Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación — Colombia
ACTA DE DEVOLUCIÓN DE EQUIPOS POR TERMINACIÓN DE CONTRATO
Conforme al Código Sustantivo del Trabajo Art. 57 Num. 4 y Art. 58 Num. 4
1. PARTES
EMPLEADOR:
Razón Social: [Employer Name]
NIT: [Employer NIT]
Domicilio: [Employer Address]
Recibido por: [Receiver Name]
C.C.: [Receiver CC]
TRABAJADOR/A SALIENTE:
Nombre: [Employee Name]
C.C.: [Employee CC]
Cargo: [Job Title]
Fecha de terminación del contrato: [Termination Date]
Causa de terminación: [Termination Reason]
2. INVENTARIO DE EQUIPOS DEVUELTOS
[Equipment List]
Observaciones sobre condición: [Equipment Condition Notes]
Equipos faltantes: [Missing Equipment]
EL/LA TRABAJADOR/A declara que ha devuelto todos los equipos, herramientas, materiales, uniformes y elementos de protección personal (EPP) que le fueron asignados durante la relación laboral, salvo los indicados como faltantes. EL EMPLEADOR verificó la condición de los equipos al momento de la entrega y registra las observaciones correspondientes.
3. DATOS PERSONALES Y CREDENCIALES DE ACCESO
Manejo de datos: [Data Handling]
Credenciales devueltas: [Access Credentials]
Acceso digital: [Digital Access Note]
EL EMPLEADOR se compromete a tratar los datos personales del/la TRABAJADOR/A almacenados en los equipos devueltos conforme a la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales) y la política de tratamiento de datos registrada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
4. OBLIGACIONES PENDIENTES
Saldo pendiente por equipos: [Outstanding Amount]
Autorización de descuento de la liquidación: [Deduction Authorization]
PARÁGRAFO. — Conforme al Artículo 149 del CST, cualquier descuento de la liquidación de prestaciones sociales del/la TRABAJADOR/A requiere su autorización expresa y por escrito. Sin dicha autorización, EL EMPLEADOR deberá acudir a la jurisdicción laboral para recuperar los valores correspondientes.
5. DECLARACIONES
EL/LA TRABAJADOR/A declara que: (a) no conserva copias de información confidencial, datos de clientes, bases de datos ni documentos propiedad del EMPLEADOR en dispositivos personales; (b) ha eliminado todo acceso remoto a sistemas del EMPLEADOR; (c) cumple con las obligaciones de confidencialidad previstas en el Artículo 58 numeral 2 del CST.
EL EMPLEADOR declara que: (a) la presente acta no constituye renuncia a derechos laborales del/la TRABAJADOR/A; (b) el desgaste normal por uso de los equipos no genera responsabilidad del/la TRABAJADOR/A conforme al Artículo 58 numeral 4 del CST.
FIRMAS
En [Handover City], a los [Handover Date].
EL EMPLEADOR (Representante):
[Receiver Name]
C.C.: [Receiver CC]
Firma: _________________________
EL/LA TRABAJADOR/A:
[Employee Name]
C.C.: [Employee CC]
Firma: _________________________
TESTIGO:
Nombre: _________________________
C.C.: _________________________
Firma: _________________________
Employer Representative (Representante del Empleador)
________________
Signature
Employee (Trabajador/a)
________________
Signature
Qué es Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación — Colombia
El Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación Colombia es un acuerdo de voluntades regido por Código Sustantivo del Trabajo (CST) art. 57 num. 4 y art. 58 num. 4 mediante el cual las partes regulan derechos y obligaciones exigibles ante la jurisdicción colombiana.
El marco legal para la devolución de equipos se extiende más allá del CST hacia la regulación de protección de datos y seguridad de la información. La Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales) y el Decreto 1377 de 2013 exigen que los empleadores aseguren que los datos personales almacenados en dispositivos de la empresa se manejen conforme a la política de tratamiento de datos registrada en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Cuando los trabajadores devuelven laptops, teléfonos móviles y dispositivos de almacenamiento, el empleador debe seguir procedimientos adecuados de borrado seguro para cumplir con los Artículos 17 y 18 de la Ley 1581 de 2012.
