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Acuerdo de Separación Matrimonial España (Convenio Regulador)

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 2
Convenio Regulador de Separación Matrimonial
Legal Separation Agreement Spain (Convenio Regulador de Separación Matrimonial)

Convenio Regulador de Separación

Regido por el Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), artículos 81 a 90

1. PARTES

PRIMER CÓNYUGE (CÓNYUGE A):

DNI / NIE: [Spouse A DNI]

SEGUNDO CÓNYUGE (CÓNYUGE B):

DNI / NIE: [Spouse B DNI]

2. MATRIMONIO Y SEPARACIÓN

Las partes contrajeron matrimonio el [Marriage Date], inscrito en [Marriage Place].

Régimen económico matrimonial: [Matrimonial Regime]

Tipo de separación: [Separation Type]

Este Convenio Regulador se somete a aprobación conforme a los artículos 81 y 90 del Código Civil. Ha transcurrido el plazo mínimo de tres meses desde la fecha del matrimonio exigido por el artículo 81 del Código Civil. La separación legal produce los efectos establecidos por el artículo 83 CC — suspensión de la vida en común, extinción del régimen económico matrimonial y pérdida de los derechos hereditarios recíprocos conforme al artículo 835 CC — si bien se mantiene el vínculo matrimonial.

3. HIJOS Y CUSTODIA

Hijos menores o dependientes: [Has Minor Children]

Patria Potestad: [Parental Authority]

Guarda y Custodia: [Custody Arrangement]

Régimen de Visitas: [Visitation Regime]

Pensión Alimenticia: [Child Maintenance], pagadera el día [Maintenance Payment Day] de cada mes mediante transferencia bancaria. La pensión se actualizará anualmente conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) del INE, de acuerdo con la práctica habitual bajo el artículo 93 del Código Civil. La pensión cubre todas las necesidades esenciales de los hijos — alimentación, vivienda, vestido, atención médica y educación — conforme al artículo 93 CC.

4. PENSIÓN COMPENSATORIA Y VIVIENDA FAMILIAR

Pensión Compensatoria: [Compensatory Pension]

La pensión compensatoria conforme al artículo 97 del Código Civil compensa al cónyuge cuya posición económica empeore significativamente a causa de la separación. Se extingue por el fallecimiento del beneficiario, por su nuevo matrimonio o por su convivencia con una nueva pareja en una relación análoga al matrimonio conforme al artículo 101 del Código Civil.

Vivienda Habitual: [Family Home Address]

El derecho de uso se concede conforme al artículo 96 del Código Civil. Dicho derecho de uso podrá inscribirse en el Registro de la Propiedad como carga real conforme a la Ley Hipotecaria (Decreto de 8 de febrero de 1946) para proteger al cónyuge usuario frente a terceros adquirentes.

5. LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL

La separación disuelve el régimen económico matrimonial conforme al artículo 1392.3 del Código Civil. Liquidación pactada: [Property Liquidation]

La transmisión de bienes entre cónyuges en la liquidación de la sociedad de gananciales está exenta del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD) conforme al artículo 45.I.B.3 del Real Decreto Legislativo 1/1993 y de la Plusvalía Municipal (IIVTNU) conforme al artículo 104.3 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (RDL 2/2004).

6. APROBACIÓN Y EJECUTIVIDAD

Una vez aprobado por el Juzgado de Primera Instancia de Familia (u otorgado ante Notario en el caso de separación notarial conforme al artículo 82 CC), este Convenio Regulador constituye un título ejecutivo exigible conforme a los artículos 517 y 711 a 714 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Ley 1/2000). Su modificación requiere un nuevo procedimiento judicial (modificación de medidas) conforme al artículo 90.3 del Código Civil, previa acreditación de una alteración sustancial de las circunstancias.

Cuando existan hijos menores afectados, este acuerdo se somete a informe del Ministerio Fiscal (Fiscalía) y a aprobación judicial conforme al artículo 90 CC, para garantizar el cumplimiento del interés superior del menor conforme a la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.

FIRMAS

PRIMER CÓNYUGE (CÓNYUGE A):

DNI / NIE: [Spouse A DNI]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

SEGUNDO CÓNYUGE (CÓNYUGE B):

DNI / NIE: [Spouse B DNI]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Primer Cónyuge (Cónyuge A)

________________

Signature

Segundo Cónyuge (Cónyuge B)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Separación Matrimonial España (Convenio Regulador)

El Acuerdo de Separación Matrimonial (Convenio Regulador) es, en España, el contrato escrito regulado por Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889), arts. 81–84, que fija por escrito los derechos y obligaciones recíprocos de las partes y resulta exigible ante los tribunales civiles.

