Restricted Zone Real Estate Trust Mexico (Fideicomiso Zona Restringida)
CONTRATO DE FIDEICOMISO PARA ADQUISICIÓN DE INMUEBLES EN ZONA RESTRINGIDA
Ley de Inversión Extranjera Artículo 11 — Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito Artículos 381–414
ANTECEDENTES
I. La Secretaría de Relaciones Exteriores emitió el Permiso No. [SRE Permit Number] de fecha [SRE Permit Date], autorizando la adquisición de derechos sobre bienes inmuebles en zona restringida a favor del fideicomisario que se identifica en la presente Escritura, conforme al Artículo 11 de la Ley de Inversión Extranjera (LIE).
II. [Fiduciario Name], RFC [Fiduciario RFC], institución de crédito autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ([Fiduciario CNBV Auth]), actúa como institución fiduciaria en el presente fideicomiso, conforme a los Artículos 381 a 414 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).
III. [Beneficiary Name], de nacionalidad [Beneficiary Nationality], pasaporte [Beneficiary Passport], con domicilio en [Beneficiary Address], actúa como fideicomitente y fideicomisario del presente fideicomiso.
CLÁUSULA PRIMERA — DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE FIDUCIARIO
El inmueble objeto del presente fideicomiso se describe como sigue:
Domicilio: [Property Address]
Folio Real del Registro Público: [Folio Real]
Clave Catastral: [Clave Catastral]
Superficie de Terreno: [Property Surface]
Superficie Construida: [Construction Area]
Uso del Inmueble: [Property Use]
Precio de Adquisición: [Purchase Price]
CLÁUSULA SEGUNDA — PLAZO Y FIN DEL FIDEICOMISO
El presente fideicomiso tendrá una duración de [Trust Term], contados a partir del [Trust Start Date], conforme al Artículo 11 de la Ley de Inversión Extranjera. El fideicomisario podrá solicitar la renovación del fideicomiso ante la Secretaría de Relaciones Exteriores con anticipación suficiente al vencimiento del plazo.
El fin del presente fideicomiso es permitir al fideicomisario extranjero el uso, goce, disfrute, explotación y aprovechamiento del inmueble descrito en la Cláusula Primera, dentro del territorio de la zona restringida de los Estados Unidos Mexicanos, sin adquirir directamente el dominio pleno sobre el mismo, conforme al Artículo 27 de la Constitución Política y al Artículo 11 de la LIE.
CLÁUSULA TERCERA — DERECHOS DEL FIDEICOMISARIO
El fideicomisario [Beneficiary Name] tendrá los siguientes derechos sobre el inmueble fiduciario, conforme a los Artículos 395 y 396 LGTOC:
Derecho de uso y goce: ocupar y habitar el inmueble como casa de descanso o residencia.
Derecho de arrendamiento: celebrar contratos de arrendamiento con terceros y percibir las rentas correspondientes.
Derecho de mejoras: realizar construcciones y mejoras en el inmueble, previa obtención de las licencias municipales correspondientes.
Derecho de garantía hipotecaria: hipotecar o pignorar los derechos fiduciarios para garantizar financiamientos, con autorización del fiduciario.
Derecho de cesión: instruir al fiduciario para ceder los derechos fiduciarios a un cesionario calificado, sujeto a la obtención del nuevo permiso SRE.
CLÁUSULA CUARTA — FIDEICOMISARIO SUSTITUTO
En caso de fallecimiento del fideicomisario [Beneficiary Name], los derechos fiduciarios se transmitirán automáticamente a [Successor Beneficiary], quien se designa como fideicomisario sustituto (fideicomisario de segundo lugar), conforme al Artículo 382 de la LGTOC, sin necesidad de juicio sucesorio en México.
CLÁUSULA QUINTA — COMISIÓN FIDUCIARIA Y GASTOS
El fideicomisario pagará al fiduciario una comisión anual de administración de [Annual Fee], más los impuestos correspondientes (IVA al 16%), así como todos los gastos ordinarios del inmueble incluyendo predial, agua potable, cuotas de condominio y seguros, que el fiduciario pagará con cargo a los recursos que el fideicomisario proporcione o autorice.
