Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa)
DATOS PARA ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE
Conforme al Artículo 2316 del Código Civil Federal y la Ley del Notariado Aplicable
I. NOTARÍA PÚBLICA AUTORIZANTE
Notaría: [Notary Details]
Fecha de Firma de Escritura: [Closing Date]
Ciudad: [Closing City]
II. DATOS DEL VENDEDOR
Nombre / Razón Social: [Seller Name]
RFC: [Seller RFC]
CURP: [Seller CURP]
Nacionalidad y Estado Civil: [Seller Nationality and Status]
Domicilio Fiscal: [Seller Address]
Identificación Oficial: [Seller ID]
Antecedente de Propiedad (Cadena de Titulación): [Seller Title Deed]
III. DATOS DEL COMPRADOR
Nombre / Razón Social: [Buyer Name]
RFC: [Buyer RFC]
CURP: [Buyer CURP]
Nacionalidad y Estado Civil: [Buyer Nationality and Status]
Domicilio Fiscal: [Buyer Address]
Identificación Oficial: [Buyer ID]
Fideicomiso (si aplica): [Fideicomiso Details]
IV. DESCRIPCIÓN JURÍDICA DEL INMUEBLE
Tipo de Inmueble: [Property Type]
Dirección: [Property Address]
Descripción Física: [Property Description]
Folio Real (RPP): [Folio Real]
Clave Catastral: [Cadastral Key]
Certificado de Libertad de Gravamen: [Encumbrance Certificate]
V. PRECIO Y CÁLCULOS FISCALES
Precio de Venta Acordado: [Purchase Price]
Valor Catastral (base ISAI): [Cadastral Value]
ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles — cargo del comprador): [ISAI Amount]
Retención Provisional ISR Ganancias de Capital (cargo del vendedor): [ISR Capital Gains]
El Notario Público calculará, retendrá y remitirá los impuestos correspondientes al SAT y a la tesorería del estado antes o al momento de la inscripción registral, conforme a los Artículos 119–128 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Código Fiscal del Estado aplicable.
VI. FORMA DE PAGO
Método de Pago: [Payment Method].
Datos del Pago: [Payment Details]
El precio total [Purchase Price] será pagado al vendedor en la fecha de firma de la escritura, una vez que el Notario Público haya retenido los impuestos correspondientes (ISAI e ISR). La transmisión de la propiedad será oponible frente a terceros únicamente a partir de la inscripción de la escritura en el Registro Público de la Propiedad conforme al Artículo 3005 del Código Civil Federal.
FIRMAS ANTE EL NOTARIO PÚBLICO
En [Closing City], a [Closing Date], ante [Notary Details].
EL VENDEDOR:
[Seller Name]
Firma: _________________________
EL/LA COMPRADOR(A):
[Buyer Name]
Firma: _________________________
EL NOTARIO PÚBLICO:
[Notary Details]
Firma y Sello Notarial: _________________________
Seller (Vendedor)
________________
Signature
Buyer (Comprador/a)
________________
Signature
Notario Público
________________
Signature
What Is a Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa)?
A Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa) is a preparatory instrument that compiles the essential legal, fiscal, and descriptive information required by a Notario Público to draft the formal escritura pública (public deed) that transfers ownership (dominio) of real property in Mexico. The formal escritura pública de compraventa itself is governed by Article 2316 of the Código Civil Federal (CCF), which mandates that legal acts affecting real property rights be executed in escritura pública form, and by the Ley del Notariado of the relevant state — each of Mexico's 31 states and Mexico City maintains its own Ley del Notariado establishing the functions, obligations, and arancel (fee schedule) of Notarios Públicos within its jurisdiction.
The Notario Público in Mexico occupies a unique constitutional and legal position fundamentally different from a notary public in common-law countries. The Mexican Notario Público is a licensed attorney (licenciado en derecho) appointed by the state governor (or Mexico City's head of government) after passing a rigorous competitive examination (oposición) and fulfilling specific professional experience requirements established by the applicable Ley del Notariado. The Notario Público is simultaneously a public official (fedatario público) empowered by the state to authenticate legal acts and a private professional charging fees for legal services. As a fedatario público, the Notario's certification of a escritura gives it full public faith (fe pública) and evidentiary weight — the acts described in a notarial escritura are presumed true and authentic until set aside by judicial proceeding (juicio de nulidad).
