Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo)
SOLICITUD DE PERMISO POR CUIDADO DE HIJO
Conforme a la Ley Federal del Trabajo (Artículo 132 fracción XXVII-bis y Artículo 170)
I. DATOS DEL TRABAJADOR/A
Nombre Completo: [Worker Name]
NSS (IMSS): [Worker NSS]
RFC: [Worker RFC]
CURP: [Worker CURP]
Puesto de Trabajo: [Worker Job Title]
Departamento / Área: [Worker Department]
II. DATOS DEL PATRÓN
Razón Social / Nombre del Patrón: [Employer Name]
Registro Patronal IMSS: [Registro Patronal]
Oficial de RH / Representante Autorizado: [HR Officer Name]
III. DETALLES DEL PERMISO SOLICITADO
Tipo de Permiso: [Leave Type]
Fecha del Evento (Nacimiento / Adopción): [Child Event Date]
Fecha de Inicio del Permiso: [Leave Start Date]
Fecha de Regreso al Trabajo: [Leave End Date]
Total de Días de Permiso: [Total Leave Days]
El/La suscrito/a solicita respetuosamente el permiso antes indicado, con fundamento en la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social, y se compromete a proporcionar la documentación de respaldo correspondiente.
IV. DOCUMENTACIÓN DE RESPALDO
Documento Adjunto: [Supporting Document]
Notas Adicionales: [Additional Notes]
V. DECLARACIONES Y COMPROMISOS
El/La trabajador/a declara que la información proporcionada es verídica y se compromete a:
a) Presentar la documentación de respaldo antes de la fecha de inicio del permiso o en la fecha del evento, según corresponda.
b) Notificar al patrón cualquier cambio en las fechas previstas con la mayor anticipación posible.
c) Reincorporarse a sus labores en la fecha indicada en la presente solicitud, salvo causa médica debidamente documentada ante el IMSS.
El patrón reconoce que durante el permiso por maternidad (Artículo 170 LFT) y la licencia de paternidad (Artículo 132 fracción XXVII-bis LFT) se preserva la relación laboral, continúan las aportaciones al IMSS e INFONAVIT sobre el Salario Base de Cotización registrado, y el/la trabajador/a conserva los derechos de antigüedad, vacaciones y PTU correspondientes al período de licencia.
FIRMAS
En [Request City], a [Request Date].
EL/LA TRABAJADOR/A SOLICITANTE:
[Worker Name]
NSS: [Worker NSS]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
ACUSE DE RECIBO DEL PATRÓN:
[Employer Name]
Recibido por: [HR Officer Name]
Firma: _________________________ Sello: _________________________ Fecha: _________________________
Requesting Worker (Trabajador/a Solicitante)
________________
Signature
HR Officer / Employer Representative (Patrón / RH)
________________
Signature
What Is a Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo)?
A Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo) is a formal written application submitted by a worker to an employer in Mexico requesting authorized absence or reduced working arrangements to care for a child, governed by Article 132 fraction XXVII-bis of the Ley Federal del Trabajo (LFT), which obliges employers to grant paternity leave and reinforces the constitutional right to family life under Article 4 of the Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. The document formalizes an employee's right to parental accommodation and creates an official record for IMSS, payroll, and human resources purposes.
Mexican labour law expanded parental rights significantly through the Decreto de reforma publicado en el Diario Oficial de la Federación on 2 January 2016, which introduced Article 132 fraction XXVII-bis into the LFT. Under this provision, employers are obliged to grant fathers five working days of paid paternity leave upon the birth of a child or adoption of an infant. The Ley del Seguro Social (LSS) published in the DOF on 21 December 1995 further governs maternity benefits — Article 101 of the LSS grants the female insured worker a maternity subsidy (subsidio por maternidad) during the 84-day (42 pre-birth plus 42 post-birth) maternity leave period under Article 170 LFT, paid at 100% of the Salario Base de Cotización (SBC) registered with the IMSS.
Beyond the mandatory five-day paternity leave, workers may request additional unpaid leave under Articles 132 fraction XVII and 42 of the LFT for justified personal causes. Many employers operating under Contratos Colectivos de Trabajo (CCT — collective bargaining agreements) negotiated with recognized unions registered before the Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) provide superior parental leave benefits exceeding the LFT minimums, including extended paternity leave, nursing break schedules (tiempo para lactancia under Article 170 fraction IV LFT), and gradual return-to-work programs. Where such superior benefits exist, they form part of the employment contract and may not be unilaterally reduced under Article 57 LFT.
The Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) administers the maternity subsidy through the Guarderías y Prestaciones Sociales branch, which also provides childcare facilities (guarderías) to insured female workers and, since 2019 reforms, to insured single fathers under IMSS Administrative Circular 09/2019. Eligible workers must have a minimum of thirty weeks of contributions registered with the IMSS in the twelve months preceding the leave date under Article 101 of the LSS. The employer must notify the IMSS of the leave period through the Sistema de Información de Administración de Recursos Humanos (SIARHE) or through the employer's IDSE portal.
For adoption cases, Article 170 fraction II of the LFT grants the adoptive mother a 84-day post-adoption maternity leave if the child is under three years of age, and a six-week leave if the child is between three and seven years old. Fathers who adopt as single parents or primary caregivers may request equivalent treatment under the principles of non-discrimination in Article 3 of the LFT as reformed in 2021. The Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) has issued recommendations recognizing co-parenting arrangements and the right of both parents to participate in childcare without employment discrimination under the principle of corresponsabilidad parental.
The NOM-035-STPS-2018 (Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo) issued by the Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) requires employers to identify and mitigate psychosocial risk factors that include excessive workloads preventing parental participation in family care. The STPS Inspección Federal del Trabajo may audit employer records to verify that parental leave rights under Article 132 fraction XXVII-bis LFT are being respected and that no discriminatory action was taken against workers for exercising those rights under the Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED).
When Do You Need a Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo)?
A Child Care Leave Request Mexico is needed whenever a worker employed under an indefinite or fixed-term contract governed by the Ley Federal del Trabajo intends to take authorized leave for child care purposes and requires the employer to formally acknowledge the absence, preserve the employment relationship, and coordinate benefit administration with the IMSS.
The document is required when a male worker invokes Article 132 fraction XXVII-bis of the LFT to request the mandatory five working days of paid paternity leave following the birth or adoption of a child. Employers who deny or reduce this entitlement face sanctions from the STPS Inspección Federal del Trabajo under Article 994 LFT, including fines ranging from 50 to 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) per violation.
A Solicitud de Permiso is also needed when a female worker notifies the employer of her intention to begin pre-birth maternity leave under Article 170 LFT, allowing the employer to file the corresponding Alta de Incapacidad with the IMSS to activate the maternity subsidy payments. Without a formal request document, the IMSS subsidy cannot be processed in a timely manner and the employer may be exposed to claims that salary continued to be payable during the IMSS-covered period.
The form is required when a worker requests additional unpaid childcare leave beyond the statutory minimums — for example, to care for a newborn with a disability, a child undergoing medical treatment, or a child placed through the Sistema Nacional DIF (Desarrollo Integral de la Familia) under adoption procedures. Such additional leave requires written agreement between the employer and worker under Article 42 of the LFT.
Employers who operate IMSS-affiliated guarderías (childcare facilities) under the programa de guarderías must maintain records of all child care accommodation requests for audits by the IMSS Delegación Regional. Human resources departments use the formal request to compute the impact on the Salario Diario Integrado (SDI), PTU participation days, and vacation accrual for the leave period.
What to Include in Your Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo)
A complete Child Care Leave Request Mexico under the Ley Federal del Trabajo must include the following components to be valid for IMSS, STPS, and payroll processing purposes.
Identification of Requesting Worker: Full legal name, Número de Seguridad Social (NSS) assigned by IMSS, RFC (Registro Federal de Contribuyentes issued by the SAT), CURP (Clave Única de Registro de Población issued by RENAPO), current job title (puesto), and department or work area (área o departamento). The NSS is essential for IMSS to verify contribution weeks and process the maternity subsidy under Article 101 of the Ley del Seguro Social.
Employer Identification: Legal name (razón social) of the employing entity, Registro Patronal IMSS number, RFC of the employer, and the name and title of the human resources officer or legal representative acknowledging the request. The Registro Patronal IMSS identifies the employer account against which the worker's contribution weeks are registered.
