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Convenio Regulador de Divorcio España

Divorce Regulatory Agreement Spain (Convenio Regulador)

Convenio Regulador de Divorcio de Mutuo Acuerdo

CONVENIO REGULADOR DE DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO

Convenio Regulador — Divorcio de Mutuo Acuerdo

Regulado por el Código Civil, artículo 90

1. LOS CÓNYUGES

PRIMER CÓNYUGE:

Nombre: [Spouse One Name]

DNI / NIE: [Spouse One NIF]

Domicilio: [Spouse One Address]

SEGUNDO CÓNYUGE:

Nombre: [Spouse Two Name]

DNI / NIE: [Spouse Two NIF]

Domicilio: [Spouse Two Address]

2. EL MATRIMONIO

Fecha de celebración del matrimonio: [Marriage Date]

Registro Civil: [Registro Civil]

Régimen económico matrimonial: [Matrimonial Regime]

Los cónyuges solicitan el divorcio de mutuo acuerdo conforme al artículo 86 del Código Civil y presentan el presente Convenio Regulador para su aprobación judicial o notarial conforme al artículo 90 CC.

3. HIJOS Y MEDIDAS PARENTALES

Hijos menores dependientes: [Has Minor Children]

Hijos: [Children Details]

Guarda y custodia: [Custody Arrangement]

Régimen de visitas y comunicación: [Visiting Regime]

Pensión de alimentos: [Child Maintenance]

La patria potestad será ejercida conjuntamente por ambos cónyuges conforme al artículo 154 del Código Civil, salvo modificación por resolución judicial.

4. VIVIENDA FAMILIAR Y LIQUIDACIÓN DEL PATRIMONIO

Atribución del uso de la vivienda familiar: [Family Home Allocation]

Liquidación del régimen económico matrimonial: [Property Division]

5. OBLIGACIONES ECONÓMICAS

Pensión compensatoria: [Compensatory Pension]

6. EJECUTIVIDAD

Una vez aprobado por el Juzgado de Primera Instancia o formalizado ante notario conforme a la Ley 15/2015 (Ley de Jurisdicción Voluntaria), el presente Convenio Regulador tendrá fuerza de título ejecutivo y será directamente ejecutable conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Cualquiera de los cónyuges podrá solicitar al juzgado competente la modificación de las medidas acordadas si se produce un cambio sustancial de circunstancias que afecte a cualquiera de las disposiciones pactadas.

FIRMAS

Firmado en [Contract City], a [Contract Date].

PRIMER CÓNYUGE:

[Spouse One Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

SEGUNDO CÓNYUGE:

[Spouse Two Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Primer Cónyuge

________________

Signature

Segundo Cónyuge

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Convenio Regulador de Divorcio España

El Convenio Regulador de Divorcio es, en España, el acuerdo escrito regulado por Código Civil, art. 90, que obliga a las partes en los términos pactados.

El Artículo 90 del Código Civil enumera el contenido mínimo obligatorio del Convenio Regulador: el régimen de cuidado y guarda de los hijos menores (custodia exclusiva o compartida); las medidas sobre la vivienda familiar (atribución del uso de la vivienda familiar); el pago de la pensión de alimentos para los hijos; el régimen de visitas y comunicación con el progenitor no custodio; y la eventual pensión compensatoria (Artículo 97 CC) a abonar por uno de los cónyuges al otro cuando su posición económica quede significativamente perjudicada por el divorcio.

El divorcio de mutuo acuerdo en España fue simplificado sustancialmente por la Ley 15/2005, de 8 de julio, que eliminó el requisito previo de separación legal y permitió solicitar el divorcio en cualquier momento transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. La posterior Ley 15/2015 (Ley de Jurisdicción Voluntaria) habilitó a los cónyuges sin hijos menores dependientes para tramitar el divorcio ante notario o ante el Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), sin necesidad de procedimiento judicial.

Cuando los cónyuges tienen hijos menores de edad o hijos mayores con la capacidad judicialmente modificada, el divorcio debe tramitarse ante el Juzgado de Primera Instancia competente por razón del domicilio familiar conforme al Artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). El juez de familia revisa el Convenio Regulador para verificar que las condiciones pactadas responden al interés superior del menor — principio consagrado en la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor — y puede modificar las cláusulas contrarias a dicho interés.

El Convenio Regulador, una vez aprobado por el juzgado o el notario, tiene fuerza de título ejecutivo — es directamente ejecutable por vía judicial. El incumplimiento de las condiciones del Convenio Regulador aprobado — por ejemplo, el impago de la pensión de alimentos o el incumplimiento del régimen de visitas — puede ejecutarse por los trámites del proceso de ejecución del Juzgado de Primera Instancia y, en caso de incumplimiento grave y reiterado, a través de actuaciones penales por abandono de familia conforme a los artículos 226 a 228 del Código Penal.

El marco legal que rige el Convenio Regulador de Divorcio España comprende diversas normas e instituciones clave del derecho español. El Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y los alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe los nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria regula los procedimientos no contenciosos. Las partes que suscriban un Convenio Regulador de Divorcio en España deben verificar que el documento refleja la normativa vigente, incluyendo cualquier modificación posterior a la fecha de redacción.

Cuándo necesitas Convenio Regulador de Divorcio España

El Convenio Regulador de Divorcio España es necesario siempre que ambos cónyuges consientan el divorcio (divorcio de mutuo acuerdo) y deseen formalizar los acuerdos sobre los hijos, el patrimonio, la vivienda familiar y las obligaciones económicas futuras en un único instrumento aprobado judicialmente.

