Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
CONTRATO DE SERVICIOS DE LIMPIEZA Y ASEO
(Cleaning Services Contract)
Celebrado conforme al Artículo 1545 del Código Civil y Artículo 183-A del Código del Trabajo de Chile
PRIMERO: PARTES
En [Signature City], a [Signature Date], entre:
EL CLIENTE (EMPRESA PRINCIPAL):
Nombre / Razón Social: [Client Name]
RUT: [Client RUT]
Domicilio: [Client Address]
Representante Legal: [Client Representative]
LA EMPRESA DE ASEO (CONTRATISTA):
Nombre / Razón Social: [Cleaning Company Name]
RUT: [Cleaning Company RUT]
Domicilio: [Cleaning Company Address]
Representante Legal: [Cleaning Company Representative]
Ambas partes declaran plena capacidad legal para contratar conforme al Artículo 1445 del Código Civil y convienen el presente Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo.
SEGUNDO: OBJETO Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La Empresa de Aseo se obliga a prestar servicios de limpieza y mantención de aseo en las siguientes instalaciones:
[Service Premises]
Descripción detallada de los servicios:
[Service Description]
Dotación mínima de personal: [Minimum Staff] trabajador(es) de aseo
Horario del servicio: [Service Schedule]
Provisión de productos y equipos: [Chemical Products Provider]
Todos los productos químicos utilizados deberán cumplir con el Decreto Supremo N° 594 de 1999 (Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo) del Ministerio de Salud. Los productos biocidas (desinfectantes, sanitizantes) utilizados en instalaciones de salud deberán estar registrados ante el Instituto de Salud Pública (ISP) conforme al DS 1/2013.
TERCERO: SUBCONTRATACIÓN — ARTÍCULO 183-A DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
Las partes reconocen que el presente contrato constituye una relación de subcontratación conforme al Artículo 183-A del Código del Trabajo (DFL N° 1/2003). La Empresa de Aseo, en su calidad de empresa contratista, se obliga a proporcionar mensualmente al Cliente certificados de cumplimiento previsional para todos los trabajadores de aseo desplegados en sus instalaciones, que acrediten el pago de: (a) cotizaciones AFP conforme al DL 3.500; (b) cotizaciones de salud FONASA/ISAPRE conforme a las Leyes 18.469 y 18.933; (c) cotizaciones al seguro de cesantía AFC Chile conforme a la Ley 19.728; y (d) primas del seguro de accidentes del trabajo ante la mutualidad correspondiente (ACHS, IST o Mutual de Seguridad CChC) conforme a la Ley 16.744.
El Cliente, en ejercicio del derecho de información del Artículo 183-C del Código del Trabajo, podrá retener el pago de los servicios hasta que la Empresa de Aseo presente los certificados de cumplimiento previsional correspondientes al período de facturación.
CUARTO: SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL — DS 594/1999 Y LEY 16.744
La Empresa de Aseo se obliga a: (a) cumplir íntegramente con el Decreto Supremo N° 594 de 1999 en el manejo, almacenamiento y uso de productos químicos de limpieza; (b) proporcionar a todos los trabajadores el equipo de protección personal (EPP) necesario — guantes, antiparras, mascarillas respiratorias — sin costo para el trabajador, conforme al Artículo 53 del Código del Trabajo; (c) mantener hojas de datos de seguridad (HDS) conforme al sistema GHS/ONU para todos los productos utilizados; y (d) inscribir y mantener a todos los trabajadores en la mutualidad de accidentes del trabajo correspondiente bajo la Ley 16.744.
QUINTO: PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
El Cliente pagará a la Empresa de Aseo el precio mensual de [Monthly Fee], dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la factura electrónica emitida conforme a los requisitos del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Los ajustes de precio derivados de variaciones del Ingreso Mínimo Mensual (IMM) legalmente establecido serán incorporados mediante adendum escrito firmado por ambas partes.
