Certificado de Empresa España
CERTIFICADO DE EMPRESA
Employment Certificate — Spain
Pursuant to Article 8.5 of the Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015)
1. EMPLOYER DETAILS
Company Name (Denominación Social): [Employer Name]
CIF: [Employer CIF]
TGSS Contribution Account (CCC): [Employer CCC]
Registered Address: [Employer Address]
CNAE Activity Code: [CNAE Code]
Authorised Signatory: [Signatory Name], [Signatory Position]
2. EMPLOYEE DETAILS
Employee Name: [Employee Name]
DNI / NIE: [Employee DNI]
Social Security Number (NASS): [Employee NSS]
3. EMPLOYMENT DETAILS
Contract Type: [Contract Type]
Professional Group (Grupo Profesional): [Professional Group]
Weekly Working Hours (Jornada): [Weekly Hours] hours per week
Employment Start Date: [Start Date]
Employment End Date (Fecha de Extinción): [End Date]
Cause of Termination: [Termination Cause]
Nature of Termination: [Termination Type]
4. REMUNERATION AND CONTRIBUTION BASIS
Gross Monthly Salary at Termination (Salario Bruto Mensual): [Gross Monthly Salary]
Extra Payments (Pagas Extraordinarias): [Extra Payments]
Social Security Contribution Basis — Last 180 Days (Base de Cotización por Contingencias Comunes): [Contribution Basis]
The above contribution basis data is provided in accordance with the employer's TC2 (Relación Nominal de Trabajadores) records and is required by the Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) to calculate the base reguladora for unemployment benefit under Articles 270–273 of the Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015).
5. DECLARATION FOR SEPE
This certificate is issued pursuant to Article 8.5 of the Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) and communicated to the Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) through the Contrat@ electronic system under Real Decreto 1483/2012. The data provided is accurate and consistent with the employer's Social Security and payroll records.
The employer confirms that the worker's situation qualifies as: [Termination Type]
AUTHORISED SIGNATURE
Issued in [Issuance City], on [Issuance Date].
[Employer Name]
Authorised Signatory: [Signatory Name], [Signatory Position]
Signature and Company Stamp: _________________________
I, [Employee Name], confirm receipt of a copy of this Employment Certificate.
Signature: _________________________ Date: _________________________
Employer / Authorised Signatory
________________
Signature
Employee (acknowledgement)
________________
Signature
Qué es Certificado de Empresa España
El Certificado de Empresa es, en España, el documento acreditativo regulado por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 8.5, que da fe de una situación o circunstancia frente a terceros.
El Certificado de Empresa cumple una doble función en el sistema de empleo español. En primer lugar, es un documento obligatorio para que el trabajador solicite la prestación contributiva por desempleo ante el SEPE — sin él, el SEPE no puede determinar si la extinción fue involuntaria (dando derecho a prestación) o voluntaria (excluyente conforme a los artículos 267 a 271 de la Ley General de la Seguridad Social, Real Decreto Legislativo 8/2015). En segundo lugar, sirve como prueba documental del historial laboral del trabajador para sus expedientes profesionales, los procedimientos de extranjería y las solicitudes de empleo posteriores.
El certificado de empresa en España es transmitido electrónicamente por el empleador al SEPE a través del sistema Contrat@ — la misma plataforma utilizada para comunicar los inicios, las modificaciones y las extinciones de contratos conforme al Artículo 16.1 del ET y al Real Decreto 1483/2012. En la práctica, los empleadores transmiten el certificado de empresa simultáneamente con la comunicación de la extinción del contrato. El trabajador recibe una copia del certificado, que incluye un código de barras que el SEPE utiliza para verificar su autenticidad cuando el trabajador lo presenta en la Oficina de Empleo para iniciar su solicitud de prestación por desempleo.
