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Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia

Parking Space Rental Agreement Colombia (Contrato de Arrendamiento de Parqueadero)

Ley 820 de 2003 — Codigo Civil Art. 1973 — Ley 675 de 2001

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE PARQUEADERO

Contrato de Arrendamiento de Parqueadero regulado por la Ley 820 de 2003, el Artículo 1973 del Código Civil y la Ley 675 de 2001 (Régimen de Propiedad Horizontal)

PRIMERA. — PARTES CONTRATANTES

El presente Contrato de Arrendamiento de Parqueadero se celebra entre:

ARRENDADOR: [Owner Name], identificado(a) con [Owner CC/NIT], tipo de propietario: [Owner Type], con domicilio en [Owner Address], teléfono [Owner Phone], correo electrónico [Owner Email] (en adelante el "Arrendador").

ARRENDATARIO: [Renter Name], identificado(a) con [Renter CC/CE], con dirección actual en [Renter Address], teléfono [Renter Phone], correo electrónico [Renter Email] (en adelante el "Arrendatario").

SEGUNDA. — PARQUEADERO OBJETO DEL CONTRATO

El Arrendador entrega al Arrendatario, a título de arrendamiento, el siguiente parqueadero:

Edificio / Conjunto: [Building Name] | Dirección: [Building Address]

Parqueadero: [Parking Number] | Nivel: [Parking Level] | Tipo: [Parking Type]

Clasificación conforme a la Ley 675 de 2001: [Property Classification]. Matrícula Inmobiliaria: [Matricula Inmobiliaria] (ORIP).

TERCERA. — VEHÍCULO AUTORIZADO

El siguiente vehículo queda autorizado para usar el parqueadero objeto del presente contrato:

Marca/Modelo: [Vehicle Make] | Color: [Vehicle Colour] | Placa: [Vehicle Plate] | Tipo: [Vehicle Type]

El vehículo deberá mantener vigentes el SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito) y la Revisión Técnico-Mecánica conforme a la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito). Cualquier cambio en el vehículo autorizado requerirá notificación escrita previa al Arrendador.

CUARTA. — PLAZO Y ACCESO

El arrendamiento inicia el [Start Date] por un período de [Rental Duration] mes(es). Los contratos mes a mes podrán ser terminados por cualquiera de las partes con treinta (30) días de aviso escrito previo. Los contratos a plazo fijo se renovarán automáticamente por períodos iguales, salvo que cualquiera de las partes notifique su intención de no renovar con al menos treinta (30) días de anticipación al vencimiento.

Horario de acceso: [Access Hours]. Dispositivo de acceso: [Access Device]. El Arrendatario deberá devolver todos los dispositivos de acceso al terminar el contrato. Los dispositivos perdidos o dañados serán reemplazados a costo del Arrendatario.

QUINTA. — CANON DE ARRENDAMIENTO Y FORMA DE PAGO

El Arrendatario pagará un canon mensual de [Monthly Rent] pesos colombianos (COP), pagadero el [Payment Day] de cada mes calendario.

Forma de Pago: [Payment Method]. El Arrendador expedirá recibo de pago por cada canon recibido.

Los ajustes anuales del canon se indexarán al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). El Arrendador notificará con al menos treinta (30) días de anticipación antes de aplicar cualquier ajuste anual.

SEXTA. — CUOTA DE ADMINISTRACIÓN

Cuota de administración incluida en el canon: [Includes Admin Fee].

SÉPTIMA. — RESPONSABILIDAD Y SEGUROS

Responsabilidad por daños al vehículo: [Liability Arrangement].

Seguro todo riesgo del vehículo: [Vehicle Insurance Required]. El Arrendatario deberá mantener vigente el SOAT en todo momento conforme a la Ley 769 de 2002. El Arrendador no responde por los objetos dejados dentro del vehículo.

El Arrendatario responderá por los daños causados al parqueadero, a los espacios adyacentes o a las zonas comunes del edificio como consecuencia del uso del vehículo o de su negligencia, conforme a los Artículos 2341-2360 del Código Civil.

