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Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

Código de Comercio arts. 968-980; NSR-10; Ley 80 de 1993; Resolución 0549 de 2015

CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

Conforme a los artículos 968-980 del Código de Comercio, el NSR-10 y la Resolución 0549 de 2015

[Ciudad de Firma], [Fecha de Firma]

PARTES CONTRATANTES

Entre [Nombre del Suministrador], identificado(a) con NIT/CC N.° [NIT/CC del Suministrador], domiciliado(a) en [Dirección del Suministrador], representado(a) legalmente por [Representante Legal del Suministrador], quien actúa como SUMINISTRADOR; y [Nombre del Contratante], identificado(a) con NIT/CC N.° [NIT/CC del Contratante], representado(a) legalmente por [Representante Legal del Contratante], quien actúa como CONTRATANTE; hemos acordado celebrar el presente CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA — OBJETO

El SUMINISTRADOR se obliga a entregar periódicamente al CONTRATANTE, conforme al cronograma de obra, los siguientes materiales de construcción con las especificaciones técnicas indicadas: [Descripción de Materiales]. Los materiales serán destinados a la obra: [Obra Destino]. Todos los materiales deben cumplir las normas técnicas colombianas (NTC) aplicables y las especificaciones del Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 (Decreto 926 de 2010).

SEGUNDA — PRECIO, FORMA DE PAGO Y AJUSTE

Los precios unitarios acordados son: [Precios Unitarios]. Las condiciones de pago son: [Condiciones de Pago]. El mecanismo de ajuste de precios pactado es: [Mecanismo de Ajuste]. La mora en el pago de facturas generará intereses de mora a la tasa máxima legal permitida por la Superintendencia Financiera de Colombia.

TERCERA — PLAZO Y ENTREGAS

El presente contrato rige a partir del [Fecha de Inicio] y tendrá una duración de [Plazo del Suministro]. Las entregas se realizarán conforme al cronograma de obra del CONTRATANTE, con aviso mínimo de 48 horas para pedidos de concreto premezclado y de 72 horas para otros materiales. El SUMINISTRADOR entrega los materiales en la obra [Obra Destino], siendo la transferencia del riesgo al momento de la entrega en obra con firma del acta de recibo por parte del CONTRATANTE.

CUARTA — CONTROL DE CALIDAD Y NO CONFORMIDAD

El SUMINISTRADOR entregará certificado de calidad de laboratorio por cada despacho de concreto (ensayos de resistencia a la compresión conforme a la Norma NTC 673) y certificado del fabricante para acero de refuerzo y demás materiales estructurales. Los materiales que no cumplan las especificaciones técnicas pactadas o los requisitos del NSR-10 serán rechazados por el CONTRATANTE mediante notificación escrita, y el SUMINISTRADOR deberá retirarlos de la obra y reemplazarlos dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, sin costo adicional para el CONTRATANTE.

Para constancia, las partes firman en [Ciudad de Firma] el [Fecha de Firma].

___________________________________ ___________________________________

[Representante Legal del Suministrador] [Representante Legal del Contratante]

SUMINISTRADOR CONTRATANTE

[Nombre del Suministrador] [Nombre del Contratante]

NIT/CC N.° [NIT/CC del Suministrador] NIT/CC N.° [NIT/CC del Contratante]

Suministrador (Proveedor de Materiales)

________________

Signature

Contratante (Constructor o Empresa de Obra)

________________

Signature

Mantenido por Vladislav Sergienko, Fundador·Plantilla modificada por última vez: ·Informar de un error

Qué es Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

El Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia es un contrato regulado por Código de Comercio arts. 968-980 y NSR-10 que vincula a las partes obligándolas a cumplir las prestaciones pactadas conforme a la ley colombiana.

El marco técnico del suministro de materiales de construcción en Colombia está determinado por el NSR-10 (Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente), adoptado mediante el Decreto 926 de 2010, que establece las especificaciones técnicas mínimas para materiales estructurales como concreto, acero de refuerzo, mampostería estructural y madera estructural. Los materiales que no cumplen las especificaciones del NSR-10 no pueden ser utilizados en obras sujetas a licencia de construcción, según la Ley 400 de 1997 y el Decreto 1077 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio). El contrato de suministro debe hacer referencia explícita a las normas técnicas (NTC) aplicables a cada tipo de material.

La Resolución 0549 de 2015 del Ministerio de Vivienda estableció la Guía para el Ahorro de Agua y Energía en Edificaciones, incorporando requisitos de construcción sostenible que inciden en las especificaciones de materiales como aislamientos térmicos, vidrios de bajo emitancia, griferías de bajo consumo y materiales con certificación de sostenibilidad. Para obras del sector público, la Ley 80 de 1993 (Estatuto General de la Contratación Pública) y el Decreto 1082 de 2015 establecen los requisitos adicionales de suministro para entidades estatales, incluyendo la obligación de que los materiales cumplan con las fichas técnicas del INVIAS (Instituto Nacional de Vías) o las especificaciones de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) según el tipo de obra.

El Contrato de Suministro de Materiales de Construcción de forms-legal.com permite a constructores, promotores inmobiliarios y contratistas colombianos documentar formalmente sus acuerdos con proveedores de materiales, establecer cronogramas de entrega vinculados al avance de obra, fijar estándares de calidad técnica, regular el ajuste de precios por variación del índice de costos de construcción (ICC) del DANE, y establecer remedios contractuales ante materiales no conformes, entregas tardías o incumplimiento del proveedor.

