Solicitud de ERTE — Expediente de Regulación Temporal de Empleo
SOLICITUD DE EXPEDIENTE DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE)
ERTE Application — Spain
ET (RDL 2/2015) art. 47 | RDL 8/2020 art. 22 | RD 1483/2012
A: Autoridad Laboral Competente / Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
1. DATOS DE LA EMPRESA / EMPLOYER DETAILS
Denominación Social: [Company Name]
NIF / CIF: [NIF]
CCC (TGSS): [CCC]
CNAE: [CNAE Code]
Domicilio social: [Company Address]
Representante legal: [Legal Rep Name] (DNI: [Legal Rep DNI])
2. TIPO Y CAUSA DEL ERTE / ERTE TYPE AND CAUSE
Modalidad ERTE: [ERTE Modality]
Causa legal: [ERTE Cause]
Memoria justificativa:
[Cause Description]
Documentación acreditativa adjunta: [Supporting Documents]
3. TRABAJADORES AFECTADOS / AFFECTED WORKERS
Plantilla total de la empresa: [Total Workforce] trabajadores
Número de trabajadores afectados: [Affected Workers] trabajadores
Porcentaje / modalidad de reducción de jornada: [Hours Reduction]
Relación nominal de trabajadores afectados: [Workers Census Ref]
4. DURACIÓN Y CONSULTAS / DURATION AND CONSULTATION
Fecha de inicio solicitada: [ERTE Start Date]
Fecha de finalización solicitada: [ERTE End Date]
Resultado del período de consultas (causas ETOP): [Consultation Result]
5. DECLARACIÓN Y SOLICITUD / DECLARATION AND REQUEST
La empresa arriba identificada SOLICITA a la Autoridad Laboral competente la autorización / comunicación del Expediente de Regulación Temporal de Empleo descrito, de conformidad con el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015), el Real Decreto 1483/2012, y demás normativa aplicable. Simultáneamente, se notifica al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para los efectos de tramitación de las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados.
La empresa se compromete a mantener el empleo de los trabajadores afectados durante el período que corresponda y a cumplir todas las obligaciones derivadas de la autorización del ERTE, incluidas las relativas a la cotización a la Seguridad Social ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la comunicación de incidencias al SEPE y a la Autoridad Laboral.
Datos personales tratados conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Derechos ante la AEPD.
FIRMA / SIGNATURE
En [City], a [Submission Date].
[Company Name]
Representado por: [Legal Rep Name]
Firma: _________________________ Fecha: _________________________
Employer / Legal Representative
________________
Signature
Qué es Solicitud de ERTE — Expediente de Regulación Temporal de Empleo
La Solicitud de ERTE es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) art. 47; RDL 8/2020 art. 22; RD 1483/2012, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
El ERTE tiene dos modalidades principales: el ERTE de suspensión de contratos conforme al Artículo 47.1 ET, que exime temporalmente a la empresa del pago del salario mientras los trabajadores perciben la prestación por desempleo contributiva del SEPE financiada por sus cotizaciones previas; y el ERTE de reducción de jornada conforme al Artículo 47.2 ET, que reduce la jornada entre un 10% y un 70% de la jornada ordinaria, percibiendo el trabajador la prestación del SEPE por la parte suspendida. Ambas modalidades permiten mantener la relación laboral y conservar la plantilla durante una dificultad empresarial temporal.
El Derecho español distingue dos tipos de ERTE según la causa: (1) ERTE por fuerza mayor, conforme a los artículos 47.5 ET y 22 RDL 8/2020 — aplicable cuando la suspensión obedece a hechos externos a la empresa (inundaciones, incendios, pandemias, conflictos armados, interrupciones extraordinarias de la cadena de suministro), con autorización por la Autoridad Laboral competente en el plazo de 5 días hábiles; y (2) ERTE por causas ETOP — económicas, técnicas, organizativas o de producción, conforme a los artículos 47.1 y 47.2 ET — aplicable cuando la suspensión o reducción se justifica en circunstancias económicas verificables (pérdidas actuales o previstas, reducción del volumen de negocios), cambios técnicos, reorganización empresarial o cambios en los procesos productivos, requiriendo un período de consultas obligatorio de 15 días con los representantes de los trabajadores.
