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Carta de Despido Objetivo España

Objective Dismissal Letter Spain (Carta de Despido Objetivo)

Carta de Despido Objetivo

CARTA DE DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS (Artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores)

Partes

[Employer Name], con CIF [Employer NIF], domicilio en [Employer Address], representada por D./Dña. [Employer Representative],

COMUNICA a D./Dña. [Employee Name], con DNI/NIE [Employee DNI], puesto de trabajo [Job Title], grupo profesional [Professional Group], centro de trabajo [Work Center], con fecha de antigüedad [Start Date],

Decisión de Despido

La extinción de su contrato de trabajo por CAUSAS OBJETIVAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 52 [Objective Ground] y el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre), por las siguientes causas debidamente acreditadas:

[Grounds Description]

Preaviso e Indemnización

PREAVISO: De conformidad con el artículo 53.1.c) ET, la extinción del contrato surtirá efectos el día [Effective Date], una vez transcurrido el plazo de preaviso de 15 días naturales desde la entrega de la presente carta ([Notice Start Date]). Durante el período de preaviso, Ud. dispondrá de una licencia retribuida de 6 horas semanales para la búsqueda de nuevo empleo, de conformidad con el artículo 53.2 ET.

INDEMNIZACIÓN (puesta a disposición simultánea — Art. 53.1.b ET): Salario diario bruto: [Daily Salary] Años de servicio: [Years of Service] Indemnización (20 días/año, máx. 12 mensualidades): [Severance Amount] Método de pago: [Payment Method]. IBAN: [Employee IBAN]. La aceptación de esta indemnización no implica renuncia al derecho de impugnación del despido (Art. 53.5 ET).

Se notifica simultáneamente a los representantes legales de los trabajadores ([Workers Rep Body]) de conformidad con el artículo 53.1.c) ET.

Derecho de Impugnación

Ud. podrá impugnar el presente despido ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días hábiles desde la recepción de esta carta, previa papeleta de conciliación ante el SMAC, conforme al artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011).

Firmas

Por la empresa:

Recibí, el/la trabajador/a:

Employer Representative (Representante de la Empresa)

________________

Signature

Employee (Trabajador/a)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Carta de Despido Objetivo España

La Carta de Despido Objetivo es, en España, la comunicación formal por escrito regulada por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 53, que traslada de forma fehaciente la voluntad o la reclamación de quien la remite.

El Artículo 52 ET establece cuatro categorías de causas objetivas para el despido individual: (a) inaptitud sobrevenida — incapacidad del trabajador (física o psíquica) para desempeñar las funciones asignadas, sobrevenida o conocida con posterioridad a su incorporación a la empresa, que no pueda remediarse mediante ajustes razonables conforme al Real Decreto Legislativo 1/2013 (personas con discapacidad); (b) falta de adaptación — imposibilidad de adaptarse a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo (dentro de los dos meses siguientes a la modificación, tras ofrecimiento de formación razonable por el empresario); (c) causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (causas ETOP) — cuando la extinción afecta a un número de trabajadores inferior a los umbrales del despido colectivo del Artículo 51 ET; y (d) absentismo — faltas de asistencia justificadas que alcancen el 20 % de las jornadas hábiles en un período de 12 meses consecutivos (o el 25 % en dos períodos de 12 meses), siempre que el índice de absentismo total de la plantilla supere el 5 % — si bien el Tribunal Constitucional ha examinado la constitucionalidad del despido por absentismo en relación con las ausencias por enfermedad y el Artículo 43 CE (derecho a la salud).

Los requisitos formales del despido objetivo en España se regulan en el Artículo 53.1 ET y son estrictos: (1) la Carta de Despido Objetivo debe constar por escrito y expresar las causas con suficiente concreción; (2) el empresario debe poner simultáneamente a disposición del trabajador (puesta a disposición simultánea) la indemnización de 20 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades; y (3) el empresario debe conceder un preaviso de 15 días naturales antes de que el despido surta efecto. Durante el período de preaviso, el trabajador tiene derecho a una licencia retribuida de 6 horas semanales para búsqueda de nuevo empleo.

En las extinciones por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP), el empresario debe notificar simultáneamente a los representantes legales de los trabajadores (Comité de Empresa o Delegados de Personal) conforme al Artículo 53.1.c ET — debe entregarse copia de la Carta de Despido Objetivo al órgano de representación. El incumplimiento de los requisitos del Artículo 53 ET determina que el despido sea defectuoso — si el empresario no pone a disposición la indemnización simultáneamente o no justifica adecuadamente las causas, el despido puede ser declarado improcedente conforme al Artículo 53.4 ET, con la consiguiente indemnización de 33 días por año de servicio del Artículo 56 ET.

El marco jurídico que rige la Carta de Despido Objetivo España se apoya en varios textos legales y organismos reguladores. Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española regula los contratos, despidos y condiciones laborales. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones sociales. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento normativo laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). Las partes que formalicen una Carta de Despido Objetivo España deben verificar que el documento refleja la legislación vigente, incluidas las modificaciones posteriores a su redacción inicial.

Cuándo necesitas Carta de Despido Objetivo España

La Carta de Despido Objetivo España es necesaria siempre que un empresario pretenda extinguir un contrato de trabajo individual por causas de inaptitud, falta de adaptación, causas económicas u organizativas por debajo de los umbrales del despido colectivo, o absentismo laboral.

