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Parking Space Lease Agreement in Condominium Colombia (Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial)

Acuerdo de Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial Colombia

ACUERDO DE ARRENDAMIENTO DE PARQUEADERO EN CONJUNTO RESIDENCIAL

Ley 820 de 2003 — Ley 675 de 2001 (Propiedad Horizontal) — Código Civil Art. 1973

PARTES CONTRATANTES

ARRENDADOR: [Nombre Arrendador], identificado/a con C.C. / NIT No. [CC Arrendador], domiciliado/a en [Dirección Arrendador] (en adelante "EL ARRENDADOR");

ARRENDATARIO: [Nombre Arrendatario], identificado/a con C.C. / NIT No. [CC Arrendatario], domiciliado/a en [Dirección Arrendatario], teléfono [Teléfono Arrendatario] (en adelante "EL ARRENDATARIO");

Las partes acuerdan celebrar el presente contrato de arrendamiento, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA — OBJETO

EL ARRENDADOR entrega a título de arrendamiento a EL ARRENDATARIO el parqueadero No. [Número Parqueadero], tipo [Tipo Parqueadero], ubicado en el [Nombre Conjunto], con dirección [Dirección Conjunto], con Matrícula Inmobiliaria No. [Matrícula Inmobiliaria], destinado exclusivamente al parqueo de vehículo tipo [Tipo Vehículo].

El parqueadero forma parte de las zonas comunes y/o bienes de uso privado del conjunto residencial conforme a la Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal) y al reglamento de propiedad horizontal vigente del conjunto.

SEGUNDA — PLAZO

El presente contrato tendrá una duración desde el [Fecha Inicio] hasta el [Fecha Terminación]. Vencido el término, el contrato se prorrogará automáticamente en iguales condiciones salvo que cualquiera de las partes notifique su intención de no prorrogarlo con al menos treinta (30) días de antelación a la fecha de vencimiento, conforme al Artículo 22 de la Ley 820 de 2003.

TERCERA — CANON DE ARRENDAMIENTO

3.1 EL ARRENDATARIO pagará a EL ARRENDADOR un canon mensual de arrendamiento de [Canon Mensual], pagadero dentro de los primeros [Día de Pago] de cada mes mediante [Forma de Pago].

3.2 Los incrementos anuales del canon no podrán exceder el ciento por ciento (100%) del incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) certificado por el DANE para el año calendario inmediatamente anterior, conforme al Artículo 20 de la Ley 820 de 2003.

3.3 El retardo en el pago del canon causará intereses de mora a la tasa máxima legal vigente certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

CUARTA — DEPÓSITO DE GARANTÍA

EL ARRENDATARIO entrega a EL ARRENDADOR un depósito de garantía por valor de [Depósito], el cual será devuelto dentro de los treinta (30) días siguientes a la restitución del parqueadero, previa verificación del estado del mismo. EL ARRENDADOR podrá descontar del depósito los daños imputables a EL ARRENDATARIO o cánones pendientes de pago.

QUINTA — OBLIGACIONES DE LAS PARTES

5.1 Obligaciones del Arrendador: (a) entregar el parqueadero en buen estado de funcionamiento; (b) mantener en correcto estado las zonas de acceso comunes al parqueadero; (c) garantizar el uso pacífico del parqueadero durante la vigencia del contrato conforme al Artículo 1982 del Código Civil.

5.2 Obligaciones del Arrendatario: (a) pagar oportunamente el canon pactado; (b) usar el parqueadero exclusivamente para el tipo de vehículo autorizado; (c) cumplir el reglamento de propiedad horizontal del conjunto residencial; (d) no subarrendar el parqueadero sin autorización escrita del arrendador; (e) responder por los daños causados al parqueadero más allá del deterioro normal de uso; (f) pagar las expensas comunes extraordinarias que le correspondan según el reglamento del conjunto.

