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Solicitud de Reagrupación Familiar en España

Family Reunification Application Spain (Solicitud Reagrupación Familiar)

Family Reunification Application

SOLICITUD DE REAGRUPACIÓN FAMILIAR (Ley Orgánica 4/2000 — LOEx — art. 16; RD 557/2011 — RELOEX — art. 53 et seq.) Date: [Request Date]

Addressee

TO: Oficina de Extranjería / Delegación o Subdelegación del Gobierno (Competent authority at place of sponsor's residence in Spain)

Sponsor Data

Sponsor: [Sponsor Name] NIE/DNI: [Sponsor NIE] Nationality: [Sponsor Nationality] Address in Spain: [Sponsor Address] Residence permit: [Residence Permit] Permit expiry: [Permit Expiry]

Family Members

Family member 1: Name: [Family Member Name] Relationship: [Family Member Relationship] Date of birth: [Family Member DOB] Nationality: [Family Member Nationality] Passport: [Family Member Passport] Additional family members: [Additional Members]

Housing and Income

Housing: [Housing Description] Monthly net income: [Monthly Income] EUR The sponsor declares that the above accommodation and income meet the minimum requirements established under Article 18 of the Ley Orgánica 4/2000 (LOEx) and Article 55 of the Real Decreto 557/2011 (RELOEX), and that all information provided is true and complete. Documents attached: — Sponsor NIE/DNI copy — Valid residence permit copy — Padrón municipal certificate (empadronamiento) — Housing documents (deed or rental contract) — Income documents (IRPF declaration, payslips, or employer certificate) — Family relationship documents (marriage certificate, birth certificates — apostilled) — Passport copies of family members — Health insurance certificates (if applicable) — Criminal record certificates of family members (if required by the Oficina de Extranjería)

Signature

Signed: ______________________________ [Sponsor Name] NIE/DNI: [Sponsor NIE] Date: [Request Date]

Sponsor

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Solicitud de Reagrupación Familiar en España

La Solicitud de Reagrupación Familiar es, en España, el escrito dirigido al organismo o autoridad competente regulado por Ley Orgánica 4/2000 de Extranjería (LOEx) art. 16, mediante el que el interesado insta la tramitación de un procedimiento.

El Artículo 16 de la LOEx reconoce el derecho a la vida en familia (derecho a la vida familiar) de los extranjeros con residencia legal en España, derecho anclado en el Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), el Artículo 7 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y el Artículo 39 de la Constitución Española (protección de la familia).

Los familiares reagrupables conforme a los artículos 17 y 53 de la LOEx son: el cónyuge o la pareja de hecho registrada del reagrupante, siempre que el matrimonio o la pareja no se haya contraído exclusivamente con fines migratorios; los hijos menores del reagrupante o de su cónyuge, biológicos o adoptados, no casados; los hijos mayores de edad con discapacidad acreditada que no puedan valerse por sí mismos; y los ascendientes dependientes — padres o abuelos — del reagrupante o de su cónyuge, mayores de 65 años o con dependencia demostrada, siempre que el reagrupante sea la fuente principal de sustento.

Para ser reagrupante, el Artículo 18 de la LOEx exige: al menos un año de residencia legal en España y autorización de residencia vigente por al menos otro año; vivienda adecuada para los familiares a reagrupar, acreditada mediante informe municipal de habitabilidad; y medios económicos suficientes — normalmente al menos el 150 % del IPREM mensual por familiar más allá del primero.

Una vez concedida la autorización de reagrupación, el familiar debe solicitar el visado de reagrupación familiar en el consulado español de su país de residencia y, tras entrar en España, solicitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes conforme al Artículo 25 bis de la LOEx.

El proceso de reagrupacion familiar en Espana implica la intervencion de multiples organismos: la Oficina de Extranjeria provincial tramita la autorizacion de residencia por reagrupacion; el consulado espanol en el pais de residencia del familiar tramita el visado de reagrupacion familiar; y la Oficina de Extranjeria provincial gestiona la expedicion de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) una vez que el familiar entra en Espana. La Ley Organica 4/2000 (LOEx), en su articulo 31 bis, establece protecciones especiales para las victimas de violencia de genero con residencia por reagrupacion familiar, permitiendoles mantener la autorizacion de residencia independientemente del reagrupante. El Real Decreto 557/2011 (RELOEX) desarrolla en detalle en sus articulos 52 a 58 los requisitos procedimentales, documentales y economicos que deben cumplir tanto el reagrupante como los familiares a reagrupar. La Instruccion de la Secretaria de Estado de Migraciones sobre criterios de valoracion de solicitudes de reagrupacion familiar establece pautas interpretativas que aplican las Oficinas de Extranjeria al evaluar la suficiencia de los medios economicos y la adecuacion de la vivienda.

Cuándo necesitas Solicitud de Reagrupación Familiar en España

La Solicitud de Reagrupación Familiar en España es necesaria cuando un extranjero con residencia legal en España durante al menos un año — con permiso de residencia temporal o de larga duración — desea reunir a su cónyuge, pareja de hecho, hijos menores, hijos adultos con discapacidad o ascendientes dependientes.

La solicitud debe presentarla el reagrupante en España ante la Oficina de Extranjería de su provincia de residencia — no el familiar desde el extranjero. Una vez concedida la autorización, el familiar solicita el visado en el consulado español.

El documento es necesario cuando el familiar se encuentra en España con visado de turista o autorización de estancia a punto de caducar, y es preciso regularizar su situación mediante el proceso oficial de reagrupación. Permanecer irregularmente puede dar lugar a procedimientos de expulsión conforme al Artículo 53 de la LOEx.

