Carta de Despido Improcedente España
Carta de Despido Improcedente
CARTA DE RECONOCIMIENTO DE DESPIDO IMPROCEDENTE Y OFERTA DE INDEMNIZACIÓN
En [Signing City], a [Signing Date]
Partes
EMPRESA: [Employer Name], con CIF [Employer NIF], domicilio en [Employer Address], representada por D./Dña. [Employer Representative].
TRABAJADOR/A: D./Dña. [Employee Name], con DNI/NIE [Employee DNI], puesto de trabajo [Job Title], con antigüedad desde [Start Date].
Reconocimiento de Improcedencia
Con fecha [Original Dismissal Date] fue comunicada a Ud. la extinción de su contrato de trabajo mediante carta de despido [Original Dismissal Type]. La empresa, tras la oportuna revisión jurídica de la procedencia del despido, RECONOCE el carácter IMPROCEDENTE del citado despido en los términos del artículo 55.4 / 53.5 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015).
En ejercicio de la opción que otorga el artículo 56.1 ET, la empresa opta por el ABONO DE LA INDEMNIZACIÓN legalmente establecida en sustitución de la readmisión.
Indemnización
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO IMPROCEDENTE (Art. 56.1 ET): Salario diario bruto: [Daily Salary] Servicio anterior al 12/02/2012 (a 45 días/año): [Pre-Reform Service] años Servicio posterior al 12/02/2012 (a 33 días/año): [Post-Reform Service] años INDEMNIZACIÓN TOTAL: [Total Compensation] La indemnización es exenta de IRPF hasta el importe legalmente establecido conforme al artículo 7.e) de la Ley 35/2006 del IRPF.
FINIQUITO: Vacaciones devengadas no disfrutadas: [Accrued Leave] Partes proporcionales de pagas extraordinarias: [Proportional Bonus] Método de pago: [Payment Method]. IBAN: [Employee IBAN].
Renuncia y Derechos SEPE
La aceptación de las cantidades anteriores por parte del/de la trabajador/a implica la renuncia a cualquier acción o reclamación derivada de la relación laboral y su extinción, salvo las derivadas de los derechos irrenunciables reconocidos en el artículo 3.5 del Estatuto de los Trabajadores.
La extinción del contrato se produce como cese involuntario (Art. 267 Ley General de la Seguridad Social, RDL 8/2015), lo que habilita al trabajador/a para acceder a las prestaciones por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), siempre que reúna los requisitos de cotización exigidos.
Firmas
Por la empresa:
Conforme, el/la trabajador/a (recibí y conforme con las cantidades recibidas):
Employer Representative (Representante de la Empresa)
________________
Signature
Employee (Trabajador/a — Conforme)
________________
Signature
Qué es Carta de Despido Improcedente España
La Carta de Despido Improcedente es, en España, la comunicación formal por escrito regulada por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), art. 56, que traslada de forma fehaciente la voluntad o la reclamación de quien la remite.
Conforme al Artículo 56.1 ET, cuando un despido se declara improcedente — ya sea por sentencia del Juzgado de lo Social o por reconocimiento voluntario del empresario — este debe, en el plazo de 5 días hábiles desde la sentencia o el reconocimiento, optar entre: (1) readmitir al trabajador con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la readmisión efectiva; o (2) abonar al trabajador una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un tope máximo de 24 mensualidades. Para los períodos de servicio anteriores al 12 de febrero de 2012 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 3/2012, que redujo la indemnización de 45 a 33 días), el cálculo aplica 45 días por año para el servicio anterior a la reforma y 33 días por año para el posterior — sistema conocido como «doble tramo».
El reconocimiento voluntario de la improcedencia por parte del empresario — sin esperar pronunciamiento judicial — produce un efecto jurídico específico regulado en el Artículo 56.2 ET: si el empresario comunica el reconocimiento al trabajador y deposita la indemnización calculada en el Juzgado de lo Social dentro del período de conciliación (antes del juicio oral), queda exento de abonar salarios de tramitación por el período del procedimiento judicial. Este es el principal incentivo económico para que las empresas emitan la Carta de Despido Improcedente en lugar de acudir a juicio.
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) — o su equivalente autonómico (SERCLA en Andalucía, CMAC en Cataluña) — es el organismo de conciliación previa obligatoria para conflictos laborales conforme al Artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). Cuando el empresario ofrece la indemnización íntegra del Artículo 56 ET en el acto de conciliación ante el SMAC, el acuerdo de conciliación alcanzado tiene la misma fuerza ejecutiva que una sentencia judicial según el Artículo 84 de la Ley 36/2011, pudiendo ejecutarse directamente ante el Juzgado de lo Social sin necesidad de procedimiento adicional.