CLÁUSULA SEXTA — FORMALIZACIÓN NOTARIAL E INSCRIPCIÓN
El presente fideicomiso se otorgará ante [Notaria], se inscribirá en el Registro Público de la Propiedad y Comercio del Municipio donde se ubica el inmueble, y se notificará al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para efectos fiscales. El Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles (ISAI) será pagado por el fideicomisario en el momento de la formalización de la escritura fiduciaria.
CLÁUSULA SÉPTIMA — LEY APLICABLE
El presente fideicomiso se rige por la Ley de Inversión Extranjera (LIE) Artículo 11, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) Artículos 381 a 414, el Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera, y la legislación notarial y registral del Estado donde se ubica el inmueble. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes del lugar de ubicación del inmueble.
FIRMAS
FIDUCIARIO:
[Fiduciario Name]
Representante legal autorizado: _________________________
FIDEICOMITENTE / FIDEICOMISARIO:
[Beneficiary Name]
Firma: _________________________
Formalizado ante: [Notaria]
Trustee Bank (Fiduciario)
________________
Signature
Beneficiary / Trustor (Fideicomisario / Fideicomitente)
________________
Signature
What Is a Restricted Zone Real Estate Trust Mexico (Fideicomiso Zona Restringida)?
A Restricted Zone Real Estate Trust Mexico (Fideicomiso para Adquisición de Inmuebles en Zona Restringida) is a trust structure governed by Article 11 of the Ley de Inversión Extranjera (LIE) and Articles 381 through 414 of the Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), published in the Diario Oficial de la Federación. This legal mechanism allows foreign nationals (personas físicas extranjeras) and foreign corporations (personas morales extranjeras) to acquire the rights to use, enjoy, and dispose of residential and commercial real property located within Mexico's zona restringida — the 50-kilometre coastal strip (franja costera) and the 100-kilometre border zone (franja fronteriza) — without violating Article 27 of the Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, which reserves direct ownership of land in those zones to Mexican nationals and the Mexican State.
The Fideicomiso Zona Restringida is one of the most important legal instruments in Mexican real estate law for cross-border transactions. The structure involves three essential parties: the fideicomitente (trustor/settlor), who is the foreign national or entity that contributes the property or funds to acquire it; the fiduciario (trustee), which must be a Mexican banking institution authorised by the Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) and registered with the Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) to act as institutional trustee; and the fideicomisario (beneficiary), who is typically the same foreign national and who holds all beneficial rights to use, occupy, lease, improve, and ultimately instruct the trustee to sell or transfer the property.
Article 11 LIE establishes that foreign nationals may acquire rights over real property in the zona restringida only through a fideicomiso authorised by the Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE). The Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera, published in the DOF, specifies the technical requirements for the authorisation, including the minimum trust term of 50 years (renewable), the prohibition on acquiring more than 50% of the land in a single condominio or development, and the mandatory use of an authorised Mexican fiduciario. The SRE issues the permiso para adquisición de derechos sobre bienes inmuebles en zona restringida, which is a prerequisite for executing the trust deed (escritura fiduciaria).
The LGTOC Articles 381 through 414 establish the general legal framework for fideicomisos in Mexico, defining the trust as a legal act by which the fideicomitente transfers specific assets (bienes ciertos) to the fiduciario for a lawful and determined purpose (fin lícito y determinado). Article 395 LGTOC lists the acts that a fiduciario may perform in relation to real property held in trust, including entering into lease agreements (contratos de arrendamiento), granting easements (servidumbres), and authorising construction on trust property. Article 394 LGTOC establishes that the trust patrimony (patrimonio fiduciario) is separate from the assets of both the fideicomitente and the fiduciario, providing asset protection to the foreign beneficiary.
From a tax perspective, the Fideicomiso Zona Restringida is treated as transparent for Mexican income tax purposes under Article 13 of the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). The foreign beneficiary is treated as the direct owner of the trust property for ISR purposes and must report rental income, capital gains, and any other income generated by the trust property through the fiduciario as retaining agent (retenedor). The Impuesto sobre la Adquisición de Inmuebles (ISAI) — typically 2% of the property value — is payable by the fideicomisario (beneficiary) upon acquisition of the trust rights, identical to a direct purchase. Annual property tax (predial) assessed by the municipal authority (Ayuntamiento) is also the responsibility of the fideicomisario, typically paid through the fiduciario as part of the trust's annual administration.
