Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)
Código del Trabajo Art. 11 — Modificación del Contrato Individual
CARTA DE AUMENTO DE REMUNERACIÓN
Anexo Modificatorio al Contrato Individual de Trabajo — Artículo 11 del Código del Trabajo
[Fecha Emisión]
SR./SRA.: [Nombre Trabajador]
RUT: [RUT Trabajador]
Cargo: [Cargo Trabajador]
PRESENTE
[Razón Social Empleador], RUT [RUT Empleador], con domicilio en [Domicilio Empleador], representada por [Nombre Firmante], [Cargo Firmante], tiene el agrado de comunicarle el siguiente ajuste a su remuneración mensual, conforme al artículo 11 del Código del Trabajo (DFL N° 1/2003), que autoriza la modificación del contrato individual de trabajo mediante acuerdo de las partes:
1. SALARY INCREASE (AUMENTO DE REMUNERACIÓN)
Trabajador/a: [Nombre Trabajador], RUT [RUT Trabajador], cargo: [Cargo Trabajador], con fecha de ingreso [Fecha de Ingreso].
Remuneración mensual bruta actual: [Remuneración Actual].
Nueva remuneración mensual bruta: [Nueva Remuneración], lo que representa un aumento del [Porcentaje de Aumento] respecto de la remuneración anterior.
Fecha de vigencia del aumento: [Fecha de Vigencia]. La nueva remuneración se reflejará en la liquidación de sueldo correspondiente al mes de entrada en vigencia.
2. GROUNDS FOR INCREASE (FUNDAMENTOS)
El presente aumento de remuneración se otorga por el siguiente motivo: [Motivo del Aumento].
Fundamento adicional: [Fundamento Adicional].
3. LEGAL EFFECTS (EFECTOS LEGALES)
Las demás cláusulas del contrato individual de trabajo permanecen inalteradas. Este instrumento constituye un anexo modificatorio del contrato individual de trabajo suscrito entre las partes, conforme al artículo 11 del Código del Trabajo.
La nueva remuneración servirá de base para el cálculo de las cotizaciones previsionales AFP, de salud FONASA/ISAPRE y del seguro de cesantía AFC (Ley N° 19.728), así como para el cálculo de la gratificación legal conforme al artículo 47 del Código del Trabajo.
Se extiende en dos ejemplares de igual tenor, quedando uno en poder de cada parte.
Saluda atentamente a usted,
Empleador — {{signerName}}, {{signerTitle}}
________________
Signature
Trabajador/a — Recibido y aceptado ({{workerName}})
________________
Signature
What Is a Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)?
Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración) is a formal written instrument governed by the principles of Código del Trabajo Article 41 — which defines remuneración as the consideration in money and additional non-cash benefits (regalías) that the employer pays the worker as a consequence of the employment contract — by which an employer officially notifies a worker of an increase to their remuneration and documents the amended salary terms as a modification (modificación) to the existing employment contract. Under Código del Trabajo Article 11, any modification to the terms of an employment contract — including salary — must be written and signed by both parties to have legal effect, making the carta de aumento de remuneración a legally required instrument when adjusting worker compensation.
The Dirección del Trabajo (DT) — the Chilean government agency under the Ministerio del Trabajo y Previsión Social — has clarified through its Dictámenes that voluntary salary increases above the minimum wage (Ingreso Mínimo Remuneracional — IMR, set annually by Ley de Presupuesto and updated by specific legislation) constitute a modification of the employment contract requiring written documentation. The IMR for 2024–2025 was set at $500,000 CLP per month for workers aged 18 to 65. Any remuneration agreed in writing between the employer and worker that exceeds the IMR creates a contractual obligation — the employer cannot subsequently reduce the salary without the worker's express written consent, as this would constitute a unilateral modification (alteración unilateral) of the employment contract prohibited under CT Article 12.