SEXTO: VIGENCIA Y TÉRMINO
El presente contrato entrará en vigencia el día [Start Date] y tendrá una duración de [Contract Duration].
Cualquiera de las partes podrá poner término anticipado al contrato, sin expresión de causa, mediante aviso escrito entregado con la anticipación pactada. La terminación inmediata por incumplimiento grave procederá sin aviso previo, con derecho a indemnización de perjuicios conforme al Artículo 1556 del Código Civil.
SÉPTIMO: CLÁUSULA PENAL
En caso de incumplimiento de las obligaciones esenciales de este contrato, la parte infractora pagará a la parte afectada, a título de cláusula penal conforme a los Artículos 1535 a 1544 del Código Civil, la suma de [Penalty Amount UF], sin perjuicio de la acción de indemnización por daño emergente y lucro cesante bajo el Artículo 1556 del Código Civil.
OCTAVO: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente contrato se rige por el Código Civil, el Código de Comercio y el Código del Trabajo de Chile, en particular los Artículos 183-A a 183-F sobre subcontratación y las normas del DS 594/1999 y la Ley 16.744. Para la resolución de controversias civiles las partes se someten a los tribunales ordinarios de [Signature City]; las disputas laborales se someten a los Juzgados de Letras del Trabajo de la misma jurisdicción.
FIRMAS
En [Signature City], a [Signature Date].
EL CLIENTE (EMPRESA PRINCIPAL):
[Client Name]
RUT: [Client RUT]
Representado por: [Client Representative]
Firma: _________________________
LA EMPRESA DE ASEO (CONTRATISTA):
[Cleaning Company Name]
RUT: [Cleaning Company RUT]
Representado por: [Cleaning Company Representative]
Firma: _________________________
Client / Empresa Principal
________________
Signature
Cleaning Company / Empresa de Aseo
________________
Signature
Qué es Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
El Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo en Chile es el acuerdo, regido por el artículo 1545 del Código Civil y el artículo 183-A del Código del Trabajo sobre subcontratación, mediante el cual una empresa presta servicios de aseo en las dependencias del cliente respondiendo por su personal.
En Chile, los servicios de limpieza y aseo son prestados por un amplio ecosistema de empresas especializadas que van desde grandes consorcios como Aseoapo, Eulen Chile, Sodexo Chile, Aramark Chile y Compass Group, hasta pequeñas y medianas empresas de servicios de limpieza registradas en el Registro de Proveedores del Estado (ChileProveedores) para prestar servicios a organismos públicos. La Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra) es el organismo estatal que gestiona las licitaciones de servicios de limpieza para hospitales del Servicio Nacional de Salud (SNS), dependencias del Poder Judicial, ministerios, municipalidades y otras entidades públicas.
La Ley N.º 20.123 sobre Subcontratación es de especial relevancia para los contratos de limpieza y aseo en Chile. Esta ley establece que cuando una empresa contrata los servicios de limpieza de otra empresa para que sean prestados en sus propias dependencias, el mandante (empresa contratante) es subsidiariamente responsable del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que el contratista tenga con los trabajadores que prestan el servicio. Esta responsabilidad subsidiaria del mandante puede tornarse solidaria si este no ejerce los derechos de información y retención que la ley le confiere, conforme al artículo 183-C del Código del Trabajo.
Las empresas de limpieza que operan en Chile deben cumplir con un conjunto de obligaciones regulatorias específicas del rubro. El Decreto Supremo N.º 594 del Ministerio de Salud establece las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, incluyendo los estándares de limpieza y desinfección que deben mantenerse en distintos tipos de establecimientos. El Instituto de Salud Pública (ISP) y la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) son los organismos que fiscalizan el cumplimiento de estas normas mediante inspecciones a establecimientos de salud, alimentación y otros sectores sensibles.