El Ministerio de Trabajo (MinTrabajo), mediante sus funciones de inspección y vigilancia conforme a los Artículos 485 a 487 del CST y el Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo), puede revisar la documentación de entrega de equipos durante inspecciones laborales. La documentación adecuada de la devolución protege a ambas partes: el empleador evita reclamaciones por deducciones irregulares de la liquidación de prestaciones sociales, y el trabajador evita reclamaciones de responsabilidad post-terminación por equipos faltantes o dañados.
Conforme al Artículo 149 del CST, los empleadores en general están prohibidos de realizar deducciones del salario o de las prestaciones sociales sin autorización judicial (autorización judicial) o autorización escrita del trabajador. Cuando un equipo falta o está dañado más allá del desgaste normal, el empleador no puede deducir unilateralmente el valor de reposición de la liquidación del trabajador — debe obtener autorización escrita expresa del trabajador o acudir al cobro judicial ante los Juzgados Laborales del Circuito conforme al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) bajo la Resolución 0312 de 2019 y el Decreto 1072 de 2015 exige a los empleadores mantener inventarios de equipos de seguridad y Elementos de Protección Personal (EPP) asignados a cada trabajador. El acuerdo de devolución de equipos sirve como evidencia documental de la recuperación del EPP, cumpliendo los requisitos de registro del SG-SST. La Administradora de Riesgos Laborales (ARL) puede revisar estos registros durante auditorías del programa de seguridad y salud en el trabajo del empleador.
Para los arreglos de teletrabajo bajo la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 de 2012, y el trabajo en casa bajo la Ley 2088 de 2021, los procedimientos de devolución de equipos tienen mayor relevancia porque los activos de la empresa se encuentran en el domicilio del trabajador en lugar de las instalaciones del empleador. forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Devolución de Equipos Colombia como punto de partida práctico para documentar el proceso de entrega de equipos al finalizar la relación laboral.
Cuándo necesitas Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación — Colombia
El Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación en Colombia es necesario siempre que una relación laboral termine — ya sea por mutuo acuerdo (bajo el Artículo 61 numeral 1 del CST), renuncia voluntaria, terminación con justa causa (bajo el Artículo 62 del CST), despido sin justa causa (bajo el Artículo 64 del CST), o vencimiento de un contrato a término fijo (bajo el Artículo 46 del CST) — y el trabajador saliente posea equipos, herramientas, dispositivos o materiales de propiedad de la empresa que deben devolverse al empleador.
El acuerdo es necesario cuando los empleadores colombianos asignan laptops, teléfonos móviles, tabletas, tarjetas de acceso, llaves, vehículos, herramientas especializadas, uniformes o Elementos de Protección Personal (EPP) a los trabajadores durante su empleo. Conforme al Artículo 58 numeral 4 del CST, el trabajador tiene la obligación legal de conservar los bienes del empleador y devolverlos en buen estado al terminar. El acuerdo escrito documenta el cumplimiento de esta obligación y crea un registro probatorio claro.
El documento es esencial para empresas de tecnología y empleadores cuyos trabajadores manejan información confidencial almacenada en dispositivos de la empresa. Bajo la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, los empleadores deben asegurar que los datos personales de clientes, empleados y terceros almacenados en los dispositivos devueltos sean asegurados y eliminados adecuadamente. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede imponer multas de hasta 2.000 SMLMV conforme al Artículo 23 de la Ley 1581 por violaciones de datos resultantes del manejo inadecuado de equipos devueltos.
El acuerdo es necesario cuando el empleador ha implementado una política de teletrabajo bajo la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 de 2012, o de trabajo en casa bajo la Ley 2088 de 2021, y los equipos ubicados en el domicilio del trabajador deben recuperarse. La logística de devolución — incluyendo servicios de mensajería, seguros y plazos — debe documentarse para proteger a ambas partes.
El documento es necesario cuando el sistema SG-SST del empleador bajo la Resolución 0312 de 2019 y el Decreto 1072 de 2015 exige el seguimiento de equipos de seguridad y EPP asignados a cada trabajador. La ARL y el MinTrabajo pueden solicitar prueba de recuperación de equipos durante las auditorías.
El acuerdo también es necesario cuando el trabajador saliente tiene saldos pendientes por programas de compra de equipos facilitados por el empleador — común en empresas colombianas que ofrecen planes de adquisición de computadores o celulares con deducciones de nómina autorizadas bajo el Artículo 149 del CST. El acuerdo debe reconciliar cualquier saldo pendiente.