When Do You Need a Restricted Zone Real Estate Trust Mexico (Fideicomiso Zona Restringida)?
A Restricted Zone Real Estate Trust Mexico is required whenever a foreign national or foreign corporation seeks to acquire rights over real property situated in Mexico's zona restringida — the 50-kilometre coastal strip measured from the high-tide line (línea de más alta marea) on both Pacific and Gulf/Caribbean coasts, and the 100-kilometre border zone measured from the international boundary with the United States, Guatemala, and Belize. These zones cover some of Mexico's most valuable real estate markets, including Los Cabos, Puerto Vallarta, Cancún, Playa del Carmen, Riviera Maya, Ensenada, Rosarito, Mazatlán, Manzanillo, and all border cities such as Tijuana, Ciudad Juárez, Monterrey (partially), Mexicali, and Nuevo Laredo.
The fideicomiso is needed when a US, Canadian, European, or other foreign national purchases a vacation home, beachfront property, or residential development unit in a coastal resort area. Without the fideicomiso structure, the foreign national cannot legally acquire any rights over the property and the notario público would be prohibited from registering the transaction with the Registro Público de la Propiedad y Comercio.
The trust is also required when a foreign corporation acquires commercial real estate, warehouse space, or industrial property in border zone cities for manufacturing, maquiladora operations, or logistics purposes. Foreign companies operating under the IMMEX Programme (Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) authorised by the Secretaría de Economía frequently use fideicomisos to hold title to industrial facilities in border cities.
The fideicomiso is necessary when a foreign national inherits real property in the zona restringida from a Mexican or foreign decedent — the inheritance must be restructured as a fideicomiso if the heir is a foreigner, requiring a new SRE permit and trust deed. The Código Civil Federal and the rules of succession in the relevant state's Código Civil apply to the underlying inheritance, but the resulting property rights of a foreign heir in the restricted zone must be channelled through the trust.
Under LIE Article 11, Reglamento de la LIE Article 16, LGTOC Articles 381–414, and applicable SRE administrative rules, every fideicomiso zona restringida must be executed before a Notario Público in the state where the property is located, authorised by the SRE, registered with the Registro Público de la Propiedad y Comercio del municipio or delegación where the property is situated, and reported to the SAT for tax transparency purposes.
What to Include in Your Restricted Zone Real Estate Trust Mexico (Fideicomiso Zona Restringida)
A valid Restricted Zone Real Estate Trust Mexico under LIE Article 11 and LGTOC Articles 381–414 must include the following essential elements:
SRE Permit Reference: The trust deed must reference the Permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) number authorising the acquisition of trust rights by the foreign national, issued pursuant to LIE Article 11 and the Reglamento de la LIE. The SRE permit specifies the property, the beneficiary's nationality, and the authorised trust purpose. Without the SRE permit, the notario público cannot execute the escritura fiduciaria.
Authorised Fiduciario: The trustee (fiduciario) must be a Mexican banking institution (institución de crédito) authorised by the SHCP and CNBV to act as institutional trustee. Banks authorised for this purpose include BBVA México, Banamex (Citibanamex), Banorte, HSBC México, Scotiabank México, and Banco Actinver, among others. The fiduciario's CNBV registration number and official name must appear in the trust deed.
Property Description (Descripción del Inmueble): A complete legal description (descripción técnica legal) of the property, including folio real number (número de folio real or matrícula inmobiliaria) from the Registro Público de la Propiedad, cadastral key (clave catastral) from the Catastro Municipal, surface area in square metres, location, boundaries (linderos), and any registered easements (servidumbres) or liens (gravámenes) as shown in the Certificado de Libertad de Gravamen issued by the Registro Público.
