Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio)
CONTRATO DE COMPRAVENTA DE ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO
Celebrado conforme al Código de Comercio Artículos 525 a 533 y Código Civil Artículo 1849
PRIMERA. — PARTES CONTRATANTES
ENAJENANTE (VENDEDOR):
Razón Social / Nombre: [Seller Name]
NIT: [Seller NIT]
Domicilio: [Seller Address]
Representante Legal: [Seller Representative]
C.C.: [Seller Rep CC]
ADQUIRENTE (COMPRADOR):
Razón Social / Nombre: [Buyer Name]
NIT: [Buyer NIT]
Domicilio: [Buyer Address]
Representante Legal: [Buyer Representative]
C.C.: [Buyer Rep CC]
Entre las partes arriba identificadas, quienes en adelante se denominarán EL ENAJENANTE y EL ADQUIRENTE, respectivamente, se celebra el presente Contrato de Compraventa de Establecimiento de Comercio, regido por las disposiciones del Código de Comercio (Decreto 410 de 1971) Artículos 525 a 533 y el Código Civil Artículo 1849.
SEGUNDA. — IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO
Nombre Comercial: [Business Name]
Matrícula Mercantil: [Business Matricula]
Dirección: [Business Address]
Actividad Económica (CIIU): [Business Activity]
TERCERA. — OBJETO DEL CONTRATO
EL ENAJENANTE transfiere a título de compraventa la totalidad del establecimiento de comercio identificado en la Cláusula Segunda, incluyendo todos los elementos que lo componen conforme al Artículo 516 del Código de Comercio.
Bienes incluidos en la enajenación:
[Assets Included]
Bienes excluidos de la enajenación:
[Assets Excluded]
CUARTA. — PRECIO Y FORMA DE PAGO
Precio Total de Venta: [Sale Price]
Forma de Pago: [Payment Method]
Cronograma de Pagos: [Payment Schedule]
QUINTA. — PROTECCIÓN DE ACREEDORES (CCo Art. 527)
EL ENAJENANTE declara haber publicado el aviso de enajenación en el periódico [Aviso Newspaper] con fecha [Aviso Date], conforme a lo dispuesto en el Artículo 527 del Código de Comercio, con al menos quince (15) días de anticipación a la firma del presente contrato.
De conformidad con el Artículo 528 del Código de Comercio, EL ADQUIRENTE asume las obligaciones del ENAJENANTE con los acreedores del establecimiento. Las partes acuerdan la distribución de responsabilidades por obligaciones anteriores y posteriores a la fecha de este contrato.
SEXTA. — DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL ENAJENANTE
EL ENAJENANTE declara y garantiza que:
a) Tiene plena capacidad legal para celebrar el presente contrato y transferir el establecimiento de comercio.
b) El establecimiento se encuentra libre de gravámenes, embargos y limitaciones al dominio, salvo los expresamente declarados.
c) Los estados financieros proporcionados al ADQUIRENTE reflejan razonablemente la situación financiera del establecimiento.
d) Se encuentra al día en el pago de obligaciones tributarias ante la DIAN, autoridades departamentales y municipales.
e) Se encuentra al día en el cumplimiento de obligaciones laborales (seguridad social, parafiscales, prestaciones sociales) conforme al Código Sustantivo del Trabajo.
f) No existen procesos judiciales o administrativos pendientes que afecten la titularidad o el funcionamiento del establecimiento.
SÉPTIMA. — OBLIGACIÓN DE NO COMPETENCIA (CCo Art. 529)
De conformidad con el Artículo 529 del Código de Comercio, EL ENAJENANTE se obliga a no establecer un negocio del mismo género dentro del territorio donde opera el establecimiento enajenado, por un período de [Non-Compete Period] contados a partir de la fecha de firma del presente contrato.
OCTAVA. — REGISTRO Y FORMALIDADES
Las partes se obligan a registrar el presente contrato ante la Cámara de Comercio competente, de conformidad con el Artículo 526 del Código de Comercio, para efectos de oponibilidad frente a terceros. Los costos de registro serán asumidos por EL ADQUIRENTE, salvo pacto en contrario.