Type and Legal Basis of Leave: Explicit identification of the type of leave requested — paternity leave (licencia de paternidad under Article 132 fraction XXVII-bis LFT), pre-birth maternity leave (Article 170 fraction II LFT), post-birth maternity leave (Article 170 fraction IV LFT), adoption leave (Article 170 fraction II LFT), or unpaid childcare leave (Article 42 LFT). Each type has different statutory duration, pay entitlements, and IMSS procedures. Misclassifying the leave type can affect IMSS subsidy eligibility and payroll processing.
Leave Period: Start date and return-to-work date expressed in DD/MM/YYYY format as required for Mexican labour and IMSS documentation. The total calendar days and working days of absence must be specified. For maternity leave, the 84-day period under Article 170 LFT must be split into pre-birth and post-birth segments, and any medical transfer of days (traspaso de días) under Article 170 fraction III LFT must be documented.
Supporting Documentation: Reference to attached supporting documents — IMSS medical certificate (certificado médico del IMSS) stating the expected birth date, adoption decree (resolución de adopción) issued by the Sistema Nacional DIF or competent court, or hospital discharge certificate (alta hospitalaria). IMSS requires the Certificado de Incapacidad por Maternidad (Form ST-3) to process the maternity subsidy under LSS Article 101.
Salary and Benefit Treatment During Leave: Statement of whether the leave is paid or unpaid, reference to the IMSS subsidy where applicable, and confirmation that IMSS, INFONAVIT, and SAT contributions will continue at the rate of the SBC registered before the leave began. Article 84 LFT and IMSS regulations require contributions to continue during maternity leave at the full SBC level.
Return-to-Work Conditions: Confirmation that the employment relationship is preserved during the leave period under Article 170 LFT, that the worker will return to the same position (puesto) with the same salary and benefits, and that vacation accrual and seniority (antigüedad) continue to accumulate during statutory leave periods. This protects against later disputes before the Tribunales Laborales or CFCRL conciliation process.
Employer Acknowledgment and Signature: Written acknowledgment signed by an authorized representative of the employer — typically the Gerente de Recursos Humanos or Representante Legal — with the company stamp (sello de la empresa) and date. The employer acknowledgment creates the official record required by STPS Inspección Federal del Trabajo under Article 804 LFT, which requires retention of employment records for at least one year after the employment relationship ends.
Forms-legal.com provides this Child Care Leave Request Mexico template as a practical tool for workers and employers. Each parental accommodation should be reviewed against the applicable Contrato Colectivo de Trabajo, if any, and verified with a licensed Licenciado en Derecho or abogado laboralista to confirm compliance with IMSS processing deadlines, STPS inspection requirements, and any superior benefits negotiated through the CFCRL union registration process.
Cite this page
Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/employment/forms/child-care-leave-request-mexico
"Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/employment/forms/child-care-leave-request-mexico.
@misc{formslegal-child-care-leave-request-mexico,
author = {{Forms Legal}},
title = {Child Care Leave Request Mexico (Solicitud de Permiso por Cuidado de Hijo) (Mexico)},
year = {2026},
howpublished = {\url{https://forms-legal.com/mexico/employment/forms/child-care-leave-request-mexico}},
note = {Free legal document template}
}Also available for these jurisdictions:
Frequently Asked Questions
El artículo 132, fracción XXVII Bis, de la Ley Federal del Trabajo establece cinco días hábiles de licencia de paternidad con goce de sueldo para los trabajadores por el nacimiento de un hijo o por la adopción de un infante. Estos cinco días se pagan al salario base completo del trabajador y el patrón debe otorgarlos sin exigir al trabajador usar vacaciones u otros derechos de licencia. El período de cinco días comienza a partir de la fecha de nacimiento o a partir de la fecha en que surte efecto el auto de adopción emitido por el Sistema Nacional DIF o el tribunal competente. Los patrones que se niegan a otorgar esta licencia o que imponen condiciones a su ejercicio están sujetos a sanciones de la Inspección Federal del Trabajo de la STPS conforme al artículo 994 de la LFT, con multas calculadas en Unidades de Medida y Actualización (UMA) por infracción. Muchos patrones que operan bajo contratos colectivos de trabajo otorgan una licencia de paternidad ampliada —diez, quince o veinte días— como una prestación superior conforme al artículo 57 de la LFT. Los trabajadores cubiertos por dichos contratos deben verificar la duración de licencia aplicable en el CCT depositado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) antes de presentar la solicitud de licencia.