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y el SEPE contrastan los datos del certificado de empresa con la Vida Laboral del trabajador (historial laboral mantenido por la TGSS) para verificar la coherencia del período de trabajo, el tipo de contrato y el historial de cotización a la Seguridad Social. Las discrepancias entre el certificado y la Vida Laboral pueden retrasar el reconocimiento de la prestación por desempleo y pueden dar lugar a una investigación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que tiene autoridad conforme al Real Decreto Legislativo 5/2000 (LISOS) para sancionar a los empleadores que expidan certificados inexactos.
Más allá de su función principal en el reconocimiento de la prestación por desempleo, el Certificado de Empresa es ampliamente utilizado en España como prueba de empleo actual o pasado para: solicitudes de préstamo hipotecario en entidades financieras supervisadas por el Banco de España; solicitudes de contratos de arrendamiento en las que el arrendador exige prueba de ingresos laborales estables; solicitudes de visado y permiso de residencia ante las Oficinas de Extranjería conforme a la Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería; solicitudes de acreditación profesional ante colegios profesionales; valoración de méritos en oposiciones públicas donde la experiencia previa en el sector privado otorga puntos; y documentación complementaria en procedimientos ante el Juzgado de lo Social.
El marco jurídico que regula el Certificado de Empresa en España se apoya en el Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, que regula los contratos, los despidos y las condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones a la Seguridad Social. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). El Artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) establece los requisitos fundamentales.
Cuándo necesitas Certificado de Empresa España
El Certificado de Empresa en España es necesario en una amplia variedad de situaciones en las que un organismo administrativo, una entidad financiera o un proceso judicial exige acreditación oficial del historial laboral, la situación laboral actual, la categoría profesional o el salario.
Se exige un Certificado de Empresa siempre que se extingue una relación laboral — con independencia de la causa de la extinción (despido, dimisión voluntaria, fin de contrato temporal, jubilación o mutuo acuerdo conforme al Artículo 49 del ET). El empleador debe expedirlo en el momento de la extinción porque el SEPE lo necesita para tramitar cualquier solicitud de prestación por desempleo que el trabajador pueda presentar. La falta de expedición del certificado en el plazo exigido constituye una infracción administrativa conforme al LISOS.
El certificado es necesario cuando el trabajador solicita la prestación contributiva por desempleo ante el SEPE — el trabajador debe presentar el certificado de empresa, junto con su DNI y la confirmación de la cita del SEPE, en la Oficina de Empleo de su municipio dentro del plazo legal de 15 días hábiles del Artículo 268 de la LGSS para que la prestación sea efectiva desde la fecha de extinción.
Se exige un Certificado de Empresa cuando un trabajador extranjero en España solicita la renovación de su tarjeta de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería — la documentación acreditativa del empleo actual es un requisito clave de la solicitud de renovación conforme al Real Decreto 557/2011 (Reglamento de Extranjería).
El certificado es necesario cuando el trabajador solicita un préstamo hipotecario a una entidad financiera española — el equipo de evaluación crediticia del banco exige prueba del tipo de contrato (indefinido o temporal), la categoría profesional y el salario bruto para calcular la capacidad de reembolso del trabajador conforme al Artículo 11 de la Ley 5/2019 de Contratos de Crédito Inmobiliario.
Se necesita un Certificado de Empresa cuando un trabajador desea acreditar su experiencia profesional para el reconocimiento de cualificaciones profesionales conforme al Real Decreto 1837/2008 (que transpone la Directiva 2005/36/CE) o para la acreditación de competencias profesionales conforme a la Ley Orgánica 5/2002 de las Cualificaciones y la Formación Profesional — ambos procesos exigen prueba documental de empleo en el campo profesional correspondiente.
El certificado también es exigido como documentación de méritos en los procesos selectivos de empleo público (oposiciones y concursos) gestionados por el Ministerio de Hacienda, las agencias autonómicas de empleo o los Ayuntamientos — donde la experiencia previa en el sector privado en el área profesional correspondiente otorga puntos de mérito conforme a la convocatoria aplicable evaluada por el Tribunal de Selección.
Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación española de empleo regula los contratos, los despidos y las condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones a la Seguridad Social. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011).
