Contrato de Trabajo Temporal España
CONTRATO DE TRABAJO TEMPORAL
Fixed-Term Employment Contract
Governed by Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), Article 15.1 as reformed by Real Decreto-Ley 32/2021
1. PARTIES
EMPLOYER (EMPRESARIO):
Name: [Employer Name]
NIF/CIF: [Employer NIF]
Registered Address: [Employer Address]
Legal Representative: [Employer Representative]
TGSS Contribution Account (CCC): [Employer CCC]
EMPLOYEE (TRABAJADOR/A):
Name: [Employee Name]
DNI / NIE / Passport: [Employee DNI]
Residential Address: [Employee Address]
Social Security Number (NSS): [Employee NSS]
2. CAUSE FOR FIXED-TERM CONTRACT (MANDATORY — ARTICLE 15.1 ET)
Legal Cause (Causa Justificada): [Temporary Cause]
Specific Circumstances (Circunstancias Concretas): [Cause Details]
Absent Worker (if substitution contract): [Absent Worker Name]
Pursuant to Article 15.1 of the Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) as reformed by Real Decreto-Ley 32/2021, this contract is concluded for a fixed term justified by the above cause. Fixed-term employment without a valid legal cause is deemed indefinite by operation of law under Article 15.5 ET. The employer bears the burden of proving the existence of the justified temporary cause in any dispute before the Juzgado de lo Social.
3. JOB POSITION AND DURATION
Job Title (Puesto de Trabajo): [Job Title]
Professional Group (Grupo Profesional): [Professional Group]
Work Location (Centro de Trabajo): [Work Location]
Applicable Collective Agreement (Convenio Colectivo): [Convenio Colectivo]
Start Date: [Start Date]
End Date or Objective Event: [End Date]
Probationary Period (Período de Prueba): [Probationary Period], pursuant to Article 14 ET.
Workers employed on successive temporary contracts for 18 months within any 24-month period automatically acquire indefinite status under Article 15.2 ET.
4. WORKING TIME AND SCHEDULE
Weekly Working Hours: [Weekly Hours] hours per week, pursuant to Article 34 ET (maximum 40 hours per week).
Daily Schedule: [Work Schedule]
5. REMUNERATION
Gross Monthly Salary (Salario Bruto Mensual): [Gross Monthly Salary], pursuant to the applicable convenio colectivo minimum and the national Salario Mínimo Interprofesional (SMI) set by Royal Decree.
Upon termination of this contract by expiry of its agreed term, the employee shall be entitled to a termination compensation (indemnización por fin de contrato) of 12 days' salary per year of service, pursuant to Article 49.1(c) ET. This compensation is mandatory and non-waivable.
6. SOCIAL SECURITY AND TAX
The employer shall register the employee with the Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) under CCC [Employer CCC] before the commencement of work, pursuant to the Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015). Income tax (IRPF) withholding shall be applied in accordance with Ley 35/2006 del IRPF.
7. SEPE REGISTRATION
This contract shall be communicated to the Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) within 10 working days of execution through the Contrat@ electronic system, pursuant to Article 16.1 ET. The Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) enforces compliance with the 2021 Labour Reform's temporary contract restrictions.
8. GOVERNING LAW AND JURISDICTION
This contract is governed by the Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), particularly Article 15 as reformed by Real Decreto-Ley 32/2021, the Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015), and the applicable convenio colectivo. Disputes shall be resolved before the Juzgado de lo Social after mandatory conciliation before the SMAC under Ley 36/2011 de la Jurisdicción Social.
SIGNATURES
Signed in [Contract City], on [Contract Date].
EMPLOYER (EMPRESARIO):
[Employer Name]
Represented by: [Employer Representative]
Signature: _________________________ Date: _________________________
EMPLOYEE (TRABAJADOR/A):
[Employee Name]
Signature: _________________________ Date: _________________________
I, [Employee Name], confirm receipt of a signed copy of this contract and acknowledge the specific cause stated in Section 2.
Signature: _________________________ Date: _________________________
Employer / Legal Representative
________________
Signature
Employee
________________
Signature
Qué es Contrato de Trabajo Temporal España
El Contrato de Trabajo Temporal es, en España, el contrato escrito regulado por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 15.1, que define las prestaciones de cada parte y resulta exigible ante la jurisdicción civil.
Antes de la Reforma Laboral de 2021, la legislación española reconocía diversas modalidades de contrato temporal — el contrato de obra o servicio determinado, el contrato eventual por circunstancias de la producción y el contrato de interinidad. La reforma suprimió totalmente el contrato de obra o servicio determinado a partir del 30 de marzo de 2022 y reestructuró las dos modalidades restantes. Los empresarios que habían confiado en los contratos de obra para proyectos especializados de larga duración se vieron obligados a reconvertirlos en indefinidos o en otras modalidades contractuales.