For real property transactions in Mexico, Article 2317 CCF and equivalent state civil code provisions establish that conveyances of real property with a value exceeding 365 times the Unidad de Medida y Actualización (UMA) — approximately $39,000 MXN for 2025 — must be executed as escritura pública. Practically speaking, all significant real estate transactions in Mexico require notarisation regardless of value. The escritura pública de compraventa constitutes the definitive title document (título de propiedad) — after execution by the parties and the Notario, the escritura is filed with the Registro Público de la Propiedad (RPP) for inscription on the property's folio real (electronic property record). Only upon RPP inscription does the buyer's ownership become enforceable against third parties (oponible a terceros) under Article 3005 CCF.
The Notario Público's obligations in preparing the escritura de compraventa are extensive. Under the applicable Ley del Notariado, the notary must: verify the seller's identity (identidad del compareciente) using official government-issued identification (INE credential, passport, residencia permanente); verify the seller's ownership title (título de propiedad) through the cadena de titulación (chain of prior escrituras back to an original grant or registration); obtain a certificado de libertad de gravamen (certificate of no encumbrances) from the RPP dated no more than 30 days before closing, confirming the property is free of mortgages (hipotecas), attachments (embargos), easements (servidumbres), and other registered encumbrances; verify payment of predial (municipal property tax) and derechos de agua (water service charges); obtain an updated avalúo catastral (cadastral appraisal) from the municipal Catastro; calculate and retain the ISAI (Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles) payable by the buyer; calculate and retain the ISR on capital gains (ganancias de capital) payable by the seller under LISR Articles 119–128; draft the escritura text; read it to the parties (lectura de escritura) in Spanish; obtain signatures; and authorise the escritura with the notarial seal and signature.
The fiscal role of the Notario Público in Mexican real estate is critically important. The notary acts as withholding agent (retenedor) for both the buyer's ISAI and the seller's ISR, remitting these amounts to the SAT and state treasury before or at the time of RPP registration. The notary also files the declaración informativa (information return) with the SAT reporting the transaction, the parties' RFCs, the property value, and the taxes withheld — this data feeds directly into the SAT's cross-referencing systems that detect underreported property values.
When Do You Need a Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa)?
A Real Property Deed Template Mexico is needed whenever parties to a real property transaction must organise and present the required information to their Notario Público for the preparation of the formal escritura pública de compraventa. This template serves as the structured data-collection instrument that requires all legally required information is gathered before the notarial appointment.
The template is required when a buyer and seller have agreed on purchase terms in a preliminary contrato privado de compraventa and are now ready to proceed to formal notarial closing — the notary requires all information contained in this deed template to draft the escritura within the statutory framework of the Ley del Notariado and the CCF.
Deed template is essential when the transaction involves a mortgage (crédito hipotecario) — the bank, INFONAVIT, or FOVISSSTE lender requires the notary to prepare a combined escritura de compraventa e hipoteca, and the deed template captures both the acquisition data and the mortgage data for the combined instrument.
The template is needed when foreign buyers are involved — the notary must identify whether the property falls within the zona restringida (50 km coastal / 100 km border zone) requiring a fideicomiso bancario under Article 27 of the Constitución Política and the Ley de Inversión Extranjera, and must verify the SRE permit number for the fideicomiso bank.
A deed template is also needed for estate-related transfers — when property is transferred pursuant to a testamento (will) registered at the Registro Público de la Propiedad or in a juicio sucesorio intestamentario (intestate succession proceeding) — the notary preparing the escritura de adjudicación requires the same party, property, and encumbrance data to formalise the transfer.
Under CCF art. 2316 and the Ley del Notariado applicable in each state, every formal escritura pública de compraventa requires advance preparation of all data elements documented in this template — failure to provide complete, accurate information to the Notario Público delays closing and may result in incorrect tax calculations or defective title registration.
The deed template is particularly important for transactions involving simultaneous mortgage financing — when the acquisition is funded through a crédito hipotecario from a Mexican commercial bank (BBVA, HSBC, Banamex, Santander, Banorte) or through INFONAVIT or FOVISSSTE institutional credit, the lender requires the notary to prepare a combined escritura de compraventa e hipoteca in a single notarial instrument that simultaneously conveys ownership and constitutes the mortgage in the lender's favour. The deed template organises all party, property, and financing data needed for this combined instrument.
