Prenatal Leave Application Chile
Código del Trabajo Art. 195; Ley 20.545/2011
SOLICITUD DE PERMISO PRENATAL (Artículo 195 del Código del Trabajo; Ley 20.545/2011)
{{submissionCity}}, {{submissionDate}}
Señor/a Empleador: {{employerName}} RUT: {{employerRUT}} {{employerAddress}}
I. IDENTIFICACIÓN DE LA TRABAJADORA
Yo, {{workerName}}, RUT {{workerRUT}}, con domicilio en {{workerAddress}}, que me desempeño en el cargo de {{workerPosition}} bajo {{contractType}}, afiliada a {{workerAFP}} y con previsión de salud en {{workerHealth}}, por medio de la presente solicitud hago uso del derecho establecido en el Artículo 195 del Código del Trabajo al reposo prenatal obligatorio de seis semanas anteriores a la fecha probable de parto.
II. ANTECEDENTES MÉDICOS
Con fecha {{submissionDate}}, el/la médico/matrona {{doctorName}}, RUT {{doctorRUT}}, certificó una edad gestacional de {{gestationalAge}} semanas y estableció como fecha probable de parto el día {{expectedDeliveryDate}}. En consecuencia, el período de reposo prenatal corresponde: - Fecha de inicio del reposo prenatal: {{prenatalStartDate}} - Fecha de término del reposo prenatal: {{prenatalEndDate}} Se adjunta la licencia médica prenatal en el formulario electrónico correspondiente (LME), emitida conforme al Decreto Supremo N.° 3/1984 del Ministerio de Salud y las disposiciones de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
III. FUNDAMENTO LEGAL Y SOLICITUD
Conforme a lo dispuesto en el Artículo 195 del Código del Trabajo (DFL N.° 1/2003), el reposo prenatal es un derecho irrenunciable de la trabajadora que no puede ser reducido ni interrumpido por acuerdo de las partes. Durante el período de reposo prenatal, el empleador no pagará remuneración, siendo el subsidio de maternidad calculado y pagado directamente por la COMPIN (para trabajadoras de FONASA) o por la ISAPRE respectiva, conforme a la Ley 18.469 y las normas de la SUSESO. Asimismo, la trabajadora se encuentra amparada por el fuero maternal establecido en el Artículo 201 del Código del Trabajo desde la confirmación del embarazo hasta un año después del nacimiento, período durante el cual no puede ser despedida sin autorización judicial previa (desafuero) del Juzgado de Letras del Trabajo competente. Solicito a Ud. tomar debida nota de lo expuesto y tramitar la licencia médica adjunta ante la COMPIN o ISAPRE correspondiente en el plazo de 3 días hábiles, conforme a la Circular IF/N.° 57 de SUSESO.
FIRMAS
____________________________ {{workerName}} RUT: {{workerRUT}} Trabajadora ____________________________ Empleador / Representante Legal {{employerName}} RUT: {{employerRUT}} Fecha y hora de recepción: _______________ Timbre:
Trabajadora
________________
Signature
Empleador / Representante Legal
________________
Signature
What Is a Prenatal Leave Application Chile?
The Prenatal Leave Application Chile (Solicitud de Permiso Prenatal) is a formal written notice governed by Article 195 of the Código del Trabajo (DFL No. 1/2003) that a pregnant worker submits to her employer to initiate the mandatory 6-week prenatal rest period (reposo prenatal) before the expected delivery date (fecha probable de parto). This application, supported by a medical certificate (certificado médico) from a physician or midwife (matrona), triggers the worker's right to the prenatal subsidy (subsidio de maternidad) administered by the Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) for FONASA-affiliated workers or directly by the worker's ISAPRE for private health insurance holders.
Article 195 of the Código del Trabajo establishes prenatal leave as a compulsory right that cannot be waived, shortened, or interrupted — neither by the worker nor by the employer. The 6-week prenatal period begins 6 weeks before the medically estimated date of delivery and runs until the birth of the child. If the actual birth occurs before the estimated date, the unused days of prenatal leave are added to the postnatal period under Article 196, effectively extending the postnatal leave beyond the standard 12 weeks. This mechanism, known as traslado del prenatal no gozado, is established in Article 195 inciso 2 of the Código del Trabajo.
The prenatal subsidy (subsidio maternal) is calculated by the Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) under the framework of Ley 20.545/2011 and the Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). The daily subsidy rate equals the worker's average gross remuneration over the preceding 24 months, divided by 30, subject to a monthly cap of 66 UF (Unidades de Fomento — approximately CLP 2,508,000 in 2025). For workers who have contributed for fewer than 24 months, the AFC calculates the subsidy based on the available contribution history.
