Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio)
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE NEGOCIO
Business Purchase and Sale Agreement
Celebrado conforme al Artículo 75 del Código de Comercio y los Artículos 2248–2283 del Código Civil Federal
I. PARTES
VENDEDOR:
Nombre / Razón Social: [Seller Name]
RFC: [Seller RFC]
Domicilio: [Seller Address]
Representante Legal: [Seller Representative]
Folio RPC: [Seller RPC]
COMPRADOR:
Nombre / Razón Social: [Buyer Name]
RFC: [Buyer RFC]
Domicilio: [Buyer Address]
Representante Legal: [Buyer Representative]
II. OBJETO — NEGOCIO EN VENTA
El Vendedor vende, cede y transfiere al Comprador, quien compra y adquiere en su totalidad, el negocio en marcha denominado: [Business Name].
Giro Mercantil: [Business Activity]
Domicilio de Operación: [Business Address]
RFC del Negocio: [Business RFC]
Activos Incluidos:
[Assets Description]
Pasivos Asumidos por el Comprador:
[Liabilities Assumed]
III. PRECIO Y FORMA DE PAGO
Precio Total de Compraventa: [Total Price]
Distribución del Precio por Categoría de Activo (para efectos del ISR y del IVA):
[Price Allocation]
Estructura de Pago:
[Payment Structure]
Fecha de Cierre: [Closing Date]
IV. TRABAJADORES — SUSTITUCIÓN PATRONAL (Art. 41 LFT)
[Employee Transfer]
V. OBLIGACIÓN DE NO COMPETENCIA DEL VENDEDOR
El Vendedor se obliga a no desarrollar, directa o indirectamente, actividades competitivas con el negocio vendido, durante el plazo y en el territorio siguiente: [Non Compete Term]. Esta obligación es una parte integral del precio de compraventa y es exigible bajo el Artículo 75 del Código de Comercio.
VI. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL VENDEDOR
El Vendedor declara y garantiza que: (a) tiene plena titularidad y libre disposición sobre todos los activos objeto de esta compraventa; (b) no existen gravámenes, embargos, hipotecas, prendas ni limitaciones de dominio no divulgadas en el presente contrato; (c) no existen litigios, procedimientos administrativos ni créditos fiscales pendientes que afecten materialmente los activos transmitidos, distintos de los expresamente divulgados; (d) todos los permisos, licencias de funcionamiento y autorizaciones regulatorias del negocio están vigentes a la fecha de cierre; (e) el negocio se encuentra al corriente en sus obligaciones fiscales ante el SAT y en sus cuotas obrero-patronales ante el IMSS e INFONAVIT. Las garantías anteriores se rigen por la garantía de evicción establecida en los Artículos 2119–2179 del Código Civil Federal.
VII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código de Comercio (Artículo 75) y el Código Civil Federal (Artículos 2248–2283) de los Estados Unidos Mexicanos. Para cualquier controversia, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal del domicilio del negocio objeto de la compraventa, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
VIII. FORMALIZACIÓN NOTARIAL
Notario Público: [Notary Details]
Las partes convienen en elevar el presente contrato a escritura pública ante el Notario indicado en la medida que los activos transmitidos incluyan bienes inmuebles o cuando cualquiera de las partes lo requiera para fines de inscripción en el Registro Público de Comercio o el Registro Público de la Propiedad.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
VENDEDOR: [Seller Name]
Representado por: [Seller Representative]
Firma: _________________________
COMPRADOR: [Buyer Name]
Representado por: [Buyer Representative]
Firma: _________________________
Seller / Vendedor
________________
Signature
Buyer / Comprador
________________
Signature
What Is a Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio)?
A Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio or Compraventa de Empresa) is a commercial contract by which the owner (vendedor) of a going-concern business (negocio en marcha) transfers all or a specified portion of that business — including its tangible assets (activos tangibles), intangible assets (activos intangibles), goodwill (clientela o fondo de comercio), commercial contracts (contratos comerciales), intellectual property (propiedad intelectual), and operational infrastructure — to a buyer (comprador) in exchange for an agreed purchase price (precio de compraventa). In Mexico, this transaction is classified as an acto de comercio under Article 75 of the Código de Comercio (CóCom), making commercial law the primary governing framework, supplemented by the general contract provisions of the Código Civil Federal (CCF) Articles 2248 through 2283 for sale of property principles.
