Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)
CONTRATO DE CONSORCIO
Celebrado conforme al Código Civil Art. 1545 y Ley N° 19.886/2003
PRIMERO: MIEMBROS DEL CONSORCIO
EMPRESA LÍDER:
Razón Social: [Lead Company Name]
RUT: [Lead Company RUT]
Domicilio: [Lead Company Address]
Representante Legal: [Lead Company Representative]
Porcentaje de Participación: [Lead Company Participation]%
EMPRESA MIEMBRO:
Razón Social: [Member Company Name]
RUT: [Member Company RUT]
Domicilio: [Member Company Address]
Representante Legal: [Member Company Representative]
Porcentaje de Participación: [Member Company Participation]%
Las empresas individualizadas precedentemente se denominarán en conjunto 'el Consorcio' o individualmente 'Miembro'. El Consorcio se forma con el objeto específico señalado en la cláusula segunda y no constituye una persona jurídica independiente.
SEGUNDO: OBJETO DEL CONSORCIO
Los Miembros del Consorcio acuerdan postular conjuntamente y, en caso de adjudicación, ejecutar el siguiente contrato:
Entidad Contratante: [Contracting Entity]
ID de Licitación (Mercado Público): [Licitación ID]
Descripción del Contrato: [Contract Description]
Monto Estimado: [Estimated Contract Value]
El presente Consorcio se constituye exclusivamente para el contrato indicado y se extinguirá de pleno derecho a la completa ejecución del mismo, sin necesidad de acuerdo expreso de las Partes.
TERCERO: ROL DE LA EMPRESA LÍDER
[Lead Company Name] en su calidad de Empresa Líder del Consorcio, queda facultada y obligada a:
a) Presentar la oferta conjunta del Consorcio en el sistema de Mercado Público de ChileCompra (www.mercadopublico.cl) conforme a la Ley N° 19.886 y el DS N° 250/2004.
b) Suscribir el contrato con [Contracting Entity] en representación del Consorcio.
c) Emitir las facturas electrónicas por los pagos del contrato conforme a las exigencias del SII (Servicio de Impuestos Internos).
d) Coordinar la ejecución del contrato, incluyendo la gestión de plazos, calidad y comunicaciones con la entidad contratante.
e) Presentar los informes de avance y cumplimiento requeridos por [Contracting Entity].
CUARTO: DISTRIBUCIÓN DE TRABAJO Y FINANCIERA
4.1 Distribución del alcance de trabajo:
Empresa Líder ([Lead Company Name]): [Lead Company Participation]% del alcance técnico y financiero del contrato.
Empresa Miembro ([Member Company Name]): [Member Company Participation]% del alcance técnico y financiero del contrato.
4.2 Gestión financiera: El Consorcio mantendrá la siguiente cuenta operacional: [Bank Account Details]. Los pagos recibidos de [Contracting Entity] serán distribuidos entre los Miembros en conformidad con los porcentajes de participación indicados, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de cada pago.
QUINTO: DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Conforme al Artículo 67 bis del DS N° 250/2004 y el Código Civil Art. 1511, los Miembros del Consorcio declaran expresamente que asumen responsabilidad solidaria (responsabilidad solidaria e indivisible) frente a [Contracting Entity] por el completo, oportuno y correcto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del contrato.
La responsabilidad solidaria significa que [Contracting Entity] podrá exigir el cumplimiento íntegro del contrato o el pago de la totalidad de los daños y perjuicios a cualquiera de los Miembros del Consorcio, independientemente de su porcentaje de participación individual.
La distribución interna de responsabilidades entre los Miembros del Consorcio (conforme a los porcentajes de participación indicados) no es oponible a [Contracting Entity]. El Miembro que pague por cuenta del otro tendrá derecho de subrogación conforme al CC Art. 1522.
