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Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia

Commercial Lease Agreement Colombia (Contrato de Arrendamiento Comercial)

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO COMERCIAL

(Commercial Lease Agreement)

Codigo de Comercio Arts. 518-524

En [Sign City], a los [Sign Date], entre:

ARRENDADOR:

[Landlord Name], identificado(a) con NIT/C.C. [Landlord NIT], representado(a) por [Landlord Rep Name], con domicilio en [Landlord Address].

ARRENDATARIO:

[Tenant Name], identificado(a) con NIT/C.C. [Tenant NIT], representado(a) por [Tenant Rep Name], con domicilio en [Tenant Address].

Quienes en adelante se denominaran "LAS PARTES", celebran el presente Contrato de Arrendamiento Comercial conforme a las siguientes clausulas:

PRIMERA. — OBJETO

El ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO, a titulo de arrendamiento comercial conforme a los Articulos 518 a 524 del Codigo de Comercio, el siguiente inmueble:

Direccion: [Premises Address].

Area: [Premises Area].

Matricula inmobiliaria: [Matricula No].

Uso permitido: [Permitted Use].

SEGUNDA. — CANON DE ARRENDAMIENTO

El canon mensual de arrendamiento se fija en [Monthly Rent], pagadero dentro de los cinco (5) primeros dias calendario de cada mes mediante consignacion o transferencia bancaria a la cuenta designada por el ARRENDADOR.

Incremento anual: El canon se ajustara anualmente conforme a: [Rent Adjustment], a partir del aniversario de la fecha de inicio del contrato.

Cuota de administracion: [Admin Fee], a cargo del ARRENDATARIO, pagadera conjuntamente con el canon mensual.

TERCERA. — PLAZO Y RENOVACION

El presente contrato tendra una vigencia de [Lease Term]. Conforme al Articulo 518 del Codigo de Comercio, el ARRENDATARIO que haya ocupado el inmueble con un establecimiento de comercio por dos (2) o mas anos consecutivos tendra derecho a la renovacion del contrato, salvo las causales establecidas en dicho articulo.

El ARRENDADOR que desee no renovar el contrato debera enviar desahucio al ARRENDATARIO con no menos de seis (6) meses de anticipacion a la fecha de vencimiento, conforme al Articulo 519 del Codigo de Comercio.

CUARTA. — DEPOSITO DE GARANTIA

El ARRENDATARIO entrega al ARRENDADOR un deposito de garantia por valor de [Security Deposit], destinado a cubrir eventuales danos al inmueble, servicios publicos pendientes y cuotas de administracion adeudadas. El deposito sera devuelto al ARRENDATARIO dentro de los treinta (30) dias siguientes a la restitucion del inmueble, previa verificacion del estado del local y liquidacion de saldos.

QUINTA. — OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR

El ARRENDADOR se obliga a: (a) entregar el inmueble en buen estado de mantenimiento y aptitud para el uso comercial pactado; (b) mantener la estructura, techos, fachada y redes principales de servicios publicos en buen estado; (c) respetar el derecho de renovacion del ARRENDATARIO conforme al Articulo 518 del Codigo de Comercio; (d) no perturbar el goce pacifico del inmueble por parte del ARRENDATARIO; y (e) devolver el deposito de garantia conforme a lo pactado.

SEXTA. — OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO

El ARRENDATARIO se obliga a: (a) pagar puntualmente el canon de arrendamiento, la cuota de administracion y los servicios publicos; (b) utilizar el inmueble exclusivamente para el uso comercial pactado; (c) no subarrendar ni ceder el contrato sin autorizacion escrita del ARRENDADOR; (d) mantener el inmueble en buen estado, realizando las reparaciones locativas a su cargo; (e) cumplir con el reglamento de propiedad horizontal aplicable; (f) obtener y mantener vigentes las licencias y permisos municipales requeridos para la actividad comercial; y (g) restituir el inmueble al vencimiento del contrato en las mismas condiciones en que fue recibido, salvo el desgaste natural por el uso.

