Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)
CONTRATO DE TRANSPORTE DE CARGA TERRESTRE
Celebrado conforme al Código de Comercio Arts. 166–196 y Ley 20.395/2009
PRIMERO: PARTES CONTRATANTES
EL CARGADOR:
Razón Social: [Shipper Name]
RUT: [Shipper RUT]
Domicilio: [Shipper Address]
Representante: [Shipper Representative]
EL PORTEADOR:
Razón Social: [Carrier Name]
RUT: [Carrier RUT]
Domicilio: [Carrier Address]
Representante: [Carrier Representative]
Registro MTT: [MTT Registration]
SEGUNDO: DESCRIPCIÓN DE LA CARGA
[Cargo Description]
Valor declarado (valor declarado conforme al Art. 175 del C.Com): [Cargo Value]
Clasificación de mercancías peligrosas: [Dangerous Goods]
TERCERO: RUTA Y CONDICIONES DE ENTREGA
Dirección de origen (punto de carga): [Origin Address]
Dirección de destino (punto de entrega): [Destination Address]
Destinatario (destinatario): [Consignee Name]
Plazo de entrega: [Delivery Deadline]
El Porteador emitirá una carta de porte (conforme al Artículo 175 del Código de Comercio) por cada viaje individual, la que servirá como evidencia de la recepción de la carga, los términos del transporte y el acuse de recibo del destinatario. Cuando el destinatario acepte la entrega sin reservas en la carta de porte, se presumirá que la carga fue entregada en buen estado conforme al Artículo 200 del Código de Comercio.
CUARTO: FLETE Y CONDICIONES DE PAGO
Tarifa de flete: [Freight Rate]
Condiciones de pago: [Payment Terms]
Recargo por combustible: [Fuel Surcharge]
Los fletes serán facturados mediante factura electrónica con IVA del 19% conforme al DL 825/1974. El Porteador tiene derecho de retención sobre la carga hasta el pago íntegro del flete pactado, conforme al Artículo 200 del Código de Comercio.
QUINTO: RESPONSABILIDAD DEL PORTEADOR
El Porteador responde objetivamente por la pérdida, daño o retardo de la carga desde su recepción en origen hasta la entrega al destinatario en destino, conforme al Artículo 173 del Código de Comercio. La responsabilidad del Porteador queda limitada al valor declarado indicado en la carta de porte respectiva. El Porteador queda exonerado de responsabilidad únicamente cuando la pérdida o daño haya sido causado por: (a) vicio propio de las mercaderías; (b) caso fortuito o fuerza mayor conforme al Artículo 45 del Código Civil; (c) acto u omisión del Cargador o destinatario.
SEXTO: SEGURO DE CARGA
[Cargo Insurance]
El Porteador mantendrá vigente en todo momento el SOAP (Seguro Obligatorio de Accidentes Personales conforme al DL 3.475/1980) para todos los vehículos utilizados en la prestación de los servicios. Todos los conductores deberán contar con licencia de conducir vigente (Clase C o Clase D según corresponda) y el certificado SACT conforme a la Ley 20.395.
SÉPTIMO: PLAZO Y TÉRMINO
[Contract Type]
Cualquiera de las Partes podrá poner término al contrato marco mediante aviso escrito con [Termination Notice] de anticipación. Los viajes individuales en curso al momento del aviso de término serán completados conforme a las condiciones pactadas.
OCTAVO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por la legislación chilena, en particular el Código de Comercio Artículos 166–196, la Ley 20.395, el DS 212/1992 y el DS 298/1994. Las controversias serán sometidas al Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago (CAM Santiago) o a los Juzgados de Letras en lo Civil competentes conforme al Código de Procedimiento Civil.
FIRMAS
En [Contract City], a [Contract Date].
EL CARGADOR:
[Shipper Name]
Representado por: [Shipper Representative]
RUT: [Shipper RUT]
Firma: _________________________
EL PORTEADOR:
[Carrier Name]
Representado por: [Carrier Representative]
RUT: [Carrier RUT]
Firma: _________________________
Shipper / Legal Representative (Cargador / Representante Legal)
________________
Signature
Carrier / Representative (Porteador / Representante)
________________
Signature
What Is a Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)?
A Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga) is a commercial agreement governed by Código de Comercio (C.Com) Arts. 166–196 — the foundational Chilean statutory framework for land freight transport — and complemented by Ley 20.395 of 2009, which regulates freight transport operators, driver licensing, and vehicle roadworthiness standards for commercial cargo vehicles in Chile. Under C.Com Art. 166, the transport contract (contrato de transporte) is defined as the contract by which the porteador (carrier) undertakes, for a price (flete), to transfer goods (mercaderías) from one place to another within an agreed time, and to deliver them to the person designated by the shipper (cargador).
Chilean land freight transport operates within a complex regulatory framework administered by the Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). Ley 20.395 of 2009 established the Sistema de Acreditación de Conductores de Transporte de Carga (SACT) — the mandatory certification system for professional freight drivers — and imposed vehicle technical inspection requirements (revisiones técnicas) through the Red Nacional de Plantas de Revisión Técnica operated by the MTT. Commercial freight vehicles above 3,500 kg GVW must pass annual (or semi-annual for older vehicles) technical inspections to obtain the PERM (Permiso de Circulación) renewal from the municipality (Municipalidad) where the vehicle is registered.
Under C.Com Art. 173, the carrier bears strict liability (responsabilidad objetiva) for loss, damage, or delay in delivery of the cargo from the moment of receipt at origin until delivery to the consignee (destinatario) at destination — regardless of fault. The carrier is only excused under C.Com Art. 184 if the loss or damage was caused by: inherent vice of the goods (vicio propio de las mercaderías); force majeure (caso fortuito o fuerza mayor) under CC Art. 45; or an act or omission of the shipper or consignee. This strict liability regime makes cargo insurance (seguro de transporte de carga) essential — transporters and shippers typically obtain cargo insurance policies underwritten by Compañías de Seguros regulated by the CMF (Comisión para el Mercado Financiero) under DFL 251/1931 (Ley de Seguros) and its modern replacement, Ley 21.000.
For international land freight transport — particularly the Corredor Bioceánico (Pacific-Atlantic corridor connecting Chilean Pacific ports with Argentina, Brazil, and Paraguay), and the north-south MERCOSUR routes — Chile's obligations under the Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT) of 1990, the Decisión CMC No. 34/02 (MERCOSUR transport regulations), and bilateral transport agreements with Argentina, Bolivia, Peru, and Brazil govern cross-border cargo movements. The Dirección General de Aduanas (DGA) supervises customs clearance of international cargo, while the Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) inspects agricultural cargo at border crossings (pasos fronterizos).
Chile's freight transport sector includes: road freight (camiones y camionetas) — the dominant mode, handling approximately 85% of domestic cargo; rail freight operated by EFE (Empresa de los Ferrocarriles del Estado) and private operators on the red ferroviaria; and cabotage (transporte marítimo de cabotaje) regulated under DL 3.059/1979 (Ley de Fomento de la Marina Mercante) for coastal shipping between Chilean ports, supervised by the Directemar (Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante).
When Do You Need a Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)?
A Freight Transport Contract Chile is required whenever a shipper (cargador) engages a professional carrier (porteador) to transport goods by road within Chile or across Chilean borders, creating legal obligations under C.Com Arts. 166–196 that must be documented in writing.
Mining and extractive industry companies need freight transport contracts for moving ore (mineral) from mine sites in the Norte Grande (Antofagasta, Atacama, Tarapacá, and Arica y Parinacota regions) to ports and processing plants — Chile transports approximately 90 million tonnes of copper concentrate and other minerals annually, making freight contracting critical for operations by CODELCO, BHP, Antofagasta Minerals, Teck, Glencore, and hundreds of smaller mining contractors. These contracts must address SERNAGEOMIN's requirements for dangerous goods transport (transporte de sustancias peligrosas) under DS 298/1994 of the Ministerio de Transportes.