SEXTO: COMITÉ DE CONSORCIO
6.1 Composición: [Committee Composition]
6.2 Decisiones ordinarias: Se adoptan por mayoría simple de los Miembros del Consorcio.
6.3 Decisiones extraordinarias (requieren unanimidad): cambios en el alcance del contrato, aceptación de adicionales por montos superiores a UF 500, interposición de reclamaciones formales contra [Contracting Entity], incorporación o retiro de Miembros del Consorcio.
SÉPTIMO: HABILITACIÓN EN CHILESCOMPRA Y CUMPLIMIENTO LEGAL
Cada Miembro del Consorcio declara que: (a) está registrado como proveedor habilitado en el Registro de Proveedores de Mercado Público (www.mercadopublico.cl); (b) no está afecto a las inhabilidades establecidas en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886; (c) no tiene condenas vigentes bajo la Ley N° 20.393 (responsabilidad penal de las personas jurídicas); y (d) está al día en el pago de sus obligaciones tributarias ante el SII y de sus cotizaciones previsionales ante la AFP y sistemas de salud pertinentes.
OCTAVO: TÉRMINO DEL CONSORCIO
El presente Consorcio terminará por: (a) completa ejecución y liquidación del contrato con [Contracting Entity]; (b) no adjudicación del contrato licitado; (c) acuerdo unánime de los Miembros; (d) insolvencia de un Miembro bajo la Ley N° 20.720 (Ley de Reorganización y Liquidación). El retiro voluntario de un Miembro antes de la completa ejecución del contrato requerirá la aprobación previa y por escrito de [Contracting Entity] y de los demás Miembros, bajo pena de indemnización de daños y perjuicios.
NOVENO: FIRMA
En [Contract City], a [Contract Date], los Miembros suscriben el presente Contrato de Consorcio en dos ejemplares de igual tenor y valor, y autorizan a la Empresa Líder para adjuntar el presente instrumento a la oferta presentada en el sistema de Mercado Público de ChileCompra.
________________________
[Lead Company Name]
RUT: [Lead Company RUT]
Empresa Líder
________________________
[Member Company Name]
RUT: [Member Company RUT]
Empresa Miembro
Empresa Líder
________________
Signature
Empresa Miembro
________________
Signature
What Is a Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)?
Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio) is a temporary contractual association governed by Código Civil Article 1545 and Ley N° 19.886/2003 (Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios), by which two or more independent companies combine their technical, financial, and human resources to jointly bid for and execute a specific public or private procurement contract. The Contrato de Consorcio — also referred to in Chilean practice as Unión Temporal de Empresas (UTE) — creates a temporary collaboration without establishing a new legal entity (persona jurídica), each member retaining its own RUT, legal personality, and separate financial statements.
Ley N° 19.886/2003 (the principal Chilean public procurement statute) explicitly permits consortium bidding through the ChileCompra electronic procurement platform (www.mercadopublico.cl), operated by the Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP). The DCCP, established by Ley N° 19.886, oversees public procurement by all Chilean government entities — Ministerios, municipalities (municipalidades), regional governments (gobiernos regionales), public companies, and decentralized state entities — subject to the statutory thresholds distinguishing licitación pública (public tender), licitación privada (private tender), and trato directo (direct award). The Reglamento de la Ley N° 19.886 (DS N° 250/2004 of the Ministerio de Hacienda) establishes the specific requirements for consortium participation in licitaciones.
The Contrato de Consorcio for ChileCompra procurement must address the specific requirements of DS N° 250/2004 Article 67 bis: designation of a empresa líder (lead company) responsible for the bid and execution coordination; each member's contribution percentage (porcentaje de participación); joint and several liability declaration (declaración de responsabilidad solidaria) binding all consortium members for the full performance of the contract; and confirmation that all consortium members meet the applicable habilitación requirements (technical qualifications, financial capacity, absence of criminal sanctions under Ley N° 20.393).
Beyond public procurement, private sector consortia are formed for large-scale infrastructure projects, natural resource exploration under the Código de Minería and Ley N° 18.097/1982, energy projects regulated by the Comisión Nacional de Energía (CNE) and the Comisión para el Mercado Financiero (CMF) for capital market financing, and real estate development projects requiring coordination between land owners, developers, and construction companies before the Dirección de Obras Municipales and the Conservador de Bienes Raíces (CBR).
