Skip to main content

Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia

Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia

ACUERDO DE MODELO DE NEGOCIO DE ECONOMÍA CIRCULAR

CONPES 3874 de 2016 — Ley 99 de 1993 — Resolución 1407 de 2018 (REP) — Código de Comercio Art. 864

PARTES

OPERADOR: [Nombre Operador], NIT [NIT Operador], domiciliado/a en [Domicilio Operador], representado/a por [Representante Operador] (en adelante "EL OPERADOR");

SOCIO: [Nombre Socio], NIT / C.C. [NIT Socio], domiciliado/a en [Domicilio Socio], en calidad de [Rol Socio] (en adelante "EL SOCIO");

Las partes acuerdan implementar el siguiente modelo de negocio de economía circular conforme a las cláusulas del presente acuerdo:

PRIMERA — OBJETO Y MODELO CIRCULAR

Las partes acuerdan implementar un modelo de negocio de economía circular de tipo [Tipo Modelo], cuya descripción y flujos de materiales son los siguientes: [Descripción Modelo].

Los materiales o flujos de residuos cubiertos por el presente acuerdo son: [Materiales Circulares].

SEGUNDA — INDICADORES AMBIENTALES Y METAS DE CIRCULARIDAD

Las partes se comprometen a alcanzar los siguientes indicadores de desempeño ambiental (KPIs): [KPIs Ambientales].

Los KPIs se medirán anualmente conforme a la metodología del GHG Protocol y los estándares del IDEAM aplicables. Las partes presentarán un Informe de Gestión Circular anual con los resultados medidos por auditor independiente.

TERCERA — MODELO FINANCIERO Y DISTRIBUCIÓN

[Modelo Financiero].

Los precios y tarifas acordados deben respetar el principio de plena competencia (arm's length) conforme al Artículo 90 del Estatuto Tributario si las partes son empresas relacionadas. La distribución de ingresos por venta de materiales recuperados o reciclados se realizará conforme a lo pactado en el presente acuerdo.

CUARTA — CUMPLIMIENTO REP Y AMBIENTAL

Las partes cumplirán las obligaciones de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) conforme a la Resolución 1407 de 2018 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), reportando al Sistema de Información Ambiental (SIAC) los datos de material recuperado y reciclado. La parte responsable de obtener y mantener la licencia ambiental o Plan de Gestión de Residuos ([Licencia Ambiental]) la presentará a la contraparte como condición previa al inicio de operaciones, conforme al Decreto 1076 de 2015.

QUINTA — PLAZO, RENOVACIÓN Y SALIDA

5.1 El presente acuerdo tendrá una duración de [Plazo Contrato].

5.2 Al vencimiento, el acuerdo se renovará automáticamente por períodos iguales salvo notificación escrita de no renovación con noventa (90) días de anticipación.

5.3 Ante terminación anticipada, las partes acordarán el cese ordenado de los flujos de materiales, la disposición de inventarios y la continuación de las obligaciones REP para productos ya colocados en el mercado.

SEXTA — PROTECCIÓN DE DATOS E INFORMACIÓN

Los datos de flujos de materiales, clientes y operaciones recopilados en el marco del modelo circular son confidenciales. El tratamiento de datos personales de consumidores finales en programas de recuperación cumple la Ley 1581 de 2012 (Ley de Habeas Data) y el Decreto 1377 de 2013. La propiedad intelectual sobre los datos agregados e información analítica del modelo circular pertenece a EL OPERADOR salvo pacto en contrario.

SÉPTIMA — RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Toda controversia se resolverá mediante: (1) negociación directa de buena fe por treinta (30) días; (2) mediación ante el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de [Ciudad Firma] conforme a la Ley 640 de 2001; (3) arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, bajo la Ley 1563 de 2012, con derecho colombiano como lex causae.

Suscrito en [Ciudad Firma], el [Fecha Firma], en dos (2) ejemplares originales.

FIRMAS

EL OPERADOR:

Firma: _________________________

Razón social: [Nombre Operador]

NIT: [NIT Operador]

Representante Legal: [Representante Operador]

EL SOCIO:

Firma: _________________________

Nombre: [Nombre Socio]

NIT / C.C.: [NIT Socio]

Operador de Economía Circular

________________

Signature

Socio / Proveedor / Cliente

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia

El Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia es un acuerdo de voluntades regido por CONPES 3874 de 2016 y Ley 1819 de 2016 (Economía Circular) mediante el cual las partes regulan derechos y obligaciones exigibles ante la jurisdicción colombiana.