Agricultural exporters — fruit growers in the O'Higgins, Maule, Ñuble, and Araucanía regions; salmon aquaculture operations in Los Lagos and Aysén — need refrigerated freight contracts (transporte en frío) for time-sensitive perishable cargo that must arrive at Puerto San Antonio, Puerto Valparaíso, or Puerto Coronel within defined transit times to meet export vessel loading schedules. The Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) inspection requirements at origin and at export ports must be reflected in transport contracts.
Retail chains — Walmart Chile (Líder/Acuenta), Cencosud (Jumbo/Santa Isabel), SMU (Unimarc/OK Market), and Falabella — need distribution transport agreements for daily store replenishment from central distribution centers (CDCs) in the Región Metropolitana, Valparaíso, and Bio Bío to store networks across Chile's 16 regions. These contracts specify daily delivery windows (ventanas de entrega), unloading assistance obligations (apoyo de descarga), and penalties for late or incomplete deliveries.
Construction companies and building material suppliers transporting concrete, steel, glass, and prefabricated components to project sites need freight contracts that address dimensional cargo (carga sobredimensionada) regulations under the MTT's Decree on Special Transport, police escort requirements (escolta policial) for oversized loads, and bridge weight limit compliance across Chile's road network maintained by el Ministerio de Obras Públicas (MOP) and Dirección de Vialidad.
What to Include in Your Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)
A valid Freight Transport Contract Chile under C.Com Arts. 166–196 and Ley 20.395/2009 must contain the following essential elements to establish legally enforceable obligations and address the strict liability regime governing cargo transport in Chile.
Party Identification (Identificación de las Partes): Full legal details of the shipper (cargador) — company name, RUT, registered address, and authorized signatory — and the carrier (porteador) — company name, RUT, MTT transport operator registration number, and authorized representative. The carrier must hold a valid Licencia de Transporte de Carga issued by the MTT under Ley 20.395 and DS 212/1992 (Reglamento del Transporte de Carga por Carretera). The consignee (destinatario) — the party who receives the goods at destination — may also be identified in the contract or specified in each individual carta de porte (waybill).
Cargo Description (Descripción de la Carga): Precise description of the goods to be transported — nature, quantity, weight, volume, packaging (embalaje), and special handling requirements. For dangerous goods (mercancías peligrosas) — flammable, toxic, corrosive, or explosive materials — the contract must comply with DS 298/1994 (Reglamento para el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos) of the Ministerio de Transportes, which adopts the UN Model Regulations for the transport of hazardous materials. Dangerous goods require: proper classification by UN number and hazard class; compliant packaging and labeling; dangerous goods declaration documentation; qualified driver training certification; and vehicle placarding. The carrier must verify that dangerous goods meet these requirements before loading.
Routes and Delivery Points (Rutas y Puntos de Entrega): Defined origin point (punto de origen) — the loading address where the carrier receives the cargo — and destination point (punto de destino) — the delivery address where the carrier must deliver the cargo to the consignee. For regular transport operations (transporte habitual), the contract may define a service area and specify that individual trips are governed by carta de porte (transport waybill) issued under C.Com Art. 175, which must record: sender and receiver details; cargo description; origin and destination; flete (freight rate); delivery date; and any special instructions.
Freight Rate and Payment (Flete y Condiciones de Pago): The agreed freight rate (flete) — whether a per-trip rate (tarifa por viaje), per-kilometer rate (tarifa por kilómetro), per-tonne rate (tarifa por tonelada), or monthly contract rate — and payment terms. Chilean fuel costs are subject to the MEPCO (Mecanismo de Estabilización de Precios de Combustibles) administered by the Ministerio de Energía, which provides price stabilization but transport contracts should address fuel surcharge (recargo por combustible) mechanisms for significant ENAP (Empresa Nacional del Petróleo) fuel price movements. Under C.Com Art. 200, the carrier has a right of retention (derecho de retención) over the cargo until the flete is paid — a critical protection for carriers.