La separación matrimonial en España produce efectos jurídicos relevantes: suspende el deber de convivencia conyugal conforme al Artículo 68 del Código Civil, extingue el régimen económico matrimonial (dando lugar a la liquidación de la sociedad de gananciales, si procede, conforme a los artículos 1396 a 1410), elimina los derechos sucesorios mutuos de los cónyuges conforme al Artículo 835 del Código Civil, y regula la relación continua entre las partes en materia de hijos, obligaciones económicas y uso de los bienes, preservando al mismo tiempo el vínculo matrimonial. Las partes siguen casadas y pueden reconciliarse conforme al Artículo 84 del Código Civil, con lo que los efectos de la separación quedan extinguidos.

El Convenio Regulador es el documento central tanto en la separación de mutuo acuerdo (Artículo 81.1 del Código Civil) —que exige que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio— como en la separación contenciosa (Artículo 81.2), en la que uno de los cónyuges presenta la demanda unilateralmente transcurrido el mismo plazo. En las separaciones de mutuo acuerdo, el Convenio Regulador presentado ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia debe ser aprobado (homologado) por el juez y el Ministerio Fiscal (cuando existan hijos menores) conforme al Artículo 90 del Código Civil. Una vez aprobado judicialmente, el Convenio Regulador tiene la condición de título ejecutivo, directamente ejecutable conforme a los artículos 711 a 714 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria —concretamente los artículos 82 y 83 del Código Civil en su redacción dada por dicha ley— introdujo la posibilidad de la separación de mutuo acuerdo ante Notario (separación notarial) cuando no existan hijos menores de edad o económicamente dependientes. Los cónyuges otorgan una escritura pública del Convenio Regulador ante Notario, quien controla su legalidad y comunica la separación al Registro Civil para su inscripción, sin necesidad de procedimiento judicial.

La legislación autonómica complementa el Código Civil en determinados territorios: Cataluña (Codi Civil de Catalunya, Llibre Segon, artículos 233-1 a 233-25 sobre efectos de las crisis matrimoniales), País Vasco (Ley 7/2015, de Relaciones Familiares en Supuestos de Separación o Ruptura de los Progenitores) y Aragón (Código del Derecho Foral de Aragón, artículos 75 a 84 sobre custodia compartida). Estas leyes regionales pueden diferir del Código Civil en materia de presunciones de custodia compartida, límites de pensión compensatoria y compensación económica por razón del trabajo doméstico.

El marco jurídico del Acuerdo de Separación Matrimonial España se apoya en normas e instituciones clave: el Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y los alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria regula los procedimientos no contenciosos. La Ley Orgánica 1/1982 protege derechos fundamentales. Los artículos 81 a 84 del Código Civil establecen los requisitos de base.

Cuándo necesitas Acuerdo de Separación Matrimonial España (Convenio Regulador)

El Acuerdo de Separación Matrimonial España es necesario siempre que los cónyuges en España deseen regular las consecuencias del cese de la convivencia sin instar el divorcio completo conforme al Artículo 86 del Código Civil. Debe haber transcurrido el plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio previsto en el Artículo 81 del Código Civil antes de presentar la demanda.

El Convenio Regulador es necesario para la separación de mutuo acuerdo (Artículo 81.1 del Código Civil), cuando ambos cónyuges acuerdan separarse y desean presentar un convenio pactado ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia para su aprobación, evitando un procedimiento contencioso que podría prolongarse entre 12 y 24 meses ante los tribunales.

El acuerdo es necesario cuando la pareja tiene hijos menores de edad o económicamente dependientes: el Artículo 90 del Código Civil exige que el Convenio Regulador regule la guardia y custodia, la patria potestad, el régimen de visitas, la pensión alimenticia y el uso de la vivienda familiar, todo ello sujeto al control judicial y del Ministerio Fiscal para proteger el interés superior del menor conforme a la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor.

El acuerdo es necesario cuando los cónyuges sujetos al régimen de gananciales requieren un cauce para extinguir formalmente el régimen de comunidad e iniciar la liquidación de la sociedad de gananciales. La sentencia de separación desencadena la disolución de la sociedad conforme al Artículo 1392.3 del Código Civil, tras lo cual los cónyuges deben inventariar, valorar y dividir los bienes gananciales bien por acuerdo ante Notario, bien a través del Juzgado.

La separación notarial ante Notario conforme al Artículo 82 del Código Civil (en la redacción dada por la Ley 15/2015) es necesaria cuando ambos cónyuges están de acuerdo, no tienen hijos menores o dependientes y prefieren formalizar la separación sin vista judicial —un procedimiento más rápido y menos costoso que se ha generalizado en la práctica notarial española desde su introducción.

