Solicitud de Feriado Anual Chile
Código del Trabajo Arts. 67–76 — Feriado Anual y Permisos
SOLICITUD DE FERIADO ANUAL
Artículos 67 al 76 del Código del Trabajo de Chile (DFL N° 1/2003)
[Fecha Solicitud]
Empleador: [Razón Social Empleador], RUT [RUT Empleador]
ANTECEDENTES DEL TRABAJADOR
Nombre: [Nombre Trabajador], RUT: [RUT Trabajador].
Cargo: [Cargo Trabajador], Área: [Área Trabajador].
Fecha de ingreso: [Fecha de Ingreso].
SOLICITUD DE FERIADO
El/La abajo firmante solicita respetuosamente al empleador la concesión de feriado anual de conformidad con los artículos 67 y siguientes del Código del Trabajo:
Tipo de feriado solicitado: [Tipo de Feriado].
Período solicitado: desde el [Fecha Inicio Feriado] hasta el [Fecha Término Feriado], inclusive.
Días hábiles solicitados: [Días Hábiles Solicitados] días hábiles.
Saldo de días hábiles disponibles: [Saldo Disponible] días hábiles.
Fecha de reintegro al trabajo: [Fecha de Reintegro].
Teléfono de contacto durante el feriado: [Contacto Trabajador].
INFORMACIÓN LEGAL
El empleador debe conceder el feriado solicitado de forma continua. El feriado legal no podrá compensarse en dinero, salvo en caso de término del contrato de trabajo conforme al artículo 73 del Código del Trabajo. El feriado progresivo (artículo 68 CT) corresponde a un día adicional por cada tres años trabajados en empresas anteriores y actuales.
RESOLUCIÓN DEL EMPLEADOR
El empleador resuelve la presente solicitud de feriado anual de la siguiente manera:
☐ APROBADA — Período autorizado: desde _____________ hasta _____________
☐ RECHAZADA — Motivo: _____________________________________________
☐ MODIFICADA — Nuevo período propuesto: _________________________________
Trabajador/a Solicitante — {{workerName}}
________________
Signature
Empleador / Jefatura Directa — Aprobación
________________
Signature
Qué es Solicitud de Feriado Anual Chile
La Solicitud de Feriado Anual en Chile es la petición, regida por el artículo 67 del Código del Trabajo, mediante la cual el trabajador requiere a su empleador el goce de los días de vacaciones que le corresponden por cada año de servicio.
La Dirección del Trabajo (DT), organismo público dependiente del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, supervisa el cumplimiento de las obligaciones de feriado anual a través de la Inspección del Trabajo presente en cada región del país. Las infracciones al régimen de feriado anual están sancionadas con multas administrativas de hasta 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por trabajador afectado, conforme al Artículo 506 del Código del Trabajo. La UTM equivale a aproximadamente CLP 67.000 en 2025, lo que hace que las sanciones por incumplimiento del feriado anual representen un riesgo económico significativo para los empleadores que no documentan correctamente las autorizaciones de vacaciones.
El Artículo 67 del CT también establece el feriado progresivo para trabajadores con diez o más años de servicio totales: por cada tres años adicionales de servicios prestados a cualquier empleador, el trabajador tiene derecho a un día hábil adicional de feriado. El feriado progresivo se calcula sumando los años de servicio con todos los empleadores, usando como evidencia la cartola de cotizaciones AFP disponible en el portal de la Superintendencia de Pensiones, que registra mes a mes los aportes de cada empleador desde el inicio de la vida laboral. Un trabajador con 13 años totales de servicio tiene derecho a 16 días hábiles; con 16 años, a 17 días; con 19 años, a 18 días; y así sucesivamente sin límite máximo.
La solicitud de feriado anual cumple funciones legales críticas más allá de la simple comunicación entre el trabajador y el empleador. Bajo el Artículo 70 del CT, el período de vacaciones debe acordarse de mutuo acuerdo entre empleador y trabajador — el empleador no puede imponer unilateralmente las fechas sin dar al menos 15 días de aviso previo, y el trabajador no puede ausentarse sin autorización previa. La solicitud escrita formaliza este acuerdo bilateral y constituye el documento probatorio que protege a ambas partes ante cualquier controversia laboral posterior ante los Juzgados de Letras del Trabajo.
