Inheritance and Donation Tax Form Chile
Ley N.º 16.271 — SII Formulario 4412
FORMULARIO — IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES
DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LAS HERENCIAS, ASIGNACIONES Y DONACIONES Ley N.º 16.271 de 1965 — Formulario SII 4412 Fecha de declaración: [Fecha Declaración]
I. Identificación del Causante o Donante
SECCIÓN I — IDENTIFICACIÓN DEL CAUSANTE O DONANTE Nombre: [Nombre Causante/Donante] RUT: [RUT Causante/Donante] Fecha de fallecimiento: [Fecha de Fallecimiento] Último domicilio en Chile: [Último Domicilio] Posesión efectiva otorgada por: [Tipo Posesión Efectiva] Antecedentes: [Datos Posesión Efectiva]
II. Identificación del Declarante
SECCIÓN II — IDENTIFICACIÓN DEL HEREDERO / LEGATARIO / DONATARIO DECLARANTE Nombre: [Nombre Heredero Declarante] RUT: [RUT Heredero] Parentesco con el causante/donante: [Parentesco Heredero] Porcentaje de la asignación: [Porcentaje Asignación]%
III. Inventario del Acervo Bruto
SECCIÓN III — INVENTARIO DEL ACERVO BRUTO Bienes raíces (avalúo fiscal o tasación comercial, Ley 16.271 Art. 46): $[Valor Bienes Raíces] Bienes muebles: $[Valor Bienes Muebles] Saldos bancarios e inversiones: $[Saldos Bancarios] Otros bienes: [Otros Bienes] TOTAL ACERVO BRUTO: $[Total Acervo Bruto]
IV. Deducciones (Art. 9 Ley 16.271)
SECCIÓN IV — DEDUCCIONES CONFORME AL ARTÍCULO 9 DE LA LEY 16.271 Deudas acreditadas del causante: $[Monto Deudas] Gastos de entierro y última enfermedad: $[Gastos Funerarios] Honorarios del albacea: $[Honorarios Albacea] TOTAL DEDUCCIONES: $[Total Deducciones] ACERVO LÍQUIDO IMPONIBLE: $[Acervo Líquido Imponible]
V. Cálculo del Impuesto
SECCIÓN V — CÁLCULO DEL IMPUESTO POR ASIGNATARIO Monto de la asignación del declarante: $[Monto Asignación Heredero] Tabla de tasas aplicada: [Tabla Aplicada] Impuesto calculado: $[Impuesto Calculado] Forma de pago: [Forma de Pago] El declarante se compromete a presentar este formulario ante la Unidad del SII correspondiente al último domicilio del causante o donante y a pagar el impuesto resultante dentro del plazo del Artículo 50 de la Ley 16.271 (dos años desde el fallecimiento).
VI. Declaración Jurada y Firma
DECLARACIÓN JURADA El declarante, bajo juramento, declara que los antecedentes consignados en este formulario son fidedignos y completos, y que no ha omitido bien alguno del acervo del causante o donante. Reconoce que las declaraciones falsas o incompletas lo hacen responsable de las sanciones establecidas en el Artículo 97 N.º 4 del Código Tributario. Firma del declarante: _______________________________ Nombre: [Nombre Heredero Declarante] RUT: [RUT Heredero] Fecha: [Fecha Declaración]
Heredero / Legatario / Donatario Declarante
________________
Signature
What Is a Inheritance and Donation Tax Form Chile?
The Inheritance and Donation Tax Form in Chile is the official tax declaration instrument required by the Servicio de Impuestos Internos (SII) to liquidate and pay the tax established in Ley N.º 16.271 of February 9, 1965, as amended by Ley 19.903 of 2003 and the 2014 Tax Reform. SII Form 4412 is used by heirs, legatees and donees to identify received assets, calculate the net taxable estate under Article 5, apply deductions for proven debts under Article 9, and apply the progressive rate scale of Article 2 based on the bequest amount and degree of kinship. The process begins with the posesión efectiva from the Registro Civil or Civil Court, followed by asset inventory, CBR certificates, and SII tax debt certificates. Progressive rates range from 1% to 25% across UTA brackets, with Table A applying to direct relatives and Table B to collateral relatives and unrelated persons.
When Do You Need a Inheritance and Donation Tax Form Chile?
The Inheritance and Donation Tax Form is required in Chile whenever a gratuitous transfer of assets occurs by death or between living persons. Heirs and legatees must file Form 4412 within two years of the decedent's death per Article 50 of Ley 16.271. Donees must declare significant donations before CBR registration. The form is also needed for assets located abroad owned by Chilean-domiciled decedents under Article 3, and when executors or estate curators manage the estate's tax obligations.
