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Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente España

Permanent Disability Application Spain (Solicitud de Incapacidad Permanente)

SOLICITUD DE RECONOCIMIENTO DE INCAPACIDAD PERMANENTE

Permanent Disability Application — Spain

LGSS (RDL 8/2015) arts. 193–200 | RD 1300/1995 | Ley 36/2011 (LRJS)

A: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) — Dirección Provincial

1. DATOS DEL SOLICITANTE / APPLICANT DETAILS

Nombre completo: [Applicant Name]

DNI / NIE: [DNI/NIE]

Número de Afiliación SS (NASS): [NASS]

Fecha de nacimiento: [Date of Birth]

Domicilio: [Address]

Teléfono: [Phone]

Correo electrónico: [Email]

Régimen de Seguridad Social: [Employment Regime]

2. DATOS LABORALES / EMPLOYMENT DETAILS

Empresa (último empleador): [Employer Name] (NIF: [Employer NIF])

Profesión habitual: [Usual Occupation]

Última fecha de trabajo: [Last Working Date]

Inicio del período de IT: [IT Start Date]

3. SOLICITUD DE GRADO Y CONTINGENCIA / DEGREE AND CONTINGENCY

Grado de incapacidad permanente solicitado: [Disability Degree]

Tipo de contingencia: [Contingency Type]

Diagnóstico principal: [Medical Diagnosis]

Descripción de limitaciones funcionales:

[Disability Description]

Precisa asistencia de tercera persona (gran invalidez): [Carer Required]

Documentación médica adjunta:

[Medical Documentation]

4. DATOS BANCARIOS / BANK ACCOUNT FOR PENSION

IBAN: [IBAN]

Entidad bancaria: [Bank Name]

5. DECLARACIÓN Y SOLICITUD / DECLARATION AND REQUEST

El/La solicitante arriba identificado/a, al amparo de los artículos 193 a 200 de la Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015) y el Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, SOLICITA al Instituto Nacional de la Seguridad Social la iniciación del procedimiento de reconocimiento de incapacidad permanente en el grado indicado, derivada de [Contingency Type]. El/La solicitante consiente expresamente la realización del reconocimiento médico por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de la Dirección Provincial del INSS correspondiente y la consulta de su historial clínico en los servicios autonómicos de salud para la evaluación del expediente.

El/La solicitante declara no percibir actualmente ninguna otra prestación de la Seguridad Social incompatible con la presente solicitud, conforme al artículo 163 LGSS sobre compatibilidad de pensiones. Los datos personales y de salud son tratados por el INSS y la TGSS como responsables del tratamiento conforme al RGPD (Reglamento (UE) 2016/679) artículo 9 (datos de salud) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

FIRMA / SIGNATURE

En [City], a [Date].

[Applicant Name]

Firma: _________________________ Fecha: _________________________

Applicant

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente España

La Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley General de la Seguridad Social (RDL 8/2015) arts. 193–200; RD 1300/1995, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.

El derecho español de Seguridad Social reconoce cuatro grados de incapacidad permanente. La incapacidad permanente parcial (IPP) del Artículo 195.1 LGSS se reconoce cuando el trabajador ya no puede realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual pero conserva capacidad para otras actividades, generando una indemnización a tanto alzado equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora. La incapacidad permanente total (IPT) del Artículo 194.1 LGSS se aplica cuando el trabajador no puede desarrollar todas las tareas fundamentales de su profesión habitual, con derecho a una pensión mensual del 55 % de la base reguladora, que se eleva al 75 % conforme al Artículo 196.4 LGSS por el incremento por gran discapacitado cuando no existen otros ingresos laborales. La incapacidad permanente absoluta (IPA) del Artículo 194.2 LGSS se reconoce cuando el trabajador es incapaz de desarrollar cualquier tipo de actividad profesional, generando una pensión del 100 % de la base reguladora, exenta de IRPF conforme al Artículo 7.f de la Ley 35/2006. La gran invalidez del Artículo 194.3 LGSS es el grado más severo, que requiere la asistencia de una tercera persona para las actividades básicas de la vida diaria, generando la pensión de IPA más el complemento por gran invalidez equivalente al 45 % de la base mínima de cotización más el 30 % de la última base de cotización.

