Carta de Recomendación Laboral en España
CARTA DE RECOMENDACIÓN LABORAL
Employment Recommendation Letter — Spain
Issued by:
[Issuer Name]
[Issuer Job Title]
[Company Name] (CIF: [Company CIF])
[Company Address]
Tel: [Issuer Phone] Email: [Issuer Email]
In [Letter City], on [Letter Date].
To Whom It May Concern / A quien corresponda:
1. EMPLOYMENT RECORD
I, [Issuer Name], [Issuer Job Title] at [Company Name], hereby confirm that [Employee Name] (DNI/NIE: [Employee DNI/NIE]) was employed by [Company Name] in the role of [Employee Job Title] in the [Employee Department] department.
Employment period: [Employment Start Date] to [Employment End Date]
Contract type: [Contract Type]
Work modality: [Work Modality]
2. RESPONSIBILITIES AND ACHIEVEMENTS
During their employment at [Company Name], [Employee Name] was responsible for the following principal functions and projects:
[Job Responsibilities]
3. PROFESSIONAL COMPETENCIES AND PERSONAL QUALITIES
Technical skills: [Technical Skills]
Personal qualities: [Personal Qualities]
Reason for leaving: [Reason for Leaving]
4. RECOMMENDATION
Based on my direct professional relationship with [Employee Name] as their [Issuer Job Title], I recommend [Employee Name] [Recommendation Strength] to any prospective employer or institution. [Employee Name] would be a valuable asset to any organisation seeking a professional of their calibre and experience.
I am happy to provide further information by telephone or email at the contact details above.
5. DATA PROTECTION NOTICE
The personal data of [Employee Name] included in this letter is processed by [Company Name] (CIF: [Company CIF]) as data controller for the purpose of providing a professional recommendation, on the basis of [Employee Name]'s explicit written consent (Article 6.1(a) of Reglamento (UE) 2016/679 — RGPD, and Article 7 of Ley Orgánica 3/2018 — LOPDGDD). The data will be disclosed only to the recipient of this letter. [Employee Name] retains rights of access, rectification, and erasure through the Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) at aepd.es. Employee consent confirmed: [Employee Consent].
[Issuer Name]
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[Company Name]
Signature: _________________________ Date: _________________________
(Company stamp / Sello de empresa)
Issuer / Authorised Representative
________________
Signature
Qué es Carta de Recomendación Laboral en España
La Carta de Recomendación Laboral es, en España, la comunicación formal por escrito regulada por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 8, que traslada de forma fehaciente la voluntad o la reclamación de quien la remite. Se rige por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 8. El Estatuto de los Trabajadores (ET), norma fundamental del derecho laboral español, no establece un formato específico para las cartas de recomendación, pero el Artículo 8 del ET impone al empresario el deber de documentar por escrito las relaciones laborales y de proporcionar información sobre el trabajo realizado. La Carta de Recomendación Laboral va más allá de la certificación obligatoria al ofrecer una evaluación personalizada de las aptitudes, los logros y la conducta del trabajador durante la relación laboral regida por el ET y el convenio colectivo sectorial aplicable. La protección de datos personales es una dimensión crítica de la Carta de Recomendación Laboral en España. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD — Reglamento (UE) 2016/679) y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) regulan el tratamiento de datos personales en el ámbito laboral. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aclarado que la transmisión de información personal sobre los trabajadores — incluyendo nombres, puestos de trabajo, evaluaciones de rendimiento y referencias salariales — a terceros requiere una base jurídica, habitualmente el consentimiento expreso del trabajador o una evaluación de interés legítimo conforme al Artículo 6 del RGPD. Una Carta de Recomendación Laboral bien redactada debe incluir el consentimiento escrito expreso del empleado para la comunicación de sus datos personales al empleador destinatario. En el contexto académico y profesional español, la Carta de Recomendación Laboral es frecuentemente exigida para la admisión en programas de posgrado en universidades como la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Barcelona e IE Business School, así como para solicitudes a colegios profesionales como el Colegio Oficial de Abogados, el Colegio de Economistas y para plazas en el sector público conforme al Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP — Ley 7/2007). Muchos procesos selectivos de empleo público (oposiciones) gestionados por el Ministerio de Hacienda y los gobiernos autonómicos aceptan las cartas de recomendación como documentación de mérito complementaria conforme al Artículo 19 del EBEP. La relevancia jurídica de la Carta de Recomendación Laboral en España se extiende a su uso en procedimientos de extranjería. Los ciudadanos extranjeros que solicitan la tarjeta de residencia de larga duración conforme a la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería o el reconocimiento de cualificaciones profesionales conforme al RD 1837/2008 (que transpone la Directiva 2005/36/CE) frecuentemente necesitan cartas de recomendación profesional de empleadores regulados en España para acreditar la integración en el mercado laboral y la trayectoria profesional reconocida por la Subdelegación del Gobierno. La veracidad de las afirmaciones de una Carta de Recomendación Laboral tiene peso jurídico en España. Las declaraciones falsas sobre el rendimiento o la conducta de un trabajador que perjudiquen los intereses de un futuro empleador podrían generar responsabilidad civil del firmante conforme a los artículos 1902 y 1101 del Código Civil. A la inversa, las referencias negativas difamatorias o falsas podrían constituir una intromisión ilegítima en el honor del trabajador conforme a la Ley Orgánica 1/1982 de Protección del Derecho al Honor, con los consiguientes litigios ante los Juzgados Civiles. Los empresarios deben limitar las recomendaciones a hechos profesionales objetivamente verificables y datos de rendimiento documentados durante la relación laboral.