The carta de aumento de remuneración triggers several downstream legal and administrative obligations. Regarding the Servicio de Impuestos Internos (SII): the employer must update the Formulario 1887 (Declaración Jurada de Sueldos y Salarios) to reflect the new salary base for the worker's Impuesto Único de Segunda Categoría (income tax withholding on employment income). Regarding AFP contributions: AFP pension contributions — mandatory under Decreto Ley N° 3.500, totaling approximately 10% of the worker's taxable remuneration plus the AFP commission, paid to AFP Habitat, AFP Provida, AFP Capital, AFP Cuprum, AFP Modelo, or AFP Uno as applicable — must be recalculated based on the new remuneration. Regarding FONASA/ISAPRE health contributions: the mandatory 7% health insurance contribution (cotización de salud) to FONASA or the worker's ISAPRE must be recalculated on the new base. Regarding the AFC Chile (Administradora de Fondos de Cesantía) under Ley N° 19.728: unemployment insurance contributions — 0.6% for indefinite-term contracts, split between employer and worker — must also reflect the new remuneration.
The Corte Suprema de Chile has established through sentencias de unificación de jurisprudencia that a salary increase confirmed in writing and received by the worker creates an acquired right (derecho adquirido) that the employer cannot unilaterally withdraw — reinforcing the importance of carefully documenting the terms, effective date, and conditions of any salary increase in the carta de aumento de remuneración.
When Do You Need a Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)?
A Carta de Aumento de Remuneración Chile is needed in any situation where an employer increases a worker's base salary, regular bonuses, or other remunerative components defined under Código del Trabajo Article 41 — regardless of the reason for the increase.
Annual merit increases (aumentos por desempeño) are the most common situation: Chilean companies across sectors — including LATAM Airlines, Cencosud, Falabella, Codelco, Banco Santander Chile, AFP Capital, Isapre Consalud, and telecommunications provider Entel — conduct annual performance reviews that result in salary adjustments documented through cartas de aumento de remuneración. These must be signed by the worker and incorporated into the employment contract record to satisfy CT Article 11 requirements.
Minimum wage adjustments (ajuste por Ingreso Mínimo Remuneracional — IMR) require employers to formally document salary increases for workers earning the minimum wage or slightly above it whenever the Chilean Congress approves a new IMR through legislation. The IMR is typically adjusted annually and employers must update employment contracts (including through a carta de modificación or anexo al contrato de trabajo) and issue updated liquidaciones de sueldo reflecting the new base.
Promotion-related salary increases accompanying a change in position (ascenso de cargo) must be documented both through a carta de ascenso de cargo and a separate carta de aumento de remuneración — or a combined instrument that addresses both the new role and the new salary. The new salary associated with the promoted position establishes the new base for CT Article 163 severance calculations.
Collective bargaining agreement implementations (convenios colectivos or instrumentos colectivos under CT Articles 320–417) require employers to implement salary adjustments agreed in collective negotiations through individual notifications to each affected worker — the carta de aumento de remuneración serves as the individual implementation instrument for collectively bargained wage increases. The Dirección del Trabajo's Coordinación de Relaciones Laborales supervises collective agreement implementation and may audit individual notification documentation.
Bonus restructuring from irregular to habitual payment: when an employer converts a previously discretionary (gratificación voluntaria) or irregular payment into a regular, ongoing component of the worker's remuneration, this conversion must be documented in writing to clarify the new remuneration structure and its effect on CT Article 163 severance calculations.
What to Include in Your Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)
A legally effective Carta de Aumento de Remuneración Chile under Código del Trabajo Article 41 must include the following essential elements to constitute a valid contractual modification and satisfy Chilean labour and tax compliance obligations:
Date and Place: The date of issuance (DD/MM/YYYY) and the city where the employer's principal office (domicilio social) is located. This date establishes the starting point from which the salary increase takes effect unless a different effective date is specified.
Employer Identification: Full legal name (razón social), RUT (Rol Único Tributario issued by the Servicio de Impuestos Internos — SII), registered address, and name of the authorized representative (gerente general, gerente de recursos humanos, or authorized signatory). For SII compliance purposes, the employer's RUT is essential as it ties the carta de aumento to the Formulario 1887 payroll tax declaration filed with the SII at year-end.
Worker Identification: Full legal name, RUT, and current position (cargo). The worker's RUT is used to match the salary increase with AFP contribution records maintained by the Superintendencia de Pensiones and health contribution records with FONASA or the relevant ISAPRE.
Current Remuneration: The worker's existing monthly gross remuneration (remuneración bruta mensual actual) before the increase, expressed in Chilean pesos (CLP), broken down by component: sueldo base (base salary), gratificación legal or contractual (profit-sharing bonus under CT Article 47 or 49), bonificaciones habituales (regular bonuses), and any other remunerative elements under CT Article 41. The precise current salary baseline is essential for calculating the correct increase amount.