The Contrato de Compraventa de Negocio in Mexico must be carefully distinguished from a share purchase (compraventa de acciones) under the Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). In a business asset sale — which is what the Contrato de Compraventa de Negocio documents — the buyer acquires specific identified assets of the business without necessarily assuming the legal entity's historical liabilities, pending litigation, or undisclosed obligations. In a share sale, the buyer acquires ownership of the legal entity itself, including all its liabilities (disclosed and undisclosed). Mexican tax and commercial practice often prefers the asset sale structure for its liability-containment advantages, though share sales may offer more favourable tax treatment under the Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) Articles 24–26 governing capital gains.
The transfer of a Mexican business (enajenación de negocio) involves multiple overlapping legal regimes. The Código de Comercio Article 75 Fractions I and II classifies the purchase and sale of goods and commercial enterprises as acts of commerce, subjecting the transaction to the full commercial law framework including the merchant registration obligations of Articles 16–28 CóCom, the Registro Público de Comercio (RPC) requirements administered by the Secretaría de Economía (SE) through the Sistema Electrónico de Publicidad Mercantil (SIEM), and commercial eviction and warranty principles under Articles 371–398 CóCom.
The CCF Articles 2248–2283 supply the foundational sale-of-property principles that apply to asset sales in Mexico — including the seller's obligations of: entrega (delivery) of the thing sold in the condition agreed; garantía de evicción (warranty against eviction — protecting the buyer against third-party claims of better title to transferred assets) under CCF Articles 2119–2179; and garantía de vicios ocultos (warranty against hidden defects) under CCF Articles 2142–2162. These warranties cannot be fully excluded in Mexican law without express notice and buyer acceptance — implied warranties against eviction survive even in 'as is' commercial transactions.
For real property (inmuebles) forming part of the business assets — such as the business premises (local comercial) owned by the seller — the transfer requires a public deed (escritura pública) executed before a Notario Público (licensed Mexican notary) under Article 89 CóCom and Articles 2317–2320 CCF, and registration in the Registro Público de la Propiedad (RPP) of the applicable state. Commercial leases (contratos de arrendamiento comercial) that the seller holds for the business premises must be assigned or re-negotiated with the building owner — assignment of a lease without the landlord's written consent is void under CCF Article 2480.
For transfer of intellectual property assets — including trademarks (marcas), patents (patentes), utility models (modelos de utilidad), and trade secrets (secretos industriales) — the assignment must comply with the Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) Articles 136–146 (for trademark assignments) and Articles 71–75 (for patent assignments). Trademark assignments must be registered with the Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) to be effective against third parties under LFPPI Article 136. Transfer of domain names and social media accounts require separate assignment agreements outside the IMPI framework.
When Do You Need a Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio)?
A Contrato de Compraventa de Negocio Mexico is required whenever an entrepreneur, business owner, or private equity investor seeks to transfer a going-concern operation — whether a small retail business (negocio de retail), restaurant (restaurante), manufacturing plant (planta de manufactura), professional services firm (despacho de servicios profesionales), or established commercial enterprise — to a new owner in exchange for a purchase price, as a commercial act governed by the Código de Comercio Article 75 and CCF Articles 2248–2283.
The agreement is needed when a business owner is planning retirement or succession — transferring the family business (empresa familiar) to a third party buyer or to family members through a formal sale transaction rather than a donation or inheritance, which may have different tax implications under the LISR and the Ley del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (LISAI) of each state.
A business sale contract is required when a private equity fund, venture capital firm, or strategic acquirer structured as a Sociedad de Capital de Riesgo (SCR) or SAPI (Sociedad Anónima Promotora de Inversión) under the Ley del Mercado de Valores (LMV) conducts an asset acquisition rather than a share acquisition — structuring the deal as a Compraventa de Negocio enables the buyer to cherry-pick assets and exclude specific liabilities.