Durante el período de licencia de maternidad de 84 días establecido por el artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo (42 días antes del parto y 42 días después del parto), el IMSS paga un subsidio por maternidad directamente a la trabajadora asegurada conforme al artículo 101 de la Ley del Seguro Social, siempre que la trabajadora haya acumulado un mínimo de treinta semanas de cotización al IMSS en los doce meses anteriores a la licencia. El subsidio se paga al 100% del Salario Base de Cotización (SBC) registrado ante el IMSS, no del Salario Diario Integrado (SDI) completo. El patrón debe reportar la licencia presentando el Certificado de Incapacidad por Maternidad del IMSS (formato ST-3) a través del portal patronal IDSE. Durante el período cubierto por el IMSS, el patrón no está obligado a pagar el salario base por separado, pero debe continuar con las obligaciones de aportación al IMSS, al INFONAVIT y al SAT al nivel del SBC. Las trabajadoras que no cumplen el umbral de treinta semanas de cotización no tienen derecho al subsidio del IMSS y deben negociar arreglos de compensación directamente con el patrón conforme al artículo 42 de la LFT.
El artículo 170, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo permite a las trabajadoras transferir hasta cuatro de las seis semanas de licencia de maternidad previas al parto al período posterior al parto, con autorización previa por escrito del patrón y un certificado médico del IMSS que confirme que el embarazo avanza con normalidad y sin riesgo para la madre o el hijo. Esta disposición se introdujo para permitir que las trabajadoras que desean seguir trabajando más cerca de su fecha probable de parto acumulen más tiempo de recuperación y de vínculo después del nacimiento. La trabajadora debe presentar la solicitud de transferencia por escrito antes de que inicie el período de licencia previa al parto: las transferencias retroactivas no están permitidas. El IMSS debe ser notificado del calendario de licencia modificado a través del portal IDSE del patrón. El período total de licencia permanece en 84 días sin importar el arreglo de transferencia. Las trabajadoras que transfieren días y después presentan complicaciones durante el período previo al parto restante pueden solicitar a su médico tratante del IMSS que certifique una incapacidad temporal para el trabajo conforme al artículo 477 de la LFT para cubrir cualquier ausencia adicional.
La licencia de maternidad legal conforme al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo y la licencia de paternidad conforme al artículo 132, fracción XXVII Bis, de la LFT no interrumpen la continuidad de la relación laboral. Durante los períodos de licencia legal, la trabajadora continúa acumulando antigüedad para efectos del cálculo de las indemnizaciones conforme al artículo 162 de la LFT y de los derechos de vacaciones conforme al artículo 76 de la LFT. El período de maternidad de 84 días cuenta como tiempo trabajado para efectos de la distribución de la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) conforme a los artículos 117 a 131 de la LFT: la participación de la trabajadora en la PTU se calcula como si los días hubieran sido trabajados. Sin embargo, la licencia sin goce de sueldo otorgada conforme al artículo 42 de la LFT más allá de los derechos legales puede reducir el conteo de días trabajados usado en los cálculos de la PTU, según si la ausencia se caracteriza como una suspensión justificada o como una ausencia convenida. Los trabajadores deben aclarar el tratamiento de la PTU con el área de Recursos Humanos de su patrón y, si están cubiertos por un contrato colectivo de trabajo, revisar las disposiciones del CCT registrado ante el CFCRL.
Los patrones no pueden negar los derechos de licencia obligatorios establecidos por la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social. La licencia de paternidad de cinco días conforme al artículo 132, fracción XXVII Bis, de la LFT y la licencia de maternidad de 84 días conforme al artículo 170 de la LFT son derechos irrenunciables conforme al artículo 5 de la LFT: cualquier acción del patrón que impida, condicione o sancione a un trabajador por ejercer estos derechos constituye una violación sancionable por la Inspección Federal del Trabajo de la STPS. La discriminación contra un trabajador por embarazo o paternidad también viola el artículo 3 de la LFT, reformado en 2021, y la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED). Un trabajador a quien se le niegue la solicitud de licencia puede presentar una queja ante la Delegación Federal del Trabajo de la STPS o iniciar un procedimiento de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) conforme al artículo 684-A de la LFT antes de acudir a los Tribunales Laborales. La licencia sin goce de sueldo adicional más allá de los derechos legales está sujeta al acuerdo del patrón conforme al artículo 42 de la LFT y no puede exigirse de forma unilateral, sino que debe negociarse de buena fe.