Cuándo necesitas Carta de Recomendación Laboral en España
La Carta de Recomendación Laboral en España es necesaria siempre que un extrabajador o trabajador en activo requiera un aval profesional para respaldar una nueva solicitud de empleo, la admisión en un programa académico o un proceso de acreditación profesional en España o en el extranjero.
La Carta de Recomendación Laboral es necesaria cuando un trabajador solicita un puesto en una empresa que exige referencias profesionales como parte de su proceso de selección — un requisito habitual en sectores como los servicios financieros regulados por el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), los servicios jurídicos supervisados por el Consejo General del Poder Judicial y las empresas tecnológicas que operan bajo las directrices de la Asociación Española de Empresas de Tecnologías de la Información (AMETIC).
La carta es necesaria cuando un trabajador dimite voluntariamente conforme al Artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores y pasa a un competidor o cliente — especialmente cuando el contrato de trabajo incluía un pacto de no competencia conforme al Artículo 21 del ET — y el futuro empleador exige la confirmación de la naturaleza y duración de la relación laboral anterior y de que no se vulneran las restricciones pactadas.
La Carta de Recomendación Laboral es necesaria para los trabajadores que solicitan la colegiación en colegios profesionales como el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, el Colegio Oficial de Médicos o el Colegio de Arquitectos, donde la acreditación de experiencia profesional bajo la supervisión de un profesional colegiado es un requisito previo a la inscripción.
La carta es necesaria cuando un trabajador solicita la admisión en escuelas de negocios o universidades — como ESADE, IESE Business School o la EOI Escuela de Organización Industrial — que exigen dos o tres cartas de recomendación profesional como parte del proceso de admisión a programas MBA o de directivos.
La Carta de Recomendación Laboral es necesaria cuando un trabajador extranjero en España solicita la tarjeta de residencia de larga duración o la naturalización como ciudadano español conforme a los artículos 17 a 26 del Código Civil, aportando como prueba de integración profesional y buena conducta en el mercado laboral ante el Ministerio de Justicia o la Subdelegación del Gobierno.
La carta también es necesaria cuando un trabajador solicita la acreditación de competencias profesionales conforme al Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional establecido por la Ley Orgánica 5/2002, donde la experiencia laboral documentada por antiguos empleadores constituye un elemento probatorio esencial evaluado por el Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL).
En España, el Estatuto de los Trabajadores (ET, RDL 2/2015) rige los contratos, los despidos y las condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) gestiona las cotizaciones sociales. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los conflictos laborales bajo la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social.
Qué incluir en tu Carta de Recomendación Laboral en España
Una Carta de Recomendación Laboral profesionalmente válida en España debe contener elementos específicos para tener peso ante los empleadores españoles, las instituciones académicas y los órganos administrativos, conforme a los estándares establecidos por el Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), el RGPD y la LOPDGDD.
Identificación del emisor: Nombre legal completo, cargo y datos de contacto de la persona que emite la recomendación — incluido su NIF, la denominación social de la empresa, el CIF, el domicilio social y el teléfono y correo electrónico profesionales. Cuando el emisor sea una persona jurídica (sociedad limitada o sociedad anónima inscrita en el Registro Mercantil), deben referenciarse la identidad del representante legal y su título para actuar (poder notarial) a fin de acreditar la credibilidad y la autoridad del aval.