El Artículo 68 del CT establece que el feriado anual debe ser continuo — los quince días mínimos no pueden fragmentarse en períodos inferiores a diez días hábiles para la primera fracción, a menos que el trabajador lo solicite expresamente. El Artículo 70 permite acumular hasta dos años de feriado con acuerdo escrito, pero prohíbe la acumulación indefinida. El empleador que sistemáticamente impide al trabajador tomar sus vacaciones incurre en responsabilidad grave ante la DT y queda obligado a pagar el feriado acumulado como feriado proporcional en el finiquito conforme al Artículo 71 del CT. Los trabajadores de las Regiones XI (Aysén) y XII (Magallanes) y de la Provincia de Palena tienen derecho a 20 días hábiles mínimos de feriado anual bajo el Artículo 67 inciso 5° del CT, debido al aislamiento geográfico de estas zonas extremas del territorio nacional chileno. forms-legal.com ofrece esta Solicitud de Feriado Anual como modelo gratuito descargable en PDF o DOCX para empleadores y trabajadores chilenos en 2025.
Cuándo necesitas Solicitud de Feriado Anual Chile
La Solicitud de Feriado Anual en Chile se requiere en toda situación en que un trabajador desea ejercer su derecho a vacaciones anuales pagadas conforme al Artículo 67 del Código del Trabajo, ya sea para los quince días hábiles mínimos legales, para el feriado progresivo de trabajadores con más de diez años de servicio, para días acumulados de años anteriores acordados conforme al Artículo 70 del CT, o para períodos parciales de vacaciones negociados con el empleador.
La planificación del feriado de verano (enero–febrero) es el uso más frecuente en Chile, período en que trabajadores de empresas como Codelco, LATAM Airlines, Cencosud, Falabella, Banco Santander Chile, Banco BCI y del sector público regulado por la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) coordinan su feriado anual con sus empleadores. Las empresas con operaciones en regiones de alta demanda turística — como la Región de Los Lagos (Puerto Montt, Puerto Varas), la Región del Maule (sector vitivinícola), y la Región de la Araucanía — deben planificar con especial anticipación el feriado de su personal durante la temporada alta para no afectar la continuidad operacional.
Los trabajadores que se aproximan a diez años de servicio deben presentar solicitudes que requieran expresamente el cálculo del feriado progresivo conforme al Artículo 67 inciso 3° del CT, adjuntando su cartola de cotizaciones AFP emitida por la Superintendencia de Pensiones como prueba de los años totales de servicio con todos sus empleadores anteriores. Las AFP habilitadas en Chile incluyen AFP Capital, AFP Cuprum, AFP Habitat, AFP Modelo, AFP PlanVital, AFP ProVida y AFP Uno. La DT puede ordenar retroactivamente el pago del feriado progresivo que el empleador no haya reconocido correctamente, hasta por dos años hacia atrás conforme al Artículo 510 del CT.
Los trabajadores que han acumulado feriado de hasta dos años mediante acuerdo escrito con el empleador bajo el Artículo 70 del CT deben presentar la solicitud especificando qué año de feriado acumulado se consume primero (el más antiguo tiene prioridad) y el total de días hábiles solicitados en forma consecutiva. La solicitud previa a la desvinculación también es estratégicamente relevante: el trabajador que ejerce su feriado antes de renunciar o ser despedido recibe un beneficio mayor que el feriado proporcional del finiquito, porque el feriado gozado efectivamente no tributa bajo el Impuesto Único de Segunda Categoría, mientras que el feriado proporcional pagado en el finiquito sí constituye renta gravada bajo la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824/1974). Esta distinción tributaria puede representar un ahorro fiscal significativo para trabajadores con remuneraciones imponibles altas.
Qué incluir en tu Solicitud de Feriado Anual Chile
Una Solicitud de Feriado Anual legalmente efectiva en Chile conforme al Artículo 67 del Código del Trabajo debe contener los siguientes elementos esenciales para proteger tanto los derechos vacacionales del trabajador como las necesidades de planificación operacional del empleador:
**Identificación del trabajador:** Nombre completo, RUT (Registro Único Tributario del SII), número de cédula de identidad (emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación), cargo, departamento y lugar de prestación de servicios. El cargo y departamento son relevantes para que el empleador evalúe el impacto operacional de la ausencia y para aplicar los requisitos de aviso previo del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS) de la empresa.
**Cálculo del derecho vacacional:** Declaración explícita del derecho vacacional total acumulado del trabajador, calculado como: (a) los quince días hábiles base conforme al Artículo 67 del CT por cada año completo de servicio desde las últimas vacaciones tomadas; (b) días de feriado progresivo conforme al Artículo 67 inciso 3° para trabajadores con diez o más años totales de servicio acreditados mediante cartola AFP; y (c) vacaciones acumuladas de años anteriores acordadas por escrito conforme al Artículo 70 del CT. Los días hábiles para efectos del feriado excluyen sábados, domingos y festivos nacionales del calendario de feriados legales de Chile.
**Fechas solicitadas:** La fecha de inicio (primer día de ausencia) y la fecha de retorno al trabajo solicitadas, expresadas en formato DD/MM/AAAA. La solicitud debe especificar separadamente el primer día de ausencia y el día de reintegro al trabajo — una fuente frecuente de errores de cálculo en las áreas de RR.HH. de las empresas chilenas, que puede derivar en infracciones a la DT cuando el trabajador es reintegrado un día antes de lo que el feriado le corresponde.