SEPTIMA. — MEJORAS

Las mejoras necesarias para la conservacion del inmueble seran a cargo del ARRENDADOR. Las mejoras utiles requeriran autorizacion escrita previa del ARRENDADOR. Las mejoras voluptuarias seran a cargo exclusivo del ARRENDATARIO y podran ser retiradas al vencimiento del contrato siempre que no causen dano al inmueble. Las mejoras autorizadas no retiradas quedaran en beneficio del inmueble conforme al Articulo 1993 del Codigo Civil.

OCTAVA. — TERMINACION ANTICIPADA

Constituyen causales de terminacion anticipada: (a) mora en el pago del canon de arrendamiento por mas de un (1) mes; (b) uso del inmueble para actividades distintas al uso pactado o actividades ilicitas; (c) subarrendamiento o cesion sin autorizacion; (d) danos graves al inmueble causados por el ARRENDATARIO; (e) incumplimiento del reglamento de propiedad horizontal. La parte que termine anticipadamente sin justa causa debera pagar a la otra una penalidad equivalente a tres (3) meses de canon de arrendamiento.

NOVENA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCION

El presente contrato se rige por las leyes de la Republica de Colombia: Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971) Articulos 518 a 524, Codigo Civil Articulos 1973 a 2044, y Ley 675 de 2001 para inmuebles en propiedad horizontal. Las controversias seran resueltas por los Juzgados Civiles del Circuito de [Sign City].

FIRMAS

ARRENDADOR:

[Landlord Name]

NIT/C.C.: [Landlord NIT]

Representante Legal: [Landlord Rep Name]

Firma: _________________________

ARRENDATARIO:

[Tenant Name]

NIT/C.C.: [Tenant NIT]

Representante Legal: [Tenant Rep Name]

Firma: _________________________

Landlord (Arrendador)

________________

Signature

Tenant (Arrendatario)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia

El Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia es un contrato regulado por CCo arts. 518-524 y CC arts. 1973-2044 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

El Código de Comercio otorga al arrendatario comercial protecciones especiales que distinguen el arrendamiento comercial del arrendamiento civil ordinario regulado por los Artículos 1973 a 2044 del Código Civil y la Ley 820 de 2003 (aplicable exclusivamente al arrendamiento de vivienda urbana). Conforme al Artículo 518 del CCo, el arrendatario comercial que lleve dos o más años consecutivos ocupando el inmueble con un establecimiento de comercio adquiere el derecho de renovación: el arrendador no puede negarse a renovar el contrato salvo que concurra alguna de las causales taxativas del Artículo 518 — necesidad del inmueble para uso comercial propio o para reparaciones estructurales mayores que exijan desocupación.

El Artículo 519 del CCo establece el procedimiento de desahucio — el arrendador debe notificar por escrito su intención de no renovar con al menos seis meses de antelación a la fecha de vencimiento. La omisión del desahucio oportuno produce la renovación automática del contrato bajo los mismos términos (reconducción) conforme al Artículo 520 del CCo. La Corte Suprema de Justicia — Sala de Casación Civil en la sentencia SC-2017-0145 confirmó que el requisito del desahucio es una norma imperativa que no puede renunciarse contractualmente.

El Artículo 521 del CCo establece la indemnización por desahucio: cuando el arrendador termina válidamente el contrato comercial, el arrendatario tiene derecho a una compensación calculada sobre el valor comercial de las mejoras realizadas al inmueble y la pérdida de la clientela asociada a la ubicación. El Artículo 522 del CCo otorga al arrendatario el derecho de preferencia: si el arrendador arrienda nuevamente el inmueble dentro de los seis meses siguientes a la salida del arrendatario, el anterior arrendatario tiene prioridad para arrendar bajo las mismas condiciones ofrecidas a terceros.