The consortium's activities are subject to Chilean tax law. The SII (Servicio de Impuestos Internos) treats contractual consortia as transparent pass-through arrangements — each member recognizes its proportionate share of income and deductible expenses. If the consortium registers as a separate business for IVA (Impuesto al Valor Agregado — 19% under DL 825/1974) purposes, it obtains its own RUT and issues facturas electrónicas for services rendered to the contracting entity. Transfer pricing rules under LIR Article 41 E apply when consortium members are related parties (partes relacionadas), requiring arm's length pricing for intercompany services and capital contributions.
When Do You Need a Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)?
A Consortium Agreement Chile is required whenever two or more companies wish to jointly pursue a contract — particularly public procurement tenders at ChileCompra — that requires capabilities, financial capacity, or geographic coverage exceeding what any single company can provide.
Construction and engineering firms bidding on major public infrastructure contracts — highways, bridges, ports, water treatment plants, and hospitals — under the Ministerio de Obras Públicas (MOP) concession programme and the Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) housing programme require consortium arrangements to meet the technical qualification (habilitación técnica) and financial capacity (solvencia financiera) thresholds mandated by the respective licitación bases. The MOP's Sistema de Registro de Contratistas (Registro de Contratistas del MOP) requires each consortium member to hold individual inscriptions in the appropriate specialty categories.
IT and technology service companies bidding on government digital transformation contracts through ChileCompra form consortia to combine software development expertise, cybersecurity capabilities, and cloud infrastructure management — particularly relevant for contracts with SEGPRES (Ministerio Secretaría General de la Presidencia), the Servicio de Impuestos Internos (SII), and Registro Civil e Identificación. Health sector companies bidding on CENABAST (Central Nacional de Abastecimiento del Ministerio de Salud) medical supply contracts and hospital construction tenders may form consortia to meet pharmaceutical, medical equipment, and construction requirements simultaneously.
Energy sector companies pursuing concessions and contracts with the Comisión Nacional de Energía (CNE) and the Ministerio de Energía for renewable energy projects (solar in Atacama, wind in Aysén), transmission infrastructure, and desalination plants require consortia to combine technical expertise, regulatory experience, and capital resources. Mining companies entering into service contracts with CODELCO (Corporación Nacional del Cobre de Chile), Antofagasta Minerals, and other major operators form consortia for large-scale drilling, blasting, and mineral processing service contracts under the Código de Minería.
What to Include in Your Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)
A valid Consortium Agreement Chile under Código Civil Article 1545 and Ley N° 19.886/2003 must contain the following essential elements to satisfy ChileCompra procurement requirements and establish clear internal governance among members:
Identification of Consortium Members (Identificación de los Miembros): Full legal name, RUT (Rol Único Tributario issued by SII), registered address, legal representative, and ChileCompra supplier registration number (código de proveedor en Mercado Público) for each consortium member. All members must be registered as proveedores habilitados in the ChileCompra supplier registry (Registro de Proveedores de ChileCompra) before the bid submission deadline.
Designation of Lead Company (Designación de Empresa Líder): The empresa líder (lead company) is the consortium member designated as the primary interface with the contracting public entity — responsible for submitting the joint bid through the ChileCompra platform, signing the contract with the public entity on behalf of the consortium, issuing facturas electrónicas for the contract payments, and coordinating compliance reporting. The empresa líder must hold sufficient financial capacity and technical qualifications to satisfy the contracting entity's requirements for the lead bidder.
Participation Percentages (Porcentajes de Participación): Each member's percentage share of the contract (porcentaje de participación) — determining each member's contribution obligations, work scope allocation, and entitlement to contract revenues. The total participation percentages must equal 100%. These percentages are disclosed to ChileCompra in the consortium declaration and are binding on the members and the contracting entity.