Durante el ERTE, los trabajadores afectados perciben del SEPE la prestación por desempleo contributiva, calculada al 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días y al 50% a partir de entonces, sin consumir el derecho acumulado a prestaciones futuras por desempleo — característica esencial del ERTE que preserva los derechos futuros de los trabajadores. El SEPE gestiona el pago directo al trabajador (pago directo) o, con mayor frecuencia, el pago delegado a través de la empresa (pago delegado), que anticipa la prestación con la nómina y es posteriormente reembolsada por el SEPE.
El marco del ERTE fue ampliamente utilizado durante la pandemia de COVID-19 entre 2020 y 2022 — en su punto álgido en abril de 2020, más de 3,4 millones de trabajadores españoles estaban acogidos a ERTEs. Tras la pandemia, la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, y el Mecanismo RED establecido por la Ley 31/2021 de reforma laboral crearon mecanismos estructurales permanentes de ajuste cíclico y sectorial del empleo en España.
Cuándo necesitas Solicitud de ERTE — Expediente de Regulación Temporal de Empleo
La solicitud de ERTE en España es necesaria siempre que una empresa atraviese una dificultad temporal y verificable que haga imposible o económicamente inviable mantener la actividad laboral plena, y la empresa quiera preservar el empleo ajustando los costes laborales a través del mecanismo del ERTE.
La solicitud es necesaria cuando la empresa sufre una reducción repentina y verificable de pedidos, facturación o producción — por ejemplo, un operador turístico que experimenta el colapso de la demanda fuera de temporada, un fabricante cuyo cliente principal ha suspendido los pedidos, o un comercio minorista bloqueado por obras prolongadas — donde la reducción es temporal y la reestructuración mediante despido resultaría desproporcionada.
La solicitud de ERTE es necesaria cuando un evento de fuerza mayor — incendio, inundación, daños estructurales en las instalaciones, interrupción de suministros esenciales, restricciones por pandemia o cierre ordenado por la Administración — impide el funcionamiento normal del centro de trabajo. El ERTE por fuerza mayor conforme al Artículo 47.5 ET requiere autorización urgente de la Autoridad Laboral en el plazo de 5 días hábiles y no exige período de consultas previo.
El ERTE es necesario cuando la empresa acomete una transición tecnológica temporal — por ejemplo, una fábrica que instala nuevos equipos de producción requiriendo un paro temporal, o una empresa de servicios que migra su infraestructura informática con reducción de personal — en que la producción normal no puede mantenerse durante el período de transición.
La solicitud de ERTE es necesaria cuando una empresa de un sector con fluctuación estacional (hostelería y restauración, agricultura, construcción, eventos) necesita reducir la actividad en períodos de baja demanda previsibles sin perder trabajadores cualificados — el ERTE de reducción de jornada permite el ajuste flexible de horas sin extinguir contratos.
El ERTE es necesario cuando la empresa activa el Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo conforme a la Ley de Reforma Laboral (Ley 32/2021) — el mecanismo RED, activado por el Consejo de Ministros para sectores concretos o emergencias cíclicas, ofrece tasas de prestación reforzadas y cotizaciones reducidas a la Seguridad Social para las empresas acogidas.
La solicitud de ERTE es obligatoria antes de activar un ERTE de reducción de jornada como respuesta a una interrupción temporal de la cadena de suministro (cadena de suministro) — por ejemplo, la escasez de semiconductores que afecta a la producción automovilística, los retrasos logísticos que afectan a la fabricación o las interrupciones portuarias que afectan a las industrias dependientes de la importación.
Qué incluir en tu Solicitud de ERTE — Expediente de Regulación Temporal de Empleo
Una solicitud de ERTE válida en España conforme al Artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y el Real Decreto 1483/2012 debe contener los siguientes elementos para ser admitida por la Autoridad Laboral y el SEPE.
Identificación de la empresa: denominación social, NIF/CIF, domicilio social, persona de contacto para el procedimiento, CCC (Código de Cuenta de Cotización) ante la TGSS, código CNAE de actividad y datos del representante legal con DNI y acreditación de la representación.