Tras la reforma, el Artículo 15.1 ET únicamente reconoce dos causas lícitas de empleo temporal en España. La primera es el contrato por circunstancias de la producción — que abarca dos supuestos: (i) incrementos ocasionales e imprevisibles y de corta duración de la producción que no puede atender la plantilla fija, con duración máxima de 6 meses ampliable a 12 por convenio colectivo sectorial; y (ii) necesidades productivas previsibles pero de duración limitada, para las que los empresarios pueden utilizar contratos temporales un máximo de 90 días al año no consecutivos. La segunda causa es el contrato de sustitución — para sustituir a un trabajador ausente por incapacidad temporal, permiso de maternidad, permiso de paternidad, reducción de jornada por guarda legal u otras circunstancias, o para cubrir la vacante durante un proceso de selección — con un máximo de 3 meses en el supuesto de cobertura de vacante.
La conversión en indefinido es el mecanismo de control central de la Reforma Laboral de 2021. El Artículo 15.2 ET establece que los trabajadores contratados bajo sucesivos contratos temporales durante 18 meses en cualquier período de 24 meses adquieren automáticamente la condición de indefinidos. El Artículo 15.5 ET establece que cualquier contrato temporal sin causa legal válida se convierte en indefinido por ministerio de la ley — el empresario soporta la carga de probar la existencia de la causa temporal justificada ante los Juzgados de lo Social.
El requisito de forma escrita y de especificación causal del Artículo 15.1 ET se aplica con rigor. Todo contrato temporal debe indicar por escrito la causa legal específica que justifica el carácter temporal, las circunstancias concretas que la sustentan y la duración acordada o el evento objetivo que marca su extinción. Las declaraciones causales vagas — como 'por incremento de la demanda productiva' sin concreción fáctica — no satisfacen el Artículo 15.1 ET y exponen al empresario a reclamaciones de conversión en indefinido. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha intensificado el control desde la Reforma Laboral de 2021, y miles de contratos temporales han sido convertidos en indefinidos por resoluciones administrativas y resoluciones judiciales de los Juzgados de lo Social y del Tribunal Supremo.
A la extinción del contrato temporal por transcurso del plazo, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio conforme al Artículo 49.1(c) ET — disposición mantenida tras la Reforma Laboral de 2021 como disuasión de la temporalidad crónica. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona el registro de contratos y las prestaciones por desempleo.
Cuándo necesitas Contrato de Trabajo Temporal España
El Contrato de Trabajo Temporal en España solo está legalmente disponible en las circunstancias estrictamente limitadas definidas por el Artículo 15.1 ET tras la Reforma Laboral de 2021 — los empresarios deben verificar que existe una causa temporal genuina antes de utilizar esta modalidad contractual.
El contrato por circunstancias de la producción (subtipo de corta duración) es necesario cuando una empresa se enfrenta a un incremento real y verificable de la demanda productiva a corto plazo que su plantilla permanente no puede absorber — por ejemplo, una empresa minorista que requiere personal adicional durante la campaña de Navidad, un productor alimentario ante un pico estacional de cosecha, o una empresa de eventos que necesita trabajadores temporales para un evento específico. La causa debe ser concreta, documentada y genuinamente imprevisible u ocasional — no un patrón anual recurrente que justifique la contratación de trabajadores indefinidos.
El contrato por circunstancias de la producción (subtipo de 90 días previsibles) es necesario cuando el empresario tiene picos de producción identificables y previsibles pero limitados y de corta duración — por ejemplo, la preparación de la memoria anual en una asesoría contable o la temporada de turismo estival en un establecimiento hostelero costero. Estos contratos no pueden superar los 90 días por año en conjunto y no pueden utilizarse de forma consecutiva.
El contrato de sustitución es necesario cuando un empleado está ausente por permiso de maternidad, permiso de paternidad, reducción de jornada por guarda legal, incapacidad temporal o permiso sindical, y el empresario necesita un trabajador de reemplazo. El contrato de sustitución debe identificar al trabajador ausente que se sustituye. El contrato de sustitución también es posible por un máximo de 3 meses cuando una plaza queda vacante por la salida definitiva de un empleado y el empresario realiza un proceso de selección para cubrirla definitivamente.
Los contratos de formación en alternancia del Artículo 11 ET y los contratos para la obtención de práctica profesional del Artículo 11.3 ET disponibles para recién titulados en los tres años siguientes (cinco para personas con discapacidad) a la obtención de su titulación también se encuadran en el régimen de temporalidad regulada.
El Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y el Real Decreto-Ley 32/2021 limitan estrictamente el empleo temporal. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona el registro de contratos. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) supervisa el cumplimiento de las restricciones de la Reforma Laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de las reclamaciones de conversión en indefinido conforme a la Ley 36/2011. El Tribunal Supremo ha establecido jurisprudencia reiterada sobre los requisitos causales del Artículo 15.1 ET.
