (costs, penalties) covered by the security interest. The prenda sin desplazamiento secures the full obligation including accessories unless limited by agreement.
Description of the Pledged Assets: Detailed identification of the movable property pledged — for specific assets (bienes específicos), include make, model, serial number, and other identifying information; for generic categories (bienes genéricos), describe the category (e.g., all inventory at the debtor's premises at [address], all accounts receivable due within 180 days, all machinery and equipment). Future assets and after-acquired property (bienes futuros y de adquisición posterior) can be included under Article 353 LGTOC for revolving or open-ended facilities.
Debtor's Right to Retain Possession and Use: Express statement confirming the debtor retains physical possession (posesión material) and the right to use (derecho de uso) the pledged assets in the ordinary course of business, subject to obligations to maintain the assets in good condition, maintain required insurance coverage, and not transfer or encumber the assets without the creditor's written consent.
Insurance Requirements: The pledgor must maintain adequate property insurance (seguro de daños) on the pledged assets — naming the pledgee as loss payee (beneficiario preferente) — for the full replacement value (valor de reposición) of the pledged property throughout the term of the pledge. Common insurers for commercial assets in Mexico include GNP Seguros, AXA Seguros, and Mapfre México. Failure to maintain insurance constitutes a default event.
Registration with the Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG): The agreement must identify the obligation of the creditor (or debtor, as agreed) to register the prenda sin desplazamiento with the RUG administered by the Secretaría de Economía. Registration is what perfects the security interest against third parties — an unregistered pledge has no priority. The RUG registration fee (arancel) must be paid and the registration folio (folio electrónico) number noted in the pledge documentation.
Enforcement Rights (Derechos de Ejecución): The agreement must specify the creditor's enforcement rights upon default (incumplimiento) — including the right to take possession of the pledged assets (desposesión), sell them through the procedure established under Article 368 LGTOC (extrajudicial sale or judicial auction), and apply the proceeds to the secured debt. Mexican law permits extrajudicial enforcement of prenda sin desplazamiento when the parties have agreed to this procedure in writing.
Default Events (Eventos de Incumplimiento): Express enumeration of default events triggering enforcement — including non-payment, breach of insurance obligations, unauthorized disposal of pledged assets, insolvency filing under the Ley de Concursos Mercantiles, material deterioration of pledged asset value, and cross-default provisions.
Forms-legal.com provides this Non-Possessory Pledge Mexico template as a reference document. Security agreements over significant business assets — particularly floating charges over inventory, receivables, or equipment portfolios — should be prepared by a Licenciado en Derecho specialised in garantías mobiliarias and registered with the RUG by a legal professional with RUG filing experience. Errors in asset description or RUG registration can render the priority claim ineffective against competing creditors or the concurso mercantil trustee.
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Forms Legal. (2026). Non-Possessory Pledge Mexico (Prenda sin Desplazamiento) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/financial/agreements/non-possessory-pledge-mexico
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El Registro Único de Garantías Mobiliarias (RUG) es el sistema electrónico administrado por la Secretaría de Economía donde se inscriben las prendas sin desplazamiento conforme al artículo 362 de la LGTOC. La inscripción se realiza en línea mediante el portal del RUG, requiere los datos del acreedor, del deudor, la descripción de los bienes gravados y el monto del crédito. Desde la inscripción, la prenda es oponible a terceros y establece la prelación del acreedor. El folio de inscripción tiene una vigencia que puede renovarse. Sin inscripción en el RUG, la prenda sólo tiene efectos entre las partes pero no frente a acreedores embargantes ni al síndico en concurso mercantil. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Conforme al artículo 355 de la LGTOC, pueden ser objeto de prenda sin desplazamiento los bienes muebles determinados o determinables: maquinaria industrial, vehículos de flotilla, equipos de cómputo, inventarios de materia prima, producto en proceso y producto terminado, cuentas por cobrar, derechos de crédito, cosechas futuras y almacenadas, derechos de propiedad intelectual inscritos en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) o en el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), y acciones o participaciones en sociedades mercantiles. Los bienes inmuebles no pueden ser objeto de esta garantía; para ellos existe la hipoteca regulada en el CCF. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Si el deudor pignorante enajena bienes prendados sin autorización del acreedor, comete el delito de disposición de cosa pignorada tipificado en el artículo 387 fracción XVII del Código Penal Federal, sancionado con prisión de uno a nueve años y multa. Adicionalmente, el acreedor puede declarar el vencimiento anticipado del crédito garantizado conforme a las cláusulas de vencimiento anticipado del contrato y proceder a la ejecución de la garantía. El comprador de buena fe de un bien prendado sin desplazamiento inscrito en el RUG no puede alegar desconocimiento de la garantía, pues el RUG es de consulta pública. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
La reforma de 2009 al LGTOC introdujo la ejecución extrajudicial ante fedatario público (Notario Público o corredor público) conforme al artículo 366. El acreedor notifica al deudor el incumplimiento y le da un plazo de tres días para pagar o acreditar el pago. Si el deudor no paga, el fedatario procede a la venta de los bienes en subasta pública o por otro método pactado en el contrato. El producto se aplica primero a los gastos de ejecución, luego a los intereses moratorios, después al capital y por último a los accesorios. El saldo remanente se entrega al deudor; el déficit puede reclamarse judicialmente. Este mecanismo es significativamente más rápido que el juicio ejecutivo mercantil ordinario. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
En el concurso mercantil regulado por la Ley de Concursos Mercantiles, los acreedores con garantía real inscrita en el RUG tienen prelación como acreedores singularmente privilegiados sobre los bienes prendados. Cobran antes que los acreedores comunes (quirografarios) y antes que los acreedores con privilegio general. Sin embargo, los créditos laborales de los últimos dos años, los créditos por pensiones alimenticias y los créditos fiscales con garantía específica pueden tener prelación superior según el artículo 224 de la LCM. La inscripción en el RUG es el factor determinante para sostener la prelación en la masa concursal. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
Sí, el artículo 355 de la LGTOC permite que la prenda sin desplazamiento recaiga sobre bienes futuros determinables por su categoría —por ejemplo, 'todos los inventarios de materia prima que el deudor adquiera durante la vigencia del crédito'—. Esta modalidad es especialmente útil para verificar líneas de crédito revolventes en el sector comercial e industrial. Para que los bienes sobrevenidos queden automáticamente incluidos en la garantía inscrita en el RUG, la descripción de la inscripción debe ser suficientemente genérica pero determinable. El acreedor puede exigir reportes periódicos de inventarios para verificar la suficiencia de la garantía. Conforme al Código Civil Federal, las partes gozan de amplia libertad contractual para establecer las condiciones que mejor protejan sus intereses, siempre que no contravengan normas de orden público. El Artículo 1794 del Código Civil Federal establece los requisitos de existencia del acto jurídico. Los tribunales competentes del domicilio del demandado conocerán de las controversias derivadas de este instrumento.
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