What to Include in Your Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa)
A complete Real Property Deed Template Mexico for submission to the Notario Público under CCF Article 2316 and the applicable Ley del Notariado must document the following elements:
Notarial Office Identification: The name, number, and location of the Notaría Pública (e.g. Notaría Pública No. 112, Lic. Roberto Sánchez Torres, Notario Público del Distrito Judicial de la Ciudad de México) and the appointment date and time (fecha y hora de firma de escritura) — required by the Ley del Notariado to coordinate the notary's agenda and registry submission deadlines.
Full Party Identification — Seller (Vendedor): Complete legal name, RFC (Registro Federal de Contribuyentes), CURP (Clave Única de Registro de Población), nationality, marital status (estado civil) and matrimonial property regime (régimen patrimonial — separación de bienes or sociedad conyugal), domicile, official identification type and number (INE, passport, residencia permanente), and — for legal entities — the full corporate name, RFC, Registro Público de Comercio inscription, representative's name, CURP, and notarial power of attorney reference.
Full Party Identification — Buyer (Comprador): Same information as seller. For foreign buyers: passport number, residencia permanente or visa type, Calvo Clause acknowledgement, and — if property is in zona restringida — the fideicomiso bank name, SRE permit number, and fideicomiso beneficiary designation.
Property Legal Description: Street address with colonia, municipio/alcaldía, estado, and código postal; folio real (RPP electronic record number); clave catastral (municipal Catastro key); surface area of land (superficie del terreno) and construction (superficie construida) in square metres; and property type (casa habitación, departamento, terreno, local comercial).
Chain of Title (Cadena de Titulación): Reference to the seller's acquisition escritura — number, date, authorising notary, notaría number, RPP inscription folio and date — establishing the seller's title. The Notario Público will verify this chain before executing the new escritura.
Encumbrance Status: Reference to the certificado de libertad de gravamen issued by the RPP within 30 days of closing — certificate number, date of issue, and issuing registry office. Disclosure of any known encumbrances (hipotecas, servidumbres, embargos) that will survive or be cancelled at closing.
Purchase Price and Tax Calculations: Agreed price in MXN (numerals and written words); cadastral value (valor catastral) from the most recent Catastro appraisal for ISAI base calculation; ISAI amount by state formula and rate; seller's ISR capital gain calculation — adjusted acquisition cost (costo de adquisición actualizado by INPC inflation factor), sale price, net gain, applicable exemption (casa habitación exemption under LISR Article 93 Section XIX up to 700,000 UDIS), and provisional ISR withholding amount; and notarial fees (honorarios) per the state arancel notarial.
Payment Method: Wire transfer instructions (CLABE interbancaria del vendedor) for SPEI transfer at closing; or mortgage bank disbursement instructions; or INFONAVIT/FOVISSSTE credit application number and disbursement confirmation.
Property Insurance: For mortgaged acquisitions — the insurance policy number (póliza de seguro de daños) naming the mortgage lender as loss payee (beneficiario preferente), issued by a CNSF-authorised insurer.
Forms-legal.com provides this Real Property Deed Template Mexico as a reference data collection instrument. The formal escritura pública de compraventa can only be executed by a licensed Notario Público — this template does not substitute for notarial intervention. Consult a Notario Público in the state where the property is located at least two weeks before the intended closing date.
Forms-legal.com provides this Public Deed of Sale Mexico template as a practical drafting reference for buyers, sellers, and legal advisers — all real property transfers must be formalised before a Notario Publico and registered in the Registro Publico de la Propiedad to be legally effective.
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Reference this free template in an article, syllabus, or research note:
Forms Legal. (2026). Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa) (Mexico) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/mexico/real-estate/property/real-property-deed-template-mexico
"Real Property Deed Template Mexico (Escritura Pública de Compraventa) (Mexico)." Forms Legal, 2026, https://forms-legal.com/mexico/real-estate/property/real-property-deed-template-mexico.