Los trabajadores de limpieza en Chile están protegidos por el Código del Trabajo y cuentan con representación sindical activa. Las remuneraciones mínimas del sector están reguladas por el Código del Trabajo y los contratos colectivos negociados por los sindicatos respectivos. La Dirección del Trabajo realiza fiscalizaciones periódicas a las empresas de limpieza para verificar el cumplimiento de las normas laborales, incluyendo el pago de cotizaciones previsionales al sistema AFP y la Isapre o Fonasa correspondiente.
En forms-legal.com encontrará modelos actualizados de Contratos de Servicios de Limpieza y Aseo adaptados a las distintas modalidades de prestación de servicios de limpieza en Chile, con cláusulas de subcontratación conformes a la Ley N.º 20.123, especificaciones de servicios, mecanismos de control de calidad y procedimientos de resolución de controversias ante los Juzgados de Letras del Trabajo competentes.
Cuándo necesitas Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
El Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo en Chile resulta indispensable en todos los escenarios en que una empresa, institución o persona necesita externalizar la gestión de la higiene y el aseo de sus instalaciones a proveedores especializados, ya sea por razones de eficiencia operacional, cumplimiento normativo o especialización técnica.
Las empresas que operan en sectores regulados por el Ministerio de Salud tienen la obligación legal de mantener sus instalaciones en condiciones de higiene certificadas y deben contratar servicios de limpieza profesional para cumplir con el Decreto Supremo N.º 594 del MINSAL sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Los hospitales del Servicio Nacional de Salud (SNS), las clínicas privadas certificadas por la Superintendencia de Salud, los laboratorios clínicos, los centros de diálisis y los establecimientos de salud en general requieren servicios de limpieza y desinfección que cumplan con los protocolos del Ministerio de Salud y las normas ISO 9001 de gestión de calidad.
Las empresas de manufactura y procesamiento de alimentos tienen obligaciones de higiene especialmente estrictas. Los establecimientos de producción de alimentos regulados por la Agencia Chilena para la Inocuidad y Calidad Alimentaria (ACHIPIA) y la Resolución Exenta N.º 1.887 del Ministerio de Salud deben mantener protocolos de limpieza y desinfección documentados y auditados, lo que hace necesario contratar servicios de limpieza industrial especializados con certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).
Los organismos del Estado que licitan servicios de limpieza mediante el sistema ChileCompra deben formalizar el contrato mediante los formularios estándar de la Dirección de Compras y Contratación Pública, incluyendo las bases administrativas y técnicas de la licitación como parte integrante del contrato. Las municipalidades, hospitales públicos, ministerios, Fuerzas Armadas y demás entidades del sector público chileno son los mayores demandantes de servicios de limpieza mediante licitación pública.
El sector inmobiliario y de administración de edificios genera también una demanda significativa de contratos de limpieza. Las administraciones de edificios de departamentos, condominios, parques industriales y centros empresariales contratan servicios de limpieza de áreas comunes mediante contratos anuales o plurianuales licitados entre empresas del rubro. La Ley N.º 21.442 sobre Copropiedad Inmobiliaria establece que el comité de administración del condominio tiene facultades para contratar los servicios necesarios para el mantenimiento de las áreas comunes, incluyendo los servicios de limpieza y aseo.
Qué incluir en tu Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
Un Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo en Chile debe contener elementos esenciales que definan con precisión el alcance de los servicios, las responsabilidades de cada parte y los mecanismos de control de calidad que garanticen el estándar de limpieza requerido por el mandante.
La identificación completa de las partes es el primer elemento. El prestador de servicios debe identificarse con su razón social, RUT, número de inscripción en el Registro de Comercio, domicilio legal y nombre del representante legal. Para empresas que prestan servicios a organismos del Estado, el prestador debe además estar inscrito en el Registro de Proveedores del Estado (ChileProveedores) en la categoría correspondiente. El mandante debe identificarse de manera equivalente, indicando además el domicilio de las instalaciones donde se prestarán los servicios, que puede ser distinto al domicilio legal de la empresa.