Joint and Several Liability Declaration (Declaración de Responsabilidad Solidaria): Under DS N° 250/2004 Article 67 bis, all consortium members must declare joint and several liability (responsabilidad solidaria) to the contracting public entity for the full and timely performance of all contract obligations. This means the contracting entity can claim performance or damages from any individual consortium member for the entire contract value — not just that member's percentage share. The solidaria declaration is a non-negotiable requirement for ChileCompra consortium bids.
Scope of the Collaboration (Objeto del Consorcio): Precise description of the specific public procurement contract or project for which the consortium is formed — including the ChileCompra licitación ID number (ID de licitación en Mercado Público), the contracting entity, and the contract description. The consortium's object must be strictly limited to this specific contract — any broader scope may trigger reclassification as a sociedad de hecho.
Work Scope Allocation (Distribución de Trabajos y Responsabilidades): Internal allocation of the contract work among consortium members — which member is responsible for which component, milestone, and deliverable. This internal division of work does not affect the external joint and several liability declared to the contracting entity. The work scope allocation determines each member's cost and revenue recognition for LIR income tax purposes.
Governance and Decision-Making (Comité de Consorcio): The joint management committee (comité de consorcio or comité técnico) — composition, voting rights, quorum for ordinary and extraordinary decisions, and the empresa líder's authority to act unilaterally in urgent situations. For major decisions — changes in scope, additional work, claims against the contracting entity — the agreement should require a specific majority or unanimity.
Financial Management (Gestión Financiera): The consortium's bank account management — whether a joint operating account (cuenta operacional del consorcio) is maintained, how contract payments received are distributed among members, and how shared costs (costos compartidos) are allocated. Intercompany billing arrangements must comply with SII transfer pricing rules under LIR Article 41 E for related party members.
Termination and Withdrawal (Término y Retiro): Conditions under which the consortium terminates — contract completion (cumplimiento del objeto), mutual agreement, material breach by a member, insolvency of a member under Ley N° 20.720, or force majeure. Withdrawal of a member before contract completion must be approved by both the remaining members and the contracting public entity — unauthorized withdrawal may trigger contractual penalties and ChileCompra debarment.
Forms-legal.com provides this Consortium Agreement Chile template as a reference document for companies preparing joint bids for ChileCompra public procurement and private sector consortium arrangements. Given the mandatory ChileCompra requirements under Ley N° 19.886 and DS N° 250/2004, legal counsel specializing in contratación pública should review the consortium agreement before submission. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
How to Fill Out Your Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)
Para completar correctamente un Contrato de Consorcio en Chile conforme a la Ley N° 19.886 y el Código Civil, siga estos pasos en orden:
Paso 1 — Identifique a todos los integrantes: Ingrese el nombre o razón social completa, RUT vigente y domicilio legal de cada parte. Para personas jurídicas, verifique que quien suscribe tenga poder suficiente inscrito en el Conservador de Bienes Raíces o Registro de Comercio competente. Una representación insuficiente puede acarrear la inoponibilidad del contrato a la sociedad representada conforme al artículo 1448 del Código Civil.
Paso 2 — Describa el objeto con precisión: Indique el nombre exacto del proyecto, licitación o actividad. Para licitaciones públicas convocadas mediante la Ley N° 19.886, incorpore el número de ID en el portal Mercado Público (ChileCompra) y el nombre de la entidad licitante. La imprecisión del objeto es la principal fuente de litigios entre consorciados ante los tribunales civiles.
Paso 3 — Cuantifique los aportes: Detalle en una tabla o anexo los aportes de cada miembro (dinero, equipos, personal, licencias). Asigne un valor de mercado a los aportes no dinerarios para facilitar la distribución de resultados y la declaración ante el SII conforme al DL N° 824 (Ley de la Renta).
Paso 4 — Defina la distribución de resultados: Establezca porcentajes claros. Cuando los porcentajes varíen según el tipo de resultado (utilidades vs. recuperación de inversión), redacte una tabla diferenciada para evitar ambigüedades al momento de la liquidación del consorcio.