SEXTA — RESTITUCIÓN Y TERMINACIÓN

Al vencimiento del contrato o ante terminación por causal legal, EL ARRENDATARIO restituirá el parqueadero en el mismo estado en que lo recibió, salvo el deterioro normal. El incumplimiento en la restitución dará derecho a EL ARRENDADOR a iniciar proceso de restitución de inmueble arrendado conforme al Artículo 384 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). Causales de terminación unilateral se rigen por el Artículo 24 de la Ley 820 de 2003.

SÉPTIMA — DISPOSICIONES GENERALES

7.1 El presente contrato se rige por la Ley 820 de 2003, la Ley 675 de 2001 y el Código Civil colombiano.

7.2 EL ARRENDATARIO se compromete a acatar en todo momento el reglamento de propiedad horizontal del [Nombre Conjunto], so pena de terminación del contrato.

7.3 Toda controversia se resolverá ante la Comisión de Convivencia del conjunto o ante los Juzgados Civiles Municipales de [Ciudad Firma], conforme al Artículo 40 de la Ley 675 de 2001.

Suscrito en [Ciudad Firma], el [Fecha Firma], en dos (2) ejemplares de igual valor.

FIRMAS

EL ARRENDADOR:

Firma: _________________________

Nombre: [Nombre Arrendador]

C.C. / NIT: [CC Arrendador]

EL ARRENDATARIO:

Firma: _________________________

Nombre: [Nombre Arrendatario]

C.C. / NIT: [CC Arrendatario]

Arrendador

________________

Signature

Arrendatario

________________

Signature

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What Is a Parking Space Lease Agreement in Condominium Colombia (Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial)?

El Acuerdo de Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial Colombia es un acuerdo de voluntades regido por Ley 820 de 2003 — arrendamiento de inmuebles urbanos en Colombia mediante el cual las partes regulan derechos y obligaciones exigibles ante la jurisdicción colombiana.

En Colombia, los parqueaderos en conjuntos pueden tener tres naturalezas jurídicas distintas según la Ley 675 de 2001: (1) bienes privados independientes con matrícula inmobiliaria propia en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, arrendables libremente bajo la Ley 820 de 2003; (2) bienes comunes de uso exclusivo asignados a una unidad específica, cuyo arrendamiento requiere autorización del reglamento de copropiedad o de la asamblea general; y (3) bienes comunes de uso general administrados por la copropiedad, cuyo arrendamiento solo puede realizarlo el administrador por autorización expresa de la asamblea conforme al Artículo 37 de la Ley 675.

La Ley 820 de 2003 rige el arrendamiento de inmuebles urbanos en Colombia y aplica a los parqueaderos, estableciendo: preaviso de tres meses para no renovación; incremento anual del canon limitado al IPC certificado por el DANE conforme al Artículo 20; y derecho de preferencia en la renovación. El Artículo 2 de la Ley 820 excluye los contratos en que el parqueadero es bien accesorio de una vivienda arrendada, caso en que aplican íntegramente las reglas del arrendamiento de vivienda urbana.

Los juzgados civiles municipales y la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tienen competencia para resolver controversias derivadas de estos contratos. El incumplimiento del arrendatario en el pago del canon habilita al propietario para iniciar el proceso de restitución de bien inmueble arrendado ante el Juez Civil Municipal, regulado en los Artículos 384 a 398 del Código General del Proceso (CGP, Ley 1564 de 2012).

La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, especialmente la Sentencia SC-13925 de 2016, ha establecido que la copropiedad puede ser responsable por daños o robos en el parqueadero si se prueba negligencia en el mantenimiento de la seguridad, bajo el Artículo 2347 del Código Civil (responsabilidad por el hecho ajeno). El reglamento de propiedad horizontal inscrito ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos puede fijar restricciones adicionales sobre el arrendamiento: prohibición de arrendar a personas externas, tipo de vehículos autorizados, horarios de acceso, y requisitos de autorización previa del consejo de administración, conforme al Artículo 3 de la Ley 675 de 2001. La Resolución 5353 de 2020 de la Superintendencia de Notariado y Registro regula los requisitos formales para inscripción de contratos de arrendamiento. forms-legal.com facilita esta plantilla de arrendamiento de parqueadero ajustada a la normativa colombiana de propiedad horizontal y arrendamiento urbano vigente.