Tipo de ERTE: especificación de si la solicitud es de suspensión de contratos (Artículo 47.1 ET) o de reducción de jornada (Artículo 47.2 ET), y la causa legal — fuerza mayor (Artículo 47.5 ET) o causas ETOP — económicas, técnicas, organizativas o de producción (artículos 47.1/47.2 ET).
Trabajadores afectados: relación nominal de todos los trabajadores afectados por el ERTE — nombre completo, DNI/NIE, tipo de contrato, jornada, número de afiliación a la TGSS, categoría profesional y la medida concreta que les afecta (suspensión o porcentaje de reducción de jornada). Para el ERTE de reducción de jornada, debe especificarse el porcentaje exacto de reducción y la nueva jornada.
Justificación de la causa y documentación: relato fáctico detallado de la causa (memoria justificativa), respaldado por documentación acreditativa. Para causas económicas: cuentas anuales auditadas, datos de facturación, libros de pedidos y previsiones de mercado que evidencien pérdidas actuales o previsibles. Para causas técnicas, organizativas o productivas: informes técnicos, datos de producción y valoraciones periciales. Para fuerza mayor: atestado policial, comunicaciones de seguros, informes municipales de daños o comunicaciones oficiales de las autoridades competentes.
Documentación del período de consultas (solo causas ETOP): actas de todas las reuniones celebradas durante el período de consultas obligatorio de 15 días con el comité de empresa, delegados de personal o sindicatos, acreditando la buena fe negociadora conforme al Artículo 47.3 ET. Acuerdo final o declaración de que no se alcanzó acuerdo, con indicación de las razones.
Duración de la medida: fecha de inicio y fecha de finalización solicitadas — la duración máxima varía según la causa. El ERTE no puede superar el período mínimo necesario para hacer frente a la dificultad identificada.
Notificación al SEPE: comunicación simultánea al SEPE de la solicitud de ERTE, relación nominal de trabajadores y datos previstos de la prestación, conforme al Artículo 33.3 del Real Decreto 1483/2012, para que el SEPE pueda preparar la tramitación de las prestaciones.
Exoneraciones de cotización a la Seguridad Social (si procede): cuando programas gubernamentales específicos prevén exoneraciones de cotización empresarial durante períodos de ERTE — como en el marco extraordinario COVID-19 o en determinadas activaciones del Mecanismo RED — la solicitud debe referenciar el Real Decreto u Orden que autoriza la exoneración e incluir el compromiso de mantenimiento del empleo durante el período exigido (cláusula de salvaguarda del empleo — habitualmente 6 meses tras la finalización del ERTE en el marco COVID).
Forms-legal.com ofrece esta plantilla de solicitud de ERTE como punto de partida práctico. Los procedimientos de ERTE son jurídicamente complejos y con plazos estrictos — las empresas deben consultar con un abogado laboralista o gestor laboral cualificado antes de iniciar el procedimiento.
Instituciones clave: la Autoridad Laboral (Dirección General de Trabajo de la comunidad autónoma) autoriza los ERTEs. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tramita las prestaciones por desempleo. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) gestiona las exoneraciones de cotización. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) supervisa el cumplimiento. El Juzgado de lo Social resuelve los litigios sobre la validez del ERTE y los derechos de los trabajadores conforme a la Ley 36/2011. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de ERTE — Expediente de Regulación Temporal de Empleo (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/employment/termination/solicitud-erte-espana
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}Preguntas Frecuentes
Un ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo) conforme al artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET RDL 2/2015) es una medida temporal — los contratos se suspenden o se reduce la jornada durante un período determinado, tras el cual los trabajadores se reincorporan a plena actividad. La relación laboral se mantiene en todo momento. Un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) o despido colectivo conforme al artículo 51 ET es un despido colectivo permanente — los contratos se extinguen con indemnización de 20 días de salario por año de servicio (hasta 12 meses), y los trabajadores pierden definitivamente su empleo. Los EREs requieren un período de consultas más largo (30 días, o 15 días para empresas de menos de 50 trabajadores), comunicación a la Autoridad Laboral y notificación al SEPE. Ambos procedimientos exigen negociación con los representantes de los trabajadores. El ERTE es adecuado para dificultades temporales; el ERE es adecuado para cambios estructurales que requieren reducción permanente de plantilla. Recurrir a un ERTE cuando las dificultades son en realidad permanentes puede exponer a la empresa a impugnaciones — los trabajadores pueden impugnar un ERTE como fraudulento ante el Juzgado de lo Social conforme al artículo 138 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011).