OCTAVA. — REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL

El Arrendatario se compromete a cumplir el reglamento de propiedad horizontal del edificio conforme a la Ley 675 de 2001, incluyendo: respetar los límites de velocidad dentro del edificio; abstenerse de realizar mantenimiento, reparaciones o lavado de vehículos en el área del parqueadero; evitar el almacenamiento de materiales inflamables, explosivos o peligrosos; mantener limpio el espacio asignado; y cumplir las normas de seguridad contra incendios de la Resolución 0256 de 2014.

El incumplimiento del reglamento de propiedad horizontal podrá dar lugar a sanciones impuestas por el administrador de propiedad horizontal y constituye causal de terminación del presente contrato.

NOVENA. — TERMINACIÓN DEL CONTRATO

Cualquiera de las partes podrá dar por terminado el presente contrato por las siguientes causales: mora en el pago de dos o más cánones consecutivos; incumplimiento de las restricciones sobre el tipo o uso del vehículo; daños al parqueadero o áreas adyacentes; violación del reglamento de propiedad horizontal; o necesidad del arrendador de utilizar el espacio para su propio vehículo, con treinta (30) días de aviso escrito previo.

Al terminar el contrato, el Arrendatario deberá desocupar el parqueadero, devolver todos los dispositivos de acceso y retirar el vehículo autorizado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. La terminación por mutuo acuerdo escrito es válida conforme al Artículo 1602 del Código Civil.

DÉCIMA. — SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Cualquier controversia derivada del presente contrato se someterá previamente a conciliación extrajudicial ante un Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y del Derecho, en cumplimiento de la Ley 640 de 2001. Si la conciliación fracasa, el asunto será resuelto por el Juzgado Civil Municipal del lugar donde se ubica el inmueble, conforme al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).

DÉCIMA PRIMERA. — CLÁUSULAS ADICIONALES

[Additional Clauses]

FIRMAS

El presente contrato se suscribe en dos (2) originales de igual valor legal en [Signature City], el [Signature Date], en pleno cumplimiento del Código Civil de Colombia y la Ley 675 de 2001.

Arrendador (Owner)

[Owner Name]

Signature

Arrendatario (Renter)

[Renter Name]

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia

El Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia es un contrato regulado por Ley 820 de 2003 y Codigo Civil art. 1973 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

El Artículo 1973 del Código Civil colombiano define el arrendamiento como el contrato en que una parte proporciona el uso de una cosa a cambio de un precio, y los arrendamientos de parqueadero quedan dentro de este marco general. Los parqueaderos en edificios residenciales y comerciales de Colombia se clasifican bajo la Ley 675 de 2001 (Ley de Propiedad Horizontal) como bienes privados (unidades de propiedad independiente) con números de matrícula inmobiliaria individuales asignados por la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP), o como bienes comunes que pertenecen a la copropiedad y son administrados por el administrador de propiedad horizontal.

El Artículo 22 de la Ley 675 de 2001 establece que los parqueaderos privados constituyen unidades de propiedad independiente que sus propietarios pueden arrendar, vender o gravar libremente, sujeto al reglamento de propiedad horizontal del edificio. El Artículo 23 regula los parqueaderos designados como bienes comunes de uso exclusivo — propiedad común asignada para uso exclusivo de propietarios de unidades específicas — que solo pueden arrendarse conforme al reglamento y las resoluciones adoptadas por la asamblea general de copropietarios.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) regula las operaciones de parqueadero comercial (parqueaderos públicos y parqueaderos de establecimientos de comercio) bajo la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y el Decreto 798 de 2010, que establecen obligaciones sobre la seguridad vehicular, la responsabilidad por daños, la divulgación de tarifas y la expedición de tiquetes. Los operadores de parqueadero deben exhibir sus tarifas en un lugar visible, expedir tiquetes o comprobantes por cada transacción de parqueo, y asumir la responsabilidad por daños, hurto o pérdida de accesorios ocurridos dentro de las instalaciones bajo la obligación de custodia reconocida por la Corte Suprema de Justicia Sala Civil.

El Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia tiene especial relevancia en Bogotá (estratos 4-6 de Chapinero, Usaquén y Zona Rosa), Medellín (El Poblado y Laureles), Cali (Ciudad Jardín), Barranquilla (Buenavista y Alto Prado) y Cartagena (Bocagrande), donde la alta densidad vehicular y los valores de los inmuebles hacen que los parqueaderos privados representen una inversión significativa. Los propietarios de parqueaderos registrados como unidades privadas de propiedad horizontal pueden arrendarlos a residentes del edificio o a terceros externos, generando una fuente de ingresos pasivos regulada por el derecho civil e inmobiliario colombiano.

Cuándo necesitas Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia

El Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia es necesario cada vez que el propietario de un parqueadero arrienda un espacio designado para estacionamiento de vehículos a un arrendatario bajo el marco de la Ley 820 de 2003, el Artículo 1973 del Código Civil y la Ley 675 de 2001 cuando el espacio está dentro de un edificio en propiedad horizontal.

Los propietarios de edificios residenciales en Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y otras ciudades colombianas que posean parqueaderos privados como unidades de propiedad independiente bajo el Artículo 22 de la Ley 675 de 2001 y deseen arrendarlos a residentes del edificio, residentes vecinos o terceros, necesitan contratos formales que especifiquen el tipo de vehículo permitido, los horarios de acceso, el monto del canon y el cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal del edificio.

Los administradores de propiedad horizontal autorizados por la asamblea general de copropietarios para arrendar parqueaderos de zonas comunes (parqueaderos de visitantes o parqueaderos comunales) para generar ingresos para el fondo de imprevistos de la copropiedad o compensar las cuotas de administración, necesitan contratos de arrendamiento aprobados por el consejo de administración bajo la Ley 675 de 2001.

Los propietarios de edificios comerciales y empresas administradoras de propiedades que arriendan parqueaderos en torres de oficinas, centros comerciales y desarrollos de uso mixto — incluyendo el Centro Comercial Andino, la Torre Colpatria y el Centro Empresarial Sarmiento Angulo en Bogotá — a arrendatarios comerciales como espacios complementarios a sus arrendamientos de oficina o local, necesitan contratos independientes de arrendamiento de parqueadero que establezcan el canon mensual, las disposiciones sobre el carné de acceso y los términos de responsabilidad.

Los propietarios de vehículos que carecen de parqueadero residencial y necesitan arrendar espacios en edificios cercanos o parqueaderos cubiertos o al aire libre requieren contratos formales que protejan su vehículo durante el período de arrendamiento, especificando la obligación de custodia del operador del parqueadero, la responsabilidad por daños bajo los Artículos 2341 a 2360 del Código Civil, y la cobertura de seguros.

Las empresas que arriendan múltiples parqueaderos para flotas de empleados — vehículos comerciales, camionetas de reparto o autos corporativos registrados en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito) bajo la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) — necesitan contratos corporativos de arrendamiento de parqueadero que regulen la identificación de la flota, la autorización de conductores, el acceso las 24 horas y los descuentos por volumen.

Qué incluir en tu Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia

Un Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia válido bajo la Ley 820 de 2003, el Artículo 1973 del Código Civil y la Ley 675 de 2001 debe contener los siguientes elementos esenciales para cumplir el derecho de propiedad raíz colombiano y proteger al propietario del parqueadero y al arrendatario.

Identificación de las Partes: Nombre completo y número de cédula de ciudadanía (CC) para personas naturales. Las personas jurídicas deben aportar el NIT (Número de Identificación Tributaria) asignado por la DIAN. Cuando el parqueadero sea arrendado por una copropiedad a través del administrador de propiedad horizontal, el contrato debe identificar la copropiedad por su NIT, el nombre del edificio y el nombre y CC del administrador, actuando en virtud de la resolución de la asamblea general que autoriza el arrendamiento.