El Convenio Regulador es necesario cuando la pareja casada ha tomado la decisión de divorciarse y ha alcanzado acuerdo sobre todas las cuestiones principales: la guarda y custodia de los hijos (custodia compartida o exclusiva), la pensión de alimentos, el uso de la vivienda familiar y la liquidación del régimen económico matrimonial. Las condiciones pactadas se presentan al juzgado o al notario para su aprobación conforme al Artículo 90 CC.

El acuerdo es necesario cuando los cónyuges tienen hijos menores de edad — el divorcio debe tramitarse ante el Juzgado de Primera Instancia conforme a los artículos 769 y siguientes de la LEC y el Convenio Regulador debe abordar las cuestiones específicas relativas a los hijos exigidas por el Artículo 90 CC.

Se necesita un Convenio Regulador cuando los cónyuges no tienen hijos menores dependientes y desean divorciarse mediante el procedimiento notarial de la Ley 15/2015 (Ley de Jurisdicción Voluntaria) — ambos cónyuges y sus respectivos abogados comparecen ante el notario, se revisa el acuerdo y el notario formaliza el divorcio mediante acta notarial de divorcio.

El acuerdo es necesario cuando los cónyuges desean acordar una pensión compensatoria conforme al Artículo 97 CC — la situación económica, las perspectivas profesionales o el nivel de vida de uno de los cónyuges ha quedado significativamente perjudicado por el matrimonio o su ruptura, con derecho a percibir apoyo económico del otro cónyuge.

El Convenio Regulador también es necesario cuando las partes ya están separadas judicialmente conforme a los artículos 81 a 84 CC y ahora desean transformar la separación en divorcio — el Convenio Regulador puede mantener las condiciones del acuerdo de separación previo o modificarlas.

Las partes en España deben preparar el Convenio Regulador de Divorcio de manera preventiva y no esperar a que surja un conflicto. Los juzgados interpretan los acuerdos en función de su texto y no de las manifestaciones verbales. El Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y los alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe los nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria regula los procedimientos no contenciosos.

Qué incluir en tu Convenio Regulador de Divorcio España

Un Convenio Regulador de Divorcio España válido conforme al Artículo 90 del Código Civil debe contener los elementos obligatorios y recomendados siguientes para ser aprobado por el Juzgado de Primera Instancia o el notario.

Identificación de los Cónyuges: Nombre y apellidos completos, DNI/NIE y domicilio de ambos cónyuges. Fecha y lugar de celebración del matrimonio y el Registro Civil donde quedó inscrito. El régimen económico matrimonial aplicable — sociedad de gananciales, separación de bienes o régimen de participación — ya que determina la forma de liquidar el patrimonio común.

Régimen de Guarda y Custodia de los Hijos: El régimen de custodia acordado para cada hijo menor — custodia exclusiva a uno de los progenitores o custodia compartida — y las medidas sobre la convivencia. El Artículo 92 del Código Civil regula la custodia compartida y exige al juzgado valorar si responde al interés superior del menor. Deben indicarse el nombre, fecha de nacimiento y centro escolar de cada hijo. También debe regularse el ejercicio de la patria potestad — que corresponde en general a ambos progenitores salvo causa grave.

Régimen de Visitas: Las medidas sobre visitas y comunicación del progenitor no custodio o, en custodia compartida, el calendario detallado de cada progenitor. Incluye: visitas entre semana y fines de semana ordinarios; períodos de vacaciones escolares (Navidad, Semana Santa, verano); días especiales (cumpleaños, Día del Padre/Madre, festivos); pernoctas; y logística de entrega y recogida. El régimen debe prever qué ocurre en caso de incumplimiento y cómo se resuelven los conflictos.

Pensión de Alimentos: La pensión de alimentos mensual para cada hijo menor conforme a los artículos 142 a 160 CC — que cubre alimentación, vestido, habitación, asistencia médica y educación. La cuantía debe reflejar las necesidades del hijo y la capacidad económica de ambos progenitores (Artículo 146 CC). Deben especificarse el mecanismo de pago (transferencia bancaria, fecha, cuenta), la actualización anual conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), y el procedimiento de modificación.

Atribución del Uso de la Vivienda Familiar: La atribución del uso de la vivienda familiar conforme al Artículo 96 CC. Cuando existen hijos menores, el juzgado puede atribuir el uso de la vivienda al progenitor custodio con independencia de su titularidad. Deben indicarse la duración de la atribución, las condiciones de uso y quién soporta la hipoteca, los gastos de comunidad y los gastos de mantenimiento.

Liquidación del Régimen Económico Matrimonial: El reparto acordado del patrimonio matrimonial — inmuebles, vehículos, cuentas bancarias, inversiones, participaciones en negocios y deudas. En la sociedad de gananciales, el inventario y liquidación de los bienes gananciales puede incorporarse o referenciarse en el convenio. Si existen bienes inmuebles, la liquidación requiere escritura pública ante notario.

Pensión Compensatoria: La pensión compensatoria acordada conforme al Artículo 97 CC — su cuantía, temporalidad (indefinida o por plazo determinado), las causas de modificación (cambio sustancial de circunstancias) y extinción (nuevo matrimonio, convivencia more uxorio del acreedor, fallecimiento). Si no se acuerda pensión compensatoria, debe hacerse constar expresamente.

Derecho Aplicable y Jurisdicción: Derecho español — Código Civil, artículos 769 a 778 LEC — y sumisión al Juzgado de Primera Instancia del último domicilio familiar o al notario competente.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Convenio Regulador de Divorcio España como referencia. Los divorcios que afectan a hijos menores o a un patrimonio relevante deben tramitarse con la asistencia de abogados cualificados — cada cónyuge debe contar con representación letrada independiente.

El Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y los alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe los nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria regula los procedimientos no contenciosos. La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD, Ley Orgánica 3/2018) regula el tratamiento de datos personales. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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