Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario Chile
ACEPTACIÓN DE HERENCIA CON BENEFICIO DE INVENTARIO
(Código Civil Artículos 1247–1255)
PRIMERO: HEREDERO ACEPTANTE
Nombre: [Nombre Heredero]
RUT: [RUT Heredero]
Domicilio: [Domicilio Heredero]
Calidad: [Parentesco]
SEGUNDO: CAUSANTE
Nombre completo: [Nombre Causante]
RUT: [RUT Causante]
Fecha de fallecimiento: [Fecha Fallecimiento]
Último domicilio: [Último Domicilio Causante]
Tipo de sucesión: [Tipo Sucesión]
TERCERO: INVENTARIO SOLEMNE
[Referencia Inventario Solemne]
Valor total activos (Acervo Bruto según inventario): [Total Activos Inventario]
Total pasivos (Pasivo Hereditario según inventario): [Total Pasivos Inventario]
Acervo Líquido según inventario solemne: [Acervo Líquido Inventario]
[Declaración Buena Fe]
CUARTO: DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN CON BENEFICIO DE INVENTARIO
[Declaración Aceptación]
Tope de responsabilidad personal: [Tope Responsabilidad]
Los bienes personales del heredero quedan completamente protegidos frente a los acreedores hereditarios por montos que excedan el valor del acervo inventariado, conforme al Artículo 1247 del Código Civil.
QUINTO: NOTIFICACIÓN A ACREEDORES
[Notificación Acreedores]
SEXTO: OTORGAMIENTO
Lugar y fecha: [Ciudad], [Fecha]
Autoridad ante quien se otorga: [Autoridad Autorizante]
Heredero Aceptante
heir
Notario Público / Juez Civil
authority
Qué es Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario Chile
La Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario en Chile es el acto por el cual el asignatario acepta la asignación que en él se indica. Se rige por Código Civil Arts. 1247–1255 (beneficio de inventario).
En el derecho sucesorio chileno, existen tres formas en que un heredero puede responder a una herencia deferida: (1) aceptación pura y simple conforme a los Artículos 1241–1246 del Código Civil, donde el heredero acepta sin limitación y responde personalmente por todas las deudas hereditarias, incluso las que excedan el valor heredado; (2) repudiación o renuncia conforme a los Artículos 1225–1239, donde el heredero rechaza completamente la herencia; o (3) aceptación con beneficio de inventario conforme a los Artículos 1247–1255, donde el heredero acepta pero la responsabilidad se limita al valor de los activos del causante listados en un inventario formalmente autorizado.
El Artículo 1247 del Código Civil establece la protección central: el heredero que acepta con beneficio de inventario no responde por las deudas hereditarias más allá del valor de los bienes recibidos. Si la herencia tiene deudas de CLP 100 millones pero activos de solo CLP 60 millones, el heredero aceptante con beneficio de inventario queda expuesto a los reclamos de los acreedores solo hasta CLP 60 millones — la diferencia (CLP 40 millones) la absorben los acreedores, no el heredero personalmente. Sin esta protección, la aceptación pura y simple expondría los bienes personales del heredero a la deuda total de CLP 100 millones.
El beneficio de inventario está disponible para todos los herederos bajo el derecho chileno — el Artículo 1247 del Código Civil no lo restringe a categorías específicas. Tanto los herederos testamentarios como los intestados pueden invocarlo. Ciertas categorías de herederos están legalmente obligadas a aceptar con beneficio de inventario: los tutores y curadores que aceptan en nombre de menores o adultos incapacitados deben hacerlo con beneficio de inventario conforme al Artículo 397 del Código Civil; y las personas jurídicas que son herederas también deben aceptar con esta protección según la jurisprudencia chilena.
