Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual España
Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS — artículo 12
SOLICITUD DE TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL (TSI)
Sistema Nacional de Salud — Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS, artículo 12
Al Centro de Salud / Servicio de Salud:
[Health Centre]
1. DATOS PERSONALES DEL SOLICITANTE
Nombre completo: [Applicant Name]
DNI / NIE / Pasaporte: [Applicant DNI]
Fecha de nacimiento: [Applicant DOB]
Sexo: [Applicant Sex]
Nacionalidad: [Applicant Nationality]
Domicilio en España: [Applicant Address]
Teléfono de contacto: [Applicant Phone]
2. TÍTULO DE ACCESO AL SISTEMA NACIONAL DE SALUD
Título de acceso: [Entitlement Basis]
NSS del titular de la SS: [NSS Number]
Nombre del titular (si beneficiario/a): [Titular Name]
3. SOLICITUD
El/La abajo firmante, [Applicant Name], con DNI/NIE/Pasaporte [Applicant DNI], solicita la expedición de la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) que acredita el derecho de acceso a las prestaciones del Sistema Nacional de Salud (SNS), al amparo del artículo 12 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del SNS, y del Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.
Se adjunta a la presente solicitud: DNI/NIE/pasaporte en vigor; certificado de empadronamiento; y documentación acreditativa del título de acceso al SNS (documento de afiliación a la Seguridad Social, certificado de pensión, TIE, u otros según proceda).
El/La solicitante declara que los datos consignados son ciertos y se compromete a comunicar cualquier variación que afecte a su situación de aseguramiento.
En [Application City], a [Application Date].
EL/LA SOLICITANTE:
[Applicant Name]
Firma: _________________________
Solicitante
________________
Signature
Qué es Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual España
La Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley 16/2003 General de Sanidad (LGS) art. 12, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.
El Sistema Nacional de Salud español es un sistema sanitario público y universal financiado por los Presupuestos Generales del Estado y gestionado por las comunidades autónomas en virtud de las competencias sanitarias transferidas conforme al Artículo 148.1.21 de la Constitución Española. Cada comunidad autónoma gestiona su propio servicio regional de salud — el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) en Madrid, el Institut Català de la Salut (ICS) en Cataluña, el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en Andalucía, el Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) en el País Vasco — que expide la TSI y organiza la atención primaria y especializada.
La TSI contiene los datos de identificación personal del titular, el régimen de aseguramiento, el centro de salud asignado y el Código de Identificación Personal (CIP), código único de identificación sanitaria utilizado en todas las interacciones con el SNS. El Decreto-Ley 7/2018 restauró el acceso universal para todas las personas empadronadas en España, revirtiendo las restricciones del Real Decreto-Ley 16/2012. Todas las personas empadronadas en un municipio español tienen derecho a la TSI con independencia de su situación administrativa.
La TSI es también el documento que gestiona las prescripciones farmacéuticas mediante la receta electrónica, y resulta imprescindible para acceder al sistema de reducción del copago farmacéutico aplicable a pensionistas, enfermos crónicos y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
El marco legal aplicable a la Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual en España se sustenta en la Constitución Española de 1978 como norma suprema, el Código Civil en materia de obligaciones, la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, y la LOPDGDD (LO 3/2018) junto con el RGPD en materia de protección de datos, controlada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS, Artículo 12, establece los requisitos fundamentales.
Cuándo necesitas Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual España
La Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual es necesaria cuando una persona se traslada a un nuevo municipio español y se empadrona en el Ayuntamiento — el empadronamiento es el requisito principal para acceder al SNS y obtener la TSI del Servicio de Salud autonómico correspondiente.
La solicitud es obligatoria cuando un ciudadano extranjero llega a España con Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o como ciudadano de la UE en ejercicio de la libertad de circulación, y necesita inscribirse en el Centro de Salud para acceder a la sanidad pública. La TSI permite al titular acudir al centro de atención primaria asignado y ser derivado a especialistas dentro de la red del SNS.
La solicitud es necesaria cuando un trabajador se da de alta en la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) — los trabajadores por cuenta ajena y sus familiares a cargo tienen derecho a la cobertura del SNS como asegurados conforme al Artículo 3 de la Ley 16/2003, vinculada al historial de cotización en la TGSS.
La solicitud de TSI es imprescindible para los niños nacidos en España — los padres deben inscribir el nacimiento en el Registro Civil, anotar la entrada en el libro de familia, empadronar al menor en el Ayuntamiento y solicitar su TSI en el Centro de Salud para activar la cobertura sanitaria desde el nacimiento.