Liability for Cargo Loss and Damage (Responsabilidad por Pérdida y Daño de la Carga): The carrier's strict liability under C.Com Art. 173 — from cargo receipt to delivery — and the agreed liability limit. C.Com Art. 175 allows parties to agree on a declared value (valor declarado) for the cargo, which caps the carrier's liability in case of loss or damage. Without a declared value, liability is limited to the cargo's market value at destination. The contract should address the procedure for cargo damage claims: notification requirements (typically the consignee must note damage on the delivery receipt — carta de porte with reservas), inspection procedures, and the limitation period for claims (plazo de prescripción). For high-value cargo, cargo insurance is essential — the CMF regulates cargo insurance through its supervisory role over Compañías de Seguros.
Delivery Obligations and Time Limits (Obligaciones de Entrega y Plazos): Defined delivery deadlines (plazos de entrega) and the consequences of delay — C.Com Art. 192 provides that the carrier is liable for damages caused by delayed delivery unless the delay was caused by force majeure or the shipper's own act. For just-in-time supply chains, delivery time windows and liquidated damages (cláusulas penales) for late delivery under CC Art. 1535 are common. Delivery must be completed with proof of receipt (acuse de recibo or carta de porte firmada) from the consignee.
Forms-legal.com provides this Freight Transport Contract Chile template as a reference for shippers and carriers formalizing their commercial transport relationship. Given Chile's complex transport regulatory framework — involving the MTT, SERNAGEOMIN, DGA, SAG, MOP, and Dirección de Vialidad — parties should consult with an abogado to ensure full regulatory compliance. Los usuarios de forms-legal.com pueden descargar este documento de forma gratuita en formato PDF o DOCX, completar los campos del formulario guiado y obtener un documento listo para firma.
How to Fill Out Your Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)
Completar un Contrato de Transporte de Carga Chile de forma correcta y completa requiere que ambas partes —cargador y porteador— tengan claridad sobre los datos técnicos de la operación y los aspectos legales que deben quedar documentados. Estos pasos facilitan la elaboración del contrato sin omisiones críticas.
**Paso 1: Identificar y verificar los datos de las partes.** El cargador debe verificar que el porteador cuente con las habilitaciones legales vigentes: inscripción en el Registro Nacional de Transportistas si corresponde, licencia de conducir de la clase requerida para el tipo de vehículo según la Ley N.º 18.290, revisión técnica al día del vehículo conforme a las exigencias de la Dirección de Vialidad del MOP, y seguro obligatorio de accidentes personales (SOAP) vigente. Esta verificación reduce el riesgo de contratar con porteadores que puedan ser sancionados por Carabineros de Chile o por inspectores del Ministerio de Transportes durante la operación.
**Paso 2: Describir la carga con precisión suficiente.** Completar en el contrato todos los datos de la mercancía: nombre del producto, partida arancelaria si aplica, cantidad en la unidad de medida correcta (toneladas, metros cúbicos, unidades), tipo de embalaje y número de bultos o pallets. Si la carga requiere condiciones especiales de temperatura, humedad o manipulación, especificarlas con los valores exactos. Para carga peligrosa, indicar la clase ONU, el número ONU del producto y la cantidad máxima por unidad de transporte conforme al Decreto Supremo N.º 298.
**Paso 3: Definir claramente los puntos de carga y entrega.** Indicar la dirección exacta del punto de carga con referencia al nombre de la empresa o propietario que entrega la mercancía, el nombre y teléfono del contacto en ese punto, la ventana horaria de carga y las instrucciones especiales de acceso. Hacer lo mismo para el punto de entrega: dirección exacta, nombre del receptor autorizado y procedimiento en caso de que el receptor no esté disponible en el momento de la entrega.