Descripción del Parqueadero: El número o designación del parqueadero conforme al reglamento de propiedad horizontal o los planos del edificio. La ubicación dentro del edificio — nivel sótano, primer piso, terraza — debe especificarse. Para espacios registrados como unidades de propiedad independiente (bienes privados), el número de matrícula inmobiliaria de la ORIP y la cédula catastral del IGAC o la oficina de catastro municipal deben incluirse. Las dimensiones (largo, ancho) en metros y el tipo de espacio — cubierto, descubierto, sencillo, doble o tándem — deben indicarse.

Datos del Vehículo: Marca, modelo, color, número de placa del vehículo del arrendatario registrado en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito) bajo la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), y tipo de vehículo (automóvil, camioneta SUV, motocicleta, van). Pueden autorizarse múltiples vehículos con aprobación previa del arrendador, sujeto a las dimensiones del parqueadero y las restricciones del reglamento del edificio.

Plazo y Acceso: La fecha de inicio del arrendamiento, la duración y las condiciones de renovación. Los horarios de acceso — acceso las 24 horas o horario restringido conforme al reglamento de propiedad horizontal del edificio — deben especificarse. El contrato debe regular la provisión de dispositivos de acceso — controles remotos, tarjetas magnéticas de acceso, calcomanías o sistemas de acceso por aplicación móvil — y la obligación del arrendatario de devolver los dispositivos de acceso al término del contrato.

Canon Mensual y Forma de Pago: El monto mensual del canon en pesos colombianos (COP), la fecha de pago y los medios de pago aceptados. Los cánones de parqueadero se negocian libremente bajo el principio de autonomía de la voluntad (Artículo 1602 del Código Civil) — el tope de canon residencial del 1% del valor comercial del Artículo 18 de la Ley 820 no aplica a los arrendamientos independientes de parqueadero. El mecanismo de reajuste anual del canon — habitualmente indexado al IPC del DANE — debe indicarse.

Responsabilidad y Seguros: Distribución de la responsabilidad por daños al vehículo, hurto o pérdida de accesorios. Bajo la obligación de custodia reconocida por la Corte Suprema de Justicia Sala Civil, los operadores de parqueadero del edificio asumen la responsabilidad de la custodia del vehículo durante el período de parqueo. El contrato debe especificar si el propietario del parqueadero mantiene seguro de responsabilidad civil que cubra daños al vehículo, o si el arrendatario debe mantener su propio seguro todo riesgo con una aseguradora vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Cumplimiento del Reglamento: La obligación del arrendatario de cumplir el reglamento de propiedad horizontal del edificio bajo la Ley 675 de 2001, incluyendo: límites de velocidad dentro del edificio, prohibición de mantenimiento o reparación de vehículos en el área de parqueo, restricciones de ruido, prohibición de almacenar materiales inflamables, y cumplimiento de las normas de seguridad contra incendios de la Resolución 0256 de 2014.

Cuota de Administración: Si la cuota de administración mensual evaluada por la copropiedad bajo la Ley 675 de 2001 para la unidad de parqueadero está incluida en el canon o es pagadera por separado por el arrendatario. La cuota de administración cubre el mantenimiento de zonas comunes, servicios de vigilancia, iluminación y mantenimiento estructural de las instalaciones de parqueo.

forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia incorporando los requisitos de propiedad horizontal de la Ley 675 de 2001 y las disposiciones contractuales del Código Civil. Los propietarios y arrendatarios de parqueaderos en ciudades colombianas deben consultar a un abogado especialista en derecho inmobiliario colombiano para adaptar el contrato a las normas específicas del edificio y las ordenanzas municipales de parqueadero.

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Forms Legal. (2026). Contrato de Arrendamiento de Parqueadero Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/real-estate/leases/contrato-arrendamiento-parqueadero-colombia

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Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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