What to Include in Your Inheritance and Donation Tax Form Chile
A correctly completed Inheritance and Donation Tax Form in Chile must include: decedent or donor identification with RUT and death certificate data; identification of all heirs, legatees or donees with kinship degree for table selection; detailed inventory of gross estate with SII cadastral values for real estate, bank balances, vehicle registrations and share valuations; permitted deductions under Article 9 for proven debts, last illness expenses, funeral costs and executor fees; calculation of net taxable estate in UTA units; application of Table A or Table B progressive rates per Article 2; SII payment receipt and Certificado de Pago for CBR registration; and documentation of any exemptions under Article 18 or installment payment requests under Article 21 bis.
How to Fill Out Your Inheritance and Donation Tax Form Chile
Completar el Formulario de Impuesto de Herencias y Donaciones en Chile requiere un proceso metódico que comienza con la recopilación de información sobre los bienes del causante o donante y termina con el pago del tributo ante el Servicio de Impuestos Internos.
El primer paso es obtener la posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil e Identificación conforme a la Ley N.º 19.903, ya que este trámite identifica oficialmente a los herederos y determina el inventario de bienes conocidos de la herencia. El Formulario de Impuesto de Herencias debe presentarse al SII dentro del plazo de dos años desde la fecha de fallecimiento del causante, que es la fecha de apertura de la sucesión conforme al artículo 955 del Código Civil chileno.
El segundo paso es valorar cada bien de la herencia conforme a las reglas del artículo 46 de la Ley N.º 16.271: para bienes raíces, se utiliza el avalúo fiscal vigente determinado por el Servicio de Impuestos Internos, o el valor de mercado si es superior; para vehículos, el precio de mercado según tasación del SII; para acciones de sociedades anónimas abiertas, el precio bursátil promedio de los últimos treinta días; para derechos sociales en sociedades de personas, el valor libro según el último balance anual. Esta valoración es auditada por el SII conforme al artículo 46 de la ley.
El tercer paso es calcular el impuesto separadamente para cada heredero o asignatario. Debe determinarse: el valor bruto de la asignación de cada heredero, deducir las deudas y gastos que le corresponden proporcionalmente, aplicar el monto exento de 600 UTM por heredero, y calcular el impuesto sobre el exceso aplicando la tabla progresiva del artículo 2 de la Ley N.º 16.271. Si el heredero es hijo o cónyuge del causante, la tasa aplicable se reduce en un 50% conforme al inciso segundo del artículo 2.
El cuarto paso es presentar el formulario ante el Servicio de Impuestos Internos, lo que puede hacerse en línea a través del portal www.sii.cl con Clave Tributaria o Clave Única, o presencialmente en la Unidad del SII correspondiente al último domicilio del causante. El SII asigna un número de declaración y revisa la procedencia de las deducciones y exenciones declaradas, pudiendo solicitar documentos de respaldo dentro de los plazos de fiscalización.
El quinto paso es el pago del impuesto determinado, que puede efectuarse en cuotas conforme al artículo 51 de la Ley N.º 16.271, que permite el pago en hasta tres cuotas iguales con vencimientos mensuales consecutivos. El no pago del impuesto dentro del plazo genera intereses y multas conforme a los artículos 53 y 97 del Código Tributario.
Legal Requirements for Inheritance and Donation Tax Form Chile
El Formulario de Impuesto de Herencias y Donaciones en Chile está regulado por un conjunto de normas legales que establecen la obligación tributaria, los plazos de declaración y pago, y las consecuencias del incumplimiento.
La norma fundamental es la Ley N.º 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones de 1965, que en su artículo 2 establece las tasas progresivas del impuesto (1% a 25%), en el artículo 18 las deducciones admitidas, en el artículo 46 las reglas de valoración de bienes, en el artículo 50 el plazo de dos años para presentar la declaración, y en el artículo 54 la solidaridad de los herederos en el pago del impuesto.
El Código Civil chileno contiene normas complementarias: el artículo 955 establece que la sucesión se abre al momento de la muerte del causante; el artículo 988 determina el orden de sucesión intestada; el artículo 1401 establece la insinuación judicial y el pago previo del impuesto como requisitos de validez de las donaciones entre vivos; y el artículo 1187 regula el acervo imaginario para el cálculo de las asignaciones forzosas, que afecta la base imponible del impuesto hereditario.
La Ley N.º 19.903 de 2003 sobre posesión efectiva establece en su artículo 4 que el Servicio de Registro Civil e Identificación puede dictar la resolución de posesión efectiva solo cuando los herederos acrediten el pago del Impuesto de Herencias o su exención, mediante el certificado que el SII emite al efecto. Sin este certificado, el Registro Civil suspende el trámite de posesión efectiva.