El Acuerdo de Separación Matrimonial es también necesario como paso intermedio para los cónyuges que deseen separarse legalmente por razones religiosas, morales o estratégicas sin disolver el matrimonio: por ejemplo, para preservar los derechos sucesorios del cónyuge superviviente conforme al Artículo 834 del Código Civil (que se pierden con el divorcio pero pueden preservarse mediante la separación según los pactos alcanzados), o para mantener prestaciones de la Seguridad Social vinculadas al matrimonio conforme a la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015).

Qué incluir en tu Acuerdo de Separación Matrimonial España (Convenio Regulador)

Un Acuerdo de Separación Matrimonial España (Convenio Regulador) válido conforme a los artículos 81 a 90 del Código Civil debe abordar los siguientes elementos esenciales para ser aprobado por el Juzgado de Primera Instancia de Familia o el Notario en una separación notarial.

Identificación de las partes: Nombre y apellidos completos, número de DNI o NIE, estado civil (casados), datos de inscripción del matrimonio (Registro Civil, tomo, folio y fecha de inscripción) y domicilios actuales de ambos cónyuges. Deben constar asimismo la fecha y el lugar de celebración del matrimonio y el régimen económico matrimonial vigente.

Custodia y patria potestad: Cuando la pareja tenga hijos menores, el Convenio Regulador debe especificar si la patria potestad es conjunta o exclusiva, y el sistema de custodia: custodia exclusiva a uno de los progenitores o custodia compartida conforme al Artículo 92 del Código Civil y, en Aragón, la presunción de custodia compartida del Artículo 80 del Código Foral Aragonés. El sistema de custodia debe responder al interés superior del menor conforme a la interpretación del Tribunal Supremo (Sala Primera) en resoluciones como la STS de 29 de abril de 2013 y la STS de 25 de noviembre de 2013.

Régimen de visitas: Un calendario detallado del régimen de visitas, comunicación y estancia para el progenitor no custodio: fines de semana, vacaciones escolares, períodos estivales y fechas señaladas (cumpleaños, Navidad, Semana Santa). El calendario debe ser suficientemente preciso para poder ejecutarse directamente sin necesidad de interpretación judicial ulterior.

Pensión alimenticia: El importe mensual de la pensión alimenticia que el progenitor no custodio abona al custodio conforme al Artículo 93 del Código Civil, el día de pago, la cuenta bancaria de transferencia, el mecanismo de actualización anual (habitualmente vinculado al Índice de Precios al Consumo del INE) y las circunstancias que determinan su modificación (cambio de circunstancias) conforme al Artículo 91 del Código Civil.

Pensión compensatoria: La eventual pensión compensatoria conforme al Artículo 97 del Código Civil a favor del cónyuge cuya posición económica resulte significativamente perjudicada por la separación, con indicación de la cuantía, la duración, la actualización y las causas de extinción (nueva pareja, nuevo matrimonio, cambio sustancial de las circunstancias económicas).

Uso de la vivienda familiar: Atribución del derecho de uso de la vivienda habitual conforme al Artículo 96 del Código Civil: tiene preferencia el cónyuge que tenga la custodia de los hijos menores o, en ausencia de hijos menores, la que acuerden las partes. Deben especificarse claramente la duración del derecho de uso, las condiciones y las causas de extinción. Debe contemplarse la inscripción del derecho de uso en el Registro de la Propiedad.

Liquidación del régimen económico matrimonial: Cuando los cónyuges estén sujetos al régimen de gananciales, el Convenio Regulador debe iniciar el proceso de inventario y liquidación conforme a los artículos 1396 a 1410 del Código Civil, bien adjuntando un acuerdo completo de liquidación, bien estableciendo un procedimiento para su realización posterior ante Notario.

Régimen de modificación: Cláusula que confirme que el Convenio Regulador, una vez aprobado judicialmente, constituye un título ejecutivo conforme al Artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que las modificaciones exigen un nuevo procedimiento judicial (modificación de medidas) conforme al Artículo 90.3 del Código Civil, previa acreditación de una alteración sustancial de las circunstancias.

Forms-legal.com pone a disposición este Acuerdo de Separación Matrimonial España como herramienta de redacción. Los Convenios Reguladores que afecten a hijos menores requieren aprobación judicial y dictamen del Ministerio Fiscal. Todo acuerdo de separación debe ser revisado por un abogado de familia cualificado antes de su presentación ante el Juzgado de Primera Instancia de Familia o el Notario. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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