Paso 5 — Designe al representante: Nombre al gestor del consorcio e indique expresamente si tiene facultades para suscribir contratos, emitir facturas en nombre del consorcio o actuar ante el SII. Las facultades amplias o restringidas deben quedar explícitas para evitar conflictos de representación ante terceros.
Paso 6 — Establezca el mecanismo de resolución de disputas: Indique si las controversias se someterán a arbitraje (árbitro arbitrador o árbitro de derecho conforme al Código Orgánico de Tribunales), mediación o tribunales ordinarios de Santiago u otra plaza. La Ley N° 19.971 sobre Arbitraje Comercial Internacional aplica a disputas con partes extranjeras.
Paso 7 — Revise y suscriba: Verifique que todas las páginas sean rubricadas y que la última sea firmada ante notario público si alguna entidad pública o banco exige instrumento público. Conserve al menos dos originales y digitalice el contrato para respaldo permanente.
Legal Requirements for Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)
Un Contrato de Consorcio en Chile no está sujeto a un régimen de registro obligatorio ante ningún organismo público, salvo en los casos específicos que se detallan a continuación conforme a la normativa chilena vigente:
Código Civil y Código de Comercio: Las normas generales sobre contratos (artículos 1438 y ss. del Código Civil) y las disposiciones sobre asociaciones o cuentas en participación del Código de Comercio (artículos 507-511) son aplicables supletoriamente cuando el contrato no regule expresamente algún aspecto relevante para la relación entre consorciados.
Ley N° 19.886 y su Reglamento: Para participar en licitaciones públicas, el consorcio debe acreditar su constitución mediante escritura pública o instrumento privado autorizado ante notario, y designar al representante o gestor que actuará ante la entidad contratante. Omitir este requisito impide la postulación válida del consorcio y puede causar la inadmisibilidad de la oferta presentada.
Obligaciones tributarias (SII y DL N° 824): Cuando el consorcio actúa como unidad económica, debe obtener RUT propio ante el SII, iniciar actividades y emitir facturas electrónicas conforme a la Ley N° 20.780 (Reforma Tributaria de 2014). Cada integrante declara su participación en el resultado consorcial según las normas de la Ley de la Renta (DL 824), siendo fundamental que el contrato delimite la proporción de cada uno para efectos del impuesto a la renta de primera categoría.
Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos: Los contratos firmados electrónicamente con firma avanzada tienen igual valor legal que el instrumento en papel, lo que permite suscripción remota entre integrantes de distintas ciudades o países, conforme a los estándares del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Chile y del Ministerio de Economía.
Normativa sectorial: En sectores regulados como energía eléctrica (CNE, Ley N° 20.936), minería (SERNAGEOMIN, Código de Minería) o telecomunicaciones (Subtel, Ley N° 18.168), pueden existir exigencias adicionales de las autoridades sectoriales que deben verificarse caso a caso antes de formalizar el consorcio con socios del respectivo sector.
Common Mistakes to Avoid in Your Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio)
Los errores más frecuentes al redactar un Contrato de Consorcio en Chile son los siguientes:
Primer error — Omitir la designación del representante: La ausencia de la cláusula de representación impide que el consorcio actúe válidamente ante entidades públicas o financieras, bloqueando pagos, certificaciones y la postulación a licitaciones públicas bajo la Ley N° 19.886.
Segundo error — Aportes sin valorización económica: Describir los aportes en términos vagos ("experiencia", "conocimientos") sin asignar un valor de mercado genera disputas irresolubles al momento de distribuir resultados o absorber pérdidas, frecuentemente terminando en arbitraje ante el CAM Santiago.
Tercer error — Silencio sobre responsabilidad solidaria: No precisar si la responsabilidad de los miembros es conjunta o solidaria puede derivar en que un acreedor exija el total de la deuda a cualquier integrante individual, sin posibilidad de repetir contra los demás sin acción judicial adicional.