En caso de que el establecimiento incluya marcas registradas, las partes gestionarán la transferencia ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) conforme a la Decisión Andina 486 de 2000. La actualización del RUT ante la DIAN será responsabilidad de cada parte respecto de su propia inscripción.
NOVENA. — LEY APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
El presente contrato se rige por el Código de Comercio (Decreto 410 de 1971), el Código Civil (Ley 57 de 1887), y demás normas aplicables de la República de Colombia. Las controversias se resolverán ante los Juzgados Civiles del Circuito competentes del lugar de ubicación del establecimiento, previa conciliación ante centro de conciliación autorizado conforme a la Ley 640 de 2001.
FIRMAS
En [Execution City], a los [Execution Date].
EL ENAJENANTE:
[Seller Name]
NIT: [Seller NIT]
Representante Legal: [Seller Representative]
C.C.: [Seller Rep CC]
Firma: _________________________
EL ADQUIRENTE:
[Buyer Name]
NIT: [Buyer NIT]
Representante Legal: [Buyer Representative]
C.C.: [Buyer Rep CC]
Firma: _________________________
Seller (Enajenante)
________________
Signature
Buyer (Adquirente)
________________
Signature
What Is a Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio)?
A Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio or Contrato de Enajenacion de Establecimiento de Comercio) is a commercial contract through which the owner of a going-concern business (establecimiento de comercio) transfers ownership of the entire commercial enterprise — including its tangible and intangible assets, goodwill, contracts, and business relationships — to a buyer, governed by Codigo de Comercio (CCo — Decreto 410 de 1971) Articles 525 through 533 and the general sale provisions of the Codigo Civil (CC) Article 1849.
The Constitucion Politica de 1991 provides the constitutional foundation through Article 333 (economic freedom and free enterprise — libertad de empresa e iniciativa privada), Article 58 (property rights — derecho de propiedad), and Article 61 (intellectual property protection). Under the Codigo de Comercio, the establecimiento de comercio is defined in CCo Article 515 as the conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa (the set of assets organized by the entrepreneur to carry out the purposes of the enterprise) — it is a distinct legal concept from the empresa (enterprise) and the comerciante (merchant).
CCo Article 516 enumerates the elements that form part of the establecimiento de comercio: the nombre comercial (trade name) and trademarks (marcas); the rights of the owner over industrial inventions or creations; the equipment, furnishings, and installations (mobilario y instalaciones); goods in stock (mercancias en almacen) for sale or production; contracts — all rights and obligations derived from activities of the establishment; the good faith factor (el derecho a impedir la desviacion de la clientela — the right to prevent diversion of customers, equivalent to goodwill); the derechos de propiedad industrial e intelectual; and authorizations, licenses, and permits.
The sale of an establecimiento de comercio follows mandatory procedural requirements under CCo Articles 525 through 533. Under CCo Article 525, the sale must be executed through escritura publica (public deed before a Notario Publico) or documento privado reconocido ante notario (private document authenticated before a notary). Under CCo Article 526, the sale must be registered with the Camara de Comercio — the registration has efectos declarativos (declaratory effects) making the transfer opposable to third parties. Under CCo Article 527, the alienator must publish an aviso de enajenacion (notice of sale) in a newspaper of wide circulation at least 15 days before the execution of the sale — this notice protects creditors of the establishment by giving them the opportunity to oppose the sale if their credits are not secured.
The Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) has jurisdiction over competition aspects of business sales — under Ley 1340 de 2009 (Ley de Competencia) Article 9, business combinations (integraciones empresariales) that exceed the thresholds established by the SIC must obtain pre-merger clearance (autorizacion de integracion) before closing. The sale of an establecimiento de comercio may constitute an integracion empresarial when it involves the acquisition of a going-concern business that participates in the same relevant market as the buyer.