La solicitud es necesaria cuando la TSI existente está extraviada, deteriorada o ha caducado — cada comunidad autónoma expide TSI con un período de validez determinado (habitualmente entre cuatro y diez años), transcurrido el cual se requiere renovación. La solicitud de duplicado puede realizarse en línea a través del portal de salud autonómico o presencialmente en cualquier Centro de Salud.
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) u otras prestaciones sociales que necesiten acceder al régimen de copago reducido o exento deben verificar que su TSI esté activa y refleje correctamente su categoría de aportación farmacéutica, que se actualiza automáticamente cuando el INSS o el SEPE comunica el estado de la prestación al Servicio de Salud.
Las partes en España deben preparar la Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual de forma preventiva y no esperar a que surja un problema. El marco legal se fundamenta en la Constitución Española de 1978, el Código Civil, la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, y la LOPDGDD (LO 3/2018) junto con el RGPD, bajo la supervisión de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
Qué incluir en tu Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual España
Una Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual válida conforme al Artículo 12 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS y el Real Decreto 183/2004 debe contener los siguientes elementos esenciales.
Identificación del solicitante: Nombre completo, DNI o NIE (para nacionales españoles y residentes no comunitarios) o documento de identidad de la UE (para ciudadanos comunitarios), fecha de nacimiento y domicilio actual. El documento de identidad debe estar vigente y el domicilio debe coincidir con el empadronamiento en el municipio del Centro de Salud solicitado.
Certificado de empadronamiento: Certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento del municipio del solicitante en los últimos tres meses. El empadronamiento es el criterio de elegibilidad principal para el acceso al SNS tras la universalización introducida por el Decreto-Ley 7/2018 y los decretos autonómicos de desarrollo.
Número de Seguridad Social (si procede): Para trabajadores por cuenta ajena y sus familiares a cargo, el Número de la Seguridad Social (NSS) expedido por la TGSS, que vincula la cobertura sanitaria al historial de cotización del trabajador. Los pensionistas y beneficiarios de prestaciones del INSS también deben facilitar su NSS para verificar la categoría de aportación farmacéutica correcta.
Declaración del régimen de aseguramiento: Declaración de la base de derecho a la cobertura del SNS — trabajador por cuenta ajena, autónomo, pensionista, perceptor de prestación por desempleo, beneficiario del IMV, o persona sin otro sistema de cobertura — para que el Servicio de Salud clasifique correctamente al solicitante en la base de datos y le asigne la categoría de copago correspondiente.
Elección del centro de salud: Indicación del centro de salud de atención primaria preferido entre los disponibles en la zona básica de salud determinada por el domicilio del solicitante. El médico de familia y el pediatra (para menores) serán asignados desde el centro elegido.
Datos de familiares a cargo: Si el solicitante pide la TSI como beneficiario de un asegurado — por ejemplo, cónyuge sin ingresos propios o hijo dependiente — deben declararse el nombre completo, NSS y parentesco del asegurado titular.
Forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual como guía práctica. Las solicitudes pueden presentarse presencialmente en cualquier Centro de Salud o dependencia administrativa del Servicio de Salud autonómico, o mediante la sede electrónica del portal de salud autonómico correspondiente (SERMAS en Madrid, Canal Salut en Cataluña, Salud Responde en Andalucía). El plazo de tramitación es habitualmente inmediato o de hasta cinco días hábiles. La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE/EHIC) es un documento distinto para desplazamientos temporales a otros países de la UE, solicitable al INSS. El marco normativo se basa en la Ley 16/2003, el Real Decreto 183/2004, la Constitución Española, el Código Civil, la Ley 39/2015 y la LOPDGDD (LO 3/2018). La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Tarjeta Sanitaria Individual España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/government/social-security/solicitud-tarjeta-sanitaria-espana
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}Preguntas Frecuentes
Conforme a los artículos 3 y 3 bis de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS, modificada por el Decreto-Ley 7/2018, tienen derecho a la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) y al acceso al Sistema Nacional de Salud todas las personas empadronadas en un municipio español. Esto incluye: nacionales españoles; ciudadanos de la UE en ejercicio de la libertad de circulación; residentes no comunitarios con TIE en vigor; y, tras la reversión de la exclusión sanitaria de 2012, inmigrantes en situación irregular empadronados, que tienen derecho a atención primaria y urgencias. Los niños nacidos en España tienen derecho a cobertura desde el nacimiento. El empadronamiento es requisito suficiente — ya no se exige cotización previa a la Seguridad Social. Conforme a la legislación española vigente, este aspecto se regula por las disposiciones del Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889) y la normativa sectorial aplicable al caso concreto. El Artículo 1258 del Código Civil establece que los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento y desde entonces obligan al cumplimiento de lo expresamente pactado y a todas las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley. La Administración General del Estado, a través de la Sede Electrónica correspondiente, facilita información actualizada sobre los requisitos y procedimientos aplicables.