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}Frequently Asked Questions
Un contrato privado de compraventa es un acuerdo privado preliminar firmado entre el comprador y el vendedor que documenta los términos de compra pactados: precio, calendario de pagos, plazo de cierre, condiciones suspensivas. Conforme al artículo 2248 del Código Civil Federal, este acuerdo privado crea legalmente la obligación de transmitir el dominio entre las partes desde el momento en que convienen sobre la cosa y el precio, pero no transmite la propiedad de manera oponible frente a terceros. La escritura pública de compraventa, en cambio, es el instrumento notarial formal otorgado ante un Notario Público conforme al artículo 2317 del CCF y a la Ley del Notariado aplicable: formaliza la transmisión de la propiedad en un documento con plena fe pública y, una vez inscrita en el Registro Público de la Propiedad (RPP), hace el título del comprador oponible frente a todos (erga omnes). Sin la inscripción de la escritura en el RPP, un comprador posterior que inscriba primero tendría prelación sobre el comprador anterior no inscrito conforme al artículo 3007 del CCF. En la práctica, el contrato privado protege a las partes durante el periodo previo al cierre —por lo general de 30 a 90 días— mientras el notario prepara la escritura, el comprador gestiona el financiamiento y se completan los certificados de gravamen y los cálculos de impuestos.
Los honorarios notariales en México están regulados por la Ley del Notariado o el Arancel Notarial de cada estado, una tarifa que fija los honorarios mínimos y, en algunos estados, máximos para los servicios notariales por tipo de operación y valor. Para las escrituras de compraventa, los honorarios por lo general se calculan como un porcentaje del valor de operación o del valor catastral, lo que resulte mayor. Rangos típicos en los principales estados: la Ciudad de México cobra aproximadamente del 0.5% al 1.2% del valor de operación para las escrituras de compraventa residencial conforme a su Arancel Notarial; Jalisco va del 0.4% al 1.0%; Quintana Roo, del 0.6% al 1.5% para inmuebles en zona turística. Todos los honorarios notariales están sujetos al IVA del 16% conforme a la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Además de los honorarios notariales, el comprador paga: el ISAI (del 2% al 4.5% del valor del inmueble según el estado); los derechos de inscripción en el RPP (derechos registrales, del 0.1% al 0.3%); y el costo del avalúo (de 3,000 a 15,000 pesos según el valor del inmueble). Los gastos totales de cierre del comprador —incluidos todos los impuestos, los honorarios notariales y los derechos de registro— por lo general van del 5% al 9% del precio de compra en México. Por convención, el comprador paga todos los gastos de cierre, salvo que se negocie lo contrario con el vendedor.
El folio real es el sistema moderno y electrónico de registro de la propiedad de México: cada predio tiene un número de folio real único en el Registro Público de la Propiedad (RPP) del estado donde se ubica, que funciona como el registro digital permanente del inmueble. El sistema del folio real se introdujo de manera progresiva en los estados de México desde principios de la década de 2000 para sustituir el antiguo sistema físico de tarjetas: consolida en un solo registro electrónico todos los actos registrados que afectan al inmueble: el historial de propiedad (cadena de titulación), las hipotecas, las servidumbres, los embargos judiciales, las inscripciones testamentarias y las cancelaciones. El Notario Público que otorga cualquier escritura que afecte a un inmueble debe verificar el folio real, solicitando un certificado de libertad de gravamen y un certificado de existencia o inexistencia de gravámenes con una antigüedad no mayor a 30 días respecto del cierre. El número de folio real debe aparecer en la escritura pública para que el personal del RPP pueda localizar el registro del inmueble e inscribir el nuevo acto. Los inmuebles en estados que aún no han digitalizado por completo sus registros pueden operar bajo el antiguo sistema de tarjetas; en estos casos, el inmueble se identifica por su número de inscripción y la referencia de libro en el registro físico. Los compradores extranjeros, los desarrolladores y los acreedores institucionales siempre deben verificar el folio real directamente con el RPP antes del cierre para asegurar que no existan gravámenes no registrados.
Conforme a la Ley del Notariado aplicable, un Notario Público tiene la obligación legal positiva de verificar tanto la identidad como la capacidad legal de todas las partes que comparecen ante él para otorgar una escritura. La verificación de la identidad requiere que el Notario examine y asiente la identificación oficial expedida por el gobierno de la persona —la credencial para votar del INE, el pasaporte mexicano o la tarjeta de residencia permanente o temporal del extranjero— y, en el caso de las personas físicas, que verifique la CURP contra la base de datos del RENAPO (Registro Nacional de Población). En el caso de las personas morales, el Notario verifica la inscripción en el Registro Público de Comercio, los estatutos sociales y el poder notarial otorgado al representante firmante. La verificación del título requiere que el Notario examine la escritura de adquisición del vendedor (que acredita la propiedad), el certificado de libertad de gravamen del RPP (que confirma la ausencia de gravámenes) y los recibos de pago del predial y del agua (que confirman la ausencia de cargos municipales pendientes). El Notario también verifica, a través de las bases de datos catastrales vinculadas al INEGI, que la descripción fiscal del inmueble coincida con la descripción legal. Conforme a la normativa antilavado establecida por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI, 2012), los Notarios Públicos son entidades obligadas y deben reportar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP las operaciones inmobiliarias en efectivo que excedan 640,000 pesos.