**Paso 4: Fijar el precio del flete y las condiciones de pago.** Establecer el precio en pesos chilenos con indicación expresa de si el monto incluye IVA (19%). Definir si el pago es al contado, contra entrega o a crédito, con el plazo exacto en días corridos o hábiles. Si se acuerda un ajuste de tarifa por variación del precio del combustible, vincular el ajuste al precio de referencia del petróleo Diesel publicado mensualmente por el Ministerio de Energía y precisar el mecanismo de cálculo para evitar disputas.
**Paso 5: Acordar responsabilidades y límites de indemnización.** Definir en el contrato el valor declarado de la carga o el límite máximo de responsabilidad del porteador por pérdida o daño, expresado en pesos chilenos o en UF (Unidad de Fomento) para actualización automática. Acordar si el seguro de transporte lo contrata el porteador (en cuyo caso el costo puede estar incluido en el flete) o el cargador directamente, e indicar los datos básicos de la póliza cuando esté disponible.
**Paso 6: Coordinar la emisión de la guía de despacho.** Acordar en el contrato quién emite la guía de despacho electrónica conforme a las instrucciones del SII, el momento de su emisión (al inicio del traslado) y el procedimiento para que el receptor firme la recepción conforme o con observaciones. Las observaciones del receptor anotadas en la guía de despacho son el primer medio de prueba en caso de reclamación por daño o faltante, por lo que el contrato debe instruir al conductor sobre cómo gestionar este proceso correctamente.
Legal Requirements for Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)
El Contrato de Transporte de Carga en Chile debe cumplir con múltiples normas legales que regulan tanto el contrato mismo como las condiciones en que se realiza la operación de transporte. El incumplimiento de estas exigencias puede resultar en sanciones administrativas, pérdida de la cobertura del seguro y responsabilidad civil frente al cargador.
Los artículos 166 a 226 del Código de Comercio chileno regulan el contrato de transporte terrestre de mercancías, estableciendo las obligaciones del porteador, las causales de exoneración de responsabilidad y los plazos de prescripción de las acciones derivadas del contrato. El artículo 197 establece que las acciones derivadas del contrato de transporte prescriben en seis meses desde la entrega de la mercancía o desde la fecha en que debió efectuarse la entrega.
La Ley N.º 18.290 (Ley de Tránsito) y su Reglamento exigen que el vehículo de carga cuente con la inscripción vigente en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, revisión técnica al día, permiso de circulación vigente y SOAP. El conductor debe poseer la licencia de conducir de la clase correspondiente al tipo de vehículo: clase B para camionetas de hasta 3.500 kg, clase C para camiones de más de 3.500 kg, conforme al artículo 12 de la Ley N.º 18.290.
El Decreto Supremo N.º 298 de 1994 del Ministerio de Transportes regula el transporte de mercancías peligrosas por calles y caminos, estableciendo la documentación obligatoria que debe acompañar la carga, las condiciones de los vehículos habilitados y las obligaciones del conductor. La infracción a este decreto es sancionada por Carabineros de Chile y puede resultar en la retención del vehículo y su carga.
El Decreto Supremo N.º 75 de 1987 del Ministerio de Transportes fija los pesos máximos por eje y la carga útil máxima para vehículos de carga que circulan por la red vial nacional, cuyo cumplimiento es fiscalizado por la Dirección de Vialidad del MOP. El exceso de carga puede resultar en multas que van desde 1 UTM hasta 5 UTM según el porcentaje de sobrecarga, además de la responsabilidad por daños a la infraestructura vial.
Common Mistakes to Avoid in Your Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga)
Los errores más frecuentes en los Contratos de Transporte de Carga en Chile generan pérdidas económicas para cargadores y porteadores, conflictos por responsabilidad sobre mercancías dañadas o perdidas, y sanciones por incumplimiento de la normativa sectorial. Identificarlos permite redactar contratos más sólidos.
**No declarar el valor real de la carga.** Uno de los errores más graves es subdeclarar el valor de la mercancía para reducir el costo del seguro o del recargo de flete por valor declarado. En caso de pérdida o daño, la indemnización se limita al valor declarado, dejando al cargador sin cobertura para la diferencia. El artículo 174 del Código de Comercio permite al porteador limitar su responsabilidad al valor declarado en la carta de porte, por lo que la declaración correcta es esencial.
