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Carta de Patrocinio de Inmigración España

Datos clave

EspañaEspañaEspañol (ES)GratisPDF & WordActualizado 6 jun 2026
Base legalEspañaNotarización: No requeridaTestigos: 0Partes: 1
Carta de Patrocinio de Inmigración
Immigration Sponsorship Letter Spain (Carta de Patrocinio de Inmigración)

Carta de Patrocinio de Inmigración — España

De conformidad con la Ley Orgánica 4/2000 (LOEX), artículo 45

PATROCINADOR/A:

DNI / NIE / NIF: [Sponsor DNI]

Situación migratoria en España: [Sponsor Status]

Domicilio en España: [Sponsor Address]

PERSONA PATROCINADA:

Número de pasaporte / caducidad: [Sponsored Passport]

Domicilio en el extranjero: [Sponsored Address Abroad]

Relación con el patrocinador: [Relationship]

DECLARACIÓN DE PATROCINIO

Yo, [Sponsor Name], titular del DNI/NIE/NIF [Sponsor DNI], con domicilio en [Sponsor Address], España, declaro formalmente mi patrocinio de [Sponsored Name], nacional de [Sponsored Nationality], para la siguiente finalidad migratoria, de conformidad con la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (LOEX) y el Real Decreto 557/2011 (Reglamento de Extranjería).

1. FINALIDAD DEL PATROCINIO

Categoría migratoria: [Sponsorship Purpose]

Duración prevista de la estancia: [Stay Duration]

2. ALOJAMIENTO

La persona patrocinada residirá en el siguiente domicilio durante su estancia en España: [Accommodation Address]

3. COMPROMISO ECONÓMICO

4. DECLARACIÓN DE VERACIDAD

Declaro que toda la información facilitada en esta carta es veraz y exacta según mi leal saber y entender. Soy consciente de que proporcionar información falsa en los procedimientos de extranjería constituye una infracción grave conforme al artículo 53 de la Ley Orgánica 4/2000 y puede constituir delito conforme a los artículos 390 a 392 del Código Penal.

5. NOTA SOBRE LA CARTA DE INVITACIÓN OFICIAL

Para el apoyo a visados Schengen de corta estancia (carta de invitación conforme al artículo 45 LOEX / artículo 93 del Real Decreto 557/2011), esta carta debe presentarse personalmente por el patrocinador en la Comisaría de Policía (Brigada Provincial de Extranjería e Inmigración) de la provincia de residencia en España y ser sellada oficialmente por el Cuerpo Nacional de Policía antes de su presentación en el consulado español.

DNI / NIE / NIF: [Sponsor DNI]

Firma: _________________________

Sello Oficial de la Policía (para la Carta de Invitación):

[STAMP]

Sponsor

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Carta de Patrocinio de Inmigración España

La Carta de Patrocinio de Inmigración es, en España, la comunicación formal por escrito regulada por Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, art. 45, que traslada de forma fehaciente la voluntad o la reclamación de quien la remite.

El Artículo 45 LOEX y el Artículo 93 RE regulan la carta de invitación — modalidad específica de carta de patrocinio utilizada en las solicitudes de visado de corta estancia Schengen — que debe formalizarse ante la Comisaría de Policía u Oficina de Extranjería y sellarse (sellada) por el Cuerpo Nacional de Policía (CNP) para ser válida como documentación de apoyo en los visados tramitados por los consulados españoles en el extranjero, conforme al Reglamento (UE) 2016/399 (Código de Fronteras Schengen) y al Reglamento (CE) 810/2009 (Código de Visados).

Más allá de la carta de invitación para estancias cortas, España prevé múltiples categorías de autorizaciones de residencia y trabajo que pueden requerir documentación de patrocinio. Las solicitudes de residencia de larga duración (Artículo 32 LOEX), los permisos de reagrupación familiar (artículos 16 a 19 LOEX y artículos 52 a 57 RE), las autorizaciones de residencia por estudios (artículos 33 y 34 LOEX), y el visado de residencia para inversores (Golden Visa — Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización) pueden requerir carta de patrocinio o documentación de apoyo expedida por un residente o institución española.