The fuero maternal (job protection) established by Article 201 of the Código del Trabajo protects the pregnant worker from dismissal from the moment of pregnancy confirmation until one year after the birth of the child. Any employer seeking to terminate a worker under fuero maternal must obtain prior judicial authorization (desafuero) from the competent Juzgado de Letras del Trabajo. The Dirección del Trabajo (DT) enforces fuero maternal protections through its inspection services (Inspecciones del Trabajo) throughout the country, including regional offices in Santiago, Valparaíso, Concepción, Antofagasta, Temuco, and all regional capitals.
The prenatal leave application must be submitted to the employer together with the medical certificate (licencia médica prenatal) issued under the Fonasa/ISAPRE medical leave system. The medical certificate specifies the gestational age (edad gestacional), the expected delivery date (fecha probable de parto), and the recommended start date for the prenatal rest. Both the employer and the COMPIN or ISAPRE must receive the application and the medical certificate within the timeframe established by Circular IF/No. 57 of SUSESO to ensure uninterrupted subsidy payments during the prenatal period.
When Do You Need a Prenatal Leave Application Chile?
A Prenatal Leave Application Chile is required in every employment situation where a pregnant worker is approaching 6 weeks before her medically estimated delivery date and wishes to exercise her mandatory leave right under Article 195 of the Código del Trabajo.
The application is needed when the worker's obstetrician or midwife issues a prenatal medical certificate establishing the expected delivery date. The worker must submit this application — together with the medical certificate — to the employer within 3 working days of the certificate's issuance, following the COMPIN administrative requirements applicable to licencias médicas under Decreto Supremo No. 3/1984 of the Ministry of Health.
The application is required for workers employed under indefinite-term contracts (contrato indefinido), fixed-term contracts (contrato de plazo fijo), and specific-work contracts (contrato por obra o faena) — Article 195 protections apply regardless of contract type. Workers on probationary periods (período de prueba) also retain full prenatal leave rights.
The document is needed for foreign workers (trabajadoras extranjeras) who hold a valid work permit (visa sujeta a contrato or visa temporaria) and are covered by Chilean social security. Foreign workers affiliated with AFP and FONASA or ISAPRE are entitled to the same prenatal subsidy as Chilean nationals.
The application is necessary for workers in the public sector governed by the Estatuto Administrativo (Ley 18.834) and the Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales (Ley 18.883), which incorporate Article 195 protections by express reference. Public sector workers submit the application to their jefatura and to the COMPIN servicing their region.
The application must also be submitted when the worker needs to clarify the prenatal period for payroll administration — since during the prenatal period the employer pays no salary and the subsidy is paid directly by the COMPIN or the ISAPRE, the application triggers the correct payroll treatment under Article 195.
What to Include in Your Prenatal Leave Application Chile
A valid Prenatal Leave Application Chile under Article 195 of the Código del Trabajo must contain the following core elements to support timely processing of the prenatal subsidy by COMPIN or ISAPRE.
Worker Identification: Full legal name, RUT (Rol Único Tributario), cédula de identidad number, and domicile of the worker. The AFP affiliation (AFP Habitat, AFP Provida, AFP Capital, AFP Cuprum, AFP Modelo, or AFP Uno) and health insurance provider (FONASA or ISAPRE) must be stated to direct the subsidy payment correctly through the Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) processing chain.
Employer Identification: Full legal name (razón social), RUT, and address of the employer. For public sector entities, the service name and repartición must be identified. The application must be addressed to the employer's legal representative or human resources department.
Job Title and Contract Type: The worker's position (cargo) and contract type (contrato indefinido, plazo fijo, or obra o faena). This information confirms the worker's employment status for COMPIN verification purposes.
Medical Certificate Details: Reference to the licencia médica prenatal — specifying the issuing physician's or midwife's name, RUT, and professional registration number (número de registro de la Superintendencia de Salud), the issuing date, the gestational age (edad gestacional in weeks), and the expected delivery date (fecha probable de parto). The medical certificate must comply with Decreto Supremo No. 3/1984 of the Ministerio de Salud and the COMPIN/ISAPRE format requirements.
Prenatal Period Dates: The exact start date of the prenatal leave (6 weeks before the expected delivery date) and the expected end date coinciding with the expected delivery. These dates determine the subsidy payment schedule administered by COMPIN, ISAPRE, or the Caja de Compensación de Asignación Familiar.