**Omitir la descripción detallada de la carga.** Contratos que describen la carga de forma genérica ("mercadería diversa", "productos varios") dificultan probar el contenido exacto de los bultos en caso de siniestro o robo. La descripción debe ser suficientemente específica para que el porteador y el asegurador puedan verificar qué se transportó y cuál era su valor de mercado al momento de la pérdida.
**No regular el procedimiento de entrega con observaciones.** Cuando el receptor recibe la carga con daños visibles pero no anota las observaciones en la guía de despacho al momento de la entrega, el porteador puede argumentar que la carga fue recibida conforme y rechazar cualquier reclamación posterior. El contrato debe instruir claramente sobre el procedimiento de recepción con reservas y el plazo para presentar reclamaciones escritas por daños no visibles.
**Ignorar los requisitos de la normativa de carga peligrosa.** Transportar sustancias reguladas por el Decreto Supremo N.º 298 de 1994 sin la documentación obligatoria (ficha de datos de seguridad, etiquetas de peligro, placas de identificación en el vehículo) expone al porteador a sanciones de Carabineros de Chile, retención del vehículo y anulación de la cobertura del seguro si el siniestro ocurre durante el transporte de carga no declarada correctamente.
**No prever el ajuste del precio del flete por variación del combustible.** En contratos de transporte de largo plazo o recurrentes, no incluir una cláusula de ajuste de tarifa vinculada al precio del diesel genera conflictos cuando el costo del combustible aumenta significativamente, llevando al porteador a incumplir o renegociar unilateralmente el contrato. Una cláusula de ajuste trimestral referenciada al precio publicado por el Ministerio de Energía es una solución estándar en la industria.
Sources & Citations
Statutory citations link to official government sources.
- Ley 20.395AR official
- Ley 21.000AR official
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Forms Legal. (2026). Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga) (Chile) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/chile/employment/contractor-agreements/freight-transport-contract-chile
"Freight Transport Contract Chile (Contrato de Transporte de Carga) (Chile)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/chile/employment/contractor-agreements/freight-transport-contract-chile.
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Frequently Asked Questions
El Contrato de Transporte de Carga en Chile es el acuerdo jurídico bilateral regulado por los artículos 166 a 226 del Código de Comercio mediante el cual el porteador se obliga a trasladar mercancías de un origen a un destino determinado a cambio de un flete, asumiendo responsabilidad sobre la carga durante todo el trayecto. A diferencia de una cotización de flete, que es solo una propuesta unilateral del porteador sin carácter vinculante, el contrato crea obligaciones exigibles para ambas partes: el cargador queda obligado a entregar la mercancía en las condiciones y en el plazo acordados y a pagar el flete, mientras que el porteador queda obligado a transportar la mercancía con la diligencia debida, entregarla en el destino y responder por pérdidas o daños conforme al artículo 173 del Código de Comercio. La cotización de flete se transforma en contrato cuando es aceptada por el cargador y se comienza a ejecutar, pero en ese caso las condiciones son las de la cotización más las disposiciones legales supletorias del Código de Comercio. Un contrato escrito y completo es preferible a una cotización aceptada verbalmente porque permite definir con precisión los límites de responsabilidad del porteador, el valor declarado de la carga, las condiciones del seguro, las penalidades por retraso y el procedimiento de reclamo en caso de siniestro, elementos que en ausencia de contrato quedan sujetos a la interpretación judicial.
