Solicitud de Avalúo Catastral México
SOLICITUD DE AVALÚO CATASTRAL
Ley de Catastro del Estado / Ciudad de México
A la Dirección de Catastro competente:
[Cadastral Authority]
El/La suscrito/a [Applicant Name], por medio del presente escrito solicita respetuosamente la práctica de un avalúo catastral sobre el inmueble de su propiedad (o del representado) que se describe a continuación, de conformidad con la Ley de Catastro aplicable.
I. DATOS DEL SOLICITANTE / PROPIETARIO
Nombre: [Applicant Name]
CURP: [Applicant CURP]
RFC: [Applicant RFC]
Identificación Oficial: [Applicant ID]
Domicilio para Notificaciones: [Applicant Address]
Contacto: [applicantContact]
Representante Legal (si aplica): [Representative Details]
II. DATOS DEL INMUEBLE
Domicilio del Inmueble: [Property Address]
Clave Catastral: [Clave Catastral]
Folio Real RPP: [RPP Folio]
Tipo de Inmueble: [Property Type]
Superficie de Terreno: [Land Area] m²
Superficie de Construcción: [Construction Area] m²
Tipo de Construcción: [Construction Type]
Antigüedad Aproximada: [Construction Age]
Uso Actual: [Current Use]
III. MOTIVO DE LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS ADJUNTOS
Propósito del Avalúo: [Purpose Of Appraisal]
Documentos Anexados: [Documents Attached]
Referencia de Pago de Derechos: [Payment Reference]
FIRMA DEL SOLICITANTE
En [Submission Date].
[Applicant Name]
Firma: _________________________
USO EXCLUSIVO DE LA DIRECCIÓN DE CATASTRO
Número de Avalúo / Folio de Trámite: _________________________
Valor Catastral Determinado: $ _________________________ MXN
Fecha de Emisión: _________________________
Firma del Funcionario Catastral: _________________________ [Applicant Contact]
Property Owner / Applicant (Propietario / Solicitante)
________________
Signature
Cadastral Authority (Dirección de Catastro)
________________
Signature
Qué es Solicitud de Avalúo Catastral México
La Solicitud de Avalúo Catastral en México es un documento legal conforme a las Leyes de Catastro estatales y la Ley de Catastro de la Ciudad de México. Solicita la valuación oficial del inmueble ante la Dirección de Catastro Municipal o Estatal para el cálculo del Impuesto Predial, el ISAI en compraventas y procesos sucesorios.
El derecho catastral en México es una competencia estatal y municipal. Cada uno de los 31 estados y la Ciudad de México tiene su propia Ley de Catastro que establece el marco legal para el registro catastral, la clasificación, la valuación y los procedimientos para solicitar un avalúo. Las leyes más relevantes incluyen la Ley de Catastro de la Ciudad de México, la Ley de Catastro Municipal de Jalisco, la Ley de Catastro y Registro Territorial de Nuevo León y legislación similar en los demás estados. La Ley de Catastro de la Ciudad de México establece la clasificación sistemática por zona catastral, uso, tipo de construcción y antigüedad, determinando el valor catastral mediante tablas de valores unitarios aprobadas anualmente por la legislatura local.
El valor catastral producido por el avalúo es distinto del valor comercial del inmueble determinado por un perito valuador privado. En la mayoría de los mercados inmobiliarios mexicanos, el valor catastral es significativamente inferior al valor comercial, representando típicamente entre el 30% y el 80% del valor de mercado según el estado, el municipio y el tipo de inmueble. El Impuesto Predial se calcula como un porcentaje del valor catastral, lo que hace del avalúo catastral el documento fundamental para la obligación fiscal anual del propietario. Para operaciones de compraventa, el ISAI se calcula sobre el mayor de tres valores: el catastral, el precio pactado o el avalúo comercial, lo que impide minimizar artificialmente la carga fiscal declarando un precio inferior al valor catastral.