The legal framework governing the Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio) in Colombia draws on several key statutes and regulatory bodies. Under the Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), the Camara de Comercio maintains the Registro Mercantil of Colombian companies. The Ley 1258 de 2008 governs Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). The Superintendencia de Sociedades supervises corporate governance. The DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales) administers the Impuesto de Renta and IVA under the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Parties executing a Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio) in Colombia should confirm the document reflects current law, including any amendments enacted since the original drafting date. The CCo arts. 525-533 (Decreto 410/1971) sets the foundational requirements.
When Do You Need a Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio)?
A Business Sale Agreement Colombia is needed whenever the owner of a going-concern business (establecimiento de comercio) decides to transfer ownership of the entire commercial enterprise to a buyer, whether as a complete sale or partial transfer of business operations.
Retirement or succession of the business owner requires a formal sale agreement when the owner decides to exit the business by selling to a third party, a family member, or a business partner. Under CCo Article 525, the sale must follow the mandatory procedural requirements — escritura publica or authenticated documento privado, Camara de Comercio registration under CCo Article 526, and the aviso de enajenacion (notice of sale) under CCo Article 527.
Strategic acquisitions by companies seeking to acquire an existing business operation — rather than starting from scratch — require the business sale agreement to transfer all elements of the establecimiento de comercio under CCo Article 516, including customer relationships, supplier contracts, licenses, permits, and operational know-how.
Franchise conversions occur when a franchise relationship ends and the franchisee acquires the business as an independent operation, or when the franchisor acquires the franchisee's established business. The sale agreement must address the transition of brand identity, the assignment of the local customer base, and the handling of franchise-specific assets.
Business restructuring under Ley 1116 de 2006 (Regimen de Insolvencia Empresarial) may involve the sale of establecimientos de comercio as part of a reorganization plan (acuerdo de reorganizacion under Articles 33 through 40) or as part of a judicial liquidation (liquidacion judicial under Articles 47 through 60). The Superintendencia de Sociedades supervises these sales.
Partner buyouts in sociedades de hecho, sociedades en comandita, or multi-shareholder SAS companies may involve the sale of a partner's participation through the transfer of their interest in the establecimiento de comercio, particularly when the business operates without a formal corporate structure.
Competition clearance under Ley 1340 de 2009 is required when the sale of the establecimiento de comercio constitutes an integracion empresarial exceeding the thresholds established by the SIC — both parties must evaluate whether pre-merger notification is required before closing the transaction.
Parties in Colombia should prepare a Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio) proactively rather than waiting for a dispute to arise. Courts interpret agreements based on the written terms rather than oral representations. Under the Codigo de Comercio (Decreto 410 de 1971), the Camara de Comercio maintains the Registro Mercantil of Colombian companies. The Ley 1258 de 2008 governs Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS). The Superintendencia de Sociedades supervises corporate governance. The DIAN (Direccion de Impuestos y Aduanas Nacionales) administers the Impuesto de Renta and IVA under the Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989). Where the transaction involves regulated activities, prior approval from the relevant authority may be required before execution.
What to Include in Your Business Sale Agreement Colombia (Compraventa de Establecimiento de Comercio)
A valid Business Sale Agreement Colombia under CCo Articles 525 through 533 and CC Article 1849 must contain the following essential elements to effectively transfer ownership of the establecimiento de comercio and comply with mandatory procedural requirements.
Party Identification: Full legal identification of both the seller (enajenante) and the buyer (adquirente) — for natural persons: full name, cedula de ciudadania, and domicile; for legal entities: corporate name (razon social), NIT (Numero de Identificacion Tributaria), Camara de Comercio registration, and identification of the representante legal authorized to execute the sale. Marital status of natural persons (to determine whether spousal consent is required under CC Articles 1774 through 1790 for assets forming part of the sociedad conyugal).
Business Identification: Complete identification of the establecimiento de comercio being sold — trade name (nombre comercial), matricula mercantil (commercial registration number) with the Camara de Comercio, registered address, and the economic activities (actividades economicas under the CIIU classification) of the business. Reference to the certificado de existencia y representacion legal or certificado de matricula issued by the Camara de Comercio.
