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Contrato de Franquicia Social Colombia

Social Franchise Agreement Colombia (Contrato de Franquicia Social)

CONTRATO DE FRANQUICIA SOCIAL

(Social Franchise Agreement — Colombia)

Ley 1838 de 2017 (Emprendimiento Social); Código de Comercio

En [Sign City], a [Sign Date], entre:

FRANQUICIANTE:

[Franchisor Name], NIT [Franchisor NIT], representada por [Franchisor Rep Name], con domicilio en [Franchisor Address].

FRANQUICIADO:

[Franchisee Name], NIT/C.C. [Franchisee NIT], con domicilio en [Franchisee Address].

Las partes celebran el presente Contrato de Franquicia Social conforme a la Ley 1838 de 2017 (Ley de Emprendimiento Social y Solidario) y el Código de Comercio colombiano.

PRIMERA. — OBJETO Y MODELO SOCIAL

El FRANQUICIANTE otorga al FRANQUICIADO una licencia para operar el siguiente modelo de franquicia social: [Social Model].

Territorio exclusivo de operación: [Franchise Territory].

Compromiso de impacto social: [Social Impact Goal].

SEGUNDA. — CONTRAPRESTACIÓN ECONÓMICA

El FRANQUICIADO pagará al FRANQUICIANTE: (a) un canon inicial de franquicia de [Initial Fee], pagadero a la firma del contrato; y (b) regalías periódicas del [Royalty Rate], liquidadas y pagadas dentro de los diez (10) primeros días de cada mes sobre los ingresos del mes anterior.

TERCERA. — OBLIGACIONES DEL FRANQUICIANTE

El FRANQUICIANTE se obliga a: (a) transferir el know-how, manuales operativos y marca del modelo social; (b) capacitar al FRANQUICIADO y su equipo durante al menos cuarenta (40) horas antes del inicio de operaciones; (c) brindar asistencia técnica continua; (d) respetar la exclusividad territorial pactada; y (e) medir y certificar el impacto social generado conforme a los indicadores de la Ley 1838 de 2017.

CUARTA. — OBLIGACIONES DEL FRANQUICIADO

El FRANQUICIADO se obliga a: (a) operar el modelo social con fidelidad a los estándares del FRANQUICIANTE; (b) cumplir las metas de impacto social pactadas; (c) pagar puntualmente las regalías y cánones; (d) mantener los estándares de calidad y presentar informes de impacto social trimestrales; (e) no transferir la franquicia sin autorización escrita; y (f) participar en los programas de capacitación periódica.

QUINTA. — PLAZO Y RENOVACIÓN

El presente contrato tendrá una vigencia de [Contract Term], contada desde la fecha de suscripción. La renovación podrá negarse si el FRANQUICIADO no ha cumplido las metas de impacto social o ha incurrido en incumplimientos de las obligaciones contractuales.

SEXTA. — LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

El presente contrato se rige por la Ley 1838 de 2017, el Código de Comercio colombiano y la Ley 256 de 1996 (Competencia Desleal). Las controversias serán resueltas mediante conciliación ante el Centro de Conciliación de la Cámara de Comercio de [Sign City] y, en su defecto, ante los Juzgados Civiles del Circuito competentes.

FIRMAS

FRANQUICIANTE: [Franchisor Name]

NIT: [Franchisor NIT]

Representante Legal: [Franchisor Rep Name]

Firma: _________________________

FRANQUICIADO: [Franchisee Name]

NIT/C.C.: [Franchisee NIT]

Firma: _________________________

Franchisor (Franquiciante)

________________

Signature

Franchisee (Franquiciado)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Franquicia Social Colombia

El Contrato de Franquicia Social Colombia es un contrato regulado por Ley 1838 de 2017 (Emprendimiento Social) y Código de Comercio que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

En Colombia, la franquicia social encuentra respaldo legal en la Ley 1838 de 2017, que promueve el emprendimiento, la innovación y la creación de empresas con propósito social (Artículo 2). El marco legal se complementa con el Código de Comercio (Artículos 20, 98 y 200), que rige los contratos comerciales. Dado que muchas redes de franquicia social se estructuran como Sociedades por Acciones Simplificadas, la Ley 1258 de 2008 frecuentemente aplica al vehículo corporativo de ambas partes.

El contrato de franquicia social otorga al franquiciado una licencia temporal, exclusiva o no exclusiva, para usar la marca registrada, el nombre comercial, los sistemas operativos, las metodologías propietarias y el know-how acumulado del franquiciador. En Colombia, la licencia de marca opera bajo la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina y debe inscribirse ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para ser oponible frente a terceros (Artículo 162, Decisión 486).

Las franquicias sociales en Colombia frecuentemente atienden poblaciones vulnerables —comunidades rurales, jóvenes en riesgo, mujeres cabeza de hogar o poblaciones desplazadas— y pueden recibir cofinanciación de iNNpulsa Colombia, el Departamento para la Prosperidad Social (DPS) o fondos de desarrollo internacional. El contrato debe especificar no sólo la estructura de regalías sino también la metodología de medición del impacto social, generalmente alineada con el estándar SROI o el marco ImpactBase reconocido por Bancóldex.

La plantilla de forms-legal.com guía a las partes a través de todos estos elementos, garantizando que tanto el mandato comercial como el social queden capturados con precisión contractual adecuada al derecho colombiano.