Además del avalúo catastral oficial, la práctica inmobiliaria mexicana requiere un avalúo comercial de un perito valuador certificado para la mayoría de las operaciones hipotecarias institucionales, seguros y transacciones notariales donde el ISAI toma como base el valor del avalúo. La Solicitud de Avalúo Catastral se refiere exclusivamente a la valuación catastral gubernamental oficial. El avalúo comercial privado es un proceso separado realizado por un perito valuador inscrito en la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) o en el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) para bienes del gobierno federal. forms-legal.com proporciona este formato de solicitud como recurso de preparación para propietarios, compradores e instituciones financieras que requieran el valor catastral oficial de un inmueble en México. El documento debe formalizarse conforme a la legislación federal mexicana vigente y cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades competentes para su plena validez jurídica ante terceros. Conforme a lo establecido en los Artículos 1794 y 1795 del Código Civil Federal, todo acto jurídico requiere consentimiento y objeto lícito para su validez.
Cuándo necesitas Solicitud de Avalúo Catastral México
La Solicitud de Avalúo Catastral en México se requiere siempre que el propietario, comprador potencial, heredero o representante legal necesite la valuación catastral gubernamental oficial de un inmueble para un propósito legal, fiscal o administrativo.
La solicitud se requiere anual o periódicamente para verificar el valor catastral utilizado como base del Impuesto Predial —particularmente después de obras mayores, ampliaciones o cambios de uso que aún no hayan sido reflejados en los registros del catastro. Un valor catastral desactualizado o incorrecto puede resultar en subpago del predial (que expone al propietario a recargos y multas) o en sobrepago (que puede corregirse mediante una reconsideración catastral).
Una Solicitud de Avalúo Catastral se requiere en operaciones de compraventa de inmuebles cuando el Notario Público necesita verificar el valor catastral para compararlo con el precio de venta y el avalúo privado a efectos del cálculo del ISAI. Conforme a la práctica notarial mexicana, el notario prepara la escritura pública de compraventa incorporando el cálculo del ISAI, que requiere la valuación catastral oficial más reciente como una de las bases de comparación.
El avalúo catastral es necesario en procedimientos sucesorios cuando el albacea o el Notario Público debe incluir inmuebles en el inventario hereditario a su valor catastral actual, que forma parte del cálculo del ISAI sobre la transmisión de la herencia.
Una Solicitud de Avalúo Catastral se requiere cuando el propietario desea impugnar el valor catastral vigente por considerarlo excesivo —por ejemplo, si una recatastración de zona aumentó significativamente el valor y el propietario estima que la clasificación es incorrecta. El primer paso en una impugnación catastral es obtener el avalúo oficial actual para comprender la metodología de valuación e identificar los fundamentos del recurso.
La solicitud es necesaria cuando se realizan subdivisiones, fusiones o desarrollos de predios y los registros catastrales deben actualizarse para reflejar los nuevos predios catastrales con sus valuaciones individuales para efectos del predial y de operaciones futuras. También se requiere cuando el propietario solicita una licencia de construcción o participa en un programa gubernamental de mejoramiento de vivienda administrado por CONAVI o INFONAVIT, organismos que exigen un avalúo catastral actualizado para determinar el monto del subsidio aplicable basado en el valor catastral actual del inmueble.
Qué incluir en tu Solicitud de Avalúo Catastral México
Una Solicitud de Avalúo Catastral válida en México para su presentación ante la autoridad catastral municipal o estatal competente debe contener los siguientes elementos esenciales para ser aceptada y procesada.
Identificación del Propietario o Solicitante: Nombre completo del propietario (propietario) o solicitante autorizado, CURP o RFC, documento oficial de identidad (INE/IFE o pasaporte), domicilio para notificaciones y datos de contacto (teléfono y correo electrónico). Si el solicitante actúa a través de representante legal, deberá adjuntarse el poder notarial o carta poder que acredite la facultad para realizar trámites catastrales en nombre del propietario.
Identificación del Inmueble: Domicilio completo del inmueble (calle y número, colonia, municipio, entidad federativa y código postal). Para predios rústicos: nombre del ejido o comunidad, número de parcela y referencia de la UAIM si aplica. La clave catastral —el identificador alfanumérico único asignado por el catastro municipal— es el dato más importante y debe incluirse siempre que sea conocida.