La descripción detallada del alcance de los servicios es el núcleo del contrato. El documento debe especificar con precisión qué áreas serán objeto de limpieza (oficinas, baños, cocinas, pasillos, salas de reuniones, bodegas, áreas de producción, estacionamientos), la frecuencia de limpieza de cada área (diaria, semanal, mensual), los productos de limpieza y desinfección que se utilizarán con sus fichas de seguridad conforme al Decreto Supremo N.º 594 del MINSAL, los equipos y maquinaria que empleará el prestador, y los estándares de resultado esperados para cada área.
El personal asignado al servicio es un elemento contractual de especial relevancia en el marco de la Ley N.º 20.123 sobre Subcontratación. El contrato debe indicar el número de trabajadores asignados al servicio, su jornada de trabajo, el supervisor designado por el prestador y los mecanismos de reemplazo en caso de ausencia del personal titular. La empresa mandante debe ejercer el derecho de información del artículo 183-C del Código del Trabajo para verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del prestador respecto de sus trabajadores.
Los mecanismos de control de calidad son fundamentales para garantizar la ejecución efectiva del contrato. El documento debe establecer indicadores de desempeño medibles (KPIs) como porcentaje de superficies limpias según estándar, tiempo de respuesta ante incidencias, número máximo de reclamos mensuales tolerados, y consecuencias del incumplimiento de los estándares (descuentos en la facturación, multas contractuales, término anticipado).
La remuneración y condiciones de pago deben especificarse con precisión. El contrato debe indicar el monto mensual del servicio en pesos chilenos más IVA del 19% (los servicios de limpieza prestados por personas jurídicas están afectos a IVA conforme al artículo 2 N.º 2 del DL N.º 825), el día del mes en que se emite la factura, el plazo de pago desde la recepción de la factura conforme y el mecanismo de reajuste anual de la remuneración vinculado a la variación del IPC o del salario mínimo legal. En forms-legal.com encontrará modelos actualizados de Contratos de Servicios de Limpieza y Aseo que incorporan todos estos elementos, adaptados a los distintos tipos de prestación de servicios de aseo en Chile conforme a la Ley N.º 20.123 y el Código del Trabajo.
Cómo completar tu Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
Completar un Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo en Chile requiere definir con precisión el alcance de los servicios, los estándares de calidad esperados y las responsabilidades laborales que la Ley N.º 20.123 sobre Subcontratación asigna al mandante respecto de los trabajadores del contratista.
El primer paso es elaborar las especificaciones técnicas del servicio. Antes de completar el contrato, el mandante debe preparar un documento que describa con detalle las áreas a limpiar con sus superficies en metros cuadrados, la frecuencia de limpieza de cada área, los productos autorizados para su uso en cada tipo de superficie (pisos de madera, cerámica, alfombra, vidrios, acero inoxidable), los equipos disponibles en las instalaciones del mandante que el contratista puede utilizar (agua, electricidad) y cualquier restricción operacional (horarios en que no se puede limpiar, áreas de acceso restringido, protocolos de seguridad especiales).
En el campo de descripción de las instalaciones, especifique la dirección exacta donde se prestarán los servicios, la superficie total en metros cuadrados, el número de pisos o niveles, el número de baños y cocinas, y cualquier instalación especial que requiera equipos o productos específicos (sala de servidores, laboratorio, sala limpia). Esta descripción determina el dimensionamiento del servicio y el cálculo de la remuneración por el prestador.
En el campo de personal, indique el número mínimo de trabajadores que el prestador debe asignar al servicio, los días y horarios en que deben prestar el servicio, y los requisitos mínimos de experiencia y capacitación. Incluya también la obligación del prestador de acreditar mensualmente el pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores asignados ante la AFP y la Isapre o Fonasa correspondiente.