Qué incluir en tu Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación — Colombia
Un Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación válido en Colombia conforme al Artículo 57 numeral 4 y el Artículo 58 numeral 4 del CST debe contener los siguientes elementos esenciales para documentar el proceso de entrega de equipos y proteger tanto al empleador como al trabajador saliente.
Identificación de las Partes: Nombre legal completo y cédula de ciudadanía del trabajador/a saliente. Nombre legal completo, NIT asignado por la DIAN, y dirección registrada del empleador. Cuando el empleador es una persona jurídica — SAS bajo la Ley 1258 de 2008, SA o Ltda. — nombre y cédula del representante legal o del representante de Recursos Humanos autorizado para recibir los equipos. Referencia al contrato de trabajo que se termina, incluyendo fecha de inicio, cargo y fecha de terminación.
Inventario de Equipos: Lista detallada de todos los elementos devueltos, incluyendo para cada ítem: descripción, marca, modelo, número de serie o código de activo, fecha de asignación original, y estado al momento de la devolución (nuevo, bueno, regular, deterioro normal, dañado). Para equipos tecnológicos: laptops, computadores de escritorio, monitores, teléfonos móviles, tabletas, memorias USB, discos duros y periféricos — el inventario debe hacer referencia al sistema interno de gestión de activos del empleador y al acta de entrega original.
Evaluación del Estado: Documentación del estado de cada ítem al momento de la devolución comparado con su estado al momento de la asignación. El desgaste normal (desgaste normal) está contemplado en el Artículo 58 numeral 4 del CST y no genera responsabilidad del trabajador. Los daños más allá del uso normal deben documentarse con fotografías y el reconocimiento del trabajador. Conforme al Artículo 149 del CST, el empleador no puede deducir unilateralmente costos de reparación o reposición de la liquidación del trabajador sin su autorización expresa por escrito o una orden del Juzgado Laboral del Circuito.
Certificación de Borrado de Datos: Para dispositivos que almacenaron datos de la empresa, información de clientes o datos personales de terceros, una declaración confirmando que el empleador realizará borrado seguro de datos conforme a la Ley 1581 de 2012 y la política de tratamiento de datos registrada ante la SIC. El trabajador también debe confirmar la eliminación de datos de la empresa de dispositivos personales usados para trabajo (BYOD).
Devolución de Credenciales de Acceso: Confirmación de la devolución de tarjetas de acceso físico, llaves, tokens de seguridad y tiquetes de parqueadero. Reconocimiento de que las credenciales de acceso digital — cuentas de correo corporativo, acceso VPN, licencias de software, cuentas de plataformas en nube — serán desactivadas por el departamento de TI al momento de la terminación.
Obligaciones Pendientes: Declaración de cualquier saldo pendiente en programas de compra de equipos, anticipos salariales u otros préstamos relacionados con equipos. Cuando el trabajador autoriza descuentos de la liquidación de prestaciones sociales, dicha autorización debe ser expresa y por escrito conforme al Artículo 149 del CST.
Firmas y Testigos: Firmas del trabajador/a saliente, del representante autorizado del empleador, e idealmente de un testigo del departamento de Recursos Humanos. Deben registrarse la fecha y el lugar de la entrega de equipos. forms-legal.com ofrece esta plantilla de Acuerdo de Devolución de Equipos Colombia como punto de partida práctico. Todo procedimiento de devolución de equipos debe coordinarse con los departamentos de Recursos Humanos y TI del empleador para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de protección de datos bajo la Ley 1581 de 2012 y los requisitos del SG-SST bajo el Decreto 1072 de 2015.
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"Acuerdo de Devolución de Equipos por Terminación — Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/employment/termination/acuerdo-devolucion-equipos-colombia.