La Delegación del Gobierno para la Inmigración e Integración coordina la política migratoria y la tramitación de los permisos de residencia, mientras que las Oficinas de Extranjería (integradas en las Subdelegaciones del Gobierno y Delegaciones del Gobierno de cada provincia) gestionan las solicitudes individuales. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación supervisa los visados tramitados por los consulados y embajadas de España en el exterior.

Para la reagrupación familiar conforme a los artículos 16 a 19 LOEX, el residente en España (reagrupante) debe acreditar ingresos suficientes — el umbral mínimo es el 150% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) para el primer familiar más el 50% del IPREM por cada miembro adicional. El reagrupante debe disponer de una tarjeta de residencia válida expedida por la Oficina de Extranjería y aportar documentación acreditativa del vínculo familiar mediante traducciones juradas de los documentos del Registro Civil.

Los ciudadanos de la Unión Europea que ejercen la libre circulación en España conforme al Real Decreto 240/2007 (que transpone la Directiva 2004/38/CE) no están sujetos al régimen de patrocinio de la LOEX — se inscriben directamente en el Registro Central de Extranjeros y obtienen el Certificado de Registro Comunitario. Sin embargo, sus familiares extracomunitarios pueden necesitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de Ciudadano de la Unión y pueden beneficiarse de una carta de patrocinio del ciudadano comunitario que acredite el vínculo familiar y el apoyo económico.

Cuándo necesitas Carta de Patrocinio de Inmigración España

La Carta de Patrocinio de Inmigración España es necesaria siempre que un residente legal o entidad española respalde la solicitud de entrada o permanencia de un extranjero en España o en el espacio Schengen.

El documento es necesario cuando un residente en España (nacional o extranjero con residencia legal) invite a un visitante no comunitario para una estancia de hasta 90 días en el espacio Schengen. La carta de invitación oficial conforme al Artículo 45 LOEX debe ser sellada por la Comisaría de Policía y presentada por el visitante junto con su solicitud de visado Schengen ante el consulado español en su país de origen.

La carta es necesaria cuando un residente legal en España solicita la reagrupación familiar conforme a los artículos 16 a 19 LOEX. El reagrupante debe acreditar solvencia económica suficiente y suscribir un compromiso formal de manutención de los familiares que desea traer a España.

El documento es necesario cuando una empresa española o institución de investigación patrocina a un trabajador extranjero altamente cualificado para la Tarjeta Azul UE o un visado de investigador conforme a la Directiva (UE) 2016/801 (transpuesta por el Real Decreto-Ley 11/2018). La carta de apoyo formal del empleador o la institución forma parte del expediente presentado ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).

La carta es necesaria cuando un ciudadano español o residente legal respalda la solicitud de visado de larga duración (visado de residencia) de un familiar para reagrupación familiar, acreditando que el patrocinador dispone de recursos suficientes y alojamiento estable en España para el solicitante.

El documento es necesario cuando una institución educativa española respalda la solicitud de autorización de residencia por estudios de un estudiante extranjero conforme a los artículos 33 y 34 LOEX, confirmando la admisión en un programa acreditado y el compromiso de notificar a la Oficina de Extranjería si el estudiante no asiste a clase.

La carta es necesaria cuando una organización sin ánimo de lucro o un empleador patrocina a un voluntario o becario en las categorías previstas por la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, acreditando la naturaleza de la actividad, su duración y las condiciones de alojamiento y manutención del patrocinado.

En España, el Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y la pensión de alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe los nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria rige los expedientes no contenciosos. La Ley Orgánica 1/1982 protege derechos fundamentales como la imagen y la intimidad.

Qué incluir en tu Carta de Patrocinio de Inmigración España

Una Carta de Patrocinio de Inmigración España válida, conforme a la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011, debe contener los siguientes elementos esenciales para respaldar la solicitud migratoria del extranjero.