**Acreditación del feriado progresivo:** Para trabajadores que solicitan días de feriado progresivo bajo el Artículo 67 inciso 3° del CT, la solicitud debe adjuntar la cartola de cotizaciones AFP con el historial completo de empleadores previos, o los certificados de antigüedad laboral de los empleadores anteriores, para que el empleador pueda verificar el cómputo total de años de servicio.
**Plan de cobertura:** Muchos empleadores en Chile — particularmente empresas mineras como Codelco y BHP Escondida, bancos regulados por la CMF, y entidades del sector público — exigen que el trabajador presente un plan de cobertura de sus responsabilidades durante el período de vacaciones. Aunque este requisito no está en el CT, el RIOHS de la empresa puede establecerlo como condición para la autorización del feriado. forms-legal.com incluye en esta plantilla una sección de cobertura que el trabajador puede completar voluntariamente para facilitar la autorización del empleador.
**Sección de autorización del empleador:** Una sección específica para que el empleador (o su representante autorizado — jefe directo, jefe de personal, o gerente) autorice o rechace con fundamento las fechas solicitadas. El Artículo 70 del CT requiere que el empleador programe las vacaciones de mutuo acuerdo con el trabajador. Una negativa plana sin ofrecer fechas alternativas puede constituir infracción al Artículo 67 del CT, sujeta a sanción de la DT. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar esta Solicitud de Feriado Anual de forma gratuita en PDF o DOCX y completar el formulario guiado para obtener un documento listo para firma en minutos. El Código del Trabajo, en los Artículos 67 a 76, establece los requisitos para el goce efectivo del feriado anual. Una solicitud bien redactada debe indicar el período de vacaciones pretendido, el saldo de días disponibles según el registro de la empresa, y la firma del empleado. El empleador está obligado a llevar un registro actualizado de los feriados y a otorgar el feriado dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que el trabajador cumple el requisito de un año de servicios. El incumplimiento del empleador es sancionado por la Dirección del Trabajo (DT) con multas que van de 1 a 20 UTM, según el número de trabajadores afectados. En empresas con sindicato, el Artículo 76 CT permite pactar feriado colectivo, en cuyo caso la solicitud individual se integra al calendario acordado. Para trabajadores a tiempo parcial regulados por los Artículos 40bis a 40bis F CT, el feriado se calcula proporcionalmente a la jornada pactada. Descarga el modelo de Solicitud de Feriado Anual Chile desde forms-legal.com en PDF o DOCX y complétalo con el formulario guiado en minutos.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Feriado Anual Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/employment/forms/solicitud-feriado-anual-chile
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 67 del Código del Trabajo, los trabajadores en Chile tienen derecho a un mínimo de quince días hábiles de vacaciones anuales pagadas después de completar un año continuo de servicio con el mismo empleador. Los días hábiles para efectos del feriado excluyen sábados, domingos y días festivos nacionales del calendario oficial chileno — que incluye Año Nuevo (1° de enero), Viernes Santo y Sábado Santo, Día del Trabajo (1° de mayo), Día de las Glorias Navales (21 de mayo), San Pedro y San Pablo (29 de junio), Día de la Virgen del Carmen (16 de julio), Día de las Glorias del Ejército (19 de septiembre), Fiestas Patrias (18 de septiembre), Día de la Raza (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1° de noviembre), Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Navidad (25 de diciembre). Los trabajadores con diez o más años totales de servicio — computados con todos los empleadores sobre la base de la cartola de cotizaciones AFP — tienen derecho al feriado progresivo: un día hábil adicional por cada tres años adicionales de servicio más allá de diez años, sin tope máximo en el derecho progresivo. Los trabajadores de las Regiones XI (Aysén), XII (Magallanes) y de la Provincia de Palena en la Región de Los Lagos tienen un derecho mínimo ampliado de veinte días hábiles por año conforme al Artículo 67 inciso 5° del CT, reconociendo el aislamiento geográfico de estas zonas extremas del territorio chileno.
Conforme al Artículo 70 del Código del Trabajo, el período de vacaciones debe acordarse entre el empleador y el trabajador, considerando las necesidades de funcionamiento de la empresa y las preferencias del trabajador. Un empleador puede diferir una solicitud de vacaciones proponiendo fechas alternativas — por ejemplo, fuera de los períodos de mayor producción o de proyectos críticos — pero no puede negar permanentemente al trabajador la posibilidad de tomar su feriado anual. El Artículo 67 del CT establece el feriado anual como un derecho irrenunciable — la negativa sistemática de vacaciones constituye una grave infracción laboral sujeta a sanciones administrativas de la DT conforme al Artículo 506 del CT. Las multas oscilan entre 1 y 60 UTM por trabajador afectado según el tamaño de la empresa. Si empleador y trabajador no acuerdan las fechas de vacaciones, el trabajador puede denunciar el conflicto ante la Inspección del Trabajo de la DT, que puede intervenir y ordenar al empleador programar las vacaciones dentro de un plazo razonable. La Corte Suprema ha señalado que la justificación de necesidad operacional para diferir vacaciones debe ser genuina y documentada — no puede ser un pretexto para impedir al trabajador ejercer su derecho.