Assets Included: Detailed inventory of all assets forming part of the establecimiento de comercio under CCo Article 516, organized by category: tangible assets (equipment, furnishings, vehicles, inventory); intangible assets (trade name, trademarks registered with the SIC, patents, copyrights, trade secrets under Decision Andina 486 de 2000); contracts (customer contracts, supplier agreements, lease agreements, employment contracts — which transfer automatically under CCo Article 528 unless the counterparty objects); licenses, permits, and authorizations issued by government entities; and goodwill (prima comercial — the value attributable to the established customer base, market position, and reputation).
Sale Price and Payment: Total purchase price expressed in Colombian pesos (COP), with breakdown by asset category where applicable. Payment terms — immediate payment (pago de contado), deferred payment (pago a plazos), or mixed payment. For deferred payments, specification of installment amounts, payment schedule, interest rate (within the limits of CCo Article 884 and the tasa de usura), and security (garantias) — commonly a reserva de dominio (retention of title under CCo Articles 952 through 967) or a prenda sin tenencia (pledge without possession under Ley 1676 de 2013).
Creditor Protection Compliance: Evidence of compliance with the mandatory creditor protection requirements of CCo Article 527 — publication of the aviso de enajenacion in a newspaper of wide circulation at least 15 days before execution, and the results of any creditor opposition (oposicion de acreedores). Under CCo Article 528, the buyer assumes the obligations of the seller with the creditors of the establishment — the agreement should address the allocation of pre-closing and post-closing liabilities.
Representations and Warranties: Seller's representations regarding: the legal capacity to sell; ownership free of liens and encumbrances; accuracy of the financial statements provided to the buyer; status of tax obligations with the DIAN, departmental, and municipal tax authorities; compliance with labor obligations (seguridad social, parafiscales, prestaciones sociales under the Codigo Sustantivo del Trabajo); environmental compliance; and the absence of pending litigation affecting the establishment.
Registration Requirements: Obligation to register the sale with the Camara de Comercio under CCo Article 526 for third-party effect (oponibilidad a terceros). Registration of trademark transfers with the SIC. Notification to the DIAN for RUT (Registro Unico Tributario) update.
Forms-legal.com provides this Business Sale Agreement Colombia template as a practical starting point for business transfer transactions. Every business sale should be reviewed by an abogado comercialista to confirm compliance with CCo Articles 525 through 533, evaluate tax implications with a contador publico, and address competition clearance requirements under Ley 1340 de 2009.
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Frequently Asked Questions
La venta de un establecimiento de comercio en Colombia exige el cumplimiento de formalidades obligatorias bajo los Artículos 525 a 533 del Código de Comercio. El Artículo 525 del CCo exige que la venta se formalice mediante escritura pública ante Notario Público o mediante documento privado reconocido ante notario —los acuerdos verbales o transferencias informales no son válidos para las ventas de establecimientos. El Artículo 527 del CCo impone al enajenante publicar un aviso de enajenación en un diario de amplia circulación en el lugar donde opera el establecimiento, con al menos 15 días de anticipación a la fecha de suscripción; el aviso debe incluir la identificación del vendedor, el establecimiento, el comprador y la fecha propuesta de la venta. El período de aviso permite a los acreedores del establecimiento examinar su posición y eventualmente oponerse a la venta conforme al Artículo 528 del CCo. El Artículo 526 del CCo exige inscribir la venta consumada en la Cámara de Comercio (registro mercantil) — la inscripción confiere efectos declarativos a la transferencia, haciéndola oponible a terceros desde la fecha de registro. Cuando el establecimiento incluye bienes inmuebles (Artículo 530), su venta sigue las formalidades ordinarias de transferencia de inmuebles: escritura pública bajo el Artículo 1857 del CC e inscripción en la ORIP. Las transferencias de marcas registradas requieren inscripción separada ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) bajo la Decisión Andina 486 de 2000.
