AFP Transfer Application Colombia
Ley 100 de 1993 Art. 13 — Ley 797 de 2003 — Decreto 692 de 1994 — Superintendencia Financiera
SOLICITUD DE TRASLADO DE AFP
SOLICITUD DE TRASLADO DE FONDO DE PENSIONES
Ley 100 de 1993 Art. 13 — Ley 797 de 2003 Art. 16
[Ciudad], [Fecha]
Señores
[AFP de Origen]
Departamento de Traslados y Portabilidad
Ref.: Solicitud de traslado de [AFP de Origen] a [AFP de Destino] — [Tipo de Traslado]
1. IDENTIFICACIÓN DEL AFILIADO
1. IDENTIFICACIÓN DEL AFILIADO
Nombre completo: [Nombre del Afiliado]
[Tipo de Documento]: [Número Documento]
Fecha de nacimiento: [Fecha de Nacimiento]
Teléfono: [Teléfono]
Correo electrónico: [Correo]
2. DATOS DEL TRASLADO
2. DATOS DEL TRASLADO
AFP de origen (actual): [AFP de Origen]
AFP de destino: [AFP de Destino]
Tipo de traslado: [Tipo de Traslado]
Motivo del traslado: [Motivo]
El/La suscrito/a, [Nombre del Afiliado], [Tipo de Documento] No. [Número Documento], solicita el traslado de su cuenta de ahorro individual de pensiones de [AFP de Origen] a [AFP de Destino], de conformidad con el Artículo 13 literal e) de la Ley 100 de 1993 y el Artículo 16 de la Ley 797 de 2003, que establecen el derecho a trasladarse de fondo de pensiones respetando el plazo mínimo de permanencia de cinco (5) años.
Declaro que he recibido la asesoría previa obligatoria de [AFP de Origen] y [AFP de Destino] conforme a la Resolución 1555 de 2010 de la Superintendencia Financiera de Colombia, y que el traslado obedece a una decisión libre e informada.
3. PETICIÓN
3. PETICIÓN
Solicito a [AFP de Origen]:
4. Procesar el traslado de mi cuenta de ahorro individual al [AFP de Destino] dentro del término legal establecido.
5. Transferir el saldo acumulado, los rendimientos y el bono pensional (si aplica) a [AFP de Destino].
6. Expedir el paz y salvo de traslado conforme a los procedimientos de la Superintendencia Financiera.
Atentamente,
[Nombre del Afiliado]
[Tipo de Documento] No. [Número Documento]
Afiliado Solicitante (Affiliate)
________________
Signature
What Is a AFP Transfer Application Colombia?
The AFP Transfer Application Colombia (Solicitud de Traslado de AFP) is the formal written request a worker submits to a receiving Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) or to Colpensiones to move their accumulated pension contributions and savings either between two private AFPs within the RAIS (Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad), or from one pension regime to the other — i.e., from Colpensiones RPM (Régimen de Prima Media) to a private AFP RAIS, or vice versa. The transfer right is a fundamental worker right established by Article 15 of Ley 100 de 1993 as reformed by Article 2 of Ley 797 de 2003, recognizing workers' autonomy over their pension savings management.
Ley 797 de 2003 introduced the most significant reform to Colombia's pension system since Ley 100 de 1993, raising retirement ages, increasing contribution weeks, and tightening transfer restrictions. Decreto 2241 de 2010 established the current procedural framework including the 45-business-day processing period. The Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) supervises compliance through monthly transfer statistics published by each AFP.
When Do You Need a AFP Transfer Application Colombia?
The AFP Transfer Application Colombia must be submitted when any of the following circumstances apply under Ley 100 de 1993, Ley 797 de 2003, and Decreto 2241 de 2010.
Dissatisfaction with Current AFP Performance: When a worker in the RAIS determines that their current AFP is delivering below-benchmark returns and wishes to move their account balance to a better-performing AFP, provided the five-year waiting period has elapsed.
Transfer from RPM to RAIS or vice versa: When a worker decides the other regime is more suitable, subject to the five-year restriction and régimen de transición considerations under Article 36 of Ley 100.
Correction of Erroneously Routed Contributions: When an employer has been routing PILA contributions to the wrong AFP due to an administrative error.
What to Include in Your AFP Transfer Application Colombia
A complete AFP Transfer Application Colombia under Ley 100 de 1993, Ley 797 de 2003, and Decreto 2241 de 2010 must include the following essential elements.
Applicant Identification: Full legal name; cédula de ciudadanía number; date of birth; home address; contact telephone and email; and current employer name and NIT.
Origin and Destination Entities: The name of the current pension entity and account number; and the name and selected portfolio of the receiving AFP or Colpensiones.
Five-Year Eligibility Certification: Declaration confirming the last transfer date, that five calendar years have elapsed, and that the worker is not within five years of retirement age.