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}Preguntas Frecuentes
Conforme al Artículo 149 del CST colombiano, los empleadores en general están prohibidos de realizar descuentos del salario, prestaciones sociales o liquidación final del trabajador sin autorización escrita expresa del trabajador o autorización judicial del Juzgado Laboral del Circuito. Cuando un trabajador saliente no devuelve equipos o devuelve elementos dañados, el empleador no puede retener unilateralmente montos de la liquidación de prestaciones sociales — cesantías, intereses sobre cesantías, prima de servicios y vacaciones — para cubrir costos de reposición o reparación. El empleador tiene dos opciones legales: obtener autorización escrita expresa del trabajador para descontar el monto específico, la cual debe firmarse voluntariamente sin coacción; o acudir al cobro judicial mediante proceso ordinario laboral ante el Juzgado Laboral del Circuito, presentando prueba del valor original del equipo, el daño más allá del desgaste normal y la obligación del trabajador conforme al Artículo 58 numeral 4 del CST. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha sancionado consistentemente a los empleadores que realizan descuentos no autorizados, ordenando el reembolso de los montos retenidos más la indemnización moratoria del Artículo 65 del CST — un día de salario por cada día de retraso en el pago de la liquidación completa.
Cuando un trabajador saliente se niega a devolver equipos de la empresa en Colombia, el empleador dispone de varios remedios legales según las circunstancias. Conforme al Artículo 58 numeral 4 del CST, el trabajador tiene la obligación legal de conservar y devolver los bienes del empleador — el incumplimiento constituye una violación de las obligaciones laborales. Si la relación laboral aún no ha terminado, la negativa puede constituir justa causa de terminación conforme al Artículo 62 numeral 6 del CST (incumplimiento grave de obligaciones) después de seguir el procedimiento del debido proceso requerido por la Sentencia C-593 de 2014 de la Corte Constitucional — notificación escrita, oportunidad de presentar descargos e investigación razonable. Después de la terminación, el empleador puede iniciar un proceso ordinario laboral ante el Juzgado Laboral del Circuito para recuperar el equipo o su valor monetario. Si el equipo retenido constituye abuso de confianza o hurto bajo los Artículos 239 a 250 del Código Penal (Ley 599 de 2000), el empleador puede presentar denuncia penal ante la Fiscalía General de la Nación. Para equipos que contienen información empresarial confidencial o secretos comerciales, el empleador puede solicitar medidas cautelares bajo el Artículo 590 del Código General del Proceso para prevenir la divulgación o destrucción de la información.
Bajo la Ley 1581 de 2012 (Ley de Protección de Datos Personales) y el Decreto 1377 de 2013, los empleadores que actúan como responsables del tratamiento deben implementar procedimientos específicos para el manejo de datos en dispositivos devueltos por trabajadores. El empleador debe realizar borrado seguro de los datos personales de clientes, trabajadores y terceros almacenados en laptops, teléfonos móviles y medios de almacenamiento devueltos, siguiendo las políticas de retención y eliminación de datos establecidas en la política de tratamiento de datos registrada en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El empleador también debe permitir al trabajador saliente recuperar archivos personales — fotografías, documentos personales, archivos de correo personal — almacenados en dispositivos de la empresa antes de realizar el borrado, ya que los trabajadores conservan derechos de habeas data conforme al Artículo 15 de la Constitución Política y el Artículo 8 de la Ley 1581. Para dispositivos que contienen datos sensibles (datos sensibles bajo el Artículo 5 de la Ley 1581) — registros de salud, datos biométricos, afiliaciones políticas o religiosas — el empleador debe aplicar medidas de seguridad reforzadas para la eliminación. La SIC puede imponer sanciones de hasta 2.000 SMLMV conforme al Artículo 23 de la Ley 1581 por violaciones de datos resultantes del manejo inadecuado durante el proceso de devolución de equipos. La documentación del procedimiento de borrado seguro debe conservarse como parte del acuerdo de devolución de equipos.
Los procedimientos de devolución de equipos tienen mayor importancia en las modalidades de teletrabajo bajo la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 884 de 2012, y de trabajo en casa bajo la Ley 2088 de 2021, porque los activos de la empresa se encuentran en el domicilio del trabajador en lugar de las instalaciones del empleador. Conforme al Artículo 6 de la Ley 1221, el empleador es responsable de suministrar y mantener los equipos necesarios para el teletrabajo — computadores, monitores, mobiliario ergonómico, soporte de conectividad a internet — y el contrato de trabajo o el suplemento de teletrabajo debe especificar los equipos entregados. El Artículo 3 del Decreto 884 de 2012 exige que el acuerdo de teletrabajo haga un inventario de todos los equipos entregados al trabajador y establezca las condiciones para su uso y devolución. Cuando la relación laboral termina, el empleador debe coordinar la recolección de equipos — típicamente a través de una empresa de mensajería o logística — con cobertura de seguro adecuada durante el tránsito. El acuerdo debe especificar el plazo para la devolución (típicamente cinco a diez días hábiles después de la fecha de terminación), la parte que asume los costos de envío (generalmente el empleador), y el procedimiento de verificación del estado al recibirlos. Bajo la Ley 2088 de 2021, que regula las modalidades de trabajo en casa, aplican las mismas obligaciones de devolución de equipos. La falta de documentación de la entrega y devolución de equipos en teletrabajo expone al empleador a disputas ante el MinTrabajo y los Juzgados Laborales del Circuito.