Conforme al artículo 173 del Código de Comercio chileno, el porteador es responsable de todos los daños y pérdidas que experimente la mercancía desde el momento en que la recibe en el punto de origen hasta que la entrega en el punto de destino, salvo que el daño o pérdida provenga de caso fortuito o fuerza mayor, de vicio propio o inherente de la carga, o de embalaje deficiente que el cargador haya proporcionado pese a la advertencia del porteador. La responsabilidad del porteador es de resultado, lo que significa que basta probar que la mercancía llegó en peores condiciones de las que tenía al ser entregada para que nazca la obligación de indemnizar, sin necesidad de probar la culpa específica del porteador. El artículo 174 establece que esta responsabilidad no puede excluirse totalmente cuando el daño se debe a dolo o culpa grave del porteador o de sus dependientes. El monto de la indemnización se calcula sobre el valor de la mercancía en el lugar y momento de la entrega, considerando el valor declarado en la carta de porte cuando corresponda. Las reclamaciones por daños visibles deben hacerse en el momento de la entrega, anotando las observaciones en la guía de despacho o carta de porte firmada por el receptor. Las reclamaciones por daños no visibles (daños internos del embalaje) deben presentarse por escrito al porteador dentro del plazo establecido en el contrato, que habitualmente es de 24 a 72 horas desde la entrega. El porteador que no recibe reclamación oportuna puede alegar que la carga fue recibida conforme.
La legislación chilena no impone la obligatoriedad general de contratar un seguro de transporte de carga terrestre, a diferencia de otros seguros como el SOAP para vehículos motorizados que es obligatorio por la Ley N.º 18.490. Sin embargo, la ausencia de seguro de transporte expone tanto al porteador como al cargador a pérdidas económicas significativas en caso de accidente, robo o daño de la mercancía. Para cargas de alto valor, cargas perecederas o cargas irreemplazables, la contratación de un seguro de transporte es una práctica estándar en la industria chilena. El seguro puede ser contratado por el cargador (cobertura de la mercancía desde el punto de vista del dueño de los bienes) o por el porteador (responsabilidad civil del transportista, que cubre su obligación de indemnizar al cargador en caso de daño o pérdida). Las principales aseguradoras que ofrecen seguros de transporte de carga en Chile son Mapfre Chile, HDI Seguros, Allianz, Zurich Chile y BCI Seguros. Las coberturas más comunes son: todo riesgo (cubre todos los daños salvo exclusiones expresas), riesgo nombrado (cubre solo los eventos específicamente listados en la póliza como accidente de tráfico, incendio y robo), y responsabilidad civil del transportista. Para cargas que cruzan la frontera con Argentina u otros países, el seguro de transporte internacional es prácticamente indispensable y exigido por los contratos de comercio exterior y por las cartas de crédito bancarias que financian las operaciones de importación o exportación.
La carta de porte y la guía de despacho son documentos que acompañan el transporte de mercancías en Chile, pero tienen funciones y naturaleza jurídica distintas. La carta de porte es el documento contractual del transporte: constituye el contrato de transporte mismo o su principal medio de prueba, regula las condiciones del traslado, identifica las partes, describe la carga y establece el punto de origen y destino. Conforme al artículo 173 del Código de Comercio, la carta de porte firmada por el porteador hace presumir la recepción de las mercancías en las condiciones descritas. La guía de despacho, en cambio, es un documento de naturaleza tributaria definido por el Servicio de Impuestos Internos en la Resolución N.º 6 de 2009 y sus modificaciones: acredita el traslado de bienes entre distintos puntos y es el respaldo del crédito fiscal del IVA asociado a la venta o al servicio de transporte. Desde la implementación de la facturación electrónica obligatoria, la guía de despacho electrónica debe emitirse para la mayoría de los traslados comerciales de mercancías entre empresas. En la práctica, muchos contratos de transporte utilizan la guía de despacho como sustituto funcional de la carta de porte, haciendo referencia en ella a las condiciones del contrato marco o especificando las condiciones mínimas de la operación. Sin embargo, para operaciones de mayor valor o complejidad, es recomendable mantener ambos documentos: el contrato de transporte escrito que regula la relación jurídica completa y la guía de despacho electrónica que cumple la función tributaria de respaldo del traslado.