The contract is needed in franchise termination scenarios under LFPPI Article 245 — where a franchisee operates under a franchise agreement and the franchisor or a competing franchisee acquires the franchisee's business assets (equipment, customer base, location improvements) upon termination of the franchise. A properly structured Compraventa de Negocio documents the asset transfer and protects both parties.
Mexican commercial law under Articles 16–28 CóCom requires that merchants (comerciantes) register changes in ownership of commercial establishments (establecimientos mercantiles) in the Registro Público de Comercio — the Contrato de Compraventa de Negocio is the documentary foundation for this registration. Without formal documentation and registration, the transfer may not be enforceable against creditors of the seller who had registered liens (gravámenes inscritos) in the RPC against the business assets.
SAT tax obligations arising from a business sale — including capital gains (ganancias de capital) under LISR Article 24, VAT (IVA) on tangible asset transfers under the Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) Articles 1–14, and the seller's obligation to issue CFDI for the consideration received — require a formal written contract specifying the purchase price allocation among asset categories for correct tax treatment and CFDI emission.
What to Include in Your Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio)
A valid Contrato de Compraventa de Negocio Mexico under the Código de Comercio Article 75 and CCF Articles 2248–2283 must include the following essential elements to be enforceable before the Juzgados de Distrito en Materia Civil Federal and to satisfy Registro Público de Comercio, IMPI, and SAT requirements:
Identification of Parties: Full legal name, RFC, CURP (for individuals) or corporate RFC and Registro Público de Comercio folio number (for legal entities), domicile, and legal representative with power of attorney reference (Poder Notarial) for each of the seller (vendedor) and buyer (comprador). Corporate sellers must present a certified extract of the authority of their legal representative to execute the sale — verified through the Registro Público de Comercio or the applicable state's Registro Público de la Propiedad.
Description of the Business Being Sold: A comprehensive description of the negocio en marcha — including its commercial name (nombre comercial), operating address (domicilio de operación), SIEM registration number, Registro Federal de Contribuyentes (RFC) of the business, and a general description of the business activity (giro comercial or giro mercantil). Attach as an exhibit the complete inventory (inventario) of tangible assets being transferred.
Asset Schedule (Inventario de Activos): A detailed schedule annexed to the contract listing all assets transferred — fixed assets (activos fijos): machinery (maquinaria), equipment (equipo), vehicles (vehículos), furniture (mobiliario y equipo de oficina), and computer systems (sistemas informáticos); current assets (activos circulantes): inventory (inventario de mercancías) valued at acquisition cost or market value; intellectual property: trademarks registered at IMPI with registration numbers, trade names (nombres comerciales), domain names, and social media accounts; contracts: customer contracts (contratos con clientes), supplier agreements (contratos con proveedores), and software licences (licencias de software) being assigned; and goodwill (fondo de comercio or clientela) with agreed valuation.
Liabilities Assumed or Excluded: Express statement of which liabilities the buyer assumes (pasivos asumidos) — typically: lease obligations (rentas por vencer), supplier payables (cuentas por pagar a proveedores), and specific identified contracts. Express exclusion of pre-closing liabilities (pasivos anteriores al cierre) — including pending litigation (litigios pendientes), tax liabilities (adeudos fiscales), IMSS and INFONAVIT contribution shortfalls (diferencias de cuotas), and labour liabilities (pasivos laborales) for employees not being transferred. Mexican commercial courts have held that ambiguous liability allocation clauses are construed against the buyer in commercial transactions.
Purchase Price and Payment Terms: The total purchase price (precio de compraventa) in MXN with allocation among asset categories for LISR capital gains and IVA purposes — tangible assets subject to IVA under LIVA Article 1; goodwill generally exempt from IVA. Payment structure: initial deposit (anticipo or señal) at signing; staged payments (pagos escalonados) tied to closing milestones; deferred consideration (precio diferido) with interest at the rate stipulated or at the TIIE (Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio) published by Banco de México plus a margin; and escrow arrangements (fideicomiso en garantía) at a Mexican fiduciaria (typically a bank authorized by the CNBV) for contingent consideration.