Referencia del Registro Público de la Propiedad: Folio real o número de inscripción en el Registro Público de la Propiedad (RPP) correspondiente al inmueble, que confirma el título registrado del propietario y vincula los registros catastral y registral. El folio real se encuentra en el recibo de predial más reciente (boleta predial) o en la escritura pública.
Motivo de la Solicitud: Declaración del motivo (motivo de la solicitud) del avalúo catastral —verificación del predial, operación de compraventa, procedimiento sucesorio, hipoteca, valuación para seguros, subdivisión o impugnación del valor catastral vigente. El motivo declarado puede afectar el tipo de documento catastral expedido (constancia catastral, avalúo catastral o certificado de valor catastral).
Características Físicas del Inmueble: Superficie de terreno en metros cuadrados, superficie de construcción en metros cuadrados, número de niveles, tipo de construcción dominante, antigüedad aproximada y uso actual (habitacional, comercial, industrial o mixto). Para condominios: porcentaje de indiviso, área privativa y área de uso común proporcional.
Documentación a Anexar: Copias de la boleta predial más reciente con la clave catastral; copia certificada de la escritura pública del RPP; documento oficial de identidad del propietario o representante; y para valuaciones de actualización, fotografías recientes del estado actual del inmueble y de cualquier obra de construcción concluida desde la última actualización catastral.
Pago de Derechos: Pago de los derechos municipales o estatales aplicables por el servicio de avalúo catastral, conforme a la Ley de Ingresos Municipal o Ley de Ingresos Estatal vigente. Los aranceles varían por municipio y tipo de inmueble —típicamente entre $200 y $2,000 MXN para inmuebles residenciales.
forms-legal.com proporciona este formato de Solicitud de Avalúo Catastral México como guía de preparación. La solicitud completa debe presentarse en la Dirección de Catastro del municipio o estado correspondiente, ya sea en persona en las ventanillas del catastro, a través del portal en línea del municipio (ventanilla electrónica) o mediante un gestor autorizado para presentar solicitudes catastrales en representación de los propietarios. Cada cláusula debe redactarse de manera clara y precisa para evitar ambigüedades que pudieran generar conflictos entre las partes en el futuro. El documento debe contener la fecha y lugar de celebración, así como la identificación completa de cada una de las partes intervinientes. La plataforma forms-legal.com permite personalizar cada sección del documento según las necesidades particulares del usuario mediante su editor interactivo. El formato digital disponible en forms-legal.com incorpora campos guiados que facilitan la captura correcta de la información requerida en cada apartado del documento. De acuerdo con el Artículo 2104 del Código Civil Federal, el incumplimiento de las obligaciones pactadas genera responsabilidad civil. El Artículo 1824 del mismo ordenamiento establece que las condiciones del contrato deben ser posibles, lícitas y determinadas.
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Forms Legal. (2026). Solicitud de Avalúo Catastral México (México) [Legal document template]. Forms Legal. https://forms-legal.com/es/mexico/real-estate/property/solicitud-avaluo-catastral-mexico
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}Preguntas Frecuentes
El valor catastral es la valuación oficial gubernamental del valor de un inmueble, determinada por la autoridad catastral municipal o estatal conforme a la Ley de Catastro aplicable, calculada usando tablas estandarizadas de valores unitarios aprobadas anualmente por la legislatura local. El valor comercial es el precio al que se esperaría vender el inmueble entre un comprador y un vendedor dispuestos en el mercado abierto, determinado por un perito valuador certificado mediante análisis comparativo de ventas, capitalización de rentas o costo de reposición. En la mayoría de los mercados urbanos mexicanos, el valor catastral es notablemente inferior al valor comercial —por lo general entre el 30% y el 70% del valor de mercado, según el estado, la zona y el tipo de inmueble— porque las tablas catastrales se actualizan con poca frecuencia y pueden no reflejar la plusvalía actual del mercado. Esta brecha tiene implicaciones legales prácticas: para el cálculo del ISAI en una compraventa, la base gravable es el mayor entre el valor catastral, el precio de venta o el valor del avalúo, diseñado para evitar subdeclarar el precio de la operación. Para el predial (impuesto sobre la propiedad) solo se usa el valor catastral, lo que mantiene los recibos de predial relativamente bajos frente al valor de mercado en la mayoría de los municipios mexicanos.