Régimen de Transición Status and account balance information must also be declared.
Forms-legal.com provides this AFP Transfer Application Colombia as a reference template. Workers should verify eligibility and procedures with both AFPs before submitting.
Cite this page
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Forms Legal. (2026). AFP Transfer Application Colombia (Colombia) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/colombia/employment/forms/afp-transfer-application-colombia
"AFP Transfer Application Colombia (Colombia)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/colombia/employment/forms/afp-transfer-application-colombia.
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}Frequently Asked Questions
El Artículo 2 de la Ley 797 de 2003, que modificó el Artículo 15 de la Ley 100 de 1993, establece que los trabajadores pueden cambiar de AFP o de régimen pensional solo una vez cada cinco años calendario completos. Esta restricción de cinco años aplica por igual a: traslados entre dos AFPs privadas dentro del RAIS (por ejemplo, de Porvenir a Protección o de Colfondos a Skandia); traslados de Colpensiones RPM a una AFP RAIS privada; y traslados de una AFP RAIS privada de regreso a Colpensiones RPM. Una restricción absoluta adicional prohíbe cualquier traslado cuando el trabajador esté dentro de los cinco años anteriores a la edad legal de pensión de 57 años (mujeres) o 62 años (hombres). Esta doble restricción — temporal de cinco años y por proximidad a la jubilación — fue declarada constitucional por la Corte Constitucional en la Sentencia C-789 de 2002. La Superintendencia Financiera de Colombia publica guías sobre elegibilidad de traslados en superfinanciera.gov.co, y cada AFP tiene en su portal una herramienta para verificar la fecha de elegibilidad del cotizante.
Conforme al Decreto 2241 de 2010, cuando un trabajador se transfiere de una AFP a otra dentro del RAIS, la AFP de origen está legalmente obligada a transferir el saldo total de la cuenta individual de ahorro pensional del trabajador — incluyendo todas las cotizaciones obligatorias, cotizaciones voluntarias, aportes patronales y los rendimientos de inversión netos de comisiones acumulados — a la AFP receptora dentro de los 45 días hábiles siguientes a que la solicitud de traslado sea aceptada formalmente. La AFP de origen no puede deducir honorarios administrativos, penalidades, comisiones de salida ni ningún cargo del saldo al momento del traslado; el traslado es completamente a título gratuito para el trabajador conforme a la regulación de la SFC. La AFP receptora debe acreditar el saldo en la nueva cuenta individual y notificar a la UGPP la actualización del código AFP en el PILA dentro de los cinco días hábiles siguientes. El trabajador debe solicitar un extracto de cuenta certificado a la AFP de origen tanto antes del traslado (para documentar el saldo inicial) como después (para verificar que el saldo fue transferido en su totalidad). Si detecta diferencias, puede presentar una queja ante la Defensoría del Consumidor Financiero de la SFC o ante la SFC directamente a través de www.superfinanciera.gov.co.
La elección óptima depende del nivel salarial, la edad, el historial de cotizaciones y los objetivos de jubilación del trabajador individual, y no existe una respuesta universalmente correcta. Colpensiones-RPM típicamente favorece a: (a) trabajadores con salarios de 1 a 2 SMMLV que se benefician del subsidio de solidaridad incorporado en la fórmula del RPM, que garantiza una pensión mínima de un SMMLV independientemente del saldo; (b) trabajadores mayores con muchos años de cotización que alcanzarán el tope del beneficio RPM (25 SMMLV); (c) trabajadores con derecho al régimen de transición del Artículo 36 de la Ley 100, para quienes Colpensiones puede calcular la pensión bajo reglas más favorables anteriores a 1994; y (d) mujeres con ingresos medios que se jubilan a los 57 años. El RAIS-AFP privada típicamente favorece a: (a) trabajadores con ingresos superiores a 3 SMMLV, cuyo ahorro individual crece más rápido que la rentabilidad implícita del RPM; (b) trabajadores jóvenes (menores de 40 años) con horizontes de inversión largos que se benefician del interés compuesto en portafolios de mayor riesgo; (c) trabajadores que desean el beneficio de herencia pensional — el saldo acumulado se devuelve a los herederos si el trabajador no alcanza la pensión —; y (d) trabajadores que prefieren la modalidad de retiro programado para ajustar el monto de pensión según sus necesidades. El Ministerio de Hacienda y la SFC publican herramientas de simulación actuarial comparativa en sus portales. Antes de tomar la decisión de traslado, la UGPP recomienda consultar con un asesor pensional certificado por la entidad destino.