Conforme al Artículo 528 del Código de Comercio, la venta de un establecimiento de comercio opera una cesión automática de todos los contratos relacionados con las actividades del establecimiento —característica distintiva del derecho comercial colombiano que diferencia la venta de un establecimiento de una simple venta de activos. El comprador asume automáticamente la posición contractual del vendedor en todos los contratos que integran el establecimiento bajo el Artículo 516 del CCo, incluyendo: contratos de suministro con proveedores, acuerdos de prestación de servicios con clientes, contratos de arrendamiento del local comercial, contratos de mantenimiento y demás relaciones comerciales vigentes. Sin embargo, el Artículo 528 del CCo otorga a los contratantes una protección importante: pueden terminar sus contratos dentro de los dos meses siguientes a la inscripción de la venta en la Cámara de Comercio si el comprador no ofrece garantías suficientes para el cumplimiento de las obligaciones asumidas, o si existe justa causa para la terminación. Los contratos laborales se rigen por el principio de continuidad del Artículo 67 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) — la sustitución patronal (Artículos 67 a 70 del CST) no afecta las relaciones laborales existentes y el comprador asume todas las obligaciones laborales, incluidas prestaciones sociales, antigüedad y aportes a seguridad social. El Artículo 69 del CST establece solidaridad entre vendedor y comprador por las obligaciones laborales causadas antes de la sustitución. Los contratos intuitu personae — los que se celebraron en consideración a las cualidades personales del vendedor — no se transfieren automáticamente.
El precio de venta de un establecimiento de comercio en Colombia es libremente determinado por las partes conforme al principio de autonomía contractual (Artículo 1602 del CC), pero la práctica comercial colombiana y las normas jurídicas proporcionan marcos de valoración. El precio debe respetar la limitación de lesión enorme de los Artículos 1947 a 1954 del CC — si el vendedor recibe menos de la mitad del justo precio del establecimiento, puede solicitar judicialmente la rescisión de la venta. Los enfoques de valoración más comunes incluyen: valoración patrimonial — suma del valor de mercado de todos los activos tangibles (inventario, equipos, mobiliario) más el valor tasado de los activos intangibles (marcas, secretos empresariales, bases de clientes, licencias); valoración por flujos de caja descontados (DCF) — metodología que proyecta los flujos de ingresos futuros, utilizada frecuentemente para negocios en marcha rentables; y valoración por comparables de mercado — comparación con ventas recientes de negocios similares en el mismo sector y mercado geográfico. El good will (prima comercial) —definido en el Artículo 516 del CCo como el derecho a impedir la desviación de la clientela— es típicamente el activo intangible más significativo y el más difícil de valorar. Los tribunales colombianos han aceptado múltiples metodologías, incluyendo el método de ganancias en exceso y la capitalización de utilidades por encima del promedio del sector. Para efectos tributarios, la asignación del precio entre categorías de activos incide en el tratamiento fiscal — los activos tangibles pueden estar sujetos a IVA al 19% bajo el Artículo 468 del Estatuto Tributario, mientras que la venta de acciones o cuotas sociales generalmente no está gravada con IVA. El vendedor enfrenta el impuesto a las ganancias ocasionales (Artículos 299 a 317 del Estatuto Tributario) sobre la utilidad de la venta.
El vendedor de un establecimiento de comercio en Colombia conserva varias obligaciones jurídicas tras la venta, conforme a los Artículos 525 a 533 del Código de Comercio y el derecho contractual general. El Artículo 529 del CCo prohíbe al enajenante establecer un negocio del mismo género en el territorio donde operaba el establecimiento vendido — esta obligación de no competencia impide al vendedor desviar la clientela que forma parte del good will transferido al comprador. El período de no competencia no está especificado en el Artículo 529 del CCo pero la Corte Suprema de Justicia lo ha interpretado como un término razonable, típicamente de dos a cinco años según el sector y el alcance geográfico. El Artículo 528 del CCo establece que vendedor y comprador son solidariamente responsables por las obligaciones del establecimiento pendientes al momento de la venta — responsabilidad solidaria que protege a los acreedores y subsiste tras la transferencia. Conforme a los Artículos 1893 a 1917 del CC, el vendedor debe al comprador la obligación de saneamiento: saneamiento por evicción (garantía contra reclamaciones de terceros sobre los activos) y saneamiento por vicios redhibitorios (garantía contra defectos ocultos en los activos). El vendedor debe cooperar con el comprador en la transición del negocio: presentar a clientes y proveedores clave, capacitar en la operación y transferir el conocimiento institucional. Conforme a las declaraciones y garantías del contrato de compraventa, el vendedor responde por las inexactitudes sobre la situación financiera, el estado jurídico o los aspectos operativos del negocio; las reclamaciones por incumplimiento de declaraciones típicamente tienen un período de vigencia de uno a tres años.