La frecuencia de actualización del valor catastral en México varía de forma significativa según el estado y el municipio. En los sistemas más estructurados —Ciudad de México, Guadalajara (Jalisco) y Monterrey (Nuevo León)—, las tablas de valores unitarios usadas para calcular el valor catastral se actualizan anualmente por la legislatura local como parte del proceso de aprobación del Código Fiscal o la Ley de Ingresos. Sin embargo, los registros catastrales de cada inmueble se actualizan solo cuando: el propietario solicita una recatastración (reclasificación) tras obras de construcción significativas; el municipio realiza una recatastración general de toda una zona; o se inscribe una operación inmobiliaria (compraventa, donación, sucesión) ante el Registro Público de la Propiedad y se notifica al catastro. En muchos municipios pequeños y zonas rurales, los registros catastrales no se han inspeccionado físicamente ni actualizado en décadas: los inmuebles pueden tener construcciones sustancialmente mejoradas que no se reflejan en el registro catastral, lo que resulta en un valor catastral subdeclarado y un recibo de predial más bajo. Los propietarios están legalmente obligados a notificar al catastro las obras de construcción significativas conforme a la Ley de Catastro aplicable, pero la aplicación de esta obligación es inconsistente.
Sí. El propietario que considere que el valor catastral asignado a su inmueble es incorrecto —ya sea demasiado alto (lo que resulta en pagos de predial excesivos) o mal clasificado— puede impugnar la valuación catastral mediante una reconsideración catastral ante la autoridad catastral competente (Dirección de Catastro), o mediante un recurso de inconformidad formal conforme a la Ley de Catastro aplicable y a la ley estatal de procedimiento administrativo. Entre los motivos comunes de impugnación se encuentran: una superficie de terreno o de construcción incorrecta registrada en el catastro; una clasificación de uso del inmueble incorrecta (por ejemplo, clasificado como comercial cuando en realidad es de vivienda); un tipo o antigüedad de construcción incorrectos; la inclusión de mejoras o estructuras que han sido demolidas; o la aplicación de valores de zona incorrectos por un error de captura en los registros del catastro. El proceso de impugnación suele requerir que el propietario presente la Solicitud de Avalúo Catastral junto con documentación de respaldo: planos de levantamiento topográfico oficiales, planos arquitectónicos, fotografías y un avalúo comercial privado propio como contraprueba. Los resultados pueden incluir una reducción del valor catastral y la devolución correspondiente de los pagos de predial en exceso.
La clave catastral es el identificador alfanumérico único asignado por el catastro municipal a cada predio en su jurisdicción, usado para vincular el inmueble físico con su expediente catastral, su cuenta predial y su inscripción en el Registro Público de la Propiedad. El formato de la clave catastral varía según el municipio: en la Ciudad de México suele ser un código de 15 caracteres estructurado por alcaldía (antes delegación), zona, manzana y número de lote; en otros estados el formato puede incluir el código del municipio, el código de zona y el número de parcela. La clave catastral puede encontrarse en: la boleta predial (el recibo o aviso anual del impuesto predial emitido por la tesorería municipal); la escritura pública del Notario Público —los notarios están obligados a incluir la clave catastral en todos los instrumentos sobre bienes inmuebles—; el Certificado de Libertad de Gravamen del Registro Público de la Propiedad; y el portal de consulta en línea del propio catastro, donde los propietarios pueden buscar por domicilio si no tienen la clave a la mano. La clave catastral es esencial para cualquier trámite catastral, consulta al Registro Público u operación inmobiliaria: sin ella, los tiempos de procesamiento aumentan de forma sustancial, ya que el catastro debe emparejar el inmueble internamente por domicilio.