Cuándo necesitas Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

El Contrato de Suministro de Materiales de Construcción en Colombia es necesario en todos los proyectos de obra donde el suministro de materiales se realiza de forma periódica o fraccionada a lo largo del tiempo de ejecución, en lugar de una compra puntual. Los escenarios más comunes incluyen: contratos de suministro de concreto premezclado (concreto lanzado o bombeado) para proyectos de más de tres pisos donde el volumen y la programación requieren entregas coordinadas con la cimentación y la estructura; suministro de acero de refuerzo para proyectos estructurales con entrega por fases según el avance de cada piso o elemento estructural; suministro de materiales de mampostería, acabados e instalaciones para proyectos residenciales de mediana y gran escala; y suministro de materiales de vías y urbanismo (asfalto, sardineles, adoquines, señalización) para urbanizaciones y proyectos de infraestructura vial.

También es indispensable cuando el constructor o promotor quiere protegerse contra la variación de precios de materiales a lo largo de la ejecución de una obra prolongada (más de seis meses), mediante cláusulas de ajuste de precio indexadas al ICC del DANE o al índice de precios al productor (IPP) del Banco de la República. Sin contrato de suministro, el proveedor puede modificar precios unilateralmente con cada entrega, lo que genera desequilibrios financieros en el presupuesto de la obra. Para proyectos del sector público registrados en SECOP bajo la Ley 80 de 1993, el contrato escrito de suministro es obligatorio.

Qué incluir en tu Contrato de Suministro de Materiales de Construcción Colombia

El Contrato de Suministro de Materiales de Construcción en Colombia debe incluir los siguientes elementos para ser jurídicamente válido y técnicamente completo conforme al Código de Comercio y el NSR-10:

**Identificación de las partes.** Nombre o razón social del suministrador y del contratante, NIT o cédula, domicilio, representante legal (si son personas jurídicas), y cámara de comercio vigente. Para el suministrador, indicar el número de registro de proveedor en la Cámara de Comercio y, si aplica, las certificaciones de calidad ISO 9001 del proceso de producción de materiales.

**Objeto del contrato y especificaciones técnicas.** Listado detallado de los materiales a suministrar con especificaciones técnicas completas: para concreto, resistencia f'c en MPa o kg/cm², relación agua-cemento, tamaño máximo del agregado, tipo de cemento (Portland tipo I, II o III según NSR-10 Sección C.3); para acero de refuerzo, grado (420 o 520 MPa), norma ASTM A615 o NTC 2289, diámetros (N°3 a N°9); para mampostería, resistencia mínima a la compresión de unidades de mampostería según NSR-10 Sección D.3. Cada material debe referenciar la norma técnica colombiana (NTC) aplicable.

**Cronograma de entregas.** Fechas específicas o plazos máximos para cada entrega, vinculados al cronograma de obra. El cronograma debe indicar la cantidad mínima y máxima de cada entrega, el plazo de aviso previo para solicitar entregas adicionales (mínimo 48-72 horas para concreto premezclado), y las condiciones de modificación del cronograma por causas de fuerza mayor o retraso en obra.

**Precio y forma de pago.** Precio unitario de cada material en pesos colombianos (COP) con IVA discriminado, forma de pago (crédito 30/60/90 días o pago anticipado), y mecanismo de ajuste de precios. El ajuste de precios puede indexarse al Índice de Costos de la Construcción de Vivienda (ICCV) del DANE o al Índice de Precios al Productor (IPP) del Banco de la República, con fórmula de ajuste específica aplicable a partir del cuarto o sexto mes de ejecución del contrato.

**Control de calidad y recibo de materiales.** Procedimiento para la recepción y verificación de materiales en obra: ensayos de laboratorio requeridos (cilindros de concreto, pruebas de tracción de acero, absorción de mampostería), certificados de calidad del proveedor por cada despacho, y protocolo de rechazo de materiales no conformes. Los materiales rechazados deben retirarse de la obra dentro de las 24 horas siguientes a la notificación de no conformidad, sin costo para el contratante.

**Transporte y riesgos.** Definición del Incoterm aplicable: si el precio incluye transporte y descargue en la obra (CIP o DAP equivalente), el riesgo se transfiere al contratante en el sitio de entrega; si el precio es en planta (EXW equivalente), el contratante asume el transporte y el riesgo desde la planta del proveedor. El suministrador debe garantizar que el transporte cumple con las normas del Ministerio de Transporte (Decreto 1609 de 2002 para materiales peligrosos si aplica).

**Garantías del suministrador.** Garantía de calidad de los materiales durante el período de la obra y durante la vigencia de la garantía de estabilidad de la obra (diez años para estructura conforme al Decreto 1077 de 2015). Si se presentan defectos en la obra atribuibles a materiales suministrados que no cumplieron especificaciones, el suministrador responde solidariamente por los daños conforme al Artículo 978 del Código de Comercio. Para contratos públicos bajo la Ley 80 de 1993, la garantía única de cumplimiento debe cubrir el suministro, la estabilidad y los vicios ocultos. forms-legal.com pone a disposición esta plantilla de Contrato de Suministro de Materiales de Construcción para proyectos colombianos que requieren acuerdos formales de suministro bajo el Código de Comercio Arts. 968-980 y el NSR-10.

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Preguntas Frecuentes

Plantilla con referencias legales — Plantilla modificada por última vez en junio de 2026

Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo

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