En el campo de control de calidad, defina los indicadores de desempeño con sus respectivos umbrales de aceptación. Por ejemplo: "el 95% de las superficies inspeccionadas deben cumplir con el estándar de limpieza definido en el Anexo N.º 1 del contrato" o "el tiempo de respuesta ante solicitudes de limpieza urgente no puede superar 2 horas en horario laboral". Especifique el procedimiento para documentar los incumplimientos y las consecuencias contractuales correspondientes: descuento proporcional en la facturación mensual, multa contractual de un monto determinado por incidente o término anticipado del contrato por incumplimiento reiterado. Finalmente, incluya como anexo el detalle de los productos de limpieza y desinfección que utilizará el prestador, con las fichas de seguridad exigidas por el Decreto Supremo N.º 594 del Ministerio de Salud, para asegurar el cumplimiento de las normas de seguridad laboral aplicables.
Requisitos legales para Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
El marco normativo que regula los contratos de servicios de limpieza y aseo en Chile es amplio y comprende normas laborales, sanitarias, tributarias y de responsabilidad civil que tanto el prestador como el mandante deben conocer y cumplir cabalmente.
La Ley N.º 20.123 sobre Subcontratación y Empresas de Servicios Transitorios es la norma central para los contratos de limpieza en Chile. El artículo 183-A define el régimen de subcontratación como aquel en que un empleador contrata los servicios de otro, quien a su vez emplea trabajadores para ejecutar dichos servicios en dependencias del primero. El artículo 183-B establece la responsabilidad subsidiaria del mandante respecto de las obligaciones laborales y previsionales que el contratista tiene con sus trabajadores, incluyendo el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales, indemnizaciones por años de servicio y prestaciones del seguro de desempleo. El artículo 183-C otorga al mandante el derecho de retener de los pagos al contratista los montos necesarios para cubrir las obligaciones laborales y previsionales impagas de sus trabajadores, previo informe de la Inspección del Trabajo.
El Decreto Supremo N.º 594 del Ministerio de Salud sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo establece los estándares mínimos de limpieza y saneamiento que deben mantenerse en todo lugar de trabajo en Chile. El artículo 11 dispone que los pisos, paredes y techos de los locales de trabajo deben ser de material impermeable y conservarse en buen estado de higiene. El incumplimiento de estas normas puede generar multas de la Inspección del Trabajo y de la SEREMI de Salud.
La Ley N.º 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales establece que los trabajadores de limpieza —que están expuestos a riesgos de caídas, contacto con productos químicos y lesiones musculoesqueléticas— deben estar cubiertos por el seguro de accidentes del trabajo administrado por las Mutualidades (ACHS, Mutual de Seguridad, IST) o por el Instituto de Seguridad Laboral (ISL). El prestador de servicios de limpieza debe acreditar que todos sus trabajadores están inscritos en el organismo administrador correspondiente y que han recibido la capacitación en prevención de riesgos exigida por el artículo 21 de dicha ley.
El DL N.º 825 sobre IVA establece que los servicios de limpieza prestados por personas jurídicas están afectos al Impuesto al Valor Agregado del 19% conforme al artículo 2 N.º 2, lo que implica que el prestador debe emitir factura electrónica por sus servicios incluyendo el IVA correspondiente, conforme a la obligatoriedad de facturación electrónica establecida por el SII.
Errores comunes a evitar en tu Contrato de Servicios de Limpieza y Aseo Chile
Los errores más frecuentes en los contratos de servicios de limpieza en Chile pueden generar responsabilidades laborales inesperadas para el mandante, conflictos sobre la calidad del servicio y contingencias tributarias con el Servicio de Impuestos Internos.