Cuarto error — Plazo indefinido sin causales de término: Un consorcio sin fecha de vencimiento ni causales claras de disolución puede quedar activo indefinidamente, generando obligaciones tributarias y contables indeseadas ante el SII.
Quinto error — Omitir la cláusula de propiedad intelectual: Cuando el proyecto genera software, metodologías o patentes, la falta de regulación sobre titularidad provoca disputas que pueden escalar al Tribunal de Propiedad Industrial o a los tribunales civiles competentes.
Sexto error — No verificar poderes del firmante: Cuando quien suscribe carece de poderes suficientes según el estatuto societario de su empresa, el contrato puede ser declarado inoponible o nulo, invalidando todo lo actuado en nombre del consorcio.
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Forms Legal. (2026). Consortium Agreement Chile (Contrato de Consorcio) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/business/contracts/consortium-agreement-chile
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}Frequently Asked Questions
Los requisitos de consorcio para contratación pública en ChileCompra se establecen en la Ley N° 19.886/2003 y su Reglamento (DS N° 250/2004 del Ministerio de Hacienda). Bajo el Artículo 67 bis del DS N° 250/2004, un consorcio que desee presentar una oferta conjunta en una licitación pública debe: (1) registrar a todos los miembros del consorcio como proveedores habilitados en el Registro de Proveedores de Mercado Público; (2) designar una empresa líder que suscriba el contrato con la entidad contratante y emita las facturas electrónicas correspondientes; (3) aportar un Contrato de Consorcio firmado por todos los miembros que especifique el porcentaje de participación y responsabilidades de cada uno; (4) presentar una declaración jurada de responsabilidad solidaria de todos los miembros; (5) demostrar que el consorcio cumple colectivamente todos los requisitos de habilitación técnica, financiera y legal especificados en las bases de licitación; y (6) confirmar que ningún miembro del consorcio está sujeto a sanciones penales bajo la Ley N° 20.393, tiene deudas pendientes con el SII o la Tesorería General de la República, o está sujeto a inhabilitación en ChileCompra.
Sí — la responsabilidad solidaria en un consorcio chileno significa que la entidad contratante puede exigir el pleno cumplimiento o reclamar el valor total del contrato en daños a cualquier miembro individual del consorcio, independientemente del porcentaje de participación de ese miembro. La responsabilidad solidaria se rige por los Artículos 1511 y ss. del Código Civil — bajo el Artículo 1511 del CC, cuando una obligación es solidaria, cada deudor solidario está obligado por la totalidad de la obligación, y el acreedor (la entidad contratante) puede perseguir a cualquiera de ellos por el monto total. En un consorcio donde la Empresa A tiene un 60% de participación y la Empresa B un 40%, si la Empresa B incumple y no completa su 40% del trabajo, la entidad pública contratante puede perseguir a la Empresa A por el 100% de los daños del contrato — no solo el 60%. Esta responsabilidad solidaria externa debe distinguirse de la asignación interna de responsabilidad entre los miembros del consorcio establecida en el Contrato de Consorcio — el acuerdo de consorcio típicamente establece que cada miembro es en última instancia responsable de los costos y daños derivados de su propio alcance de trabajo, con derechos de subrogación contra el miembro incumplidor. Sin embargo, la asignación interna no tiene efecto legal frente a la entidad contratante.
La empresa líder en un consorcio chileno es el miembro designado como interfaz legal y administrativa principal con la entidad contratante. En la fase de licitación, la empresa líder registra la oferta del consorcio a través de la plataforma Mercado Público de ChileCompra utilizando sus propias credenciales de proveedor, adjunta el Contrato de Consorcio y la declaración de responsabilidad solidaria, y certifica que el consorcio cumple colectivamente todos los requisitos de habilitación. En la fase de ejecución del contrato, la empresa líder suscribe el contrato con la entidad pública contratante en representación del consorcio, emite todas las facturas electrónicas por los pagos del contrato, gestiona el cronograma del proyecto e informes de calidad, y coordina las comunicaciones entre los miembros del consorcio y la entidad contratante. La autoridad de la empresa líder está delimitada por el Contrato de Consorcio — las decisiones importantes (cambios de alcance, reclamaciones, acuerdo de disputas) típicamente requieren la aprobación de todos los miembros del consorcio o del comité de consorcio. Para efectos tributarios, los acuerdos de facturación entre la empresa líder y los demás miembros del consorcio deben documentarse con facturas electrónicas que reflejen el trabajo efectivamente realizado por cada parte.