La solicitud activa el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), equipo médico multidisciplinar de la Dirección Provincial del INSS, que emite el dictamen propuesta en el que el director provincial del INSS basa la resolución. El INSS debe resolver en el plazo de 135 días hábiles desde la admisión de la solicitud conforme al Artículo 7 del RD 1300/1995. La resolución está sujeta al régimen de reclamación previa a la vía judicial de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (Ley 36/2011, LRJS) antes de recurrir al Juzgado de lo Social.

La Solicitud de Incapacidad Permanente difiere de la solicitud de reconocimiento de discapacidad tramitada por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o la Consejería autonómica equivalente conforme al Real Decreto 888/2022. El INSS evalúa la incapacidad laboral; el IMSERSO evalúa la discapacidad funcional a efectos de servicios sociales. Los trabajadores con frecuencia necesitan ambas — la pensión de IP del INSS para la reposición de ingresos y el certificado de discapacidad del IMSERSO para el acceso a adaptaciones, cuotas de empleo público conforme al Artículo 42 de la Ley General de Discapacidad (RDL 1/2013) y beneficios fiscales conforme a la Ley 35/2006.

Forms-legal.com ofrece este modelo para que los trabajadores en España — tanto empleados por cuenta ajena como autónomos del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) — puedan solicitar formalmente al INSS la evaluación de su situación de incapacidad permanente, con plena referencia a las disposiciones aplicables de la LGSS y la documentación médica requerida del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Cuándo necesitas Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente España

La solicitud de incapacidad permanente en España resulta necesaria cuando un trabajador ha agotado el período máximo de incapacidad temporal (IT) — 365 días prorrogables 180 días adicionales conforme al Artículo 174 LGSS — sin recuperación, o cuando los servicios médicos del INSS (médicos inspectores del INSS o médicos de la Mutua) determinan que el pronóstico de recuperación que permita reincorporarse al trabajo es improbable dentro del período de prórroga de la IT. Conforme al Artículo 195.1 LGSS, el INSS puede iniciar de oficio la evaluación de incapacidad permanente antes de que concluya el período de IT, o el trabajador puede solicitarla por propia iniciativa.

El desencadenante más habitual es una enfermedad crónica o progresiva — patologías musculoesqueléticas graves (dorsopatías, espondilitis anquilosante), procesos oncológicos tras tratamiento activo, cardiopatía severa (insuficiencia cardíaca congestiva), trastornos neurológicos (esclerosis múltiple, enfermedad de Parkinson, ACV con secuelas), insuficiencia respiratoria (EPOC grave, fibrosis pulmonar) o enfermedades psiquiátricas graves (trastorno bipolar severo, esquizofrenia paranoide) certificadas por el especialista de un hospital de la Red Hospitalaria del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Para los autónomos del RETA la solicitud es especialmente importante porque los trabajadores autónomos no tienen una protección de IT equivalente a la de los trabajadores por cuenta ajena (salvo que hayan contratado cobertura mejorada de IT con una Mutua Colaboradora o se hayan acogido a la prestación por cese de actividad de la Ley 20/2007 LETA). Una vez que la actividad cesa por enfermedad grave, la única prestación de Seguridad Social del autónomo es la pensión de IP, lo que hace que la solicitud temprana sea fundamental para evitar un período sin ingresos.

Un trabajador también puede solicitar la prestación cuando sufra un accidente de trabajo o una enfermedad profesional que haya dejado secuelas permanentes. En estos casos la prestación de IP deriva del sistema de contingencias profesionales, el cálculo de la base reguladora utiliza el salario del año anterior al accidente conforme al Artículo 60 del RD 1300/1995, y el coste recae sobre la Mutua o el INSS en lugar del sistema de contingencias comunes.

Por último, la solicitud es necesaria cuando un trabajador que ha agotado la prestación máxima de IT debe coordinar con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la prestación por desempleo, dado que el INSS y el SEPE coordinan prestaciones conforme al Artículo 283 LGSS y el tránsito de IT a IP debe documentarse formalmente para evitar solapamientos o incompatibilidades.