La venta de un establecimiento de comercio en Colombia genera diversas obligaciones tributarias bajo el Estatuto Tributario (ET — Decreto 624 de 1989), que afectan tanto al vendedor como al comprador. Para el vendedor, la utilidad de la venta constituye una ganancia ocasional bajo los Artículos 299 a 317 del ET — la ganancia se calcula como la diferencia entre el precio de venta y el costo fiscal de los activos del establecimiento. La tarifa del impuesto a las ganancias ocasionales es del 15% conforme al Artículo 314 del ET, tanto para personas naturales como jurídicas. Alternativamente, si la venta se estructura como una transacción comercial ordinaria (parte de las actividades habituales del vendedor), la utilidad puede tratarse como renta ordinaria sujeta a la tarifa regular del impuesto de renta — 35% para personas jurídicas bajo el Artículo 240 del ET o las tarifas progresivas para personas naturales bajo el Artículo 241. Para efectos del IVA, la venta de activos individuales del establecimiento puede estar gravada al 19% bajo el Artículo 468 del ET — los bienes muebles tangibles, equipos e inventario generalmente están gravados, mientras que la transferencia de bienes inmuebles está sujeta a derechos notariales y de registro en lugar de IVA. El comprador debe verificar el cumplimiento tributario del vendedor mediante un paz y salvo tributario — el Artículo 794 del ET establece responsabilidad solidaria del comprador por impuestos impagos del establecimiento. Ambas partes deben actualizar su RUT (Registro Único Tributario) ante la DIAN — el vendedor para reflejar la enajenación y el comprador para registrar el negocio adquirido. Los impuestos municipales —Impuesto de Industria y Comercio (ICA) e Impuesto Predial Unificado para inmuebles— deben abordarse en el contrato de compraventa.
La autorización de competencia puede ser requerida para la venta de un establecimiento de comercio en Colombia conforme a la Ley 1340 de 2009 (Ley de Competencia) y las regulaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). El Artículo 9 de la Ley 1340 exige que las integraciones empresariales —incluidas fusiones, adquisiciones y consolidaciones— que superen los umbrales establecidos por la SIC obtengan autorización previa (autorización de integración) antes del cierre. La SIC define los umbrales de notificación mediante resolución — actualmente se requiere notificación cuando: los activos o ingresos combinados de las partes superan 60.000 SMLMV (aproximadamente COP $85,4 billones para 2025) y al menos dos de las partes individualmente tienen activos o ingresos superiores a 20.000 SMLMV. La venta de un establecimiento de comercio constituye una integración empresarial cuando el comprador adquiere un negocio en marcha que participa en el mismo mercado relevante — la SIC analiza el efecto de la transacción sobre la concentración del mercado, las barreras de entrada y los posibles efectos anticompetitivos. La notificación debe presentarse antes del cierre (pre-cierre) — consumar la venta sin la autorización requerida constituye una infracción de gun-jumping sujeta a sanciones bajo el Artículo 25 de la Ley 1340, incluyendo multas de hasta 100.000 SMLMV. El proceso de revisión de la SIC toma aproximadamente tres meses en la Fase I (análisis preliminar) y hasta tres meses adicionales en la Fase II (investigación a fondo) — durante este período, las partes deben mantener el negocio como una operación separada. Las transacciones autorizadas por la SIC pueden estar sujetas a condiciones (compromisos) como desinversiones de activos, compromisos de conducta o medidas de protección al consumidor.
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