La Carta de Despido Improcedente España puede integrarse también en un finiquito ampliado negociado entre el empresario y el abogado laboralista del trabajador o su representante sindical (CCOO, UGT o USO) con anterioridad al acto de conciliación ante el SMAC. Un acuerdo completo debe cubrir todas las cantidades pendientes — la indemnización, las vacaciones devengadas y no disfrutadas, las pagas extraordinarias proporcionales y cualquier otra retribución pendiente — a cambio de la renuncia del trabajador a todas las acciones laborales presentes y futuras derivadas de la relación laboral extinguida.
Cuándo necesitas Carta de Despido Improcedente España
La Carta de Despido Improcedente España es necesaria siempre que un empresario reconoce que un despido fue defectuoso en la forma o en el fondo — y opta por resolver la controversia ofreciendo la indemnización del Artículo 56 ET en lugar de defender el despido en sede judicial.
El documento se requiere cuando la asesoría jurídica interna del empresario (un abogado laboralista o gestor laboral) concluye que los hechos alegados en la carta de despido no resistirían el escrutinio judicial — por ejemplo, porque los hechos no revistieron gravedad suficiente, porque no se tramitó expediente disciplinario contradictorio para un representante sindical, o porque la causa objetiva del Artículo 52 ET no estaba documentada adecuadamente.
La Carta de Despido Improcedente España se necesita cuando el trabajador ha presentado papeleta de conciliación ante el SMAC y el empresario, tras valorar el caso, prefiere alcanzar un acuerdo antes que acudir al Juzgado de lo Social — donde las costas procesales, los potenciales salarios de tramitación y el riesgo de declaración de nulidad superarían significativamente la indemnización del Artículo 56 ET.
El documento es necesario cuando el empresario decide voluntariamente — antes de que se presente reclamación alguna — extinguir un contrato de trabajo reconociendo la improcedencia desde el inicio, generalmente cuando las razones económicas o estratégicas del cese son reales pero no pueden acreditarse conforme a los estrictos requisitos probatorios del despido objetivo del Artículo 52 ET.
La Carta de Despido Improcedente España se necesita al negociar una extinción de mutuo acuerdo (cese voluntario pactado o baja pactada) — empresario y trabajador pactan el fin de la relación laboral, y el empresario acepta abonar la indemnización del Artículo 56 ET en sustitución del procedimiento de despido, confirmando que el trabajador conserva el acceso a la prestación por desempleo del SEPE conforme al Artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015).
El documento también se requiere cuando la conciliación ante el SMAC produce una avenencia — el texto del acta de conciliación refiere la Carta de Despido Improcedente como base de la compensación acordada, permitiendo su ejecución ante el Juzgado de lo Social en caso de incumplimiento empresarial.
Las partes en España deben preparar la Carta de Despido Improcedente de forma proactiva, sin esperar a que surja un conflicto. Los tribunales interpretan los acuerdos conforme a su literalidad y no sobre la base de manifestaciones verbales. Según el Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española rige los contratos, despidos y condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones sociales. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social vela por el cumplimiento normativo laboral. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011).
Qué incluir en tu Carta de Despido Improcedente España
Una Carta de Despido Improcedente España válida debe incluir los siguientes elementos para producir sus efectos conforme al Artículo 56 ET y constituir un acuerdo vinculante ante el SMAC o el Juzgado de lo Social.
Identificación de ambas partes: Nombre completo, DNI o NIE (personas físicas), NIF/CIF (personas jurídicas) y domicilio tanto del empresario (empresa) como del trabajador. El representante legal del empresario (administrador o apoderado) debe firmar el documento, acreditando su capacidad para vincular a la empresa.
Referencia al despido previo: Referencia clara a la carta de despido original (Carta de Despido) incluyendo la fecha de emisión y comunicación al trabajador, y si se calificó como disciplinario o como objetivo. La carta de acuerdo no debe contener admisión de ilegalidad del despido — el reconocimiento de improcedencia es una calificación jurídica, no un reconocimiento de culpa.