Los trabajadores afectados por un ERTE en España perciben del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación por desempleo contributiva conforme a los artículos 267 a 306 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015 — LGSS). El importe de la prestación es el 70% de la base reguladora (media de las bases de cotización de los 6 meses anteriores) durante los primeros 180 días, y el 50% a partir del día 181. De forma fundamental, para los ERTEs ordinarios conforme al artículo 47 ET, el período de percepción de la prestación durante el ERTE no consume el derecho acumulado del trabajador a la prestación por desempleo — se preserva el historial de cotizaciones acumulado a efectos de desempleo. Esta característica — diseñada en las reformas COVID de 2020 y mantenida en el marco permanente del ERTE — significa que un trabajador que perciba la prestación de ERTE durante 3 meses conserva íntegro su derecho futuro a la prestación por desempleo como si el ERTE no hubiera ocurrido. La prestación del SEPE durante el ERTE puede abonarse mediante pago delegado (pago delegado) — la empresa anticipa la prestación con la nómina y es reembolsada por el SEPE — o pago directo (pago directo) a la cuenta bancaria del trabajador. Durante el ERTE, la empresa sigue abonando al trabajador la parte de horas no suspendidas (para el ERTE de reducción), y el SEPE cubre la parte suspendida.
La duración de un ERTE en España conforme al artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET RDL 2/2015) se limita al tiempo estrictamente necesario para hacer frente a la dificultad temporal identificada — no existe un plazo máximo absoluto en el ET para los ERTEs por causas ETOP, pero la medida debe ser proporcionada y temporal por naturaleza. Para los ERTEs por fuerza mayor conforme al artículo 47.5 ET, la duración se limita al período del evento de fuerza mayor y sus consecuencias directas. En la práctica, los ERTEs por causas ETOP suelen autorizarse o acordarse por períodos de 1 a 6 meses, con posibilidad de prórroga mediante nueva solicitud si persiste la dificultad subyacente. Durante el período extraordinario COVID-19 (2020–2022), se autorizaron ERTEs excepcionales por períodos sucesivos de varios meses. Conforme al Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo (Ley 32/2021), los ERTEs RED cíclicos activados por decisión del Consejo de Ministros pueden tener una duración de hasta 1 año (prorrogable 1 año adicional), y los ERTEs RED sectoriales pueden durar hasta 1 año (prorrogable 2 años adicionales). Los ERTEs que se prolongan más allá de su período justificado sin prórroga exponen a la empresa a impugnaciones conforme al artículo 138 de la Ley 36/2011 (LRJS).
Las empresas españolas tienen obligaciones sustanciales durante el período de ERTE conforme al Estatuto de los Trabajadores (ET RDL 2/2015), el Real Decreto 1483/2012 y el eventual acuerdo alcanzado en el período de consultas. Las obligaciones principales son: continuar abonando las cotizaciones a la Seguridad Social de todos los trabajadores afectados por el ERTE a los tipos ordinarios (salvo que se aplique una exoneración gubernamental específica — como durante el COVID-19 —, en cuyo caso se aplican cotizaciones reducidas o cero); gestionar el pago de las prestaciones del SEPE para los trabajadores (anticipando y solicitando el reembolso del pago delegado, o facilitando los datos del trabajador para el pago directo); mantener la relación laboral y no despedir a los trabajadores afectados por el ERTE sin causa legal justificada independiente; cumplir la cláusula de salvaguarda del empleo — donde sea aplicable, como en los ERTEs COVID —, no despidiendo a ningún trabajador durante los 6 meses siguientes a la finalización del ERTE sin reintegrar todas las exoneraciones de cotización recibidas con un recargo del 20%; notificar al SEPE y a la Autoridad Laboral cualquier modificación del ERTE (finalización anticipada, prórroga, modificación de los trabajadores afectados); y mantener registros precisos de las horas trabajadas y suspendidas durante el ERTE a efectos del cálculo de cotizaciones ante la TGSS y de las prestaciones del SEPE.