Qué incluir en tu Contrato de Trabajo Temporal España
Un Contrato de Trabajo Temporal válido en España conforme al Artículo 15.1 ET tras la Reforma Laboral de 2021 debe contener los siguientes elementos esenciales — varios de los cuales son obligatorios bajo sanción de conversión automática en indefinido.
Identificación de las partes: Nombre completo, DNI/NIE, domicilio y datos de la Seguridad Social del trabajador; denominación social, CIF, domicilio y datos de inscripción en la Seguridad Social del empresario. Para trabajadores extranjeros, referencia al permiso de trabajo conforme a la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería.
Modalidad contractual y causa específica: Identificación expresa de la modalidad temporal utilizada — contrato por circunstancias de la producción (Artículo 15.1.a ET) o contrato de sustitución (Artículo 15.1.b ET) — con descripción precisa y detallada de la causa concreta que justifica la temporalidad. El Artículo 15.3 ET exige que la causa sea real y objetivamente verificable. La ausencia de causa o su formulación genérica e imprecisa convierte automáticamente el contrato en indefinido conforme al Artículo 15.3 ET.
Duración y plazo: Para el contrato por circunstancias de la producción: duración máxima de seis meses (ampliable a doce por convenio sectorial), no prorrogable. Para el contrato de sustitución: duración durante la ausencia del trabajador sustituido, con un máximo de quince días previos a la incorporación del sustituto. La superación de la duración máxima legal convierte el contrato en indefinido conforme al Artículo 15.3 ET.
Puesto de trabajo y funciones: Descripción detallada del puesto de trabajo, las funciones específicas encomendadas al trabajador y el grupo profesional conforme al convenio colectivo aplicable. La descripción del puesto debe vincularse directamente con la causa temporal alegada — por ejemplo, si la causa es un incremento extraordinario de pedidos, las funciones deben corresponder directamente a la actividad afectada por ese incremento.
Para contratos de sustitución: identificación completa del trabajador sustituido (nombre, DNI, puesto), la causa de su ausencia (maternidad, paternidad, incapacidad temporal, excedencia, vacaciones) y, si aplica, la jornada y horario del trabajador sustituido que el sustituto realiza. El Artículo 15.1.b ET exige que el puesto del sustituto sea el mismo que el del sustituido o un puesto diferente del mismo grupo profesional que libere al sustituido.
Jornada, horario y lugar de trabajo: Duración de la jornada (completa o parcial), distribución horaria y lugar o lugares de prestación de servicios. Para trabajadores a tiempo parcial, el contrato debe especificar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año, con horario concreto conforme al Artículo 12.4.d ET.
Retribución: Salario base, complementos salariales y extrasalariales aplicables conforme al convenio colectivo sectorial, frecuencia de pago y cuenta bancaria de ingreso. El salario no puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fijado anualmente por el Gobierno mediante Real Decreto, ni inferior al salario establecido para la categoría en el convenio colectivo aplicable registrado ante el SEPE.
Período de prueba: Si se pacta, duración del período de prueba conforme al Artículo 14 ET y al convenio colectivo aplicable — para contratos temporales inferiores a seis meses, el período de prueba no puede exceder de un mes para trabajadores no cualificados. El período de prueba no puede ser superior al límite legal ni al convencional.
Indemnización por fin de contrato: Desde la Reforma Laboral de 2021, los contratos temporales por circunstancias de la producción devengan una indemnización de doce días de salario por año de servicio al vencimiento del contrato (Artículo 49.1.c ET, actualizable por el CNMT). Los contratos de sustitución no generan indemnización por finalización ordinaria.
Convenio colectivo aplicable: Identificación del convenio colectivo sectorial o de empresa que regula la relación laboral, registrado ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) conforme al Artículo 90 ET. El convenio colectivo determina la categoría profesional, los salarios mínimos, los complementos, la jornada máxima y los derechos adicionales del trabajador.
Comunicación al SEPE y alta en la Seguridad Social: El contrato debe comunicarse al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de diez días desde su formalización conforme al Artículo 16 ET, y el trabajador debe ser dado de alta en la Seguridad Social ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) antes de que inicie la prestación de servicios conforme al Artículo 100 LGSS.
Forms-legal.com proporciona esta plantilla del Contrato de Trabajo Temporal España como referencia para empresas y trabajadores. Dado el riesgo de conversión en indefinido por defectos formales o causales, se recomienda el asesoramiento de un abogado laboralista o asesor de relaciones laborales colegiado antes de formalizar contratos temporales. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Contrato de Trabajo Temporal España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/employment/contracts/contrato-trabajo-temporal-espana
"Contrato de Trabajo Temporal España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/employment/contracts/contrato-trabajo-temporal-espana.