El primer error grave es que el mandante no ejerza el derecho de información y retención que le otorga la Ley N.º 20.123. Muchas empresas contratan servicios de limpieza sin verificar mensualmente que el prestador esté cumpliendo con el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y otros beneficios laborales de sus trabajadores. Si el prestador incumple estas obligaciones, el mandante responde subsidiariamente frente a los trabajadores afectados. Para evitar esta responsabilidad, el mandante debe exigir mensualmente al prestador los comprobantes de pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores asignados al servicio (planillas AFP, Isapre o Fonasa) antes de pagar la factura del mes correspondiente.
El segundo error es no definir indicadores de desempeño medibles y objetivos en el contrato. Cuando el contrato describe el servicio en términos vagos —"limpieza completa de las instalaciones"— sin establecer estándares específicos, procedimientos de verificación y consecuencias del incumplimiento, resulta muy difícil para el mandante exigir mejoras o aplicar penalidades cuando el servicio no cumple sus expectativas. Las disputas sobre la calidad del servicio de limpieza son habituales y difíciles de resolver judicialmente cuando el contrato carece de parámetros objetivos de medición.
El tercer error es no incluir cláusulas de confidencialidad adecuadas. Los trabajadores de limpieza tienen acceso a las dependencias del mandante, incluyendo oficinas, salas de reuniones, archivos físicos y otras áreas donde puede haber información confidencial de la empresa. Sin una cláusula de confidencialidad que obligue al prestador a instruir a sus trabajadores sobre el manejo apropiado de la información a la que acceden durante el servicio, el mandante queda expuesto a riesgos de seguridad corporativa significativos.
El cuarto error frecuente es no regular adecuadamente el uso de productos químicos. El Decreto Supremo N.º 594 del MINSAL y la Ley N.º 16.744 sobre Accidentes del Trabajo exigen que los productos de limpieza utilizados cumplan con estándares de seguridad y que los trabajadores que los manipulan reciban capacitación específica sobre su uso seguro. Si el contrato no establece la obligación del prestador de utilizar productos autorizados por el Instituto de Salud Pública (ISP) y de acreditar la capacitación de sus trabajadores, el mandante puede verse involucrado en contingencias laborales derivadas de accidentes por exposición a productos químicos peligrosos.
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Preguntas Frecuentes
Sí, en Chile el mandante tiene responsabilidad subsidiaria respecto de las obligaciones laborales y previsionales que la empresa de limpieza contratista tiene con sus trabajadores, conforme al artículo 183-B del Código del Trabajo incorporado por la Ley N.º 20.123 sobre Subcontratación. Esta responsabilidad subsidiaria significa que si la empresa de limpieza no paga las remuneraciones, cotizaciones previsionales AFP, cotizaciones de salud Isapre o Fonasa, indemnizaciones por años de servicio u otros beneficios laborales a los trabajadores que prestan el servicio en las dependencias del mandante, estos trabajadores pueden demandar subsidiariamente al mandante ante el Juzgado de Letras del Trabajo competente. El mandante puede evitar o limitar esta responsabilidad ejerciendo los derechos que le otorga el artículo 183-C del Código del Trabajo: exigir mensualmente a la empresa de limpieza los comprobantes de pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores asignados al servicio y, si la empresa no acredita el pago, retener de los montos adeudados por el servicio el monto necesario para cubrir las obligaciones impagas. La Dirección del Trabajo, mediante la Circular N.º 88 de 2006, ha precisado los procedimientos que debe seguir el mandante para ejercer correctamente estos derechos y documentar el cumplimiento de sus obligaciones de información. La responsabilidad subsidiaria puede tornarse solidaria si el mandante no ejerce los derechos mencionados dentro de los plazos y formas establecidos por la ley.