No. El avalúo catastral (avalúo gubernamental) y el avalúo para crédito hipotecario son instrumentos distintos que sirven a fines diferentes. El avalúo catastral es un documento administrativo emitido por la autoridad catastral municipal o estatal que determina el valor fiscal oficial del inmueble para efectos del predial y del ISAI conforme a la Ley de Catastro. El avalúo hipotecario es un avalúo profesional privado (dictamen de valor) elaborado por un perito valuador registrado ante la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) o el INFONAVIT, que determina el valor de mercado comercial del inmueble para las instituciones de crédito. Los bancos, el INFONAVIT, el FOVISSSTE y otros otorgantes de crédito hipotecario en México requieren el avalúo hipotecario privado —no el valor catastral— para determinar la relación préstamo-valor en la aprobación del crédito. El avalúo hipotecario privado debe cumplir con la NMX-R-081-SCFI (Norma Mexicana para la Valuación de Bienes Inmuebles) y con el Manual de Valuación de la SHF. El Notario Público que tramita la escritura de compraventa con hipoteca usa tanto el valor catastral como el valor del avalúo privado para el cálculo del ISAI, aplicando el mayor de los tres valores de comparación (catastral, precio de venta o avalúo).
Los tiempos de procesamiento de una Solicitud de Avalúo Catastral en México dependen del estado y el municipio. En la Ciudad de México, el portal en línea de la Tesorería (finanzas.cdmx.gob.mx) permite a los propietarios generar al instante un certificado de valor catastral para inmuebles residenciales estándar capturando la clave catastral; no se requiere inspección física para los inmuebles ya registrados con antecedentes en el sistema de catastro. Para los inmuebles que requieren una inspección física (recatastración tras obras de construcción, subdivisión o registro por primera vez), los tiempos de procesamiento van de 5 a 30 días hábiles. En Guadalajara y Monterrey existen servicios en línea similares para las consultas catastrales sencillas. En municipios pequeños y zonas rurales sin sistemas digitales de catastro, la inspección física y el procesamiento pueden tardar de 15 a 60 días hábiles. Para necesidades transaccionales urgentes (por ejemplo, una compraventa notarial con una fecha de cierre fija), los propietarios pueden recurrir a un gestor catastral autorizado que conozca los procedimientos de la autoridad local y pueda agilizar la presentación. Es aconsejable solicitar el avalúo catastral al menos 30 días antes de la fecha prevista de uso para cualquier operación inmobiliaria.
El Impuesto Predial en México se calcula aplicando la tasa establecida en la Ley de Ingresos municipal aplicable al valor catastral del inmueble. La Ciudad de México usa una tarifa progresiva para los inmuebles residenciales, con tasas que van aproximadamente del 0.1% al 1.5% del valor catastral según el rango de valor; los inmuebles comerciales e industriales se gravan a tasas más altas. Otros estados usan sus propias estructuras de tasas: Jalisco, Nuevo León, Querétaro y la mayoría de los estados urbanizados tienen tablas de tasas establecidas que los propietarios pueden consultar en el sitio web de la tesorería municipal. El predial se determina de forma anual y se paga en parcialidades mensuales, bimestrales o anuales (cuotas bimestrales o pago anual); el pago anual suele recibir un descuento por pago anticipado del 10% al 20%. Además del predial, el valor catastral es una de las tres bases de comparación para el cálculo del ISAI en las transmisiones de inmuebles, y se usa como valor mínimo para calcular los impuestos sucesorios, los inventarios de las sucesiones y el ISAI en las transmisiones de inmuebles donados. Asegurar que el valor catastral sea exacto y esté actualizado protege a los propietarios tanto de un predial excesivo como de posibles controversias por subvaluación en las operaciones.
Esta plantilla se proporciona únicamente con fines informativos y no constituye asesoramiento jurídico. Las leyes varían según la jurisdicción y cambian con el tiempo. Consulte a un abogado cualificado para obtener asesoramiento específico para su situación.Aviso legal completo
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