Los requisitos formales para un beneficio de inventario válido son estrictos conforme a los Artículos 1253–1255 del Código Civil: el heredero debe solicitar y obtener un inventario solemne autorizado por un Notario Público o el Juzgado Civil competente conforme al Artículo 858 del CPC, listando todos los activos y pasivos del causante; y el heredero debe aceptar la herencia con la reserva expresa del beneficio de inventario en escritura pública o petición judicial. Un heredero que acepta sin invocar expresamente el beneficio de inventario, o que no completa el inventario solemne, se trata como que ha aceptado pura y simplemente — perdiendo la limitación de responsabilidad.
El Artículo 1255 del Código Civil impone una sanción crítica que destruye la protección del beneficio de inventario: si un heredero, con conocimiento y mala fe, omite bienes del inventario solemne o incluye deudas ficticias, el heredero pierde de inmediato toda protección y responde personalmente por todas las deudas hereditarias sin limitación — la misma consecuencia que la aceptación pura y simple. Esta sanción refleja la política de que la protección del beneficio de inventario está condicionada a la divulgación completa, exacta y de buena fe de todos los bienes del causante por parte del heredero.
Cuándo necesitas Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario Chile
La Aceptación con Beneficio de Inventario en Chile es necesaria siempre que un heredero enfrente incertidumbre sobre el alcance total de las deudas del causante y desee aceptar la herencia protegiendo sus bienes personales frente a los reclamos de los acreedores hereditarios.
La aceptación con beneficio de inventario es necesaria cuando el causante era empresario individual, socio de una SRL, director de una SA o titular de una EIRL cuyos negocios pueden haber generado pasivos no divulgados significativos — acreedores comerciales, deudas tributarias ante el SII, obligaciones previsionales o laborales, o juicios pendientes (laborales, civiles) que los herederos desconocen al momento de la sucesión.
El mecanismo es indispensable cuando el causante tenía deudas hipotecarias con Banco Estado, Banco Santander Chile, BCI, Banco de Chile u otras instituciones financieras — donde el saldo hipotecario pendiente al momento del fallecimiento puede estar cercano o superar el valor de mercado actual del inmueble hipotecado, haciendo prudente limitar la responsabilidad del heredero.
La aceptación con beneficio de inventario es necesaria cuando la herencia incluye deudas ante el SII — impuesto a la renta impago, IVA u otras obligaciones tributarias — que pueden no estar completamente cuantificadas hasta que el SII complete su fiscalización de las declaraciones del causante. El SII puede emitir liquidaciones hasta tres años (o seis en casos de incumplimiento malicioso) después del vencimiento, lo que significa que los herederos pueden enfrentar reclamos tributarios años después de la sucesión sin haberlos conocido.
La protección es crítica cuando existen múltiples herederos con diferentes situaciones financieras en la misma sucesión. Un heredero que es profesional con bienes personales significativos (abogado, médico, ingeniero) enfrenta un riesgo personal mucho mayor de la aceptación pura y simple que un heredero con bienes personales limitados — el beneficio de inventario permite a cada heredero limitar independientemente su exposición independientemente de las decisiones de los coherederos.
La aceptación con beneficio de inventario también es necesaria cuando el causante tenía obligaciones de garante (fianzas o avales) por deudas de terceros — bajo el derecho chileno, la muerte del garante no extingue la obligación de garantía, y la herencia (y los herederos que aceptan sin beneficio) responde por la deuda garantizada si el deudor principal incumple.
Qué incluir en tu Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario Chile
La Aceptación con Beneficio de Inventario Chile válida conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil requiere el cumplimiento estricto de requisitos formales y sustantivos para lograr la protección limitadora de responsabilidad que el mecanismo provee.
Identificación del heredero: Nombre legal completo, RUT emitido por el SII, domicilio y estado civil del heredero aceptante. Se requiere plena capacidad legal — para menores de edad o adultos judicialmente incapacitados, el tutor o curador debe aceptar con beneficio de inventario bajo autorización judicial obligatoria del Juzgado de Familia (Ley 19.968) o Juzgado Civil, conforme al Artículo 397 del Código Civil.