La regulación de los productos de limpieza y desinfección para uso en empresas en Chile es competencia del Instituto de Salud Pública (ISP), el Ministerio de Salud (MINSAL) y la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) de cada región. El Decreto Supremo N.º 594 del MINSAL sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo establece que los productos químicos utilizados en los procesos de limpieza y desinfección deben contar con las autorizaciones sanitarias correspondientes y deben manipularse conforme a las instrucciones del fabricante y las fichas de seguridad (MSDS) exigidas por la Norma Chilena NCh 2245 sobre transporte de materiales peligrosos. El ISP autoriza y registra los productos desinfectantes, plaguicidas y biocidas utilizados en establecimientos de salud y en la industria alimentaria mediante resoluciones específicas. Para establecimientos de salud como clínicas y hospitales, los protocolos de limpieza y desinfección deben cumplir con las guías técnicas emitidas por el Departamento de Infecciones Asociadas a la Atención de Salud del MINSAL. En la industria alimentaria, los productos de limpieza y sanitización deben ser aprobados por la ACHIPIA y cumplir con las Buenas Prácticas de Manufactura establecidas en el Decreto Supremo N.º 977 sobre Reglamento Sanitario de los Alimentos. Los contratos de servicios de limpieza deben especificar qué productos están autorizados para su uso en las instalaciones del mandante, exigiendo la presentación de las fichas de seguridad y los certificados de autorización del ISP cuando corresponda.
Los servicios de limpieza para organismos del Estado en Chile se contratan mediante el sistema de compras públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública (ChileCompra), conforme a la Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. El proceso de licitación pública para servicios de limpieza sigue las siguientes etapas: la entidad pública publica las bases de licitación en el portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) con los requerimientos técnicos y económicos del servicio, incluyendo las especificaciones de áreas a limpiar, frecuencia, personal mínimo requerido y estándares de calidad exigidos. Las empresas proveedoras inscritas en el Registro ChileProveedores en la categoría de servicios de limpieza y aseo presentan sus ofertas técnicas y económicas dentro del plazo establecido en las bases. Una comisión evaluadora de la entidad pública evalúa las ofertas conforme a los criterios de evaluación establecidos en las bases —habitualmente precio, experiencia acreditada, dotación de personal, equipamiento y certificaciones de calidad— y adjudica el contrato a la empresa que obtenga el mayor puntaje. Las empresas que participan en licitaciones públicas de limpieza deben estar inscritas en ChileProveedores, tener su situación tributaria al día con el SII y el Tesorero General de la República, y acreditar experiencia previa en el rubro mediante certificados de clientes anteriores. Los contratos con el Estado de Chile tienen una duración máxima de 36 meses según la Ley N.º 19.886.
En Chile no existe una certificación obligatoria específica para empresas de servicios de limpieza como requisito de operación general, aunque diversas certificaciones voluntarias y sectoriales son requeridas por los clientes para contratar estos servicios. La certificación ISO 9001 de Sistemas de Gestión de Calidad es la más solicitada por grandes empresas y organismos del Estado, pues acredita que la empresa de limpieza tiene procesos estandarizados, indicadores de desempeño medibles y un sistema de mejora continua. Entidades certificadoras como Bureau Veritas Chile, SGS Chile y LRQA Chile otorgan esta certificación previa auditoría de los procesos de la empresa. La certificación ISO 14001 de Sistemas de Gestión Ambiental es requerida por empresas mandantes con compromisos de sostenibilidad ambiental, pues acredita el manejo responsable de los residuos de limpieza y el uso de productos ecoamigables. Para prestar servicios de limpieza en hospitales y clínicas, las empresas deben demostrar que sus trabajadores han sido capacitados en control de infecciones intrahospitalarias conforme a los protocolos del Ministerio de Salud y la Sociedad Chilena de Infectología. La inscripción en ChileProveedores con acreditación vigente es obligatoria para prestar servicios a organismos del Estado.