El Artículo 333 de la Constitución Política de 1991 protege la libertad de empresa y establece que la actividad económica y la iniciativa privada son libres dentro de los límites del bien común. La Corte Constitucional en la Sentencia C-598 de 2011 declaró la constitucionalidad de las protecciones del arrendatario comercial de los Artículos 518 a 524 del CCo, señalando que equilibran el derecho de propiedad del arrendador (Artículo 58) con el derecho constitucional al trabajo (Artículo 25) y a la libertad de empresa (Artículo 333) del arrendatario.

El régimen de reajuste del canon en arrendamientos comerciales se rige por el principio de autonomía de la voluntad del Artículo 4 del CCo — a diferencia del arrendamiento de vivienda donde la Ley 820 de 2003 Artículo 20 limita los incrementos anuales al IPC, los reajustes de canon en arrendamientos comerciales se negocian libremente entre las partes. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede intervenir cuando los términos del arrendamiento comercial constituyan cláusulas abusivas bajo la Ley 1480 de 2011, especialmente en contratos de arrendamiento en centros comerciales donde el arrendador impone condiciones estandarizadas.

Cuándo necesitas Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia

El Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia es necesario cada vez que una empresa requiere un local físico para actividades comerciales — tiendas minoristas, oficinas, restaurantes, bodegas, fábricas, clínicas o cualquier establecimiento de comercio según la definición del Artículo 515 del CCo.

Los comerciantes y empresas que abren locales en ciudades colombianas — Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Bucaramanga — necesitan este contrato para asegurar el inmueble bajo el marco protector de los Artículos 518 a 524 del CCo. El derecho de renovación del Artículo 518 adquiere especial valor tras dos años de ocupación continua, protegiendo la inversión del arrendatario en la clientela específica de la ubicación y el aviamiento comercial.

Los operadores de restaurantes y establecimientos de hostelería — un sector importante en el mercado inmobiliario comercial colombiano — necesitan contratos de arrendamiento comercial con disposiciones específicas sobre infraestructura de cocinas, sistemas de extracción, conexiones de agua y gas, y cumplimiento de la Resolución 2674 de 2013 del Ministerio de Salud (normas sanitarias para establecimientos de alimentos). Conforme al Artículo 516 del CCo, la inversión del arrendatario en mejoras puede formar parte del establecimiento de comercio y afecta el cálculo de la indemnización del Artículo 521.

Las firmas de servicios profesionales — abogados, contadores, médicos, arquitectos — que arriendan espacios de oficinas en edificios comerciales colombianos necesitan contratos formales que definan el uso permitido, las obligaciones sobre zonas comunes (administración) y el cumplimiento del reglamento de propiedad horizontal de la Ley 675 de 2001 cuando el inmueble esté sometido a ese régimen.

Las empresas manufactureras e industriales que arriendan bodegas o plantas industriales en zonas industriales colombianas — Zona Industrial de Puente Aranda (Bogotá), Zona Industrial de Yumbo (Cali), Zona Franca de Barranquilla — necesitan contratos de arrendamiento comercial que regulen el uso industrial intensivo, el cumplimiento ambiental bajo el Decreto 1076 de 2015 y las modificaciones estructurales requeridas para las operaciones de manufactura.

Los operadores de franquicias y cadenas comerciales que expanden sus operaciones por las ciudades colombianas necesitan contratos de arrendamiento comercial estandarizados que cumplan tanto las protecciones del CCo para arrendatarios comerciales como el marco regulatorio de las franquicias bajo el Decreto 2153 de 1992 y las directrices de la SIC.

Qué incluir en tu Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia

Un Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia válido bajo los Artículos 518 a 524 del CCo y los Artículos 1973 a 2044 del Código Civil debe contener los siguientes elementos para su ejecutabilidad y para activar las protecciones al arrendatario comercial.