Qué incluir en tu Certificado de Empresa España
Un Certificado de Empresa válido en España conforme al Artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores debe contener información fáctica específica para satisfacer los requisitos del SEPE, servir como prueba del historial laboral y resistir el escrutinio de los organismos administrativos y judiciales españoles.
Identificación del empleador: Nombre jurídico completo del empleador (denominación social), CIF (Código de Identificación Fiscal asignado por la Agencia Tributaria), domicilio social inscrito en el Registro Mercantil, Código de Cuenta de Cotización (CCC) asignado por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — el CCC es imprescindible para la verificación del SEPE. Nombre y cargo del representante legal o firmante autorizado, y código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que indica el sector de actividad económica.
Identificación del trabajador: Nombre y apellidos completos del trabajador, DNI o NIE (Número de Identidad de Extranjero para los nacionales no españoles), Número de Afiliación a la Seguridad Social (NASS) asignado por la TGSS — este es el identificador único del trabajador en el sistema de Seguridad Social y la referencia principal utilizada por el SEPE al tramitar las solicitudes de prestación por desempleo.
Tipo de contrato y clasificación: El tipo de contrato laboral suscrito — contrato indefinido, contrato temporal (con causa específica conforme al ET reformado por el RDL 32/2021), contrato de formación en alternancia, contrato a tiempo parcial — y si el contrato era a tiempo completo (40 horas semanales) o a tiempo parcial (indicando las horas semanales acordadas). Debe indicarse el grupo profesional conforme al Artículo 22 del ET y el convenio colectivo sectorial aplicable.
Período de empleo: Fecha exacta de inicio (fecha de alta) y fecha de extinción de la relación laboral, y la causa de la extinción — la causa específica del Artículo 49 del ET (despido disciplinario conforme al art. 54, despido objetivo conforme al art. 52, dimisión voluntaria conforme al art. 49.1.d, fin de contrato temporal, jubilación, etc.) con su código legal tal como se utiliza en el sistema electrónico Contrat@ del SEPE.
Retribución: El salario bruto mensual del trabajador en el momento de la extinción, desglosado en salario base y cualquier complemento salarial — plus de transporte, plus de comida, complementos de productividad — y el número de pagas extraordinarias anuales conforme al convenio colectivo aplicable. Esta información es cotejada por el SEPE con las bases de cotización en los registros de la TGSS.
Datos de la base de cotización: La base de cotización por contingencias comunes de los últimos 180 días de empleo — exigida por el SEPE para calcular la base reguladora sobre la que se calcula el importe de la prestación por desempleo conforme a los artículos 270 a 273 de la LGSS. Esto requiere habitualmente acceso a la nómina del empleador y a los datos del TC2 (Relación Nominal de Trabajadores).
Declaración sobre la situación de desempleo: Una declaración del empleador indicando si la extinción fue involuntaria (dando derecho a la prestación contributiva por desempleo) o voluntaria (dimisión — excluyente), y si el trabajador continúa realizando alguna actividad económica (como trabajo a tiempo parcial en una empresa relacionada) que pueda afectar a los cálculos de prestaciones del SEPE.
Firma y sello autorizados: La firma manuscrita o electrónica cualificada (conforme al Reglamento (UE) 910/2014 — eIDAS) del representante legal del empleador, el sello de empresa y la fecha de expedición. Los certificados transmitidos electrónicamente a través del sistema Contrat@ del SEPE llevan el certificado digital del empleador como firma.
Forms-legal.com ofrece esta plantilla del Certificado de Empresa en España como guía práctica. En las relaciones laborales con situaciones de extinción complejas — ERTEs (expedientes de regulación temporal de empleo), despidos colectivos (art. 51 del ET) o extinciones de alta dirección — el certificado debe ser revisado por un gestor laboral cualificado o un abogado laboralista para confirmar la correcta codificación SEPE.
Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación española de empleo regula los contratos, los despidos y las condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento de la normativa laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- eIDASEU official
- art. 51 del ETES official
Citar esta página
Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:
Forms Legal. (2026). Certificado de Empresa España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/employment/letters/certificado-empresa-espana
"Certificado de Empresa España (España)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/espana/employment/letters/certificado-empresa-espana.
@misc{formslegal-certificado-empresa-espana,
author = {{Forms Legal}},
title = {Certificado de Empresa España (España)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/espana/employment/letters/certificado-empresa-espana}},
note = {Free legal document template}
}Preguntas Frecuentes
Sí. El artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) impone a los empleadores la obligación legal de expedir el certificado de empresa al extinguir cualquier relación laboral. La obligación se refuerza con el Real Decreto 1483/2012, que exige a los empleadores comunicar la extinción electrónicamente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través del sistema Contrat@ en un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de extinción — el certificado de empresa es parte integrante de dicha comunicación. La falta de expedición del certificado de empresa o el retraso injustificado en su emisión constituye una infracción administrativa conforme al Real Decreto Legislativo 5/2000 (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social — LISOS), sancionable con multas de entre 60 y 6.250 euros según su calificación como leve o grave. Los trabajadores que no reciban el certificado de su empleador pueden solicitarlo por burofax y, si el empleador persiste en negarse, presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) y una demanda ante el Juzgado de lo Social.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) utiliza el Certificado de Empresa como documento principal para tramitar y calcular la prestación contributiva por desempleo conforme a los artículos 267 a 273 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015). El SEPE verifica: (1) que la extinción fue involuntaria — despido disciplinario u objetivo, fin de contrato temporal u otra causa reconocida en el artículo 267 de la LGSS; (2) el período de cotización del trabajador — los trabajadores deben haber cotizado por la contingencia de desempleo al menos 360 días dentro de los seis años anteriores a la extinción para tener derecho a prestación; (3) la base reguladora — la base de cotización por contingencias comunes diaria media de los 180 días inmediatamente anteriores a la extinción, a partir de la cual se calcula el importe diario de la prestación como el 70% durante los primeros 180 días y el 50% a partir de entonces, con los límites máximos fijados anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Los datos del certificado de empresa se contrastan con el Informe de Vida Laboral del trabajador de la TGSS para verificar su coherencia antes de aprobar la prestación.
Sí. Aunque el certificado de empresa conforme al artículo 8.5 del Estatuto de los Trabajadores se activa específicamente al extinguir la relación laboral, los empleadores en España expiden habitualmente certificados de empleo en activo a solicitud de los trabajadores en plantilla que necesiten prueba de empleo para fines administrativos, financieros o jurídicos. Estos no están formalmente regulados del mismo modo que el certificado de extinción — se emiten en virtud del deber general de buena fe en la relación laboral (artículo 20.2 del ET). Un certificado de empleo en activo indica típicamente: el nombre del trabajador, DNI/NIE y NSS; el nombre del empleador, CIF y CCC; el tipo de contrato (indefinido o temporal); la fecha de inicio; las horas semanales de trabajo; el grupo profesional; y el salario bruto mensual o anual. Los bancos españoles que tramitan solicitudes de préstamos hipotecarios (conforme a la Ley 5/2019), los arrendadores que evalúan a los inquilinos y las Oficinas de Extranjería que tramitan renovaciones de permisos de residencia solicitan habitualmente certificados de empleo en activo expedidos en papel con membrete de la empresa y firmados por el representante legal del empleador.
