Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua)
ACUERDO DE RESCISIÓN MUTUA DE RELACIÓN LABORAL
Conforme al Artículo 53, Fracción I de la Ley Federal del Trabajo
I. PARTES
PATRÓN:
Razón Social: [Employer Name]
RFC: [Employer RFC]
Registro Patronal IMSS: [Employer IMSS]
Domicilio Fiscal: [Employer Address]
Representante Legal: [Employer Representative]
TRABAJADOR/A:
Nombre: [Employee Name]
RFC: [Employee RFC]
CURP: [Employee CURP]
NSS (IMSS): [Employee NSS]
Domicilio: [Employee Address]
II. ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL
El/la Trabajador/a prestó sus servicios al Patrón en el puesto de [Job Title] desde el [Start Date] hasta el [Termination Date], fecha esta última que constituye el último día de labores.
Salario Diario Base: [Daily Salary]
Salario Diario Integrado (SDI — art. 84 LFT): [Integrated Daily Salary]
III. RESCISIÓN POR MUTUO CONSENTIMIENTO
Las partes, de común acuerdo y con plena capacidad legal, declaran que la relación laboral que las unía ha quedado rescindida de manera definitiva a partir del [Termination Date], de conformidad con el Artículo 53, Fracción I de la Ley Federal del Trabajo, por mutuo consentimiento.
Ambas partes declaran expresamente que la presente rescisión es voluntaria, libre de todo vicio del consentimiento (dolo, error, violencia o lesión en términos del Código Civil Federal), y que ninguna de las partes atribuye responsabilidad o culpa a la otra por la terminación de la relación laboral.
IV. FINIQUITO Y LIQUIDACIÓN
El Patrón pagará al Trabajador/a las siguientes cantidades por concepto de finiquito, calculadas conforme a la Ley Federal del Trabajo:
a) Aguinaldo proporcional (art. 87 LFT): [Proportional Aguinaldo]
b) Vacaciones proporcionales (art. 76 LFT): [Proportional Vacation]
c) Prima vacacional proporcional (art. 80 LFT): [Prima Vacacional]
d) PTU proporcional (arts. 117–131 LFT): [Proportional PTU]
e) Pago voluntario adicional: [Additional Payment]
MONTO TOTAL DEL CONVENIO: [Total Finiquito] (pesos mexicanos)
Forma de pago: [Payment Method]. El Patrón, en su calidad de agente retenedor de ISR conforme al Artículo 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, retendrá y enterará al SAT el impuesto que corresponda sobre los conceptos gravados, previa aplicación de las exenciones establecidas en el Artículo 93 LISR. El Trabajador/a recibirá la Constancia de Percepciones y Retenciones (Formulario 37) en la fecha de pago.
V. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
El Patrón se compromete a presentar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la Baja del Trabajador dentro de los 5 días hábiles siguientes al [Termination Date], conforme al Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social. El Patrón cubrirá la totalidad de las cuotas obrero-patronales devengadas hasta la fecha de baja calculadas sobre el SDI.
VI. FINIQUITO TOTAL Y LIBERACIÓN RECÍPROCA
Con la firma del presente acuerdo y el pago de los conceptos señalados en la Cláusula IV, el Trabajador/a declara que ha recibido o recibirá en la fecha acordada la totalidad de las prestaciones e indemnizaciones a que tiene derecho, y otorga al Patrón el más amplio finiquito, liberación y carta de no adeudo (finiquito total, líquido y sin reservas) por todos los conceptos laborales, de seguridad social y fiscales derivados de la relación laboral que concluye.
De manera recíproca, el Patrón libera al Trabajador/a de cualquier reclamación derivada de la prestación de sus servicios.
Las partes se obligan a ratificar el presente acuerdo ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) o el centro estatal correspondiente, conforme a los Artículos 33 y 987 de la LFT, para que el presente convenio adquiera valor de cosa juzgada.
FIRMAS
En [Agreement City], a [Agreement Date].
EL PATRÓN:
[Employer Name]
Representado por: [Employer Representative]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A:
[Employee Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
TESTIGO:
Nombre: _________________________
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Employer / Legal Representative (Patrón / Representante Legal)
________________
Signature
Employee (Trabajador/a)
________________
Signature
What Is a Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua)?
A Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua) is a bilateral written document in which both the employer (patrón) and the worker (trabajador) voluntarily agree to end their employment relationship, governed by Article 53, Fraction I of the Ley Federal del Trabajo (LFT), which lists mutual consent (mutuo consentimiento) as one of the lawful grounds for terminating an employment relationship in Mexico. Unlike a unilateral rescission by the employer under Article 47 LFT or a voluntary resignation by the worker under Article 51 LFT, a mutual termination agreement reflects the shared decision of both parties to separate without attributing fault to either side.
The constitutional basis for the right to terminate an employment relationship by mutual agreement derives from Article 5 of the Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, which guarantees freedom of contract (libertad contractual), and from Article 123, Apartado A, which vests labour rights in individual workers but permits their voluntary waiver when done freely, knowingly, and with full payment of all accrued legal entitlements. The Ley Federal del Trabajo, reformed substantially by the Decreto published in the Diario Oficial de la Federación on 1 May 2019, reinforces this framework by requiring that any settlement of labour rights (convenio de terminación de derechos laborales) be ratified before the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) or the competent state conciliation centre to be legally binding and exempt from future challenge under Article 987 LFT.
The CFCRL, created by the 2019 reforma laboral to replace the former Juntas de Conciliación y Arbitraje, plays a central role in formalizing mutual termination agreements. Under Article 33 LFT, any waiver or abandonment of workers' rights (renuncia de derechos del trabajador) made outside of a CFCRL or judicial proceeding is null and void (nulo y sin efecto legal). This provision means that a private mutual termination agreement signed only by the employer and worker — without CFCRL ratification — can be challenged by the worker at any time, even years later, without the statute of limitations that would otherwise apply. Employers who rely on unratified agreements bear a significant legal risk of retroactive claims for unjustified dismissal compensation under Article 50 LFT, which includes three months' salary (indemnización constitucional) plus 20 days' salary per year of service (indemnización por antigüedad).
A properly executed Acuerdo de Rescisión Mutua must document the finiquito — the total settlement of all accrued labour benefits owed to the worker at the time of termination. The finiquito calculation under Mexican law includes: proportional aguinaldo (Christmas bonus) under Article 87 LFT calculated from 1 January to the termination date; accrued vacation days (días de vacaciones proporcionales) not yet taken under Article 76 LFT; the 25% vacation premium (prima vacacional) on accrued vacation pay under Article 80 LFT; proportional PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) for the current year under Articles 117–131 LFT; and, where the worker has fifteen or more years of service, a seniority premium (prima de antigüedad) of 12 days' salary per year of service under Article 162 LFT, capped at twice the general minimum wage. The three-month constitutional indemnity (indemnización constitucional under Article 50 LFT) is not legally required in a mutual termination — only in cases of unjustified employer-initiated dismissal — but may be offered as an additional payment to secure the worker's consent and obtain a broader release.
For IMSS purposes, the employer must file a Baja del Trabajador (worker deregistration) with the Instituto Mexicano del Seguro Social within 5 business days following the termination date under Article 15-A of the Ley del Seguro Social. Failure to timely file the baja results in continued IMSS premium assessments against the employer for a worker no longer providing services. The Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral also registers the termination in the national worker registry (Registro Laboral), which forms part of the public information system established by the 2019 reforma to increase transparency in labour dispute resolution in Mexico.
When Do You Need a Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua)?
A Mutual Termination Agreement Mexico is needed whenever both parties to an employment relationship — employer and worker — have reached a shared decision to end the work arrangement and wish to document that decision in a legally enforceable instrument that will withstand scrutiny by the Tribunales Laborales, IMSS auditors, and SAT inspectors.
The agreement is required when an employer is restructuring its workforce (reestructuración de personal) and negotiating individual separations with workers who agree to leave voluntarily in exchange for agreed settlement packages that may exceed the minimum legal finiquito. In these cases, the Acuerdo de Rescisión Mutua provides legal certainty that the worker cannot subsequently claim unjustified dismissal — a risk that is particularly significant given that Article 47 LFT places the burden of proving that a dismissal was justified entirely on the employer.