Identificación del causante: Nombre legal completo, RUT, fecha de fallecimiento, último domicilio y tipo de sucesión (intestada o testamentaria). El certificado de defunción del SRCeI es el documento fundacional que acredita el hecho sucesorio.
Invocación expresa del beneficio de inventario: Declaración inequívoca de que el heredero acepta la herencia con beneficio de inventario conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil. Esta invocación expresa debe preceder o acompañar al inventario solemne — el heredero que acepta sin esta reserva expresa se trata como que ha aceptado pura y simplemente.
Referencia al inventario solemne: Referencia al inventario solemne autorizado por Notario Público o el Juzgado Civil competente conforme al Artículo 858 del CPC, que debe listar todos los activos y pasivos conocidos del causante. Deben especificarse el número del inventario, el nombre del Notario autorizante, la fecha y el número de protocolo notarial. El inventario solemne sostiene el beneficio de inventario — sin él, la protección es ineficaz.
Declaración de limitación de responsabilidad: Declaración expresa que establece la consecuencia legal de la aceptación con beneficio de inventario — que la responsabilidad personal del heredero por deudas hereditarias queda limitada al valor de los bienes listados en el inventario solemne, y que los bienes personales del heredero permanecen fuera del alcance de los acreedores hereditarios por montos que excedan el valor del inventario.
Declaración de buena fe en la divulgación de activos: Declaración del heredero aceptante de que el inventario solemne es completo y exacto a su leal saber y entender, que no se han omitido deliberadamente bienes conocidos, y que no se han incluido deudas ficticias. Esta declaración es esencial porque el Artículo 1255 del Código Civil destruye la protección del beneficio de inventario si el heredero omite conscientemente bienes o incluye deudas falsas.
Notificación a los acreedores: La aceptación con beneficio de inventario debe comunicarse a los acreedores hereditarios conocidos para que puedan hacer valer sus créditos contra la herencia dentro de los plazos aplicables. El Juzgado Civil o el Notario Público que supervisa el proceso gestiona típicamente esta notificación a través de la publicación exigida por el Artículo 858 del CPC.
Plazo de aceptación: Conforme al Artículo 1232 del Código Civil, los herederos tienen derecho a un plazo de deliberación para decidir si aceptar o renunciar — el heredero puede solicitar al tribunal un plazo de hasta un año para evaluar la herencia antes de comprometerse a la aceptación con beneficio de inventario. Si el heredero actúa como administrador de bienes hereditarios (tenedor de bienes) sin reservar expresamente el beneficio de inventario, puede ser tratado como que aceptó pura y simplemente conforme al Artículo 1240. Forms-legal.com ofrece esta plantilla de Aceptación con Beneficio de Inventario Chile como referencia; la aceptación debe otorgarse ante Notario Público o presentarse ante el Juzgado Civil competente, acompañada del inventario solemne completo autorizado conforme al Artículo 858 del CPC. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
Fuentes y Citas
Las citas legales enlazan a fuentes oficiales del gobierno.