El mercado de parqueaderos en conjuntos residenciales de Colombia ha experimentado un crecimiento notable en las principales ciudades del pais. Segun datos de la Federacion Colombiana de Lonjas de Propiedad Raiz (FEDELONJAS), en Bogota existe un deficit de mas de 400.000 cupos de parqueo en zonas residenciales, lo que ha convertido el arrendamiento de parqueaderos en un mercado secundario activo dentro de los conjuntos residenciales. El canon mensual de arrendamiento de un parqueadero en Bogota oscila entre $120.000 y $350.000 pesos segun el estrato socioeconomico y la ubicacion del conjunto, mientras que en ciudades como Medellin, Cali y Barranquilla los valores varian entre $80.000 y $250.000 mensuales. Estos contratos generan obligaciones tributarias especificas: el arrendador persona natural debe declarar los ingresos por arrendamiento de bienes muebles en su declaracion de renta ante la DIAN, y si supera el umbral de retencion en la fuente (articulo 392 del Estatuto Tributario), el arrendatario debe practicar retencion del 3,5% sobre los pagos realizados.

When Do You Need a Parking Space Lease Agreement in Condominium Colombia (Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial)?

El Acuerdo de Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial en Colombia se necesita siempre que un propietario de cupo de parqueadero desee ceder su uso a un tercero a cambio de un canon mensual. Formalizar el acuerdo por escrito protege al propietario frente a: ocupación indefinida al vencer el plazo; incumplimiento en el pago del canon sin documento de prueba para el proceso judicial de restitución; controversias sobre condiciones de uso y responsabilidades por daños; y desconocimiento de la relación contractual por la administración del conjunto.

El contrato escrito es necesario cuando la administración exige registrar el arrendamiento para autorizar el acceso vehicular del arrendatario, práctica habitual en conjuntos con sistemas de control de acceso (tarjetas de proximidad, portones automatizados, cámaras CCTV). El contrato es el soporte que respalda la solicitud de autorización de ingreso ante el consejo de administración conforme a la Ley 675 de 2001.

La importancia del contrato escrito se amplifica en conjuntos de uso mixto regulados por la Ley 675 de 2001, donde el reglamento de copropiedad puede restringir a quiénes se puede arrendar el parqueadero. Si el reglamento prohíbe arriendos a personas externas bajo el Artículo 32 de la Ley 675 y el propietario procede de todas formas, la administración puede negar el acceso e imponer multas establecidas en el reglamento PH.

El acuerdo es indispensable cuando el parqueadero tiene matrícula inmobiliaria independiente y el arrendador desea proteger su derecho a la restitución oportuna. La Ley 820 de 2003 exige comunicar la no renovación con al menos tres meses de antelación mediante escrito, lo que solo es posible si hay un contrato con plazo determinado. Sin contrato escrito, la relación se entiende de término indefinido y la restitución requiere proceso judicial más prolongado ante el Juzgado Civil Municipal bajo los Artículos 384 a 398 del CGP.

El acuerdo también es necesario cuando el propietario arrienda a una persona jurídica para parquear una flota de vehículos, supuesto donde el número de vehículos, los turnos de acceso y las condiciones de uso deben quedar documentados para evitar conflictos con copropietarios bajo los principios de convivencia del Artículo 32 de la Ley 675 de 2001 y el reglamento interno.

What to Include in Your Parking Space Lease Agreement in Condominium Colombia (Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial)

El Acuerdo de Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial en Colombia debe incluir los siguientes elementos esenciales para ser válido y eficaz conforme a la Ley 820 de 2003 y la Ley 675 de 2001:

**Identificación de las partes:** Nombre completo, cédula de ciudadanía, dirección y datos de contacto del arrendador (propietario del cupo) y el arrendatario. Si el arrendador es persona jurídica, incluir razón social, NIT y datos del representante legal autorizado por la asamblea.