New Remuneration: The new monthly gross remuneration (nueva remuneración bruta mensual) after the increase, expressed in CLP, with the same component breakdown. Clearly distinguishing which components of the remuneration are being increased (e.g., sueldo base only, or sueldo base plus bono de producción) prevents disputes about the scope of the increase in future liquidaciones de sueldo.
Increase Amount and Percentage: The monetary amount of the increase (monto del aumento) and the percentage increase (porcentaje de aumento) expressed to two decimal places. For workers subject to Impuesto Único de Segunda Categoría under the Ley sobre Impuesto a la Renta, the effective tax rate may change with a salary increase — some cartas de aumento include the estimated new net monthly take-home pay (remuneración líquida estimada) as a courtesy calculation.
Effective Date: The precise date from which the new remuneration applies (fecha de vigencia del aumento). The effective date determines from which pay period (período de remuneración) the new salary applies in the monthly liquidación de sueldo. If the effective date falls mid-month, the carta should specify whether the increased rate applies from the beginning of that month or the following month.
Reason for Increase (Optional but Recommended): A brief statement of the reason for the salary increase — merit review (revisión de desempeño), annual CPI adjustment (reajuste IPC), promotion (ascenso), collective bargaining implementation (convenio colectivo), or minimum wage compliance (ajuste IMR). Including the reason contextualizes the increase within the employment history and prevents future disputes about whether the increase was permanent or conditional.
Contract Amendment Reference: An explicit statement that this carta constitutes a written modification (modificación escrita) to the employment contract (contrato individual de trabajo) as required by Código del Trabajo Article 11, and that all other terms and conditions of the employment contract remain unchanged. This clause prevents disputes about whether the carta affects other contractual terms such as working hours, position, or place of work. Forms-legal.com provides this Carta de Aumento de Remuneración Chile template as a reference for employers complying with Código del Trabajo documentation requirements for salary modifications. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
How to Fill Out Your Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)
Para redactar y formalizar correctamente la Carta de Aumento de Remuneración en Chile, siga estos pasos:
Paso 1 — Verifique las condiciones del aumento: confirme si el incremento está pactado contractualmente (cláusula de reajuste automático), si proviene de una negociación colectiva o si es una decisión unilateral del empleador. Cada origen tiene requisitos distintos: el aumento contractual sigue el mecanismo acordado; el colectivo debe respetar el instrumento colectivo vigente; el unilateral requiere solo la comunicación por escrito sin necesidad de contraoferta del trabajador.
Paso 2 — Complete los datos de identificación: ingrese el nombre completo del trabajador, RUT, cargo actual, nombre del empleador o razón social, RUT de la empresa, domicilio y fecha de la carta. La fecha debe ser anterior o igual a la fecha de vigencia del aumento.
Paso 3 — Especifique los montos: indique el sueldo base anterior en pesos, el nuevo sueldo base, el monto del incremento en pesos y el porcentaje de aumento. Si se modifican bonos o asignaciones adicionales, lístelos por separado con sus montos anteriores y nuevos.
Paso 4 — Indique la fecha de vigencia: especifique desde qué fecha rige el nuevo sueldo. Si opera desde el primer día del mes en curso, el empleador debe reflejarlo en la liquidación de remuneraciones del mismo mes para evitar diferencias que generen reclamos ante la Dirección del Trabajo.
Paso 5 — Obtenga la firma del trabajador: entregue dos copias de la carta al trabajador, quien debe firmar y fechar ambas en señal de aceptación. El empleador conserva el original firmado y entrega una copia al trabajador. Esta firma perfecciona la modificación contractual conforme al artículo 11 del CT.
Paso 6 — Archive junto al contrato: adjunte la carta firmada al expediente del trabajador junto con el contrato original, para facilitar la fiscalización de la Dirección del Trabajo y las auditorías tributarias del SII sobre el gasto en remuneraciones deducido conforme al artículo 31 N° 6 de la LIR.
Legal Requirements for Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)
La Carta de Aumento de Remuneración Chile debe observar los requisitos del Código del Trabajo y la legislación tributaria para ser válida y oponible frente a trabajadores, Dirección del Trabajo y SII.