Reconocimiento de improcedencia: Declaración expresa de que el empresario reconoce el carácter improcedente del despido conforme al Artículo 55.4 o 53.5 ET. Este reconocimiento constituye el presupuesto legal para la indemnización del Artículo 56.1 ET y para la exclusión de salarios de tramitación del Artículo 56.2 ET cuando el reconocimiento voluntario precede al procedimiento judicial.
Cálculo de la indemnización: Cálculo preciso de la indemnización conforme al Artículo 56.1 ET: 33 días de salario por año de servicio para el período posterior al 12 de febrero de 2012, y 45 días de salario por año para el período anterior (doble tramo), con un tope máximo de 24 mensualidades. El cálculo debe especificar: fecha de inicio de la relación laboral (antigüedad); fecha de extinción; años y meses de servicio totales; salario diario aplicable basado en el salario bruto anual incluyendo complementos fijos; y la cuantía resultante de la indemnización en euros.
Cantidades laborales pendientes: El acuerdo debe cubrir también: pagas extraordinarias proporcionales devengadas hasta la fecha de extinción; compensación por vacaciones devengadas y no disfrutadas conforme al Artículo 38 ET; y cualquier otra retribución pendiente — horas extraordinarias, comisiones o complementos. Estas cantidades conforman el finiquito (liquidación de haberes) con independencia de la indemnización.
Forma y fecha de pago: Especificación del importe, moneda (euros), medio de pago (transferencia bancaria al IBAN indicado) y fecha de abono. Si el empresario deposita la indemnización en el Juzgado de lo Social conforme al Artículo 56.2 ET para evitar responsabilidad por salarios de tramitación, debe hacerse constar.
Renuncia de acciones: Cláusula por la que el trabajador confirma la recepción de las cantidades y renuncia a todas las acciones y reclamaciones laborales presentes y futuras derivadas de la relación laboral y su extinción. La renuncia debe ser específica — los tribunales españoles aplican el principio de interpretación restrictiva de las renuncias (no se presume la renuncia de derechos) conforme al Artículo 3.5 ET.
Acceso a prestación por desempleo: La carta o el finiquito adjunto deben confirmar que la extinción se produce como cese involuntario, requisito para acceder a la prestación por desempleo del SEPE conforme al Artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015). Forms-legal.com ofrece esta Carta de Despido Improcedente España como herramienta de referencia. Tanto empresarios como trabajadores deben recabar asesoramiento jurídico independiente antes de firmar cualquier acuerdo — un abogado laboralista puede evaluar si la indemnización ofrecida está correctamente calculada y si la renuncia protege adecuadamente los intereses del empresario.
Elementos adicionales de cumplimiento para la Carta de Despido Improcedente España incluyen: Protección de datos — la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018) exige base jurídica para el tratamiento de datos personales; Ley aplicable — legislación española y jurisdicción social; Resolución de conflictos — las partes pueden someter las controversias al tribunal competente. Conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET) RDL 2/2015, la legislación laboral española rige los contratos, despidos y condiciones de trabajo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) administra las cotizaciones. El SEPE gestiona las prestaciones por desempleo. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social garantiza el cumplimiento normativo. Los Juzgados de lo Social conocen de los litigios laborales conforme a la Ley 36/2011. Forms-legal.com ofrece esta plantilla como punto de partida para documentación conforme a la normativa española. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), el despido improcedente da derecho al trabajador a una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, con un tope máximo de 24 mensualidades. Para el servicio anterior al 12 de febrero de 2012 — cuando el Real Decreto-Ley 3/2012 redujo el tipo de 45 a 33 días — el cálculo aplica 45 días por año de servicio prerreforma y 33 días por año postreforma, mediante el sistema de doble tramo. El salario diario utilizado es la retribución bruta anual total dividida entre 365 días, incluyendo todos los componentes salariales fijos — salario base, complementos de antigüedad y complementos regulares fijos — pero excluyendo los conceptos genuinamente variables no percibidos de forma regular. Las fracciones de año de servicio se prorratean por meses. El tope de 24 mensualidades se aplica a la indemnización total calculada con independencia de los años de servicio acumulados.