La solicitud es necesaria también para las parejas de hecho registradas: el reagrupante debe acreditar el registro oficial de la pareja, ya sea en el Registro Civil español o mediante registro oficial equivalente del país de origen.

Los familiares de ciudadanos de la UE que residan en España no utilizan el procedimiento de reagrupación de la LOEx, sino el régimen más favorable del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, que transpone la Directiva UE 2004/38/CE. Solicitan directamente la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE en la Oficina de Extranjería.

La solicitud de reagrupacion familiar es necesaria cuando el reagrupante ha obtenido la residencia de larga duracion (residencia permanente) en Espana conforme al articulo 32 LOEx y desea reagrupar a familiares que anteriormente no pudo incluir por no reunir los requisitos economicos o de vivienda. Tambien es necesaria cuando el reagrupante cambia de domicilio a otra provincia y la nueva vivienda debe ser objeto de un nuevo informe municipal de habitabilidad para respaldar la solicitud. La solicitud debe renovarse cuando la autorizacion de residencia por reagrupacion del familiar caduca y este desea continuar residiendo en Espana, tramite que a partir del primer ano puede gestionarse independientemente del reagrupante conforme al articulo 59 RELOEX. El formulario oficial EX-02 del Ministerio del Interior es el modelo estandarizado para presentar la solicitud en las Oficinas de Extranjeria o a traves del portal de Administracion Electronica con certificado digital o Cl@ve PIN.

Qué incluir en tu Solicitud de Reagrupación Familiar en España

Una Solicitud de Reagrupación Familiar válida en España conforme a los artículos 16 a 19 de la Ley Orgánica 4/2000 (LOEx) y el Real Decreto 557/2011 (RELOEX) debe incluir los siguientes elementos.

Identificación del reagrupante: nombre y apellidos completos, NIE (Número de Identidad de Extranjero), nacionalidad y domicilio actual en España. Debe adjuntarse copia de la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) vigente o del sello de autorización de residencia en el pasaporte.

Acreditación del período de residencia: prueba de que el reagrupante lleva al menos un año con residencia legal en España, aportando la TIE con la fecha de concesión del permiso y el certificado de empadronamiento municipal que acredite la residencia continuada.

Datos de los familiares a reagrupar: nombre y apellidos, nacionalidad, fecha de nacimiento, número de pasaporte y domicilio actual en el extranjero de cada familiar. La relación familiar debe documentarse mediante certificado de matrimonio o inscripción de pareja de hecho para cónyuge o pareja; certificado de nacimiento para los hijos; y documentación acreditativa de la dependencia para ascendientes e hijos mayores con discapacidad. Todos los documentos extranjeros deben apostillarse conforme al Convenio de La Haya de 1961 y traducirse al español por un traductor jurado.

Acreditación de la vivienda: informe municipal de habitabilidad o informe de adecuación de la vivienda expedido por el Ayuntamiento del municipio de residencia del reagrupante, que certifique que la vivienda reúne las condiciones de superficie, habitaciones y habitabilidad para el número de ocupantes tras la reagrupación. Este informe debe solicitarse en el Ayuntamiento con antelación — su tramitación suele tardar varias semanas — y obtenerse antes de presentar la solicitud.

Acreditación de medios económicos: documentación acreditativa de ingresos suficientes para mantener a los familiares reagrupados — normalmente la última declaración del IRPF, el contrato de trabajo y las nóminas recientes, o para autónomos, el certificado de alta en RETA y los certificados de ingresos de la AEAT. El umbral mínimo es el 100 % del IPREM para el reagrupante solo, más el 50 % del IPREM por cada familiar adicional (aproximadamente 600 €/mes de base + 300 € por persona adicional en 2024).

Formulario oficial: formulario EX-02 (Solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar), disponible en el Ministerio del Interior (extranjeros.inclusion.gob.es), cumplimentado y presentado junto con la documentación de apoyo.

Pago de tasas: abono de la tasa de extranjería mediante Modelo 790 Código 052. Las tasas actuales oscilan entre 65 y 100 euros según el tipo de autorización solicitada.

Forms-legal.com ofrece esta plantilla como guía práctica. El proceso oficial exige la presentación del formulario EX-02 y la documentación en la Oficina de Extranjería o a través del portal de Administración Electrónica (sede.administracionespublicas.gob.es) con certificado digital o Cl@ve PIN. Los plazos de resolución varían significativamente por provincia. Los recursos contra las denegaciones se presentan como recurso de alzada en el plazo de un mes (art. 121 LPACAP) o como recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses desde la resolución administrativa firme.

Plazos de resolucion y silencio administrativo: La Administracion tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud de autorizacion de residencia por reagrupacion familiar conforme al articulo 67.5 RELOEX. Transcurrido ese plazo sin resolucion expresa, el silencio administrativo es negativo conforme a la Ley 39/2015 LPAC, lo que habilita al solicitante para interponer recurso de alzada o recurso contencioso-administrativo. En la practica, las Oficinas de Extranjeria de las grandes ciudades (Madrid, Barcelona, Valencia) suelen exceder este plazo. La notificacion de la resolucion se realiza a traves de la Sede Electronica o de forma presencial. Si se deniega la autorizacion, cabe recurso de alzada ante la Delegacion o Subdelegacion del Gobierno en el plazo de un mes (articulo 121 LPACAP), y posteriormente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia competente en el plazo de dos meses desde la resolucion del recurso de alzada. Forms-legal.com ofrece esta plantilla como guia practica para la reagrupacion familiar en Espana. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Forms Legal. (2026). Solicitud de Reagrupación Familiar en España (España) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/espana/personal/immigration/solicitud-reagrupacion-familiar-espana

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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