Sí, sujeto a la misma restricción de cinco años conforme al Artículo 2 de la Ley 797 de 2003. Un trabajador del RAIS que desea regresar a Colpensiones RPM presenta la Solicitud de Traslado de AFP directamente ante Colpensiones (no ante su AFP actual). Colpensiones notifica formalmente a la AFP y solicita la transferencia del saldo de la cuenta individual, que se acredita al historial de cotizaciones del trabajador en Colpensiones como semanas de cotización equivalentes históricas, calculadas según los parámetros actuariales que determine Colpensiones. Los trabajadores deben tener en cuenta la restricción crítica derivada de la Sentencia C-789 de 2002 y la Sentencia SU-062 de 2010 de la Corte Constitucional: los trabajadores que originalmente se trasladaron del RPM al RAIS y que al 1 de abril de 1994 tenían derecho al régimen de transición del Artículo 36 de la Ley 100, perdieron permanentemente esos derechos al hacer ese traslado inicial. Regresar a Colpensiones años después no restaura los derechos de transición. Para trabajadores sin régimen de transición, el regreso al RPM es económicamente viable principalmente cuando han cotizado suficientes semanas para calificar con la fórmula RPM post-Ley 797 (mínimo 1.300 semanas) y cuando el saldo del RAIS, convertido a semanas equivalentes en Colpensiones, generaría una pensión superior a la que resultaría del retiro programado en la AFP.
Conforme al Decreto 2241 de 2010, el proceso de traslado de AFP en Colombia debe completarse dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha en que la AFP receptora acepta formalmente la solicitud como completa y válida. El proceso avanza típicamente en tres fases: (1) Revisión y aceptación de la solicitud (5 a 10 días hábiles): la AFP receptora verifica la elegibilidad del cotizante — la restricción de cinco años, la restricción de proximidad a la edad de pensión, la completitud de la documentación — y emite una comunicación formal de aceptación o rechazo, notificando tanto al solicitante como a la AFP de origen; (2) Transferencia del saldo de la cuenta individual (30 a 35 días hábiles): la AFP de origen liquida las posiciones del portafolio del trabajador en el mercado, calcula el saldo neto de comisiones y rendimientos, y transfiere el valor total a través del sistema bancario a la AFP receptora; (3) Configuración de la nueva cuenta y actualización PILA (5 días hábiles): la AFP receptora abre la nueva cuenta individual, acredita el saldo transferido en el portafolio seleccionado por el trabajador, y notifica a la UGPP para que actualice el código de la AFP en el sistema PILA, redireccionando todas las cotizaciones futuras. El trabajador debe solicitar confirmación escrita de cada fase. La Defensoría del Consumidor Financiero de la SFC ([email protected]) atiende quejas por traslados demorados o incompletos; la SFC puede sancionar a las AFPs que incumplan los plazos del Decreto 2241 de 2010.
El sistema de multifondos en Colombia, establecido por el Decreto 2555 de 2010 (Decreto Único del Mercado de Valores y otros sectores financieros) y la Resolución 0705 de 2010 de la SFC, divide el portafolio de inversión de cada AFP en tres subfondos con perfiles de riesgo y rentabilidad diferenciados: el fondo conservador (Fondo 1), invertido principalmente en instrumentos de renta fija como bonos del Gobierno Nacional, TES y depósitos a término, con menor rentabilidad esperada pero mayor estabilidad; el fondo moderado (Fondo 2), con una combinación balanceada de renta fija y renta variable, adecuado para trabajadores en la mitad de su vida laboral; y el fondo de mayor riesgo (Fondo 3), con mayor exposición a activos de renta variable como acciones nacionales e internacionales, fondos de capital privado y activos alternativos, con mayor potencial de rentabilidad a largo plazo pero mayor volatilidad de corto plazo. Adicionalmente, existe el Fondo Especial de Retiro Programado para afiliados en etapa de desacumulación (pensionados bajo retiro programado). Los trabajadores de 50 años o más son asignados automáticamente al fondo conservador (Fondo 1) salvo instrucción expresa en contrario. Al presentar la Solicitud de Traslado de AFP, el trabajador debe indicar en cuál subfondo desea que se acredite el saldo transferido en la AFP receptora. La SFC publica trimestralmente comparativos de rentabilidad efectiva anual por AFP y por tipo de fondo en superfinanciera.gov.co, información que el trabajador debe revisar junto con su perfil de riesgo antes de decidir tanto la AFP de destino como el subfondo de inversión.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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Solicitud de Historia Laboral ante Colpensiones — Colombia
Solicitud oficial a Colpensiones de la Historia Laboral certificada que muestra todas las semanas de cotización pensional, empleadores y períodos en el régimen RPM, conforme a la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003 y el Decreto 1406 de 1999.
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Formulario oficial para solicitar el reconocimiento de pensión de vejez ante una AFP privada (RAIS) en Colombia, conforme a la Ley 100 de 1993 y la Ley 797 de 2003, para trabajadores que han cumplido la edad y semanas de cotización requeridas.
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