La legislación laboral española distingue tres calificaciones cuando un despido se impugna ante el Juzgado de lo Social: (1) procedente — el empresario acredita causa válida y no procede indemnización; (2) improcedente — el empresario no prueba los hechos o existen defectos formales — se aplica la indemnización de 33 días por año con tope de 24 mensualidades, y el empresario elige entre abonar la indemnización o readmitir al trabajador; (3) nulo — el despido vulneró un derecho fundamental o se basó en motivos discriminatorios (embarazo, afiliación sindical, ejercicio de derechos de la LPRL Ley 31/1995, sexo, raza, discapacidad, etc.) o se produjo durante un período protegido — el trabajador es readmitido automáticamente con abono de salarios de tramitación, sin opción económica sustitutiva. La nulidad del despido conforme al artículo 55.5 ET es la consecuencia más grave — la readmisión obligatoria no puede sustituirse por indemnización aunque el empresario lo prefiera. Los representantes de los trabajadores despedidos sin el preceptivo expediente contradictorio también tienen derecho a la declaración de nulidad conforme al artículo 55.3 ET.
Los salarios de tramitación son los salarios que el trabajador habría percibido desde la fecha efectiva del despido hasta la fecha en que la sentencia declarando el despido improcedente adquiere firmeza. Conforme al artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores, los salarios de tramitación solo son exigibles al empresario si este opta por la readmisión — no si elige abonar la indemnización de 33 días por año de servicio. No obstante, si el empresario reconoce voluntariamente la improcedencia dentro del período de conciliación — antes del juicio oral — y deposita la indemnización en el Juzgado de lo Social conforme al artículo 56.2 ET, queda exento de abonar salarios de tramitación por el período del procedimiento judicial. Este es el principal incentivo económico para emitir la Carta de Despido Improcedente en fase temprana del procedimiento — evitando una responsabilidad salarial adicional potencialmente significativa durante los meses que puede tardar un caso en llegar a juicio.
Sí. El trabajador que acepta una indemnización por despido improcedente conforme al artículo 56 ET conserva pleno derecho a la prestación por desempleo contributiva del SEPE conforme a los artículos 267 y 269 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015), siempre que cumpla los requisitos de cotización (mínimo 360 días cotizados en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo). La condición esencial es que el desempleo sea involuntario (cese involuntario) — un acuerdo de despido improcedente, incluso sin sentencia judicial, se clasifica como extinción involuntaria. Los trabajadores que dimiten (dimisión voluntaria) o que son despedidos por falta grave acreditada como procedente no tienen derecho a prestación por desempleo. El documento de finiquito que acompaña al acuerdo debe indicar expresamente «cese involuntario» para facilitar la solicitud ante el SEPE — el trabajador debe presentar su solicitud de desempleo en el plazo de 15 días hábiles desde la fecha efectiva de extinción.
El Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) — o su equivalente autonómico (SERCLA en Andalucía, CMAC en Cataluña, etc.) — es el organismo de conciliación previa obligatoria conforme al artículo 63 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011). Antes de interponer demanda ante el Juzgado de lo Social, el trabajador despedido debe presentar papeleta de conciliación ante el SMAC — la omisión de este trámite determina la inadmisibilidad de la demanda. En el acto de conciliación, empresario y trabajador (o sus representantes) negocian un acuerdo. Si se alcanza avenencia — generalmente el abono por el empresario de la indemnización del artículo 56 ET — el acta de avenencia del SMAC tiene fuerza ejecutiva equivalente a una sentencia judicial y puede ejecutarse ante el Juzgado de lo Social si el empresario incumple el pago en el plazo acordado. Si no se alcanza acuerdo, el SMAC emite acta de intentado sin efecto, habilitando al trabajador para interponer demanda. El procedimiento ante el SMAC debe completarse en el plazo de 15 días naturales desde la presentación de la papeleta, tras lo cual el trabajador puede acudir a la vía judicial en todo caso.
El artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores permite al empresario reconocer inmediatamente la improcedencia al despedir y depositar simultáneamente la indemnización en el Juzgado de lo Social — evitando así la responsabilidad por salarios de tramitación durante el procedimiento judicial. Sin embargo, los tribunales españoles exigen que exista un acto de despido previo para que resulte aplicable el artículo 56 — un despido no puede constituirse válidamente ofreciendo únicamente una indemnización sin comunicación previa de despido. La práctica consolidada consiste en que el empresario emita la carta de despido (Carta de Despido) especificando las causas, y simultáneamente o dentro del período de conciliación emita la Carta de Despido Improcedente reconociendo la improcedencia y ofreciendo la indemnización del artículo 56. Esta operación debe realizarse con la asistencia de un abogado laboralista para estructurar correctamente el acuerdo — incluyendo el finiquito, el tratamiento fiscal de la indemnización en el IRPF (exenta hasta el importe legal conforme al artículo 7.e de la Ley 35/2006 del IRPF) y el acta de conciliación ante el SMAC.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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