The document is needed when a worker approaches the employer and requests to end the employment relationship on terms mutually agreeable to both parties — for example, a worker who has secured alternative employment and wishes to negotiate an early release from a notice period, or a worker who is relocating to another city for personal reasons and seeks a clean separation with payment of full accrued benefits. In these voluntary-worker-initiated scenarios, the Acuerdo de Rescisión Mutua is the appropriate instrument because it reflects the bilateral nature of the agreement and avoids the characterization of the termination as either employer-initiated (rescisión por el patrón) or worker-initiated resignation (renuncia voluntaria).
The agreement is also needed when the employer and worker wish to document the separation in a format that can be ratified before the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral — ratification transforms the mutual agreement into a res judicata settlement (convenio con valor de cosa juzgada) under Articles 33 and 987 LFT, extinguishing all future claims arising from the employment relationship. Without CFCRL ratification, the Acuerdo de Rescisión Mutua provides limited protection against future claims by the worker.
Under Article 804 LFT, employers must retain employment termination documents for at least one year after the relationship ends, and the STPS inspección del trabajo may request production of these documents during routine audits. The SAT requires documentation of labour settlements for payroll tax (ISR) purposes — specifically, the calculation and tax treatment of finiquito payments, which are exempt from ISR up to a statutory ceiling under Article 93 of the Ley del Impuesto sobre la Renta. Payments above this ceiling must be withheld and remitted to the SAT by the employer in its role as retention agent (agente retenedor de ISR).
What to Include in Your Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua)
A valid Mutual Termination Agreement Mexico under Ley Federal del Trabajo art. 53 fraction I must include the following essential elements to be enforceable and to qualify for CFCRL ratification.
Identification of Parties: Full legal name, RFC (Registro Federal de Contribuyentes), CURP (Clave Única de Registro de Población), NSS (Número de Seguridad Social), and domicile of both the employer (patrón) — including company RFC, IMSS registration number (registro patronal), and name of legal representative — and the worker (trabajador). Both the employer and worker must have full legal capacity to enter into the agreement (plena capacidad legal para contratar y obligarse).
Employment History Summary: The job title (puesto), department, start date of the employment relationship (fecha de inicio de la relación laboral), and the agreed termination date (fecha de terminación). The agreed termination date must be clearly identified as the last working day (último día de labores) and the date from which the worker's IMSS social security coverage under the employer's registro patronal ceases.
Declaration of Mutual Consent: An explicit statement that both parties terminate the employment relationship by mutual agreement under Article 53, Fraction I LFT — that neither party attributes fault or liability to the other, and that the termination is freely entered into without coercion (sin coacción ni presión de ningún tipo) or vitiated consent (vicios del consentimiento) under the Código Civil Federal.
Finiquito Calculation and Payment: A detailed, itemized calculation of all accrued benefits owed to the worker at the termination date: (a) proportional aguinaldo under Article 87 LFT; (b) accrued unused vacation days under Article 76 LFT (minimum 12 working days per year since 2023 reform); (c) 25% prima vacacional on accrued vacation pay under Article 80 LFT; (d) proportional PTU for the current fiscal year under Article 117 LFT; (e) prima de antigüedad of 12 days' salary per year of service under Article 162 LFT if service exceeds 15 years; and (f) any additional severance or negotiated payment agreed by the parties. The total amount (monto total) payable and the payment method (transferencia bancaria, cheque certificado) must be specified.
Mutual Release and Waiver: A clear release clause (cláusula de finiquito total) in which the worker acknowledges receipt of all amounts owed and releases the employer from any further labour, social security, or fiscal claims arising from the employment relationship — and reciprocally, the employer releases the worker from any claims arising from the performance of services. This release must be qualified as final and unconditional (finiquito total, líquido, y sin reservas), subject to CFCRL ratification to be effective under Article 33 LFT.
IMSS and INFONAVIT Obligations: Confirmation that the employer will file the Baja del Trabajador with the IMSS within 5 business days of the termination date under Article 15-A of the Ley del Seguro Social, and that all pending IMSS and INFONAVIT contributions computed on the Salario Diario Integrado (SDI) up to the termination date will be settled in full.