Para los ERTEs basados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP) conforme a los artículos 47.1 y 47.2 del Estatuto de los Trabajadores (ET RDL 2/2015), debe celebrarse un período de consultas obligatorio de 15 días naturales antes de presentar el ERTE ante la Autoridad Laboral. El período de consultas comienza con la comunicación escrita de la empresa a los representantes de los trabajadores — el comité de empresa, delegados de personal o sindicatos con representatividad reconocida conforme a la Ley Orgánica 11/1985 (LOLS). Cuando no existan representantes de los trabajadores, la empresa debe invitar a los trabajadores a elegir una comisión representativa ad hoc de 3 miembros, en el plazo de 7 días hábiles desde la comunicación, conforme al artículo 41.4 ET. Las consultas deben desarrollarse de buena fe (buena fe negociadora) con voluntad genuina de alcanzar un acuerdo. Las reuniones deben documentarse en actas escritas firmadas por ambas partes. El período de consultas puede concluir antes de los 15 días si las partes alcanzan un acuerdo — un acuerdo mayoritario en consultas crea una presunción de proporcionalidad que dificulta la impugnación posterior del ERTE. Para los ERTEs por fuerza mayor no se exige período de consultas previo — la Autoridad Laboral verifica directamente la causa de fuerza mayor tras la presentación de la solicitud.
El Mecanismo de Flexibilidad y Estabilización del Empleo (Mecanismo RED) fue introducido por la Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, como mecanismo estructural permanente de gestión de los ajustes de empleo en España, en sustitución de la legislación de emergencia utilizada durante la pandemia de COVID-19. El Mecanismo RED opera de forma similar a un ERTE pero con requisitos específicos de activación gubernamental y protecciones reforzadas. Existen dos modalidades: Mecanismo RED Cíclico — activado por el Consejo de Ministros cuando la economía nacional o un sector sufre una perturbación económica cíclica significativa, con prestación del 60% para los trabajadores (frente al 70/50% del ERTE ordinario), exoneraciones de cotización empresarial del 40% y duración máxima de 1 año prorrogable 1 año más; y Mecanismo RED Sectorial — activado cuando un sector concreto afronta retos estructurales a largo plazo que requieren transiciones ordenadas de la mano de obra, con exoneración empresarial del 40% y duración máxima de 1 año prorrogable 2 años adicionales, con obligaciones específicas de reciclaje profesional de los trabajadores afectados. El Mecanismo RED requiere el Fondo RED (financiado con cotizaciones empresariales al FOGASA) para financiar los costes de las prestaciones. A principios de 2024, el Mecanismo RED no había sido activado todavía para ningún sector, aunque el marco legislativo está en vigor.
Sí. Los trabajadores y sus representantes pueden impugnar un ERTE a través de diversas vías conforme al Derecho laboral español. Los representantes de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) pueden impugnar una decisión colectiva de ERTE ante el Juzgado de lo Social mediante el procedimiento de conflicto colectivo conforme al artículo 153 de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) en el plazo de 20 días hábiles desde la decisión final de la empresa. Los trabajadores individuales pueden impugnar la aplicación individual del ERTE a su contrato — por ejemplo, si consideran que fueron incluidos incorrectamente en la medida o la empresa ha reanudado la actividad normal mientras mantiene el ERTE — a través de la acción individual de impugnación del ERTE conforme al artículo 138 LRJS. Los trabajadores también pueden denunciar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) los ERTEs presuntamente fraudulentos — en los que las empresas invocan el ERTE pero exigen a los trabajadores continuar la actividad normal sin declarar las horas trabajadas —, que tiene potestades de investigación y puede imponer sanciones LISOS y exigir la devolución de las exoneraciones de cotización y las prestaciones del SEPE indebidamente percibidas. El SEPE también controla las horas de prestación declaradas cruzándolas con los registros de cotización de la empresa ante la TGSS para detectar incoherencias.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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