Bajo el Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo) y la Resolución 0312 de 2019, los empleadores deben implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) que incluya la gestión y seguimiento de todos los Elementos de Protección Personal (EPP) asignados a cada trabajador. El EPP incluye cascos de seguridad, gafas de seguridad, protección auditiva, mascarillas y respiradores, guantes de seguridad, calzado de seguridad, arneses de seguridad contra caídas y chalecos reflectivos, entre otros elementos clasificados según el nivel de riesgo de la actividad del trabajador conforme al sistema de clasificación de riesgos de la ARL. Al terminar el empleo, el empleador debe recuperar todo el EPP reutilizable y documentar la devolución en el acuerdo de entrega de equipos. El EPP no reutilizable o de uso único que ha alcanzado su vida útil no necesita devolverse. El empleador debe mantener registros de seguimiento del EPP como parte de la documentación del SG-SST para revisión de los inspectores del MinTrabajo bajo los Artículos 485 a 487 del CST y de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) durante auditorías de seguridad ocupacional. La Resolución 0312 de 2019 establece los estándares mínimos del SG-SST basados en la clasificación de riesgo y el número de trabajadores del empleador.
Bajo el derecho laboral colombiano, un trabajador no puede ser responsabilizado por el desgaste normal por el uso (desgaste normal) de equipos utilizados durante la relación laboral. El Artículo 58 numeral 4 del CST exige a los trabajadores conservar los bienes del empleador y devolver instrumentos y materiales en buen estado — pero esta obligación está calificada por el reconocimiento implícito de que las herramientas y equipos se deterioran por el uso normal con el tiempo. La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha sostenido consistentemente que los empleadores deben absorber la depreciación resultante del uso ordinario de los equipos para su propósito previsto. La responsabilidad surge solo cuando el trabajador causa daño por negligencia (culpa), conducta intencional (dolo) o uso del equipo para fines personales no autorizados fuera del alcance del empleo. La carga de demostrar que el daño supera el desgaste normal recae en el empleador conforme a las reglas generales de evidencia del Artículo 167 del Código General del Proceso. En la práctica, el acuerdo de devolución de equipos debe documentar el estado de cada ítem con fotografías o video, comparándolo con el estado original registrado en el acta de entrega. Cuando se identifica daño más allá del desgaste normal, el Artículo 149 del CST exige al empleador obtener autorización escrita del trabajador antes de realizar cualquier descuento de la liquidación, o alternativamente acudir al cobro judicial ante el Juzgado Laboral del Circuito.
Los vehículos de empresa asignados a trabajadores en Colombia requieren procedimientos específicos durante el proceso de devolución de equipos. El vehículo debe devolverse con toda la documentación: tarjeta de propiedad (registrada en el RUNT — Registro Único Nacional de Tránsito bajo la Ley 769 de 2002), SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito bajo el Artículo 42 de la Ley 769 de 2002), certificado vigente de revisión técnico-mecánica (Resolución 3768 de 2013), y cualquier transponder de peaje (TAG o TeleVía). El estado del vehículo debe documentarse mediante una inspección detallada — estado exterior e interior, kilometraje, estado mecánico y cualquier daño más allá del desgaste normal. Cuando el trabajador tenía tarjetas de combustible o cuentas de gestión de flota, estas deben cancelarse y devolverse. Si el vehículo estaba registrado a nombre del trabajador por conveniencia administrativa (práctica común en Colombia), el empleador debe coordinar la transferencia de la tarjeta de propiedad de vuelta a la empresa a través del organismo de tránsito correspondiente conforme a la Ley 769 de 2002 y la Resolución 3768 de 2013. Los comparendos pendientes registrados en el SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito) deben resolverse — el acuerdo debe aclarar la responsabilidad por multas incurridas durante el uso del vehículo por el trabajador.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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