- Ley 19.968AR official
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Forms Legal. (2026). Aceptación de Herencia con Beneficio de Inventario Chile (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/chile/estate-planning/estate/aceptacion-herencia-beneficio-inventario-chile
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}Preguntas Frecuentes
El principal beneficio de aceptar una herencia chilena con beneficio de inventario conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil es la limitación de la responsabilidad personal: el heredero aceptante responde por las deudas hereditarias solo hasta el valor de los bienes que efectivamente hereda — sus propios bienes personales (ahorros, bienes raíces, vehículos, sueldo) permanecen completamente protegidos frente a los acreedores hereditarios por cualquier monto que exceda el valor del causante. Sin esta protección, la aceptación pura y simple crea responsabilidad personal ilimitada — si el causante tenía deudas de CLP 200 millones y activos de solo CLP 80 millones, el heredero que aceptó pura y simplemente debería CLP 200 millones a los acreedores hereditarios, potencialmente perdiendo sus propios bienes personales para satisfacer la diferencia de CLP 120 millones. Con beneficio de inventario, la exposición del mismo heredero queda limitada a CLP 80 millones — el valor total de la herencia según el inventario solemne. Esta protección es especialmente valiosa en Chile cuando se trata de causantes que eran empresarios, socios de SRL, directores de SA, profesionales con exposición por responsabilidad civil, o personas con deudas tributarias significativas ante el SII. Un beneficio secundario es que el beneficio de inventario permite a los herederos reclamar sus derechos hereditarios (incluyendo saldos AFP, bienes raíces y cuentas bancarias) mientras se investiga la situación de deudas del causante, sin arriesgar sus bienes personales durante el período de investigación.
El beneficio de inventario en Chile exige el cumplimiento de dos requisitos formales esenciales conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil y el Artículo 858 del CPC. El primer requisito es el inventario solemne: el heredero aceptante debe contar con un inventario completo de todos los activos y pasivos del causante autorizado por un Notario Público o el Juzgado Civil competente. El inventario solemne conforme al Artículo 858 del CPC debe practicarse con citación previa escrita a todos los herederos y acreedores conocidos, registrarse en instrumento público, y ser jurado por la persona que lo presenta como completo y exacto. El inventario debe listar todos los bienes raíces (con datos de inscripción CBR y Rol de Avalúo), vehículos (con datos del Registro de Vehículos Motorizados), cuentas bancarias, saldos AFP, derechos societarios y todos los pasivos conocidos. El segundo requisito es la invocación expresa: el heredero debe declarar expresamente, en escritura pública ante Notario Público o en escrito judicial, que acepta la herencia con beneficio de inventario conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil. El silencio o la ambigüedad resulta en tratamiento como aceptación pura y simple. Ambos requisitos deben satisfacerse — la invocación expresa sin el inventario solemne, o el inventario solemne sin la invocación expresa, es legalmente insuficiente. El momento importa: el inventario solemne debe completarse antes o contemporáneamente con la declaración de aceptación. El heredero que toma posesión de bienes hereditarios o los administra sin reservar expresamente el beneficio de inventario arriesga ser tratado como que aceptó pura y simplemente conforme al Artículo 1240 del Código Civil.
Sí, cada heredero en una sucesión chilena puede elegir independientemente su forma de aceptación — un heredero puede aceptar con beneficio de inventario mientras los coherederos aceptan pura y simplemente, conforme a los Artículos 1247–1252 del Código Civil. El beneficio de inventario es un derecho personal que se aplica a la cuota hereditaria individual de cada heredero — no requiere acuerdo ni coordinación entre coherederos. Sin embargo, cuando los coherederos tienen diferentes formas de aceptación en la misma sucesión, surgen algunas complicaciones prácticas en la administración de la herencia. Los acreedores pueden proceder contra los herederos aceptantes puros y simples personalmente por la deuda total, mientras que sus reclamos contra el heredero aceptante con beneficio de inventario están limitados al valor de la cuota de ese heredero. Esto crea diferentes perfiles de riesgo personal entre herederos de la misma herencia. En los procedimientos de partición ante el Partidor (Juzgado Civil, Artículos 1317–1353 del Código Civil), la forma de aceptación de cada heredero debe considerarse al calcular los pagos a los acreedores del acervo. En la práctica, cuando un heredero aceptó con beneficio de inventario, el Partidor debe asegurar que los acreedores sean pagados con los activos del acervo antes de la distribución a los herederos, ya que los bienes personales del heredero con beneficio no pueden perseguirse por deudas hereditarias que excedan el valor del inventario. Los profesionales del derecho en Chile recomiendan que todos los herederos, o al menos la mayoría, acepten con beneficio de inventario en situaciones hereditarias complejas — garantizando un tratamiento consistente de la responsabilidad por deudas evita disputas entre coherederos sobre la exposición relativa a los acreedores hereditarios.