En Colombia, el marco legal para las operaciones de economía circular se construye sobre varios pilares. La Ley 99 de 1993 estableció las obligaciones ambientales fundamentales de las entidades comerciales. El Decreto 1076 de 2015 consolidó el marco regulatorio para la gestión de residuos. El CONPES 3874 de 2016 estableció la política nacional de residuos sólidos, incluyendo metas para la desviación de residuos de rellenos sanitarios. La Resolución 1407 de 2018 del MADS estableció el marco de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) para envases y empaques.

El Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular sirve un propósito diferente al de un contrato de gestión de residuos. Mientras éste último simplemente terceriza la disposición de residuos, el acuerdo de economía circular reestructura la relación comercial misma alrededor de principios circulares: convirtiendo ventas de productos en modelos de producto como servicio (PaaS), estableciendo ciclos de retorno de materiales, o creando intercambios simbióticos donde los residuos de una parte se convierten en materiales de entrada de otra (simbiosis industrial).

Forms-legal.com proporciona una plantilla de Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular diseñada para capturar todas estas dimensiones en un instrumento único y jurídicamente sólido que refleja los requisitos regulatorios colombianos y los lineamientos de economía circular del CONPES 3874 de 2016.

Cuándo necesitas Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia

Un Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia es necesario en las siguientes circunstancias:

**Implementación de programas de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) bajo la Resolución 1407 de 2018.** Los productores e importadores de bienes envasados cubiertos por la regulación REP deben establecer sistemas de recolección y recuperación. Cuando estos sistemas involucran terceros gestores, recicladores o remanufacturadores, la obligación REP debe formalizarse mediante contratos que especifiquen metas de recuperación de materiales, obligaciones de reporte y la asignación de costos del programa.

**Conversión de un modelo de negocio de productos a producto como servicio (PaaS).** Empresas en iluminación, textiles, equipos industriales o electrónica que transicionan de ventas de productos a contratos de servicio —donde la empresa retiene la propiedad y responsabilidad del ciclo de vida del producto— necesitan un acuerdo formal que redefina la relación comercial, las métricas de desempeño y los procedimientos de retorno y recuperación.

**Establecimiento de alianzas de simbiosis industrial.** Cuando los residuos de producción de una empresa se convierten en materias primas de otra, el intercambio de materiales debe formalizarse para aclarar: (i) si el material se clasifica como residuo bajo el Decreto 1076 de 2015; (ii) la transferencia de responsabilidad ambiental; y (iii) especificaciones de calidad y pruebas de aceptación.

**Acceso a financiamiento verde de Bancóldex o FINAGRO.** Las líneas de crédito verde de Bancóldex y las líneas de crédito de FINAGRO para agricultura sostenible requieren que los prestatarios demuestren que la actividad financiada califica como inversión de economía circular.

**Cumplimiento de requisitos de sostenibilidad en cadenas de suministro de clientes multinacionales.** Las empresas colombianas que proveen a multinacionales europeas o norteamericanas están siendo crecientemente requeridas a demostrar prácticas de economía circular como parte de la debida diligencia de proveedores bajo la Directiva CSDDD de la UE.

Qué incluir en tu Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia

Un Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia completo debe incluir los siguientes elementos para ser jurídicamente sólido y operativamente efectivo:

**1. Identificación de las partes y sus roles en el modelo circular.** El acuerdo debe identificar a todas las partes con razón social completa, NIT, domicilio social y número de matrícula mercantil. Debe definir el rol de cada parte en el modelo circular: operador del ciclo, proveedor de materiales, gestor de residuos licenciado bajo el Decreto 1076 de 2015, reciclador, remanufacturador, o cliente final bajo un arreglo de producto como servicio.

**2. Definición y clasificación de materiales.** El acuerdo debe definir con precisión los materiales cubiertos y su clasificación bajo la Lista de Residuos Peligrosos (RESPEL bajo el Decreto 4741 de 2005) o como residuos sólidos no peligrosos. Los materiales que califican como subproductos en lugar de residuos bajo los criterios del CONPES 3874 deben identificarse, ya que pueden comercializarse sin licencia de gestión de residuos.

**3. Descripción del modelo circular y diagrama de flujo de materiales.** El acuerdo debe incluir una descripción detallada del modelo de negocio circular implementado, con un diagrama de flujo de materiales que mapee entradas, salidas, ciclos de reciclaje y flujos de residuos.

**4. Obligaciones REP y marco de cumplimiento.** Donde el acuerdo involucre productos cubiertos por la Resolución 1407 de 2018, las partes deben especificar: metas REP, obligaciones de datos al SIAC del MADS, asignación de costos de cumplimiento REP y consecuencias del incumplimiento bajo el Artículo 40 de la Ley 1333 de 2009.