El documento se requiere cuando un trabajador desarrolla una inaptitud sobrevenida — por ejemplo, una deficiencia visual, un trastorno musculoesquelético o una patología psicológica — que le impide de forma permanente desempeñar las funciones esenciales de su puesto, y dicha incapacidad ha sido reconocida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La Carta de Despido Objetivo España es necesaria cuando una empresa implementa cambios tecnológicos significativos — nuevos sistemas informáticos, maquinaria automatizada o procesos productivos revisados — y un trabajador, tras haber recibido formación razonable proporcionada por el empresario, sigue sin poder adaptarse a los nuevos requerimientos técnicos dentro del plazo de dos meses establecido en el Artículo 52.b ET.

El documento se necesita cuando una microempresa (menos de 10 trabajadores) o pequeña empresa experimenta un deterioro económico genuino — descenso de ingresos de ventas durante dos trimestres consecutivos respecto a los mismos trimestres del año anterior conforme a la definición de causa económica del Artículo 51.1 ET, adaptada al umbral del Artículo 52.c ET — y necesita reducir plantilla por debajo de los umbrales numéricos del despido colectivo.

La Carta de Despido Objetivo España se requiere cuando las faltas de asistencia justificadas de un trabajador — incluidas las ausencias por baja por incapacidad temporal — alcanzan el 20 % de las jornadas hábiles en un período de 12 meses, siempre que el índice de absentismo de la plantilla de la empresa supere el 5 %, conforme al Artículo 52.d ET — si bien los empresarios deben proceder con extrema cautela dados los recientes pronunciamientos del Tribunal Constitucional sobre esta causa.

El documento también es necesario al reestructurar una división o suprimir un puesto de trabajo concreto por razones organizativas o de producción verificables — el empresario debe aportar prueba documental (informes financieros, plan de empresa, análisis de mercado) que acredite el nexo causal entre las causas objetivas y la extinción concreta.

Las partes en España deben preparar la Carta de Despido Objetivo de forma proactiva, sin esperar a que surja un conflicto. Los tribunales interpretan los acuerdos según su literalidad. Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española regula los contratos, despidos y condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones sociales. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social garantiza el cumplimiento normativo. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley 36/2011.

Qué incluir en tu Carta de Despido Objetivo España

Una Carta de Despido Objetivo España válida conforme al Artículo 53 ET debe contener los siguientes elementos para satisfacer los requisitos formales y resistir la impugnación ante el Juzgado de lo Social.

Forma escrita: El Artículo 53.1.a ET exige que la comunicación de despido conste por escrito. La Carta de Despido Objetivo debe entregarse personalmente — preferiblemente por burofax (telegrama certificado con acuse de recibo y contenido) para crear prueba irrefutable de la entrega — o en mano al trabajador en presencia de testigo.

Expresión de la causa: La carta debe indicar las causas objetivas concretas con suficiente detalle. Para causas económicas, la carta debe referenciar el período financiero que muestra el descenso de ingresos — tres trimestres consecutivos comparados con los mismos trimestres del año anterior según la definición del ET. Para causas técnicas u organizativas, la carta debe describir el cambio empresarial y explicar por qué el puesto del trabajador ha devenido innecesario. Las afirmaciones genéricas son insuficientes — el Tribunal Supremo ha establecido que el trabajador debe recibir información suficiente de la carta para valorar la procedencia del despido y decidir si lo impugna.

Puesta a disposición simultánea de la indemnización: El Artículo 53.1.b ET exige que el empresario ponga a disposición del trabajador la indemnización de 20 días de salario por año de servicio (máximo 12 mensualidades) simultáneamente a la entrega de la carta de despido. Se trata de un requisito formal imperativo — la omisión de la puesta a disposición simultánea constituye un defecto que determina la declaración de improcedencia del despido conforme al Artículo 53.4 ET, incluso si las causas sustantivas son válidas. El pago puede realizarse mediante transferencia bancaria, cheque bancario o consignación en el Juzgado de lo Social.

Preaviso de 15 días: El Artículo 53.1.c ET exige que el empresario conceda al trabajador un preaviso escrito de 15 días naturales antes de que el despido surta efecto. El plazo de preaviso se computa desde la entrega de la carta. Durante el período de preaviso, el trabajador continúa prestando servicios y percibiendo su salario. El trabajador tiene derecho a 6 horas semanales de licencia retribuida para búsqueda de nuevo empleo — este derecho debe mencionarse en la carta o en documento adjunto.

Notificación a los representantes de los trabajadores: Para despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (Artículo 52.c ET), el Artículo 53.1.c ET exige que se entregue copia de la Carta de Despido Objetivo simultáneamente a los representantes legales de los trabajadores (Comité de Empresa o Delegados de Personal). La omisión de esta notificación constituye un defecto formal que puede determinar la declaración de improcedencia.

Identificación de las partes y antigüedad: Identificación completa del empresario y del trabajador, incluyendo DNI/NIE, grupo profesional, centro de trabajo y — de forma esencial — la fecha de inicio de la relación laboral (antigüedad), que es la base para calcular la indemnización de 20 días por año.

Derecho de impugnación: Información sobre el derecho del trabajador a impugnar el despido ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 20 días hábiles desde la recepción de la carta, previa conciliación obligatoria ante el SMAC conforme al Artículo 63 de la Ley 36/2011. El empresario debe informar al trabajador de que la aceptación de la indemnización puesta a disposición no implica renuncia al derecho de impugnación conforme al Artículo 53.5 ET.

Forms-legal.com ofrece esta Carta de Despido Objetivo España como referencia práctica. Los empresarios deben confirmar que las causas económicas u organizativas están respaldadas por prueba documental — cuentas auditadas, planes de empresa, estudios de mercado — antes de emitir esta carta, ya que la carga de la prueba ante el Juzgado de lo Social recae en el empresario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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