El artículo 11 del Código del Trabajo (CT) establece que toda modificación del contrato individual debe constar por escrito y ser firmada por ambas partes dentro del plazo de cinco días hábiles desde que opera el cambio. Para aumentos retroactivos, el plazo corre desde la fecha efectiva del incremento, no desde la firma de la carta.
El artículo 54 del CT obliga al empleador a entregar mensualmente una liquidación de remuneraciones que refleje el nuevo sueldo, los descuentos legales y los beneficios adicionales pactados. Una carta de aumento que no se refleje en la liquidación del mes correspondiente puede ser objeto de denuncia ante la Inspección del Trabajo por incumplimiento de obligaciones laborales.
El artículo 74 N° 1 de la Ley de Impuesto a la Renta (DL N° 824 de 1974) impone al empleador la obligación de retener el impuesto único de segunda categoría sobre la remuneración incrementada. El empleador que no ajuste la retención en el mes de vigencia del aumento puede ser sancionado con multa del artículo 97 N° 11 del Código Tributario por retención insuficiente.
El DL N° 3.500 de 1980 fija la base de cotizaciones AFP en el sueldo imponible, que incluye el nuevo sueldo base y los bonos imponibles. El tope imponible mensual es de 81,6 UF (valor referencial actualizable). El empleador debe ajustar las planillas de cotizaciones en la AFP y en la ISAPRE o FONASA desde el primer mes en que rige el aumento, bajo sanción de multas e intereses por cotizaciones declaradas sobre base inferior a la real.
Common Mistakes to Avoid in Your Salary Increase Letter Chile (Carta de Aumento de Remuneración)
Los errores más habituales al emitir una Carta de Aumento de Remuneración en Chile son los siguientes:
No obtener la firma del trabajador: algunos empleadores comunican el aumento de forma verbal o por correo electrónico sin firma manuscrita o electrónica avanzada. Sin firma del trabajador, la modificación no cumple el artículo 11 del CT y el empleador no puede invocarla como anexo contractual ante la Dirección del Trabajo ni ante los Juzgados del Trabajo en caso de litigio.
No ajustar la fecha de vigencia en la liquidación: la carta indica vigencia desde el 1° del mes, pero la liquidación del mismo mes se emite con el sueldo anterior. Este desfase genera diferencias de remuneración que el trabajador puede reclamar con intereses y reajustes conforme al artículo 63 del CT ante la Inspección del Trabajo.
Omitir el impacto en cotizaciones imponibles: si el nuevo sueldo supera el tope imponible de 81,6 UF, la porción excedente no es base de cotizaciones AFP. Muchos empleadores calculan mal las cotizaciones sobre el nuevo sueldo y generan declaraciones incorrectas ante la AFP sancionadas por la Superintendencia de Pensiones conforme al DL N° 3.500.
No especificar si los bonos son imponibles o no: el artículo 41 inciso 2° del CT excluye de la base imponible los gastos de representación, viáticos y beneficios en especie. Una carta que no distingue entre bonos imponibles y no imponibles puede derivar en subcotización o en sobreretención del impuesto único de segunda categoría del artículo 74 N° 1 de la LIR.
Aplicar el aumento solo al sueldo base sin ajustar beneficios proporcionales: cuando el contrato vincula ciertos bonos al sueldo base, la carta debe actualizar también esos beneficios; omitirlo es incumplimiento contractual que da acción al trabajador bajo el artículo 171 del CT por despido indirecto o autodespido.
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}Frequently Asked Questions
Sí. El artículo 11 del Código del Trabajo (CT) establece que toda modificación al contrato individual de trabajo debe constar por escrito y ser firmada por ambas partes dentro del plazo de cinco días hábiles contado desde que se produce el cambio. Un aumento de remuneración es una modificación esencial del contrato, ya que la remuneración es un elemento de la naturaleza del contrato de trabajo definido en el artículo 7° del CT. La falta de la Carta de Aumento de Remuneración escrita y firmada no impide al trabajador probar el aumento por otros medios —liquidaciones de remuneraciones, transferencias bancarias, correos electrónicos— conforme al principio de primacía de la realidad del artículo 8° del CT, pero genera dificultades probatorias para el empleador en caso de fiscalización de la Inspección del Trabajo o de litigio laboral. La Dirección del Trabajo ha precisado mediante dictámenes que el empleador que no formaliza las modificaciones contractuales por escrito incumple el artículo 11 del CT y puede ser multado conforme al artículo 477 del mismo código, con multas de hasta 60 UTM por cada trabajador afectado.