**Identificación precisa del parqueadero:** Número o letra del cupo (ej. P-15, cupo B-3), piso o nivel, área aproximada en metros cuadrados, matrícula inmobiliaria si es bien privado independiente, nombre y dirección completa del conjunto residencial o comercial.

**Canon de arrendamiento:** Valor mensual en pesos colombianos (COP), forma de pago (transferencia bancaria, PSE, efectivo), fecha límite de pago dentro del mes, e incremento anual conforme al IPC certificado por el DANE (Artículo 20, Ley 820 de 2003). Todo pacto de incremento superior al IPC es nulo por ministerio de la ley.

**Plazo del contrato:** Fecha de inicio y de terminación. Los contratos se pactan frecuentemente por seis o doce meses con renovación automática, o a término indefinido con preaviso mínimo de tres meses conforme a los Artículos 22 y 24 de la Ley 820 de 2003.

**Depósito en garantía:** Valor del depósito y condiciones de devolución al término del contrato. El Artículo 16 de la Ley 820 limita el depósito a máximo dos cánones mensuales. La retención solo procede para cubrir daños documentados causados por el arrendatario.

**Restricciones de uso:** Prohibición de subarriendo sin autorización escrita; tipo de vehículo autorizado; horario de acceso; y cumplimiento obligatorio del reglamento de propiedad horizontal y las normas internas del conjunto aprobadas por la asamblea de copropietarios bajo la Ley 675.

**Responsabilidad por daños y robo:** Cláusula que exime al arrendador de responsabilidad por robo o daños a vehículos, salvo dolo o culpa grave del administrador debidamente probada, conforme a la Sentencia SC-13925 de 2016 de la Corte Suprema de Justicia y el Artículo 2347 del Código Civil.

**Cláusula de terminación anticipada:** Causales y plazos para dar por terminado el contrato antes del vencimiento, con las penalidades o indemnizaciones conforme al Artículo 25 de la Ley 820 de 2003.

**Conformidad con el reglamento PH:** Declaración expresa del arrendatario de haber recibido, leído y aceptado el reglamento de copropiedad, comprometiéndose a cumplirlo durante la vigencia del contrato conforme al Artículo 3 de la Ley 675 de 2001.

**Autorización de acceso:** Compromiso del arrendador de tramitar ante la administración la autorización de ingreso del vehículo del arrendatario, con placa y datos del conductor principal.

**Firmas y fecha:** Firma del arrendador y el arrendatario con fecha y lugar. Las firmas pueden autenticarse ante notario conforme al Artículo 89 del CGP (Ley 1564 de 2012). El modelo disponible en forms-legal.com incluye todas estas cláusulas adaptadas a la normatividad colombiana vigente.

Consideraciones sobre el reglamento de propiedad horizontal: El Reglamento de Propiedad Horizontal del conjunto, registrado ante la Oficina de Registro de Instrumentos Publicos y aprobado por la Asamblea General de copropietarios conforme a la Ley 675 de 2001, puede imponer restricciones al subarrendamiento de parqueaderos privados. El articulo que regula el uso de bienes privados en muchos reglamentos exige que el subarriendo de parqueadero sea notificado al administrador del conjunto, y algunos reglamentos prohiben el arrendamiento a personas no residentes en el conjunto. El Acuerdo de Arrendamiento de Parqueadero debe verificar previamente estas restricciones reglamentarias. Ademas, el arrendatario queda sujeto al Manual de Convivencia del conjunto y a las normas internas sobre acceso vehicular, horarios de circulacion y uso de zonas comunes conexas al parqueadero.

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Forms Legal. (2026). Parking Space Lease Agreement in Condominium Colombia (Arrendamiento de Parqueadero en Conjunto Residencial) (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/real-estate/leases/parking-space-lease-condominium-colombia

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