Identificación del trabajador: Nombre completo y DNI o NIE del trabajador recomendado, su puesto de trabajo, su grupo profesional conforme al Artículo 22 del ET y el departamento o división en que trabajó. Incluir el número de colegiación del trabajador cuando proceda — por ejemplo, el número de colegiado en el colegio profesional correspondiente — refuerza la autoridad de la carta.
Peíodo de la relación laboral: Fechas exactas de inicio y fin de la relación laboral, tipo de contrato mantenido (contrato indefinido, contrato temporal por causa específica, contrato de formación en alternancia) y si el contrato era a tiempo completo o a tiempo parcial conforme al Artículo 12 del ET. Deben indicarse los años y meses totales de servicio, ya que muchos procesos de selección y procedimientos de empleo público (oposiciones) calculan los puntos de méritos en función de los períodos de servicio documentados.
Funciones desempeñadas: Descripción detallada de las funciones principales, los proyectos gestionados, los equipos supervisados y los logros profesionales durante la relación laboral. Los resultados cuantificados — ingresos generados, mejoras de eficiencia, contratos obtenidos o clientes gestionados — son especialmente valorados por los empleadores españoles y las entidades financieras reguladas por la CNMV. Las referencias a proyectos concretos deben utilizar la terminología y los criterios de clasificación del convenio colectivo sectorial aplicable.
Competencias profesionales: Valoración de las competencias técnicas, las habilidades blandas, la capacidad de liderazgo, la adaptabilidad y la conducta ética del trabajador. Los empleadores españoles en sectores regulados — banca conforme a la Ley 10/2014, seguros conforme a la Ley 20/2015 — conceden especial importancia a la conciencia de cumplimiento normativo del trabajador y a su conducta profesional bajo supervisión regulatoria.
Declaración de consentimiento en materia de protección de datos: Cláusula que confirme que el trabajador ha prestado consentimiento escrito expreso conforme al Artículo 6.1.a del RGPD y al Artículo 7 de la LOPDGDD para la transmisión de sus datos personales — nombre, historial laboral y evaluación del rendimiento — al empleador o institución destinatarios. La carta debe identificar al responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento y los derechos de acceso, rectificación y supresión del trabajador, ejercitables ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en aepd.es.
Conclusión y recomendación: Declaración inequívoca de la recomendación del emisor, indicando la naturaleza de la relación profesional entre emisor y trabajador (supervisor directo, jefe de departamento, director de recursos humanos) y la disposición a facilitar información adicional por teléfono o correo electrónico. La práctica española — en línea con las recomendaciones del Ministerio de Trabajo y Economía Social — prefiere una conclusión que distinga entre la recomendación del trabajador para un tipo específico de puesto y el aval profesional general.
Firma y fecha: La firma manuscrita o firma electrónica cualificada conforme al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) del emisor, la fecha y la ciudad de firma, y el sello de empresa cuando esté disponible. Las cartas emitidas en papel con membrete corporativo tienen mayor peso probatorio ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los órganos administrativos.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Carta de Recomendación Laboral en España como base práctica. Para las cartas de recomendación utilizadas en procedimientos judiciales, solicitudes de extranjería o acreditaciones profesionales reguladas, se recomienda la revisión por un abogado laboralista o especialista en gestión laboral para verificar el cumplimiento de las directrices actuales de la AEPD y los requisitos de la LOPDGDD.
En España, el Estatuto de los Trabajadores (ET, RDL 2/2015) rige los contratos, los despidos y las condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) gestiona las cotizaciones sociales. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento normativo. Los Juzgados de lo Social conocen de los conflictos laborales bajo la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- eIDASEU official
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Forms Legal. (2026). Carta de Recomendación Laboral en España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/employment/letters/carta-recomendacion-laboral-espana
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}Preguntas Frecuentes
No. El derecho español no impone al empresario la obligación legal de emitir una Carta de Recomendación Laboral. El artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) exige a los empresarios emitir el certificado de empresa — que documenta el período de empleo, la categoría profesional y el salario — a la extinción del contrato, pero este documento es distinto de una carta de recomendación personal. La Carta de Recomendación Laboral es una cortesía profesional voluntaria. El empresario que se niega a emitirla no incumple ninguna obligación laboral. Sin embargo, denegar una carta de recomendación como represalia por el ejercicio de un derecho estatutario por el trabajador — como la interposición de una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social — podría constituir acoso laboral conforme a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, accionable ante el Juzgado de lo Social.