Conforme al Artículo 73 del Código del Trabajo, cuando un contrato de trabajo termina — por cualquier causal, incluyendo renuncia (Artículo 159 N° 2), mutuo acuerdo (Artículo 159 N° 1), despido justificado (Artículo 160) o necesidades de la empresa (Artículo 161) — el empleador debe pagar al trabajador todas las vacaciones devengadas pero no gozadas como indemnización monetaria denominada feriado proporcional. El cálculo del feriado proporcional utiliza la remuneración diaria del trabajador basada en la última remuneración mensual conforme al Artículo 172 del CT, multiplicada por el número de días hábiles de vacaciones no gozadas. Para un trabajador que ha servido once meses desde su último feriado con una remuneración mensual de CLP 1.200.000, la tasa diaria es aproximadamente CLP 40.000, y quince días hábiles de feriado proporcional equivalen a CLP 600.000. A diferencia del feriado gozado efectivamente, que no tributa bajo el Impuesto Único de Segunda Categoría, el feriado proporcional pagado en el finiquito constituye renta imponible sujeta a dicho impuesto conforme a la Ley sobre Impuesto a la Renta (DL 824/1974). El monto del feriado proporcional debe incluirse en el finiquito laboral ratificado ante ministro de fe (Notario Público, inspector del trabajo o secretario del Juzgado de Letras del Trabajo) conforme al Artículo 177 del CT.
El Artículo 70 del Código del Trabajo permite la acumulación de feriado anual de hasta dos períodos consecutivos — pero solo con el acuerdo escrito expreso de ambas partes, empleador y trabajador. El tope máximo de acumulación de dos años es irrenunciable: los empleadores que permiten o fuerzan la acumulación más allá de dos períodos anuales enfrentan sanciones administrativas de la Inspección del Trabajo de la DT y deben pagar el feriado acumulado en exceso como indemnización adicional al finiquito. El acuerdo de acumulación escrito debe especificar los años que se acumulan, el total de días hábiles acumulados, el plazo límite para tomar el feriado acumulado, y la razón de la acumulación (viaje familiar, tratamiento médico prolongado, u otras causas justificadas). La DT ha señalado mediante Dictámenes que el empleador no puede imponer unilateralmente la acumulación al trabajador — requiere el consentimiento genuino y voluntario del trabajador. Para los trabajadores de las Regiones XI y XII y Provincia de Palena, el feriado ampliado de 20 días hábiles está sujeto a las mismas reglas de acumulación del Artículo 70 del CT.
El feriado progresivo conforme al Artículo 67 inciso 3° del Código del Trabajo se calcula sobre la base de los años totales de servicio del trabajador con todos sus empleadores, no solo con el empleador actual. Para acreditar los períodos de empleo previos, el trabajador debe presentar la cartola de cotizaciones AFP — disponible en el portal en línea de cualquier AFP habilitada (AFP Capital, AFP Cuprum, AFP Habitat, AFP Modelo, AFP PlanVital, AFP ProVida o AFP Uno) o en el sitio de la Superintendencia de Pensiones (www.spensiones.cl) — que muestra mes a mes las cotizaciones realizadas por cada empleador desde el inicio de la vida laboral. El método de cálculo es el siguiente: una vez que el trabajador acumula diez años totales de servicio, gana un día hábil adicional de feriado por cada tres años adicionales de servicio total. Con 13 años totales corresponden 16 días hábiles; con 16 años, 17 días; con 19 años, 18 días; con 22 años, 19 días; y así sucesivamente sin límite máximo. La Inspección del Trabajo verifica el cálculo correcto del feriado progresivo durante las fiscalizaciones laborales y puede ordenar al empleador el pago retroactivo del feriado progresivo no reconocido por hasta dos años hacia atrás conforme al Artículo 510 del CT.
Según el Artículo 67 del Código del Trabajo, el empleador puede postergar el feriado por necesidades de la empresa, pero no puede negarlo indefinidamente. Debe otorgarse dentro de los 60 días siguientes al cumplimiento del requisito de un año de servicios. Si el empleador persiste en la negativa, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Dirección del Trabajo (DT), que puede aplicar multas de 1 a 20 UTM conforme al Artículo 477 CT.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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