La documentación de respaldo requerida para una Solicitud de Licencia para el Cuidado de un Hijo en México varía según el tipo de licencia que se solicita. Para la licencia de maternidad conforme al artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, la trabajadora debe proporcionar el Certificado de Incapacidad por Maternidad del IMSS (formato ST-3) emitido por el médico o la clínica tratante del IMSS, que señala la fecha probable de parto y la fecha recomendada de inicio de la licencia. Para la licencia de paternidad conforme al artículo 132, fracción XXVII Bis, de la LFT, el trabajador debe proporcionar el acta de nacimiento del hijo emitida por el Registro Civil, o el auto de adopción (resolución de adopción) emitido por el Sistema Nacional DIF o el tribunal familiar competente. Para los casos de adopción que involucran a un menor de entre tres y siete años, deben incluirse la resolución de adopción y la documentación de entrega del DIF. Para la licencia sin goce de sueldo adicional para el cuidado de un hijo conforme al artículo 42 de la LFT, deben acompañar la solicitud los certificados médicos del IMSS o del ISSSTE, los diagnósticos de discapacidad del CRIT (Centro de Rehabilitación e Inclusión Infantil Teletón) u otra institución acreditada, o los documentos de entrega del DIF que sustenten la necesidad específica de cuidado. Los patrones deben conservar todos los documentos de respaldo durante al menos un año después de terminada la relación laboral conforme al artículo 804 de la LFT.
Durante la licencia de maternidad legal cubierta por el subsidio de maternidad del IMSS conforme al artículo 101 de la Ley del Seguro Social, las aportaciones patronales al IMSS calculadas sobre el Salario Base de Cotización (SBC) deben continuar sin interrupción. La normativa del IMSS exige que el patrón mantenga activa la inscripción (alta) de la trabajadora durante todo el período de licencia y continúe enterando las cuotas obrero-patronales bimestrales del IMSS a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Las aportaciones al INFONAVIT del 5% del SBC conforme al artículo 29 de la Ley del INFONAVIT también deben continuar durante la licencia legal, asegurando que la subcuenta de vivienda de la trabajadora en el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR/AFORE) no se interrumpa. La retención de ISR durante el período de licencia de maternidad se suspende sobre la porción del subsidio del IMSS, que está exenta del impuesto sobre la renta conforme al artículo 93, fracción I, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR). Para los períodos de licencia sin goce de sueldo no cubiertos por el IMSS, el patrón y la trabajadora deben acordar si continúan las aportaciones voluntarias al IMSS al nivel del SBC registrado para preservar el acceso de la trabajadora a la atención médica y a las prestaciones del IMSS.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
Found an error? Let us knowRelated Documents
You may also find these documents useful:
Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado México
Contrato de Trabajo por Tiempo Indeterminado para México — regido por el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que establece una relación laboral permanente con registro completo ante el IMSS, aportaciones al INFONAVIT y prestaciones obligatorias que incluyen aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y PTU.
Acta de Revisión Salarial México
Acta de Revisión Salarial para México conforme al Artículo 397 de la Ley Federal del Trabajo, que documenta la revisión anual o periódica de salarios entre patrón y trabajadores o sindicato, incluyendo actualizaciones del Salario Mínimo CONASAMI, recálculo del SDI y obligaciones de notificación ante el IMSS.
Carta de Suspensión Temporal de la Relación Laboral México
Carta de Suspensión Temporal de la Relación Laboral para México — conforme al Artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo, notifica formalmente al trabajador la suspensión justificada de la relación laboral, incluyendo la notificación al IMSS, los requisitos de autorización ante la STPS y los derechos del trabajador durante la suspensión.
Acuerdo de Reparto de Utilidades México (PTU — LFT Arts. 117–131)
Acuerdo de Reparto de Utilidades para México — conforme a la Ley Federal del Trabajo arts. 117–131. Documenta el convenio patrón-trabajadores sobre el cálculo de la PTU, lista de trabajadores con derecho, montos individuales y calendario de pago, en cumplimiento de la declaración anual ISR ante el SAT.