Identificación del patrocinador: Nombre legal completo, NIE/DNI/NIF según corresponda, nacionalidad, fecha de nacimiento y domicilio completo del patrocinador. Si el patrocinador es una persona jurídica (empresa o institución), deben indicarse la razón social, NIF, datos de inscripción en el Registro Mercantil y el nombre del representante autorizado. Debe constar la situación legal del patrocinador en España: ciudadano español, ciudadano comunitario inscrito en el Registro Central de Extranjeros, o extranjero titular de tarjeta de residencia válida.

Identificación del patrocinado: Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de pasaporte y fecha de caducidad, y domicilio permanente en el extranjero. Debe indicarse con claridad el vínculo entre el patrocinador y el patrocinado (familiar, empleado, estudiante o amigo).

Finalidad del patrocinio: Declaración expresa del motivo del patrocinio — visita de corta estancia, reagrupación familiar, trabajo, estudios u otra categoría — y la autorización migratoria concreta que se solicita (visado Schengen, tarjeta de residencia, autorización de trabajo, etc.).

Duración de la estancia: Fecha de inicio y finalización prevista de la estancia del patrocinado en España, o duración del permiso de residencia que se apoya. Para visados Schengen de corta estancia, la permanencia máxima es de 90 días dentro de cualquier período de 180 días conforme al Reglamento (UE) 2016/399.

Datos del alojamiento: Dirección en España donde residirá el patrocinado, acreditando que es el domicilio propio del patrocinador o una vivienda que este ha dispuesto. Para la carta de invitación conforme al Artículo 93 RE, el domicilio de alojamiento debe coincidir con el domicilio del patrocinador o debe explicarse el arreglo de alojamiento.

Compromiso económico: Declaración expresa del compromiso del patrocinador de sufragar los gastos del extranjero durante su estancia en España — alojamiento, manutención y, si fuera necesario, repatriación. Para la reagrupación familiar, deben acompañarse justificantes de ingresos (nóminas, declaración del IRPF — Modelo 100 o extractos bancarios) que acrediten el umbral del IPREM exigido.

Declaración de veracidad: Declaración formal del patrocinador de que todos los datos contenidos en la carta son verdaderos, con constancia de que la aportación de información falsa puede dar lugar a sanciones administrativas conforme a la Ley Orgánica 4/2000 o a responsabilidad penal por falsedad documental conforme a los artículos 390 y 391 del Código Penal.

Sello policial (para carta de invitación): Para la carta de invitación oficial conforme al Artículo 45 LOEX y el Artículo 93 RE, el patrocinador debe presentarla en persona ante la Comisaría de Policía (Brigada Provincial de Extranjería e Inmigración) u Oficina de Extranjería de su provincia y obtener el sello del Cuerpo Nacional de Policía antes de su presentación en el consulado.

Cláusula de protección de datos: Información conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), indicando que los datos del patrocinado serán tratados por las autoridades de extranjería (Secretaría de Estado de Migraciones, Delegaciones del Gobierno) para resolver la solicitud migratoria.

Forms-legal.com pone a disposición este modelo de Carta de Patrocinio de Inmigración España como punto de partida. Los trámites de extranjería en España son complejos y están sujetos a cambios normativos frecuentes. Se recomienda consultar a un abogado especialista en extranjería acreditado por el Consejo General de la Abogacía Española para las solicitudes de permiso de residencia y los procedimientos de reagrupación familiar.

En España, el Código Civil regula el matrimonio (Artículo 66), el divorcio (Artículo 81), la custodia (Artículo 92) y la pensión de alimentos (Artículo 142). La Ley Orgánica 1/1996 (LOPJM) protege a los menores. El Registro Civil inscribe los nacimientos, matrimonios y defunciones. La Ley 15/2015 de Jurisdicción Voluntaria rige los expedientes no contenciosos. La Ley Orgánica 1/1982 protege derechos fundamentales como la imagen y la intimidad. La plataforma forms-legal.com ofrece esta plantilla adaptada a la legislación española vigente para facilitar la elaboración de este documento con todas las garantías legales.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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