Una escritura pública de compraventa en México puede impugnarse a través de un juicio de nulidad ante el Juzgado Civil competente por causas legales específicas establecidas por el Código Civil Federal y el código civil estatal aplicable. Las principales causas de nulidad de una escritura de compraventa incluyen: la falta de capacidad legal de una de las partes —por ejemplo, que el vendedor sea menor de edad, esté declarado en interdicción o actúe bajo violencia o dolo contrario al artículo 2228 del CCF—; la ausencia de título del vendedor, si el vendedor no tenía la propiedad del inmueble al momento de la venta (nadie da lo que no tiene); la simulación conforme al artículo 2180 del CCF, cuando las partes crean una falsa apariencia de venta para defraudar a los acreedores o evadir impuestos, en cuyo caso la operación subyacente puede ser nula; la violación de los requisitos de formalidad, aunque esto es poco común dada la verificación notarial; y los defectos en el proceso de inscripción ante el RPP. Una escritura anulada con éxito es nula desde su origen: la propiedad revierte al estado anterior a la operación. Los terceros compradores que adquirieron el inmueble de buena fe y a título oneroso tras la inscripción de la escritura impugnada en el RPP pueden invocar la fe pública registral conforme al artículo 3009 del CCF como defensa, lo que protege su título aun cuando la operación anterior se anule.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), publicada en 2012 y reglamentada por el Reglamento de la LFPIORPI, establece obligaciones integrales de prevención de lavado de dinero (PLD) para los profesionales inmobiliarios. Los Notarios Públicos son entidades obligadas conforme al artículo 17 de la LFPIORPI y deben: identificar y verificar la identidad de todas las partes de las operaciones inmobiliarias usando documentos oficiales; establecer el beneficiario controlador de los clientes que son personas morales; presentar un aviso de actividad vulnerable ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP por las operaciones inmobiliarias cuya contraprestación exceda 16,000 UDIS (aproximadamente 122,000 pesos para 2025); reportar las operaciones en efectivo (pagos en efectivo) en moneda nacional o extranjera que excedan 8,025 UDIS (aproximadamente 61,000 pesos) en el contexto inmobiliario; y conservar los registros de las operaciones por cinco años. Los agentes inmobiliarios y los desarrolladores inmobiliarios también son entidades obligadas conforme a la LFPIORPI por su papel en la facilitación de las operaciones. Las operaciones por encima de los umbrales relevantes pagadas en efectivo están prohibidas: los pagos inmobiliarios deben hacerse a través del sistema bancario mexicano (transferencia SPEI, cheque bancario) para mantener un registro de pago rastreable.
Si el vendedor no comparece ante el Notario Público a otorgar la escritura de compraventa en la fecha de cierre pactada, el comprador tiene varios recursos conforme al Código Civil Federal y al código civil estatal aplicable. Primero, si se firmó un contrato privado de compraventa preliminar o una promesa de compraventa, el comprador puede promover una acción de otorgamiento de escritura ante el Juzgado Civil competente, solicitando al tribunal que supla la voluntad del vendedor renuente y ordene al Notario Público otorgar la escritura en su nombre, conforme a la facultad del artículo 2246 del CCF para las promesas de compraventa y a la práctica judicial establecida para los contratos privados. Segundo, el comprador puede optar por rescindir el acuerdo preliminar y reclamar la restitución del anticipo o las arras más la pena convencional establecida en el contrato preliminar, normalmente el doble de las arras si el vendedor incumple, conforme al artículo 2117 del CCF. Tercero, en los casos de fraude del vendedor —por ejemplo, vender a un segundo comprador tras otorgar el acuerdo preliminar—, el comprador puede presentar una denuncia penal por fraude conforme al artículo 386 del Código Penal Federal y solicitar una anotación preventiva en el folio real del inmueble en el RPP para impedir el registro a favor de terceros.
This template is provided for informational purposes only and does not constitute legal advice. Laws vary by jurisdiction and change over time. Consult a qualified attorney for advice specific to your situation.Full disclaimer
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