Subsidy Request: An express request to the employer to notify the COMPIN or ISAPRE and to process the subsidy application through the AFC. The employer is required under SUSESO Circular IF/No. 57 to forward the medical certificate to the COMPIN or ISAPRE within 3 working days of receipt.
Fuero Maternal Acknowledgement: A statement noting that the worker is protected under Article 201 of the Código del Trabajo and may not be dismissed without prior desafuero authorization from the Juzgado de Letras del Trabajo.
Signatures and Date: The worker's signature and the date and city of submission. A receipt copy stamped by the employer with the date of reception provides evidence of timely notice — essential if the employer later disputes the notification date before the Dirección del Trabajo or the Juzgado de Letras del Trabajo.
Forms-legal.com provides this Prenatal Leave Application Chile template as a reference document. Workers should verify specific COMPIN or ISAPRE procedural requirements and confirm gestational age calculations with their obstetrician before submitting the application.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 20.545AR official
- Ley 18.834AR official
- Ley 18.883AR official
Cite this page
Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). Prenatal Leave Application Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/employment/forms/prenatal-leave-application-chile
"Prenatal Leave Application Chile (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/chile/employment/forms/prenatal-leave-application-chile.
@misc{formslegal-prenatal-leave-application-chile,
author = {{Forms Legal}},
title = {Prenatal Leave Application Chile (Chile)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/chile/employment/forms/prenatal-leave-application-chile}},
note = {Free legal document template}
}Frequently Asked Questions
Conforme al Artículo 195 del Código del Trabajo, una trabajadora embarazada en Chile tiene derecho a 6 semanas de reposo prenatal obligatorio antes de la fecha probable de parto. Este permiso es imperativo e irrenunciable — ni la trabajadora ni el empleador pueden acordar reducir el período prenatal. Si el parto ocurre antes de la fecha prevista, los días de prenatal no gozados se trasladan al período postnatal según el Artículo 195 inciso 2, extendiendo el postnatal estándar de 12 semanas en consecuencia. A la inversa, si el embarazo se extiende más allá de la fecha probable, el reposo prenatal continúa hasta el parto efectivo, y el período postnatal de 12 semanas del Artículo 196 comienza desde la fecha real del parto. El subsidio prenatal es calculado por la AFC sobre la base de la remuneración promedio de la trabajadora en los 24 meses anteriores, con un tope mensual de 66 UF (aproximadamente CLP 2.508.000 en 2025). Las trabajadoras pueden usar la calculadora de la AFC en www.afc.cl para estimar el monto de su subsidio.
No. Conforme al Artículo 195 del Código del Trabajo, el reposo prenatal es obligatorio y un empleador no puede exigir a una trabajadora embarazada que continúe trabajando durante las 6 semanas del período prenatal. Cualquier instrucción del empleador para trabajar durante el reposo prenatal constituye una infracción al Artículo 195 y expone al empleador a sanciones administrativas de la Dirección del Trabajo (DT), incluyendo multas calculadas conforme al Artículo 477 del Código del Trabajo — que van de 1 a 60 UTM (Unidades Tributarias Mensuales, aproximadamente CLP 66.000–3.960.000 en 2025) según el tamaño de la empresa. Además, obligar a una trabajadora a trabajar durante el reposo prenatal puede constituir una infracción al fuero maternal del Artículo 201 si el empleador utiliza posteriormente la conducta de la trabajadora durante el período prenatal como causal de despido. Las trabajadoras que consideren que su empleador está vulnerando el derecho al reposo prenatal deben interponer una denuncia administrativa en la Inspección del Trabajo más cercana de la Dirección del Trabajo.
Durante el reposo prenatal en Chile, la trabajadora recibe un subsidio de maternidad calculado y administrado a través del sistema AFC/COMPIN/ISAPRE — no un salario pagado por el empleador. El empleador deja de pagar el sueldo de la trabajadora desde el primer día del reposo prenatal. La AFC calcula el subsidio sobre la base de la remuneración promedio de la trabajadora en los 24 meses anteriores, sujeto al tope mensual de 66 UF (aproximadamente CLP 2.508.000 en 2025). Para las trabajadoras afiliadas a FONASA, la COMPIN tramita el subsidio. Para las afiliadas a ISAPRE, la ISAPRE paga directamente el subsidio. En la práctica, muchos empleadores tramitan la solicitud de subsidio en nombre de la trabajadora a través de la plataforma electrónica de la AFC (www.afc.cl) y del sistema electrónico de la COMPIN. El empleador debe remitir la licencia médica prenatal a la COMPIN o ISAPRE dentro de los 3 días hábiles siguientes a su recepción, conforme a la Circular IF/N.° 57 de SUSESO. Todo empleador que continúe descontando cotizaciones AFP y de salud del subsidio de la trabajadora está actuando incorrectamente — las cotizaciones previsionales quedan suspendidas durante los períodos de reposo prenatal y postnatal.