Identificación de las Partes: Identificación completa del arrendador y del arrendatario — para personas naturales: cédula de ciudadanía y domicilio; para personas jurídicas: razón social, NIT, matrícula en la Cámara de Comercio y representante legal con sus facultades. Cuando el arrendador es propietario de una unidad sometida a propiedad horizontal, el contrato debe referenciar la matrícula inmobiliaria en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP).

Descripción del Inmueble: Identificación detallada del local comercial — dirección completa, área en metros cuadrados, piso o nivel, parqueaderos, depósitos y anexos. El contrato debe referenciar el certificado de tradición y libertad de la ORIP y, para inmuebles en propiedad horizontal, el reglamento de propiedad horizontal bajo la Ley 675 de 2001.

Uso Permitido: Especificación de la actividad comercial autorizada en el inmueble — el derecho de renovación del Artículo 518 del CCo está vinculado a la operación de un establecimiento de comercio (Artículo 515 del CCo), por lo que el uso permitido debe describir claramente la actividad comercial. El contrato debe regular las restricciones al cambio de uso y al subarrendamiento (Artículo 2004 del Código Civil).

Canon y Reajustes: El monto mensual del canon, la fecha de pago, el medio de pago y el mecanismo de reajuste anual. A diferencia del arrendamiento de vivienda limitado por el IPC bajo la Ley 820 de 2003, los reajustes en arrendamientos comerciales se negocian libremente — las fórmulas habituales incluyen IPC más un diferencial, porcentaje fijo anual o ajustes basados en avalúo comercial. El contrato debe regular los cargos adicionales: cuota de administración, servicios públicos e impuesto predial.

Plazo y Renovación: El plazo inicial (habitualmente uno a cinco años para arrendamientos comerciales), las condiciones de renovación y el derecho de renovación del Artículo 518 del CCo. El contrato debe reconocer el derecho estatutario del arrendatario a la renovación tras dos años de ocupación continua con un establecimiento de comercio. El procedimiento de desahucio del Artículo 519 exige que el arrendador notifique por escrito su intención de no renovar con al menos seis meses de antelación.

Mejoras: Tratamiento de las mejoras — útiles (que incrementan el valor del inmueble), necesarias (que previenen el deterioro) y voluptuarias (de lujo o estética). Conforme al Artículo 1993 del Código Civil, el arrendatario tiene derecho al reembolso de las mejoras útiles y necesarias salvo pacto en contrario. El Artículo 521 del CCo incluye el valor comercial de las mejoras en el cálculo de la indemnización por desahucio.

Depósito y Garantías: El monto del depósito de garantía — habitualmente uno a tres meses de canon — y las condiciones para su devolución. El contrato puede exigir garantías adicionales: fianza personal, póliza de cumplimiento de una aseguradora o pagaré en blanco con carta de instrucciones.

Mantenimiento y Reparaciones: Distribución de responsabilidades de mantenimiento — el arrendador mantiene habitualmente los elementos estructurales (estructura, cubierta, fachada) mientras el arrendatario mantiene los acabados interiores, instalaciones y equipos. El contrato debe regular las obligaciones de reparación, los procedimientos de inspección y el proceso para solicitar reparaciones a cargo del arrendador.

Causales de Terminación: Causales específicas de terminación anticipada — mora en el pago del canon, uso no autorizado o subarrendamiento, daños estructurales causados por el arrendatario, y eventos de fuerza mayor que hagan inhabitable el inmueble. Conforme al Artículo 2008 del Código Civil, el arrendador puede terminar el contrato por mora en el pago del canon previo requerimiento judicial.

forms-legal.com ofrece esta plantilla de Contrato de Arrendamiento Comercial Colombia para establecer obligaciones claras en arrendamientos comerciales. Cada contrato debe ser revisado por un abogado especialista en derecho inmobiliario para confirmar el cumplimiento de los Artículos 518 a 524 del CCo, la Ley 675 de 2001 para inmuebles en propiedad horizontal, y las normas municipales de uso del suelo.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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