Trust Term (Plazo del Fideicomiso): The trust term under LIE Article 11 is a maximum of 50 years (cincuenta años), renewable for additional 50-year periods upon application to the SRE. The trust deed must state the commencement date and expiration date. Upon expiration without renewal, the fiduciario is obligated to sell the property and deliver the proceeds to the beneficiary, or transfer the rights to a qualified assignee.
Beneficiary Rights (Derechos del Fideicomisario): The trust deed must enumerate the beneficiary's rights under LGTOC Articles 395 and 396, including: the right to use and occupy (derecho de uso y goce) the property; the right to lease the property to third parties and collect rents; the right to make improvements and constructions subject to municipal building permits (licencias de construcción); the right to mortgage or pledge the trust rights (hipoteca del derecho fiduciario) to secure financing; and the right to instruct the fiduciario to sell or assign the trust rights to a qualified buyer.
Successor Beneficiary (Fideicomisario Sustituto): The designation of a substitute beneficiary (fideicomisario sustituto) who receives the trust rights in the event of the primary beneficiary's death, pursuant to LGTOC Article 382. This functions as a testamentary designation for the trust property independent of the beneficiary's will (testamento) or intestate succession rules under the applicable Código Civil Estatal.
Fiduciario Fees and Expenses: The annual administration fee (comisión fiduciaria anual) charged by the banking trustee, typically ranging from USD 500 to USD 1,500 per year depending on the bank and property value, plus the costs of property tax (predial) payments, insurance, and legal compliance acts that the fiduciario performs on behalf of the beneficiary. These obligations must be clearly stated in the trust deed.
Notarial Execution and Registration: The fideicomiso must be executed before a Notario Público del Estado where the property is located, entered into the Protocolo Notarial, and registered with the Registro Público de la Propiedad y Comercio of the relevant municipality. ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles) is payable at registration. The Notaría Pública also reports the transaction to the SAT under anti-money-laundering obligations pursuant to the Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) — commonly known as the Ley Antilavado.
Forms-legal.com provides this Restricted Zone Real Estate Trust Mexico template as a reference document. Every fideicomiso zona restringida involves significant legal, tax, and regulatory requirements and must be prepared and executed by a Notario Público licenciado with expertise in zona restringida transactions. Foreign buyers should also obtain independent legal advice from a Licenciado en Derecho specialised in real estate and foreign investment law before signing any purchase agreement (contrato de compraventa) or trust deed.
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Conforme al artículo 11 de la LIE y el Reglamento de la LIE, el plazo inicial máximo de un Fideicomiso Zona Restringida es de 50 años contados desde la fecha de inscripción de la escritura fiduciaria en el Registro Público de la Propiedad y Comercio. Antes de que venza el plazo, el beneficiario debe presentar una solicitud de renovación ante la SRE y el banco fiduciario debe otorgar una escritura de renovación ante Notario Público. La renovación generalmente se otorga por períodos adicionales de hasta 50 años, sujeta a las mismas condiciones del permiso original. Si el beneficiario no renueva el fideicomiso antes de su vencimiento, el fiduciario está legalmente obligado conforme al artículo 392 de la LGTOC a liquidar el fideicomiso —vender el inmueble a valor de mercado y entregar el producto neto al beneficiario—. El proceso de renovación tarda generalmente entre 3 y 6 meses e implica nuevas cuotas de permiso de la SRE, honorarios notariales y cuotas de inscripción registral. La mayoría de los abogados inmobiliarios mexicanos recomiendan iniciar el proceso de renovación con al menos un año de anticipación al vencimiento del fideicomiso.
Sí. El fideicomisario de un Fideicomiso Zona Restringida tiene pleno derecho de usar y ocupar el inmueble fideicomitido como residencia personal conforme al artículo 395 de la LGTOC; la estructura fiduciaria no restringe el derecho del extranjero de vivir, disfrutar, mejorar o amueblar el inmueble. El fideicomisario también puede arrendar el inmueble a terceros y cobrar directamente las rentas, sin requerir autorización previa del fiduciario, salvo que la escritura fiduciaria disponga lo contrario. Los ingresos por arrendamiento obtenidos por un fideicomisario extranjero de un inmueble fideicomitido en México están sujetos al ISR en México conforme al artículo 159 de la LISR: la tasa aplicable para residentes en el extranjero es del 25% sobre ingresos brutos por arrendamiento o del 35% sobre ingresos netos si el fideicomisario designa un representante legal fiscal residente en México. El fideicomisario también debe cumplir con las reglamentaciones municipales locales para arrendamientos vacacionales de corto plazo, incluido el registro ante la Secretaría de Turismo (SECTUR) para rentas tipo Airbnb en zonas turísticas y el IVA aplicable conforme a la Ley del IVA al 16% sobre ingresos por arrendamientos de corto plazo.