ISR Tax Treatment Disclosure: Disclosure of the ISR withholding calculation on the finiquito payment under Article 93 of the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Finiquito components that are legally exempt from ISR include proportional aguinaldo (exempt up to 30 times the daily minimum wage), proportional prima vacacional (exempt up to 15 times the daily minimum wage), and indemnity payments (exempt up to 90 times the daily minimum wage for the first year and additional exemptions for subsequent years). The employer's obligation as agente retenedor de ISR must be documented.
CFCRL Ratification Clause: A clause requiring that both parties present the Acuerdo de Rescisión Mutua before the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral for ratification under Article 987 LFT within the agreed period. Without CFCRL ratification, the release clause described above is unenforceable against the worker under Article 33 LFT.
Forms-legal.com provides this Mutual Termination Agreement Mexico template as a practical starting point. Every mutual termination agreement should be reviewed by a Licenciado en Derecho specializing in derecho laboral before execution and ratification, to confirm accurate finiquito calculations, correct ISR withholding, and compliance with the specific requirements of the applicable CFCRL or state conciliation centre. The CFCRL ratification appointment must be scheduled through the CFCRL portal at cfcrl.gob.mx or the corresponding state conciliation centre.
Cite this page
Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/employment/termination/mutual-termination-agreement-mexico
"Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/employment/termination/mutual-termination-agreement-mexico.
@misc{formslegal-mutual-termination-agreement-mexico,
author = {{Forms Legal}},
title = {Mutual Termination Agreement Mexico (Acuerdo de Rescisión Mutua) (Mexico)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/mexico/employment/termination/mutual-termination-agreement-mexico}},
note = {Free legal document template}
}Also available for these jurisdictions:
Frequently Asked Questions
El Artículo 53, Fracción I de la Ley Federal del Trabajo establece el mutuo consentimiento como uno de los fundamentos lícitos para terminar una relación laboral en México. Cuando tanto el patrón como el trabajador acuerdan voluntariamente poner fin a la relación laboral, la terminación es jurídicamente válida conforme a esta disposición, independientemente de si el contrato de trabajo era por tiempo indeterminado bajo el Artículo 35 LFT o por tiempo determinado bajo el Artículo 37 LFT. La terminación por mutuo consentimiento conforme al Artículo 53 Fracción I no exige al patrón pagar la indemnización constitucional de tres meses aplicable al despido injustificado bajo el Artículo 50 LFT —solo se requiere legalmente el finiquito (prestaciones devengadas no pagadas). No obstante, patrón y trabajador pueden acordar incluir pagos voluntarios adicionales como parte del paquete de separación negociado. El CFCRL, creado por la reforma laboral de 2019, debe ratificar todo acuerdo conforme al Artículo 33 LFT para que la liberación mutua sea jurídicamente vinculante e impida reclamaciones futuras.
El finiquito en México es la liquidación total de todas las prestaciones laborales devengadas y no pagadas adeudadas al trabajador al término de la relación laboral bajo cualquier causa. Conforme a la Ley Federal del Trabajo, el finiquito debe incluir: aguinaldo proporcional calculado del 1 de enero a la fecha de terminación conforme al Artículo 87 LFT —mínimo 15 días de salario anual—; pago proporcional de vacaciones por días acumulados no tomados en el año en curso conforme al Artículo 76 LFT —mínimo 12 días hábiles por el primer año desde la reforma de 2022—; 25% de prima vacacional (prima vacacional) sobre el pago proporcional de vacaciones conforme al Artículo 80 LFT; PTU proporcional (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) del ejercicio fiscal en curso conforme a los Artículos 117–131 LFT, pagadera dentro de los 60 días siguientes a que el patrón presente su declaración anual del ISR; y, para trabajadores con 15 o más años de servicio, prima de antigüedad de 12 días de salario por año de servicio conforme al Artículo 162 LFT, con un tope de dos veces el salario mínimo general diario. El finiquito no incluye la indemnización constitucional de tres meses —ese pago es específico del despido injustificado iniciado por el patrón conforme al Artículo 50 LFT. Muchos patrones pagan el finiquito mediante cheque certificado o transferencia bancaria y obtienen del trabajador un recibo de finiquito firmado, que debe presentarse en el procedimiento de ratificación ante el CFCRL.
El Artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo establece que todo convenio o liquidación de derechos laborales que no sea ratificado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o un Tribunal Laboral competente es nulo de pleno derecho. Esto significa que un acuerdo privado de rescisión mutua firmado únicamente por el patrón y el trabajador —sin ratificación del CFCRL— ofrece protección jurídica limitada al patrón frente a reclamaciones futuras. Los trabajadores que firman acuerdos no ratificados pueden posteriormente presentar una queja ante el CFCRL alegando despido injustificado (rescisión injustificada), y el patrón debe entonces probar que ocurrió una terminación mutua válida, lo cual resulta difícil sin un instrumento ratificado. La ratificación ante el CFCRL transforma el acuerdo mutuo en un convenio con valor de cosa juzgada conforme al Artículo 987 LFT —un convenio final y vinculante equivalente a una sentencia judicial— que extingue todas las reclamaciones laborales derivadas de la relación laboral terminada. La cita de ratificación ante el CFCRL se agenda en línea en cfcrl.gob.mx. Ambas partes deben comparecer en persona con sus documentos de identificación originales.
Los pagos de finiquito realizados bajo un acuerdo de rescisión mutua en México están parcialmente sujetos a retención del ISR (Impuesto sobre la Renta) por parte del patrón en su carácter de agente retenedor conforme a los Artículos 93 y 94 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Varios componentes del finiquito están exentos del ISR hasta límites estatutarios: el aguinaldo proporcional está exento hasta 30 veces el salario mínimo diario general por año conforme al Artículo 93 Fracción XI LISR; la prima vacacional proporcional está exenta hasta 15 veces el salario mínimo diario conforme al Artículo 93 Fracción XI LISR; los pagos de indemnización están exentos conforme al Artículo 93 Fracción XIII LISR hasta 90 días de salario por el primer año de servicio y un monto adicional por años subsecuentes, con la exención total sujeta a una fórmula basada en años de servicio y el salario mínimo diario. El patrón debe calcular la exención del ISR aplicable a cada componente, retener el ISR sobre el remanente gravable a la tasa progresiva aplicable conforme al Artículo 96 LISR, expedir al trabajador una Constancia de Percepciones y Retenciones (Forma 37) que refleje la retención, y enterar el ISR retenido al SAT en el pago mensual de DIOT. Los trabajadores que reciban montos superiores a las exenciones del ISR pueden estar obligados a presentar declaración anual del ISR ante el SAT correspondiente al año calendario de la terminación.
Cuando una relación laboral termina en México —incluso mediante un acuerdo de rescisión mutua conforme al Artículo 53, Fracción I LFT—, el patrón debe presentar la Baja del Trabajador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social dentro de los 5 días hábiles siguientes al último día laborado conforme al Artículo 15-A de la Ley del Seguro Social. La baja termina la obligación del patrón de pagar las cuotas obrero-patronales del IMSS y detiene la acumulación de las aportaciones al fondo de vivienda del INFONAVIT del trabajador. A partir de la fecha de la baja, la cobertura del IMSS del trabajador para servicios de salud (enfermedad y maternidad) continúa por un período de gracia de hasta 8 semanas (conservación de derechos) conforme al Artículo 109 de la Ley del Seguro Social, durante el cual el trabajador puede acceder a los servicios médicos del IMSS. Los trabajadores que consiguen nuevo empleo deben ser dados de alta ante el IMSS por su nuevo patrón antes del primer día de labores. Los trabajadores que se convierten en personas físicas con actividad empresarial pueden registrarse voluntariamente en el IMSS a través del programa Seguro de Salud para la Familia. La cuenta AFORE de ahorro para el retiro no se ve afectada por la baja —los trabajadores conservan sus ahorros para el retiro y pueden transferirlos a la cuenta IMSS de su nuevo patrón al reincorporarse al mercado laboral.