No. Una vez que el empleador emite una Carta de Aumento de Remuneración firmada por el trabajador, el nuevo sueldo queda incorporado al contrato de trabajo y solo puede reducirse con el consentimiento expreso del trabajador mediante un nuevo anexo contractual. El artículo 12 del Código del Trabajo solo autoriza al empleador a modificar unilateralmente algunas condiciones del contrato —como el lugar o la jornada de trabajo— con limitaciones muy estrictas y previo aviso de 30 días. La remuneración no está entre las condiciones que el empleador puede modificar unilateralmente: cualquier rebaja de sueldo sin acuerdo del trabajador constituye un incumplimiento grave del contrato que da lugar al autodespido o despido indirecto del artículo 171 del CT. El trabajador puede poner término al contrato por esta causa y demandar al empleador el pago de todas las indemnizaciones que corresponderían a un despido del artículo 161, más el recargo legal correspondiente. La Inspección del Trabajo puede ordenar al empleador restablecer el sueldo original si constata la rebaja unilateral durante una fiscalización, sin perjuicio de las multas del artículo 477 del CT.
La Carta de Aumento de Remuneración impacta directamente en las cotizaciones previsionales obligatorias del trabajador y del empleador a partir del mes en que rige el nuevo sueldo. Conforme al DL N° 3.500 de 1980, la cotización obligatoria del trabajador al sistema AFP es del 10% de la remuneración imponible mensual más la comisión de la AFP, calculada sobre el nuevo sueldo base más los estipendios imponibles. El tope imponible mensual es de 81,6 UF (valor referencial actualizable por el SII), por lo que el exceso sobre ese tope no genera cotización. La cotización de salud es del 7% del sueldo imponible a FONASA o a la ISAPRE correspondiente, con el tope del 7% de 7 UF para FONASA. La cotización al Seguro de Cesantía AFC es del 0,6% del sueldo del trabajador más el 2,4% del empleador conforme a la Ley N° 19.728. El empleador debe actualizar las planillas de cotizaciones en cada entidad previsional desde el primer mes en que rige el aumento; de lo contrario incurre en subcotización sancionada por la Superintendencia de Pensiones con multas e intereses del artículo 19 del DL N° 3.500, con tasa del 3% mensual sobre las diferencias no enteradas oportunamente.
Si el empleador emite la Carta de Aumento de Remuneración con vigencia desde una fecha determinada pero continúa pagando el sueldo anterior en las liquidaciones mensuales, incurre en un incumplimiento de obligaciones laborales que genera diversas consecuencias. Primero, el trabajador tiene acción para reclamar las diferencias de remuneración adeudadas ante la Inspección del Trabajo o ante el Juzgado del Trabajo competente, con reajuste del IPC y el interés corriente para operaciones no reajustables del período conforme al artículo 63 del CT. Segundo, el empleador ha cotizado en AFP, salud y AFC sobre una base inferior a la real, generando cotizaciones insuficientes que debe enterar con los intereses del 3% mensual del artículo 19 del DL N° 3.500. Tercero, la retención del impuesto único de segunda categoría se ha calculado sobre una base menor a la real, lo que puede originar diferencias ante el SII conforme al artículo 74 N° 1 de la Ley de Impuesto a la Renta. El trabajador puede denunciar la situación ante la Inspección del Trabajo, que tiene facultades para fiscalizar las liquidaciones de remuneraciones y ordenar al empleador emitir reliquidaciones correctas desde la fecha de vigencia del aumento pactado en la carta.