Sí, el mandante tiene plena facultad para especificar en el contrato de servicios de limpieza los productos que la empresa contratista debe utilizar en sus instalaciones, siempre que dicha especificación sea razonable, técnicamente justificada y no contravenga las normas de seguridad laboral aplicables. Esta facultad es especialmente relevante en sectores como la industria alimentaria, los establecimientos de salud y los laboratorios de investigación, donde los estándares de higiene y bioseguridad exigen el uso de productos específicamente aprobados por las autoridades sanitarias. El mandante puede exigir el uso de productos de limpieza con determinados principios activos (amonio cuaternario, hipoclorito de sodio, peróxido de hidrógeno), con concentraciones específicas validadas para cada tipo de superficie y microorganismo objetivo, con certificación del Instituto de Salud Pública para uso en establecimientos de salud o en la industria alimentaria, o con certificación de producto ecoamigable como el sello Ecoetiqueta Chilena del Ministerio del Medio Ambiente. Si el mandante exige productos de marca específica y precio significativamente superior a los productos estándar del mercado, es razonable que el contrato contemple un ajuste de precio del servicio que refleje el mayor costo de dichos productos. El contrato debe incluir como anexo la lista de productos autorizados para uso en cada área, con sus fichas de seguridad y las instrucciones específicas de dilución, tiempo de contacto y procedimiento de aplicación.
Los accidentes del trabajo sufridos por trabajadores de empresas de limpieza en las instalaciones del mandante en Chile están cubiertos por el seguro de accidentes del trabajo establecido en la Ley N.º 16.744, que administran las Mutualidades de Empleadores (ACHS, Mutual de Seguridad CChC e IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL). El empleador del trabajador accidentado —la empresa de limpieza contratista— es quien tiene la obligación de afiliar a sus trabajadores a una Mutualidad y pagar las cotizaciones correspondientes. En caso de accidente, la empresa de limpieza debe denunciar el accidente a la Mutualidad mediante la Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) dentro del plazo de 24 horas desde el conocimiento del hecho. La responsabilidad por el accidente puede involucrar tanto al contratista como al mandante dependiendo de las causas del accidente: si el accidente se produjo por deficiencias en las instalaciones del mandante (piso resbaladizo no señalizado, andamios en mal estado, iluminación deficiente), el mandante puede ser responsable solidariamente por los daños sufridos por el trabajador. La Inspección del Trabajo y el Servicio de Salud competente pueden iniciar investigaciones para determinar las causas del accidente y las responsabilidades de cada parte. El mandante debe mantener un registro de los accidentes del trabajo ocurridos en sus instalaciones conforme al artículo 76 de la Ley N.º 16.744 y adoptar medidas correctivas para prevenir su repetición.
Las remuneraciones mínimas de los trabajadores de servicios de limpieza en Chile están determinadas por el salario mínimo legal fijado anualmente por el Ministerio del Trabajo mediante decreto, más los beneficios establecidos en los contratos colectivos negociados por los sindicatos del sector si el trabajador está sindicalizado y el empleador está afecto a dichos instrumentos colectivos. El salario mínimo legal en Chile aplicable desde agosto de 2024 a trabajadores mayores de 18 años es de $500.000 pesos mensuales para jornada completa de 45 horas semanales. Los trabajadores de limpieza tienen adicionalmente derecho a los beneficios de la Ley N.º 20.281 sobre Remuneración Mínima Garantizada, que establece un complemento al salario mínimo cuando la remuneración total del trabajador —incluyendo semana corrida, asignación de movilización y colación— no alcanza el mínimo legal. Los contratos colectivos de grandes empresas de limpieza como Aseoapo, Sodexo Chile y Aramark Chile contemplan remuneraciones y beneficios adicionales al salario mínimo legal. La semana corrida establecida en el artículo 45 del Código del Trabajo beneficia a los trabajadores de limpieza remunerados por día o por hora, quienes tienen derecho a una remuneración equivalente a un día por cada semana trabajada en forma completa. El no pago del salario mínimo o de los beneficios legales puede generar demandas ante los Juzgados de Letras del Trabajo de la jurisdicción donde se presta el servicio y multas de la Dirección del Trabajo de hasta 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por trabajador afectado.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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