Sí. Los derechos del fideicomisario bajo un Fideicomiso Zona Restringida pueden cederse en garantía mediante una hipoteca sobre derechos fiduciarios, en lugar de sobre el inmueble mismo, dado que la titularidad del inmueble la ostenta el fiduciario y no el fideicomisario. Esta estructura está reconocida por el derecho inmobiliario mexicano y la regulación de la CNBV. Bancos mexicanos como BBVA México, Banorte, Banamex, HSBC México y Scotiabank México ofrecen productos hipotecarios en pesos y en dólares a extranjeros calificados garantizados con sus derechos fiduciarios. La hipoteca se estructura como contrato de prenda sobre derechos fiduciarios otorgado ante Notario Público e inscrito en el Registro Público de la Propiedad. La escritura fiduciaria debe autorizar expresamente el derecho del fideicomisario de hipotecar o prendar los derechos fiduciarios; esta cláusula es estándar en fideicomisos bien redactados pero debe confirmarse antes de solicitar financiamiento. En caso de incumplimiento, el acreedor puede ejecutar la hipoteca mediante juicio ejecutivo mercantil ante el Juzgado Civil o Juzgado Mercantil competente, instruyendo finalmente al fiduciario para vender el inmueble y aplicar el producto al saldo del crédito.
Cuando un fideicomisario desea vender el inmueble fideicomitido, la operación se estructura como cesión de derechos fiduciarios en lugar de venta directa del inmueble, dado que la titularidad legal la ostenta el fiduciario (el banco) y no el fideicomisario. El vendedor (cedente) y el comprador (cesionario) celebran un contrato de compraventa de derechos fiduciarios, que se formaliza como escritura pública de cesión de derechos fiduciarios ante Notario Público. Si el comprador es otro extranjero, se requiere nuevo permiso de la SRE que autorice al comprador la adquisición de los derechos fiduciarios antes de que el Notario pueda otorgar la escritura. El fiduciario (banco) es notificado formalmente de la cesión y actualiza sus registros para reflejar al nuevo fideicomisario. El vendedor paga ISR sobre la ganancia de capital conforme al artículo 126 de la LISR (residentes en México) o al artículo 160 de la LISR (residentes en el extranjero). El comprador paga el ISAI —generalmente el 2% del precio pactado o del valor fiscal, el mayor de ambos— al inscribir la escritura de cesión en el Registro Público. El proceso toma generalmente entre 45 y 90 días desde la firma del contrato de promesa de compraventa hasta la inscripción de la escritura definitiva.
La escritura fiduciaria del Fideicomiso Zona Restringida generalmente designa un fideicomisario sustituto o fideicomisario de segundo lugar que recibe automáticamente los derechos fiduciarios al fallecimiento del beneficiario primario, sin necesidad de procedimiento sucesorio en México conforme al artículo 382 de la LGTOC. Esta es una de las principales ventajas de planeación patrimonial de la estructura fiduciaria para extranjeros: la sucesión de los derechos fiduciarios evita el juicio sucesorio mexicano, que puede tardar años y requiere el nombramiento de albacea local conforme al código civil estatal aplicable. El fideicomisario sustituto debe nombrarse en la escritura fiduciaria al momento de su otorgamiento inicial y puede modificarse posteriormente por el fideicomisario primario mediante addendum fiduciario otorgado ante Notario Público. Si no se designa fideicomisario sustituto y el fideicomisario primario fallece sin testamento mexicano válido que cubra los derechos fiduciarios, el fiduciario debe esperar resolución del Juzgado de lo Civil competente que autorice la distribución de los derechos fiduciarios a los herederos legales. Los testamentos extranjeros pueden reconocerse en México mediante procedimiento de exequátur ante el tribunal mexicano competente, pero el proceso puede ser complejo y prolongado.