La legislación laboral chilena no exige el registro obligatorio de los anexos de contrato de trabajo —incluyendo la Carta de Aumento de Remuneración— ante la Dirección del Trabajo, a diferencia del finiquito que sí requiere registro electrónico en Mi DT conforme al artículo 177 bis del CT. Sin embargo, la Dirección del Trabajo recomienda fuertemente registrar todos los anexos contractuales en el portal Mi DT para contar con un respaldo oficial con fecha cierta que facilite la resolución de controversias en caso de fiscalización o litigio laboral. El registro en Mi DT es especialmente útil para los empleadores que tienen múltiples trabajadores y modifican remuneraciones periódicamente, ya que el sistema mantiene el historial completo de cada contrato y sus modificaciones. En empresas con sindicato, los instrumentos colectivos que originan aumentos de remuneración —contratos colectivos, convenios colectivos— sí deben depositarse en la Dirección del Trabajo dentro del plazo de cinco días desde su suscripción conforme al artículo 322 del CT, lo que indirectamente registra los aumentos de remuneración pactados colectivamente.
Los aumentos de remuneración vinculados al Índice de Precios al Consumidor (IPC) son habituales en Chile para mantener el poder adquisitivo de los sueldos frente a la inflación. El IPC es publicado mensualmente por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y acumulado para el período que se desea reajustar. La Carta de Aumento de Remuneración por IPC debe indicar: el período de reajuste (por ejemplo, variación del IPC de los últimos 12 meses), el porcentaje de variación del IPC según el INE, el sueldo base anterior, el nuevo sueldo base calculado multiplicando el anterior por (1 + porcentaje IPC / 100), y la fecha desde la cual rige el reajuste. Si el contrato o un instrumento colectivo establece reajuste automático por IPC, la carta no requiere negociación adicional; opera como una comunicación formal del nuevo monto resultante de la cláusula vigente. El artículo 44 del CT establece el sueldo mínimo mensual como piso infranqueable: ningún sueldo puede quedar por debajo del ingreso mínimo legal vigente, por lo que si el reajuste IPC resulta en un sueldo inferior al mínimo legal del período, el empleador debe ajustar al mínimo correspondiente conforme a las resoluciones anuales del Ministerio del Trabajo.
El aumento de remuneración y el bono por desempeño tienen naturalezas jurídicas distintas con consecuencias legales diferentes en Chile. El aumento de remuneración modifica el sueldo base del contrato de trabajo de forma permanente y continua: se paga mes a mes mientras dure la relación laboral, es la base de cálculo de las cotizaciones previsionales, del impuesto único de segunda categoría y de las indemnizaciones laborales conforme al artículo 172 del CT. El bono por desempeño, en cambio, puede ser esporádico, condicional y no necesariamente imponible, dependiendo de cómo esté pactado en el contrato. Si el bono es fijo, mensual y de carácter permanente, el artículo 41 del CT lo considera remuneración y es base de cotizaciones e impuesto. Si es variable y condicional al cumplimiento de metas, puede configurar una remuneración variable conforme al artículo 42 letra c) del CT, también imponible. Solo los bonos expresamente excluidos por el artículo 41 inciso 2° del CT —gastos de representación, viáticos, asignaciones de herramienta— no son imponibles. La Carta de Aumento de Remuneración debe distinguir claramente entre el componente de sueldo base que aumenta y los bonos que se modifican, para evitar discrepancias sobre la base de cálculo de las indemnizaciones futuras.
En términos generales, el trabajador tiene plena libertad para rechazar cualquier modificación contractual, incluyendo un aumento de remuneración, aunque esto es poco frecuente en la práctica. El artículo 11 del Código del Trabajo establece que las modificaciones al contrato requieren consentimiento de ambas partes, lo que significa que el aumento solo es válido si el trabajador lo acepta firmando la Carta de Aumento de Remuneración. No obstante, el rechazo de un aumento de remuneración puede tener motivaciones legítimas: el trabajador podría rechazar un aumento nominal si viene acompañado de modificaciones de otros elementos del contrato que le resultan perjudiciales, como ampliación de jornada, cambio de funciones o eliminación de beneficios colaterales. En esos casos, el trabajador puede aceptar el aumento y rechazar las otras modificaciones, exigiendo que la carta de aumento sea un documento independiente que no incluya las condiciones que no consiente. Si el empleador vincula el aumento a modificaciones perjudiciales y el trabajador las rechaza, cualquier intento del empleador de imponer unilateralmente esas condiciones podría configurar un incumplimiento contractual que da lugar al autodespido del artículo 171 del CT. La asesoría de un abogado laboral es recomendable cuando el aumento de remuneración viene asociado a cambios contractuales complejos.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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