Cuándo necesitas Contrato de Franquicia Social Colombia

Las partes necesitan un Contrato de Franquicia Social Colombia cuando una empresa social, ONG o SAS orientada al impacto desea expandir su alcance licenciando su modelo probado a operadores locales en lugar de abrir unidades propias. Este documento es esencial en las siguientes situaciones:

**Escalamiento de una empresa social a través de operadores de terceros.** Cuando iNNpulsa Colombia o un inversor privado financia el crecimiento de un emprendimiento social, los otorgantes generalmente exigen un contrato de franquicia formal para proteger la marca y garantizar la fidelidad al modelo. Sin el contrato, el franquiciador arriesga perder el control sobre la calidad y las métricas de impacto.

**Formalización de acuerdos de cofinanciación con el DPS o donantes internacionales.** Entidades como el Departamento para la Prosperidad Social, USAID, el BID o el PNUD frecuentemente requieren un contrato de franquicia como evidencia de capacidad de replicación antes de desembolsar recursos. Las cláusulas de KPI sociales del contrato satisfacen directamente este requisito.

**Licenciamiento de tecnología o metodología a una alianza público-privada.** Gobiernos municipales, Cajas de Compensación Familiar o cámaras de comercio a veces se asocian con empresas sociales para prestar servicios. Un contrato de franquicia define roles, obligaciones y responsabilidad de impacto en estos acuerdos híbridos.

**Protección de la propiedad intelectual antes de escalar.** Antes de replicar el modelo, el franquiciador debe contar con marca registrada ante la SIC y un marco contractual claro que evite que los franquiciados se apropien indebidamente de la metodología o continúen operando bajo la marca tras la terminación del contrato.

Qué incluir en tu Contrato de Franquicia Social Colombia

Un Contrato de Franquicia Social Colombia bien redactado debe abordar los siguientes elementos para cumplir con el derecho comercial colombiano y satisfacer los requisitos de inversores de impacto, cofinanciadores públicos y la Superintendencia de Industria y Comercio:

**1. Identificación de las partes y estructura corporativa.** Tanto el franquiciador como el franquiciado deben identificarse con razón social completa, NIT (asignado por la DIAN), domicilio social y número de matrícula mercantil en la Cámara de Comercio. Si el franquiciado es una SAS, el acuerdo debe referenciar sus estatutos sociales inscritos bajo la Ley 1258 de 2008.

**2. Cláusula de misión social.** Esta es la característica definitoria de una franquicia social. La cláusula debe articular el propósito social específico — por ejemplo, creación de empleo para jóvenes en zonas PDET (Decreto 893 de 2017), regeneración ambiental bajo la Ley 99 de 1993, o inclusión financiera de comunidades rurales. El incumplimiento de la misión social debe activar remedios específicos, incluida la terminación bajo el Artículo 870 del Código de Comercio.

**3. Licencia de propiedad intelectual.** El contrato debe licenciar explícitamente las marcas, nombres comerciales, logotipos y metodologías propietarias del franquiciador. Bajo la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina (Artículos 162–166), la sublicencia debe registrarse ante la SIC para ser oponible frente a terceros.

**4. Territorio y exclusividad.** El acuerdo debe definir el territorio geográfico — departamento, municipio o localidad — en el que el franquiciado puede operar. Los territorios PDET pueden requerir disposiciones especiales bajo el Decreto 893 de 2017.

**5. Canon de entrada y estructura de regalías.** El contrato debe especificar el canon de entrada, la tasa de regalía expresada como porcentaje de los ingresos, la frecuencia de pago y la moneda (COP). Muchas franquicias sociales adoptan escalas de regalías reducidas vinculadas al desempeño de impacto social.

**6. Manual Operativo y obligaciones de capacitación.** El Manual Operativo es parte integral del contrato y debe entregarse al franquiciado en la firma. Las obligaciones de capacitación deben definirse con horas mínimas y requisitos de certificación.

**7. KPIs de impacto social e informes.** El contrato debe listar los indicadores de impacto social que el franquiciado está obligado contractualmente a alcanzar y reportar trimestralmente usando la metodología aprobada por el franquiciador.

**8. Control de calidad y auditorías.** El franquiciador debe conservar el derecho de realizar inspecciones periódicas de las instalaciones, registros financieros y datos de impacto social del franquiciado, conforme al Artículo 200 del Código de Comercio.

**9. Obligación de reinversión.** Muchos modelos de franquicia social exigen al franquiciado reinvertir entre el 5% y el 10% de los ingresos netos en programas comunitarios o iniciativas ambientales.

**10. Duración, renovación y terminación.** Las causales de terminación para ambas partes deben incluir: incumplimiento material de obligaciones comerciales, falta de cumplimiento de KPIs sociales por dos períodos consecutivos, insolvencia (Ley 1116 de 2006), o pérdida del registro de marca ante la SIC.

**11. Confidencialidad y no competencia.** El franquiciado debe proteger el know-how propietario y los datos de beneficiarios bajo la Ley 1581 de 2012 (habeas data) y las disposiciones de secreto comercial de la Decisión 486 de 2000.

**12. Resolución de controversias.** La mayoría de contratos optan por arbitraje ante el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, con conciliación previa obligatoria bajo la Ley 640 de 2001.

Forms-legal.com proporciona una plantilla completa y bilingüe que cubre los doce elementos, diseñada para satisfacer las expectativas de los tribunales comerciales colombianos y los financiadores de impacto.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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