El artículo 97 N.º 2 del Código Tributario sanciona la presentación tardía de declaraciones con multa del 10% del impuesto adeudado por los primeros seis meses de atraso, aumentada en un 2% por cada mes adicional de retraso hasta un máximo del 30%. El artículo 200 del Código Tributario establece la prescripción de la acción fiscalizadora del SII en tres años desde la presentación de la declaración, ampliada a seis años cuando la declaración es maliciosamente falsa.
Common Mistakes to Avoid in Your Inheritance and Donation Tax Form Chile
Conocer los errores más frecuentes al completar el Formulario de Impuesto de Herencias y Donaciones en Chile permite evitar observaciones del SII, demoras en el trámite sucesorio y el pago de multas innecesarias.
El primer error frecuente es no valorar correctamente los bienes de la herencia conforme a las reglas del artículo 46 de la Ley N.º 16.271. Muchos herederos declaran el valor de los bienes raíces según el precio de compra histórico en lugar del avalúo fiscal vigente del SII, o valoran los vehículos según el precio de compra en lugar del precio de mercado actual. El SII puede objetar estas valoraciones y liquidar diferencias de impuesto con multas e intereses.
El segundo error es no deducir correctamente las deudas del causante. La Ley N.º 16.271 permite deducir del activo hereditario las deudas hereditarias acreditadas mediante documentos —créditos hipotecarios, tarjetas de crédito, facturas pendientes— pero muchos herederos omiten estas deducciones por desconocimiento, pagando impuesto sobre una base imponible mayor a la correcta. La documentación de las deudas debe conservarse para acreditarlas ante el SII si son objetadas.
El tercer error es presentar la declaración fuera del plazo de dos años desde la muerte del causante. Muchas familias postergan indefinidamente el trámite de posesión efectiva y la declaración del impuesto, acumulando multas e intereses que reducen significativamente el patrimonio hereditario disponible. Cada mes de atraso genera un 2% adicional de multa más el 1,5% mensual de interés penal sobre el impuesto adeudado.
El cuarto error es no aplicar la rebaja del 50% de la tasa para hijos y cónyuge o conviviente civil sobreviviente. Esta rebaja establecida en el artículo 2 inciso segundo de la Ley N.º 16.271 puede reducir significativamente el impuesto a pagar, pero requiere acreditar el parentesco mediante certificados del Registro Civil y declararlo expresamente en el formulario.
El quinto error es omitir bienes de la herencia en la declaración, especialmente cuentas bancarias, fondos mutuos o derechos sociales en sociedades de personas que no figuran en el inventario de la posesión efectiva. El SII cruza la información con el Servicio de Registro Civil, el Conservador de Bienes Raíces, bancos y el Registro de Vehículos Motorizados para detectar bienes no declarados, lo que puede derivar en sanciones por declaración maliciosamente falsa conforme al artículo 97 N.º 4 del Código Tributario.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 19.903AR official
- Ley 16.271AR official
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Conforme al artículo 50 de la Ley N.º 16.271 sobre Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, los herederos tienen un plazo de dos años contados desde la fecha de fallecimiento del causante —que es la fecha de apertura de la sucesión conforme al artículo 955 del Código Civil chileno— para presentar la declaración del impuesto ante el Servicio de Impuestos Internos. Este plazo de dos años es improrrogable, aunque en la práctica el SII acepta declaraciones tardías con el pago de los recargos correspondientes. La presentación tardía genera la multa del artículo 97 N.º 2 del Código Tributario: 10% del impuesto adeudado por los primeros seis meses de atraso, más un 2% adicional por cada mes de atraso siguiente, hasta un máximo del 30% del impuesto. Adicionalmente, se devengan intereses del 1,5% mensual sobre el impuesto reajustado según IPC conforme al artículo 53 del Código Tributario. Se recomienda iniciar el trámite dentro del primer año del fallecimiento para contar con tiempo suficiente para reunir la documentación, valorar los bienes y calcular el impuesto correctamente.
Las tasas del Impuesto a las Herencias y Donaciones en Chile están establecidas en el artículo 2 de la Ley N.º 16.271 y son de carácter progresivo, aplicándose sobre el monto de cada asignación individual una vez deducidas las deudas y el monto exento de 600 UTM por asignatario (para herencias) o 300 UTM (para donaciones). La escala de tasas va desde el 1% para la parte de la asignación que no exceda las 200 UTM, hasta el 25% para la parte que exceda las 4.000 UTM, con tramos intermedios del 2,5%, 5%, 7,5%, 10%, 15% y 20%. Para los hijos, adoptados y cónyuge o conviviente civil sobreviviente, el artículo 2 inciso segundo establece una rebaja del 50% de la tasa aplicable, lo que en la práctica reduce las tasas efectivas a rangos de 0,5% a 12,5% para estos parientes directos. Para herederos más alejados en el parentesco —como sobrinos, primos o personas sin parentesco— la tasa se incrementa en un recargo del 20% sobre la tasa base, conforme al artículo 2 inciso tercero de la Ley N.º 16.271.