**5. Disposiciones de producto como servicio (si aplica).** Para arreglos PaaS, el acuerdo debe especificar claramente que la propiedad del producto es retenida por el operador, los compromisos de nivel de servicio, el procedimiento de devolución del producto y la responsabilidad ambiental por residuos generados durante el período de servicio.

**6. KPIs ambientales y metodología de medición.** El acuerdo debe establecer indicadores cuantificados de desempeño ambiental para cada parte, incluyendo: tasa de recuperación de materiales, tasa de desviación de relleno sanitario, reducciones de emisiones GEI calculadas usando el GHG Protocol o la metodología IPCC reconocida por el IDEAM, y reducción del consumo de agua.

**7. Intercambio de datos y gestión de información.** El acuerdo debe especificar: los datos que cada parte está obligada a recopilar y compartir, el sistema de gestión de datos utilizado, los derechos de propiedad intelectual sobre datos agregados e información analítica, y las obligaciones de protección de datos bajo la Ley 1581 de 2012.

**8. Modelo financiero y distribución de ingresos de economía circular.** El acuerdo debe especificar los flujos financieros entre partes: precios de compra de materiales, tarifas de servicio, distribución de ingresos de ventas de materiales reciclados y asignación de costos de recolección y procesamiento.

**9. Duración, renovación y disposiciones de salida.** Los modelos de economía circular requieren inversión a largo plazo. El acuerdo debe tener un plazo mínimo de 3–5 años, con opciones de renovación y disposiciones de salida que aborden el cese ordenado de flujos de materiales.

**10. Cumplimiento con permisos ambientales e informes a ANLA y CAR.** El acuerdo debe especificar qué parte es responsable de obtener y mantener los permisos ambientales requeridos, e incluir una garantía de cumplimiento ambiental.

**11. Resolución de controversias y ley aplicable.** El acuerdo debe incluir un mecanismo escalonado de resolución de disputas: negociación de buena fe, mediación ante el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio y arbitraje ante el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá.

Forms-legal.com proporciona una plantilla de Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular que cubre los once elementos y está diseñada para satisfacer los requisitos de las autoridades ambientales colombianas y los marcos internacionales de debida diligencia.

Citar esta página

Referencia esta plantilla gratuita en un artículo, programa de estudios o nota de investigación:

APA

Forms Legal. (2026). Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/acuerdo-modelo-negocio-economia-circular-colombia

MLA

"Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/acuerdo-modelo-negocio-economia-circular-colombia.

BibTeX
@misc{formslegal-acuerdo-modelo-negocio-economia-circular-colombia,
  author       = {{Forms Legal}},
  title        = {Acuerdo de Modelo de Negocio de Economía Circular Colombia (Colombia)},
  year         = {2026},
  howpublished = {\url{https://forms-legal.com/es/colombia/business/contracts/acuerdo-modelo-negocio-economia-circular-colombia}},
  note         = {Free legal document template}
}

Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

¿Encontró un error? Avísenos

Documentos Relacionados

También puede encontrar útiles estos documentos:

Contrato de Servicios Ambientales Colombia

Contrato de Servicios Ambientales para Colombia conforme a la Ley 99 de 1993 (SINA), Decreto 1076 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible) y Ley 1333 de 2009 (sancionatorio ambiental), cubriendo estudios ambientales, elaboración de EIA, PUEAA, cumplimiento POMCA, trámites ante ANLA, y obligaciones de informes de sostenibilidad.

Acuerdo de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) Colombia

Acuerdo de Sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (BIC) para Colombia regido por la Ley 1901 de 2018. Permite que cualquier sociedad comercial —SAS, Ltda., SA— adopte la calidad de BIC incorporando compromisos de triple resultado en sus estatutos sociales y comprometiéndose a un informe anual de gestión de beneficio verificado contra un estándar de tercero reconocido.

Contrato de Franquicia Social Colombia

Contrato de Franquicia Social para Colombia que estructura la replicación de un modelo de negocio con impacto social bajo la Ley 1838 de 2017 (emprendimiento social), la Ley 1258 de 2008 y el Código de Comercio. Permite al franquiciador licenciar su marca, know-how y manual operativo a un franquiciado comprometido con la generación de valor social y económico.

Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS — Colombia

Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) municipal o empresarial exigido por el Decreto 2981 de 2013 y la Resolución 754 de 2014 del Ministerio de Vivienda, que describe las estrategias de reducción, separación, recolección y disposición final de residuos en Colombia.

Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

Contrato de Suministro de Materiales de Construcción en Colombia conforme a los artículos 968-980 del Código de Comercio, la Ley 80 de 1993 (contratos públicos), el NSR-10 y la Resolución 0549 de 2015, con cronograma de entregas, estándares de calidad, ajuste de precios, garantías y remedios por materiales no conformes.