La legislación mexicana no prohíbe incluir una cláusula de confidencialidad o no denigración (cláusula de confidencialidad o no denigración) en un acuerdo de rescisión mutua, siempre que la cláusula no restrinja los derechos constitucionales del trabajador —en particular el derecho a la libertad de expresión conforme al Artículo 6 de la Constitución Política y el derecho a testificar en procedimientos legales conforme a los Artículos 8 y 17 de la Constitución. Un acuerdo de rescisión mutua puede incluir legítimamente una cláusula en la que ambas partes acuerdan no hacer declaraciones públicas denigrantes sobre la otra o sobre la empresa —particularmente en plataformas de redes sociales— por un período definido tras la fecha de terminación. Sin embargo, cualquier cláusula que pretenda impedir al trabajador denunciar violaciones laborales ante la STPS, el IMSS, el INFONAVIT, el SAT u otras autoridades gubernamentales sería nula por ser contraria al orden público conforme al Artículo 6 LFT, que anula toda disposición contractual que restrinja el ejercicio de derechos laborales o recursos administrativos. El conciliador del CFCRL revisará la cláusula de no denigración durante la ratificación y puede requerir modificaciones si la cláusula parece restringir indebidamente los derechos legales del trabajador. La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) también regula cualquier obligación de privacidad de datos incluida en el acuerdo.
El Artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo exige a los patrones conservar los contratos de trabajo, los documentos de terminación y los registros de nómina por al menos un año después de que concluya la relación laboral. Sin embargo, dado el riesgo práctico de reclamaciones posteriores —especialmente ante los Tribunales Laborales, el IMSS o el SAT—, los especialistas en derecho laboral en México recomiendan conservar todos los documentos de terminación, recibos de finiquito y certificados de ratificación del CFCRL por un mínimo de cinco años. El Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF) exige a los patrones conservar documentos con implicaciones fiscales —incluyendo registros de nómina y recibos de retención del ISR sobre pagos de finiquito— durante cinco años a partir de la fecha en que surgió la obligación fiscal correspondiente. Los auditores del IMSS también pueden solicitar la presentación de documentación de baja y registros de finiquito durante la revisión trianual de la clasificación de riesgos de trabajo del patrón. La conservación digital (conservación de documentos en medios electrónicos) está permitida conforme al CFF y la NOM-151-SCFI-2016 sobre preservación digital de documentos, siempre que los documentos se almacenen con un prestador de servicios de certificación (PSC) aprobado por el SAT.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
Found an error? Let us knowRelated Documents
You may also find these documents useful:
Aviso de Rescisión con Causa Justificada México (Art. 47 LFT)
Aviso de Rescisión con Causa Justificada para México — conforme al Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo. Notifica formalmente al trabajador que la relación laboral queda rescindida por causa específica establecida en la ley, preservando el derecho del patrón a no pagar la indemnización constitucional de tres meses aplicable al despido injustificado.
Convenio de Terminación Laboral ante CFCRL México (LFT art. 987)
Convenio de Terminación Laboral ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) para México — conforme al Artículo 987 de la Ley Federal del Trabajo y la reforma laboral 2019. Extingue todas las prestaciones laborales con valor de cosa juzgada una vez ratificado ante el conciliador federal.
Acta de Entrega de Documentos al Término Laboral en México
Acta de Entrega de Documentos al Término de la Relación Laboral en México — conforme al Artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo. Documenta la devolución de expedientes laborales, bienes de la empresa y credenciales de acceso del trabajador al patrón al concluir el vínculo laboral.
Acuerdo de Baja Voluntaria México
Acuerdo de Baja Voluntaria para México, conforme a los Artículos 49 y 52 de la Ley Federal del Trabajo. Documenta la renuncia voluntaria del trabajador, registra el pago del finiquito estatutario y confirma el derecho del patrón a aceptar la renuncia y tramitar la baja ante el IMSS. Diseñado para prevenir reclamaciones futuras de despido injustificado.
Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado México
Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado para México — regido por el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece una relación laboral permanente con registro completo ante el IMSS, aportaciones al INFONAVIT y prestaciones obligatorias que incluyen aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y PTU.