Qué incluir en tu Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente España

Una solicitud completa de incapacidad permanente para España debe incluir los siguientes elementos esenciales para ser tramitada correctamente por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social designada por el empresario.

Identificación del solicitante: El trabajador debe facilitar nombre completo, DNI/NIE con fecha de caducidad, Número de Afiliación a la Seguridad Social (NASS) según consta en el carnet de afiliación o en el informe de vida laboral, domicilio actual a efectos de notificaciones durante el procedimiento, número de teléfono de contacto y dirección de correo electrónico si dispone de ella. Si el solicitante actúa a través de representante legal (incapacitado judicial) o representante voluntario (Artículo 32 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común), debe aportarse el documento acreditativo de la representación.

Situación laboral y régimen de Seguridad Social: Debe indicarse con precisión si el trabajador está en activo prestando servicios, en situación de incapacidad temporal (IT) — que es el origen habitual de la solicitud de incapacidad permanente tras el agotamiento de los quinientos cuarenta y cinco días máximos de IT con posible prórroga de ciento ochenta días adicionales — o en situación de desempleo contributivo o no contributivo. El régimen de la Seguridad Social al que pertenece el trabajador (Régimen General, RETA para autónomos, Régimen Especial del Mar, Régimen de Empleados de Hogar) determina el organismo competente para instruir y resolver el expediente.

Historial médico e informes clínicos especializados: Los informes del médico especialista del Sistema Nacional de Salud son el elemento central de la solicitud. Deben aportarse los informes de los especialistas que traten las patologías causantes de la limitación funcional — traumatólogo, neurólogo, oncólogo, cardiólogo, psiquiatra según proceda — con descripción del diagnóstico principal y secundarios, evolución clínica documentada, tratamientos farmacológicos y rehabilitadores aplicados, y pronóstico de estabilización o mejoría. El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS emite el dictamen-propuesta de grado de incapacidad basándose fundamentalmente en esta documentación.

Historial de cotizaciones y período mínimo de carencia: El informe de vida laboral emitido por la TGSS acredita el período total cotizado. El Artículo 195 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS, RDL 8/2015) exige para la incapacidad permanente derivada de enfermedad común haber cotizado al menos un cuarto de la vida laboral entre los veinte años de edad y la fecha del hecho causante, con un mínimo de cinco años de cotización, de los cuales al menos una quinta parte debe corresponder a los últimos diez años. La incapacidad derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional reconocida no exige período mínimo de cotización conforme al Artículo 195.4 LGSS.

Descripción de las limitaciones funcionales y su incidencia laboral: La descripción detallada de las limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales y su impacto específico en la capacidad para realizar las tareas propias de la profesión habitual del trabajador es decisiva para determinar el grado de incapacidad: incapacidad permanente parcial (Artículo 193 LGSS, reduce en un treinta y tres por ciento o más la capacidad para la profesión habitual), total (Artículo 194 LGSS, impide la realización de las tareas fundamentales de la profesión habitual), absoluta (impide toda actividad laboral) o gran invalidez (precisa asistencia de tercera persona para actos esenciales de la vida).

Formulario oficial de la TGSS y documentación administrativa: La solicitud debe presentarse en el formulario oficial del INSS (disponible en la Sede Electrónica de la Seguridad Social conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común) acompañada de DNI/NIE, informe de vida laboral actualizado, última nómina o resolución de prestación de IT, y los informes médicos especializados referenciados.

Forms-legal.com proporciona este modelo de solicitud de incapacidad permanente como guía práctica para trabajadores en España. Dado que el proceso es complejo y los plazos de resolución pueden prolongarse hasta doscientos treinta y cinco días desde la presentación, se recomienda la asistencia de un abogado especialista en derecho de la Seguridad Social o de un graduado social colegiado para maximizar las posibilidades de resolución favorable y, en caso de resolución denegatoria, para interponer reclamación previa y recurso contencioso-social ante el Juzgado de lo Social. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Solicitud de Reconocimiento de Incapacidad Permanente España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/social-security/solicitud-incapacidad-permanente-espana

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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