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}Preguntas Frecuentes
El Real Decreto-Ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral, con plena aplicación desde el 30 de marzo de 2022, reestructuró en profundidad el régimen de contratos de trabajo de duración determinada del artículo 15 ET. Los cambios más significativos fueron: la supresión total del contrato de obra o servicio determinado; la restricción del contrato eventual por circunstancias de la producción a incrementos genuinamente imprevisibles y de corta duración (máximo 6 meses, o 12 por convenio) y un nuevo subtipo de necesidades previsibles pero limitadas (máximo 90 días/año, no consecutivos); la transformación del contrato de interinidad en el contrato de sustitución; la reducción del umbral de conversión automática a 18 meses de trabajo temporal en 24 meses; y la imposición de requisitos estrictos de especificación causal escrita bajo sanción de conversión en indefinido.
Conforme al artículo 49.1(c) del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador cuyo contrato temporal concluye por transcurso del plazo acordado tiene derecho a una indemnización por fin de contrato de 12 días de salario por año de servicio con la empresa, calculada proporcionalmente para períodos inferiores. Esta compensación es obligatoria para los contratos del artículo 15.1 ET — tanto el contrato por circunstancias de la producción como el contrato de sustitución — y no puede dispensarse contractualmente. Si el empresario prorroga el contrato temporal más allá de su duración legal máxima sin convertirlo en indefinido, y el trabajador impugna posteriormente la extinción como despido improcedente, este tendrá derecho a la compensación mayor de 33 días por año de servicio del artículo 56 ET.
Conforme al artículo 15.1 ET tras la Reforma Laboral de 2021, las duraciones máximas de los contratos temporales dependen de la causa específica. Para el contrato por circunstancias de la producción que aborda incrementos imprevisibles u ocasionales, la duración máxima es de 6 meses — ampliable a 12 meses por el convenio colectivo sectorial aplicable. Para el contrato por circunstancias de la producción que aborda necesidades previsibles pero limitadas, el máximo es de 90 días al año en agregado — los días no pueden ser consecutivos. Para el contrato de sustitución que reemplaza a un trabajador ausente, la duración se extiende durante el período de ausencia sin máximo fijo. Para el contrato de sustitución que cubre una vacante de selección, el máximo es de 3 meses. En el marco del ordenamiento jurídico español, esta cuestión se regula específicamente por las disposiciones del Código Civil y la legislación sectorial aplicable. La Administración General del Estado, a través de sus órganos competentes, establece los procedimientos y requisitos formales necesarios. Los ciudadanos pueden obtener información adicional a través de la Sede Electrónica del organismo correspondiente o mediante consulta presencial en las oficinas de atención al público.
El artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores establece la sanción fundamental para los contratos temporales suscritos sin causa legal válida: el contrato se considera indefinido por ministerio de la ley desde el momento de su suscripción. El trabajador se trata como empleado permanente (trabajador indefinido) desde el primer día, con todos los derechos y protecciones asociados. Cualquier pretendida extinción del contrato temporal sin causa se trata como despido improcedente del artículo 56 ET, otorgando al trabajador derecho a 33 días de salario por año de servicio (hasta 24 mensualidades) o a la readmisión a elección del empresario. En el marco del ordenamiento jurídico español, esta cuestión se regula específicamente por las disposiciones del Código Civil y la legislación sectorial aplicable. La Administración General del Estado, a través de sus órganos competentes, establece los procedimientos y requisitos formales necesarios. Los ciudadanos pueden obtener información adicional a través de la Sede Electrónica del organismo correspondiente o mediante consulta presencial en las oficinas de atención al público.
Sí. Un trabajador que crea que su contrato temporal carece de causa legal válida, excede la duración máxima permitida o forma parte de una secuencia irregular de contratos temporales puede impugnarlo ante los Juzgados de lo Social y solicitar el reconocimiento de la condición de indefinido (declaración de fijeza). La impugnación puede ejercitarse como acción preventiva durante la relación laboral o, más frecuentemente, cuando el empresario pretende extinguir el contrato por transcurso del plazo — en cuyo caso el trabajador debe actuar dentro de los 20 días hábiles siguientes a la recepción del preaviso de extinción conforme al artículo 59.3 ET, tras acudir previamente a conciliación obligatoria ante el SMAC. En el marco del ordenamiento jurídico español, esta cuestión se regula específicamente por las disposiciones del Código Civil y la legislación sectorial aplicable. La Administración General del Estado, a través de sus órganos competentes, establece los procedimientos y requisitos formales necesarios. Los ciudadanos pueden obtener información adicional a través de la Sede Electrónica del organismo correspondiente o mediante consulta presencial en las oficinas de atención al público.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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