Sí, la Ley N.º 16.271 establece varias exenciones y deducciones que reducen la base imponible del Impuesto de Herencias en Chile. La más importante es el monto exento por asignatario: cada heredero o legatario tiene derecho a deducir 600 UTM (Unidades Tributarias Mensuales) de su asignación bruta antes de calcular el impuesto, conforme al artículo 2 de la ley. Adicionalmente, están exentas del impuesto: las asignaciones destinadas a establecimientos de beneficencia y corporaciones o fundaciones sin fines de lucro; las indemnizaciones laborales pagadas a los herederos del trabajador fallecido conforme al Código del Trabajo; las pensiones de sobrevivencia del sistema de AFP reguladas en el Decreto Ley N.º 3.500; y los seguros de vida hasta el monto establecido en el artículo 17 N.º 3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. También pueden deducirse de la base imponible las deudas del causante acreditadas con documentos, los gastos de última enfermedad y funerarios conforme al artículo 18 de la Ley N.º 16.271, y los gastos de liquidación y partición de la herencia debidamente acreditados ante el SII.
No es necesario pagar el Impuesto de Herencias antes de iniciar el trámite de posesión efectiva ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, pero sí es un requisito para que el Registro Civil dicte la resolución definitiva de posesión efectiva y para que los herederos puedan inscribir los bienes a su nombre en los registros correspondientes. Conforme al artículo 4 de la Ley N.º 19.903 de 2003, el Servicio de Registro Civil puede tramitar la posesión efectiva y dictar la resolución inicial, pero la inscripción de bienes raíces a nombre de los herederos en el Conservador de Bienes Raíces requiere acreditar el pago del impuesto o su exención mediante el certificado que emite el SII al efecto. En la práctica, los herederos inician simultáneamente ambos trámites: la posesión efectiva ante el Registro Civil y la declaración del impuesto ante el SII, de modo que cuando el Registro Civil dicta la resolución de posesión efectiva, los herederos ya tienen el certificado del SII para proceder a la inscripción de los bienes en los registros correspondientes.
Para efectos del Impuesto de Herencias y Donaciones en Chile, los bienes raíces se valoran conforme al artículo 46 de la Ley N.º 16.271. La regla general es que se utiliza el avalúo fiscal vigente determinado por el Servicio de Impuestos Internos para efectos del Impuesto Territorial (contribuciones), que figura en el Rol de Avalúo del SII y es actualizado semestralmente. Sin embargo, cuando el valor de mercado del inmueble —determinado por el precio que habitualmente se obtendría en una transacción entre partes independientes— es superior al avalúo fiscal, la Ley N.º 16.271 establece que debe utilizarse el valor de mercado como base imponible. El SII puede tasar el bien raíz al valor de mercado si considera que el avalúo fiscal es notoriamente inferior al precio real del inmueble, conforme al artículo 64 del Código Tributario que otorga facultad de tasación al organismo. Para evitar disputas de tasación, muchas familias contratan una tasación comercial de un tasador inscrito en el Servicio de Impuestos Internos como referencia objetiva del valor de mercado, especialmente para inmuebles en zonas de alta plusvalía donde la diferencia entre el avalúo fiscal y el valor de mercado puede ser muy significativa.
Sí, las donaciones entre padres e hijos en Chile están sujetas al Impuesto de Herencias y Donaciones establecido en la Ley N.º 16.271, aunque con tasas reducidas por el parentesco directo. Conforme al artículo 2 de la Ley N.º 16.271, las donaciones a hijos tienen una rebaja del 50% sobre la tasa base, lo que reduce las tasas efectivas del impuesto a rangos de 0,5% a 12,5% según el monto de la donación. El monto exento para donaciones es de 300 UTM por donatario, por lo que donaciones menores a este monto no pagan impuesto. Para donaciones que excedan las dos centavos de Unidad Tributaria Anual (UTA), el artículo 1401 del Código Civil exige además la insinuación judicial —autorización del juez civil competente— y el pago previo del impuesto ante el SII como requisito de validez de la donación. La donación celebrada sin insinuación judicial o con impuesto impago es nula de pleno derecho, lo que significa que el hijo no adquiere la propiedad del bien donado y el donante puede revocar la donación en cualquier momento. forms-legal.com ofrece el modelo de formulario con el cálculo específico para donaciones entre parientes directos.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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