Sí. La Carta de Recomendación Laboral puede aportarse como prueba documental en los procedimientos ante el Juzgado de lo Social conforme a la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social. Los tribunales han admitido las cartas de recomendación como prueba de apoyo de un historial laboral positivo en reclamaciones por despido improcedente conforme al artículo 56 del ET y en supuestos de acoso laboral conforme al artículo 4.2.e del ET. La carta debe estar autenticada — bien mediante la firma del emisor con certificación notarial, bien mediante su presentación en papel con membrete corporativo con CIF verificable. Las cartas digitales firmadas con firma electrónica cualificada conforme al Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS) son igualmente admisibles conforme a las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil aplicables a la jurisdicción social.
La redacción de una Carta de Recomendación Laboral en España implica el tratamiento de los datos personales del trabajador — nombre, puesto de trabajo, evaluaciones de rendimiento y posiblemente información salarial — y su transmisión a un tercero (el futuro empleador o la institución). Conforme al artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y al artículo 20 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), este tratamiento requiere bien el consentimiento escrito expreso del trabajador, bien un interés legítimo del responsable del tratamiento (el empresario emisor). La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) recomienda obtener el consentimiento escrito como base jurídica más sencilla. La carta debe identificar al responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento, las categorías de datos personales transmitidos y el destinatario. Los trabajadores conservan el derecho a solicitar la supresión o rectificación de información inexacta conforme a los artículos 17 y 16 del RGPD. Los empresarios que emiten cartas de recomendación sin base jurídica válida se exponen a multas administrativas de la AEPD de hasta 20.000.000 € o el 4% del volumen de negocio anual global conforme al artículo 83 del RGPD.
El derecho español no establece ningún requisito de extensión para la Carta de Recomendación Laboral. La práctica profesional y las expectativas de los empleadores españoles, las universidades y los órganos administrativos varían según el contexto. Para solicitudes de empleo en el sector privado, es habitual una carta de una a dos páginas (400-800 palabras) que aborde el período de empleo, las funciones desempeñadas, las competencias clave y una conclusión de aval. Para solicitudes académicas de posgrado — incluidos los programas MBA de IE Business School, IESE o ESADE —, las oficinas de admisiones suelen solicitar cartas de dos a tres páginas con un análisis detallado de las capacidades intelectuales, las cualidades de liderazgo y los logros profesionales concretos del candidato. Para las solicitudes de extranjería o los procesos de acreditación profesional ante órganos como la Subdelegación del Gobierno o el INCUAL, es preferible una carta más estructurada con fechas específicas, tipos de contrato y referencias normativas al ET y al convenio colectivo aplicable, a fin de acreditar la validez formal de la relación laboral.
Sí. El empresario que emite una Carta de Recomendación Laboral con declaraciones negativas falsas o engañosas sobre la conducta o las competencias profesionales de un trabajador puede incurrir en responsabilidad civil extracontractual conforme al artículo 1902 del Código Civil por los daños causados por su conducta culposa o negligente. Si las declaraciones negativas afectan a la reputación del trabajador o dañan su capacidad para encontrar empleo, el trabajador puede invocar también la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, que permite reclamaciones ante los Juzgados Civiles por intromisión ilegítima en el honor, habiéndose reconocido por el Tribunal Supremo indemnizaciones por referencias profesionales negativas injustificadas en casos que incluyen candidatos a puestos del sector público. Los empresarios deben limitar las cartas de recomendación a hechos objetivamente verificables y evitar las valoraciones subjetivas no respaldadas por evaluaciones de desempeño documentadas que obren en el expediente laboral del trabajador.
El certificado de empresa es un documento obligatorio que los empresarios españoles deben emitir conforme al artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) cuando se extingue una relación laboral. Recoge datos laborales objetivos — nombre, DNI, grupo profesional, tipo de contrato, período de empleo y salario del trabajador — y se remite al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para la tramitación de la prestación por desempleo conforme a los artículos 267 a 271 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015). El certificado de empresa es una obligación legal, no un documento discrecional. Por el contrario, la Carta de Recomendación Laboral es un aval cualitativo voluntario que valora las competencias profesionales, la conducta y los logros del trabajador — carece de formato legal específico y no se presenta ante el SEPE ni la TGSS. Ambos documentos pueden utilizarse conjuntamente en una solicitud de empleo, aportando el certificado los datos objetivos verificables y la carta de recomendación el aval personal que distingue al candidato.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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