La mayoría de los servicios sanitarios del SNS son gratuitos en el punto de atención para los titulares de TSI — las consultas con el médico de familia, las derivaciones a especialistas, los ingresos hospitalarios, las urgencias, las intervenciones quirúrgicas, la salud materno-infantil y la salud mental se prestan sin cargo. La principal obligación de pago es el copago farmacéutico: los trabajadores activos abonan el 40% del precio de los medicamentos; los pensionistas y beneficiarios de prestaciones sociales pagan tasas reducidas (10%, 0%) según su tramo de renta; los crónicos tienen tasas reducidas. La odontología para adultos, la optometría y los tratamientos estéticos no están cubiertos por el SNS en general y requieren seguro privado o pago directo. Algunas comunidades autónomas ofrecen servicios adicionales gratuitos mediante sus decretos autonómicos propios, como la ampliación de la cobertura dental en determinadas comunidades.
Sí. Tras el Decreto-Ley 7/2018, de 27 de julio, por el que se modifica la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del SNS, todas las personas residentes en España — con o sin residencia regular — que estén empadronadas en el padrón municipal tienen derecho a la TSI y al acceso al Sistema Nacional de Salud. Para ciudadanos comunitarios y residentes no comunitarios con TIE, la solicitud requiere presentar el documento de identidad (DNI comunitario o TIE) y el certificado de empadronamiento. Para ciudadanos no comunitarios sin permiso de residencia en vigor pero empadronados, el Decreto-Ley 7/2018 restaura el acceso a la atención primaria y las urgencias. Los visitantes temporales con Tarjeta Sanitaria Europea (TSE/EHIC) de su país de la UE reciben atención en el marco del convenio EHIC, pero deben obtener su propia TSI española si se convierten en residentes de larga duración.
La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) es la tarjeta sanitaria nacional española — otorga al titular acceso a toda la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud como beneficiario residente, incluyendo atención primaria, especializada, hospitalización y subvenciones al copago farmacéutico. La TSI es para personas residentes en España. La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE o EHIC) la expide el INSS a los residentes españoles que viajan temporalmente a otros estados miembros de la UE/EEE o Suiza — les da derecho a asistencia sanitaria necesaria (no electiva) en esos países en las mismas condiciones que los asegurados del país visitado. La TSE no da acceso a servicios en España — para asistencia sanitaria en España se necesita la TSI. Los residentes en España pueden solicitar la TSE al INSS a través de IMPORT@SS antes de viajar a otros países de la UE; es gratuita y tiene una validez de dos a cinco años.
En España, cada titular de TSI está asignado a un centro de salud de atención primaria y a un médico de familia en función de su domicilio empadronado (zona de salud). El cambio de médico o de centro es posible en dos supuestos: (1) Cambio de domicilio — el traslado a una zona de salud diferente origina una reasignación automática; el titular debe actualizar su empadronamiento en el Ayuntamiento y notificar al Servicio de Salud el cambio en la TSI. (2) Solicitud de cambio voluntario — la mayoría de las comunidades autónomas permiten solicitar el cambio de médico de familia dentro del mismo centro, o a un centro diferente si existe causa justificada (por ejemplo, lugar de trabajo), sujeto a disponibilidad. Las solicitudes de cambio se tramitan habitualmente en el mostrador administrativo del centro de salud actual o deseado, o a través del portal de salud en línea de la comunidad autónoma (por ejemplo, la App SERMAS en Madrid o Canal Salut en Cataluña).
Las tasas del copago farmacéutico para medicamentos con receta en el SNS están fijadas por el Real Decreto-Ley 16/2012 y sus modificaciones posteriores, categorizadas por renta y situación laboral. Los trabajadores activos con renta anual inferior a 18.000 € abonan el 40% del precio de los medicamentos; los de renta entre 18.000 y 100.000 € pagan el 50%; los de renta superior a 100.000 € pagan el 60%; todo ello con un límite máximo anual. Los pensionistas con renta inferior a 18.000 € pagan el 10% (con tope de 8,23 € al mes); los de mayor renta pagan el 10% u otras tasas con topes. Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la prestación LISMI u otras rentas mínimas están exentos de copago (0%). Los menores de dieciocho años están exentos de copago en todas las prescripciones. Los medicamentos para enfermedades crónicas graves tienen tasas reducidas. Los datos incorporados en la TSI comunican automáticamente a los sistemas de dispensación de las farmacias la categoría de aportación del titular (aportación reducida, exento, etc.).
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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