Representations and Warranties (Declaraciones y Garantías): Seller warranties covering: good and marketable title (título libre de gravámenes) to all transferred assets; no undisclosed material liabilities as of closing; compliance with all applicable regulations (SAT, IMSS, INFONAVIT, STPS, SEMARNAT environmental permits under LGEEPA); validity and assignability of all transferred contracts; no pending litigation materially affecting the assets; and current validity of IMPI-registered intellectual property. These warranties are supplemented by the statutory garantía de evicción under CCF Articles 2119–2179.
Employee Transfer Provisions: Statement of which employees (trabajadores) are transferred with the business and on what terms — under LFT Article 41 (sustitución patronal), when a business is transferred as a going concern, the new employer assumes all labour obligations of the prior employer as of the date of transfer. The contract must identify each transferred employee by name and position, confirm their seniority (antigüedad) recognition, and address the treatment of accrued benefits. Employees not transferred must receive severance calculated on the closing date.
Non-Compete Obligation: A post-closing non-compete clause (cláusula de no competencia) restricting the seller from operating a competing business for a defined period (typically two to three years) and within a geographic radius — enforceable under Código de Comercio Article 75 and CCF Article 1795 between commercial parties, subject to reasonableness of scope. Mexican civil courts distinguish between enforceable commercial non-competes between business sellers and void employment non-competes under LFT Article 5 of the Constitución.
Forms-legal.com provides this Contrato de Compraventa de Negocio Mexico template as a starting document. Business acquisitions involving real property, significant intellectual property, employee transfers under LFT Article 41, or values above $50 million MXN should be reviewed by a Licenciado en Derecho specialised in derecho corporativo and/or mercantil, and formalized before a Notario Público for full enforceability and RPC registration.
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Forms Legal. (2026). Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/business/contracts/business-purchase-sale-agreement-mexico
"Business Purchase and Sale Agreement Mexico (Contrato de Compraventa de Negocio) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/business/contracts/business-purchase-sale-agreement-mexico.
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La compraventa de negocio (Compraventa de Activos) y la compraventa de acciones son las dos estructuras principales para adquirir un negocio en México, cada una con consecuencias legales, fiscales y operativas distintas. En la compraventa de activos bajo el artículo 75 del Código de Comercio y los artículos 2248 a 2283 del CCF, el comprador adquiere activos específicos del negocio —maquinaria, inventario, contratos, propiedad intelectual, clientela y fondo de comercio— sin adquirir la persona moral. El comprador puede excluir selectivamente pasivos históricos, litigios pendientes y obligaciones contingentes del vendedor, lo que la convierte en la estructura preferida por compradores aversos al riesgo. Las consecuencias fiscales para el vendedor incluyen el ISR sobre la ganancia de capital bajo los artículos 24 a 26 de la LISR; el IVA al 16% bajo el artículo 1 de la LIVA aplica a la transmisión de bienes muebles tangibles, pero el artículo 9 fracción IX de la LIVA establece una exención para la transmisión de empresa en marcha como un todo cuando el comprador continúa la misma actividad comercial. En la compraventa de acciones bajo la LGSM, el comprador adquiere todas las acciones emitidas de la persona moral, heredando todos sus activos y pasivos. Los accionistas vendedores pagan ISR sobre la ganancia de capital bajo los artículos 22 y 23 de la LISR. Los tratados fiscales de México con países como Estados Unidos (Convenio para Evitar la Doble Imposición) pueden afectar el tratamiento fiscal de transacciones transfronterizas.
El artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) regula la sustitución patronal que ocurre cuando un negocio cambia de dueño como empresa en marcha. Bajo el artículo 41 de la LFT, el nuevo patrón (comprador) asume automáticamente todas las obligaciones laborales del patrón anterior (vendedor) a partir de la fecha en que surte efectos la transmisión del negocio — incluyendo el reconocimiento de la antigüedad completa de cada trabajador transferido desde su fecha original de contratación, la preservación de todas las prestaciones laborales acumuladas (vacaciones, aguinaldo, prima de antigüedad) y la asunción de cualquier demanda laboral pendiente ante los Tribunales Laborales. El patrón sustituido (vendedor) permanece solidariamente responsable con el nuevo patrón por todas las obligaciones laborales existentes antes de la sustitución durante un período de seis meses desde la fecha en que la sustitución se haga del conocimiento público. Los trabajadores que no deseen continuar con el nuevo patrón no pueden ser obligados a transferirse — el trabajador que se oponga a la sustitución podrá optar por recibir su liquidación completa como si hubiera sido despedido sin causa justificada (despido injustificado) conforme a los artículos 49 y 50 de la LFT. El Contrato de Compraventa de Negocio debe incluir un listado completo de trabajadores transferidos con sus fechas de antigüedad, y el comprador debe realizar auditoría ante el IMSS e INFONAVIT para verificar que todos los empleados estén debidamente registrados y que las cuotas del vendedor estén al corriente.
El vendedor en una compraventa de activos de negocio en México enfrenta diversas obligaciones fiscales bajo la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA). Bajo los artículos 24 a 26 de la LISR, el vendedor debe calcular y pagar el ISR sobre la ganancia de capital — la diferencia entre el precio total de venta asignado a cada categoría de activo y el costo fiscal ajustado (valor fiscal ajustado) de esos activos, considerando la depreciación acumulada y los ajustes por inflación bajo los artículos 44 a 46 de la LISR. La tasa aplicable de ISR para una persona moral vendedora es del 30% sobre la ganancia neta; para una persona física vendedora aplican las tasas progresivas del artículo 152 de la LISR (máximo 35%). El IVA al 16% bajo el artículo 1 de la LIVA aplica a la transmisión de bienes muebles tangibles (maquinaria, equipo e inventario), pero el artículo 9 fracción IX de la LIVA establece una exención para la transmisión de empresa en marcha como un todo cuando el comprador continúa la misma actividad comercial. El vendedor debe expedir CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) por el precio total recibido o por cada parcialidad, utilizando los códigos de producto/servicio del SAT correspondientes. Para bienes inmuebles incluidos en la venta, el impuesto sobre adquisición de inmuebles (ISAI) — un impuesto estatal que oscila típicamente entre 2% y 4.5% del valor del inmueble — es pagado por el comprador al momento de la escritura notarial. El vendedor debe obtener una constancia de no adeudo fiscal del SAT antes del cierre para permitir la auditoría del comprador.
La propiedad intelectual constituye un componente central de muchas compraventas de negocio en México, y su transmisión requiere cumplir con la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) y, cuando aplique, con la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA). Las marcas registradas y los nombres comerciales deben cederse formalmente mediante un Convenio de Transmisión de Derechos presentado ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) bajo los artículos 136 a 143 de la LFPPI — la cesión surte efectos entre las partes desde la firma, pero solo es oponible a terceros a partir de la fecha de inscripción del convenio en el IMPI. Los aranceles de registro ante el IMPI y el tiempo de trámite (típicamente tres a seis meses) deben considerarse en el calendario del cierre. Las patentes y modelos de utilidad se ceden bajo los artículos 71 a 75 de la LFPPI mediante un proceso de inscripción similar ante el IMPI. Los secretos industriales bajo el artículo 82 de la LFPPI no requieren registro ante el IMPI — se transmiten mediante la cesión contractual con las medidas de confidencialidad apropiadas que el comprador debe mantener. Los nombres de dominio registrados ante registradores acreditados por la ICANN y NIC México se transfieren a través del proceso de cambio de titularidad del registrador, que requiere la autorización del vendedor mediante su panel de control. El software desarrollado a medida se transmite mediante un Acuerdo de Cesión de Derechos de Autor sobre Software bajo los artículos 103 a 110 de la LFDA.