Si bien el beneficio de inventario provee protección sustancial conforme a los Artículos 1247–1255 del Código Civil, varias categorías de obligaciones no están cubiertas por esta protección o pueden vulnerarla. Primero, la protección queda destruida si el heredero violó la obligación de inventario de buena fe del Artículo 1255 — omitir deliberadamente bienes conocidos o incluir deudas falsas hace que el heredero pierda de inmediato toda protección del beneficio de inventario, exponiendo sus bienes personales a la deuda hereditaria total. Segundo, las obligaciones personales del heredero (no heredadas del causante) permanecen plenamente exigibles frente a los bienes personales del heredero — el beneficio de inventario protege solo contra deudas hereditarias, no contra las deudas propias del heredero. Tercero, en algunos casos con obligaciones de derecho de familia (alimentos bajo la Ley 14.908 de Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias), los tribunales han tratado el incumplimiento del heredero en el pago de obligaciones alimenticias heredadas como un incumplimiento personal, especialmente cuando el heredero tenía posesión de hecho de los bienes del causante. Cuarto, si el heredero asume voluntariamente una fianza personal por deudas hereditarias durante la sucesión — por ejemplo, para facilitar negociaciones bancarias o con acreedores — queda fuera de la protección del beneficio de inventario para esas obligaciones garantizadas. Quinto, la responsabilidad civil profesional independiente del heredero, como la del co-signatario del causante en un documento comercial que también es heredero, puede crear obligaciones personales no cubiertas por la protección del inventario. Los herederos que aceptaron con beneficio de inventario deben evitar mezclar bienes personales y hereditarios, ya que la confusión puede ser usada por los acreedores para argumentar que el heredero se trató a sí mismo como aceptante puro y simple conforme al Artículo 1240 del Código Civil.
El beneficio de inventario y el impuesto a las herencias de la Ley 16.271 interactúan de maneras importantes que afectan tanto el proceso de aceptación como el resultado financiero para los herederos en Chile. El inventario solemne exigido para el beneficio de inventario conforme a los Artículos 1253–1255 del Código Civil también sirve como base fáctica para la Declaración de Herencia que los herederos deben presentar ante el SII conforme a la Ley 16.271. Al completar un inventario solemne exhaustivo, los herederos satisfacen simultáneamente tanto el requisito del derecho sucesorio (beneficio de inventario) como el requisito del derecho tributario (declaración de herencia al SII). Respecto de la limitación de responsabilidad y el impuesto, el beneficio de inventario limita la responsabilidad del heredero por deudas hereditarias al valor del inventario — y para efectos del impuesto a las herencias del SII, el patrimonio imponible neto se calcula como el valor bruto del acervo (Acervo Bruto) menos los pasivos de la herencia (Pasivo Hereditario), resultando en el acervo líquido (Acervo Líquido). Dado que el beneficio de inventario exige un inventario completo de activos y pasivos, el inventario solemne produce naturalmente la información necesaria para el cálculo del Acervo Líquido del SII. Una interacción importante: si el inventario solemne revela que las deudas del causante superan sus activos (acervo líquido negativo), el beneficio de inventario protege al heredero de responsabilidad personal, y no se adeuda impuesto a las herencias (ya que no hay Acervo Líquido positivo que gravar). En este escenario de insolvencia, el SII reconoce el valor neto negativo del acervo y no liquida impuesto a las herencias. A la inversa, si el heredero acepta pura y simplemente y luego paga deudas hereditarias con sus bienes personales, esas deudas pagadas personalmente no son deducibles del cálculo del impuesto a las herencias del SII — el impuesto se basa en el valor bruto del acervo menos los pasivos del acervo (no los personales) al momento de la sucesión.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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