Sí — los acuerdos de consorcio en Chile no se limitan a la contratación pública bajo la Ley N° 19.886. El Contrato de Consorcio es un instrumento contractual comercial general regido por el Artículo 1545 del Código Civil, que proporciona la libertad contractual para cualquier fin lícito. Los consorcios del sector privado son comunes en varios sectores. En el sector minero, las empresas forman consorcios para contratos de servicios a gran escala con CODELCO, BHP Billiton Minera Escondida, Anglo American Chile y otros operadores mineros. En el desarrollo inmobiliario, los propietarios de terrenos, empresas constructoras e inversores financieros forman consorcios inmobiliarios privados para desarrollar proyectos residenciales y comerciales. Para los consorcios del sector privado que no involucran contratación pública, los requisitos del DS N° 250/2004 (empresa líder, declaración solidaria, registro en ChileCompra) no aplican — las partes tienen plena libertad para estructurar la gobernanza, la asignación de responsabilidades y los acuerdos financieros conforme al Artículo 1545 del CC.
El retiro o la insolvencia de un miembro del consorcio durante la ejecución del contrato en Chile tiene graves consecuencias legales bajo el Contrato de Consorcio y la legislación chilena. Si un miembro del consorcio declara insolvencia (liquidación concursal) bajo la Ley N° 20.720, esto constituye un incumplimiento material que activa las disposiciones de terminación del Contrato de Consorcio. Los miembros solventes restantes — obligados por responsabilidad solidaria ante la entidad contratante — deben decidir si absorber el alcance de trabajo del miembro insolvente y continuar la ejecución, encontrar un miembro de reemplazo (sujeto a la aprobación de la entidad contratante), o negociar una terminación parcial con la entidad contratante. La entidad pública contratante bajo la Ley N° 19.886 puede terminar el contrato por causa (resolución por incumplimiento) y buscar indemnización de los miembros solventes restantes bajo sus obligaciones solidarias. El Contrato de Consorcio debe incluir disposiciones para: el derecho a remediar las obligaciones del miembro incumplidor; derechos de intervención (step-in) que permitan a los miembros restantes asumir el alcance del miembro incumplidor; garantías financieras (boletas de garantía o fianzas) de cada miembro cubriendo sus obligaciones individuales; y requisitos de seguros suficientes para cubrir pérdidas por incumplimientos de miembros.
Un consorcio y un arreglo de subcontratación son legalmente distintos en el derecho chileno con implicaciones de responsabilidad y gobernanza significativamente diferentes. En un consorcio, todos los miembros son partes del contrato con la entidad contratante — cada miembro tiene una relación legal directa con el cliente, contribuye con su alcance de trabajo asignado y comparte los ingresos del contrato, y todos los miembros están sujetos a responsabilidad solidaria ante el cliente. En un arreglo de subcontratación bajo el Artículo 183-A y ss. del Código del Trabajo, el contratista principal es la única parte con una relación contractual directa con el cliente — el subcontratista no tiene relación de privity contractual con el cliente. Bajo el régimen de subcontratación del Código del Trabajo, la empresa principal (contratista principal) tiene responsabilidad solidaria por las obligaciones laborales de los empleados del subcontratista bajo el Artículo 183-B del CT, aunque la empresa que encarga (cliente) tiene solo responsabilidad subsidiaria. Para efectos de contratación pública en ChileCompra, las bases de licitación típicamente especifican si se permite la licitación en consorcio y si se permite la subcontratación del alcance de trabajo del contratista principal y en qué porcentaje.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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