El comprador en una adquisición de negocio en México debe realizar una diligencia debida exhaustiva en las dimensiones legal, financiera, fiscal, laboral y regulatoria antes de suscribir el Contrato de Compraventa de Negocio. La diligencia debida legal comprende: verificación de la titularidad del vendedor sobre todos los activos transmitidos mediante el Registro Público de Comercio (RPC) y el Registro Público de la Propiedad (RPP) — revisando gravámenes registrados, prendas y anotaciones preventivas; revisión de registros del IMPI para el estado de marcas y patentes y cualquier procedimiento de oposición o nulidad; revisión de todos los contratos materiales en cuanto a cedibilidad y cláusulas de cambio de control; y verificación de la autorización corporativa del vendedor mediante sus estatutos sociales y el RPC. La diligencia fiscal se realiza a través del Buzón Tributario del SAT y la revisión de cinco años de declaraciones fiscales, registros de emisión de CFDI y cualquier procedimiento de auditoría del SAT pendiente (visitas domiciliarias o revisiones de gabinete) bajo los artículos 42 a 46 del CFF. La diligencia laboral se realiza mediante los portales del IMSS e INFONAVIT — verificando que todos los trabajadores estén registrados, que las declaraciones del salario base de cotización (SBC) estén al corriente y que no existan créditos del IMSS o INFONAVIT pendientes. La diligencia ambiental bajo la LGEEPA — especialmente para negocios industriales — verifica permisos ambientales, manifestaciones de impacto ambiental (MIA) y la ausencia de acciones de la SEMARNAT pendientes. Las licencias de funcionamiento (licencias municipales) del Ayuntamiento correspondiente deben verificarse como vigentes y transferibles.
La necesidad de un Notario Público para el Contrato de Compraventa de Negocio en México depende de la naturaleza de los activos transmitidos. Para las ventas de activos que incluyan bienes inmuebles —como el local comercial, terreno o edificio comercial propiedad del vendedor— la transmisión del inmueble requiere escritura pública ante Notario Público conforme a los artículos 2317 a 2320 del CCF y el Código Civil del estado aplicable. La escritura pública debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad (RPP) del estado correspondiente para que la transmisión sea oponible a terceros. Para las ventas de activos que comprendan únicamente bienes muebles —maquinaria, equipo, inventario, propiedad intelectual y derechos contractuales— un contrato privado firmado por las partes con dos testigos es en general legalmente suficiente bajo los artículos 79 a 90 del Código de Comercio, sin notarización obligatoria. Sin embargo, incluso en ventas de bienes muebles, la escrituración y la inscripción en el RPC del Contrato de Compraventa de Negocio proporciona ventajas prácticas significativas: crea un instrumento público ejecutivo (título ejecutivo) que permite al comprador ejecutar obligaciones de pago mediante la vía ejecutiva mercantil bajo los artículos 1391 a 1428 del CóCom; establece un registro público de la transmisión de propiedad que protege al comprador frente a acreedores posteriores del vendedor; y facilita la inscripción de cesiones de marcas y propiedad intelectual ante el IMPI. Para operaciones por encima de $50 millones de pesos MXN, la escrituración ante Notario Público es ampliamente recomendada.
La obligación de no competencia post-venta (obligación de no competencia del vendedor) en un Contrato de Compraventa de Negocio en México es una restricción contractual al derecho del vendedor de competir con el negocio vendido después de la fecha de cierre. A diferencia de las cláusulas de no competencia post-empleo entre patrones y trabajadores —que en general son nulas bajo el artículo 5 de la Constitución Política y la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como restricciones al derecho constitucional al trabajo— las cláusulas de no competencia post-venta entre partes comerciales (personas morales o comerciantes) son en general exigibles bajo el artículo 75 del CóCom y los principios de libertad contractual comercial del artículo 1795 del CCF. Los tribunales mercantiles mexicanos han validado cláusulas de no competencia del vendedor que son: limitadas en tiempo (típicamente dos a cinco años); limitadas en alcance geográfico (mismo municipio, estado o región donde operaba el negocio); específicas en la actividad restringida (el mismo giro o categoría mercantil del negocio vendido); y proporcionales al precio de compraventa pagado (la contraprestación de la no competencia debe reflejarse en el precio). Una cláusula de no competencia del vendedor ilimitada en tiempo o en campo geográfico, o que impida al vendedor ejercer totalmente su profesión, corre el riesgo de ser declarada parcialmente nula bajo el artículo 8 del CCF como contraria al orden público. El comprador debe negociar la no competencia como un componente valuado separadamente de la operación para preservar su exigibilidad como obligación comercial independiente de cualquier relación laboral.
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