Las penalidades por retraso en la entrega de la carga deben estar establecidas expresamente en el Contrato de Transporte de Carga, ya que la ley no fija una tarifa estándar y su cálculo queda a la negociación de las partes. La práctica más extendida en la industria del transporte chileno es expresar la penalidad como un porcentaje del flete pactado por cada día hábil o calendario de retraso, con un tope máximo que habitualmente se fija entre el 20% y el 50% del valor total del flete. Por ejemplo, un contrato puede establecer una penalidad del 5% del flete por cada día hábil de retraso imputable al porteador, con un tope máximo del 30% del flete total. Para cargas con alta sensibilidad al tiempo, como productos perecederos, repuestos urgentes para maquinaria industrial o materiales para obras de construcción con fecha comprometida, las penalidades pueden estructurarse de forma más severa, incluyendo la cobertura de los daños directos que el retraso cause al cargador, como penalidades del cargador hacia sus propios clientes o costos adicionales de almacenamiento en destino. El artículo 175 del Código de Comercio establece que el porteador responde por los perjuicios causados por el retardo en la entrega, salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado. Para que las penalidades sean ejecutables judicialmente, deben estar claramente definidas en el contrato, con el mecanismo de cálculo, el plazo de pago y el procedimiento de notificación del retraso que el cargador debe seguir para activarlas.
La posibilidad de que el porteador subcontrate el transporte con otro transportista depende de lo que establezca el contrato de transporte de carga. En ausencia de cláusula expresa sobre la subcontratación, el Código de Comercio chileno permite en principio la subcontratación, ya que el porteador puede cumplir su obligación usando los medios que estime convenientes. Sin embargo, conforme al artículo 178 del Código de Comercio, el porteador original mantiene su responsabilidad plena frente al cargador aunque subcontrate con otro transportista: si la carga se pierde o daña durante el tramo ejecutado por el subcontratista, el porteador original responde ante el cargador como si el daño hubiera ocurrido bajo su propia custodia. El porteador original puede luego repetir contra el subcontratista responsable del daño, pero el cargador no tiene acción directa contra el subcontratista salvo que el contrato original lo establezca expresamente. Para los cargadores que requieren condiciones específicas de seguridad, trazabilidad o confidencialidad en el transporte, como industrias farmacéuticas, tecnológicas o de alimentos de alta gama, es recomendable incluir en el contrato una cláusula que prohíba la subcontratación sin autorización previa y escrita del cargador, o que establezca un procedimiento de aprobación del subcontratista. El incumplimiento de esta cláusula puede dar lugar a la resolución del contrato por incumplimiento grave y al pago de daños y perjuicios al cargador afectado.
Tramitar correctamente una reclamación por mercancía dañada o perdida durante el transporte en Chile requiere seguir un procedimiento específico para preservar los derechos del cargador y no perderlos por prescripción o por falta de reclamo oportuno. El primer paso es documentar el daño o la pérdida al momento de la entrega: el receptor debe anotar las observaciones detalladas en la guía de despacho o carta de porte antes de firmar la recepción, describiendo el estado visible de la carga, el número de bultos con daño o faltante, y solicitando que el conductor o representante del porteador firme también las observaciones. Fotografiar la carga dañada en el momento de la entrega y antes de mover los bultos es esencial como prueba. Si el daño no es visible al momento de la entrega (daños internos, roturas ocultas, contaminación no visible), el cargador debe notificar por escrito al porteador dentro del plazo establecido en el contrato, que habitualmente es de 24 a 72 horas desde la entrega. La notificación debe ser fehaciente: correo electrónico con acuse de recibo, carta certificada o mensaje en la plataforma de gestión del transporte. Vencido ese plazo sin reclamación, el porteador puede presumir que la carga fue entregada en buen estado. Si el porteador rechaza la reclamación, el cargador puede iniciar una acción judicial ante el Juzgado de Letras en lo Civil competente conforme al artículo 197 del Código de Comercio, que establece un plazo de prescripción de seis meses desde la entrega. Si hay seguro contratado, la denuncia del siniestro a la aseguradora debe hacerse simultáneamente y dentro del plazo de la póliza.
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