Si el Certificado de Empresa contiene errores — causa de extinción incorrecta, cifras salariales erróneas, fechas de empleo inexactas o datos de cotización a la Seguridad Social incorrectos — los errores pueden afectar a la capacidad del trabajador para solicitar la prestación por desempleo al SEPE o dar lugar a cálculos incorrectos de la prestación. El trabajador debe notificar inmediatamente al empleador y solicitar un certificado corregido. Si el empleador se niega a corregir el error, el trabajador puede presentar una reclamación previa ante el SEPE o una demanda ante el Juzgado de lo Social, que puede ordenar al empleador que expida un certificado corregido y puede conceder daños y perjuicios si el error causó al trabajador la pérdida del derecho a la prestación. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) también tiene autoridad para inspeccionar la exactitud del certificado y sancionar a los empleadores que expidan certificados inexactos conforme al LISOS. Si el error ya ha llevado al SEPE a denegar o reducir incorrectamente una prestación, el trabajador puede solicitar la reconsideración ante el SEPE en un plazo de 30 días desde la resolución, o presentar una impugnación ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 71 de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social.
El Certificado de Empresa y el Informe de Vida Laboral son ambos documentos del historial laboral en España, pero proceden de fuentes distintas y sirven para finalidades diferentes. El Certificado de Empresa es expedido por el empleador al extinguir una relación laboral concreta — certifica los datos de ese único período de empleo y es el documento obligatorio del SEPE para las solicitudes de prestación por desempleo. El Informe de Vida Laboral (también denominado Historial de Vida Laboral) es expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — el organismo que gestiona los registros de cotización a la Seguridad Social en España — y contiene el historial cronológico completo de todas las relaciones laborales por las que se han realizado cotizaciones a la Seguridad Social a lo largo de toda la vida laboral del trabajador en España. La Vida Laboral incluye: todos los períodos de empleo registrados, el CCC del empleador en cada período, las bases de cotización, los códigos de tipo de contrato y las contingencias de Seguridad Social cubiertas. Los trabajadores pueden acceder a su Vida Laboral de forma inmediata en línea a través del portal IMPORT@SS de la TGSS utilizando su certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico. La Vida Laboral se utiliza para el cálculo de la pensión de jubilación conforme a los artículos 205 a 213 de la LGSS, para acreditar la experiencia laboral previa en los procedimientos de empleo público y para las solicitudes de extranjería y naturalización.
Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es una medida colectiva temporal de regulación del empleo conforme a los artículos 47 y 47 bis del Estatuto de los Trabajadores, mediante la cual un empleador suspende los contratos de trabajo o reduce la jornada de un grupo de trabajadores durante un período determinado por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción (ETOP) o de fuerza mayor, sin extinguir las relaciones laborales. Durante un ERTE, el contrato del trabajador queda suspendido pero no extinguido — no se expide ningún certificado de empresa en relación con el ERTE en sí. En cambio, el SEPE tramita una solicitud colectiva del empleador listando a todos los trabajadores afectados, y cada trabajador percibe la prestación por desempleo durante el período de suspensión al 70% de su base reguladora durante los primeros 180 días. Cuando el ERTE finaliza y el contrato del trabajador es reanudado, no se exige ningún certificado de empresa. Solo se expide un certificado de empresa si, al término del período de ERTE, el empleador extingue el contrato del trabajador — en cuyo caso se aplica la obligación estándar del artículo 8.5 del ET. Los ERTEs se dieron a conocer ampliamente en España durante la pandemia de COVID-19, cuando el Real Decreto-Ley 8/2020 autorizó los ERTEs por fuerza mayor para las empresas afectadas por el Estado de Alarma.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
¿Encontró un error? AvísenosDocumentos Relacionados
También puede encontrar útiles estos documentos:
Carta de Recomendación Laboral en España
Una Carta de Recomendación Laboral para España — que apoya la búsqueda de empleo de un extrabajador con un aval profesional, regulada por el artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) sobre protección de datos personales.
Carta de Renuncia en España
Carta de Renuncia para España — formaliza la extinción voluntaria del contrato de trabajo conforme al artículo 49.1.d del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), con disposiciones sobre el preaviso obligatorio y las implicaciones en la Seguridad Social ante el SEPE y la TGSS.
Informe de Vida Laboral España
Solicitud del Informe de Vida Laboral para España — acceso al registro oficial de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de todas las cotizaciones y períodos de empleo conforme al artículo 18 del LGSS, necesario para pensiones, extranjería y acreditación profesional.