Cuando ocurre un parto prematuro durante el período de reposo prenatal en Chile, el Artículo 195 inciso 2 del Código del Trabajo dispone que los días de reposo prenatal aún no gozados al momento del parto prematuro se trasladan automáticamente al período postnatal del Artículo 196 y se añaden a este. Esto significa que la trabajadora recibe las 12 semanas estándar de postnatal más los días de prenatal trasladados, extendiendo su protección postnatal total más allá de las 12 semanas. Por ejemplo, si una trabajadora cuyo prenatal comenzó 6 semanas antes de la fecha probable de parto da a luz 2 semanas antes (tras solo 4 semanas de reposo prenatal), las 2 semanas restantes de prenatal se añaden al período postnatal de 12 semanas, otorgándole 14 semanas de postnatal. La trabajadora debe notificar a su empleador del parto prematuro con el certificado de nacimiento del Servicio de Registro Civil e Identificación y presentar un certificado médico actualizado a la COMPIN o ISAPRE que refleje la nueva fecha de término del postnatal. La AFC recalcula el calendario de pagos del subsidio en consecuencia.
La protección del fuero maternal conforme al Artículo 201 del Código del Trabajo comienza desde el momento del embarazo — no desde el inicio del reposo prenatal. El Artículo 201 establece que la trabajadora no puede ser despedida sin autorización judicial previa de desafuero del Juzgado de Letras del Trabajo desde el momento de la concepción (en la práctica, desde la confirmación médica del embarazo) hasta un año después del nacimiento del hijo. Esto significa que el fuero maternal cubre todo el período de embarazo — incluyendo el período anterior al inicio del reposo prenatal — y se extiende 12 meses después del parto, cubriendo también el período del permiso postnatal parental del Artículo 197 bis. Un empleador que despide a una trabajadora embarazada sin autorización de desafuero es responsable de la reincorporación y el pago de todas las remuneraciones desde la fecha del despido ilegal. Las trabajadoras cuyo contrato sea terminado durante el embarazo deben contactar de inmediato el servicio InfoLaboral de la Dirección del Trabajo o interponer una acción de tutela laboral (protección de derechos fundamentales) ante el Juzgado de Letras del Trabajo conforme a los Artículos 485–495 del Código del Trabajo.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
Found an error? Let us knowRelated Documents
You may also find these documents useful:
Solicitud de Permiso Postnatal Parental Chile
Solicitud de Permiso Postnatal Parental para Chile regulada por el Artículo 197 bis del Código del Trabajo, que permite a la madre transferir hasta 6 semanas del período postnatal parental al padre, documentando la elección de la trabajadora entre la modalidad completa y la modalidad parcial, y notificando al empleador y a la COMPIN o ISAPRE correspondiente.
Contrato de Trabajo Indefinido Chile
Contrato de Trabajo Indefinido para Chile regulado por el Código del Trabajo (DFL N° 1/2003) — establece una relación laboral permanente con cotizaciones AFP, cobertura FONASA/ISAPRE, seguro de cesantía AFC y todos los beneficios obligatorios incluyendo gratificación legal, feriado anual e indemnización por años de servicio.
Formulario de Solicitud de Licencia Médica Chile
Formulario de Solicitud de Licencia Médica para Chile regulado por el Artículo 195 del Código del Trabajo y la Ley 18.469, utilizado por los trabajadores para notificar formalmente a su empleador de una ausencia por enfermedad, documentando el número de licencia COMPIN o ISAPRE, el código de diagnóstico y el derecho al subsidio de incapacidad laboral bajo el Sistema de Licencias Médicas administrado por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Liquidación de Remuneraciones Chile
Liquidación de Remuneraciones para Chile regulada por el Artículo 54 del Código del Trabajo, que documenta todos los componentes de remuneración, las deducciones previsionales obligatorias (AFP, FONASA/ISAPRE, AFC, Ley 16.744) y el sueldo líquido a pagar al trabajador, emitida mensualmente por el empleador conforme a los requisitos del SII y la Dirección del Trabajo.