Los costos anuales continuos de mantener un Fideicomiso Zona Restringida incluyen varios componentes: la comisión fiduciaria anual del banco fiduciario, generalmente entre USD 500 y USD 1,500 según el banco, el valor del inmueble y los servicios incluidos; el impuesto predial anual liquidado por la Tesorería Municipal a tasas que varían por municipio y uso del inmueble (residencial vs. comercial), típicamente del 0.1% al 0.3% del valor catastral anual; el seguro del inmueble requerido tanto por el fiduciario como por cualquier acreedor hipotecario, que cubre al menos incendio, inundación y daño estructural, con primas generalmente entre el 0.15% y el 0.5% del valor de reposición anual; y los costos de cumplimiento fiscal si el fideicomisario obtiene ingresos por arrendamiento, incluyendo la retención del ISR a través del fiduciario y la declaración anual del ISR ante el SAT. Los costos adicionales no recurrentes incluyen: cuotas de renovación del permiso de la SRE (cada 50 años), honorarios notariales por modificaciones o cesiones del fideicomiso, y cuotas de inscripción registral de cualquier modificación ante el Registro Público. Los fideicomisarios también deben presupuestar las comisiones del fiduciario por actos específicos como otorgamiento de contratos de arrendamiento, autorizaciones de construcción o documentación de hipotecas, generalmente cobradas por acto entre MXN 2,000 y MXN 10,000 según el banco.
Los nacionales mexicanos no necesitan un fideicomiso para ser propietarios de inmuebles en la zona restringida; pueden adquirir el dominio pleno de bienes inmuebles en todo el territorio nacional, incluidas las zonas costeras y fronterizas, conforme a sus derechos constitucionales bajo el artículo 27 de la Constitución. Las personas morales de nacionalidad mexicana también pueden ostentar la titularidad directa de bienes inmuebles en la zona restringida. La restricción del fideicomiso aplica únicamente a: (a) personas físicas extranjeras, quienes deben siempre usar la estructura fiduciaria independientemente de su estatus migratorio en México; y (b) personas morales extranjeras, que solo pueden adquirir titularidad directa de inmuebles comerciales fuera de la zona restringida previo permiso de la SRE, y deben usar el fideicomiso para cualquier inmueble dentro de la zona restringida. Una idea errónea frecuente es que una empresa mexicana con accionistas extranjeros puede eludir la restricción manteniendo la titularidad del inmueble a nombre de la empresa; esto es falso conforme a los artículos 6 a 10 de la LIE. Las empresas mexicanas con inversión extranjera que adquieran bienes inmuebles en la zona restringida deben igualmente usar la estructura fiduciaria, con la empresa mexicana como fideicomisario, salvo que califiquen para la exención de la CNIE para actividades industriales, comerciales o turísticas calificadas.
El permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) es un requisito previo para otorgar el Fideicomiso Zona Restringida conforme al artículo 11 de la LIE. La solicitud la presenta el extranjero adquirente o su representante legal en México directamente ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SRE o a través de su portal digital. La documentación requerida incluye: copia certificada del pasaporte del solicitante extranjero; el contrato de promesa de compraventa o carta oferta que identifique el inmueble; descripción técnica legal del inmueble o certificado notarial; constancia de voluntad del banco propuesto para actuar como fiduciario; y pago de los derechos fiscales de la SRE establecidos en la Ley Federal de Derechos anual. Los tiempos de procesamiento de la SRE para fideicomisos residenciales estándar han mejorado significativamente mediante el proceso digital: los permisos generalmente se emiten en 15 a 30 días hábiles para adquisiciones residenciales sencillas. Las operaciones complejas, inmuebles con problemas de titulación pendientes o solicitudes de personas morales pueden tardar de 60 a 90 días hábiles. El permiso de la SRE se emite a nombre del beneficiario extranjero específico para el inmueble descrito en la solicitud; se requiere nuevo permiso para cada nueva adquisición y para cambios de beneficiario (cesiones de derechos).
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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